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      <title>Mi padlet estiloso by GERALDINE GUAYLUPO SULLON</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-08-23 21:41:09 UTC</pubDate>
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         <title>La Junta REVISTA DE INNOVACIÓN E INVESTIGACIÓN CONTABLE</title>
         <author>72406514</author>
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         <description><![CDATA[<div>Integrantes:<br>*Guaylupo Sullon, Geraldine<br>*Pizarro Alva, Alvaro<br>NRC:<br>*26720<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-26 04:10:51 UTC</pubDate>
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         <title>Metodología</title>
         <author>72406514</author>
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         <description><![CDATA[<div>Se ve de un enfoque cualitativo donde se toma en cuenta las cualidades de la función constitucional de los tributos mediante la técnica de análisis de legislación comparada y el análisis de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.&nbsp;<br>&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-26 04:23:34 UTC</pubDate>
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         <title>Introducción </title>
         <author>72406514</author>
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         <description><![CDATA[<div>&nbsp;El presente artículo busca un analizar&nbsp; la función constitucional de los tributos. Por ello, se inicia con el estudio de la evolución histórica, desde su primera concepción, también se puede observar&nbsp; los tributos, como medios recaudatorios, hasta llegar a su función redistributiva, por ultimo se analiza como la función redistributiva presenta una conexión directa con la justicia distributiva, esta encuentra relacionada con la forma en la que se distribuye la carga tributaria y, en segundo lugar, con el modo de distribución de la riqueza entre los contribuyentes, asociado a razones de justicia social.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-26 04:58:43 UTC</pubDate>
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         <title>Evolución histórica de los tributos</title>
         <author>72406514</author>
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         <description><![CDATA[<div>En las antiguas civilizaciones, los tributos no eran equitativos, si no que estaban basados en los caprichos de los gobernantes.<br>Uno de los primeros antecedentes de los tributos de presenta en la Carta Magna de Inglaterra en 1215 donde se le limitaba al Reya establecer imposiciones .<br>&nbsp;En este caso, como resultado de la revolución, el principio de legalidad tributaria, que lleva el concepto de legitimidad de los tributos al ser expedidos por los representantes del pueblo, fue consagrado en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en su artículo VI, el cual quiere decir que el derecho de los ciudadanos a colaborar en la formación de las leyes a través de sus representantes.<br>Así como también el Derecho Tributario como disciplina jurídica se identifica en la promulgación de la Ordenanza Alemana de 1919. Con ello se da inicio al desarrollo de los principios doctrinales de la imposición tributaria.&nbsp;<br>A la vez la consagración del principio de legalidad tributaria es el punto de partida de la legitimidad de las imposiciones tributarias, a partir del desarrollo de la disciplina del Derecho Tributario se debes observar principios tributarios, como el de proporcionalidad, equidad, generalidad, capacidad contributiva, reserva de ley, entre otros, que, junto al carácter redistributivo del gasto público, constituyen el primer marco de justicia tributaria.<br><br><br><br><br>&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-29 04:36:19 UTC</pubDate>
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         <title>La función constitucional recaudatoria de los tributos</title>
         <author>72406514</author>
         <link>https://padlet.com/72406514/ubf3x2gwa837klaz/wish/2275092811</link>
         <description><![CDATA[<div>Para cumplir con sus funciones, el Estado debe contar con los medios económicos necesarios, ingresos que pueden originarse de diferentes maneras, sean por privatizaciones, actividades empresariales, entre otros, siendo la mayor fuente de dichos recursos aquellos obtenidos del patrimonio de los particulares, en forma coactiva, a través de los tributos.&nbsp;<br>Según Pérez “como una prestación pecuniaria de carácter coactivo impuesta por el Estado u otro ente público con el objeto de financiar gastos públicos." Además se&nbsp; resalta que la finalidad principal de los tributos es obtener recursos para el sostenimiento del gasto público. En este sentido, la actividad del Estado dirigida a la imposición coactiva de contribuciones pecuniarias nace de la necesidad de obtener fondos para realizar sus fines, lo que constituye el fundamento de la función recaudatoria del tributo.&nbsp;<br>&nbsp;Así, en muchas acepciones del concepto tributo, subyace intrínsecamente su aspecto recaudatorio, aspecto que, si bien no es el único, ha sido reconocido como un elemento primordial en su configuración.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-29 17:43:21 UTC</pubDate>
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         <title>La función Redistributiva y la Justicia Social</title>
         <author>70217757</author>
         <link>https://padlet.com/72406514/ubf3x2gwa837klaz/wish/2275099610</link>
         <description><![CDATA[<div>Como se indica los impuestos no son solo un apoyo para el gasto publico, sino un medio para redistribuir la riqueza en base de la actividad redistributiva. En torno a esto se determinan las diferentes actividades económicas de estado, que serán repartidas para el beneficio de la sociedad y del estado democrático. Los impuestos también ayudan a los diferentes programas estatales</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-29 17:48:43 UTC</pubDate>
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         <title>La función constitucional redistributiva de los tributos</title>
         <author>72406514</author>
         <link>https://padlet.com/72406514/ubf3x2gwa837klaz/wish/2275104765</link>
         <description><![CDATA[<div>Según Lejeune " “no se agota en una función recaudadora, sino que, en cuanto institución constitucional, tiene un papel que cumplir al servicio del programa y los principios constitucionales"&nbsp; la finalidad del cobro de los tributos es el sostenimiento del gasto público, lo cual resulta imperioso, en tanto que el gasto tiende a la satisfacción de las necesidades públicas que dan nacimiento al Estado y justifican su existencia.&nbsp;<br>La función redistributiva de los tributos&nbsp; se verá concretada tanto desde la perspectiva de un sistema tributario justo y progresivo&nbsp; como en la efectiva asignación de los recursos públicos&nbsp; entendiendo que el gasto es una herramienta de la política fiscal que busca mejorar la distribución del ingreso y estableciendo mecanismos que permitan evaluar la eficiencia del gasto acorde con los resultados obtenidos.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-29 17:53:00 UTC</pubDate>
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         <title>El Estado Social del Derecho</title>
         <author>70217757</author>
         <link>https://padlet.com/72406514/ubf3x2gwa837klaz/wish/2275109709</link>
         <description><![CDATA[<div>Como resultado de la Rev. Francesa, se establece el Estado liberal, que busca el bienestar de los súbditos, con el cual el mercado y el individualismo contarían con un papel esencial. Una premisa importante vendría a ser que se buscaba que el beneficio privado redundaría en el bienestar general. Pero en 1929 se demostró, con las crisis económicas del capitalismo, que el modelo liberal solo traería desequilibro social, y en consecuencia surgió un nuevo modelo llamado Estado social de derecho. Como ya bien se señala este estado surgió después de las 2 guerras mundiales buscando llevar una orden social mas justa, que este modelo procura llevar servicios públicos y prestaciones sociales con el fin de cubrir ciertas necesidades a la población. </div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-29 17:56:55 UTC</pubDate>
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         <title>El deber de contribuir</title>
         <author>70217757</author>
         <link>https://padlet.com/72406514/ubf3x2gwa837klaz/wish/2275141855</link>
         <description><![CDATA[<div>A partir de la Rev. Francesa se reconocieron ciertos deberes a los ciudadanos por cumplir, en un principio estos deberes era solo enunciativos, pero a pasar e tiempo se vovieron algo exigible, dentro de estos esta el deber de contribuir, para asi, colaborar con el sostenimiento del gasto publico. La nocion del tributo si bien es conocido como una contribucion pero tambien como un principio de solaridad, para de esta manera apoyar a los sectores mas pobres de la poblacion.<br>Una de las principales funciones del Estado social constituye que los gastos públicos sean repartidos de forma equitativa para satisfacer con ellos las prestaciones sociales&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-29 18:24:35 UTC</pubDate>
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         <title>Conclusión</title>
         <author>70217757</author>
         <link>https://padlet.com/72406514/ubf3x2gwa837klaz/wish/2275196557</link>
         <description><![CDATA[<div>En la antiguedad los tributos fueron mal utilizados por los gobernandes para satisfacer las necesidades de una mismo olvidandose de su poblacion, pero al pasar los años y con la evolucion a travez de la historia esto cambio radicalmente a convertirse en una ayuda para la redistribucion de riquezas.<br>Esto no implica precisamente la entrega de lo recaudado a los que menos tienen a costa de esos con más riqueza, sino que los recursos sean invertidos en la ejecución de obras o prestaciones que generen oportunidades y condiciones de desarrollo económico y social para los habitantes menos favorecidos.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-29 19:14:55 UTC</pubDate>
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