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      <title> derechos humanos  by CESAR HUMBERTO OCHOA FLOREZ</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2020-11-30 20:44:42 UTC</pubDate>
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         <title>derechos sociales</title>
         <author>chochoa4</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong> Artículo 43</strong>. La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de éste subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. <br><strong> Artículo 44.</strong> Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia. La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. <br><strong> Artículo 51.</strong> Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda. </div>]]></description>
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         <pubDate>2020-11-30 21:03:16 UTC</pubDate>
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         <title>Artículo 64. Es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de latierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, y a los servicios de educación, salud, vivienda, seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones,comercialización de los productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos.</title>
         <author>chochoa4</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong> Artículo 73</strong>. La actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad e independencia profesional. <br><br> <strong>Artículo 65</strong>. La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras. <br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-11-30 21:11:05 UTC</pubDate>
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         <title>derechos humanos sociales económicos y culturales</title>
         <author>chochoa4</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2020-11-30 21:21:23 UTC</pubDate>
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         <title>DE LOS DERECHOS COLECTIVOS Y DEL AMBIENTE</title>
         <author>chochoa4</author>
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         <description><![CDATA[<div> <strong>Artículo 79</strong>. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectar. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. <br><strong> Artículo 81</strong>. Queda prohibida la fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos. El Estado regulará el ingreso al país y la salida de él de los recursos genéticos, y su utilización, de acuerdo con el interés nacional. </div>]]></description>
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         <pubDate>2020-11-30 21:25:59 UTC</pubDate>
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         <title>Artículo 87. Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo elcumplimiento de una ley o un acto administrativo.</title>
         <author>chochoa4</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2020-11-30 21:43:14 UTC</pubDate>
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         <title>al  parecer en colombia solo se cumple los derechos a favor del gobernante y no del pueblo la mayoría solo le dan prioridades a maternas niños y adultos y eso que muy poco ejemplo  como dice el  artículo 43: este si es garante del derecho ya que el sector empresarial prefiere evitar disgustos con tutelas (empapelados)  ahora el artículo 44: los niños en colombia fallecen por falta de alimento y el estado  no es garante de esto ahora que me dicen del                           artículo 65:  al agricultor total mentira que al campesino le brindan alguna protección para el desarrollo integral de sus quehaceres miren ahora  la papa no es exportada sino importada</title>
         <author>chochoa4</author>
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         <pubDate>2020-11-30 21:45:16 UTC</pubDate>
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