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      <title> “Propuesta de Reforma a un Artículo del Reglamento de Seguridad y Protección” by Luis</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2025-08-10 23:27:54 UTC</pubDate>
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         <title>Justifica la necesidad del cambio</title>
         <author>7zt5xmn9p8</author>
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         <description><![CDATA[<p>Se encuentra necesario realizar la modificación en el articulado 9 de la Sección III, ANÁLISIS DE RIESGO PERSONAL, puesto que, al día de hoy nos encontramos con un escenario cambiante, motivo por el cual el articulo podría caer en una baja efectividad.</p><p><br></p><p>En actualidad nos encontramos con que el articulado no prevé que el funcionario pueda recibir amenazas de carácter cibernéticas o tecnológico, tales como la manipulación y difusión de datos personales, filtración de información de geolocalización, entre otras. Al generar un vació legal dentro de este artículo, este podría limitar la interpretación y limitar las medidas de seguridad.</p><p><br></p><p>Además, dentro del texto del articulo manifiesta que se actualizara la información anualmente pro en el contexto que las amenazas en la actualidad son de carácter cambiante el funcionario puede solicitar que se le actualice el análisis de riesgo periódicamente, es decir, cada seis meses, si este lo justifica de manera adecuada, ya que, se pueden encontrar con nuevas amenazas en el transcurso de este tiempo.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-10 23:41:12 UTC</pubDate>
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         <title>Artículo reformado</title>
         <author>7zt5xmn9p8</author>
         <link>https://padlet.com/7zt5xmn9p8/yb8b88bubj21kdnl/wish/3539497556</link>
         <description><![CDATA[<p>Art. 9.- Análisis de Riesgo Personal. - Es un proceso metodológico de recopilación y levantamiento de información con carácter reservado, mediante el cual se identifica las amenazas, vulnerabilidades y riesgos de índole física, tecnológica o social, al que se encuentra expuesto un funcionario o ex funcionario público, así como los potenciales daños y posibles consecuencias que éstas puedan derivarse del ejercicio de su función o al finalizar el mismo, con la finalidad de determinar su nivel de riesgo y exposición, para establecer de manera precisa e inmediata al dispositivo de seguridad y protección acorde a los resultados obtenidos &nbsp;de los instrumentos técnicos.</p><p>El Análisis de Riesgo Personal a los beneficiarios de este servicio, se lo realizará al inicio de su gestión y se actualizará anualmente y de manera inmediata, hasta el cese de sus funciones o en el caso que mediante el análisis de riesgo se determine nuevas amenazas o riesgos hacia el beneficiario se actualiza cada 6 meses, si el funcionario justifica y respalda de manera apropiada.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-10 23:41:40 UTC</pubDate>
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         <title>Prevé los posibles impactos del cambio</title>
         <author>7zt5xmn9p8</author>
         <link>https://padlet.com/7zt5xmn9p8/yb8b88bubj21kdnl/wish/3539497685</link>
         <description><![CDATA[<p>Mayor protección a los funcionarios, ya que, en la actualidad la mayoría de amenazas se reciben de manera cibernética, más no solo física, al agregar al articulado las amenazas de carácter tecnológico fortalece una mayor cobertura de seguridad hacia el beneficiario. Además, al realizar estos cambios se generaría más confianza para la institución, puesto que, el funcionario accedería a mayor protección frente a estas amenazas y se demostraría que la institución se adapta ante nuevas amenazas de la actualidad. &nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-10 23:42:05 UTC</pubDate>
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         <title>Proponga la nueva redacción del artículo</title>
         <author>7zt5xmn9p8</author>
         <link>https://padlet.com/7zt5xmn9p8/yb8b88bubj21kdnl/wish/3539571960</link>
         <description><![CDATA[<p>Art. 9.- Análisis de Riesgo Personal.- Es un proceso metodológico de recopilación y levantamiento de información con carácter reservado, mediante el cual se identifica las amenazas y vulnerabilidades al que se encuentra expuesto un funcionario o ex funcionario público, así como los potenciales daños y posibles consecuencias que éstas puedan derivarse del ejercicio de su función o al finalizar el mismo, con la finalidad de determinar su nivel de riesgo y exposición, para establecer el dispositivo de seguridad y protección acorde a los resultados de los instrumentos técnicos.</p><p><br></p><p>El Análisis de Riesgo Personal a los beneficiarios de este servicio, se lo realizará al inicio de su gestión y se actualizará anualmente hasta el cese de sus funciones o en el caso que el beneficiario así lo requiera al presentarse nuevas amenazas o riesgos potenciales debidamente sustentados.</p><p><br></p><p><strong>Propuesta de nueva redacción</strong></p><p><br></p><p>Art. 9.- Análisis de Riesgo Personal. - Es un proceso metodológico de recopilación y levantamiento de información con carácter reservado, mediante el cual se identifica las amenazas, vulnerabilidades <strong>y riesgos de índole física, tecnológica o social</strong>, al que se encuentra expuesto un funcionario o ex funcionario público, así como los potenciales daños y posibles consecuencias que éstas puedan derivarse del ejercicio de su función o al finalizar el mismo, con la finalidad de determinar su nivel de riesgo y exposición, para establecer <strong>de manera precisa e inmediata al</strong> dispositivo de seguridad y protección acorde a los resultados <strong>obtenidos </strong>&nbsp;de los instrumentos técnicos.</p><p>El Análisis de Riesgo Personal a los beneficiarios de este servicio, se lo realizará al inicio de su gestión y se actualizará anualmente <strong>y de manera inmediata, </strong>hasta el cese de sus funciones o en el caso que <strong>mediante el análisis de riesgo se determine nuevas amenazas o riesgos hacia </strong>el beneficiario <strong>se actualiza cada 6 meses, si el funcionario justifica y respalda de manera apropiada.</strong></p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-11 02:07:26 UTC</pubDate>
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