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      <title>Mi estantería épico by Paola Sachelaridi</title>
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      <description>Hecho con una pizca de ingenio</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2018-09-06 13:50:43 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>psachelaridi66</author>
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         <description><![CDATA[<div>1) La ciudadanía digital supone la comprensión de asuntos humanos, culturales y sociales relacionados con el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), así como la aplicación de conductas pertinentes a esa comprensión y a los principios que la orientan: ética, legalidad, seguridad y responsabilidad en el uso del Internet, las redes sociales y las tecnologías disponibles. La conformación de una ciudadanía digital es una prioridad en la agenda no sólo de México, sino de todos los países que han incorporado el uso de las TIC a la educación, como parte de la formación básica de los estudiantes. De ahí que la escuela adquiera un nuevo valor, pues se le considera un espacio fundamental para fomentar entre la comunidad educativa una cultura de uso de tecnologías sustentada en valores como la ética, la legalidad y la justicia. La estrategia educativa HDT contribuye directamente a la construcción de esta ciudadanía a través del sitio en Internet Clic Seguro, pues contempla no sólo que los estudiantes de estos niveles educativos tengan acceso y sepan manejar las tecnologías necesarias para vivir y trabajar en el siglo XXI, sino que también aprendan a usarlas con una verdadera actitud ciudadana basada en el respeto, la convivencia armónica, la responsabilidad y la seguridad.<br><br>Es un sitio en Internet donde se ofrecen prácticos consejos para usar las TIC de forma segura, a la vez que brinda orientaciones para que las personas que las utilizan, con énfasis especial en los niños y jóvenes, aprendan a protegerse de las distintas situaciones de riesgos que hoy día están presentes en los distintos espacios de su vida cotidiana: cuando están en la red, juegan videojuegos, usan sus celulares o las redes sociales.<br><br>Conceptos y características de ciudadanía digital<br>E-Learning es aprendizaje con medios electrónicos. Utiliza herramientas y medios diversos como Internet, intranets, CD-ROM, producciones multimedia Textos, imágenes, audio, video, etc.B-Learning: consiste en un proceso docente semipresencial; esto significa que un curso dictado en este formato incluirá tanto clases presenciales como actividades de e-learning. M-Learning El m-learning se centra en los medios y dispositivos móviles como soporte de esta formación, por tanto se podría definir al m-learning como una especialización del e-learning.E-Commerce el comercio electrónico, también conocido como e-commerce (electronic commerce en inglés), consiste en la compra y venta de productos o de servicios a través de medios electrónicos, tales como Internet y otras redes informáticas. E-Business: Se define al E–Business como cualquier actividad empresarial que se efectúa a través de Internet, no sólo de compra y venta, sino también dando servicio a los clientes y/o colaborando con socios comerciales.E-Government: e-gobierno o gobierno electrónico consiste en el uso de las tecnologías de la información y el conocimiento en los procesos internos de gobierno y en la entrega de los productos y servicios del Estado tanto a los ciudadanos como a la industria Se entiende por seguridad de la información a todas aquellas medidas preventivas y reactivas del hombre, de las organizaciones y de los sistema tecnológicos que permitan resguardar y proteger la información buscando mantener la confidencialidad, la disponibilidad e Integridad de la misma.El concepto de seguridad de la información no debe ser confundido con el de seguridad informática, ya que este último sólo se encarga de la seguridad en el medio informático.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-09-06 14:00:52 UTC</pubDate>
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         <author>psachelaridi66</author>
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         <description><![CDATA[<div>La expresión "Netiqueta" (apócope de "net" -red- y "etiqueta") hace referencia a una serie de normas en Internet que tienen como objetivo proporcionar un entorno agradable para todos. Netiqueta es, aproximadamente, "comportamiento correcto en Internet". En su acepción más sencilla, puede ser definida como formas simples de usar Internet.<br><br>Las netiquetas no tienen un carácter restrictivo, no son "normas de obligado cumplimiento", sino que más bien se trata de consejos avalados por la experiencia.<br><br>Es importante tener presentes una serie de reglas básicas que nos permitan que la comunicación sea más agradable y fácil:<br><br>Trata a los demás como te gustaría que te trataran.<br>Evita utilizar palabras o actitudes que puedan resultar molestas u ofensivas.<br>Utiliza un lenguaje cercano con el alumnado. En estas enseñanzas, distancia es lo que sobra para la comunicación efectiva, y nuestros esfuerzos deben centrarse en reducirla, no en mantener las distancias como a veces es necesario en presencial.<br>Utiliza emoticonos de forma puntual en los mensajes.<br>Cuando escribas un mensaje, antes de enviarlo léelo con tranquilidad, reflexiona sobre su objetivo y si es el sitio correcto (foro, correo o mensajería instantánea).<br>No escribas en mayúsculas. En Internet las mayúsculas se considera “gritar”.<br>Utiliza un lenguaje claro, lo más natural posible. Evita utilizar muchos tecnicismos, abreviaturas, etc. si no son estrictamente necesarios.<br>Ten paciencia y tranquilidad con el alumnado a la hora de resolver sus dudas.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-09-06 14:02:33 UTC</pubDate>
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         <author>psachelaridi66</author>
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         <description><![CDATA[<div>https://searchdatacenter.techtarget.com/es/definicion/Privacidad-de-datos-privacidad-de-informacion</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-09-06 14:04:28 UTC</pubDate>
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         <author>psachelaridi66</author>
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         <description><![CDATA[<div>Abrir menú principal<br>Wikipedia	Buscar<br>EditarVigilar esta página<br>Leer en otro idioma<br>Delito informático<br>Problemas de la página<br>Acción, típica, antijurídica y culpable, que se da por vías informáticas<br>Un "delito informático" o "ciberdelito" es toda aquella acción antijurídica y culpable a través de vías informáticas o que tiene como objetivo destruir y dañar por medios electrónicos y redes de Internet. Existen conductas criminales por vías informáticas que no pueden considerarse como delito, según la: "Teoría del delito", por lo cual se definen como abusos informáticos [1]​ y parte de la criminalidad informática. La criminalidad informática consiste en la realización de un tipo de actividades que, reuniendo los requisitos que delimitan el concepto de delito, sean llevados a cabo utilizando un elemento informático.[2]​<br><br>Los delitos informáticos son aquellas actividades ilícitas que:<br><br>Se cometen mediante el uso de computadoras, sistemas informáticos u otros dispositivos de comunicación (la informática es el medio o instrumento para realizar un delito).<br>Tienen por objeto causar daños, provocar pérdidas o impedir el uso de sistemas informáticos (delitos informáticos).<br>Los también conocidos Ciberdelitos, como lo señala Téllez, son actitudes contrarias a los intereses de las personas en que se tiene a las computadoras como instrumento o fin (concepto atípico) o las conductas atípicas, anti jurídicas y culpables en que se tiene a las computadoras como instrumento o fin (concepto típico).[3]​<br><br>En la actualidad, como ha estudiado recientemente el profesor Dr. Moisés Barrio Andrés,[4]​ debe hablarse de ciberdelitos, pues este concepto sustantiva las consecuencias que se derivan de la peculiaridad que constituye Internet como medio de comisión del hecho delictivo, y que ofrece contornos singulares y problemas propios, como por ejemplo la dificultad de determinar el lugar de comisión de tales ilícitos, indispensable para la determinación de la jurisdicción y competencia penal para su enjuiciamiento y aplicación de la correspondiente ley penal, los problemas para la localización y obtención de las pruebas de tales hechos delictivos, la insuficiente regulación legal de los ilícitos que pueden realizarse a través de la Red o de las diligencias procesales de investigación aplicables para el descubrimiento de los mismos –normativa igualmente desbordada por el imparable avance de las innovaciones tecnológicas–, o, en fin, la significativa afectación que la investigación policial en Internet tiene sobre los derechos fundamentales de los ciudadanos.[5]​<br><br>Por todo ello, la última orientación jurídica es priorizar el enfoque en la seguridad en las redes y los sistemas de información. A tal fin obedece la recientemente promulgada Directiva (UE) 2016/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión,[6]​ también conocida como Directiva NIS. Esta Directiva impone, por ello, a las entidades gestoras de servicios esenciales, así como a los prestadores de ciertos servicios digitales considerados clave en el funcionamiento de Internet, la obligación de establecer sistemas de gestión de la seguridad de la información en sus organizaciones y de notificar a las autoridades los incidentes que tengan especial gravedad. Además, obliga a los Estados miembros a supervisar el cumplimiento de estas obligaciones y a velar por que existan equipos de respuesta a incidentes de seguridad con capacidad para proteger a las empresas de la propagación de estos incidentes. Así mismo, impulsa la cooperación entre autoridades nacionales y el intercambio de información como medio para elevar el nivel de seguridad en la Unión Europea frente a amenazas de carácter transfronterizo.<br><br>Mucha información es almacenada en un reducido espacio, con una posibilidad de recuperación inmediata, pero por complejas que sean las medidas de seguridad que se puedan implantar, aún no existe un método infalible de protección.[7]​<br><br>La criminalidad informática tiene un alcance mayor y puede incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, chantaje, falsificación y la malversación de caudales públicos en los cuales ordenadores y redes han sido utilizados como medio. Con el desarrollo de la programación y de Internet, los delitos informáticos se han vuelto más frecuentes y sofisticados.<br><br>La Organización de Naciones Unidas reconoce los siguientes tipos de delitos informáticos:<br><br>Fraudes cometidos mediante manipulación de computadoras; en este se reúne: la manipulación de datos de entrada (sustraer datos), manipulación de programas (modificar programas del sistema o insertar nuevos programas o rutinas), manipulación de los datos de salida (fijación de un objeto al funcionamiento de sistemas de información, el caso de los cajeros automáticos) y fraude efectuado por manipulación informática (se sacan pequeñas cantidades de dinero de unas cuentas a otras).[8]​<br>Manipulación de datos de entrada; como objetivo cuando se altera directamente los datos de una información computarizada. Como instrumento cuando se usan las computadoras como medio de falsificación de documentos.[8]​<br>Daños o modificaciones de programas o datos computarizados; entran tres formas de delitos: sabotaje informático (eliminar o modificar sin autorización funciones o datos de una computadora con el objeto de obstaculizar el funcionamiento) y acceso no autorizado a servicios y sistemas informáticos (ya sea por curiosidad, espionaje o por sabotaje).[8]​<br>Existen leyes que tienen por objeto la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos en las variedades existentes contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías.<br><br>Una misma acción dirigida contra un sistema informático puede aparejar la violación de varias leyes penales, algunos autores expresan que el "uso de la informática no supone más que un modus operandi nuevo que no plantea particularidad alguna respecto de las formas tradicionales de comisión". Una clara dificultad para la persecución de estos ilícitos, ha sido que el ciudadano no considera delincuente al autor de estos delitos, entre los propios victimarios algunas veces existe una reivindicación que subyace a toda su actividad, como es el caso de los hackers, quienes cuentan con todo una "filosofía" preparada para respaldar su actividad afirmando que propenden a un mundo más libre, que disponga de acceso a todas las obras de la inteligencia, y basándose en ese argumento divulgan las claves que tienen en su actividad.[9]​<br><br>Generalidades	Editar<br>La criminalidad informática incluye una amplia variedad de delitos informáticos. El fenómeno se puede analizar en dos grupos:<br><br>Informática como objeto del delito: Esta categoría incluye por ejemplo el sabotaje informático, la piratería informática, el hackeo, el crackeo y el DDNS (Denegación de servicio de nombres de dominio).<br>Informática como medio del delito: Dentro de este grupo se encuentra la falsificación de documento electrónico, cajeros automáticos y tarjetas de crédito, robo de identidad, phreaking, fraudes electrónicos y pornografía infantil.<br>Crímenes específicos	Editar<br>Sabotaje informático	Editar<br>Implica que el "delincuente" recupere o busque destruir el centro de cómputos en sí (las máquinas) o los programas o informaciones almacenados en los ordenadores. Se presenta como uno de los comportamientos más frecuentes y de mayor gravedad en el ámbito político.<br><br>Piratería informática	Editar<br>La piratería informática consiste en la violación ilegal del derecho de autor. Según la definición que en su artículo 51 brinda el ADPIC (Acuerdo sobre los aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual) son aquellas "mercaderías que lesionan el derecho de autor". La piratería es una de las modalidades de reproducción técnica (la otra es la -reproducción burda del original cuya apariencia dista mucho de la auténtica), que implica la elaboración de una copia semejante al original, con la intención de hacerla pasar por tal.<br><br>Existen dos modalidades que se incluyen como piratería informática a saber:<br><br>El hurto de tiempo de máquina: consiste en el empleo del computador sin autorización, y se pretende aludir a situaciones en que un tercero utiliza indebidamente recursos de la empresa en que trabaja o un sujeto autorizados se vale de tales prestaciones informáticas en un horario no permitido, utilizándolas para su provecho sin contar con permiso para ese uso fuera de hora.<br>La apropiación o hurto de software y datos: en este caso el sujeto accede a un computador ajeno o a la sesión de otro usuario, retirando archivos informáticos, mediante la ejecución de los comandos copiar o cortar, para luego guardar ese contenido en un soporte propio.<br>Cajeros automáticos y tarjetas de crédito	Editar<br>Conductas mediante las cuales se logra retirar dinero del cajero automático, utilizando una tarjeta magnética robada, o los números de la clave para el acceso a la cuenta con fondos.<br><br>El caso Chalmskinn	Editar<br>Se procede cuando se accede a ordenadores industriales centrales de la red para el uso específico de malgastar fondos para interrumpir los accesos a telefonía móvil, más conocido como el caso Chalmskinn.<br><br>Robo de identidad	Editar<br>Luego de obtener los datos personales de un individuo, se procede a realizar todo tipo de operaciones para provecho del victimario, fingiendo ser la persona a la que se extrajo su información sensible. Encuadra como delito de estafa. Si el actuar del sujeto activo comporta dar a conocer datos personales ajenos contenidos en base de datos a las que por su empleo tiene acceso, entonces por expreso mandato legal la figura aplicable es la de revelación de secreto profesional.<br><br>Phreaking	Editar<br>Es la metodología más antigua dentro de los denominados ciberdelitos, consiste en ingresar en las redes de telecomunicaciones para realizar llamadas telefónicas a larga distancia utilizando la cuenta ajena. Resulta ser una modalidad primitiva de hacking.<br><br>Sujetos agente y paciente	Editar<br>Muchas de las personas que cometen los delitos informáticos poseen ciertas características específicas tales como la habilidad para el manejo de los sistemas informáticos o la realización de tareas laborales que le facilitan el acceso a información de carácter sensible.<br><br>En algunos casos la motivación del delito informático no es económica sino que se relaciona con el deseo de ejercitar, y a veces hacer conocer a otras personas, los conocimientos o habilidades del delincuente en ese campo.<br><br>Muchos de los "delitos informáticos" encuadran dentro del concepto de "delitos de cuello blanco", término introducido por primera vez por el criminólogo estadounidense Edwin Sutherland en 1943. Esta categoría requiere que: (1) el sujeto activo del delito sea una persona de cierto estatus socio-económico; (2) su comisión no pueda explicarse por falta de medios económicos, carencia de recreación, poca educación, poca inteligencia, ni por inestabilidad emocional. Son individuos con una gran especialización en informática, que conocen muy bien las particularidades de la programación de sistemas computarizados, de forma tal que logran un manejo muy solvente de las herramientas necesarias para violar la seguridad de un sistema automatizado.[10]​<br><br>El sujeto pasivo en el caso de los delitos informáticos puede ser individuos, instituciones crediticias, órganos estatales, etc. que utilicen sistemas automatizados de información, generalmente conectados a otros equipos o sistemas externos. Víctima puede ser cualquier persona física o jurídica que haya establecido una conexión a Internet (ya que es la principal ventana de entrada para estas conductas), una conexión entre computadoras, o que en definitiva cuenta con un sistema informático para el tratamiento de sus datos.[10]​<br><br>Para la labor de prevención de estos delitos es importante el aporte de los damnificados que puede ayudar en la determinación del modus operandi, esto es de las maniobras usadas por los delincuentes informáticos.<br><br>Cómo influyen los delitos informáticos	Editar<br>Los delitos informáticos están presentes en la actualidad en cualquier parte del mundo en la que se tenga acceso a un medio virtual y electrónico, esto conlleva a que la información que publicamos en redes sociales, perfiles, correos entre otros puede llegar a ser vulnerada. Este tipo de acceso a la privacidad de una persona puede afectar no solo su vida financiera sino también su vida personal.<br><br>El uso de dispositivos cada vez es más común, ya que todas las personas buscan comunicarse entre sí, enviar información es algo inevitable sobre todo en aquellos casos en que las distancias son más largas. Cualquier tipo de información que se envié por medios electrónicos puede ser alcanzada por un ciberdelincuente, el cual no busca siempre un beneficio económico con su actividad delictiva, sino que en algunos casos solo busca poner a prueba su inteligencia.<br><br>Al ampliarse el campo de los Delitos Informáticos también se han creado dependencias en las diferentes instituciones de seguridad que buscan ponerle freno a las acciones delictivas cometida por este tipo de personas.<br><br>La información que suministramos en las redes sociales es de gran valor para aquellas que tienen el tiempo de investigar la vida de los demás, sin darnos cuenta nosotros mismos suministramos información valiosa no solo de nuestra vida y actividades sino también de quienes nos rodean. Desafortunadamente cuando una persona se da cuenta de que sus datos han sido vulnerados es demasiado tarde.<br><br>Muy pocas personas son consientes de la influencia que tienen los Delitos Informáticos en la actualidad y por esto no tienen mecanismos de defensa control sobre la información que comparten a través de los medios electrónicos.[11]​<br><br>Regulación por países en el mundo	Editar<br>Argentina	Editar<br>La ley vigente	Editar<br>En Argentina sancionó el 4 de junio de 2008 la Ley 26.388 (promulgada de hecho el 24 de junio de 2008) que modifica el Código Penal a fin de incorporar al mismo diversos delitos informáticos, tales como la distribución y tenencia con fines de distribución de pornografía infantil, violación de correo electrónico, acceso ilegítimo a sistemas informáticos, daño informático y distribución de virus, daño informático agravado e interrupción de comunicaciones.<br><br>Definiciones vinculadas a la informática	Editar<br>En el nuevo ordenamiento se establece que el término "documento" comprende toda representación de actos o hechos, con independencia del soporte utilizado para su fijación, almacenamiento, archivo o transmisión (art. 77 Código Penal).<br><br>Los términos "firma" y "suscripción" comprenden la firma digital, la creación de una firma digital o firmar digitalmente (art. 77 Código Penal).<br><br>Los términos "instrumento privado" y "certificado" comprenden el documento digital firmado digitalmente (art. 77 Código Penal).<br><br>Delitos contra menores	Editar<br>En el nuevo ordenamiento pasan a ser considerados delitos los siguientes hechos vinculados a la informática:<br><br>Artículo 128: Será reprimido con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que produzca, financie, ofrezca, comercialice, publique, facilite, divulgue o distribuya, por cualquier medio, toda representación de un menor de dieciocho (18) años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en que participaren dichos menores.<br>Será reprimido con prisión de cuatro (4) meses a dos (2) años el que tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior con fines inequívocos de distribución o comercialización.<br><br>Será reprimido con prisión de un (1) mes a tres (3) años el que facilitare el acceso a espectáculos pornográficos o suministrare material pornográfico a menores de catorce (14) años.<br><br>Protección de la privacidad	Editar<br>Artículo 153: Será reprimido con prisión de quince (15) días a seis (6) meses el que abriere o accediere indebidamente a una comunicación electrónica, una carta, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, que no le esté dirigido; o se apoderare indebidamente de una comunicación electrónica, una carta, un pliego, un despacho u otro papel privado, aunque no esté cerrado; o indebidamente suprimiere o desviare de su destino una correspondencia o una comunicación electrónica que no le esté dirigida.<br>En la misma pena incurrirá el que indebidamente interceptare o captare comunicaciones electrónicas o telecomunicaciones provenientes de cualquier sistema de carácter privado o de acceso restringido.<br><br>La pena será de prisión de un (1) mes a un (1) año, si el autor además comunicare a otro o publicare el contenido de la carta, escrito, despacho o comunicación electrónica.<br><br>Si el hecho lo cometiere un funcionario público que abusare de sus funciones, sufrirá además, inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena.<br><br>Artículo 153 bis: Será reprimido con prisión de quince (15) días a seis (6) meses, si no resultare un delito más severamente penado, el que a sabiendas accediere por cualquier medio, sin la debida autorización o excediendo la que posea, a un sistema o dato informático de acceso restringido.<br>La pena será de un (1) mes a un (1) año de prisión cuando el acceso fuese en perjuicio de un sistema o dato informático de un organismo público estatal o de un proveedor de servicios públicos o de servicios financieros.<br><br>Artículo 155: Será reprimido con multa de pesos un mil quinientos ($ 1.500) a pesos cien mil ($ 100.000), el que hallándose en posesión de una correspondencia, una comunicación electrónica, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, no destinados a la publicidad, los hiciere publicar indebidamente, si el hecho causare o pudiere causar perjuicios a terceros.<br>Está exento de responsabilidad penal el que hubiere obrado con el propósito inequívoco de proteger un interés público.<br><br>Artículo 157: Será reprimido con prisión de un (1) mes a dos (2) años e inhabilitación especial de un (1) a cuatro (4) años, el funcionario público que revelare hechos, actuaciones, documentos o datos, que por ley deben ser secretos.<br>Artículo 157 bis: Será reprimido con la pena de prisión de un (1) mes a dos (2) años el que:<br>1. A sabiendas e ilegítimamente, o violando sistemas de confidencialidad y seguridad de datos, accediere, de cualquier forma, a un banco de datos personales;<br><br>2. Ilegítimamente proporcionare o revelare a otro información registrada en un archivo o en un banco de datos personales cuyo secreto estuviere obligado a preservar por disposición de la ley.<br><br>3. Ilegítimamente insertare o hiciere insertar datos en un archivo de datos personales.<br><br>Cuando el autor sea funcionario público sufrirá, además, pena de inhabilitación especial de un (1) a cuatro (4) años.<br><br>Delitos contra la propiedad	Editar<br>Artículo 173 inciso 16: (Incurre en el delito de defraudación)...El que defraudare a otro mediante cualquier técnica de manipulación informática que altere el normal funcionamiento de un sistema informático o la transmisión de datos.<br>Artículo 183 del Código Penal: (Incurre en el delito de daño)...En la misma pena incurrirá el que alterare, destruyere o inutilizare datos, documentos, programas o sistemas informáticos; o vendiere, distribuyere, hiciere circular o introdujere en un sistema informático, cualquier programa destinado a causar daños.<br>Artículo 184 del Código Penal: (Eleva la pena a tres (3) meses a cuatro (4) años de prisión, si mediare cualquiera de las circunstancias siguientes):<br>Inciso 5: Ejecutarlo en archivos, registros, bibliotecas, museos o en puentes, caminos, paseos u otros bienes de uso público; o en tumbas, signos conmemorativos, monumentos, estatuas, cuadros u otros objetos de arte colocados en edificios o lugares públicos; o en datos, documentos, programas o sistemas informáticos públicos;<br><br>Inciso 6: Ejecutarlo en sistemas informáticos destinados a la prestación de servicios de salud, de comunicaciones, de provisión o transporte de energía, de medios de transporte u otro servicio público.<br><br>Delitos contra las comunicaciones	Editar<br>Artículo 197: Será reprimido con prisión de seis (6) meses a dos (2) años, el que interrumpiere o entorpeciere la comunicación telegráfica, telefónica o de otra naturaleza o resistiere violentamente el restablecimiento de la comunicación interrumpida.<br><br>Delitos contra la administración de justicia	Editar<br>Artículo 255: Será reprimido con prisión de un (1) mes a cuatro (4) años, el que sustrajere, alterare, ocultare, destruyere o inutilizare en todo o en parte objetos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente, registros o documentos confiados a la custodia de un funcionario público o de otra persona en el interés del servicio público. Si el autor fuere el mismo depositario, sufrirá además inhabilitación especial por doble tiempo.<br><br>Si el hecho se cometiere por imprudencia o negligencia del depositario, éste será reprimido con multa de pesos setecientos cincuenta ($ 750) a pesos doce mil quinientos ($ 12.500).<br><br>Delito sobre los Sistemas Informáticos El 15 de noviembre de 2012, la Fiscalía General de la CABA dictó la Resolución 501/12, a través de la cual, creó como prueba piloto por el término de un año, el Equipo Fiscal Especializado en Delitos y Contravenciones Informáticas, que actúa con competencia única en toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de investigar los delitos informáticos propiamente dichos, y aquellos que se cometen a través de internet que por su complejidad en la investigación o su dificultad en individualizar a los autores, merecen un tratamiento especializado.<br><br>Existen diferentes delitos informáticos en eucl es objeto el sistema informático, tales como:<br><br>Delito de Daño: La ley 26388 incorpora como segundo párrafo del art. 183 CP “En la misma pena incurrirá el que alterare, destruyere o inutilizare datos, documentos, programas o sistemas informáticos, o vendiere, distribuyere, hiciere circular o introdujere en un sistema informático, cualquier programa destinado a causar daños".<br><br>Delito Agravado: La ley 26388 agrega dos nuevas agravantes al art. 184 CP: 5) “ejecutarlo en archivos, registros, bibliotecas, ....o en datos, documentos, programas o sistemas informáticos públicos”; 6) “ejecutarlo en sistemas informáticos destinados a la prestación de servicios de salud, de comunicaciones, de provisión o transporte de energía, de medios de transporte u otro servicio público”.[12]​<br><br>Uruguay	Editar<br>El Estado uruguayo aprobó en el año 2007 la ley Nº 18.237 denominada EXPEDIENTE ELECTRÓNICO cuyo único artículo autoriza el uso de expediente electrónico, de documento electrónico, clave informática simple, firma electrónica, firma digital y domicilio electrónico constituido en todos los procesos judiciales y administrativos que se tramitan ante el Poder Judicial, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales. Se hace referencia a esta ley porque es evidente que será de amplio tratamiento para el caso de los delitos informáticos, puesto que las conductas que autoriza pueden ser objeto de un ciberdelito.<br><br>Los delitos informáticos no son de tratamiento específico por la legislación uruguaya, puesto que no existe una ley de ilícitos informáticos (no puede haber delito sin ley previa, estricta y escrita que lo determine —principio de legalidad—), ni tampoco un título específico relativo a los mismos en el Código Penal uruguayo. Se tratará de otorgar una vez más, la participación que al Derecho Penal corresponde dentro del ordenamiento jurídico, como último remedio a las conductas socialmente insoportables, que no pueden ser solucionadas por la aplicación de otro proveimiento jurídico que no se la aplicación de la sanción más gravosa de todo el sistema.<br><br>Colombia	Editar<br>En Colombia el 5 de enero de 2009, el Congreso de la República de Colombia promulgó la Ley 1273 “Por medio del cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado —denominado “De la Protección de la información y de los datos”— y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”.<br><br>Dicha ley tipificó como delitos una serie de conductas relacionadas con el manejo de datos personales, por lo que es de gran importancia que las empresas se blinden jurídicamente para evitar incurrir en alguno de estos tipos penales.<br><br>No hay que olvidar que los avances tecnológicos y el empleo de los mismos para apropiarse ilícitamente del patrimonio de terceros a través de clonación de tarjetas bancarias, vulneración y alteración de los sistemas de cómputo para recibir servicios y transferencias electrónicas de fondos mediante manipulación de programas y afectación de los cajeros automáticos, entre otras, son conductas cada vez más usuales en todas partes del mundo. Según estadísticas, durante el 2007 en Colombia las empresas perdieron más de 6.6 billones de pesos a raíz de delitos informáticos.<br><br>De ahí la importancia de esta ley, que adiciona al Código Penal colombiano el Título VII BIS denominado "De la Protección de la información y de los datos" que divide en dos capítulos, a saber: “De los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos” y “De los atentados informáticos y otras infracciones”.<br><br>En Colombia existen instituciones de educación como UNICOLOMBIA que promueven capacitaciones en temas relacionados con Delitos Informáticos, el mejor manejo y uso de la prueba digital, establecer altos estándares científicos y éticos para Informáticos Forenses, Llevar a cabo investigación y desarrollo de nuevas tecnologías y los métodos de la ciencia del análisis forense digital e Instruir a los estudiantes en diversos campos específicos sobre nuevas tecnologías aplicadas a la informática Forense, la investigación científica y el proceso tecnológico de las mismas.<br><br>España	Editar<br>En España, los delitos informáticos son un hecho sancionable por el Código Penal en el que el delincuente utiliza, para su comisión, cualquier medio informático. Estas sanciones se recogen en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre en el BOE número 281, de 24 de noviembre de 1995. Estos tienen la misma sanción que sus homólogos no informáticos. Por ejemplo, se aplica la misma sanción para una intromisión en el correo electrónico que para una intromisión en el correo postal.<br><br>El Tribunal Supremo emitió una sentencia el 12 de junio de 2007 (recurso Nº 2249/2006; resolución Nº 533/2007) que confirmó las penas de prisión para un caso de estafa electrónica (phishing).<br><br>A la hora de proceder a su investigación, debido a que una misma acción puede tener consecuencias en diferentes fueros, comenzará la investigación aquel partido judicial que primero tenga conocimiento de los hechos delictivos cometidos a través de un medio informático, si durante el transcurso de la investagación, se encuentra al autor del delito y pertenece a otro partido judicial, se podrá realizar una acción de inhibición a favor de este último para que continue con la investigación del delito.<br><br>México	Editar<br>En México los delitos de revelación de secretos y acceso ilícito a sistemas y equipos de informática ya sean que estén protegidos por algún mecanismo de seguridad, se consideren propiedad del Estado o de las instituciones que integran el sistema financiero son hechos sancionables por el Código Penal Federal en el título noveno capítulo I y II.<br><br>El artículo 167 fr.VI del Código Penal Federal sanciona con prisión y multa al que intencionalmente o con fines de lucro, interrumpa o interfiera comunicaciones alámbricas, inalámbricas o de fibra óptica, sean telegráficas, telefónicas o satelitales, por medio de las cuales se transmitan señales de audio, de video o de datos.<br><br>La reproducción no autorizada de programas informáticos o piratería está regulada en la Ley Federal del Derecho de Autor en el Título IV, capítulo IV.<br><br>También existen leyes locales en el código penal del Distrito Federal y el código penal del estado de Sinaloa.<br><br>Venezuela	Editar<br>La ley vigente	Editar<br>El 30 de octubre de 2001 la Asamblea Nacional formulo la Ley Especial contra los Delitos Informáticos[13]​ donde se decreta, a través de 32 Artículos, como se protege a todos los sistemas y tecnologías de información en Venezuela, cuáles son los delitos relacionados con estos y que sanciones se aplican en cada delito específico. Esta ha sido la única ley que se ha presentado para enfrentar los delitos informáticos en Venezuela.<br><br>Delitos contemplados por la ley	Editar<br>La ley tipifica cinco clases de delitos:<br><br>Contra los sistemas que utilizan tecnologías de información:[14]​<br><br>Acceso Indebido (Art.6): es el acceso sin autorización a la información. Este delito recibe una pena de 1 a 5 años.<br>Sabotaje o daño a sistemas (Art.7): implica la destrucción, modificación o cualquier alteración al funcionamiento normal de un sistema. Será penado con 4 a 8 años de prisión.<br>Acceso indebido o sabotaje a sistemas protegidos (Art. 9):<br>Posesión de equipos o prestación de servicios de sabotaje (Art. 10):las personas que con el objetivo de vulnerar fabriquen, venda, importen, posea, etc., recibirá una pena de 3 a 6 años.<br>Espionaje informático (Art. 11): Implica la revelación de data o información contenida en un sistema protegidos. Recibida la pena de 4 a 8 años de prisión.<br>Falsificación de documentos (Art. 12): La creación, modificación o eliminación algún documento incorporado en un sistema será penalizado con 3 a 6 años de prisión.<br>Contra la propiedad[14]​:<br><br>Hurto (Art. 13):apoderarse de bienes o valores tangibles o intangibles a través del uso de información contenida en un sistema, será castigado con 2 a 6 años de prisión.<br>Fraude (Art. 14): La manipulación del sistema e inserción instrucciones falsas o fraudulentas que produzcan un resultado que permita obtener un provecho injusto y resulte en perjuicio de terceros, será castigado con 2 a 6 años de prisión.<br>Obtención indebida de bienes o servicios (Art. 15): El que sin autorización para portarlos utilice tarjetas inteligentes ajenas u otros instrumentos para el mismo fin para obtener bienes y servicios sin asumir el compromiso del pago, será castigado con 2 a 6 años de prisión<br>Manejo fraudulento de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos (Art. 16): el que capture, copie, altere, duplique, etc., data será castigado con 5 a 10 años de prisión.<br>Apropiación de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos (Art. 17): : el que se apropie de una tarjeta inteligente o de cualquier instrumento para el mismo fin que se haya extraviado será castigado con prisión de 1 a 5 años.<br>Provisión indebida de bienes o servicios (Art. 18): las personas que saben que las tarjetas inteligente u otros instrumentos para el mismo fin son robadas, vencidas, etc., y las reciben para intercambio monetario será penado con 2 6 años de prisión.<br>Posesión de equipo para falsificaciones (Art. 19): quien posea equipos para falsificación de tarjetas inteligentes será penado con 3 a 6 años de prisión.<br>Contra la privacidad de las personas y de las comunicaciones[14]​:<br><br>Violación de la privacidad de la data o información de carácter personal (Art. 20): el que sin autorización modifique, utilice o elimine información será penalizado con 2 a 6 años de prisión.<br>Violación de la privacidad de las comunicaciones (Art. 21): el que acceda, capture, interfiera, reproduzca, etc., mensajes de datos ajenos será sancionado con 2 a 6 años de prisión.<br>Revelación indebida de data o información de carácter personal (Art. 22): el que revele, difunda o ceda información obtenida en los medios de los artículos mencionados anteriormente será sancionado con 2 a 6 años de prisión.<br>Contra niños y adolescentes :[14]​<br><br>Difusión o exhibición de material pornográfico (Art. 23):el que exhiba, difunda, transmita o venda material pornográfico será penalizado con 2 a 6 años de prisión.<br>Exhibición pornográfica de niños o adolescentes (Art. 24): el que utilice imágenes o a una persona a través de cualquier medio con fines pornográficos será sancionado con 4 a 8 años de prisión.<br>Contra el orden económico[14]​	Editar<br>Apropiación de propiedad intelectual (Art. 25): el que obtenga provecho económico, reproduzca, modifique, distribuya un software u otra obra de intelecto será sancionado con 1 a 5 años de prisión.<br>Oferta engañosa (Art. 26): el que haga alegaciones falsas o atrubuya características inciertas de cualquier elemento será sancionado con 1 a 5 años de prisión.<br>El Artículo 29 hace una clara mención sobre el cumplimiento de Código Penal, mencionando cuatro penas accesorias, estos son aplicados dependiendo del delito que se haya cometido:[14]​<br><br>La confiscación de los instrumentos con los que se realizó el delito, tales como equipos, dispositivos, herramientas, etc.<br>Trabajo comunitario por hasta tres años.<br>La persona será inhabilita de sus funciones o empleos por un periodo de tres años una vez que se haya cumplido con la sanción principal. Esto siempre y cuando el delito se haya cometido por abuso de la posición de acceso a la data.<br>Suspensión de permiso para que la persona pueda ejercer como director y de representar personas jurídicas pro tres años después de cumplida la condena principal.<br>La información de estas condenas no son privadas, el tribunal tiene todo el derecho de divulgarla y el juez, dependiendo del caso, podrá pedir una indemnización en forma monetaria para la víctima (Art.30 y 31).[15]​<br><br>Institución encargada de los delitos Violación de la privacidad informáticos	Editar<br>La División Contra Delitos Informáticos[16]​ del CICPC, es la encargada de investigar todos los delitos cometidos con el uso de equipos tecnológicos, contemplados en la ley como delitos informáticos. Esta división de separó de División Contra Delitos Financieros[17]​ el 07 de octubre de 2003, cuando comenzó el aumento de delitos cibernéticas en el país.<br><br>Casos registrados en Venezuela	Editar<br>Violación de la privacidad<br><br>"Caso Marval"<br><br>Rosmeri Marval, actriz y modelo venezolana, fue víctima de hackeo en su cuenta instagram en el año 2015. Los autores del crimen, cuyos nombres reservaron, utilizaron la cuenta oficial de Marval para estafar a varios usuarios, entre ellos, la página empresarial martha_boutique. De igual manera, los implicados insultaron a varios seguidores y cuentas asociadas al instagram de la actriz.[18]​<br><br>Fraudes	Editar<br>"Los Cracker Venezolanos"<br><br>El 28 de octubre del 2015, el CICPC capturó a Frank Claret Ceccato Guilarte alias “Tato” y a su esposa, María José Hurtado Caraballo “Majo” por acceso indebido a sistemas (artículo 6), fraude bancario (artículo 14) y violación de privacidad (artículo 20). La pareja, denominada los “crackers venezolanos", operaba en Nueva Esparta y se dedicaba a la suplantación de direcciones IP y Phishing, utilizando la falsificación de sellos de aeropuerto, puntos de venta, entre otros. Frank Ceccato realizó todas estas actividades delictivas mientras usurpaba la identidad del ciudadano José Seijas.[19]​<br><br>"Los Hackers Transferencistas"<br><br>En el año 2009, en los estados Táchira y Mérida, una banda de hackers fue capturada por realizar transferencias electrónicas de hasta casi 3 millones de Bfs. Mediante la usurpación de identidades de usuarios de Hotmail, duplicando además las cédulas de identidad de los mismos y realizando retiros en su nombre. El ex fiscal de distrito, Iván Lezama, fue quien llevó el caso. En este caso se cometió un delito por: Apropiación de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos (Art.17), violación de privacidad (artículo 20).[20]​<br><br>"Los magos del cambiazo"<br><br>El 26 de agosto el 2016, fueron detenidos Jenny Osorio, Ronald Barrios y Marco Polo Camacho fueron detenidos por el CICPC debido a las acusaciones de hurto a personas de tercera edad, donde los individuos se apropiaban de sus tarjetas bancarias. La banda criminal aprovechaba la inexperiencia de las personas mayores con la tecnología de cajeros para ofrecer su ayuda y posteriormente, obtener fácilmente su clave y datos. Los implicados cometían dichos crímenes desde el año 2014. En este caso, se produjo un delito de Hurto (art.13) y Apropiación de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos (Art.17).[21]​<br><br>La pornografía Infantil	Editar<br>Los casos de pornografía infantil en Venezuela se han incrementado en los últimos años, siendo el delito informático más recurrente a nivel nacional. Tal fue el caso de Marjorie Lugo y Charvis Campos, quiénes fueron apresados el 7 de diciembre de 2016 por someter a tres niñas pequeñas a fotografías con poses inapropiadas, además de cometer actos lascivos en contra de ellas y obligarlas a practicar felación. Cometiendo un delito por difusión de material pornográfico y la distribución de pornografía donde están involucrados niños y adolescentes (Art. 23 y 24). De igual manera, es importante destacar que la mujer implicada era la madre de las niñas, por lo tanto no solo aplicarían leyes de delitos informáticos, también se observaría la presencia de la LOPNA.[22]​[23]​<br><br>Estados Unidos	Editar<br>Estenidades Triburariaspaís adoptó en 1994 el Acta Federal de Abuso Computacional que modificó al Acta de Fraude y Abuso Computacional de 1986. En el mes de julio del año 2000, el Senado y la Cámara de Representantes de este país -tras un año largo de deliberaciones- establece el Acta de Firmas Electrónicas en el Comercio Global y Nacional. La ley sobre la firma digital responde a la necesidad de dar validez a documentos informáticos -mensajes electrónicos y contratos establecidos mediante Internet- entre empresas (para el B2B) y entre empresas y consumidores (para el B2C)<br><br>Chile	Editar<br>En Chile el 28 de mayo de 1993, se promulgó la ley 19.223 pero no fue hasta la fecha 7 de junio de 1993 que ésta se publicó. Esta ley, tipifica y sanciona los denominados Delitos Informáticos. Los delitos tipificados en la Ley 19.223 consideran como un bien jurídico la calidad, la pureza e idoneidad de la información que está contenida en cualquier sistema automatizado de tratamiento de la información. Además, no solo se protege el bien mencionado anteriormente si no que también los siguientes:<br><br>El patrimonio, en el caso de los fraudes informáticos.<br>La privacidad, intimidad y confidencialidad de los datos, en el caso de espionaje informático.<br>La seguridad y fiabilidad del tráfico jurídico y probatorio, en el caso de falsificaciones de datos probatorios mediante algún sistema o medio informático.<br>El derecho de propiedad sobre la información y sobre los elementos físicos y materiales de un sistema de información, en el caso de los delitos de daños.<br>Véase también	Editar<br>Ciberacoso<br>Legislación sobre el Ciberacoso<br>Referencias	Editar<br> CORREA, C. - BATTO, H. - CZAR DE ZALDUENDO, S. &amp; NAZAR ESPECHE, F. (1987). Cap. El derecho ante el desafío de la informática. En "Derecho informático"(p. 295). Buenos Aires: Depalma. ISBN 950 14 0400 5<br> CUERVO, José. “Delitos informáticos: Protección penal de la intimidad”. Publicado en http://www.informatica-juridica.com/trabajos/delitos.asp (2008)<br> Julio Téllez (2004). Derecho Informático (3.ª edición). México: McGraw-Hill. p. 7 ud. 7.<br> Barrio Andres, Moises (2017). «Primero». Ciberdelitos: amenazas criminales del ciberespacio. Editorial Reus. ISBN 978-84-290-1972-8. Consultado el 18 de diciembre de 2017.<br> Moisés Barrio Andrés (2017). Ciberdelitos: amenazas criminales del ciberespacio (1.ª edición). Madrid: Reus. p. 3 y ss.<br> Unión Europea. «Boletín Oficial de la Unión Europea». Consultado el 18 de diciembre de 2017.<br> PECOY, Martín. (2012). Criminalidad informática. En "Delitos informáticos"(pp.23-26). Montevideo: Universidad de Montevideo. ISBN 978 9974 8342 4 8<br> «Legislación y Delitos Informáticos - Tipos de Delitos Informáticos». Consultado el 2017.<br> PECOY, Martín. (2012). Concepto de delito informático. En "Delitos informáticos"(pp.29-32). Montevideo: Universidad de Montevideo.<br> PECOY, Martín. (2012). Aspecto subjetivo. En "Delitos informáticos"(p. 36). Montevideo: Universidad de Montevideo.<br> j. ojeda, f. rincón, m. arias, l. daza. «delitos informáticos y entorno jurídico vigente / j. ojeda, f. rincón, m. arias, l. daza». Consultado el 23 de marzo de 2016.<br> «Informe CyberCrime 2013». Archivado desde el original el 21 de diciembre de 2014. Consultado el 22 de junio de 2014.<br> «Ley Especial Contra Delitos Informáticos». 30 de octubre de 2001. Archivado desde el original el 15 de febrero de 2017. Consultado el 5 de enero de 2017.<br> «Ley Especial Contra Delitos Informáticos». 09 de enero de 2017. Archivado desde el original el 15 de febrero de 2017.<br> «Ley Especial Contra Delitos Informáticos». 30 de octubre de 2001. Archivado desde el original el 15 de febrero de 2017. Consultado el 9 de enero de 2017.<br> «División Contra Delitos Informáticos». Consultado el 9 de enero de 2017.<br> «División Contra Delitos Financieros». Consultado el 12 de enero de 2017.<br> «La Actriz Rosmeri Marval Víctima De Hackers». Consultado el 9 de enero de 2017.<br> «Capturan en Nueva Esparta al Crocker más buscado de Venezuela». Consultado el 9 de enero de 2017.<br> Carolina Daly. «Delitos informáticos: el nuevo estándar de la delincuencia organizada». Consultado el 9 de enero de 2017.<br> «Desmantelan Banda Los Magos del Cambiazo». Consultado el 9 de enero de 2017.<br> «Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente». 10 de diciembre de 2007.<br> «Aumentan los casos de Pornografía Infantil en Venezuela». Archivado desde el original el 16 de enero de 2017. Consultado el 9 de enero de 2017.<br>Enlaces externos	Editar<br>Legislación<br>Modificación al Código Penal sobre la incorporación de los Delitos Informáticos (Argentina)<br>Ley de protección de la información y de los datos (Colombia)<br>Delitos Informáticos (Chile)<br>Ley Especial de Delitos Informáticos (Venezuela)<br>Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y comunicación (Bolivia)<br>LOPNA. (Venezuela)<br>Última edición hace 22 días por Eduardosalg<br>Wikipedia<br>El contenido está disponible bajo la licencia CC BY-SA 3.0, salvo que se indique lo contrario.<br>Términos de usoPrivacidadEscritorio</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-09-06 14:07:54 UTC</pubDate>
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         <author>psachelaridi66</author>
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         <description><![CDATA[<div>Abrir menú principal<br>Wikipedia	Buscar<br>EditarVigilar esta página<br>Leer en otro idioma<br>Hacker<br>Nombre dado ala pérdida de información en internet o no saber info sobre culpable.<br>Para otros usos de este término, véase Hacker (desambiguación).<br><br>Foto de Al Sheedakim (año 2004), programador y hacker, en su oficina de Winchester (Massachusetts, Estados Unidos).<br><br>Bruce Sterling en actitud de escribir o de firmar; el citado es el autor del libro The Hacker Crackdown: Law and Disorder on the Electronic Frontier[1]​ (La caza de "hackers": ley y desorden en la frontera electrónica[2]​).<br><br>Richard Stallman, creador de la Free Software Foundation –FSF– (en español: Fundación por el Software Libre) y principal impulsor del concepto Free Software (Software libre). Imagen tomada de la cubierta del libro de Sam Williams titulado 'Free as in Freedom: Richard Stallman and the Free: Richard Stallman's Crusade for Free Software',[3]​ publicado por vez primera el 1 de marzo de 2002 con licencia GFDL.<br>El término hacker tiene diferentes significados. Según el diccionario de los hackers,[4]​ «es todo individuo que se dedica a programar de forma entusiasta, o sea un experto entusiasta de cualquier tipo», que considera que poner la información al alcance de todos constituye un extraordinario bien[5]​. El Diccionario de la lengua española de la RAE, en su segunda acepción, establece que es una «persona experta en el manejo de computadoras, que se ocupa de la seguridad de los sistemas y de desarrollar técnicas de mejora»[6]​. De acuerdo a Eric S. Raymond el motivo principal que tienen estas personas para crear software en su tiempo libre, y después distribuirlos de manera gratuita, es el de ser reconocidos por sus iguales.[7]​ El término hacker nace en la segunda mitad del siglo XX y su origen está ligado con los clubs y laboratorios del MIT.[8]​<br><br>Comúnmente el término es asociado a todo aquel experto informático que utiliza sus conocimientos técnicos para superar un problema, normalmente asociado a la seguridad. Habitualmente se lo utiliza en informáticos con conocimientos en seguridad y con la capacidad de detectar errores o fallos en sistemas informáticos para luego informar de los fallos a los desarrolladores del software encontrado vulnerable o a todo el público.<br><br>En español, se recomienda diferenciar claramente entre hacker y cracker,[9]​ ya que, si bien ambos son expertos en colarse en sistemas, el segundo lo hace con propósitos ilícitos. Además, el uso del término hacker no se limita a la seguridad informática. También se ha propuesto la posibilidad de usar estos dos términos adaptados al español como háker (pronunciado como hache aspirada, no como jota) y cráker, siguiendo los criterios de la Ortografía de la lengua española, y por tanto se escribirían en redonda si se usan así.[9]​<br><br>Otros significados	<br>Historia	<br>Ética hacker	<br>Controversia	<br>Activismo	<br>Clasificación de los hackers	<br>Véase también	<br>Referencias	<br>Descripción	<br>Enlaces externos	<br>Última edición hace 11 días por SeroBOT<br>Wikipedia<br>El contenido está disponible bajo la licencia CC BY-SA 3.0, salvo que se indique lo contrario.<br>Términos de usoPrivacidadEscritorio</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-09-06 14:09:09 UTC</pubDate>
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