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      <title>LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA by Itamar Moreno Pérez</title>
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      <description>Ejes fundamentales de la Constitución Española</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2020-04-09 18:51:24 UTC</pubDate>
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         <title>Artículo 55</title>
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         <description><![CDATA[<div>1. Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución. Se exceptúa de lo establecido anteriormente el apartado 3 del artículo 17 para el supuesto de declaración de estado de excepción<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-04-17 10:08:55 UTC</pubDate>
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         <title>Artículo 1</title>
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         <description><![CDATA[<div>1. España se constituye en un Estado social y democrático de derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico, la libertad, la igualdad y el pluralismo político<br>2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.<br>3. La forma política del Estado español es la Monarquía Parlamentaria.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-04-17 10:15:00 UTC</pubDate>
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         <title>Título I. De los derechos y deberes fundamentales</title>
         <author>enriquenano7</author>
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         <description><![CDATA[<div><br></div><div><strong>Artículo 10</strong> Hace referencia a lo fundamental y más básico que todas las peronas debemos tener,los derechos humanos y la dignidad.<strong><br></strong>La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.<strong><br></strong><br></div><div><strong>Capítulo primero. De los españoles y los extranjeros  <br><br>Artículo 11 Se refriere a la nacionalidad española<br><br>1.</strong>La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.<strong><br><br><br>Artículo 12 Explica la edad en la que empiezan a ser mayores de edad los españoles<br></strong><br></div><div><strong><br></strong>Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.<strong><br></strong><br></div><div><strong><br></strong><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-04-17 10:15:38 UTC</pubDate>
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         <title>Articulo 13</title>
         <author>alejanrudeba</author>
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         <description><![CDATA[<div>Los extranjeros gozarán de todos tipo de libertades menos el artículo 23.<br><br>1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades<br>públicas que garantiza el presente Título en los términos<br>que establezcan los tratados y la ley.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-04-17 10:16:13 UTC</pubDate>
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         <title>Artículo 97</title>
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         <description><![CDATA[<div>Para organizar el funcionamiento de nuestro país, el Estado ejerce tres importantes poderes:El poder legislativo, que consiste en la capacidad de hacer leyes.El poder ejecutivo, que consiste en la capacidad de gobernar, es decir, poner las leyes en práctica.El poder judicial, que consiste en la capacidad de juzgar si las leyes se cumplen o no y aplicar sanciones cuando sea necesario.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-04-17 10:22:28 UTC</pubDate>
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         <title>Artículo 15</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/imoreno16/thpydde6mfp85yue/wish/512546604</link>
         <description><![CDATA[<div><br></div><div>Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.</div><div><a href="https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=16&amp;tipo=2">Ver sinopsis</a></div><div><strong><br>Artículo 16<br></strong><br></div><ol><li>Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.</li><li>Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.</li><li>Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.</li></ol><div><a href="https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=17&amp;tipo=2">Ver sinopsis</a></div><div><strong><br>Artículo 17<br></strong><br></div><ol><li>Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley.</li><li>La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.</li><li>Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca.</li><li>La ley regulará un procedimiento de «<em>habeas corpus</em>» para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.</li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2020-04-17 10:27:22 UTC</pubDate>
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