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      <title>ART. 9.- ANALISIS DE RIESGO PERSONAL by Edison Toaquiza</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2025-08-10 17:41:12 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2025-08-10 19:36:13 UTC</lastBuildDate>
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         <title> “Propuesta de Reforma a un Artículo del Reglamento de Seguridad y Protección”</title>
         <author>slayeroky1988</author>
         <link>https://padlet.com/slayeroky1988/wjdaduuae8huvxo5/wish/3539429829</link>
         <description><![CDATA[<p>          Acuerdo Ministerial 0150</p><p><br></p><p>Art. 9.- Análisis de Riesgo Personal. - Es un proceso metodológico de recopilación y levantamiento de información con carácter reservado, mediante el cual se identifica las amenazas y vulnerabilidades al que se encuentra expuesto un funcionario o ex funcionario público, así como los potenciales daños y posibles consecuencias que éstas puedan derivarse del ejercicio de su función o al finalizar el mismo, con la finalidad de determinar su nivel de riesgo y exposición, para establecer el dispositivo de seguridad y protección acorde a los resultados de los instrumentos técnicos. </p><p><br></p><p>El Análisis de Riesgo Personal a los beneficiarios de este servicio, se lo realizará al inicio de su gestión y se actualizará anualmente hasta el cese de sus funciones o en el caso que el beneficiario así lo requiera al presentarse nuevas amenazas o riesgos potenciales debidamente sustentados.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-10 17:53:44 UTC</pubDate>
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         <title>Justifica la Necesidad del Cambio</title>
         <author>slayeroky1988</author>
         <link>https://padlet.com/slayeroky1988/wjdaduuae8huvxo5/wish/3539443874</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>1. Falta de transparencia por el "carácter reservado"</strong></p><p>Se podría establecer un mecanismo para una revisión confidencial por parte de un órgano de control externo, garantizando que el análisis se realizó de manera objetiva sin comprometer la seguridad de la información.</p><p><strong>2. Criterios poco específicos para el análisis</strong></p><p>Detallar una lista de factores a considerar en el análisis de riesgo o, al menos, hacer una referencia explícita a un anexo o protocolo detallado donde se definan estos criterios.</p><p><strong>3. Frecuencia de actualización del análisis</strong></p><p>Las actualizaciones, por ejemplo, deberían ser cada seis meses, o cuando se identifiquen eventos o inteligencia que justifiquen una revisión inmediata, independientemente de la solicitud del beneficiario. Esto haría el proceso más proactivo y adaptable a la realidad.</p><p><strong>4. Falta de un mecanismo de apelación</strong></p><p>Incluir un proceso de apelación en el mismo reglamento, permitiendo una revisión interna de la decisión por parte de un comité o instancia superior antes de que el afectado tenga que recurrir a la vía judicial.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-10 19:09:07 UTC</pubDate>
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         <title>Proponga la Nueva Redacción del Artículo</title>
         <author>slayeroky1988</author>
         <link>https://padlet.com/slayeroky1988/wjdaduuae8huvxo5/wish/3539443906</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Análisis de Riesgo Personal:</strong> Es un proceso metodológico y objetivo de evaluación, realizado por la entidad competente, con base en protocolos técnicos detallados y debidamente establecidos. Su objetivo es identificar y cuantificar las amenazas y vulnerabilidades a las que se encuentra expuesto un funcionario o ex-funcionario público, para determinar un nivel de riesgo preciso y asignar un dispositivo de seguridad y protección adecuado y proporcional a los resultados.</p><p>El Análisis de Riesgo Personal se realizará obligatoriamente al inicio de la gestión del beneficiario y se actualizará de forma bianual (cada seis meses) hasta el cese de sus funciones. Adicionalmente, el análisis podrá ser revisado en cualquier momento si se presentan nuevas amenazas o riesgos potenciales que estén documentados y debidamente sustentados por el beneficiario.</p><p>En caso de que el beneficiario no esté de acuerdo con la determinación del nivel de riesgo, la conclusión del servicio de seguridad o la evaluación bianual, podrá solicitar una revisión interna de la decisión.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-10 19:09:21 UTC</pubDate>
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         <title>Prevé los Posibles Impactos del Cambio</title>
         <author>slayeroky1988</author>
         <link>https://padlet.com/slayeroky1988/wjdaduuae8huvxo5/wish/3539445297</link>
         <description><![CDATA[<p>El cambio propuesto en el Artículo 9 introduce mejoras significativas en la transparencia, la objetividad y la capacidad de revisión de las decisiones relacionadas con la seguridad y protección de funcionarios y ex-funcionarios. </p><p>- Incremento de la transparencia y la confianza.</p><p>-Reducción de la judicialización.</p><p>-Mayor eficiencia y proactividad.</p><p>-Disminución de los costos a largo plazo.</p><p>-Claridad y coherencia en las decisiones.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-10 19:17:01 UTC</pubDate>
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         <title>Ubique el nuevo Artículo con sus modificaciones</title>
         <author>slayeroky1988</author>
         <link>https://padlet.com/slayeroky1988/wjdaduuae8huvxo5/wish/3539447605</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Art. 9.- Análisis de Riesgo Personal:</strong> Es un proceso metodológico y objetivo de evaluación, realizado por la entidad competente, con base en protocolos técnicos detallados y debidamente establecidos. Su objetivo es identificar y cuantificar las amenazas y vulnerabilidades a las que se encuentra expuesto un funcionario o ex-funcionario público, para determinar un nivel de riesgo preciso y asignar un dispositivo de seguridad y protección adecuado y proporcional a los resultados.</p><p><br/></p><p>El análisis de riesgo personal se realizara al inicio de la gestión del beneficiario y se actualizara cada 6 meses hasta el cese de sus funciones. De igual manera, el análisis podrá ser revisado en cualquier momento al presentarse nuevas amenazas o riesgos latentes que estén documentados y debidamente sustentados por el beneficiario.</p><p><br/></p><p>En caso de que el beneficiario no este de acuerdo con la determinación del nivel de riesgo, la conclusión del servicio de seguridad o la evaluación semestral, podrá solicitar una revisión interna de la decisión.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-10 19:33:04 UTC</pubDate>
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