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      <title>ADOPCIÓN DE PERSONAS MENORES DE EDAD EN PANAMÁ by Yeremin Vasquez</title>
      <link>https://padlet.com/yereminlawyer/u1gbflw68z0emt4z</link>
      <description>Antecedentes, principios, base legal, etapas, procedimientos y efectos.</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-04-12 21:56:09 UTC</pubDate>
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         <title>Antecedentes</title>
         <author>yereminlawyer</author>
         <link>https://padlet.com/yereminlawyer/u1gbflw68z0emt4z/wish/2141525501</link>
         <description><![CDATA[<div>Con la implementación de una nueva Ley General de adopción (Ley 46 de 17 de julio de 2013), que deroga la Ley 61 de 2008, producto de las intensas luchas, cuyo fin es poder contrarrestar posibles actos delictivos derivados de adopciones ilegales así como aumentando la celeridad en aras de proteger el interés superior del menor y/o los derechos derivados a los que tiene derecho pero por su condición judicial de abandono y/o falta de una familia legal que lo proteja restringe sus derechos constitucionalmente otorgados desde su nacimiento.<br><br></div><div>Con la promulgación de la Ley 46 de 17 de julio de dos mil trece (2013), surge una herramienta legal que agiliza de manera eficiente el tema de las adopciones en especial a aquellos niños, niñas y adolescente que están en casas hogares o centro de albergues donde estarán hasta su colocación en un hogar que en el último de los casos será su hogar de manera permanente.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-04-12 22:00:58 UTC</pubDate>
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         <title>Principios</title>
         <author>yereminlawyer</author>
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         <description><![CDATA[<div>En el Artículo 3 de la Gaceta Oficial, se enumeran 7 principios que son:<br><strong>&nbsp;</strong></div><div>1.&nbsp; &nbsp; Se aplicará en interés de la persona adoptada, el cual consiste en el respeto a los derechos y garantías establecidas en la Constitución de la República de Panamá. Los instrumentos internacionales de producción, protección y defensa de los derechos humanos vigentes en la república de Panamá y las leyes nacionales.</div><div>2.&nbsp; &nbsp; Interés superior de niño o niña y adolescente, el cual tiene por objeto asegurar la protección del derecho de estos a permanecer y a convivir en el seno de su familia biológica o, en caso de no ser esto posible, en otro medio familiar permanente.</div><div>3.&nbsp; &nbsp; Es la última medida de protección que se aplicará en el restablecimiento del derecho a la convivencia familiar del niño, niña o adolescente.</div><div>4.&nbsp; &nbsp; Se preferirá como adoptante a los miembros de la familia de origen del niño, niña y adolescente, con excepción de abuelos y hermanos, quienes no podrán adoptar a su nieto o hermano, respectivamente.</div><div>5.&nbsp; &nbsp; Primacía de la adopción nacional sobre la internacional, a los nacionales panameños sobre los extranjeros, que solo procederá cuando no sea posible la nacional</div><div>6.&nbsp; &nbsp; Se preferirá en las solicitudes de adopción internacional, a los nacionales panameños sobre los extranjeros, aun cuando solo uno de los cónyuges o convivientes sea panameño.</div><div>7.&nbsp; &nbsp; Los contenidos en el convenio relativo a la Protección del niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional y a la Convención sobre los Derechos del Niño.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-04-12 22:02:30 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>yereminlawyer</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2022-04-12 22:06:01 UTC</pubDate>
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         <title>Base Legal de las Adopciones en Panamá</title>
         <author>yereminlawyer</author>
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         <description><![CDATA[<div>De acuerdo a la normativa vigente en Panamá, el proceso de adopción se encuentra regido por el Código de Familia, bajo la Ley N° 3 de la Asamblea Legislativa, y sus reformas siguientes. La reforma más importante fue la de la Asamblea Legislativa por Ley N° 18 de 2001, la cual modifica, deroga y adiciona nuevos artículos al Código de Familia sobre adopción, dictando nuevas disposiciones. En agosto de 2008 se dicta la Ley General de Adopciones de la República de Panamá, mejorando todo el proceso.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-04-12 22:06:56 UTC</pubDate>
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         <title>Etapas</title>
         <author>yereminlawyer</author>
         <link>https://padlet.com/yereminlawyer/u1gbflw68z0emt4z/wish/2141531232</link>
         <description><![CDATA[<div>El artículo 44 menciona que:<br>Procedimiento para la adopción de personas menores de edad de acos endientes a reestablecer el derecho del niño, niña, adolescente a tener una familia.</div><div>Este procedimiento tendrá las siguientes etapas:</div><div>Preadoptiva de evaluación</div><div>Preadoptiva de asignación</div><div>Preadoptiva de acogimiento</div><div>Constitución de la adopción</div><div>Posadoptiva de seguimiento</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-04-12 22:08:48 UTC</pubDate>
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         <title>Procedimientos</title>
         <author>yereminlawyer</author>
         <link>https://padlet.com/yereminlawyer/u1gbflw68z0emt4z/wish/2141532651</link>
         <description><![CDATA[<div>El proceso de adopción en Panamá es verdaderamente complejo y burocrático, sin embargo, gracias a cada etapa del procedimiento se logran respetar los derechos de los niños y permitir que logren adaptarse a las nuevas familias, quienes se verán sometidas a un minucioso análisis por parte de las autoridades para buscar el cumplimiento de todas sus obligaciones frente a las nuevas responsabilidades asumidas.</div><div>&nbsp;</div><div>Para iniciar el proceso de <strong>adopción en Panamá</strong> se debe cumplir con determinados requisitos, como ser:</div><div>1.&nbsp; &nbsp; Se debe tener 18 años más que el niño a ser adoptado.</div><div>2.&nbsp; &nbsp; Ser mayor de 25 años de edad. No existe un límite de edad por parte de los solicitantes.</div><div>3.&nbsp; &nbsp; La familia adoptante debe estar declarada como idónea por una entidad pública.</div><div>4.&nbsp; &nbsp; Deben ser parejas constituidas como matrimonio civil o católico por más de 2 años.</div><div>5.&nbsp; &nbsp; Las parejas de hecho deben tener una convivencia demostrable de por lo menos 5 años.</div><div>6.&nbsp; &nbsp; También se aceptan familias monoparentales, tanto hombres como mujeres.</div><div>7.&nbsp; &nbsp; Los adoptantes deben cumplir con un estudio de hogar favorable.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-04-12 22:10:36 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>yereminlawyer</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2022-04-12 22:12:13 UTC</pubDate>
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         <title>Efectos</title>
         <author>yereminlawyer</author>
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         <description><![CDATA[<div>En el Capítulo III de la Gaceta Oficial, dicta que los efectos de la adopción son:<br><br></div><div>Artículo 29, vinculo de adopción donde se crea parentesco entre el adoptante y el adoptado.<br><br></div><div>Artículo 30 Se desvincula el adoptado de la familia biológica o de origen.<br><br></div><div>Artículo 31 El adoptado obtendrá nombre y apellidos del adoptante.<br><br></div><div>Artículo 33 Adopción conferida en el extranjero se regirá por la ley del domicilio del adoptado al tiempo de adopción.<br><br></div><div>Artículo 34 el adoptado de nacionalidad panameña siendo ciudadano de otro estado gozara de los derechos inherentes a su nacionalidad.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-04-12 22:14:17 UTC</pubDate>
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         <title>Aporte Personal</title>
         <author>yereminlawyer</author>
         <link>https://padlet.com/yereminlawyer/u1gbflw68z0emt4z/wish/2141546529</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Legalmente, en Panamá se cuenta con una regularización muy estricta que busca proteger al menor de cualquier posible sufrimiento que pueda afectar su desarrollo como niño, niña y/o adolescente. Para algunos el trámite es lento, burocrático y, en el peor de los casos, los menores no son entregados a estas personas o estas últimas dejan el proceso por su lentitud o porqué el menor que desean no cumple con sus requerimientos.&nbsp;<br>Debemos tener en cuenta que para algunas personas el tema de la adopción en Panamá se ha trasformado es un problema social el cual ha sido considerado como una crisis que violenta de manera gravosa el interés superior de los menores de edad en Panamá; a raíz de esta circunstancia el Estado en consenso con las autoridades de familia comenzaron a crear propuestas, cuya finalidad es la celeridad dentro de los procesos de adopción desde las esferas Judiciales y las Administrativas. Con la nueva Ley General de adopción de Panamá cumple o no con el principio de celeridad e interés superior del niño, niña y/o adolescente dentro del proceso de adopción de estos menores de edad.&nbsp;<br><br>&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-04-12 22:29:55 UTC</pubDate>
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