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      <title>Abuso de confianza y fraude by Jesus Antonio Lara Ramirez</title>
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      <description>Jesús Antonio Lara Ramírez 6BCE</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-05-30 22:34:44 UTC</pubDate>
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         <title>FRAUDE</title>
         <author>al250514</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.</strong></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-30 22:36:47 UTC</pubDate>
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         <title>ABUSO DE CONFIANZA</title>
         <author>al250514</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong><br>I. Disponer para sí o para otro, con perjuicio de alguien, de una cantidad de dinero, de un documento que importe obligación, liberación o transmisión de derechos, o de cualquier otra cosa ajena mueble, de la que se le haya transmitido la tenencia y no el dominio;</strong></div><div><strong>&nbsp;</strong></div><div><strong>II. El disponer o substraer una cosa, su dueño, si le ha sido embargada y la tiene en su poder con el carácter de depositario judicial, y no la ponga a disposición de un nuevo depositario, cuando sea legalmente requerido para ello, y esto provoque menoscabo patrimonial a la parte actora en el litigio correspondiente, o a un tercero;</strong></div><div><strong>Al responsable de Abuso de Confianza se le aplicarán de:</strong></div><div><br></div><div><strong>&nbsp;I. 6 Meses a 2 años de prisión y de 15 a 100 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial no exceda de cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización;&nbsp;</strong></div><div><strong>II. 2 a 4 años de prisión y de 100 a 150 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial exceda de cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, pero no de trescientas;&nbsp;</strong></div><div><strong>III. 4 a 10 años de prisión y de 150 a 200 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial exceda de trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.&nbsp;</strong></div><div><strong>(REFORMADO, P.O. 8 DE AGOSTO DE 2016) La valoración&nbsp;</strong></div><div><br></div><div><strong>(REFORMADA, P.O. 22 DE MARZO DE 2021) IV. El disponer para sí o para otro de una o más cabezas de ganado, cualquiera que sea su especie, con perjuicio de alguien, de las cuales se le haya transmitido la tenencia y no el dominio, o bien se las hayan entregado para su custodia</strong></div><div><br></div><div><strong>(ADICIONADA, P.O. 22 DE MARZO DE 2021) V.- El disponer o utilizar para sí o para otro los bienes que le son transmitidos como obligación alimentaria en virtud de su relación de patria potestad, tutela, guardia o custodia con la víctima, para un fin distinto u omitir destinarlo</strong></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-30 22:38:29 UTC</pubDate>
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         <title>PENALIDAD</title>
         <author>al250514</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>I. 6 Meses a 2 años de prisión y de 15 a 100 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial no exceda de cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización;&nbsp;</strong></div><div><strong>II. 2 a 4 años de prisión y de 100 a 150 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial exceda de cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, pero no de trescientas;&nbsp;</strong></div><div><strong>III. 4 a 10 años de prisión y de 150 a 200 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial exceda de trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.&nbsp;</strong></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-30 22:39:16 UTC</pubDate>
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         <title>PENALIDAD</title>
         <author>al250514</author>
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         <description><![CDATA[<div><br></div><div><strong>I.6 Meses a 2 años de prisión y de 15 a 100 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial no exceda de cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización;</strong></div><div><br></div><div><strong>II. 2 a 4 años de prisión y de 100 a 150 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial exceda de cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, pero no de trescientas;</strong></div><div><br></div><div><strong>III. 4 a 10 años de prisión y de 150 a 200 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial exceda de trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.</strong></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-30 22:42:17 UTC</pubDate>
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