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      <title>Unidad 4: Procedimiento Registral by ESTHER SARAHI LOMELI CORNEJO</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2025-03-10 00:07:08 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2025-03-21 23:36:34 UTC</lastBuildDate>
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         <title>Procedimiento Registral</title>
         <author>estherlomeli5025</author>
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         <description><![CDATA[<p>📌 <strong>Garantías del Sistema Registral</strong></p><p>Los sistemas registrales utilizados por los funcionarios públicos con fe pública deben garantizar:<br>✅ Seguridad técnica y jurídica.<br>✅ Inviolabilidad de la información.<br>✅ Identificación confiable de los  inmuebles.<br>🔹 Se llevará a cabo mediante folios registrales, organizados en diferentes secciones según la Ley.</p><p>📌 <strong>Secciones del Registro</strong> </p><p>El Registro de los actos jurídicos se divide en <strong>cuatro secciones</strong>:<br>1️⃣ <strong>Sección Inmobiliaria</strong>: Para bienes inmuebles<br>2️⃣ <strong>Sección Mobiliaria</strong>: Para bienes muebles sujetos a registro.<br>3️⃣ <strong>Sección de Personas Jurídicas</strong>: Para asociaciones,  sociedades y empresas.<br>4️⃣ <strong>Sección Auxiliar</strong>: Para otros registros complementarios.</p><p>📌 <strong>Manejo y Seguridad de la Información</strong> </p><p> El sistema de información registral permite:<br>✔️ Captura, almacenamiento, custodia y seguridad de los datos.<br>✔️ Consulta, reproducción, verificación y transmisión de la información.<br>✔️ Base de datos central que integra la información de todas las oficinas registrales.<br>📌 <strong>Importante</strong>: Si hay discrepancias o sospecha de alteraciones en la base de datos, prevalecerá la información contenida en el documento original salvo prueba en contrario.</p><p><strong>PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN</strong></p><p>📌 <strong>Bases del Procedimiento de Inscripción</strong> </p><p>Para inscribir actos jurídicos en el Registro Público de la Propiedad, se deben cumplir las siguientes bases:<br>✅ <strong>Plazos máximos de respuesta</strong>.<br>✅ <strong>Fases del proceso</strong>:<br>1️⃣ Recepción del documento.<br>2️⃣ Análisis y calificación legal.<br>3️⃣ Suspensión (si hay error subsanables).<br>4️⃣ Registro en la base de datos.<br>5️⃣ Archivo y resguardo del documento.<br>6️⃣ Entrega al solicitante.<br>✅ <strong>El registro será autorizado</strong> por el responsable mediante firma electrónica o física.</p><p>📌 <strong>Autorización y Responsabilidad</strong></p><p>📌 <strong>Firma de registros</strong>: La Dirección autoriza al registrador a firmar los actos inscritos <br>📌 <strong>Vinculación legal</strong>: Solo se registran actos conforme a la ley que los originó</p><p>📌 <strong>¿Quién puede solicitar un registro?</strong> </p><p>✅ <strong>Propietario, apoderado o representante legal</strong>.<br>✅ <strong>Notarios públicos</strong> que formalicen actos jurídicos.<br>🔹 Para inscribir un acto, se debe acreditar el derecho y cumplir con las obligaciones fiscales.</p><p>📌 <strong>Registro de Actos Jurídicos Extranjeros</strong> </p><p>Se pueden registrar actos o resoluciones extranjeras si cumplen con:<br>✔️ Necesidad de registro según la legislación local.<br>✔️ Expedición y legalización correctas.<br>✔️ Orden judicial para ejecución en México.<br>✔️ Traducción oficial si el documento está en otro idioma.</p><p>📌 <strong>Documentación Necesaria</strong> </p><p>✅ Para registrar la transmisión de dominio de un bien, se debe presentar el título anterior o los antecedentes registrales.</p><p>📌 <strong>Evaluación y Calificación Registral</strong> </p><p>🔹 El funcionario con fe pública debe:<br>✔️ Verificar la validez y requisitos legales del documento.<br>✔️ Confirmar que se han pagado impuestos y derechos.<br>✔️ Analizar los efectos de avisos preventivos o cautelares.</p><p>📌 <strong>Recepción y Registro del Documento</strong> </p><p>📌 El interesado deberá presentar el documento por duplicado, recibiendo un comprobante con:<br>📍 Fecha y hora de recepción.<br>📍 Número de entrada.<br>📍 Datos del documento y los interesados.<br>📍 Identificación del notario o funcionario responsable.</p><p>📌 <strong>Plazo para Inscripción</strong> </p><p>📌 La institución tiene un plazo máximo de 10 días hábiles para:<br>✅ Elaborar el registro.<br>✅ Suspenderlo por correcciones necesarias.<br>✅ Denegarlo si no cumple con los requisitos legales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-03-10 00:50:33 UTC</pubDate>
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         <title>Suspensión y denegación de registro, Calificación registral</title>
         <author>estherlomeli5025</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>📌 SUSPENSIÓN Y DENEGACIÓN DEL REGISTRO</strong></p><p>🔹 <strong>Causas de Suspensión del Registro</strong></p><p>El registro de un documento se suspenderá si no cumple con los requisitos legales. En este caso:<br>✅ Se notificará de inmediato al notario o al interesado.<br>✅ Tendrán 5 días hábiles para corregir el problema.<br>✅ Si se subsana el error dentro del plazo, se retrotrae la fecha de registro al momento de su presentación original.<br>🛑 <strong>Si no se corrige en el plazo, se negará el registro</strong>.</p><p>📌 <strong>Tipos de errores que generan suspensión:</strong></p><ul><li><p>Omisiones o defectos corregibles.</p></li><li><p>Errores subsanables mediante una manifestación escrita de las partes.</p></li></ul><p>🔹 <strong>Causas de Denegación del Registro</strong></p><p>El registro será denegado en los siguientes casos:<br>❌ Cuando el documento sea ilegal, es decir, vaya en contra de normas de interés público o leyes prohibitivas.<br>❌ Si el acto no es registrable o no requiere anotación.<br>❌ Si no se identifican los bienes involucrados en el acto jurídico.</p><p>🔹 <strong>¿Qué hacer si se niega un registro?</strong></p><p>El interesado podrá:<br>✔️ Interponer un recurso administrativo de reconsideración.<br>✔️ Acudir al Tribunal Administrativo del Estado para impugnar la denegación.<br>✔️ En ciertos casos, será necesario que un magistrado ordene la inscripción.</p><p>🔹 <strong>Registro Preventivo y Cancelaciones</strong></p><p>📌 Si un inmueble ya está inscrito, pero el registro es suspendido o denegado, el funcionario deberá hacer un registro preventivo.<br>📌 Si se trata de un inmueble no inscrito, se anotará la devolución del documento.<br>📌 Si la autoridad ordena finalmente el registro, el título se inscribirá con efectos desde su primera presentación.<br>📌 Si en tres años no se resuelve la situación, la anotación preventiva se cancela por caducidad.</p><p>🔹 <strong>Fundamentación y Legalidad de las Decisiones</strong></p><p>📌 Toda decisión de suspensión o denegación debe estar debidamente justificada conforme a la Ley.<br>📌 Si una autoridad ordena un registro, anotación o cancelación, la institución no puede juzgar su legalidad, pero si considera que contraviene la ley, deberá informar a la autoridad antes de proceder.</p><p>🔹 <strong>Derechos y Costos del Registro</strong></p><p>💰 <strong>Pago bajo protesta</strong>: Si el cobro por los servicios registrales es indebido, el solicitante puede pagar bajo protesta y después solicitar la devolución.<br>💰 <strong>Devolución de pagos:</strong> Si el registro es improcedente de manera definitiva, el solicitante puede pedir la devolución del pago conforme a la ley.<br>💰 <strong>Exención de pago:</strong> No se cobran derechos si el trámite es requerido por autoridad en materia agraria o laboral o si así lo establecen las leyes correspondientes.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-03-10 01:08:59 UTC</pubDate>
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         <title>Reposición de documentos</title>
         <author>estherlomeli5025</author>
         <link>https://padlet.com/estherlomeli5025/r4cx4dpx7kfywrtx/wish/3357845430</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>📌 REPOSICIÓN DE DOCUMENTOS</strong></p><p>🔹 <strong>¿Cuándo procede la reposición de documentos?</strong></p><p>La reposición de documentos registrados se realizará cuando, debido a su destrucción, mutilación o pérdida, sea imposible establecer la continuidad del registro entre los actos efectuados y los posteriores.</p><p>🔹 <strong>¿Cómo se lleva a cabo la reposición?</strong></p><p>✔️ Puede realizarse de oficio (por la institución) o a solicitud de parte interesada.<br>✔️ Debe seguir lo establecido en el Reglamento correspondiente.<br>✔️ Se realizará con base en los documentos originales que dieron origen al registro o por orden judicial.</p><p>🔹 <strong>Acta Circunstanciada y Sellos de Reposición</strong></p><p>📌 El director de la institución debe levantar un acta circunstanciada de la reposición.<br>📌 Los documentos repuestos llevarán el sello de "REPOSICIÓN" para diferenciarlos de los originales.<br>📌 Si aparecen los documentos originales extraviados, los repuestos serán cancelados para evitar duplicidad.<br>📌 Cualquier información faltante en los originales será trasladada desde los documentos repuestos.</p><p>🔹 <strong>Efectos de la Reposición</strong></p><p>🔹 Una vez verificada la reposición, se procederá a realizar las anotaciones necesarias en los registros correspondientes.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-03-10 01:13:53 UTC</pubDate>
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         <title>Prelación registral</title>
         <author>estherlomeli5025</author>
         <link>https://padlet.com/estherlomeli5025/r4cx4dpx7kfywrtx/wish/3357861039</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>📌 PRELACIÓN REGISTRAL</strong></p><p>🔹 <strong>¿Qué es la prelación registral?</strong></p><p>La prelación registral establece el orden de prioridad entre dos o más derechos que recaen sobre un mismo bien dentro del Registro Público de la Propiedad.</p><p>🔹 <strong>Criterios para determinar la prelación</strong></p><p>📌 <strong>Número de control y orden de ingreso</strong><br>✔️ La prioridad se basa en la fecha y hora exacta en que el documento es ingresado al registro.<br>✔️ Cada acto se identifica con un número de control otorgado por la institución registral.</p><p>📌 <strong>Libro de Gobierno</strong><br>✔️ Se lleva un registro único de todos los documentos ingresados, denominado Libro de Gobierno.<br>✔️ Este libro puede ser manual, electrónico o mediante otro sistema confiable.<br>✔️ Debe ser impreso y firmado diariamente por el responsable de la oficina registral.<br>✔️ Se publica en los estrados de la oficina al día siguiente para consulta pública.<br>✔️ Mensualmente se encuaderna para su conservación y consulta.</p><p>🔹 <strong>Reglas de prioridad entre derechos registrables</strong></p><p>📌 <strong>1️⃣ Derechos reales</strong><br>✅ La prioridad se otorga al derecho registrado primero, sin importar cuándo fue adquirido.<br>✅ Los bienes en fideicomiso se consideran una transmisión de derechos reales y siguen esta misma regla.</p><p>📌 <strong>2️⃣ Controversia entre adquirentes a título oneroso y gratuito</strong><br>✅ El derecho de quien adquirió a título oneroso prevalece sobre el de quien adquirió gratuitamente, sin importar la fecha de inscripción, siempre que la compra haya sido anterior.</p><p>📌 <strong>3️⃣ Controversia entre derechos reales y derechos personales</strong><br>✅ Si un adquirente de derecho real a título oneroso y un adquirente de derecho personal compiten, el derecho real prevalecerá, siempre que su adquisición sea anterior a la inscripción del derecho personal.</p><p>📌 <strong>4️⃣ Controversia entre adquirente de derecho real a título gratuito y adquirente de derecho personal</strong><br>✅ El derecho personal prevalece, si fue inscrito antes que el derecho real gratuito.</p><p>📌 <strong>5️⃣ Controversia entre adquirentes de derechos personales</strong><br>✅ El primero en registrarse tiene prioridad, sin importar la fecha en que se adquirió el derecho</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-03-10 01:23:38 UTC</pubDate>
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         <title>Inscripción de los planes y programas de desarrollo urbano</title>
         <author>estherlomeli5025</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>📌 INSCRIPCIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO URBANO</strong></p><p>🔹 <strong>¿Qué documentos deben registrarse?</strong></p><p>✔️ Se inscriben todos los documentos relacionados con el desarrollo urbano que, por leyes, reglamentos, decretos u otros actos de autoridad, deban ser públicos y accesibles en el registro.</p><p>🔹 <strong>Normas aplicables al registro</strong></p><p>✔️ Los registros deben cumplir con las leyes, reglamentos y decretos que regulan el uso de áreas, predios y fincas.<br>✔️ También deben ajustarse a lo establecido en esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.</p><p>🔹 <strong>Orden y aprobación del registro</strong></p><p>📌 El Gobernador del Estado ordenará el registro de un plan o programa municipal de desarrollo urbano o cualquier declaratoria derivada, siempre que haya sido aprobado previamente por el Ayuntamiento, conforme a la legislación vigente.</p><p>🔹 <strong>Plazos para la inscripción</strong></p><p>📍 Los documentos deben inscribirse dentro de los 20 días siguientes a su presentación en la Institución.<br>📍 Se debe anexar la publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco".</p><p>🔹 <strong>Aplicación a la propiedad inmobiliaria</strong></p><p>✔️ La Institución deberá trasladar de inmediato a cada folio particular las disposiciones de los planes o programas de desarrollo urbano que afecten bienes inmuebles, para que surtan efectos legales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-03-10 01:37:28 UTC</pubDate>
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         <title>Certificaciones</title>
         <author>estherlomeli5025</author>
         <link>https://padlet.com/estherlomeli5025/r4cx4dpx7kfywrtx/wish/3357894756</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>📌 CERTIFICACIONES REGISTRALES</strong></p><p>🔹 <strong>¿Qué son las certificaciones registrales?</strong></p><p>✔️ Son documentos expedidos por la Institución que contienen información sobre inscripciones o constancias asentadas en los libros y archivos del Registro Público.<br>✔️ Pueden ser certificaciones literales (copia exacta) o certificaciones en extracto (resumen de la información).<br>✔️ Tienen el carácter de documento público, lo que les otorga validez legal.</p><p>🔹 <strong>Requisitos para solicitar una certificación</strong></p><p>📍 Las solicitudes de certificación deben especificar claramente:<br>✔️ Los datos del bien inmueble o derecho a certificar.<br>✔️ La identidad del solicitante o la autoridad que la requiere.<br>✔️ El período de tiempo al que se refiere la certificación.</p><p>📌 Si la solicitud no es clara, la Institución no expedirá la certificación hasta que se aclare la información.</p><p>🔹 <strong>Contenido mínimo de una certificación</strong></p><p>Toda certificación debe incluir:<br>1️⃣ Nombre del propietario o propietarios.<br>2️⃣ Descripción del inmueble, con superficie, medidas, linderos y porcentaje de copropiedad (si aplica).<br>3️⃣ Anotaciones preventivas y definitivas, así como gravámenes existentes.<br>4️⃣ Limitaciones de dominio y servidumbres.<br>5️⃣ Derechos de registro aplicables.</p><p>🔹 <strong>Acceso a la información registral</strong></p><p>📌 La Institución permite la consulta de la información:<br>✔️ <strong>En sus instalaciones</strong>.<br>✔️ <strong>Vía remota</strong>, mediante un contrato regulado en el Reglamento.</p><p>🚫 <strong>Importante</strong>: La consulta del sistema de información no permite modificar los registros. Cualquier alteración será sancionada penalmente.</p><p>🔹 <strong>Acceso para notarios públicos</strong></p><p>✔️ Los notarios públicos pueden solicitar certificaciones y transmitir documentos de manera digital.<br>✔️ Se les otorgará un certificado digital autorizado por la Dirección para garantizar la seguridad del proceso.</p><p>🔹 <strong>Efectos legales de la inscripción registral</strong></p><p>📌 <strong>Publicidad legal de los actos jurídicos</strong><br>✔️ La inscripción de un documento en el Registro hace públicos los actos jurídicos contenidos en él, otorgándoles efectos frente a terceros.</p><p>📌 <strong>Requisitos para la inscripción</strong><br>✔️ Se necesita el consentimiento del titular registral, excepto si la inscripción es ordenada por una autoridad competente.</p><p>📌 <strong>Un inmueble no puede ser registrado a nombre de dos personas distintas</strong>, salvo casos de copropiedad reconocidos por la ley.</p><p>🔹 <strong>Alcance y validez de las inscripciones</strong></p><p>✔️ La inscripción registral no valida actos o contratos nulos, debe estarse a lo dispuesto en la legislación civil.<br>✔️ Sin embargo, si un acto fue inscrito por una persona que aparecía con derecho, seguirá siendo válido frente a terceros de buena fe, aunque posteriormente se anule o pierda su validez mediante sentencia judicial.</p><p>📌 <strong>Si se ha anotado que un bien está en litigio o se ha impugnado un título</strong>, el comprador asumirá las consecuencias si la nulidad es declarada judicialmente.</p><p>📌 <strong>Presunción de validez de los derechos registrados</strong><br>✔️ Salvo prueba en contrario, se presume que:<br>🔹 El derecho registrado existe y pertenece a su titular en la forma expresada en la inscripción.<br>🔹 El titular registrado tiene la posesión del inmueble.</p><p>📌 <strong>Efecto declarativo de la inscripción</strong><br>✔️ La inscripción tiene efectos declarativos, no constitutivos, salvo las excepciones previstas en la ley.<br>✔️ Es decir, inscribir un derecho no lo crea, solo lo hace público y oponible frente a terceros.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-03-10 01:46:13 UTC</pubDate>
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         <title>Fuentes de Información:</title>
         <author>estherlomeli5025</author>
         <link>https://padlet.com/estherlomeli5025/r4cx4dpx7kfywrtx/wish/3357911657</link>
         <description><![CDATA[<p>-Congreso del Estado de Jalisco. (2025). <em>LEY DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO DE JALISCO</em>. Recuperado de <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ordenjuridico.gob.mx/Publicaciones/DI2005/pdf/JAL5.pdf">https://www.ordenjuridico.gob.mx/Publicaciones/DI2005/pdf/JAL5.pdf </a></p><p>- Congreso del Estado de Jalisco. (2001<em>). REGLAMENTO DE LA LEY DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO DE JALISCO.</em> Recuperado de <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/leyes/Reglamento_Ley_Registro_Publico_Propiedad_0.pdf">https://info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/leyes/Reglamento_Ley_Registro_Publico_Propiedad_0.pdf</a></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-03-10 01:57:15 UTC</pubDate>
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