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      <title>&quot;Los comienzos&quot; y &quot;Tratados del siglo XIX by Pame Lara</title>
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      <description>Referencia: Seara, M. (1986). &quot;Los comienzos&quot; y &quot;Tratados del siglo XIX&quot; en Política exterior de México (pp. 229 - 242 y 244 - 253). Colección de textos universitarios en ciencias sociales. Editorial Harla</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-03-25 19:54:59 UTC</pubDate>
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         <title>A.1 Dictamen presentado a la Soberana Junta Gubernativa del Imperio Mexicano por la Comisión de Relaciones Exteriores, 29 de diciembre de 1821 </title>
         <author>pamelennon06</author>
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         <description><![CDATA[<div>Las relaciones exteriores que deben tener el Imperio están marcadas por la naturaleza, por la dependencia, por la necesidad y por la política.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-25 21:06:22 UTC</pubDate>
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         <title>A.1 Relaciones exteriores marcadas por la naturaleza: Naciones bárbaras de indios</title>
         <author>pamelennon06</author>
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         <description><![CDATA[<div>Son de esta clase las naciones periféricas en toda la extensión de la América. Se componen de diversas tribus, pero en general no infunden temor por la notoria superioridad que tienen las tropas Imperiales. Es importante mantener amistad con estas, sobre todo con las del norte, para vivir en paz y adquirir los frutos y noticias de esos territorios fértiles, además de evitar que Estados Unidos pueda prevalgan de estas o introducir contrabando.<br>No hay que tratarlas de conquistar, pues ya la experiencia demostró que es muy costoso y rara vez es exitoso, es preferible hacer relaciones de comercio y amistad o conservar las que ya hay, de esta manera, poco a poco se irán civilizando y adquiriendo usos y costumbres.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-25 21:10:50 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>A.1 Relaciones exteriores por dependencia y necesidad: los angloamericanos</title>
         <author>pamelennon06</author>
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         <description><![CDATA[<div>Se sabe de las tendencias expansionistas de Estados Unidos hacia el sur y que quieren apoderarse de Texas, la cual tiene un efecto doble: hacerse de algunos puertos en territorio del Imperio, y entablar comercio más barato por el ahorro que significa no hacerlo por tierra, por tanto serán preferidos sobre los productos mexicanos y arruinarán la agricultura, industria y comercio interior y exterior del país, así como adquirir conocimiento de las tierras más fértiles y ricas del Imperio para eventualmente poder atacar con conocimiento de territorio.&nbsp;Además, Texas es un territorio tan fértil que su perdida sería irreparable para el Imperio.<br>Se menciona además, que Florida puede ser un punto de discordia por la cesión que le hizo España a Estados Unidos de este territorio, y de la posible ilegitimidad con la que se hizo. Su importancia recae en que es la llave del seno mexicano, pues es un punto militar, político, comercial y económico estratégico. El Imperio debe darle largas a la ratificación de las fronteras, pero se debe evitar todo rompimiento de relaciones por tratarse de un Estado en formación.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-25 21:35:28 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>A.1 Relaciones exteriores por dependencia y necesidad: los angloamericanos (p.2)</title>
         <author>pamelennon06</author>
         <link>https://padlet.com/pamelennon06/us97sb63jzt3cp3l/wish/2114482234</link>
         <description><![CDATA[<div>Otro tema que puede causar rencillas es el sistema de gobierno de una nación y otra. Temerán tener al lado un Imperio que va a ser poderoso por la riqueza metálica, agricultora e industrial y lo prevendrán haciendo la guerra o sembrando intrigas; en un futuro, pues ninguno de los dos está en condiciones para pelear ni por tierra ni mar por el costo que esto supone.<br>No obstante, no hay que perder de vista que Estados Unidos es la potencia más inmediata que tiene el Imperio para recibir ayuda (tanto del gobierno como de particulares ricos) en alguna de las crisis de las que pueda tener el Imperio en su formación, ya sea en cuestión de armamento o en materia marítima.&nbsp;<br>Lo más conveniente, por lo tanto, es estrechar los lazos mercantiles y mostrarles disposición a una relación amistosa para que las dos potencias dominantes del continente, en un futuro, puedan hacerle frente a países europeos.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-25 21:52:22 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>A.1 Relaciones exteriores por dependencia y necesidad: los angloamericanos (p. 3)</title>
         <author>pamelennon06</author>
         <link>https://padlet.com/pamelennon06/us97sb63jzt3cp3l/wish/2114491593</link>
         <description><![CDATA[<div>Por otro lado, los puntos de donde debe venir la población son tres:</div><ul><li>Nueva Orleans: se han trasladado diversas familias, tomado el terreno de seis leguas cuadradas y trata de formar un Puerto en la embocadura del río Colorado. Tal situación no conviene al Imperio que los interesados elijan y tomen a su gusto las tierras y puertos sin que haya mexicanos que los defiendan. El plan de colonización deberá enmendar estos errores.</li><li>El mismo Imperio: Tiene mucha gente pobre pero con tierras que logrará sacarles frutos para beneficio suyo y del Estado. Asimismo, tiene soldados que pelearon valientemente y se les renumerará con tierras para seguir haciendo fértil el imperio.</li><li>Europa: ha habido mucha migración de ese continente por la aspereza del clima, la miseria, la religión, etc., y atraviesan el mar para llegar a vivir en América. Es de considerarse que los individuos que arriben eventualmente al Imperio puedan llegar a poblar Texas y cultiven esas tierras para beneficio suyo y del Estado.</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-25 22:09:02 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>A.1 Relaciones exteriores por dependencia y necesidad: los angloamericanos (p. 4)</title>
         <author>pamelennon06</author>
         <link>https://padlet.com/pamelennon06/us97sb63jzt3cp3l/wish/2114513118</link>
         <description><![CDATA[<div>Debido a la guerra con de Inglaterra con Estados Unidos, el Imperio tiene datos que no se puede perder:</div><ul><li>Una nación será rica si sus ciudadanos lo son</li><li>El comercio pasivo solamente debilita a las naciones</li><li>No es la nación más poderosa la que posee territorios metálicos preciosos, sino la más industrializada</li><li>Aunque la deuda nacional sea mayor, debe tener un seguro que la cauciona, como por ejemplo, tierras que valen millones</li></ul><div>Se resalta, además los errores que tuvo España al no sacarle provecho a las tierras de Texas, pero el Imperio sabe que si lo hace, con la pensión que de la población de esta (por cada acre) y los cultivos que se puedan realizar, se puede estar hablando de contribuciones millonarias al Estado por parte de los texanos, logrando el Imperio una renta fija. Con ese dinero tendría para pagar los gastos civiles, militares y eclesiásticos, quedando aún buen dinero para aprovecharse en comercio interno y externo, en agricultura, industria y minería.<br>Finalmente, otro punto que debe cuidar el gobierno es que los extranjeros aprecien la ciudadanía mexicana, para ello debe excitarse su patriotismo con las conveniencias referidas. Sobre todas estas consideraciones el Imperio la principal y es que a los extranjeros se les imponga por condición que no puedan separarse de la Provincia durante los seis años. La población de la Provincia deriva en tres bienes de importancia: que tenga fuerza para defenderse, que haga un comercio marítimo que la habilite para abastecerse y a las demás provincias de lo que puedan necesitar, y por último, que no&nbsp;perjudiquen a otros pueblos.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-25 22:52:01 UTC</pubDate>
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         <title>A.1 Relaciones exteriores por política</title>
         <author>pamelennon06</author>
         <link>https://padlet.com/pamelennon06/us97sb63jzt3cp3l/wish/2114518902</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>España: Esta nación debe ser la primera por las características que los unen. Las relaciones de parentesco y de intereses son igualmente poderosas. El Imperio continuará respetando las personas y los bienes de los europeos: aguardará a ver la resolución que adopta España. En caso de que esta reconozca al Imperio, la tratará con preferencia sobre todas las demás (sobre todo en materia mercantil), pero si quiere hacerle la guerra, el Imperio se defenderá. Asimismo, admitirá el Imperio con gusto a los individuos y familias que quieran poblar y serán mejorados en el repartimiento de tierras.&nbsp;</li><li>Francia: un reino que guarda parentesco con España por sus reyes, por lo tanto, también contarán con buena preferencia en materia comercial y se les concederán facilidades para poblar. Así, logrará el Imperio no solo el comercio mercantil, sino también el más precioso de las ciencias y el de la ilustración.</li><li>Estados independientes de América del Sur: Las relaciones que unen al Imperio con estos Estados es de hermandad. Necesita el Imperio de muchos de los cultivos de estos y ellos de los del Imperio. Además, se hace hincapié en que a quién podrán acudir unos y otros para auxiliarse con más confianza en caso de ser atacados por una potencia extraña, sino a los que están unidos por la religión, idioma, acciones de amistad, de comercio y de parentesco. La estrecha alianza entre dos grandes regiones debe ser conocida por el mundo.</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-26 01:12:35 UTC</pubDate>
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         <title>A.3 Tratado de paz, amistad y límites entre México y Estados Unidos, 2 de febrero de 1848</title>
         <author>pamelennon06</author>
         <link>https://padlet.com/pamelennon06/us97sb63jzt3cp3l/wish/2114523548</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>Artículo I: Habrá paz firme y universal entre la República Mexicana y los Estados Unidos de América.&nbsp;</li><li>Artículo II: Habrá un convenio entre el gobierno mexicano y las fuerzas de los Estados Unidos para que cesen provisionalmente el orden constitucional en lo político, administrativo y judicial, en cuanto lo permitan las circunstancias.</li><li>Artículo III: Luego que este Tratado sea ratificado por Estados Unidos, se expedirán órdenes a sus comandantes de tierra y mar, que a la mayor brevedad comiencen a retirar todas las tropas estadounidenses en territorio mexicano y que alcen el bloqueo de todos los puertos mexicanos.&nbsp;</li><li>Artículo IV: Todos los castillos, fortalezas, territorios, lugares y posesiones que hayan tomado y ocupado las fuerzas estadounidenses en la presente guerra, se devolverán a la República con toda la artillería, armas, aparejos de guerra, municiones cual quiera otra propiedad pública existente en dichos castillos y fortalezas, cuando fueron tomados.</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-26 01:24:40 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>A.3 Tratado de paz, amistad y límites entre México y Estados Unidos, 2 de febrero de 1848 (p.2)</title>
         <author>pamelennon06</author>
         <link>https://padlet.com/pamelennon06/us97sb63jzt3cp3l/wish/2114524978</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>Artículo V: La línea entre las dos Repúblicas comenzará en el Golfo de México, tres leguas fuera de tierra frente a la desembocadura del Río Bravo, desde allí subirá la línea divisora hacia el Norte por el lindero Occidente de Nuevo México, hasta donde este lindero esté cortado por el primer brazo del Río Gila; continuará después por mitad de este brazo y del Río Gila hasta su confluencia con el Río Colorado; y desde la confluencia de ambos ríos la línea divisora, cortando el Colorado, seguirá el límite que sepa a la alta de la Baja California hasta el Mar Pacifico. Para evitar toda dificultad al tratar sobre la tierra el límite que separa la Alta de la Baja California, queda convenido que dicho límite consistirá en una línea recta tirada desde la mitad del Rio Gila en el punto donde se une con el Colorado, hasta un punto en la costa del Mar Pacífico, distante una legua marina al Sur del punto más Meridional del Puerto de San Diego.&nbsp;</li><li>Artículo VI: Los buques y ciudadanos de los Estados Unidos tendrán en todo tiempo un libre tránsito por el Golfo de California y por el Río Colorado.</li><li>Articulo VII: Como el Río Gila y la parte del Río Bravo del Norte se dividen por mitad entre las dos Repúblicas, la navegación será libre y común a los buques y ciudadanos de ambos países.</li><li>Artículo VIII: Los que prefieran permanecer en los indicados territorios de México, podrán conservar el título y derechos de ciudadanos mexicanos, o adquirir el título y derechos de ciudadanos de los Estados Unidos. </li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-26 01:27:37 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>A.3 Tratado de paz, amistad y límites entre México y Estados Unidos, 2 de febrero de 1848 (p. 3)</title>
         <author>pamelennon06</author>
         <link>https://padlet.com/pamelennon06/us97sb63jzt3cp3l/wish/2114525795</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>Artículo IX: Los mexicanos que en los territorios antedichos no conserven el carácter de ciudadanos de la República Mexicana, serán incorporados en la Unión de los Estados Unidos, y se admitirán conforme a los principios de su Constitución Federal, al goce de la plenitud de derechos de los ciudadanos de dichos Estados Unidos.&nbsp;</li><li>Articulo X: Todas las concesiones de tierra hechas por el Gobierno Mexicano a Estados Unidos serán respetadas como válidas, con la misma extensión con que lo serían si los indicados territorios permanecieran dentro de los limites de México.&nbsp;</li><li>Artículo XI: En atención a que una gran parte de los territorios que por el presente Tratado van a quedar para lo futuro dentro de los límites de los Estados Unidos se halla actualmente ocupada por tribus salvajes, que han de estar en adelante bajo la exclusiva autoridad del Gobierno de los Estados Unidos, y cuyas incursiones sobre los distritos mexicanos serían en extremo perjudiciales , está solemnemente convenido que el mismo Gobierno de los Estados Unidos contendrá las indicadas incursiones por medio de la fuerza siempre que así sea necesario.&nbsp;</li></ul><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-26 01:29:25 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>A.4 Tratado de límites entre México y Estados Unidos, 30 de diciembre de 1853</title>
         <author>pamelennon06</author>
         <link>https://padlet.com/pamelennon06/us97sb63jzt3cp3l/wish/2114529923</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>Artículo I: La República Mexicana conviene en señalar los verdaderos límites con los Estados Unidos: Subsistiendo la misma línea divisora entre las dos Californias tal cual está ya definida y marcada conforme al Art . V del Tratado de Guadalupe Hidalgo los límites entre las dos Repúblicas serán las que siguen: comenzando en el Golfo de México, a tres leguas de distancia de la costa, frente a la desembocadura del Rio Grande; de allí, según se fija en dicho Artículo , hasta mitad de aquel río, al punto donde la parale la del 31° 47' de latitud Norte atraviesa el mismo río; de allí cien millas en línea recta al Oeste; de allí al Sur a la paralela de 31° 20' de latitud Norte; de allí, siguiendo la dicha paralela de 31° 20' hasta el 111° del Meridiano de longitud Oeste de Greenwich; de allí en línea recta a un punto en el Río Colorado, 20 millas inglesas abajo de la unión de los Ríos Gila y Colorado; de allí por la mitad de dicho Rio Colorado, río arriba, hasta donde se encuentra la actual línea divisoria entre los Estados Unidos y México.&nbsp;</li><li>Artículo II: El Gobierno de México, exime al de los Estados Unidos de las obligaciones del Art. XI del Tratado de Guadalupe Hidalgo, y el XXXIII del Trata do de Amistad, Comercio y Navegación entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, y concluido en México el día 5 de abril de 1831, quedan derogados.&nbsp;</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-26 02:46:57 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>A.4 Tratado de límites entre México y Estados Unidos, 30 de diciembre de 1853 (p.2)</title>
         <author>pamelennon06</author>
         <link>https://padlet.com/pamelennon06/us97sb63jzt3cp3l/wish/2114530902</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>Artículo IV: Habiéndose hecho en su mayor parte nugatorias las estipulaciones de los Artículos VI Tratado de Guadalupe Hidalgo, por la cesión de territorio hecha en el Artículo I de este Tratado, aquellos dichos Artículos quedan por éste derogados y anulados, y las estipulaciones que a continuación se expresan sustituidas en lugar de aquéllas. Los buques y ciudadanos de los Estados Unidos tendrán en todo tiempo libre tránsito por el Golfo de California y el Río Colorado. Las diversas disposiciones, estipulaciones y restricciones contenidas en el Art. VII del Tratado de Guadalupe Hidalgo sólo permanecerán en vigor en lo relativo del Río Bravo del Norte, abajo del punto inicial de dicho límite estipulado en el Art. I de este Tratado.&nbsp;</li><li>Artículo VIII: Habiendo autorizado el Gobierno Mexicano, en 5 de febrero de 1853, la pronta construcción de un camino de madera y de un ferrocarril en el Istmo de Tehuantepec, para asegurar de una manera estable los beneficios de dicha vía de comunicación a las personas y mercancías de los ciudadanos de México y de los Estados Unidos, se estipula que ninguno de los dos Gobiernos pondrá obstáculo alguno al tránsito de personas y mercancías de ambas naciones.<br><br></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-26 02:49:50 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>A.6 Tratado Mon – Almonte, 1860</title>
         <author>pamelennon06</author>
         <link>https://padlet.com/pamelennon06/us97sb63jzt3cp3l/wish/2114532126</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>Artículo I: Habiendo sido juzgados ya por los Tribunales, los principales reos de los asesinatos cometidos en las haciendas de San Vicente y Chiconcuac, el gobierno de México continuará activamente la persecución y castigo de los demás cómplices que hayan logrado hasta hoy eludir la acción de la justicia, así como a los culpables de los crímenes perpetrados en el mineral de San Dimas.</li><li>Artículo II: El gobierno de México, a fin de que caminen los lazos de una amistad duradera, consiente en indemnizar a los súbditos españoles a quienes corresponda, de los daños y perjuicios que se les hayan ocasionado por consecuencia de los crímenes cometidos en las haciendas de San Vicente y Chiconcuac.</li><li>Artículo III: Movido de los mismos deseos del artículo anterior, el gobierno mexicano también en indemnizará a los súbditos afectados de los crímenes cometidos en el mineral de San Dimas.&nbsp;</li><li>Artículo IV: El gobierno español consiente en que las indemnizaciones no pueden servir de antecedente para otros casos de igual naturaleza.&nbsp;</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-26 02:53:09 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>A.6 Tratado Mon – Almonte, 1860 (p.2)</title>
         <author>pamelennon06</author>
         <link>https://padlet.com/pamelennon06/us97sb63jzt3cp3l/wish/2114532820</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>Artículo V: Los gobiernos de México y España convienen en que el valor de las indemnizaciones de que tratan los artículos anteriores, se determine de común acuerdo con los Gobiernos de Francia y de Inglaterra.</li><li>Artículo VI: El Tratado de 12 de noviembre de 1853, será restablecido en toda su fuerza y vigor como si nunca hubiese sido interrumpido.&nbsp;</li><li>Artículo VII: Los daños y perjuicios cuyas reclamaciones se hallaban pendientes al interrumpirse las relaciones, y cualesquiera que durante esta interrupción hayan podido dar lugar a nuevas reclamaciones, serán objeto de arreglos ulteriores entre los gobiernos de México y España.&nbsp;</li><li>Artículo VIII: Este Tratado será ratificado por el Presidente de la República Mexicana (Miguel Miramón) y por S.M. la Reina de España (Isabel II), en París dentro de cuatro meses contados desde esta fecha.</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-26 02:54:53 UTC</pubDate>
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