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      <title>&quot;El ser público y la fé pública&quot; by SYNDEL BARRIOS ROMANO</title>
      <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7</link>
      <description>En base a la lectura de la unidad 3 - Capítulo VI: “El ser público y la fe pública”, trabajen en los grupos conformados por comisión con la siguiente actividad.
 La idea es que puedan interactuar con las colaboraciones de sus compañeros; entonces, elijan la pregunta que quisieran responder y/o agreguen info que les resulte interesante mencionar a las respuestas ya realizadas por sus compañeros. No olviden poner número del grupo y comisión. ¡A trabajar! :)</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2021-08-22 23:52:41 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2025-04-30 01:37:08 UTC</lastBuildDate>
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      <item>
         <title>Grupo 7 (Comisión B-C / A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1691948583</link>
         <description><![CDATA[<div>La noción de "<strong><em>culpa</em></strong>" es esencial para conocer los alcances de la responsabilidad contractual del traductor. El Art. 512 del Código Civil definía culpa como inejecución de una obligación, es decir, la omisión de aquellas diligencias que exigiere la naturaleza de la obligación y que correspondiesen a las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar. El nuevo Código Civil repite la definición y añade que "comprende la imprudencia, la negligencia y la impericia en el arte o profesión".<br><strong><em>Imprudencia</em></strong>: consiste en realizar una acción o inacción sin preocuparse ni tratar de advertir previamente los peligros o consecuencias negativas que podrían ocurrir a partir de esa acción o inacción. <br><strong><em>Negligencia</em></strong>: la acción o inacción que por despreocupación, olvido, omisión, etcétera., provoca una consecuencia desfavorable, consistente en un resultado deficiente, incompleto o no fundamentado. Se trata de una práctica profesional sin la debida atención y que por ello tiene consecuencias que afectan al cliente o a terceros.<br><strong><em>Impericia</em></strong>: sucede cuando el profesional no tiene conocimientos necesarios para realizar una prestación determinada.&nbsp;<br><br>Otero, Lucía Inés (A)<br>Pettiti, Nicole (B/C)<br>Pascual, María Sofía (B/C)<br>Roldán, Agustina Sofía (B/C)</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-23 20:15:10 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo 11 (Comisión D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1692038974</link>
         <description><![CDATA[<div>La palabra fe deriva del latín fines, que significaba confianza y se consideraba una promesa de actuar de un cierto modo.&nbsp;<br>En nuestro ámbito, la fe se manifiesta de dos formas:<br>• por el lado del traductor: la fe es actuar de determinado modo y mantener lo afirmado en otra parte o en otro momento. El traductor garantiza el trabajo con su persona y plasma la fe pública en las traducciones mediante la firma y la legalización en el Colegio.&nbsp;<br>• por el lado del cliente de la traducción respecto de la traducción y del traductor: es la creencia en los dichos y compromisos del otro.&nbsp;<br>Además, la fe otorga a la traducción carácter de auténtica, porque la ley le confiere certeza respecto a la paternidad del autor y prueba por sí sola el lugar y la fecha consignados.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-23 21:35:14 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo 6 (Comisión BC)</title>
         <author>mayraojedaf</author>
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         <description><![CDATA[<div>La firma es un trazo particular en la que un individuo escribe su nombre y apellido y es el medio por el cual se manifiesta su voluntad. Al firmar un documento, se confirma que se comprende y acepta un compromiso legal. Un documento sin firma no tiene valor, carece de significado jurídico, por ende carece de importancia para un proceso penal. Debido a la importancia de la firma, se creó una normativa en el nuevo Código Civil para regularla.&nbsp;</div><div>La firma del traductor jurídico no es la excepción ya que otorga autenticidad y veracidad a la traducción de un documento de carácter oficial y con ella se confirma su autoría. El traducir de forma incorrecta y deliberada un texto puede considerarse delito, por lo que la firma también compromete al traductor a hacerse cargo de las responsabilidades civiles y penales de su labor. Para firmar, los traductores deben certificar cada página con visé, firmar al final y presentar una fórmula fedataria y un sello personalizado para dar fidelidad de la traducción realizada.&nbsp;</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-23 22:34:13 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Grupo 4 (Comisión D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1692143901</link>
         <description><![CDATA[<div>Se considera <strong>falsedad </strong>a toda alteración de la verdad, material o ideológica, a la que está obligado un profesional.<br>La <strong>falsificación </strong>consiste en realizar agregados o declaraciones que no existen en el texto fuente.<br>La <strong>alteración </strong>consiste en borrar, raspar, enmendar o agregar sin salvar según las formas debidas.<br>La <strong>supresión </strong>consiste en destruir u ocultar un documento o parte del mismo.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-23 23:28:24 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo 17 (Comisión B-C) </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1692144346</link>
         <description><![CDATA[<div>Se considera falsedad a toda modificación de la verdad, material o ideológica. Esta se manifiesta como falsificación, alteración o supresión.<br>Falsificar es hacer agregados o declaraciones que en el texto fuente no están.&nbsp;<br>Alterar es borrar, raspar, enmendar o agregar sin salvar en la producción del texto meta.<br>Suprimir es destruir u ocultar un documento o parte de un documento</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-23 23:28:52 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo 17 (comisión B-C)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1692156601</link>
         <description><![CDATA[<div>La fe pública se plasma en las traducciones mediante la firma del traductor público.&nbsp;<br>La relación entre ambos es que el traductor público da fe pública de sus traducciones; en otras palabras, es fedatario (tiene competencia y autoridad para aprobar o confirmar la autenticidad de un documento). Esto implica que el traductor es visible, responsable civil y penalmente y que garantiza su trabajo con su persona.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-23 23:39:34 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo 4 (Comisión D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1692346579</link>
         <description><![CDATA[<div>La imposibilidad de firmar en nuestro derecho tiene dos posibles soluciones.&nbsp;<br>En el caso de los instrumentos públicos, en el Código Civil se dispone que si alguno de los otorgantes no sabe o no puede firmar, debe hacerlo otra persona en su nombre. La firma a ruego se admite con la condición de que se haga constar la causa de la imposibilidad y de que el firmante imprima su huella digital. La intervención de un oficial público garantiza la real existencia del impedimento para firmar.<br>En el caso de los instrumentos privados, el Código Civil dispone que puede dejarse constancia de la impresión digital o mediante la presencia de dos testigos que deben suscribir también el instrumento.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 01:08:40 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 10 (Comisión A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1692504743</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Firma: </strong>&nbsp;manera habitual con que una persona escribe su nombre y apellido, con el objeto de asumir las responsabilidades inherentes al documento que suscribe.&nbsp;<br><br></div><div>La fe pública es plasmada en las traducciones mediante la firma, y tiene que ser necesariamente legalizada por el Colegio de Traductores. Es la<em> certeza</em> y <em>eficacia</em> que el poder público otorga a las traducciones por medio de la intervención de un traductor. Cuando hablamos de “certeza” nos referimos a la seguridad, y cuando hablamos de “eficacia” hacemos referencia a la validez del instrumento por si mismo. Al final, se trata de un elemento duradero, que es reconocido por la comunidad y que cumple con las condiciones fijadas, para producir su efecto.&nbsp;</div><div>Cuando un traductor traduce y luego firma, finalmente legaliza su traducción, es decir, que adquiere fuerza legal. El traductor certifica que la traducción es válida y su valor es pleno. El Colegio (o la autoridad competente) garantiza qué tal acción se ha realizado respetando las leyes vigentes, con las garantías y las formalidades qué tal situación presupone.&nbsp;<br>La firma, en general, es un acto plasmado por escrito, es un requisito esencial para la validez y eficacia jurídica de un escrito, ya sea privado o público. La firma tiene un efecto primordial: probar la autoría de tal documento.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 02:03:46 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Grupo 4 (Comisión A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1692716286</link>
         <description><![CDATA[<div>La responsabilidad del traductor en el ámbito del derecho civil es doble:<strong> responsabilidad frente a su cliente</strong> y <strong>responsabilidad frente a un tercero</strong>.&nbsp;</div><ul><li><strong>La responsabilidad frente a su cliente</strong> deriva del posible incumplimiento de alguna de las obligaciones inherentes al contrato de locación de servicios que celebra con él. Es, por lo tanto, una responsabilidad de naturaleza contractual.&nbsp;</li><li><strong>La responsabilidad frente a terceros</strong> es la responsabilidad por los daños que puedan haber sufrido como consecuencia del eventual accionar ilícito del traductor, y se trata de una responsabilidad extracontractual.&nbsp;</li></ul><div>Las diferencias jurídicas entre ambos tipos de responsabilidad civil, contractual y extracontractual antes pasaban por la extensión del concepto de culpa y el plazo de prescripción de la acción del cliente control profesional (10 años), y de la acción contra el profesional de parte del tercero perjudicado (dos años). A partir de la vigencia del nuevo código civil, las diferencias entre ambos tipos de responsabilidad civil desaparecen en un régimen único, con el plazo común de prescripción de tres años.</div><div><br><sup>Izeta, Mercedes&nbsp;</sup></div><div><sup>Gonzalez, Noelia Agustina&nbsp;</sup></div><div><sup>Galeazzi, Agustina Iara (comisión D-E)&nbsp;</sup></div><div><sup>Melo, Huitzin Guidaí Quillén (comisión B)</sup></div><div><br><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 03:25:49 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>GRUPO 5 (Comisión A)</title>
         <author>MLourdesNavarroSaracho</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1692732371</link>
         <description><![CDATA[<div>Si, es posible que un traductor sea responsable penalmente en casos de una mala traducción ya sea por falsedad, supresión o alteración.&nbsp;<br><br></div><div>La alteración consiste en borrar, raspar, enmendar o agregar sin salvar según las formas debidas. Por otro lado, la supresión consiste en ocultar o destruir un documento o parte del mismo<br><br></div><div>Una traducción es considerada falsa cuando se encuentran agregados o declaraciones que no existen en el texto fuente. La falsedad puede probarse solamente por vía judicial, mediante “querella falsedad”. Cuando se intenta por vía penal tiene como consecuencia directa la sanción al falsificador y como consecuencia indirecta la invalidez del instrumento.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 03:32:31 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 7 (Comisión A y B/C)</title>
         <author>micaelatrembinsky</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1693401269</link>
         <description><![CDATA[<div>El traductor cuenta con dos obligaciones principales. Por un lado, las “obligaciones de medios” y, contrapuestas a estas la “obligaciones de resultado”<br><br></div><div>En las obligaciones de medio, el traductor se compromete a cumplir de manera diligente su actividad tendiente al resultado. En este caso, el traductor se convierte en un deudor y la actividad que promete realizar es su traducción. Hay que tener en cuanta que el traductor se compromete con la actividad que va a realizar y no con el resultado; es decir; el traductor no promete realizar una traducción perfecta sino realizarla de la mejor manera posible.<br><br></div><div>En las obligaciones de resultado, solo importa el resultado obtenido (la traducción).&nbsp;<br><br></div><div>La distinción entre ambas obligaciones es fundamental para determinar la responsabilidad civil del traductor ante su cliente. <br><br><sub>Mira Erramouspe, Valentina (A)<br>Vera, Solange (B/C)&nbsp;<br>Trambinsky, Micaela Naomi (A)<br>Pereyra, Gimena (A)</sub></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 10:56:01 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>GRUPO 3 (COMISIÓN A)</title>
         <author>joaquinezequielalvarez</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1693564697</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>¿Cómo puede probarse la falsedad ?</strong><br>La falsedad puede probarse solamente por vía judicial, me­diante "querella de falsedad", también llamada "redargución de falsedad" o "argución de falsedad". Cuando se intenta por la vía penal tiene como consecuencia directa la sanción al falsificador y como consecuencia indirecta la invalidez del instrumento. La acción civil, por su parte, puede ser intentada por vía incidental o por vía principal (también llamada "vía directa"), iniciando un proceso para obtener una sentencia que declare la falsedad del instrumento. Por vía incidental se realiza en un proceso en trámi­te, planteando la falsedad del instrumento como defensa.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 13:13:59 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>GRUPO 3 (COMISIÓN A)</title>
         <author>joaquinezequielalvarez</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1693587566</link>
         <description><![CDATA[<div>El principal aspecto que debe garantizar un traductor en su trabajo es la autenticidad del texto traducido y además, garantizar una supuesta fidelidad estricta al original aunque ya sabemos que el labor del traductor está siempre sujeto a errores y es imposible realizar una traducción perfecta.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 13:25:28 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Grupo 20 (comisión BC y A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1693741263</link>
         <description><![CDATA[<div>Tal como señaló el grupo 17, el traductor público y la fe pública están intrínsecamente relacionadas debido a que, con su firma, el traductor tiene la capacidad de plasmar fe pública. Esto quiere decir que el traductor es, como ya lo expresaron nuestros compañeros del grupo 17, fedatario. En otras palabras, tiene autoridad y competencia para aprobar o confirmar la autenticidad de un documento. La firma certificada del traductor, más la debida legalización del documento, le otorgan a la traducción validez legal y garantizan que dicha traducción se realizó en concordancia con las leyes vigentes. Esta capacidad convierte al traductor en responsable civil y penal de sus actos ya que debe garantizar que se exprese de manera auténtica lo plasmado en el texto fuente.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 14:35:28 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 8, comisión D</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1693953557</link>
         <description><![CDATA[<div>Culpa: consiste en la omisión de la diligencia debida según la naturaleza de la obligación, las circunstancias, el tiempo y el lugar.<br><strong>Imprudencia: </strong>realizar una acción (o inacción) sin preocuparse ni tratar de advertir previamente los peligros o consecuencias negativas.&nbsp;<br><strong>Negligencia: </strong>Acción (o inacción) que por despreocupación, olvido, omisión, etc. provoca una consecuencia desfavorable. El profesional tiene los conocimientos necesarios pero no los aplica en su integridad.&nbsp;</div><div>Impericia: Acción (o inacción) que provoca una consecuencia desfavorable porque el profesional no tiene los conocimientos necesarios.&nbsp;</div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 16:13:46 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 19 (Comisión B-C)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1694252814</link>
         <description><![CDATA[<div>El traductor da fe pública de sus traducciones para garantizar la certeza (asegurar que los derechos y obligaciones no puedan ser cambiados sin ningún propósito) y eficacia (para que no pierda su validez propia) de estas . Además, el traductor para poder traducir un documento público debe contar con su firma y asumir con la responsabilidad de una traducción correcta y completa. Dicha firma debe estar legalizada por el Colegio de Traductores, autoridad que garantiza que la traducción se ha realizado bajo las leyes vigentes, con las garantías y formalidades correspondientes. &nbsp;<br><br></div><div>Fara, Salvador<br>Etchegaray, Martina<br>Ledesma, Carolina<br>Gianoglio, Ana<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 19:02:39 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>GRUPO 6 (Comisión D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1694265002</link>
         <description><![CDATA[<div>1. Se considera <strong><em>falsedad</em></strong><em> </em>a toda alteración de la verdad, material o ideológica, a la que está obligado el traductor y cualquier otro profesional.&nbsp;</div><div>2. La <strong><em>falsificación </em></strong>consiste en realizar agregados, declaraciones o expresiones que no existen en el texto fuente.</div><div>3. La <strong><em>alteración </em></strong>consiste en borrar, raspar, enmendar o agregar sin salvar según las formas debidas. Esto sucedía frecuentemente cuando las traducciones se realizaban con máquina de escribir.<br>4. Y por último, la <strong><em>supresión</em></strong> consiste en destruir u ocultar un documento o parte del mismo. Ocurre con frecuencia, cuando un texto fuente lleva unidos agregados <em>(tickets, legalizaciones, etc.) </em>y el traductor puede desprender o separar estos agregados para evitar la traducción de los mismos.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 19:11:00 UTC</pubDate>
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         <title>GRUPO 14 (COMISIÓN D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1694313392</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Los códigos civil y penal prevén que el traductor, como cualquier profesional, puede cometer errores en su labor, para los cuales existen sanciones de distinto grado y tenor, según el daño provocado y según haya existido intencionalidad (dolo) o negligencia (culpa).&nbsp;<br></strong><br></div><div><strong>La falsedad es toda alteración de la verdad, material o ideológica, a la que está obligado en nuestro caso el traductor, como cualquier otro profesional, aquí reforzada por la naturaleza fedataria en su actuación.&nbsp;<br></strong><br></div><div><strong>La falsedad es material cuando ataca la autenticidad externa y puede manifestarse como falsificación, alteración o supresión, las cuales no solo pueden ser realizadas en una traducción, sino también en el texto fuente.&nbsp;<br></strong><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 19:42:36 UTC</pubDate>
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         <title>GRUPO 6 (Comisión D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1694372647</link>
         <description><![CDATA[<div>Queríamos agregar a lo que dijeron nuestros/as compañeros/as, que el traductor siempre celebra un contrato con su cliente, aunque el mismo no se haya pautado formalmente por <strong><em>escrito.</em></strong> Si bien la celebración de un contrato por escrito facilita para una futura prueba, el contrato de locación de servicios se celebra simplemente con el encargo de la traducción. Es por eso que, a partir de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil, la prueba del contrato de locación del servicio de traducción puede realizarse “por todos los medios aptos para llegar a una razonable convicción según las reglas de la sana crítica”</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 20:28:05 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 2 (Comisión A/ D-E)</title>
         <author>fiorellapiergentili</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1694426531</link>
         <description><![CDATA[<div>Nuestro grupo quisiera agregar la siguiente contribución concerniente al tema de esta pregunta. Con respecto a los <strong>errores de traducción que pueden generar responsabilidad civil para los traductores públicos</strong>, cabe precisar:</div><ul><li>Inexactitudes contenidas en el texto original, reproducidas en la traducción.</li><li>Deficiencias que puede presentar una traducción que toma como base otra efectuada en un idioma distinto al del país en que se ha originado: genera responsabilidad para el traductor que debe cumplir su cometido exclusivamente con textos del país del que provienen, salvo imposibilidades de contar con el texto originario, o instrucción expresa del comitente.</li><li>Inexactitudes sólo atribuibles a la versión en idioma nacional, que no refleja el contenido del texto de origen. Aquí cabe distinguir: <strong>(1)</strong> si se trata de una versión que no guarda fidelidad estricta a la original, pero que resulta permisible, en tanto el traductor elija una en desmedro de otra, pero que sean posibles distintas versiones, sinceras y genuinas, en la medida en que la técnica de traducción lo permita: no genera responsabilidad para su autor; <strong>(2)</strong> si el traductor se apega a la literalidad de su texto, cuando debe apartarse de ella por imperativos de la disciplina a que hace referencia el original, y utilizar una acepción técnica que desplaza a la vulgar: el desconocimiento del problema aparejará la consiguiente responsabilidad del traductor; <strong>(3)</strong> infidelidades que no resultan aconsejables ni necesarias: hacen plenamente responsables a quienes incurren en ellas, en la medida del daño causado.</li></ul><div><br></div><div>Piergentili, Fiorella (A)<br>Pons Andrada, Agustina (A)<br>Quintín, María Emilia (D-E)<br>Rodríguez, Facundo (D-E)</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 21:15:46 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo 15(B-C)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1694489102</link>
         <description><![CDATA[<div>Intrínsecamente, en el uso latino de la palabra fe, es posible rescatar la idea de adhesión a una concepción que al mismo tiempo comporta la libertad de no adhesión. Implica la aceptación de algo que no es evidente pero que se acepta a pesar de su desconocimiento o de la oscuridad que lo envuelve, es decir, se acepta algo como real o posible, aun aquello que no se experimentó o no se conoce.<br><br>La fe pública de las traducciones tiene valor de prueba preconstituida, por la confianza colectiva que toda fe pública en sustancia, en relación con aquello que los documentos expresan, los cuales, a su vez, contienen la garantía de autenticidad de lo expresado.<br><br>Levrier, Marianela<br>Soto, María de los Ángeles (A- alemán)<br>Soto, Yuruaní</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 22:24:08 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1694489102</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Grupo 17 (Comisión A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1694507184</link>
         <description><![CDATA[<div>Más aún, siguiendo las palabras del grupo 3, el traductor profesional es consciente de que no existe traducción perfecta. Este toma la responsabilidad de realizar su tarea de la mejor manera posible aplicando todos los recursos. Al momento de aceptar el encargo de traducción, el mismo garantiza que posee la competencia necesaria para llevar a cabo la labor. Así, asume el compromiso de actuar con diligencia en base a sus conocimientos y capacidades.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 22:45:23 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 1 (Comisión A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1694587195</link>
         <description><![CDATA[<div>Los traductores asumen solamente las denominadas <strong>obligaciones de medios</strong> ya que se comprometen a cumplir de manera diligente su actividad tendiente al cumplimiento de un resultado pero de ninguna manera pueden prometer cumplir el resultado mismo (una traducción perfecta). Estas obligaciones se contraponen a las denominadas <strong>obligaciones de resultados</strong>, en las cuales solo importa el resultado obtenido, por ejemplo las locaciones de obras o la compra venta.&nbsp;</div><div>En las obligaciones resultados el locador debe cumplir con el resultado prometido sin importar mayormente su diligencia, en cambio el traductor, como locador de servicios, no promete un resultado sino una actividad diligente tendiente a un resultado, y puede alegar que actuó diligentemente para obtener el resultado que finalmente no pudo obtener para justificar su incumplimiento.&nbsp;</div><div>El traductor solo responde ante su cliente cuando actúa con dolo o cuando lo hace con culpa profesional, es decir, cuando falta a los deberes propios de su actividad profesional.</div><div><br>Contribución por: <br><br><em>Ariadna Berenice Nicole Johnson&nbsp;</em></div><div><em>Ariana Bengoa&nbsp;</em></div><div><em>Catalina del Rosario Molina</em></div><div><em>Sofia Vinnet Gregorio</em></div><div><br><strong>Comisión A - Grupo 1</strong></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-24 23:56:14 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>GRUPO 18 (Comisión B-C)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1696068812</link>
         <description><![CDATA[<div>Como mencionaron nuestros compañeros, la falsificación, la alteración y la supresión no sólo pueden ser realizadas en una traducción, sino también en el texto fuente. En estos casos, el traductor está obligado a advertir la anomalía. El traductor debe observar materialmente el instrumento que el cliente le entrega para su traducción, y ello significa constatar el cumplimiento de las formalidades previstas para su validez en el trámite a realizar. Si observa alguna anomalía o alteración, debe en primer lugar advertir al cliente y, si no fuera posible o tal circunstancia no afectara la decisión del cliente de hacerlo traducir igualmente, deberá aclarar con nota de traductor la cuestión. Todo esto para no incurrir en lo previsto por el Art. 296 del Código Penal, el cual establece que: “El que hiciere uso de un documento o certificado falso o adulterado, será reprimido como si fuere autor de la falsedad.”<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2021-08-25 13:54:55 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1696068812</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Grupo 8 comisión D</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1696955205</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Falsedad</strong>: toda alteración de la verdad, material o ideológica a la que está obligado el traductor por la naturaleza fedataria de su actuación (según la RAE, fedataria: Notario u otro funcionario que da fe pública).&nbsp;</div><div><strong>Falsificación</strong>: realizar agregados o declaraciones que no existen en el texto fuente, por ejemplo: copiar una traducción anterior de un texto fuente (partida de nacimiento, sentencia de divorcio) de esta forma se corre el riesgo de dejar expresiones nuevas que no se encontraban en el texto original.</div><div><strong>Alteración</strong>: borrar, enmendar o agregar sin salvar esa corrección según las formas debidas</div><div><strong>Supresión</strong>: destruir u ocultar un documento o parte del mismo, por ejemplo cuando un texto lleva agregados como tickets, legalizaciones, etc. suele hacerse para evitar la traducción de los mismos.<br><br>Cazón, Facundo Nicolás<br>Bulgener, Marisa<br>Buckmeier, Fererica<br>Delprato, Ercilia<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-25 23:13:45 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 2 (Comisión B-C)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1696990776</link>
         <description><![CDATA[<div>Con su firma el traductor declara hacerse cargo de las responsabilidades civiles y penales de su labor. Es decir, que si comete errores en sus traducciones será sancionado según el daño provocado y según haya existido intencionalidad o negligencia. La firma prueba la autoría de la declaración de voluntad expresada en el texto al cual corresponde, el cual debe encontrarse por encima de ella y no a continuación, incluyendo eventuales salvaduras.<br>Para ampliar un poco más sobre este tema, nos pareció interesante mencionar el valor que tienen las traducciones legalizadas. Cuando un traductor firma y legaliza una traducción ante el Colegio o Autoridad competente, esta adquiere la calidad de oficial, con igual o mayor validez legal que el documento fuente por sí mismo. Este último caso puede darse cuando el texto fuente es una fotocopia sin certificación o legalización alguna. La legalización da la garantía de que el documento traducido respeta y cumple con las leyes vigentes y que a su vez sigue las formalidades pautadas para así poder producir su efecto.<br><br>Cipuzak, Luana Gabriel<br>Leon, Camila<br>Martínez Zucchi, Florencia Giuliana<br>Romero, Valentina Abigaíl</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2021-08-25 23:44:31 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 8 (Comisión B/C)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1698358298</link>
         <description><![CDATA[<div>La culpa consiste en la omisión de la diligencia debida según la naturaleza de la obligación y las circunstancias de las personas, el tiempo y el lugar. Comprende la imprudencia, la negligencia y la impericia en el arte o profesión.&nbsp; Art. 1724 Nuevo Código Civil</div><div><br>Cabe aclarar que la ley no define “imprudencia”, “negligencia” ni “impericia'', ya que es el juez quien evalúa estos conceptos en cada caso en particular. Sin embargo, podemos explicar estos términos de la siguiente manera:</div><div><br>Imprudencia: realizar una acción o inacción sin preocuparse ni tratar de advertir previamente los peligros o consecuencias negativas. Por ejemplo, en el caso particular del traductor, un acto de imprudencia sería realizar una traducción pública sin saber dónde será presentada y si será aceptada en esa jurisdicción.</div><div><br>Negligencia: acción o inacción que por despreocupación, olvido, omisión, etc., provoca una consecuencia desfavorable. Por ejemplo, en el caso particular del traductor, un acto de negligencia sería realizar una traducción sin la debida investigación previa o sin los conocimientos necesarios.&nbsp;</div><div><br>Impericia: ocurre cuando el profesional no tiene los conocimientos necesarios para realizar una prestación determinada. Por ejemplo, en el caso particular del traductor, un acto de impericia sería asumir equivocadamente que el traductor está capacitado para traducir cualquier cosa y cuyo resultado obtendrá en menor o mayor tiempo según la experiencia (y no los conocimientos o formación) que tenga en el área.</div><div><br></div><div>Lara Paz Soardo&nbsp;</div><div>Alejandra González</div><div>Agustina Carandino (B/C)</div><div>Daniela Elizabeth Stechinna</div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-26 12:40:29 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 14 -Com A</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1698949341</link>
         <description><![CDATA[<div>Según el Art. 1724 del Código Civil y Comercial se actúa con culpa cuando se actúa por negligencia o imprudencia. "ARTÍCULO 1724.- (...) La culpa consiste en la omisión de la diligencia debida según la naturaleza de la obligación y las circunstancias de las personas, el tiempo y el lugar. Comprende la imprudencia, la negligencia y la impericia en el arte o profesión". Se le alude a la impericia la falta total o parcial de conocimiento técnico, falta de experiencia y/o habilidad para desarrollar ciertas tareas de una profesión. Se le pueden asociar sinónimos como ineptitud, torpeza, incompetencia o incapacidad.<br>Negligencia es actuar sin cuidado, es hacer menos de lo que se debe hacer. Por ejemplo, salir a la calle sin arreglar los frenos del auto.<br>Imprudencia es actuar de una manera peligrosa. Por ejemplo, manejar el auto a alta velocidad o no disminuir la velocidad en las bocacalles.<br><br>Peralta, Matías Gabriel<br>Pesci, Lucía<br>Ruffo, Rosario Irupé</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-26 17:29:59 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 5 (Comisión D-E)</title>
         <author>julietabreglia</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1699174400</link>
         <description><![CDATA[<div>Como fue descrito por nuestros compañeros en las respuestas anteriores, el traductor puede garantizar distintos aspectos de su traducción: autenticidad y fidelidad al original (grupo 3), certeza y eficacia de la traducción avalada con la firma legalizada por el Colegio de Traductores con lo cual asume su responsabilidad (grupo 19) y la competencia necesaria para llevar a cabo la labor (grupo 17). Con nuestro grupo, nos gustaría ampliar sobre esto último. En el capítulo VI. “El ser público y la fe pública” del libro “Traducción y Derecho en el contexto argentino” de María Gabriela Piemonti, Alberto Anunziato y Sandra Capello, se menciona que estas garantías están respaldadas por “el título habilitante y por el cumplimiento de los requisitos exigidos para su ejercicio”. Esto quiere decir que la labor del traductor está basada en conocimientos y habilidades desarrolladas en una institución formal, lo cual generará una confianza en el cliente que requiere de sus servicios.</div><div><br></div><div>Breglia, Julieta (D-E)</div><div>Paulin, María Sol (D-E)</div><div>Rodríguez, María Agostina (A)</div><div>Villegas, Andrés Benjamin (D-E)</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2021-08-26 19:47:08 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1699240154</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Grupo 9 (Comisión D/B-C)<br></strong><br>La responsabilidad del traductor frente a sus clientes deriva del posible incumplimiento de alguna de las obligaciones que debe asumir.<br>Hay dos obligaciones importantes del traductor. Por un lado, obligaciones de medio y por el otro, obligaciones de resultado. Las obligaciones de medio son aquellas en las que el traductor es el deudor el cual se compromete a cumplir de una manera diligente su actividad tendiente al cumplimiento de un resultado -la traducción-, pero de ninguna manera puede prometer cumplir el resultado mismo. Las obligaciones de resultado son las derivadas de contratos como la compraventa o la locación de obra. El locador de servicios, como lo es el traductor, no promete un resultado sino una actividad diligente tendiente a un resultado, y puede alegar que actuó diligentemente para obtener el resultado que finalmente no pudo obtener para justificar su incumplimiento.<br>La distinción entre ambos tipos de obligaciones es fundamental para determinar la responsabilidad civil de un profesional ante su cliente como deudor de una obligación "de medios".<br><br><em>Florencia Márquez<br>Lara Antonella Gonzalez<br>Valentina Ochoa<br>Lucia Eva Muñoz</em></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-26 20:40:51 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 9 (Comisión A)     </title>
         <author>luciatesolin</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1699342192</link>
         <description><![CDATA[<div>Habiendo leído los aportes de nuestros compañeros en las respuestas anteriores, nos gustaría agregar que en nuestro ámbito, el significado de fe se conecta con “el mantener cuanto afirmado en otra parte o en otro momento”, “actuar de determinado modo” (el traductor) y, por el otro, con “creencia en los dichos o compromisos del otro” (parte del cliente/ usuario de la traducción respecto de la traducción y del traductor. Se trata de un concepto eminentemente social.</div><div>El traductor da fe (pública) de sus traducciones, es fedatario, es decir, es visible, responsable civil y penal, y garantiza su trabajo con su persona. Según Perla Klein: “La fe pública es un elemento vital para el tráfico jurídico y, para sostener su andamiaje, debe descansar en el fedatario” (el traductor). Por lo tanto, la ley, según Klein, determina los modos de asegurar la vigencia de los derechos que consagra, para lo que impone formalidades especiales que fijan la validez de los documentos públicos, solamente&nbsp; restableciendo los derechos de legalidad incontrovertible que fueran desconocidos.</div><div><br></div><div>Castellano, Sofía</div><div>Segura Blanco, Lara<br>Tesolin Zimny, Lucia Francesca (E-D)</div><div>Zeitunlián, Florencia</div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-26 22:23:54 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1699342192</guid>
      </item>
      <item>
         <title>GRUPO 10 - COMISIÓN B-C</title>
         <author>luciasarasola</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1699355059</link>
         <description><![CDATA[<div>Grupo 10 - Comisión BC&nbsp;</div><div>En lugar de compartir las definiciones de estos términos, hemos decidido ampliar lo ya expuesto por nuestros compañeros con un ejemplo muy claro de un cuestionamiento a una traducción pública que apela al criterio de falsedad. En el siguiente link encontrarán un artículo del abogado Roberto M. Paiva quien comenta esta situación, a partir de lo determinado en un fallo en un tribunal de Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires (2013): <a href="http://www.bibliotecact.com.ar/PDF/05561.pdf">http://www.bibliotecact.com.ar/PDF/05561.pdf</a>. En este juicio, la empresa demandada se defiende apelando a errores de traducción en instrumentos públicos clave en la causa para no realizar el pago de la deuda contraída. Sin embargo, el juez de primera instancia dispuso que este planteo no era válido, puesto que, dado el carácter de instrumento público de la traducción, la única manera de canalizar cuestionamientos a su contenido es planteando la redargución de falsedad. En este caso, la traducción no era falsa porque no contenía agregados, declaraciones o expresiones que no existían en el texto fuente.</div><div>En este fallo, se reafirma tanto el estatus de la traducción pública como instrumento público como el rol del traductor público como fedatario matriculado de la traducción.&nbsp;</div><div>Integrantes:</div><div>- Ruiz Moreno, Patricia (comisión A)</div><div>- Sarasola, Lucía</div><div>- Villar, Catalina</div><div>- Zarate, Maite</div><div><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="http://www.bibliotecact.com.ar/PDF/05561.pdf" />
         <pubDate>2021-08-26 22:38:25 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1699355059</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Grupo 13 (comisión B-C)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1699398661</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp; Para empezar, nos parece necesario aclarar que la palabra "fe" deriva del latín <em>fides</em>. Dicho término hace referencia a "confianza". Aunque “fe” es comúnmente relacionada a la fe religiosa, y el cristianismo la adoptó con el significado de "confiarse a las afirmaciones de la religión, en el ámbito jurídico, es intrínseca a la noción de justicia y se utiliza con el sentido de "conforme al original". La fe pública es la seguridad que otorga un profesional de carácter público de que su trabajo es fedatario. Por ende, como ya han mencionado nuestros compañeros, el traductor público está relacionado con la fe pública debido al hecho de que, al traducir, el profesional da fe de que sus traducciones son auténticas mediante la firma, la cual está respaldada por el Colegio.&nbsp;<br><br>López Padilla, Abril Aldana<br>Mansutti, Angelina María<br>Nárvaez, Gabriel Ignacio<br>Vazquez, Candelaria</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2021-08-26 23:25:42 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1699398661</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Grupo 3 (Comisión D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1701533106</link>
         <description><![CDATA[<div>Según Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, fe pública refiere a “la autoridad legítima atribuida a notarios, escribanos, agentes de cambio y bolsa, cónsules y secretarios de juzgados, tribunales y otros institutos oficiales, para acreditar fehacientemente que los documentos que autorizan en debida forma son auténticos, salvo prueba en contrario, unas veces en cuanto a la veracidad de su contenido, y otras respecto a las manifestaciones hechas ante dichos fedatarios”. En el caso del traductor público, el Estado, a través de la norma jurídica en cuestión, decide delegar a los traductores públicos el ejercicio de una función pública específica. Es decir que se le delega la "potestad, jurisdicción y autoridad" para traducir los documentos referidos en el artículo 6 de la Ley 20 305 y dar la seguridad de que el texto traducido se corresponde con el texto original. Y esto es, ni más ni menos, que ser depositarios de la fe pública respecto de la traducción. Es en tal sentido que el contenido de las traducciones públicas se tiene por verdadero mientras no se haga prueba en contrario, por lo que en nuestra opinión deben ser consideradas documentos públicos.<br><br>Ivars, Santiago<br>Ortega, Stephanie<br>Astudillo, Virginia<br>Zeballos, Vilma<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-27 22:57:33 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1701533106</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Grupo 2 (Comisión D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1701631935</link>
         <description><![CDATA[<div>Retomando el aporte del grupo anterior en el que se afirma que “cuando un traductor firma y legaliza una traducción ante el Colegio o Autoridad competente, esta adquiere la calidad de oficial, con igual o mayor validez legal que el documento fuente por sí mismo”, podemos añadir que el instrumento, constituido por el texto fuente unido con sello y firma a su traducción y unido a la legalización, adquiere fuerza legal, ya que <strong>es el traductor quien certifica que la traducción es válida y su valor pleno</strong>. En cambio, corresponde al <strong>Colegio o</strong> a la <strong>Autoridad competente</strong>, mediante la legalización o certificación, ya que se trata de un ente público, <strong>conferir a la traducción la calidad de oficial. </strong>Estos entes públicos garantizan que la traducción se ha realizado en el respeto de las leyes vigentes, con las garantías y las formalidades que tal situación presupone.<br><br></div><div>Ahora bien, el traductor al dar fe (pública) de sus traducciones es fedatario, lo que se ve plasmado en su firma que debe ser necesariamente legalizada por el Colegio.&nbsp;<br><br></div><div>A partir de la reciente implementación de la Firma Digital por parte del Colegio de Traductores Públicos de la Provincia de Córdoba, deducimos que corresponde a este ente asegurar de forma indubitable “la autoría e integridad del documento”, tal como lo establece el Art. 288. del nuevo Código Civil.<br><br></div><div><a href="https://www.coltrad-cba.org.ar/nuevo/nota.php?s=7&amp;id=28">https://www.coltrad-cba.org.ar/nuevo/nota.php?s=7&amp;id=28<br></a><br></div><div>Daniel, Úrsula<br>Domínguez, Helaman<br>Filippa, Mariana<br>Saco, Martín<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-28 01:56:59 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo 12 (Comisión B-C)</title>
         <author>luciacarranzasanchez</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1702113522</link>
         <description><![CDATA[<div>De acuerdo con el nuevo Código Civil, la Culpa consiste en la omisión de la diligencia debida según la naturaleza de la obligación y las circunstancias de las personas, el tiempo y el lugar. Comprende la imprudencia, la negligencia y la impericia en el arte o profesión. <br>La Imprudencia consiste en realizar una acción o inacción sin preocuparse ni tratar de advertir previamente los peligros o consecuencias negativas que podrían ocurrir a partir de esa acción o inacción. Por ejemplo, realizar una traducción pública sin saber dónde será presentada y si ser aceptada en esa jurisdicción es un acto de imprudencia.<br>La Negligencia puede ser definida como la acción o inacción por despreocupación, olvido, omisión, etc. que provoca una consecuencia desfavorable, consistente en un resultado deficiente, incompleto o no fundamentado. Se trata de una práctica profesional sin la debida atención y que por ello tiene consecuencias que afecten al cliente o a terceros. Realizar una traducción sin la debida investigación previa o sin los conocimientos necesarios, aunque accesibles, es un acto de negligencia.<br>La Impericia está asociada con la negligencia, y sucede cuando el profesional no tiene los conocimientos necesarios para realizar una prestación determinada. Desafortunadamente, éste es el caso de mayor frecuencia en el ejercicio de la traducción. En este tipo de situaciones, el traductor no está capacitado siquiera para poder realizar una autoevaluación de su desempeño y no reconoce una propia impericia. <br><sub><br>Díaz, María Gabriela&nbsp;<br>López Sivilat, Julieta&nbsp;<br>Carranza Sánchez, Lucía<br>Livia Andrada, Sofía</sub></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-28 18:32:44 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo 1 - Comisión D-E</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1702187962</link>
         <description><![CDATA[<div>Para no ser repetitivos en cuanto a las respuestas anteriores, en nuestro aporte nos gustaría ampliar la contribución del grupo 2 con ejemplos de los errores de traducción.<br><strong>1) Inexactitudes contenidas en el texto original, reproducidas en la traducción:</strong> muchos documentos están redactados a mano cuya lectura resulta difícil. Una o mas letras o palabras pueden ser ilegibles de modo inexacto o ambiguo. Solo si se compara la grafía de todo el documento es posible identificar la inexactitud del texto original.<br><strong>2) Deficiencias que puede presentar una traducción que toma como base otra efectuada en un idioma distinto al del país en que se ha originado:</strong> es el caso de las traducciones de traducciones. Un documento escrito en osetio y traducido al italiano en nuestra región y en la actualidad, no encontrará un traductor osetio-español, pero teniendo la traducción del osetio al italiano, podrá ser traducido del italiano al español. Esta traducción no puede ser tomada como traducción osetio-español ni se puede juzgar la traducción osetio-italiano.<br><strong>3) Inexactitudes sólo atribuibles a la versión en idioma nacional, que no refleja el contenido del texto de origen. a. si se trata de una versión que no guarda fidelidad estricta a la original, pero que resulta permisible:</strong> es el caso de la diferente distribución de la información en textos paralelos. Por ejemplo, en las Actas de Nacimiento italianas los nombres de los abuelos del inscripto figuran inmediatamente después de cada uno de los nombres del padre y la madre respectivamente, mientras que en las Actas argentinas los nombres de los abuelos figuran en un apartado especial.&nbsp; <strong>b. si el traductor se apega a la literalidad de su texto, cuando debe apartarse de ella por imperativos de la disciplina a que hace referencia el original:</strong> traducir por ejemplo "divorcio" por <em>divorzio</em> es una literalidad respecto del texto fuente, solo basada en una concordancia fónica que provoca un error de derecho grave. <strong>c. infidelidades que no resultan aconsejables ni necesarias:</strong> son consecuencia de la impericia del traductor. Por ejemplo, al traducir <em>corte d'appello</em> por "corte de apelación" es una infidelidad que no resulta aconsejable ni necesaria y se basa exclusivamente en una concordancia fónica.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-28 21:58:32 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Grupo 1 Comisión B-C</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1702223228</link>
         <description><![CDATA[<div>Añadimos a las anteriores respuestas lo siguiente:</div><div>La firma del o los intervinientes en un acto representado por escrito es un requisito esencial para la validez y eficacia jurídicas de ese escrito, tanto privado como público. Lo es por dos motivos: para la individualización o identificación de los intervinientes y para exteriorizar el propósito del sujeto de hacer suya la declaración de voluntad contenida en el instrumento que suscribe.</div><div>También nos pareció útil agregar el punto de vista del sistema jurídico italiano sobre la firma. En el derecho italiano, la imposibilidad de firmar (porque la persona no sabe o porque está imposibilitada físicamente de hacerlo) tiene dos soluciones:</div><div><br></div><ul><li>La <strong>solución general</strong>, es aquella en la que el escribano deberá dejar constancia en la escritura de la causa sobre la imposibilidad de firmar. En el caso de que una persona pueda firmar, pero lo realice con dificultad o con una grafía distinta a la usual el escribano también deberá dejar constancia de la circunstancia que le imposibilita firmar y la causa de la misma.&nbsp;</li><li>La <strong>solución particular</strong> es para las personas ciegas que no puedan o no sepan firmar, en este caso la firma es reemplazada por una cruz. En caso de que tampoco puedan dibujar ese signo por la constancia de la imposibilidad pueden ir acompañados de la firma de dos testigos que den fe de dicha imposibilidad. La cruz no permite la identificación de la personalidad gráfica de su autor, motivo por el cual no puede ser considerada una firma, salvo las excepciones previstas por ley.&nbsp;<br><br><br></li></ul><div>La firma en Italia, además de tener las funciones reconocidas en Argentina, tiene una más y es que tenga una dada extensión como para permitir un reconocimiento caligráfico de su autor aun sin la intervención de un perito calígrafo, motivo por el cual tradicionalmente se han considerado inválidas la firma ‘garabato’ y la firma en imprenta, si bien en sentencias recientes, varios tribunales la han aceptado también como válida.</div><div><br>Burgueño González, Julieta<br>Maidana, Micaela<br>Menehem, Gabriela Amina<br>Soria, Jimena Belén<br><br><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-28 23:54:34 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Grupo 14 (Comisión B-C)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1702234814</link>
         <description><![CDATA[<div>En cuanto al concepto de firma en general, podemos recurrir al Artículo 288:<br><br>Artículo 288. La firma prueba la autoría de la declaración de voluntad expresada en el texto al cual corresponde. Debe consistir en el nombre del firmante o en un signo. En los instrumentos generados por medios electrónicos, el requisito de la firma de una persona queda satisfecha si se utiliza una firma digital, que asegure indubitablemente la autoría e integridad del instrumento.<br>Como podemos a observar, el artículo asigna un efecto a la firma: probar la autoría del documento, con la limitación de que la firma sólo atribuye autoría al texto que se encuentra por encima de ella y no a continuación, incluyendo las eventuales excepciones.<br>Este artículo también contiene una definición de firma: “ el nombre del firmante “ o “ un signo”. El nuevo código recoge la opinión unánime de la doctrina y la jurisprudencia nacionales, las cuales no consideran indispensable que la firma contenga el nombre legible de su autor.<br><br>Tal como dijo el grupo 10 (comisión A) la firma es un acto plasmado por escrito esencial para la validez y eficacia jurídica de un escrito, ya sea privado o público. Cada traducción pública debidamente legalizada se constituye en un en una orden erga omnes para que se tengan por ciertos los hechos afirmados por el traductor. Esto es, cuando un traductor traduce, firma y finalmente legaliza su traducción, el instrumento consiste en el texto fuente unido con sello y firma&nbsp; a su traducción y unido a la legalización, adquiere fuerza legal, pues el traductor certifica que la traducción es válida y su valor es pleno, esto es, hace prueba de sí misma por su contenido.<br><br>Dambolena, Camila (COM.B-C)<br>Lenarduzzi, Evangelina Ester (COM.D-E)<br>Salomon Stecher, Candela Naiara (COM.B-C)<br>Villacorta Guerra, Cristina Paola (COM.D-E)</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-29 00:31:50 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 14 (Comisión B-C)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1702882175</link>
         <description><![CDATA[<div>Queremos agregar a lo ya expresado por nuestros compañeros un punto que consideramos importante a tener en cuenta:&nbsp;<br>Cuando los romanos utilizaban las expresiones “fe” o “confianza”en el ámbito jurídico, se referían esencialmente a un conjunto de libertades asociadas a varios compromisos:&nbsp;<br>Por un lado, quien encarga una traducción tiene la libertad de adherir o no a la idea de capacidad profesional del traductor para realizar su tarea, pero una vez celebrado el contrato entre ambos, asume el compromiso de honrar esa adhesión inicial.&nbsp;<br>Por otro lado, el traductor tiene la libertad de aceptar o no el encargo en base a sus conocimientos y capacidades, pero una vez celebrado el contrato&nbsp; por quien encarga, asume el compromiso de actuar con diligencia en todos los aspectos y etapas.<br><br>Dambolena, Camila (COM.B-C)<br>Lenarduzzi, Evangelina Ester (COM.D-E)<br>Salomon Stecher, Candela Naiara (COM.B-C)<br>Villacorta Guerra, Cristina Paola (COM.D-E)</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-29 19:47:40 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 12 (Comisión D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1702893891</link>
         <description><![CDATA[<div>Como nuestros compañeros mencionaron anteriormente, las obligaciones del traductor se dividen en dos tipos:</div><ul><li><strong>obligaciones de medios</strong>: por medio de estas, el traductor se compromete a cumplir de manera diligente su actividad tendiente al cumplimiento del resultado. Por ejemplo, el traductor al intentar realizar el trabajo de la manera más eficiente posible utiliza todos los recursos disponibles, como el uso de glosarios, diccionarios, la localización de términos, documentación sobre el tema, la consulta a especialistas y la mediación con el cliente, entre otros.</li><li><strong>obligaciones de resultado</strong>: son las destinadas al resultado y al producto final. Sin embargo, el traductor al ser un locador de servicios, promete realizar la actividad traductora de manera diligente orientada a un resultado sin asegurar un producto en específico o perfecto. Por ejemplo, en las traducciones de una obra literaria clásica existirán distintas variaciones. Al existir tantas posibilidades de un mismo producto, no se puede prometer una versión ideal, sino una que sea el resultado del trabajo diligente del traductor utilizando todos los recursos disponibles.&nbsp;</li></ul><div><br></div><div>integrantes:</div><div>Nuñez, Rocío Belén</div><div>Perera, Azul Agostina</div><div>Quinteros Regareta, Lucía</div><div>Riva, Ana Valentina</div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-29 20:13:16 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 13 (Comisión A/D-E)</title>
         <author>agustinavivanco</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1702969314</link>
         <description><![CDATA[<div>Existen dos tipos de errores que un traductor puede llegar a cometer, estos son errores con y sin consecuencias; los errores con consecuencias son denominados FALSEDADES. Los códigos civil y penal prevén estos errores y aplican sanciones acordes al grado de daño causado en cada caso.<br>"El que hiciere uso de un documento o certificado falso o adulterado, será reprimido como si fuere autor de la falsedad" (Art. 296. Código Penal)<br>Se llama Falsedad a toda alteración a la verdad ya sea material o ideológica a la que se encuentra obligado el traductor; entre las falsedades podemos encontrar:<br>-la falsificación, que consiste en agregar información o aclaraciones inexistentes en el texto original.<br>-La alteración, que consiste en borrar, emendar o agregar información.<br>-La supresión, si insiste en destruir u ocultar un documento o fragmento del texto original.<br>Garitta, Sofia<br>Pollard, Paz<br>Novellino, Carolina<br>Vivanco, Agustina</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-29 22:50:44 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 13 (Comisión A/D-E)</title>
         <author>agustinavivanco</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1702971221</link>
         <description><![CDATA[<div>Al traducir un texto jurídico el traductor puede garantizar dos aspectos principales. El primero consiste en diferenciar los conceptos de la traducción jurídica, jurada y judicial; y por lo tanto proporcionar los aspectos y características distintivos de cada una para producir un trabajo traductológico correcto. El segundo aspecto que debe ser garantizado por un traductor es el conocimiento de las competencias textuales, tales como los aspectos formales exigidos por la legislación en cada ordenamiento jurídico, la macroestructura de los distintos géneros, conocimientos de la tipología de textos en la lengua de llegada, conocimientos de la taxonomía de textos en la lengua de partida, entre otros.&nbsp;<br>Todo esto con el fin de proveer una traducción correcta terminológica y estilísticamente.<br>Garitta, Sofia<br>Pollard, Paz<br>Novellino, Carolina<br>Vivanco, Agustina</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-29 22:53:57 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 18 (Comisión A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1702973568</link>
         <description><![CDATA[<div>Un traductor es responsable penalmente por sus errores en una traducción el cual trae con si consecuencias. Para estas consecuencias existen sanciones de distinto grado y tenor, según el daño provocado y según haya existido intencionalidad (dolo) o negligencia (culpa).&nbsp;<br><br></div><div>Por eso, una mala traducción puede ser por:<br><br></div><div>Falsedad: alteración de la verdad, material o ideológica)&nbsp;</div><div>Supresión: destruir u ocultar un documento o parte del mismo&nbsp;</div><div>Alteración (borrar, raspar, enmendar o agregar sin salvar según sus formas debidas)</div><div>&nbsp;</div><div>Finalmente, estos errores no solo pueden ser realizados en la traducción, sino que también en el texto fuente, en el cual el traductor está obligado a advertir la anomalía. El traductor está obligado a observar materialmente el instrumento que el cliente le entrega para su traducción, y ello significa constatar el cumplimiento de las formalidades previstas para su validez en el tramite a realizar. &nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-29 22:58:06 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 11 (Comisión A)</title>
         <author>paulavannucci</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1703096515</link>
         <description><![CDATA[<div>El traductor público es considerado fedatario, lo cual implica que este es visible, y responsable civil y penalmente. En otras palabras, este tipo de traductores hacen fe pública, dado que han sido autorizados por el Estado a través de un ente público como un colegio de traductores para garantizar la autenticidad y la eficacia jurídica de los documentos traducidos. Por ese mismo motivo, el traductor público da fe de lo traducido mediante su firma, lo cual hace que se responsabilice ética y legalmente por su trabajo.<br>De este modo, podemos decir que la fe pública caracteriza a la traducción del traductor público como auténtica, puesto que la ley le confiere certeza y carácter oficial.<br><br>Miembros del grupo:<br>Echenique Iglesias, Abril<br>Mallía Saromé, Sabrina Ailén<br>Sotelo, Hugo Ariel<br>Vannucci, Paula Milagros</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 00:31:14 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 6 (Comisión A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1703228289</link>
         <description><![CDATA[<div>Teniendo en cuenta los aportes de nuestros compañeros, quisiéramos agregar que el rasgo fedatario de la labor del traductor público se basa en la característica que este comparte con otros profesionales tales como los contadores y escribanos públicos que, según la traductora pública Dra. Claudia Dovenna, “cumplirían ciertas funciones por las que responden frente al público en general y no sólo frente a los clientes que los contrataron, en virtud de una particular capacidad para hacer algo”. La Ley 20.305, si bien no establece explícitamente su calidad de fedatario, requiere el trabajo de un traductor matriculado para considerar documento público con eficacia probatoria plena la traducción de un documento público, judicial o administrativo en idioma extranjero. Así, se considera a los traductores públicos depositarios de la fe pública a través de su firma certificada, como mencionaron los otros grupos.</div><div><br>Fuente: <a href="http://www.bibliotecact.com.ar/PDF/03323.pdf">http://www.bibliotecact.com.ar/PDF/03323.pdf</a>&nbsp;<br><br>Integrantes:<br><br>Accattatis, Lourdes<br>Cabrera Daveloze, Paula Candela<br>Caparelli, Lourdes Agostina<br>Reynoso, Agustina<br><br></div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 01:25:46 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 8 (Comisión A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704394711</link>
         <description><![CDATA[<div>Traducir no solo se trata de volcar palabras, ideas o significados de una lengua a otra. Uno de los aspectos de la traducción que el traductor puede garantizar, es la autenticidad. El traducir correcta y completamente un documento bajo la responsabilidad de su firma fedataria es el principal aspecto que puede y debe garantizar un traductor. Se debe determinar que el documento traducido hace plena fe, es decir, es completa y estrictamente fiel al original y no está alterado ni modificado por el profesional; dado que, si así fuera, esa insinceridad de contenido puede ser probada y el traductor puede tener consecuencias legales.&nbsp;<br><br></div><div>Según Nida y Taber (1969,1982), una traducción fiel es aquella que evoca en el receptor la misma respuesta que la mostrada por los receptores del mensaje original. Si se logra un efecto comunicativo se puede decir que el traductor logró la fidelidad de la traducción al sentido del texto original. Además, algunos autores apelan a la palabra fidelidad o autenticidad con el fin de justificar el uso de cambios que hace el profesional, no porque así lo desee sino porque de eso se trata la tarea del traductor; de reproducir un trabajo con la mayor fidelidad posible y garantizando que se entienda en su totalidad.<br><br>Bauducco, Josefina<br>Ponce, Natalia Rocío<br>Rodríguez, Paula Sol<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 12:41:05 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Grupo 6 (comisión A)</title>
         <author>agostinacaparelli</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704511783</link>
         <description><![CDATA[<div>El trabajo del traductor y los aspectos que puede garantizar del mismo como deudor están relacionados con el concepto de responsabilidad civil. Como se describió anteriormente, el compromiso que asume el traductor de actuar diligentemente, con eficacia, esmero y eficiencia con el objetivo de producir la traducción más auténtica posible con las competencias que su título respalda es uno de los aspectos que se pueden garantizar (obligaciones de medios) ante la imposibilidad de prometer traducciones perfectas y que se tendrá en cuenta a la hora de determinar la responsabilidad civil del traductor.<br><br>Integrantes:<br><br>Accattatis, Lourdes<br>Cabrera Daveloze, Paula Candela<br>Caparelli, Lourdes Agostina<br>Reynoso, Agustina<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 13:40:20 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704511783</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Grupo 12 (COM A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704738128</link>
         <description><![CDATA[<div>La fe pública plasmada en las traducciones mediante la firma es la certeza y eficacia que el poder público otorga a las traducciones por medio de la intervención del traductor; donde certeza significa seguridad y eficacia, validez del instrumento por sí mismo. Esto quiere decir que el documento traducido, al ser firmado por el traductor público, adquiere la misma autenticidad que el documento original.&nbsp;</div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 15:13:14 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704738128</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Grupo 12 (COM A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704745601</link>
         <description><![CDATA[<div>En el ámbito jurídico se mantiene el concepto de fe como testimonio, confianza y “conforme al original”, por lo que el traductor público al dar fe de su traducción a través de su firma, da testimonio de su traducción y apela a la confianza del cliente de que la traducción es fiel al texto fuente.&nbsp;</div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 15:16:16 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Grupo 12 (COM A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704754367</link>
         <description><![CDATA[<div>La autenticidad es el aspecto principal que un traductor puede garantizar con respecto a su traducción. Esto quiere decir que el documento debe ser fiel al original, es decir, no debe tener modificaciones ni cambios que puedan alterar su sentido original. Además, para traducir un documento público correcta y completamente, el traductor debe poder hacerlo bajo la responsabilidad de su firma fedataria. Sin embargo, es sabido que ninguna traducción es perfecta y por este motivo Perla Klein (1998b) menciona que: “Si el contenido de los documentos de fe pública fuera la verdad esencial estaríamos en presencia de la infalibilidad. No existe texto legal alguno, ni sistema jurídico alguno, que confiera semejante virtud a los documentos así construidos. Pero se aspira que así sea.”&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 15:19:56 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Grupo 12 (COM A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704755303</link>
         <description><![CDATA[<div>Cuando un traductor traduce, firma y finalmente legaliza su traducción, el instrumento consistente en el texto fuente unido con sello y firma a su traducción y unido a la legalización, adquiere fuerza legal, pues el traductor certifica que la traducción es válida y su valor es pleno, esto es, hace prueba de sí misma por su contenido.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 15:20:22 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Grupo 12 (COM A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704760458</link>
         <description><![CDATA[<div>La falsedad es toda alteración de la verdad, material o ideológica, a la que está obligado el profesional, reforzada por la naturaleza fedataria de su actuación. La falsedad es ideológica cuando se realizan afirmaciones falsas, especialmente aquellas que se refieren al hecho probado por el instrumento. La falsedad es material cuando ataca la autenticidad externa y puede manifestarse como falsificación, alteración o supresión. La falsificación consiste en realizar agregados o declaraciones que no existen en el texto fuente. La alteración consiste en borrar, raspar, enmendar o agregar sin salvar según las formas debidas. La supresión consiste en destruir u ocultar un documento o parte del mismo. La falsificación, la alteración y la supresión no solo pueden ser realizadas en una traducción sino también en el texto fuente.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 15:22:38 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 12 (COM A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704762694</link>
         <description><![CDATA[<div>El traductor puede ser responsable penalmente si existe un caso de falsedad. Los casos de falsedad son conocidos como errores con consecuencia y suelen ser causados por una formación inadecuada o insuficiente en traducción. La falsedad tiene como consecuencia directa la sanción al falsificador y como consecuencia indirecta la invalidez del documento.&nbsp;</div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 15:23:36 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 12 (COM A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704765209</link>
         <description><![CDATA[<div>La responsabilidad civil del traductor es doble: responsabilidad frente a su cliente (con el cual celebra un contrato de locación de servicios) y responsabilidad frente a un tercero (el que puede ser afectado por algún accionar ilícito del traductor).&nbsp;</div><div><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2021-08-30 15:24:15 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704765209</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Grupo 12 (COM A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704768565</link>
         <description><![CDATA[<div>Las obligaciones del traductor son denominadas “obligaciones de medios”: el traductor se compromete a cumplir de manera diligente tendiente al cumplimiento de una traducción, pero de ninguna manera puede prometer cumplir con una traducción perfecta. En este tipo de obligaciones, importa la diligencia con la que actúa el profesional para la obtención del resultado, es decir, si se desenvuelve durante todo el proceso con esmero, eficiencia y eficacia.&nbsp;</div><div><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2021-08-30 15:25:19 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 12 (COM A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704770347</link>
         <description><![CDATA[<div>El Art. 1724 del nuevo Código Civil define la culpa como la omisión de la diligencia debida según la naturaleza de la obligación y las circunstancias de las personas, el tiempo y el lugar. Comprende la imprudencia, la negligencia y la impericia en el arte o profesión.&nbsp;</div><div>Imprudencia: consiste en realizar una acción o inacción sin preocuparse ni tratar de advertir previamente los peligros o consecuencias negativas que podrían ocurrir a partir de esa acción o inacción.&nbsp;</div><div>Negligencia: acción o inacción que por despreocupación, olvido, omisión, etcétera, provoca una consecuencia desfavorable, consistente en un resultado deficiente, incompleto o no fundamentado. El profesional tiene los conocimientos necesarios pero no los aplica en su integridad.&nbsp;</div><div>Impericia: la impericia sucede cuando el profesional no tiene los conocimientos necesarios para realizar una prestación determinada.&nbsp;</div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 15:26:06 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 14</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704889339</link>
         <description><![CDATA[<div>Los traductores tienen dos tipos de obligaciones: son aquellas que la doctrina conoce como “obligaciones de medios” y “obligaciones de resultado”.<br>“Obligaciones de medios”: el traductor se compromete a su actividad cuidadosamente al cumplimiento de su trabajo, la traducción, pero a lo que no puede comprometerse es a una traducción perfecta, es decir que el deudor hará su mejor trabajo, pero no promete la meta perfecta.<br>Por otro lado, “obligaciones de resultado”: el locador debe cumplir precisamente con la obra prometida sin importar la diligencia. Pero el traductor como locador ofrece una actividad diligente y no un resultado.<br><br><br>Madrid, Zoe Ximena (A)<br>López, María Luz (A)<br>Nieto, Araceli Belén (D-E)<br>Bazán, Karen&nbsp;(A)</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2021-08-30 16:20:31 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 16 (Comisión B-C)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1704970330</link>
         <description><![CDATA[<div>Además de lo que mencionó el grupo anterior, la fe pública es la "certeza" y "eficacia" que el Estado le otorga a las traducciones por medio de un traductor. En este uso, "certeza"&nbsp; hace referencia a la seguridad con respecto a que los derechos y obligaciones no van a cambiarse, y "eficacia" significa validez del instrumento por sí mismo.&nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 17:01:01 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 16 - COM A</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1705418090</link>
         <description><![CDATA[<div>En la traducción de documentos jurídicos la ley considera como falsedad a los errores o equivocaciones con consecuencias, que tienen sanciones dependiendo de el grado, el daño causado y si estos fueron intencionales o producto de la negligencia del profesional.&nbsp;<br><br>El traductor, como fedatario, debe garantizar la legitimidad de los documentos en los que interviene, por lo cual está obligado a la verdad. La falsedad es toda alteración de esta verdad material o ideológica.<br>La falsedad material se puede manifestar como falsificación, en la cual se realizan agregados o&nbsp; declaraciones que no existen en el texto fuente, alteración, la cual consiste en borrar, enmendar, agregar algún tipo de información sin luego salvarla. Por último, la falsedad también se puede manifestar como supresión, cuando se oculta o destruye un documento o una de sus partes.<br><br>Además, la falsificación, la alteración y la supresión no solo se pueden implementar en la traducción sino que también pueden ser realizadas en el texto fuente. Esto sucede frecuentemente en los casos de quienes carecen de una formación adecuada, y también entre los clientes y usuarios, en esas circunstancias el traductor está obligado a advertir la anomalía.<br><br>-Capece, Talia<br>-Carrizo, Valentina<br>-Contreras, Micaela</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 21:54:13 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 13 (Comisión D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1705429860</link>
         <description><![CDATA[<div><br></div><div>Para sumar a los aportes realizados por los compañeros, nos gustaría presentar una imagen de una traducción con los aspectos que se vienen mencionando. Como se viene exponiendo, el traductor puede garantizar los siguientes aspectos de su traducción: autenticidad y fidelidad al original (grupo 3), certeza y eficacia de la traducción avalada con la firma legalizada por el Colegio de Traductores con lo cual asume su responsabilidad (grupo 19) y la competencia necesaria para llevar a cabo la labor (grupo 17). En la imagen proveniente de un encargo personal se puede ver cómo la traductora garantiza tales aspectos hacia las últimas páginas del encargo. Para ello, al final de la traducción la traductora certificó que la traducción es fiel al español del documento escrito en inglés, además de firmarlo y sellarlo. Por otro lado, en un papel aparte al de la traducción se encuentra el sellado de legalización emitido por el Colegio de Traductores Públicos de la Provincia de Córdoba el cual legaliza la firma y el sello de la traductora.&nbsp;<br><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 22:07:59 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 3 - Comisión BC</title>
         <author>milagrosrejep</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1705439966</link>
         <description><![CDATA[<div>Es importante tener en cuenta que la fe pública de las traducciones tiene valor de prueba preconstituido, por la confianza colectiva que toda la fe pública es en sustancia, en relación con lo que las traducciones públicas expresan como documentos y considerando la garantía de autenticidad de lo expresado. La fe otorga certeza respecto de la paternidad del autor y prueba por sí sola el lugar y la fecha consignados.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 22:20:14 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>grupo 6(comisión D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1705453210</link>
         <description><![CDATA[<div>Sí, es posible que un traductor sea responsable penalmente ya que como cualquier otro profesional, puede cometer errores. Estos errores pueden ser sin consecuencias: aquellos errores de lenguaje que no afecten la veracidad de la traducción; y errores con consecuencias: aquellos que sean por falta de formación adecuada o insuficiente; como por ejemplo errores de tipeo en cifras contables, piezas de una máquina a ensamblar confundidas, estructura sintáctica contraria a los equilibrios de la lengua meta que desalientan la lectura y adquisición de un producto, etc.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 22:37:08 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 10 - Comisión D-E</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1705476977</link>
         <description><![CDATA[<div>Como han mencionado nuestros compañeros, sí es posible que un traductor sea responsable penalmente. Además, para estos errores existen distintas sanciones dependiendo el daño provocado, la intencionalidad o la negligencia.&nbsp;</div><div>&nbsp;Una mala traducción puede causarse debido a la <strong>falsedad</strong>, la cual es toda alteración de la verdad, material o ideológica. Esta misma solo puede probarse mediante una “<strong>querella de falsedad</strong>”, la cual es una acción judicial dirigida contra un documento auténtico y tiende a demostrar que este ha sido alterado, modificado, completado con falsas indicaciones o hasta falsificado. Ese faltar a la verdad puede ser cometido de distintas formas: declarando, en el caso del falso testimonio, presentando documentos de contenido falso, en el caso de la presentación de pruebas documentales falsas, <strong>traduciendo mal, en el caso de la falsa traducción</strong>, etc. &nbsp;</div><div>Tal fue el caso español de la Fiscalía de la Audiencia Nacional de Madrid cuando realizó un querello a la demanda en francés que realizó el abogado Gonzalo Boye, alegando que hubo un error en la traducción. La traducción al francés modificó la frase en negrita,<strong> “si es que ha sido así”</strong>, expresada en condicional, por la de <strong>“como en efecto sucedió”</strong>, lo que cambió por completo el sentido de las manifestaciones del magistrado. “O la traductora ha traducido mal dolosamente el texto del francés al español o le dieron una texto falso que no fue el que verdaderamente presentaron como demanda.", afirma González-Cuéllar, el abogado que defendió el caso.&nbsp;</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 23:02:48 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1705476977</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Grupo 3 - Comisión BC</title>
         <author>milagrosrejep</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1705488154</link>
         <description><![CDATA[<div>Sí, es posible que el traductor sea responsable penalmente cuando en su traducción haya casos de falsedad, supresión o alteración. Las sanciones son de distinto grado y tenor según el daño provocado y según haya existido intencionalidad.<br>Es importante resaltar que la falsificación, la alteración y la supresión no sólo pueden ser realizadas en una traducción, sino también en el texto fuente. Esto es frecuente entre quienes no tienen una formación adecuada, así como entre los clientes y usuarios. En aquellos casos, el traductor debe advertir la anomalía.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-30 23:14:15 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1705488154</guid>
      </item>
      <item>
         <title>GRUPO 7 (Comisión D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1705650501</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Como fue anteriormente mencionado por nuestros compañeros; los traductores tienen una responsabilidad civil que es plasmada a través de la firma, y legalizada por el Colegio, con la cual se hacen responsables de los documentos jurídicos traducidos. Dicha firma otorga a las traducciones la certeza, seguridad y eficacia por parte de los traductores. Se trata de un instrumento duradero, reconocido por la comunidad para producir su efecto.&nbsp;</div><div>La traducción jurada produce efectos legales, y en ella el traductor certifica la integridad y fidelidad del contenido de la traducción / interpretación con el original. Un error en este contexto, que afecta a materias delicadas y con trascendencia para las personas, como pueden ser su patrimonio, su vida académica o profesional o su estado civil, da lugar a unos daños cuantiosos que deben ser reparados en consecuencia, pero también puede dar lugar a un delito.<br><br></div><div>El traductor comprende responsabilidad civil, ya que, el delito de falso testimonio, podría ser castigado con penas de prisión o multa, y de inhabilitación.<br><br></div><div>La conducta que queda tipificada como ilícito penal y que, por tanto, hace nacer la responsabilidad penal de traductores e intérpretes, es faltar, a sabiendas, a la verdad en su traducción o interpretación o alterarla de manera que se oculten datos o se revelen inexactitudes. Si bien este último comportamiento puede identificarse como un error, y por ello sujeto a responsabilidad civil en cuanto provoque daños en terceros, para que se corresponda con la conducta penal típica es necesario que el traductor / intérprete lleve a cabo su acción u omisión de manera dolosa.<br><br></div><div>Sin embargo, nos parece interesante agregar cómo puede un traductor evitar este tipo de errores.&nbsp; Existen dos estrategias muy utilizadas entre traductores:&nbsp;<br><br></div><ul><li><strong>Nota del traductor</strong></li></ul><div>Una vez que se ha identificado el error, se explica en una nota entre paréntesis o corchetes,&nbsp; o a pie de página como nota del traductor.<br><br></div><ul><li><strong>Nota </strong>sic</li></ul><div>Esta estrategia es parecida a la anterior, pero en vez de indicar el error a pie de página, se traduce el documento con el error y a continuación se señala la nota del traductor de la siguiente manera: [sic], que nos indica que aparecía así en el original. Esta estrategia es útil para que la persona responsable del organismo oficial que reciba esa traducción jurada tenga constancia de que hay algo incorrecto en el documento.<br><br></div><div>LUNGO CORA, CHARO CANDELA (B-C)<br>MURGIA AGUINAGA, KAREN ANABELLA (B-C)<br>OROSCO, FACUNDO AGUSTÍN (D-E)<br>PROENZA, LUCIANA AYLÉN (D-E)<br><br>Fuente:<br><a href="https://www.iuratum.es/que-hacer-cuando-hay-un-error-en-el-original-de-la-traduccion-jurada/">Error en el original de la traducción jurada, ¿qué hacer? - Iuratum</a><br>https://www.englishpanish.com/es/la-responsabilidad-del-traductor-ex-post/<br><br><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://tatutrad.net/cuatro-errores-comunes-sobre-la-traduccion-jurada/" />
         <pubDate>2021-08-31 00:48:12 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1705650501</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Grupo 9 (Comisión B-C)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1705995320</link>
         <description><![CDATA[<div>La función más significativa de un traductor es proveer a sus clientes de la posibilidad de comunicarse con otras personas y la de facilitar el entendimiento de un mensaje por medio de la traducción de diferentes lenguas y culturas diferentes entre sí.<strong> </strong>El trabajo de un traductor es ampliamente importante. Da fe de sus trabajos y de ellos dependen las acciones de otras personas. La traducción es realizada con la responsabilidad de la traducción correcta y completa, no con la responsabilidad de plena fe por ser prueba de la existencia de un documento, ser auténtica y por la certeza otorgada por la ley.</div><div>La fe se trata de una promesa de actuar de un determinado modo. En el ámbito legal, el término fe se utiliza con el significado de “testimonio, confianza”. El traductor da fe de sus traducciones, es fedatario. Así, la buena fe significa que las partes para este uso particular deben compartirse de manera de no engañar, dañar o aprovecharse indebidamente ni obtener ventajas o privilegios a costa de los intereses de la otra parte. Siempre debe haber un equilibrio de intereses y ventajas entre ambas partes.&nbsp;</div><div><br>Sueldo, Josefina<br>del Castaño, Victoria<br>Ambroggio, Ana María<br>Polignano, Mercedes</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-31 02:51:53 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Grupo 3 - Comisión B-C</title>
         <author>marinasonzini1</author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1707132543</link>
         <description><![CDATA[<div>La falsedad es toda alteración a la verdad, material o ideológica. Hay falsedad material cuando la mutación de la verdad recae materialmente sobre la escritura, o sea, cuando es susceptible de comprobación mediante pericia material. Puede manifestarse como falsificación, alteración, alteración o supresión.<br>La falsificación consiste en realizar agregados o declaraciones que no existen en el texto fuente. Es la acción y efecto de falsificar. Es un delito de falsedad que se comete en documentos públicos, comerciales, privados o en sellos o marcas. Al traducir, se comete falsificación cuando se copian estructuras similares de otros textos dejando así expresiones que no están en el texto fuente.<br>La alteración consiste en borrar, raspar, enmendar o agregar sin salvar según las formas debidas. Se define como la supresión o agregación de elementos dentro de un documento auténtico para modificar su mensaje o sentido. Por ejemplo, las tachaduras se conceptualizan como la destrucción deliberada de una parte de la escritura original corregida.<br>a supresión consiste en destruir u ocultar un documento o parte del mismo. Por ejemplo cuando al traducir no se incluyen los agregados que tiene la traducción como legalizaciones.<br><br>Rivero, Victoria<br>Roggia, Camila<br>Sánchez, Lucía Paula<br>Sonzini Bierti, Marina Carla</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-31 13:46:25 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo 6 (Comisión A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1707176605</link>
         <description><![CDATA[<div>Se considera falsedad a toda alteración de la verdad, material o ideológica, a la que está obligado el traductor, reforzada por la naturaleza fedataria de la actuación. La falsedad es material cuando ataca la autenticidad externa y puede manifestarse como falsificación, alteración o supresión.</div><div>La falsificación consiste en realizar agregados o declaraciones que no existen en el texto fuente.</div><div>La alteración consiste en borrar, raspar, enmendar o agregar sin salvar según las formas debidas. Sucedía con frecuencia cuando las traducciones se realizaban con máquina de escribir.&nbsp;</div><div>La supresión consiste en destruir u ocultar un documento o parte del mismo. Sucede con cierta frecuencia, cuando un texto fuente lleva unidos varios agregados que el traductor puede desprender o separar para no realizar la traducción de los mismos.</div><div>La falsificación, la alteración y la supresión no sólo pueden ser realizadas en una traducción, sino también en el texto fuente. Estos casos tienen cierta frecuencia entre quienes carecen de una formación adecuada, pero también entre los clientes y usuarios, circunstancias en las que el traductor está obligado a advertir la anomalía.&nbsp;<br><br>Integrantes:<br>Accattatis, Lourdes<br>Cabrera Daveloze, Paula Candela<br>Caparelli, Lourdes Agostina<br>Reynoso, Agustina</div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-31 14:03:18 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo 15 (Comisión D-E)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1707439729</link>
         <description><![CDATA[<div>Como muy bien se redactó en los comentarios anteriores, la firma consiste en el nombre del firmante o en un signo que funciona como "prueba de la autoría de la declaración de voluntad expresada en el texto al cual corresponde" (Art. 288 del Código Civil y Comercial). Los traductores hacen un acto de fe pública a través de su firma y sello profesionales (ambos certificados y legalizados por el colegio de traductores), es decir, el traductor declara de forma legal hacerse cargo de las responsabilidades civiles y penales de su trabajo.<br>Puesto que la traducción es cada vez más una práctica profesional globalizada, es decir, que puede ejercerse desde cualquier punto geográfico de manera remota, creemos pertinente agregar información sobre la firma digital.<br><br>Antes de que el nuevo Código Civil y Comercial entrara en vigencia, la validez de la firma digital era objeto de debate: muchos la consideraban equivalente a la firma manuscrita, otros solo le asignaban el valor probatorio sin el valor de la firma, y por último se encontraban aquellos que la consideraban válida solo en casos de imposibilidad transitoria. Gracias al nuevo Código Civil y Comercial, este debate pudo consagrar legislativamente una única postura.<br>La firma digital, según el Art. 288 del nuevo Código Civil y Comercial, equivale a una firma tradicional pero se utiliza en los instrumentos generados por medios electrónicos. Además, el Art. 288 establece que "el requisito de la firma de una persona queda satisfecho si se utiliza una firma digital, que asegure indubitablemente la autoría e integridad del instrumento (electrónico)". Cabe recalcar, sin embargo, que los instrumentos electrónicos con firmas digitales no son considerados instrumentos privados, sino más bien instrumentos particulares no firmados. Por esta razón, el Art. 314 del nuevo Código Civil y Comercial decreta que "el documento signado con la impresión digital vale como principio de prueba por escrito y puede ser impugnado en su contenido".<br><br>• Cabrera, Urión<br>• Haliska Stauffer, Merlina Sofia<br>• Rodriguez, Sofía Celeste</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-31 15:44:26 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Grupo 15 (Comisión A)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/syndelbarrios/w6tczv31lw3p1hd7/wish/1722945367</link>
         <description><![CDATA[<div>Ante un trabajo de traducción, el traductor asume dos tipos de obligaciones:&nbsp;<br><br>- Obligaciones de Medio: por medio de estas, el traductor se compromete a cumplir de manera diligente su actividad tendiente al cumplimiento del resultado.&nbsp;<br><br>- Obligaciones de Resultado: son las destinadas al resultado y al producto final. Sin embargo, el traductor al ser un locador de servicios, promete realizar la actividad traductora de manera diligente orientada a un resultado sin asegurar un producto en específico o perfecto.<br><br><br>Además, creemos necesario destacar otras obligaciones generales del traductor de acuerdo con Lobato Patricio, J. (2007) Carta del Traductor de la FIT:&nbsp;<br><br>- Responsabilidad del traductor de toda traducción que firma.<br><br>- Fidelidad al texto original, constituyendo una obligación moral y legal para el traductor. No debe confundirse fidelidad (puede incluir adaptación del texto) con traducción literal. Además, no deberá aceptar el hecho de dar al texto una interpretación.&nbsp;<br><br>- Tener conocimiento general del tema de la traducción. No aceptar encargo de traducción que estén fuera de su competencia traductora.&nbsp;<br><br>- Respetar los intereses del cliente guardando secreto profesional.<br><br>Audisio, Victoria del Valle (A)<br>Cañete, Antonella Magalí (A)&nbsp;<br>Rabbia, Milagros (A)&nbsp;<br>Rojas Corvalan, Abril (A)<br><br>Fuente:&nbsp;<br>https://coggle.it/diagram/YGnUOLFusQwh4M93/t/derechos-y-deberes-principales-del-traductor-int%C3%A9rprete </div>]]></description>
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         <pubDate>2021-09-07 21:02:25 UTC</pubDate>
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