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      <title>LAJ. Actividad 5. Una vez que leído el texto de Cicogna y Kerz (2016) les pido que por favor ubiquen en el mapa un caso en el que puedan ilustrar el acceso (o impedimiento) a derechos de la población en movilidad humana (migrante, refugiada, etc.) en cualquier período histórico (puede tratarse de un gobierno nacional o local). by </title>
      <link>https://padlet.com/paulacicogna1/ul3ru2hqmw9dmz0q</link>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2025-04-22 18:35:16 UTC</pubDate>
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         <title>Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Grupo 4: Agustina Gonzalez Rubio, Mercedes Grondona y Nancy Gomez</p><p> </p><p><strong>Migración de ciudadanos venezolanos a la República Argentina [un análisis desde Cicogna y Kerz]</strong></p><p><br></p><p>El proceso migratorio elegido es el de los ciudadanos venezolanos en la República Argentina, específicamente en el año 2016, donde hemos notado un ‘’boom’’. En primer lugar, corresponde señalar que, los venezolanos supieron ser mano de obra en el país pero, a medida que este proceso aumenta, se transforman en un espacio de tensión, porque no son plenamente ciudadanos. Esta tensión se materializa en la posibilidad de acceder a empleos formales de calidad, obstáculos burocráticos para la convalidación de títulos universitarios, y problemas de inserción social y discriminación cotidiana.&nbsp;</p><p><br></p><p>Las autoras señalan que la democracia exige revisar permanentemente quienes son miembros plenos de la comunidad política, porque en el caso de los ciudadanos venezolanos, hubo un reconocimiento parcial, se garantizó el acceso a servicios básicos y residencia, pero el reconocimiento pleno como miembros activos de la vida política fue ambiguo. Cabe destacar que los extranjeros residentes en nuestro país no pueden ejercer el derecho al voto en elecciones nacionales, pero sí están habilitados para hacerlo en elecciones provinciales y/o municipales según lo establezca la normativa vigente de cada provincia.&nbsp;</p><p><br></p><p>A su vez, se los identifica como refugiados de necesidad o se los estigmatiza como amenazas en el mercado laboral. En este sentido, las autoras hablan de mecanismos de diferenciación que se asocian a las formas históricas de exclusión migratoria. A finales del S XIX, Argentina fomentaba la inmigración europea pero limitaba la participación política de los migrantes, para el S. XXI, pese a un discurso de apertura, los ciudadanos venezolanos encuentran barreras de hecho que restringen su plena incorporación al proyecto democrático.&nbsp;</p><p><br></p><p>A modo de conclusión, la migración venezolana en la República Argentina es una constante histórica: dependerá del gobierno de turno. El migrante como actor central, pero de alguna forma, ambivalente: es celebrado como contribuyente económico pero resistido como miembro político pleno. Todo esto provoca al Estado a tener que redefinir los principios de igualdad, pertenencia y reconocimiento pero las tensiones aún se mantienen latentes.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-25 21:36:37 UTC</pubDate>
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         <title>Ecuador</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p><em>Grupo 5:</em></p><p><em>Kammann, Nicolas - Kossayfi, Perla - López, Karla</em></p><p><br/></p><p><strong>Migración forzosa de los colombianos a Ecuador ante violencia estructural y conflicto armado (periodo de análisis 2000-2012)</strong></p><p><br/></p><p>Cigogna y Kerz plantean que la democracia se fortalece en la medida en que los Estados reconocen y garantizan los derechos de las personas migrantes, no solo desde una visión legalista, sino desde una práctica política y social de inclusión. Además, sostienen que la ciudadanía no debe limitarse al criterio territorial o jurídico-formal, sino entenderse como un proceso relacional y político.</p><p>En este sentido, Ecuador dio pasos importantes con su Constitución de 2008, donde se reconoce el principio de la ciudadanía universal y el derecho a migrar (Art. 40), estableciendo un marco que rompe con el modelo nacionalista excluyente.</p><p>Este enfoque es particularmente relevante frente al flujo migratorio de colombianos desplazados por el conflicto con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), sobre todo entre 2000 y 2012. Muchos de estos migrantes llegaron a Ecuador como solicitantes de refugio. Según ACNUR, en 2012 Ecuador albergaba a más de 55.000 refugiados reconocidos, de los cuales más del 98% eran colombianos.</p><p>Aunque Ecuador ha firmado acuerdos internacionales de protección de refugiados y reconoce constitucionalmente derechos a los migrantes, existe una brecha entre el reconocimiento formal y la efectivización de derechos. En comunidades fronterizas como Sucumbíos o Carchi, los migrantes colombianos han denunciado dificultades para integrarse plenamente al sistema educativo y al mercado laboral, así como discriminación xenofóbica, reforzada por el estigma de asociarlos con la violencia y el narcotráfico.</p><p>Desde la óptica de Cigogna y Kerz, una democracia real debe integrar a los migrantes como sujetos políticos, y no solo como beneficiarios pasivos de derechos. En Ecuador, se han registrado avances modestos en este sentido. La Ley Orgánica de Movilidad Humana (2017) reafirma el principio de ciudadanía universal e introduce elementos de protección ampliada, pero aún persisten limitaciones para la participación política de los migrantes en procesos locales, lo cual restringe su agencia democrática.</p><p><br/></p><p>Articulo adicional de apoyo: <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://story.internal-displacement.org/desplazamiento-urbano-colombia/index.html">https://story.internal-displacement.org/desplazamiento-urbano-colombia/index.html</a></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-26 16:05:30 UTC</pubDate>
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         <title>GRUPO 1: Aghem-Almirón-Arias</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Crisis Humanitaria en República Centro Africana (2012-2025)</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-26 17:35:26 UTC</pubDate>
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         <title>Ecuador, Guayaquil, Ecuador</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>PLAN DE RETORNO A ECUADOR (1998 - actualidad)</p><p><br/></p><p>Grupo 9: José Sánchez Campos, Carolina del Carmen Suárez, Julieta Weller</p><p><br/></p><p>Ecuador soportó la segunda ola migratoria más grande de su historia entre los años 1998 y 2004 que significó la salida al extrajero de más de medio millón de ecuatorianos. En respuesta a esto, en 2017 se promulga la Ley de Movilidad Humana, en cuyo reglamento se implementa el Plan Retorno, para los ciudadanos ecuatorianos que retornan en forma voluntaria o forzada (por deportación).</p><p>El Certificado de Migrante Retornado, puesto en vigencia a partir de 2022, declara en tal condición a la persona ecuatoriana, así como los miembros de su familia, considerando el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, que retornan al país con el fin de establecerse en él.</p><p>Los beneficios que obtienen las personas calificadas como migrante retornada en marco de la Ley de Movilidad Humana y su Reglamento, tienen relación con su inclusión social y económica, vivienda, reunificación familiar, la homologación, convalidación y reconocimiento de estudios en el exterior, inserción educativa, ser informados sobre el retorno, homologación de documentos de conducir, capacitación, homologación y certificación de competencias laborales, inserción laboral, acceso al sistema financiero, acceso a la pensión jubilar, exención o reducción de aranceles para la importación del menaje de casa, equipos de trabajo y vehículos, y acceso a programas de emprendimiento.</p><p>En una iniciativa similar, tras la crisis de 2008 en España surgió un plan que lleva el mismo nombre y se centra en tomar las experiencias de migrantes para diseñar los beneficios o ayudas que recibirán quienes participen del mismo. Este caso no solo se centra en migrantes nativos españoles sino también en personas que hayan inmigrado al país y deseen regresar a su país de origen.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-26 20:44:27 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo 2 (Álvaro Aurane, Ángelo Bardini y Mónica Ayala De Paz): Bolivia (1938-1941) “Acceso a derechos de la población migrante”</title>
         <author>monicaayala8</author>
         <link>https://padlet.com/paulacicogna1/ul3ru2hqmw9dmz0q/wish/3426113637</link>
         <description><![CDATA[<p>Entre 1938 y 1941, Bolivia recibió más de 20.000 refugiados judíos. Clave en esta iniciativa fueron los esfuerzos de Mauricio (Moritz) Hochschild, un magnate minero judío-alemán que controlaba un tercio de la producción mineral en Bolivia y que tenía lazos políticos con el presidente boliviano Germán Busch. Hochschild facilitó un movimiento regular de inmigrantes judíos alemanes y austriacos, que consiguieron visas a través de cinco consulados bolivianos en Europa (Zurich, Paris, Londres, Berlín, y Viena). Los refugiados llegaban por barco a Arica, Chile, de donde eran llevados por tren hasta La Paz, Bolivia, en lo que vino a ser llamado el Express Judío. </p><p>El texto de Cicogna y Kerz muestra que en ese mismo período, en Argentina, “el Poder Ejecutivo (Presidencia de Roberto Ortíz 1938-1940) estableció como exigencia que el inmigrante debía tener un ‘permiso previo de libre desembarco’. Esta exigencia sin embargo, estaba más vinculada al interés político por limitar el ingreso de refugiados que por trabar los tipos de flujos migratorios hasta entonces&nbsp;predominantes”.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-26 20:57:49 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Panamá</title>
         <author>gustavoramonperez</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Grupo 6</strong></p><p>Sucedido en marzo de 2025, una niña de 8 años y 20 personas mayores fueron rescatadas luego de un naufragio. La situación sucedió pasado el suceso de "inmigración inversa" ante la imposibilidad de ingresar a&nbsp;Estados&nbsp;Unidos…</p><p>La migración, como espacio de tensiones entre pertenencia y exclusión, se resignifica en América Latina ante el fenómeno de la <em>migración inversa</em>. Tal como plantea Cicogna-Kerz, los movimientos poblacionales reconfiguran la noción de ciudadanía, poniendo en juego los límites del reconocimiento estatal. Hoy, miles de latinoamericanos regresan a sus países de origen, enfrentando sistemas políticos que no siempre garantizan plena inclusión. Esta dinámica reafirma que ser ciudadano no es solo residir en un territorio, sino lograr una membresía activa en su sistema político y ejercicio de la democracia. Así, la migración inversa deja en evidencia el dilema entre el reconocimiento legal y la verdadera integración política&nbsp;y&nbsp;social.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-27 14:25:14 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo 7 (Rey Álvarez, Pili, Rondinella)</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2025-04-27 22:42:41 UTC</pubDate>
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         <title>Berlin, Alemania</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Actividad 5 LAJ</strong></p><p>Grupo 8; Santiago Rua, Tobías Simón, Niklas Rotering</p><p><strong>“Wir schaffen das” - 2015 y sus consecuencias: cómo la política de refugiados de Angela Merkel transformó Alemania</strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-28 00:28:56 UTC</pubDate>
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         <title>Colombia</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Grupo 3. Marco Burgos Flórez, Tomas Forner y Pankaj Choudhary.</strong></p><p><strong>La migración venezolana a Colombia en el gobierno del presidente Iván Duque (2018-2022).</strong></p><p>La Ciudadanía “Convierte a miembros dispersos, diferentes, con intereses y creencias variados, y hasta antagónicos, en unidad constituyente de su mismo Gobierno” (Cicogna y Kerz, 2016 ).&nbsp;</p><p>El gobierno del presidente Duque (2018-2022) implementó una política de "puertas abiertas" para los migrantes venezolanos, reconociendo la magnitud de la crisis humanitaria y la necesidad regularizar su situación y facilitar su integración. Este Gobierno de Centro derecha opositor al Gobierno venezolano, otorgo refugio político a los contradictores de dicho régimen, para el año 2018 se registran más de un millón de venezolanos en Colombia, cuyo éxodo inicia en el año 2010. Ante ello, el Estado colombiano responde con una política efectiva de migración de carácter normativo con un reconocimiento parcial de derechos ciudadanos (Cicogna y Kerz, 2016), como el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos, el cual busca regularizar la situación de esta población migrante, iniciando en el año 2021 con la inscripción de los ciudadanos en el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) y una encuesta de caracterización económica (Presidencia de la Republica. Bogotá , 5/05/2021). Dicho registro arroja más de 1.8 millones de personas. El objetivo de esta política es “permitir el tránsito de los migrantes venezolanos que están en el país de un régimen de protección temporal a un régimen migratorio ordinario, es decir, que los migrantes venezolanos que se acojan a la medida tendrán un lapso de 10 años para adquirir una visa de residentes” (ABC del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos. Cancillería de Colombia, 5 de marzo de 2021). Así, los migrantes venezolanos tienen ciertos derechos (acceso a Salud, Educación y Permiso de Trabajo) y les permite una permanencia legal en el país sin ser ciudadanos.</p><p>Siguiendo a Cicogna y Kerz (2016), para tratar de establecer en este caso la relación entre migrante, Estado y ciudadanía, se puede considerar que esta ha sido muy compleja, dado que dicha migración en la relación migrante-progreso no estaría ubicada, por lo cual se puede establecer que es una migración en ámbitos de “ponderación negativa”. De igual manera se puede establecer que estos migrantes llegan a Colombia a raíz de la crisis que vive Venezuela, donde los salarios caen por el desempleo y la inflación, y que estos nunca ocuparon cargos de autoridad política que les dieran representación en el nuevo país. Así mismo, se puede establecer que muchos de los venezolanos en Colombia “pertenecen por residir”, “dado que esta comunidad no posee un sentido fuerte de membresía porque, o bien se perciben excluidos o no del todo integrados” (Cicogna y Kerz, 2016). Esto plantea un gran problema para la sociedad colombiana y también para la venezolana, en no poder lograr una plena incorporación ciudadana del migrante, que le posibiliten un estado que les apoye en su progreso en igualdad de condiciones.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-28 01:49:03 UTC</pubDate>
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