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      <title>Mural digital - interactivo “Sistema Nacional de Contribuciones” by dennis ricardo</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2024-11-01 05:28:09 UTC</pubDate>
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         <title>Contexto Legal del Pacto Federal</title>
         <author>dennisrruizr</author>
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         <description><![CDATA[<p>El Pacto Federal Mexicano, también conocido como el Pacto de la Federación, es el acuerdo que establece la organización política y territorial de México como una república federal. Este pacto se formalizó en 1824 con la promulgación de la primera Constitución Federal, que dividió el país en estados soberanos con autonomía en asuntos internos, pero bajo una autoridad central en cuestiones nacionales.</p><p><br></p><p>El objetivo principal del pacto era garantizar la unión de los estados y la coexistencia de un gobierno federal y los gobiernos estatales, permitiendo la diversidad cultural y regional dentro de un marco común. Este modelo ha evolucionado a lo largo de la historia de México, reflejando cambios políticos y sociales, pero la idea central de un pacto federal que equilibre el poder entre el gobierno central y los estados sigue siendo fundamental en la estructura política del país.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-01 05:33:58 UTC</pubDate>
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         <title>Sistema Nacional de Contribuyentes Primera Convención 1925</title>
         <author>dennisrruizr</author>
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         <description><![CDATA[<p>El Sistema Nacional de Coordinación Fiscal en México es una herramienta clave del federalismo. Básicamente, es un acuerdo donde los estados, de forma voluntaria, ceden parte de su poder a la federación para unirse como nación. La idea es que todos los niveles de gobierno trabajen juntos para promover el desarrollo del país en lo político, económico y social.</p><p>En este contexto, la coordinación fiscal se refiere a las acciones relacionadas con los impuestos entre la federación, los estados y los municipios. Su objetivo es asegurar que el sistema tributario sea justo para todos, hacer más sencillo el proceso de impuestos y fortalecer las finanzas de los estados y municipios. Todo esto busca contribuir al crecimiento económico del país.</p><p><br></p><p>La Convención Nacional Fiscal buscaba establecer un organismo del Estado para organizar el régimen fiscal de México. Tenía la tarea de definir las competencias tributarias entre la Federación, los Estados y los Municipios, así como uniformar los sistemas de impuestos locales. Las propuestas de esta convención se enviaban a su Comisión Permanente, que creaba un proyecto de ley para presentar al Congreso.</p><p><br></p><p>En 1925, durante la Primera Convención Nacional Fiscal, funcionarios de Hacienda de los diferentes niveles de gobierno se reunieron para abordar problemas fiscales. Se propuso separar las fuentes de impuestos, siguiendo recomendaciones de expertos estadounidenses e ingleses, y eliminar prácticas de impuestos locales poco claras. Como resultado, en 1926, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) elaboró un proyecto de reformas constitucionales para establecer una separación provisional de las fuentes impositivas entre la Federación y los Estados.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-01 05:55:15 UTC</pubDate>
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         <title>Segunda Convención Fiscal 1933</title>
         <author>dennisrruizr</author>
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         <description><![CDATA[<p>Durante la Segunda Convención Nacional Fiscal, se revisaron los temas discutidos en la primera convención, centrándose en la "concurrencia impositiva" y las "guerras económicas" entre los diferentes niveles de gobierno para atraer recursos. Aunque se reconoció que sería ideal delimitar las competencias tributarias, se concluyó que no era factible.</p><p><br></p><p>Como resultado, se propuso un anteproyecto de reformas que asignaba impuestos específicos: se sugirió que los estados y municipios pudieran recaudar el impuesto predial, mientras que ciertos tributos, como el impuesto sobre la renta, deberían ser exclusivos de la Federación.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-01 06:04:47 UTC</pubDate>
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         <title>Tercera Convención Nacional Fiscal 1947</title>
         <author>dennisrruizr</author>
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         <description><![CDATA[<p>En la Tercera Convención Nacional Fiscal, se lograron importantes acuerdos para mejorar la coordinación fiscal entre la Federación, los Estados y los Municipios. Se acordó:</p><p><br></p><p>1. <strong>Sistema fiscal coordinado</strong>: Desarrollar un sistema que aprovechara mejor las fuentes de impuestos.</p><p><br></p><p>2. <strong>Plan Nacional de Arbitrios</strong>: Crear un plan que se formulase en conjunto con la Federación y los Estados, teniendo en cuenta las necesidades de los municipios.</p><p><br></p><p>3. <strong>Comisión Nacional de Arbitrios</strong>: Establecer una comisión con representantes de los tres niveles de gobierno para coordinar acciones fiscales y facilitar el pago de participaciones.</p><p><br></p><p>4. <strong>Revisiones periódicas</strong>: El Plan Nacional de Arbitrios se revisaría cada tres años o cuando fuera necesario.</p><p>También se lograron varias leyes importantes, como la Ley Federal del Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles (ISIM) de 1948, que establecía tasas impositivas coordinadas y buscaba simplificar el sistema fiscal, evitando confusiones para comerciantes e industriales. </p><p><br></p><p>La ley permitía a los estados recaudar este impuesto bajo un convenio con la Federación.</p><p><br></p><p>En 1973, se reformó esta ley para aumentar la tasa nacional del ISIM al 4%, permitiendo que los estados coordinados recibieran una parte de lo recaudado. Esta reforma llevó a que, para 1974, todos los estados estuvieran coordinados en la recaudación de impuestos.</p><p><br></p><p>Finalmente, la Ley de Coordinación Fiscal de 1953 estableció la suspensión de procedimientos fiscales confusos y creó la Comisión Nacional de Arbitrios para proponer medidas que mejoraran la coordinación entre los diferentes niveles de gobierno y gestionaran participaciones en impuestos federales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-01 06:14:56 UTC</pubDate>
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         <title>Reformas</title>
         <author>dennisrruizr</author>
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         <description><![CDATA[<p>Entre 1934 y 1942, se hicieron dos reformas constitucionales importantes en México relacionadas con la recaudación de impuestos.</p><p><br></p><p>1. <strong>Reforma de 1934</strong>: Esta modificación al Artículo 73 le dio al Congreso la facultad de legislar sobre energía eléctrica. Esto significó que los impuestos sobre la electricidad serían exclusivos del gobierno federal, aunque los estados y municipios también recibirían parte de esos ingresos. También se hicieron cambios en 1935 y 1940 para incluir la industria cinematográfica entre los sectores que el gobierno federal podía regular.</p><p><br></p><p>2. <strong>Reformas de 1942</strong>: Se amplió el Artículo 73 para que el Congreso pudiera legislar sobre el tabaco, permitiendo la creación de impuestos sobre su producción y venta. Además, se añadió una nueva fracción que aseguraba que los estados participarían en los ingresos de impuestos especiales sobre varios productos, como energía eléctrica, tabaco, gasolina, cerillos, y cerveza. Las leyes secundarias determinarían cómo se repartirían esos ingresos entre los estados y los municipios.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-01 06:17:03 UTC</pubDate>
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         <title>Componentes Esenciales</title>
         <author>dennisrruizr</author>
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         <description><![CDATA[<ul><li><p><strong>Impuestos</strong> : Cargas económicas que los ciudadanos y empresas deben pagar de manera obligatoria al Estado. Ejemplos son el Impuesto sobre la Renta (ISR), el Impuesto al Valor Agregado (IVA), entre otros.</p></li><li><p><strong>Derechos</strong> : Los pagos que los contribuyentes deben realizar por el uso de bienes o servicios proporcionados por el Estado, como los derechos por el uso de agua o por trámites administrativos.</p></li><li><p><strong>Contribuciones de mejoras</strong> : Pagos que se aplican a los beneficiarios directores de obras públicas que incrementan el valor de sus propiedades, como infraestructura vial o alumbrado.</p></li><li><p><strong>Aprovechamientos</strong> : Ingresos que el Estado obtiene de sus bienes y recursos no derivados de los anteriores, como multas o venta de bienes públicos.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-01 06:41:27 UTC</pubDate>
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         <title>Participaciones Federales.</title>
         <author>dennisrruizr</author>
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         <description><![CDATA[<p>Las <strong>participaciones</strong> son transferencias que hace la Federación a los estados y municipios para ayudar a compensar las diferencias en la recaudación de impuestos. No están destinadas a un uso específico, lo que permite que los gobiernos locales las utilicen según lo que necesiten.</p><p><br></p><p>El <strong>Fondo General de Participaciones</strong> es el principal mecanismo para distribuir estas transferencias, y se basa en la recaudación total de impuestos federales, así como en factores como la recaudación estatal y la población.</p><p>Aportaciones Federales.</p><p><br></p><p>Las <strong>aportaciones</strong> son transferencias que tienen un destino específico y están etiquetadas para financiar servicios y proyectos en áreas como educación, salud y seguridad.</p><p><br></p><p>El <strong>Ramo 33</strong> incluye varios fondos de aportaciones, como el Fondo de Aportaciones para la Educación Básica (FAEB) y el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA), que están diseñados para cubrir necesidades concretas en estas áreas.</p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-01 06:50:14 UTC</pubDate>
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         <title>MATERIA, OBJETO DE LOS CONVENIOS Y ACUERDOS DE ADHESIÓN.</title>
         <author>dennisrruizr</author>
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         <description><![CDATA[<p>La actual <strong>Ley de Coordinación Fiscal</strong> se publicó el 27 de diciembre de 1978 y entró en vigor el 1 de enero de 1980, salvo algunas disposiciones que comenzaron un año antes. Su objetivo principal es coordinar el sistema fiscal de la Federación con el de los Estados, Municipios y el Distrito Federal.</p><p><br></p><p>Los objetivos de la ley son:</p><p><br></p><p>a) Coordinar el sistema fiscal de todos los niveles de gobierno.</p><p><br></p><p>b) Establecer la participación de los Estados, Municipios y el Distrito Federal en los ingresos federales.</p><p><br></p><p>c) Distribuir las participaciones en ingresos federales entre ellos.</p><p><br></p><p>d) Fijar reglas para la colaboración administrativa entre las autoridades fiscales.</p><p>Convenio de Adhesión.</p><p><br></p><p>El artículo 10 de la ley establece cómo las entidades federativas se pueden unir al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Esto se hace mediante un convenio con la Secretaría de Hacienda, que debe ser aprobado por sus legislaturas. Al firmar estos convenios, las entidades tienen derecho a participar en todos los impuestos federales y otros ingresos que la ley menciona.</p><p><br></p><p>Cada estado ha firmado estos convenios, lo que significa que están completamente integrados al sistema. El Distrito Federal también está incluido en este sistema y se considera una entidad federativa para todos los efectos legales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-01 06:57:26 UTC</pubDate>
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