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      <title>DIRECCIÓN DE PERSONAS by MAGALÍ</title>
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         <title>Integrantes del grupo </title>
         <author>magali_rieraroca</author>
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         <title>Integrantes del grupo </title>
         <author>magali_rieraroca</author>
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         <title>Integrantes del grupo </title>
         <author>magali_rieraroca</author>
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         <title>Integrantes del grupo </title>
         <author>magali_rieraroca</author>
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         <pubDate>2019-12-05 11:23:23 UTC</pubDate>
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         <title>Integrantes del grupo </title>
         <author>magali_rieraroca</author>
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         <pubDate>2019-12-05 11:23:24 UTC</pubDate>
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         <title>Integrantes del grupo </title>
         <author>magali_rieraroca</author>
         <link>https://padlet.com/magali_rieraroca/xvi9h5d253br/wish/420144815</link>
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         <pubDate>2019-12-05 11:23:25 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<ul><li>Joel Serrano</li><li>Ricardo Ramirez</li><li>Ivonne Herrera</li><li>Valeria Moreno</li><li>Luis Peimbert</li><li>Kati Quijhua</li></ul><div><br><br><strong>1.Qué modelo se sigue y es tradicional?</strong></div><ul><li>Modelo contrato fijo y temporal</li><li>Horario: 8 horas diarias, cumpliendo min 40 horas a la semana.</li><li>Horas extra no se paga para personal administrativo, únicamente a personal operativo (turnos fijos y rotativos)</li><li>Carrera Profesional</li></ul><div><br><strong>2. Cuál es la percepción  de RRHH?</strong></div><ul><li>Encargados de elaborar el cronograma de capacitación anual.</li><li>Quien notifica las nuevas contrataciones</li><li>Quien notifica los despidos mensuales</li><li>Con quien se coordina la contratación de nuevo personal para proyectos puntuales</li><li>Con quien se verifica cumplimiento de contratos laborales</li><li>Quien comunica las nuevas vacantes internas</li><li>Quien se encarga de dar inducción de la empresa a los nuevos empleados</li><li>Quien se encarga de realizar las actividades sociales de la empresa</li><li>Quien comunica condiciones laborales y oportunidades, como licencias remuneradas por estudios o intercambios corporativos.</li><li>Junto con el jefe inmediato realizan la evaluación anual del empleado</li></ul><div><br><strong>3.</strong> <strong>Cuál es la perspectiva de los trabajadores?</strong></div><ul><li>Sueldos fijos</li><li>Bonos</li><li>Descripciones de cargos con funciones especificas en los contratos laborales</li><li>Oportunidad de laborar horas extras para personal operativo</li><li>Horario laboral de entrada y salida para personal administrativo</li><li>Carrera laboral</li><li>Capacitación constante</li><li>Aceptación de días tomados para vacaciones</li><li>Afiliación a seguros privados de salud</li><li>Actividades recreativas unificadas para todo el personal</li><li>Respeto de días festivos</li><li>Celebración de fiestas navideñas y fin de año corporativo</li></ul><div><br><strong>4. Normas principales que pueden regular los derechos de un trabajador (general, jornada, salarios minimos, permisos de maternidad, matrimonio),  horas, jornadas.</strong><br><br>2019</div><ul><li>$ 394 - salario mínimo mensual</li><li>$ 460 - total aproximado mensual</li></ul><div><br>Ley de Maternidad en Ecuador </div><ul><li>Periodo de descanso de 12 semanas que se distribuyen de la siguiente forma:</li><li>2 semanas previas a la fecha estimada de parto</li><li>10 semanas posteriores al nacimiento de tu hijo</li><li>Lo anterior se encuentra contemplado en el Art. 152 del Código del Trabajo de Ecuador.</li><li>El artículo 153 del Código establece que la ley te protege contra el despido por causa del embarazo. Tampoco puede reemplazarte de forma definitiva durante el período que estés de permiso de maternidad.</li></ul><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-12-10 12:18:42 UTC</pubDate>
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         <title>Colombia</title>
         <author>gtatisminervini</author>
         <link>https://padlet.com/magali_rieraroca/xvi9h5d253br/wish/422097211</link>
         <description><![CDATA[<div>Isabella Vásquez<br>Constanza Cánaves<br>María Alejandra Naranjo<br>Gabriella Tatis<br>Claudia Iglesias<br>Andrea Soto<br><br><strong>1. ¿Qué modelo se sigue y es tradicional?<br></strong>En Colombia los tipos de contratos que hay son los siguientes: </div><ul><li>Contrato a término fijo</li><li>Contrato a término indefinido</li><li>Contrato por prestación de servicios</li><li>Contrato de aprendizaje</li></ul><div><br><strong>Los días laborales son</strong> lunes a sábado, y la duración máxima legal de la jornada ordinaria es de ocho 8 horas diarias y de  48 horas a la semana. Pudiendo la empresa acordar con los trabajadores una jornada adicional hasta de dos horas diarias para no laborar el día sábado, sin que se configure jornada en horas extras. (art. 161 CST).<br><br>De acuerdo al CST, en ningún caso se podrá trabajar más de 10 horas al día, incluyendo horas extra.(artículo 22 de la ley 50 de 1990).<br><br>Existe lo que se llama el Período de Prueba que dura hasta dos meses. En caso de contratos a término definido menores a 1 año, la duración del Período de Prueba debe ser de hasta una quinta parte de la duración del contrato. <strong><br><br>2.  ¿Cuál es la percepción que se tiene de los RRHH?<br></strong>La percepción que tienen los colombianos sobre los Recursos Humanos puede tener varios enfoques:</div><ul><li>Primero, dicho departamento es visto de forma negativa pues son quienes, además de despedir, mantienen vigilados a los empleados. Por otro lado, todos los temas de papeleo concernientes al empleado se hacen a través de este departamento.</li><li>El departamento de RRHH, por otro lado también es visto como un apoyo. Al que le puedes contar tus problemas y ven como te pueden ayudar. Muchos, sino la mayoría, de los que trabajan allí son psicólogos.</li><li>Hay otro grupo de trabajadores que considera que este departamento no tiene ninguna función, únicamente la de despedir a los empleados.</li></ul><div><strong><br>3. ¿Cuál es la perspectiva de los trabajadores?<br></strong>RRHH es el departamento encargado de ser el primer filtro cuando se trata de seleccionar postulantes cuando hay puestos vacantes. Asimismo, son los encargados de velar por el buen clima laboral en las áreas de trabajo, en caso de detectar conductas inadecuadas son quienes deben intervenir para imponer sanciones o gestionar el despido del trabajador.<strong><br></strong><br><strong>4. Normas principales que regulan los derechos de un trabajador. - jornada, SMLV, permisos, etc.<br></strong><br></div><ul><li>Constitución política de Colombia</li><li>Código Sustantivo de Trabajo</li><li>Ley 100 de 1993<br><br></li></ul><div>-<strong>Duración máxima de la jornada</strong>: 8 horas al día o 48 horas semanales (art. 161 CST).<br><br></div><div>-<strong>Salario mínimo legal mensual vigente 2019</strong>: $ 828,116.00<br><br>-<strong>Vacaciones:</strong> Los trabajadores que hayan prestado sus servicios durante 1 año o más tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones remuneradas al año. </div><div><br>-<strong>Calamidad Doméstica:</strong>  3 días de permiso, prorrogables en caso que la gravedad de la situación.<br><br></div><div>-<strong>Permiso para desempeño de cargos transitorios de forzosa aceptación:</strong> ej. Obligaciones de los jurados de votación de acuerdo con la legislación electoral. <br><br></div><div>-<strong>Permiso para sufragar:</strong> La Empresa concederá medio día de descanso a los trabajadores que hayan ejercido su derecho al voto, dentro de los 30 días siguientes a la jornada de votación.</div><div><br></div><div>-<strong>Permiso por muerte de compañero de trabajo:</strong> Para asistir al entierro de sus compañeros, sin exceder del 10% del número total de los trabajadores de la Empresa. </div><div><br>-<strong>Licencia de luto:</strong> En caso de fallecimiento de cónyuge o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad se dará una licencia remunerada por luto de 5 días hábiles.<br><br></div><div><strong>Licencia de matrimonio</strong>: 2 días hábiles remunerados. debe demostrarse mediante documento expedido por la autoridad competente dentro de los cinco 5 días siguientes a su ocurrencia.<br><br></div><div><strong>-Licencia de maternidad</strong>: 18 semanas <br><br><strong>-Licencia de paternidad:</strong> 8 días hábiles.<br><br></div><div>-<strong>Permiso para trabajadoras lactantes</strong>: Permiso por lactancia, de 1 hora diaria remunerada, durante los 6 meses calendarios siguientes a la fecha de parto. </div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-12-10 12:19:27 UTC</pubDate>
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         <title>SANTIAGO GORTARI</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/magali_rieraroca/xvi9h5d253br/wish/422097385</link>
         <description><![CDATA[<div>JAVIER ROCHA<br>ESTEBAN ESQUIVEL<br>ALVARO SPATH<br>EDAURDO CORRAL<br>FEDERICO SOLORZANO </div><div><br></div><ul><li><strong> Qué modelo se sigue y es trdicional?</strong></li></ul><div><br>En Mexico se tiene una ley federal del trabajo la cual regula toda la relación de trabajadores con las empresas.<br><br><br></div><ul><li><strong>Cuál es la percepción  de RRHH?</strong></li></ul><div><br>La imagen que se tiene de recursos humanos en Mexico es un área que sirve para mediar los problemas o conflictos que puedan surgir entre la empresa y el trabajador. Es decir si el trabajador requiere un aumento de sueldo, algún permiso o tiene algún problema en su área acude a RH para que le den  el apoyo que necesita.<br><br><br></div><ul><li><strong>Cuál es la perspectiva de los trabajadores?</strong></li></ul><div><br>El trabajador ve a recursos humanos como una parte de apoyo dentro de la empresa, es decir que ve por sus necesidades y su tarea es el bienestar del trabajador.<br><br><br>Normas principales que pueden regular los derechos de un trabajador (general, jornada, salarios minimos <br><br><strong>En la Republica Mexicana, en lo conserniente al Trabajo, la normativa superior es la Constitucion, que consta de 136 articulos y 7 transitorios, que en el articulo 123 regula lo conserniente al trabajo y de lo cual destacamos los siguientes puntos:</strong><br><br></div><ul><li>- Toda persona tiene derecho al trabajo de conformidad con el primer parrafo de dicho articulo. </li><li>- la jornada maxima es de 8 horas.</li><li>- la jornada nocturna maxima es de 7 horas.</li><li>- es PROHIBIDO el trabajo para los menores de 15 años. los mayores de 15 y menores de 16 tienen una jornada maxima de 6 horas. </li><li>- las Mujeres gozaran forzosamente de 6 semanas de descanso anteriores a la fecha aproximada de parto y 6 semanas de descanso posteriores al mismo.  durante estos periodos disfrutaran integramente del sueldo y prestaciones de la empresa. </li><li>- hay 2 tipos de salarios minimos (i) Generales, sregiran segun las areas geograficas y (ii) Profesionales, se aplicaran en ramas determinadas de la actividad. </li><li>-Los trabajadores tienen derecho a un Porcentaje de las Utilidades de la empresa (PTU). </li><li>- De conformidad a la fraccion XVII del articulo 123 las huelgas y los paros son derechos de los obreros. </li><li>Huelga es licita cuando busca conseguir el equilibrio entre los factores de produccion (en los servicios publicos es obligatorio para los trabajadores dar aviso con 10 dias de anticipacion).</li><li>- de conformidad con la fraccion XI del articulo 123, Los trabajadores solo podran ser suspendidos  o cesados por causa  justificada, en los terminos que fije la ley.</li><li>- Los militares y marinos se regiran por sus propias leyes. </li></ul><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-12-10 12:20:07 UTC</pubDate>
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         <title>CHILE</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/magali_rieraroca/xvi9h5d253br/wish/422097542</link>
         <description><![CDATA[<div>Pilar Estay<br>Nicolle Garcia<br>Dominique Lara<br>Alejandra Hamilton<br><br><br>1. ¿Que modelo se sigue y es tradicional?<br><br>2. ¿Cuál es la percepción de RRHH?<br><br>3. ¿Cuál es la perspectiva de los trabajadores?<br><br>4. Normas principales que pueden regular los derechos de un trabajador (general, jornada, salarios mínimos, permisos de maternidad, paternidad, etc)<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-12-10 12:20:35 UTC</pubDate>
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         <title>Costa Rica</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/magali_rieraroca/xvi9h5d253br/wish/422098135</link>
         <description><![CDATA[<div>Adrian Jarrin <br>Juan Olarte<br>Fiume Vicini<br>Ramon Patiño<br>Andre Woodbridge<br><br><strong>Que modelo se sigue y es tradicional?</strong><br>-Sistema tradicional contrato fijo y temporal.<br>-El horario de trabajo normal es de 8 horas por día y 48 horas a la semana.<br>-Si un trabajador trabaja más de las horas laborales estipuladas, tiene derecho a un pago de horas extras que es un 50 % por encima de la tasa de su salario ordinario.<br><br><strong>Cual es la percepción de RRHH?</strong><br>Los departamentos de recursos humanos en costa rica se están viendo abrumados por los cambios y transformaciones de su sector. <br>El sector nacional de RRHH sigue la tendencia mundial casi al pie de la letra, aunque tiene la particularidad de no priorizar: todos los indicadores le resultan importantes o muy importantes, lo que impide desarrollar estrategias focalizadas.<br><br><strong>Cual es la perspectiva de los trabajadores?<br></strong>Con respecto a RRHH y las jornadas laborales, los trabajadores se encuentran satisfechos con el equilibrio entre trabajo y vida personal, con el horario laboral y con el promedio de horas de trabajo a tiempo completo. Aun sin remunerar las horas extras que un trabajador quiera realizar, el mismo sigue sintiéndose satisfecho, ya que no es necesario recurrir a las practicas de horas extras, puesto a que la remuneración salarial cubre lo suficiente como para no realizarlas.<br><br><strong>Normas principales que pueden regular los derechos de un trabajador (general, jornada,salarios minimos, permisos de maternidad).</strong><br>Licencia por maternidad<br>Las trabajadoras tienen derecho a licencia por maternidad remunerada en caso de parto. Las mujeres embarazadas tienen derecho a un período obligatorio de licencia remunerada de cuatro meses (120 días), incluyendo un mes antes del parto y tres meses posteriores al parto. La licencia de maternidad se puede extender por 3 meses por razones médicas. Para beneficiar de la licencia por maternidad remunerada, las trabajadoras deben presentar al empleador un certificado médico que indique la fecha aproximada del parto que ocurra probablemente en un plazo de 5 semanas.<br>Se otorgan los mismos derechos al trabajador en caso de adopción, o sea, se ofrecen 3 meses de licencia inmediatamente después de la adopción. Las trabajadoras embarazadas tienen derecho a 45 días de licencia por maternidad remunerada en caso de aborto espontáneo.<br>Fuente: Art. 95 y 96 del Código del Trabajo, del 27 de agosto de 1943, con última enmienda de 2016<br>Regulaciones sobre maternidad y trabajo.<br>•	Código del Trabajo, del 27 de agosto de 1943, modificado por la Ley N º 8886, de 06 de diciembre 2010 / Labour Code, of 27 August 1943 as amended up to Act No. 8886, of 6 December 2010.<br>•	Ley No.7735 de Protección a la Madre Adolescente / Act No.7735 on Protection of the Adolescent Mother.<br>•	Ley No.7739 que expide el Código de la Niñez y la Adolescencia del 06 de enero 1998 / Act No.7739 issuing the Code of the Childhood and Adolescence of 6 January 1998.<br>-CAPÍTULO SEGUNDO <br>De la jornada de trabajo <br>ARTÍCULO 135.- Es trabajo diurno el comprendido entre las cinco y las diecinueve horas, y nocturno el que se realiza entre las diecinueve y las cinco horas. <br>ARTÍCULO 136.- La jornada ordinaria de trabajo efectivo no podrá ser mayor de ocho horas en el día, de seis en la noche y de cuarenta y ocho horas por semana. <br>Sin embargo, en los trabajos que por su propia condición no sean insalubres o peligrosos, podrá estipularse una jornada ordinaria diurna hasta de diez horas y una jornada mixta hasta de ocho horas, siempre que el trabajo semanal no exceda de las cuarenta y ocho horas. <br>Las partes podrán contratar libremente las horas destinadas a descanso y comidas, atendiendo a la naturaleza del trabajo y a las disposiciones legales. <br>ARTÍCULO 144.- Los patronos deberán consignar en sus libros de salarios o planillas, debidamente separado de lo que se refiera a trabajo ordinario, lo que a cada uno de sus trabajadores paguen por concepto de trabajo extraordinario.<br>-CAPÍTULO TERCERO<br>De los días feriados, de los descansos semanales y de las vacaciones obligatorias <br>SECCIÓN I<br>De los días feriados y de los descansos semanales <br>ARTÍCULO 147.- Son hábiles para el trabajo, todos los días del año, excepto los feriados y los días de descanso semanal existentes por disposición legal o convenio entre las partes. <br>(Así modificado por el artículo 1, de la Ley No.7619 del 24 de julio de 1996.) <br>ARTÍCULO 1485.- Se considerarán días feriados y, por lo tanto, de pago obligatorio los siguientes: el 1 de enero, el 11 de abril, el Jueves y Viernes Santos, el 1 de mayo, el 25 de julio, el 15 de agosto, el 15 de setiembre, y el 25 de diciembre. Los días 2 de agosto y 12 de octubre también se considerarán días feriados pero su pago no será obligatorio. <br>El pago de los días feriados se efectuará de acuerdo con el salario ordinario, si el trabajador gana por unidad de tiempo, y según el salario promedio devengado durante la semana inmediata al descanso, si el trabajo se realiza a destajo o por piezas. <br>SECCIÓN II<br>De las vacaciones anuales <br>ARTÍCULO 153.- Todo trabajador tiene derecho a vacaciones anuales remuneradas, cuyo mínimo se fija en dos semanas por cada cincuenta semanas de labores continuas, al servicio de un mismo patrono.<br>En caso de terminación del contrato de trabajo antes de cumplir el período de las cincuenta semanas, el trabajador tendrá derecho, como mínimo, a un día de vacaciones por cada mes trabajado, que se le pagará en el momento del retiro de su trabajo. <br>ARTÍCULO 154.- El trabajador tendrá derecho a vacaciones aun cuando su contrato no le exija trabajar todas las horas de la jornada ordinaria ni todos los días de la semana. <br>ARTÍCULO 155.- El patrono señalará la época en que el trabajador gozará de sus vacaciones, pero deberá hacerlo dentro de las quince semanas posteriores al día en que se cumplan las cincuenta de servicio continuo, tratando de que no se altere la buena marcha de su empresa, industria o negocio, ni la efectividad del descanso. <br>-CAPÍTULO CUARTO<br>Del salario y de las medidas que lo protegen <br>ARTÍCULO 162.- Salario o sueldo es la retribución que el patrono debe pagar al trabajador en virtud del contrato de trabajo. <br>ARTÍCULO 163.- El salario se estipulará libremente, pero no podrá ser inferior al que se fije como mínimo, de acuerdo con las prescripciones de esta ley. <br>ARTÍCULO 164.- El salario puede pagarse por unidad de tiempo (mes, quincena, semana, día u hora); por pieza, por tarea o a destajo; en dinero; en dinero y en especie; y por participación en las utilidades, ventas o cobros que haga el patrono.</div>]]></description>
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         <pubDate>2019-12-10 12:22:52 UTC</pubDate>
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         <title>COLOMBIA</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2019-12-10 12:24:38 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>adrianjarrinsevilla</author>
         <link>https://padlet.com/magali_rieraroca/xvi9h5d253br/wish/422100545</link>
         <description><![CDATA[<div>Costa Rica<br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-12-10 12:32:06 UTC</pubDate>
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         <title>CHILE</title>
         <author></author>
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         <pubDate>2019-12-10 12:34:40 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>1. ¿Qué modelo se sigue y es tradicional? <br><br>El modelo que se sigue es similar a España. Existe una Constitución Política que establece el marco regulatorio del país. Luego el derecho laboral está regulado a través del Código del Trabajo y leyes especiales. Los contratos colectivos regulan beneficios adicionales  y tienen menor jerarquía que la ley y los contratos individuales de trabajo tienen la menor jerarquía.<br>El ente regulador es la Dirección del Trabajo, a través de las inspecciones comunales de trabajo y los tribunales laborales. <br><br>2. ¿Cuál es la percepción de RRHH?<br><br>La percepción de RRHH en Chile es que es un departamento administrativo, que se dedica al pago de remuneraciones, permisos y beneficios. Para la empresa parece necesario pues genera mucho trabajo administrativo y para el trabajador es el contacto para resolver ciertas situaciones o acceder a beneficios. <br><br>3. Las normas principales son las contenidas en los textos  mencionados en el punto 1. Los contratos de trabajo no pueden modificar derechos consagrados en el Código del Trabajo. <br><br></div><div><strong>JORNADA DE TRABAJO</strong>: La jornada es de 45 horas, sin embargo se descuenta la hora de almuerzo por lo que en la práctica los trabajadores pasan 50 horas en la oficina. Las horas extras se pagan con un 50% de recargo y es obligatorio registrar la asistencia, con excepción de ciertos cargos en los que se permite no pactar una jornada de trabajo (por ejemplo gerentes).<br><br></div><div><strong>SALARIO: </strong>El salario mínimo es de 500 dólares mensuales aproximadamente por una jornada desde 30 horas para arriba. Existe una figura legal obligatoria que consiste en que a los trabajadores se les reparte utilidades de las empresas llamadas “gratificaciones”.<br><br></div><div>BENEFICIOS<strong> DE MATERNIDAD: </strong>El permiso de maternidad dura 6 meses y la trabajadora no puede ser desvinculada de su trabajo mientras dure el embarazo y hasta que su bebé cumpla 18 meses.<br><br></div><div>El permiso del padre es de 5 días hábiles solamente.<br><br>En empresas en que existan más de 20 mujeres contratadas, el empleador tiene la obligación de pagar la sala cuna a las mujeres con hijos menores de 2 años.<br><br></div><div><strong>VACACIONES:</strong> Las vacaciones son de 15 días hábiles anuales <br><br></div><div><strong>FERIADO PROGRESIVO: </strong>el trabajador aumenta su feriado básico en función de sus años de servicio. Debe contarse a lo menos con 10 años de trabajo. Aumenta en razón de un día por cada tres años de trabajo, por sobre los diez años ya señalados. Sólo pueden invocarse 10 años de trabajo para empleadores anteriores.<br><br></div><div><strong>TRABAJADORES DEL COMERCIO </strong>además tienen derecho a:<br>-  Siete domingos de descanso durante cada año de vigencia del contrato, más los dos domingos mensuales que les corresponden.<br><br><strong>DESPIDO DE TRABAJADORES:<br></strong><br></div><div>En Chile no existe el libre despido, ni despidos por mal desempeño, por lo que solamente se puede despedir a un trabajador por razones calificadas establecidas en el Código del Trabajo o por la causal llamada “necesidades de la empresa”. En ese caso hay que pagarle al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año trabajado. <br><br></div><div><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-12-10 12:47:45 UTC</pubDate>
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         <title>CHILE</title>
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         <description><![CDATA[<div>Pilar Estay<br>Nicolle García<br>Dominique Lara<br>Alejandra Hamilton</div>]]></description>
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         <pubDate>2019-12-10 12:59:41 UTC</pubDate>
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