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      <title>Habitantes de la calle by FABIÁN JOSÉ</title>
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      <description>Las personas habitantes de la calle están definidas como aquellas que hacen de la calle su lugar de habitación de manera permanente o transitoria. Hacen parte de un fenómeno urbano multicausal &quot;la Habitanza en calle&quot;, que involucra diversas interacciones y dinámicas.</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2024-04-17 19:37:49 UTC</pubDate>
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         <title>Causas de la habitalidad de calle</title>
         <author>fjjose247</author>
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         <description><![CDATA[<p>Las causas de la falta de vivienda son diversas y a menudo complejas. Algunos factores comunes que pueden llevar a la falta de vivienda incluyen la pobreza, la pérdida de empleo, la falta de vivienda asequible, los problemas de salud mental, el abuso de sustancias, la violencia doméstica y la falta de redes de apoyo. Además, desastres naturales, conflictos armados y crisis económicas también pueden contribuir a que las personas pierdan sus hogares.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-17 19:51:06 UTC</pubDate>
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         <title>Valledupar, el municipio con más habitantes de calle en el Cesar</title>
         <author>fjjose247</author>
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         <description><![CDATA[<p>En el departamento del Cesar, según el Censo Habitantes de la Calle (CHC) del 2021 realizado por el Dane, se identificaron un total de 164 habitantes en condición de calle. El municipio con mayor representatividad fue Valledupar con el 98,2% de los habitantes, seguido por La Jagua de Ibirico con el 1,8%. En Valledupar se registraron 161 habitantes de calle y en La Jagua de Ibirico, tres.</p><p>En cuanto al género, el 84,8% eran hombres y el 15,2% mujeres. Las edades con mayor concentración fueron entre los 25 y 44 años, y de los 50 a 54 años, representando el 92,1% del total.</p><p>Sobre el lugar de nacimiento, el 52,3% nació en el mismo municipio de la entrevista, el 40,2% en otro municipio colombiano y el 7,6% en otro país. En La Jagua de Ibirico, todos los habitantes nacieron en ese municipio.</p><p>En cuanto a la pertenencia étnica, la mayoría (95,5%) no pertenecía a ningún grupo étnico específico. Respecto a la orientación sexual, la mayoría (96,1%) se identificó como heterosexual. En cuanto al alfabetismo, en el departamento del Cesar el 76,5% eran alfabetos y el 23,5% no lo eran. En La Jagua de Ibirico todos se declararon analfabetos.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-17 20:19:47 UTC</pubDate>
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         <title>Política pública de Habitante en Calle</title>
         <author>fjjose247</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>¿A cuáles entidades se les otorga responsabilidades expresamente en la Ley?</strong></p><p><br></p><p>• El Ministerio de Salud y Protección Social coordina la Política Pública Social para Habitantes de la Calle (PPSHC), formulando la política pública, brindando orientación sobre servicios sociales y reglamentando la Ley 1641.</p><p>• El Departamento Nacional de Estadística (DANE) se encarga de la caracterización demográfica y socioeconómica de las personas habitantes de calle para establecer una línea base de esta población.</p><p>• El Departamento Nacional de Planeación (DNP) debe incluir a la población habitante de la calle en la focalización de los servicios sociales establecidos por la Constitución, cumpliendo el CONPES 100 de 2006 (SISBEN).</p><p>• El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) tiene la responsabilidad de atender a niños, niñas y adolescentes en condición de indefensión y vulnerabilidad manifiesta, buscando su oportuna y temprana rehabilitación social.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-17 20:24:31 UTC</pubDate>
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         <title>Política pública de Habitante en Calle</title>
         <author>fjjose247</author>
         <link>https://padlet.com/fjjose247/wd9hs0sorhszrwsb/wish/2959121542</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué busca la </strong><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/INEC/IGUB/ley-1641-de-2013.pdf"><strong>Ley 1641 de 2013</strong></a><strong>?</strong></p><p><br></p><ul><li><p>Garantizar, promocionar, proteger y restablecer los derechos de las personas habitantes de calle.</p></li><li><p>La atención integral e inclusión social de las personas habitantes de calle.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-17 20:25:14 UTC</pubDate>
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         <title>¿Cuáles entidades también tienen responsabilidades en la atención de la Población Habitante de la calle?</title>
         <author>fjjose247</author>
         <link>https://padlet.com/fjjose247/wd9hs0sorhszrwsb/wish/2959127261</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>Personerías Municipales y Distritales.<strong> </strong>Con el apoyo de la Defensoría del Pueblo, ejercerán la vigilancia del cumplimiento a lo ordenado en la presente Ley (Art. 12)</p></li><li><p>Ministerio del Interior, Justicia y Derecho, Educación, Cultura Recreación y Deporte, Trabajo,&nbsp; Vivienda y Territorio, Defensa Nacional, Departamento de la Prosperidad Social y Registraduría Nacional del Estado Civil<strong>. </strong>Deberán incorporarse en la PPSHC en el marco de sus competencias constitucionales y legales mediante acciones que correspondan a su naturaleza.</p></li><li><p>Departamentos, distritos y municipios. Los Entes Territoriales que tengan presencia de habitantes de la calle, se articularán con las entidades nacionales en el proceso de formulación e implementación de la PPSHC, y crearán los servicios que consideren necesarios para su atención integral.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-17 20:32:39 UTC</pubDate>
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         <title>Formulación  y avances  de la Política Pública Social para Habitantes de la Calle:</title>
         <author>fjjose247</author>
         <link>https://padlet.com/fjjose247/wd9hs0sorhszrwsb/wish/2959127541</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>En 2013 se crearon dos mesas técnicas para avanzar en los acuerdos iniciales sobre la formulación de la política para habitantes de la calle. En 2014, se recolectaron insumos para la elaboración de los lineamientos generales de la política a través de foros regionales y encuentros de la Mesa Nacional. En 2015, el Ministerio de Salud y Protección Social realizó un ejercicio de articulación interinstitucional con entidades nacionales competentes para elaborar los contenidos respectivos a los componentes de la PPSHC. En 2016, aún no se contaba con una línea base para la formulación del documento de política, por lo que el MSPS realizó diagnósticos para la caracterización de esta población con el concurso de entidades nacionales competentes y la información aportada por las ciudades con mayor proporción de habitantes de calle.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-17 20:33:02 UTC</pubDate>
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