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      <title>Actividad de Aprendizaje 3.1 Derecho Administrativo by Alessandra</title>
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      <description>En esta actividad daremos a conocer los conceptos y diferencias de centralización, descentralización y desconcentración administrativa. c:</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2025-02-25 04:37:28 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2025-02-25 05:54:51 UTC</lastBuildDate>
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         <title>Centralización.</title>
         <author>alessitaxluv</author>
         <link>https://padlet.com/alessitaxluv/u10npk1d3vzsaanx/wish/3341392996</link>
         <description><![CDATA[<p>Son los órganos que están vinculados con el resto de los órganos de manera jerárquica. Al estar centralizados, a estas entidades se les dota de facultades de dirección y decisión, que se ordenan y acomodan articulándose bajo un orden jurídico, con el objeto de unificar las mencionadas facultades con la de acción y ejecución.</p><p><br></p><p>Al pertenecer a esta, dichos órganos no cuentan con personalidad jurídica propia ni patrimonio propio, pero estos representan al titular del Poder Ejecutivo y aplican los recursos de este, recursos que les fueron asignados por presupuesto. Son órganos que dependen económicamente del Ejecutivo. Se consideran así las secretarías de Estado, las cuales realizan actividades subordinadas al Ejecutivo. Ejemplo: Secretaría de Gobernación, Secretaría de Educación Pública, etcétera.</p><p><br></p><p>En México estos órganos son: La oficina de la Presidencia de la República, las Secretarias de Estado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados que integran la Administración Pública Centralizada.&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-25 05:16:21 UTC</pubDate>
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         <title>Descentralización.</title>
         <author>alessitaxluv</author>
         <link>https://padlet.com/alessitaxluv/u10npk1d3vzsaanx/wish/3341393205</link>
         <description><![CDATA[<p>Un organismo descentralizado que tiene ciertas competencias y facultades que son autónomas, aunque la función es bajo la misma órbita Estatal.&nbsp; Aunque la Administración Central es quien elige a los directivos de estos entes, estos toman decisiones propias y plantean su organigrama, sin necesidad de consultarlo con otros organismos. Estos realizan actividades estratégicas o prioritarias del Estado, la prestación de servicios de servicio público o social y la aplicación de recursos para fines de recursos para fines de asistencia o seguridad social.&nbsp;</p><p><br></p><p>Estos son creados a través de una ley o decreto del Poder Legislativo o bien por decreto del Ejecutivo. Pero a diferencia del Centralizado, el Descentralizado si tienen una personalidad jurídica y patrimonio propios, así mismo, como no dependen del Ejecutivo, pero si forman parte de él, estos pueden tomar decisiones.&nbsp;</p><p><br></p><p>En México estos órganos son: Centro de Enseñanza Técnica Industrial, Instituto Mexicano de la Radio, Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, Instituto Nacional de Pediatría, entre muchos otros más. &nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-25 05:16:38 UTC</pubDate>
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         <title>Desconcentrados.</title>
         <author>alessitaxluv</author>
         <link>https://padlet.com/alessitaxluv/u10npk1d3vzsaanx/wish/3341393361</link>
         <description><![CDATA[<p>Son órganos autónomos en cuanto a sus funciones, pero al igual que la Centralización estos no tienen personalidad jurídica ni patrimonio propios. Sin embargo, son independientes en sus funciones y autonomía técnica. Su patrimonio es el mismo de la Federación, y siempre dependen de una secretaría de Estado. Asimismo, existe la transferencia permanente de facultades de decisión y mando de órganos, al mismo tiempo que los entes guardan relación jerárquica con algún otro órgano centralizado, pero con cierta libertad en las cosas que respectan a su actuación técnica.&nbsp;</p><p><br></p><p>Son creados por una ley o un decreto y digamos que administrativa y legalmente están un escalón debajo de los descentralizados y por ello estos no tienen independencia presupuestaria, pero en cuanto a sus decisiones técnicas son especializadas e inmediatas. Y la doctrina administrativa definió a los órganos desconcentrados como aquellas entidades subordinadas en jerarquía de las Secretarías de Estado, que sirven para resolver un servicio público determinado (en razón a la materia, servicio, región).&nbsp;</p><p><br></p><p>En México estos órganos son: Centro de Investigación y Seguridad nacional, el Archivo General de la Nación, el Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, entre otros. &nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-25 05:16:52 UTC</pubDate>
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