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      <title>Mi padlet luminoso by Nathaly Lopez</title>
      <link>https://padlet.com/lopn44660/uhjjdkhe3onhm4iu</link>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-10-17 23:04:32 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2022-10-17 23:54:48 UTC</lastBuildDate>
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         <title>El Estado y su forma de gobierno</title>
         <author>lopn44660</author>
         <link>https://padlet.com/lopn44660/uhjjdkhe3onhm4iu/wish/2344082255</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Artículo 140. Estado de Guatemala. </strong>Guatemala es un Estado libre, independiente y soberano, organizado para garantizar a sus habitantes el goce de sus derechos y de sus&nbsp; libertades.</div><div>Su sistema de Gobierno es republicano, democrático y representativo.<strong> <br>Artículo 141. Soberanía. </strong>La soberanía radica en el pueblo quien la delega, para su ejercicio, en los Organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. La subordinación entre los mismos, es prohibida.<strong>&nbsp;</strong></div><div><strong>Artículo 142. De la soberanía y el territorio. </strong>El Estado ejerce plena soberanía, sobre:&nbsp;</div><div><strong>a) </strong>El territorio nacional integrado por su suelo, subsuelo, aguas interiores, el mar territorial en la extensión que fija la ley y el espacio aéreo que se extiende sobre los mismos;<strong>&nbsp;</strong></div><div><strong>b) </strong>La zona contigua del mar adyacente al mar territorial, para el ejercicio de determinadas actividades reconocidas por el derecho internacional; y<strong>&nbsp;</strong></div><div><strong>c) </strong>Los recursos naturales y vivos del lecho y subsuelo marinos y los existentes en las aguas adyacentes a las costas fuera del mar territorial, que constituyen la zona económica exclusiva, en la extensión que fija la ley, conforme la práctica internacional.&nbsp;</div><div><strong>Artículo 143. Idioma oficial. </strong>El idioma oficial de Guatemala, es el español. Las lenguas vernáculas, forman parte del patrimonio cultural dela Nación.</div><div><strong><br></strong><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-17 23:13:56 UTC</pubDate>
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         <title>¿Qué significa que Guatemala sea un Estado Democrático, Republicano, Representativo?</title>
         <author>lopn44660</author>
         <link>https://padlet.com/lopn44660/uhjjdkhe3onhm4iu/wish/2344091120</link>
         <description><![CDATA[<div>Su sistema de gobierno se define como "republicano y democrático representativo", el que "<strong>delega el ejercicio de su soberanía en los organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial, entre los cuales no hay subordinación</strong>".<br>La democracia moderna es <a href="https://drive.google.com/file/d/15yEHRdeZ1MmTWOo4CzOWVz2TYAKnxAiu/view">una forma de gobierno constituida por elementos republicanos, liberales y democráticos</a>. Se trata de un sistema en el que se fomenta la participación política popular (elemento democrático), la defensa de las libertades y derechos individuales (elemento liberal) y el establecimiento de límites y mecanismos de control del poder (elemento republicano).&nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-17 23:26:31 UTC</pubDate>
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         <title>¿Qué es el sistema electoral D´Hondt y cómo funciona?                                                                                                                                                                  parte 1</title>
         <author>lopn44660</author>
         <link>https://padlet.com/lopn44660/uhjjdkhe3onhm4iu/wish/2344095835</link>
         <description><![CDATA[<div> <strong>¿Cómo se asignan los asientos?&nbsp;</strong></div><div>Para determinar la asignación de escaños, salen electas las candidaturas más votadas de las listas más votadas. ¡Revisemos algunos ejemplos, paso a paso! <br><strong>Paso 1: determinar el número de listas, los votos obtenidos y el tamaño del distrito</strong></div><div>Imaginemos la existencia de un distrito que asigna 5 escaños y compiten 3 listas.&nbsp;</div><div>La lista A obtiene 150.000 votos, la B alcanza los 220.000 y la C 180.000. Ya tenemos claros los elementos necesarios para calcular cuántos asientos obtendrá cada lista.&nbsp;</div><div><strong>Paso 2: dividir la cantidad de votos en los escaños</strong></div><div>Con el paso 1 cumplido, ahora debemos tomar los votos totales de cada lista y dividirlos tantas veces como escaños asigna el distrito.&nbsp;</div><div>Veamos el caso de la lista A: esta obtuvo un total de 150.000 votos. Si eso lo dividimos por 1, se mantiene el valor de 150.000. Luego, el total de votos se divide por 2, dando por resultado 75.000; luego por 3 (50.000), por 4 (37.500) y por 5 (30.000). El número de veces que se hace esta división varía dependiendo del número de cupos que asigne cada distrito. ¡Vamos al paso siguiente!&nbsp;</div><div><br></div><div><strong>Paso 3: asignar el número de escaños por lista</strong></div><div>Una vez definidos la cantidad de votos obtenidos por lista y divididos en los escaños que asigna el distrito, ahora solo queda determinar cuántos escaños obtendrá cada lista. El mecanismo de distribución será mediante los valores más altos de acuerdo a las divisiones realizadas. Así:</div><ul><li>Escaño 1: 220.000, correspondiente a lista B.</li><li>Escaño 2: 180.000, correspondiente a la lista C.&nbsp;</li><li>Escaño 3: 150.000, correspondiente a la lista A.</li><li>Escaño 4: 110.000, correspondiente a la lista B.&nbsp;</li><li>Escaño 5: 90.000, correspondiente a la lista C. &nbsp;</li></ul><div>En base a esta distribución, la lista A obtendría un solo asiento, mientras que las listas B y C tendrían un total de 2 escaños cada una.&nbsp;</div><div><strong>Paso 4: determinar qué candidatos/as salieron electos/as</strong></div><div>El último paso consiste en determinar qué candidaturas obtendrían cada escaño. ¡La respuesta a la pregunta es sencilla!&nbsp;</div><div>En el caso de la lista A, obtiene el asiento la candidatura más votada de toda la lista. En el caso de las listas B y C, obtienen los asientos las dos candidaturas con mayor votación en toda la lista.&nbsp;</div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-17 23:31:47 UTC</pubDate>
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         <title>¡En la unidad está la fuerza!                          parte 2</title>
         <author>lopn44660</author>
         <link>https://padlet.com/lopn44660/uhjjdkhe3onhm4iu/wish/2344098253</link>
         <description><![CDATA[<div>Una de las características más importantes del sistema D’Hondt, es que este castiga severamente la división de los bloques políticos y recompensa enormemente la unidad de estos. Veamos el siguiente ejemplo:</div><div>Pensemos que, en el mismo distrito del ejemplo anterior, la lista A se divide en tres listas producto de peleas internas ¡justo antes de la inscripción de candidaturas! Supongamos que las tres listas que salieron de la lista A (A-1, A-2 y A-3) tienen la misma fuerza electoral y, por ende, idéntico resultado. Las listas B y C tienen el mismo rendimiento que en el ejemplo anterior, ya que no se dividieron.<br>Como se aprecia en la tabla 4, la distribución de asientos cambia de forma significativa cuando la lista A se divide en tres, ya que en este caso se ve favorecida la lista B, sumando un tercer asiento, mientras que la lista C no presenta cambios.&nbsp;</div><div>En este escenario, ninguna ramificación de la lista A obtendría algún asiento, mientras que en la lista B salen electas las tres candidaturas más votadas de toda la lista. En la lista C, las dos candidaturas más votadas obtendrían los dos asientos. &nbsp;</div><div><strong>En síntesis, el sistema electoral D’</strong>H<strong>ondt asigna asientos a las candidaturas más votadas de las listas más votadas. Por lo tanto:</strong></div><ul><li>Es importante que las listas vayan completas a la elección y no basta con que una sola candidatura tenga un buen rendimiento, ya que los votos totales de la lista en su conjunto son fundamentales para el cálculo en la asignación de cupos.&nbsp;</li><li>&nbsp;La unidad es fundamental.&nbsp; Si un mismo bloque va dividido, esto puede llevar a no tener representación, recompensando a los bloques que deciden participar de forma unificada.&nbsp;</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-17 23:34:18 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>forma en la que se eligen a los diputados en Guatemala, explicando de forma clara y detallada el sistema de casillas, listado nacional y listado distrital.                                                            parte 1   </title>
         <author>lopn44660</author>
         <link>https://padlet.com/lopn44660/uhjjdkhe3onhm4iu/wish/2344103578</link>
         <description><![CDATA[<div>¿Cuáles son los distritos y cuál es la lista nacional?</div><div>La Constitución establece que cada departamento es un distrito. La excepción el municipio de Guatemala, que es un distrito en sí mismo (distrito central) y el resto de municipios de Guatemala son otro distrito.</div><div>A su vez, el artículo 157 de la Constitución establece que un número equivalente al 25% del total de diputados distritales se elegirá en otro distrito denominado lista nacional. La idea es que mientras los demás diputados representan a un distrito por razones geográficas, los diputados de la lista nacional representan las preferencias del votante en el ámbito nacional para cada partido.</div><div>¿Cuántos diputados hay por distrito?</div><div>Teóricamente la cantidad de diputados obedece a un criterio de representación de acuerdo con el tamaño de la población. Con las reformas de 2016 a la ley electoral, <strong>el número de diputados quedó fijo en 160</strong>. Bajo ese esquema, la lista nacional incluye 32 diputados y los restantes 128 son diputados distritales.</div><div>Hay distritos grandes, como mi natal Alta Verapaz que eligen 9 diputados y distritos pequeños como El Progreso donde se eligen 2 diputados (hasta 2015 El Progreso elegía solo 1 diputado).</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-17 23:41:16 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>¿Cómo se elige a los diputados?                     parte 2</title>
         <author>lopn44660</author>
         <link>https://padlet.com/lopn44660/uhjjdkhe3onhm4iu/wish/2344108842</link>
         <description><![CDATA[<div>Cada partido político postula candidatos a diputados en determinado orden. Supongamos que hablamos de Sololá donde se eligen 3 diputados. En ese caso cada partido postulará 3 candidatos a diputados en primera, segunda y tercera casilla. ¿Quién resultará electo? Hagamos un ejercicio hipotético.<br>&nbsp;Supongamos que hay 3 partidos. <br>Nuestro sistema de elección se denomina sistema D’Hondt. Se trata de un sistema de representación proporcional. Se dice que es proporcional porque en los sistemas por mayoría, el ganador se lo lleva todo mientras que, en este caso, se distribuye de acuerdo con esta fórmula que busca dar proporcionalidad<a href="https://edgarortizromero.com/2019/04/11/como-se-elige-a-los-diputados-en-nuestro-sistema/#_ftn1">[1]</a>.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-17 23:46:55 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Supongamos que en las elecciones para elegir diputados de Sololá (3 diputados) los resultados son los siguientes de un total de 1,000 votos:                   parte  3</title>
         <author>lopn44660</author>
         <link>https://padlet.com/lopn44660/uhjjdkhe3onhm4iu/wish/2344113271</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2022-10-17 23:52:05 UTC</pubDate>
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         <title>Lo que la ley nos dice es que debemos dividir los resultados que obtuvo cada partido entre 2, 3 o la cantidad de diputaciones a adjudicar. En este caso, como se adjudicarán 3 diputaciones, lo hacemos hasta dentro de 3:                    parte     4</title>
         <author>lopn44660</author>
         <link>https://padlet.com/lopn44660/uhjjdkhe3onhm4iu/wish/2344115943</link>
         <description><![CDATA[<div>El segundo paso para determinar quiénes se llevarán los escaños es identificar, en orden, cuáles son las 3 cifras más altas<strong>. Serán esas 3 cifras más altas las que incluyan un diputado respectivamente</strong>. En este caso, el Partido A lograría meter a los diputados de sus casillas 1 y 2, y el Partido B lograría meter al diputado de su casilla 1. Dado que la casilla del diputado 1 del Partido A fue declarada vacante, supongamos porque el candidato no tenía finiquito (algo común en esta elección) entonces se corre la adjudicación y tomarían posesión los diputados de las casillas 2 y 3. Es decir, por el Partido A quedarían electos Juan y Andrea y por el Partido B, Pablo. El partido C no conseguiría ningún diputado.</div><div>Para el votante no es fácil saber por quién está votando realmente. A lo mejor le gusta el candidato que ocupa la segunda casilla, pero solo termine por entrar el que ocupa la primera casilla. Bueno, en el supuesto que el elector conozca a sus candidatos… Dado que hay más de 20 partidos, es imposible para el votante estar al tanto de todos los candidatos propuestos en la lista nacional y en la de su distrito.</div><div>Esta es la misma fórmula que se utiliza para elegir al concejo municipal. Para la elección de alcaldes y concejo municipal el partido que obtenga el número mayor de votos gana la alcaldía. Pero para determinar qué concejales formarán parte del Concejo Municipal se utiliza esta misma fórmula.&nbsp;</div><div><strong>Esto es importante porque quizás su candidato favorito a la alcaldía quizá no tenga grandes oportunidades de ganar, pero al darle su voto a quien acabará por elegir es a su concejal número 1. Es importante que sepa y conozca a ese concejal que será quien probablemente resulte electo.</strong></div><div>¿El sistema es bueno o malo?</div><div>Este sistema ha sido objeto de críticas. Hay mucha gente que aboga por una elección por cara y no por listas. El problema es que para echar a andar un sistema de ese tipo habría que crear distritos donde se elija un solo diputado y la Corte de Constitucionalidad dictaminó que esto no es posible ya que de acuerdo con la Constitución cada departamento es un distrito y tampoco aceptó la idea de crear sub-distritos pequeños.</div><div>Otros piden que se opte por sistemas donde las listas sean cerradas pero desbloqueadas. Es decir, que el partido proponga un orden de diputados, pero el elector pueda marcar en qué orden de preferencia elige a los diputados propuestos. Otros abogan por sistemas de listas abiertas donde los electores puedan seleccionar votar por distintos candidatos a diputados de distintos partidos.</div><div>Hay infinidad de modelos, pero el que existe en nuestro país es el de listas cerradas y bloqueadas con lo cual los electores únicamente podemos votar por los diputados que propone el partido y en el orden establecido por ellos.&nbsp;</div><div>Apéndice:</div><div>Como siempre, dejo los artículos de las Leyes relevantes relacionados con el tema para uso o conveniencia del lector.</div><div>Número de diputados:</div><div><strong>Artículo 205 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos</strong>:&nbsp; De la Integración del Congreso de la República.</div><div>El Congreso de la República se integra con diputados electos en los distritos electorales y por el sistema de lista nacional, cada departamento de la República constituye un distrito electoral, con excepción del departamento de Guatemala, en el cual el municipio del mismo nombre comprenderá el Distrito Central y los restantes municipios constituirán el Distrito Departamental de Guatemala.</div><div>El número de diputados distritales no excederá de 128, el cual será distribuido de la forma siguiente:</div><div>a) Distrito Central: 11 diputados</div><div>b) Distrito de Guatemala: 19 diputados</div><div>c) Sacatepéquez: 3 diputados</div><div>d) El Progreso: 2 diputados</div><div>e) Chimaltenango: 5 diputados</div><div>f) Escuintla: 6 diputados</div><div>g) Santa Rosa: 3 diputados</div><div>h) Sololá: 3 diputados</div><div>i) Totonicapán: 4 diputados</div><div>j) Quetzaltenango: 7 diputados</div><div>k) Suchitepéquez: 5 diputados</div><div>l) Retalhuleu: 3 diputados</div><div>m) San Marcos: 9 diputados</div><div>n) Huehuetenango: 10 diputados</div><div>o) Quiché: 8 diputados</div><div>p) Baja Verapaz: 2 diputados</div><div>q) Alta Verapaz: 9 diputados</div><div>r) Petén: 4 diputados</div><div>s) Izabal: 3 diputados</div><div>t) Zacapa: 2 diputados</div><div>u) Chiquimula: 3 diputados</div><div>v) Jalapa: 3 diputados</div><div>w) Jutiapa: 4 diputados</div><div>Los 32 diputados electos por el sistema de lista nacional constituyen el veinticinco por ciento del número total de diputados distritales que integran el Congreso de la República.</div><div><strong>Constitución, artículo 157</strong>: “Potestad legislativa e integración del Congreso de la República.</div><div>La potestad legislativa corresponde al Congreso de la República, compuesto por diputados electos directamente por el pueblo en sufragio universal y secreto, por el sistema de distritos electorales y lista nacional, para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.</div><div>Cada uno de los Departamentos de la República, constituye un distrito electoral. El Municipio de Guatemala forma el distrito central y los otros municipios del departamento de Guatemala constituyen el distrito de Guatemala. Por cada distrito electoral deberá elegirse como mínimo un diputado. La ley establece el número de diputados que corresponda a cada distrito de acuerdo a su población. Un número equivalente al veinticinco por ciento de diputados distritales será electo directamente como diputados por lista nacional.</div><div>En caso de falta definitiva de un diputado se declarará vacante el cargo. Las vacantes se llenarán, según el caso, llamando al postulado que aparezca en la respectiva nómina distrital o lista nacional a continuación del último cargo adjudicado”.</div><div>Fórmula para elegir diputados y concejales:</div><div>Artículo 203 Ley Electoral: “De la representación proporcional de minorías.</div><div>Las elecciones de diputados, por lista nacional, por planilla distrital, a diputados al Parlamento Centroamericano, así como las de concejales para las corporaciones municipales, se llevarán a cabo por el método de representación proporcional de minorías.</div><div>Bajo este sistema, los resultados electorales se consignarán en pliego que contendrá un renglón por cada planilla participante y varias columnas. En la primera columna se anotará a cada planilla el número de votos válidos que obtuvo; en la segunda, ese mismo número dividido entre dos; en la tercera, dividida entre tres, y así sucesivamente, conforme sea necesario para los efectos de adjudicación.</div><div>De estas cantidades y de mayor a menor, se escogerán las que correspondan a igual número de cargos en elección.</div><div>La menor de estas cantidades será la cifra repartidora, obteniendo cada planilla el número de candidatos electos que resulten de dividir los votos que obtuvo entre la cifra repartidora, sin apreciarse residuos. Todas las adjudicaciones se harán estrictamente en el orden correlativo establecido en las listas o planillas, iniciándose con quien encabece y continuándose con quienes le sigan en riguroso orden, conforme el número de electos alcanzado”.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-17 23:54:48 UTC</pubDate>
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