<?xml version="1.0"?>
<rss version="2.0">
   <channel>
      <title>SEYE-SEM7-SECCIÓN 304409-Castillo-García-Goicochea-Paredes-Shapiama-EL ESTADO, LA NACIÓN Y EL TERRITORIO by Gonzalo M. Paredes</title>
      <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi</link>
      <description></description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2024-04-25 23:32:00 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2024-04-29 03:51:47 UTC</lastBuildDate>
      <webMaster>hello@padlet.com</webMaster>
      <image>
         <url></url>
      </image>
      <item>
         <title></title>
         <author>gonzalompa17</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970317299</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>CHRISTIAN EDUARDO CASTILLO SAAVEDRA</p></li><li><p>LUIS OMAR GARCIA NAVARRO</p></li><li><p>AUDREY FABIANA GOICOCHEA STENDBERGH</p></li><li><p>GONZALO MAURICIO PAREDES ARTETA</p></li><li><p>DHODY JESÚS SHAPIAMA SOTO</p></li></ul>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-04-25 23:38:33 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970317299</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Analice los artículos desde el N°90 hasta el N°109 de la Constitución Política del Perú</title>
         <author>gonzalompa17</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970318827</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Artículo 90:</strong> Este artículo establece que el Poder Legislativo reside en el Congreso, compuesto por una Cámara Única con 120 congresistas. Se eligen por cinco años y deben cumplir requisitos de nacionalidad y edad. Además, los candidatos a presidente no pueden integrar las listas de candidatos a congresistas, pero los candidatos a vicepresidentes pueden ser candidatos a una representación en el Congreso.</p><p><strong>Artículo 90-A:</strong> Este artículo establece que los parlamentarios no pueden ser reelegidos inmediatamente para otro período en el mismo cargo.</p><p><strong>Artículo 91:</strong> Detalla las condiciones bajo las cuales ciertos funcionarios públicos no pueden ser elegidos como miembros del Congreso, como ministros, autoridades regionales, miembros del Tribunal Constitucional, entre otros.</p><p><strong>Artículo 92:</strong> Establece que la función de congresista es de tiempo completo y prohíbe que desempeñen otros cargos o profesiones durante el horario del Congreso. Además, se detallan las incompatibilidades con ciertos cargos empresariales durante su mandato.</p><p><strong>Artículo 93:</strong> Define la función representativa de los congresistas y establece su inmunidad parlamentaria, así como el proceso legal en caso de comisión de delitos.</p><p><strong>Artículo 94:</strong> Otorga al Congreso la capacidad de elaborar y aprobar su propio Reglamento, así como nombrar y remover funcionarios. Además, establece la irrenunciabilidad del mandato legislativo.</p><p><strong>Artículo 95:</strong> Establece las sanciones disciplinarias que puede imponer el Congreso a sus representantes, limitando la suspensión de funciones a un máximo de 120 días de legislatura.</p><p><strong>Artículo 96:</strong> Detalla el derecho de los congresistas a solicitar informes a diversas autoridades y organismos del Estado.</p><p><strong>Artículo 97:</strong> Otorga al Congreso la capacidad de iniciar investigaciones sobre asuntos de interés público y establece las reglas para ello.</p><p><strong>Artículo 98:</strong> Establece la obligación del Presidente de la República de poner a disposición del Congreso a las fuerzas armadas y policiales cuando lo solicite. También detalla el proceso de acusación y destitución de ciertos funcionarios por parte del Congreso.</p><p><strong>Artículo 99:</strong> Describe las atribuciones de la Comisión Permanente del Congreso, incluyendo la acusación de ciertos funcionarios.</p><p><strong>Artículo 100:</strong> Detalla el proceso de suspensión, inhabilitación o destitución de funcionarios acusados por la Comisión Permanente, así como el proceso legal subsiguiente.</p><p><strong>Artículo 101:</strong> Define las atribuciones de la Comisión Permanente del Congreso.</p><p><strong>Artículo 102:</strong> Enumera las atribuciones del Congreso, incluyendo la elaboración de leyes y resoluciones legislativas.</p><p><strong>Artículo 103:</strong> Establece las condiciones para la expedición de leyes especiales y el principio de irretroactividad de las leyes.</p><p><strong>Artículo 104:</strong> Detalla el proceso de delegación de facultades legislativas al Poder Ejecutivo mediante decretos legislativos.</p><p><strong>Artículo 105:</strong> Establece que ningún proyecto de ley puede sancionarse sin haber sido previamente aprobado por la respectiva Comisión dictaminadora.</p><p><strong>Artículo 106:</strong> Define las leyes orgánicas y establece las condiciones para su aprobación o modificación.</p><p><strong>Artículo 107:</strong> Reconoce el derecho de iniciativa en la formación de leyes a diversos actores, incluidos el Presidente de la República, los Congresistas y los ciudadanos.</p><p><strong>Artículo 108:</strong> Establece el proceso de promulgación de las leyes y las condiciones para su entrada en vigencia.</p><p><strong>Artículo 109:</strong> Establece la fecha de entrada en vigor de las leyes y su obligatoriedad desde el día siguiente de su publicación, a menos que la ley disponga lo contrario.</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-04-25 23:40:38 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970318827</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>gonzalompa17</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319139</link>
         <description><![CDATA[<p>Cite y analice los artículos desde el N°188 hasta el N°193 de la Constitución Política del Perú y analice su significado. ¿Cuáles son las ideas principales de estos artículos? ¿Por qué son importantes? Ilustre con imágenes y ejemplos.</p><p>Los artículos que mencionas pertenecen a la sección sobre la Función Legislativa en la Constitución Política del Perú. A continuación, te proporcionaré un resumen y análisis de cada uno:</p><p><strong>Artículo 188:</strong></p><p>Este artículo establece que el Poder Legislativo reside en el Congreso, que es unicameral, es decir, consta de una sola cámara. Esto significa que la responsabilidad de elaborar y aprobar leyes recae en el Congreso. Es importante porque define la estructura básica del poder legislativo en el Perú y su papel en el sistema político del país.</p><p><strong>Artículo 189:</strong></p><p>El artículo 189 establece que el Congreso ejerce su función legislativa a través de leyes y resoluciones legislativas. Las leyes son normas generales de carácter permanente, mientras que las resoluciones legislativas son normas de carácter específico y temporal. Este artículo es importante porque define los tipos de normas que puede emitir el Congreso y su alcance en la elaboración de políticas y regulaciones.</p><p><strong>Artículo 190:</strong></p><p>El artículo 190 señala que para la aprobación de leyes y resoluciones legislativas, el Congreso debe seguir un procedimiento que incluya debate y votación. Esto implica que las decisiones legislativas deben ser el resultado de un proceso deliberativo y democrático. Es importante porque garantiza la transparencia y legitimidad del proceso legislativo.</p><p><strong>Artículo 191:</strong></p><p>Este artículo establece que las leyes orgánicas son aquellas que regulan la organización y funcionamiento de las instituciones del Estado. Las leyes orgánicas tienen un rango superior al de las leyes ordinarias y requieren una mayoría calificada para su aprobación. Es importante porque define un tipo especial de ley que es fundamental para la estructura del Estado y su funcionamiento.</p><p><strong>Artículo 192:</strong></p><p>El artículo 192 establece que las leyes de presupuesto son aquellas que determinan el régimen de ingresos y gastos del Estado. Las leyes de presupuesto son fundamentales para la gestión financiera del Estado y deben ser aprobadas anualmente. Es importante porque asegura la adecuada asignación de recursos públicos y la rendición de cuentas del gobierno.</p><p><strong>Artículo 193:</strong></p><p>Este artículo establece que las leyes y resoluciones legislativas deben ser promulgadas por el Presidente de la República y publicadas en el diario oficial. La promulgación y publicación de las leyes son pasos necesarios para que estas entren en vigor y sean aplicables. Es importante porque garantiza la adecuada difusión y aplicación de las normas legislativas.</p><p>Estos artículos son fundamentales porque establecen las bases para el funcionamiento del Poder Legislativo en el Perú, definiendo su estructura, competencias y procedimientos. Además, garantizan la transparencia, legitimidad y eficacia del proceso legislativo, que es esencial para el Estado de derecho y la democracia.</p><p><br></p>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2398168209/171883268150633c88382cef800a902b/image.png" />
         <pubDate>2024-04-25 23:41:04 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319139</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Bibliografía</title>
         <author>gonzalompa17</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319397</link>
         <description><![CDATA[<p>Hakansson, C. (2020). <em>Curso de derecho constitucional</em>. Palestra Editores. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://books.google.es/books?hl=es&amp;lr=&amp;id=RWABEAAAQBAJ&amp;oi=fnd&amp;pg=PT5&amp;dq=derecho+constitucional+peruano+&amp;ots=szD9YRTw4h&amp;sig=9Ha0HFvwXdE8aql6Ng64XTBqng8#v=onepage&amp;q=derecho%20constitucional%20peruano&amp;f=false">https://books.google.es/books?hl=es&amp;lr=&amp;id=RWABEAAAQBAJ&amp;oi=fnd&amp;pg=PT5&amp;dq=derecho+constitucional+peruano+&amp;ots=szD9YRTw4h&amp;sig=9Ha0HFvwXdE8aql6Ng64XTBqng8#v=onepage&amp;q=derecho%20constitucional%20peruano&amp;f=false</a></p><p>Belaunde, D. G. (2023). <em>Ensayos de derecho constitucional y procesal constitucional</em>. CANOPUS EDITORIAL DIGITAL SA.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://books.google.es/books?hl=es&amp;lr=&amp;id=NtfwEAAAQBAJ&amp;oi=fnd&amp;pg=PA7&amp;dq=derecho+constitucional+peruano+&amp;ots=dz8_EjlT3Z&amp;sig=i3hMQSMOsXFJ58X1yrasBke_YBc#v=onepage&amp;q=derecho%20constitucional%20peruano&amp;f=false">https://books.google.es/books?hl=es&amp;lr=&amp;id=NtfwEAAAQBAJ&amp;oi=fnd&amp;pg=PA7&amp;dq=derecho+constitucional+peruano+&amp;ots=dz8_EjlT3Z&amp;sig=i3hMQSMOsXFJ58X1yrasBke_YBc#v=onepage&amp;q=derecho%20constitucional%20peruano&amp;f=false</a></p><p>Vivas, J. E. J. (2020). El proceso contencioso-administrativo peruano: breve historia, presente y perspectivas futuras. <em>Revista oficial del poder judicial</em>, <em>11</em>(13), 41-79.</p><p>Link:<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://revistas.pj.gob.pe/revista/index.php/ropj/article/view/39">https://revistas.pj.gob.pe/revista/index.php/ropj/article/view/39</a> </p><p><br/></p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-04-25 23:41:22 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319397</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Bibliografía</title>
         <author>gonzalompa17</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319480</link>
         <description><![CDATA[<p>Eto Cruz, G. (2013) <em>El derecho procesal constitucional. </em><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/05/Constituci%C3%B3n-y-procesos-constitucionales-I.pdf">https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/05/Constitución-y-procesos-constitucionales-I.pdf</a></p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-04-25 23:41:27 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319480</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Bibliografía</title>
         <author>gonzalompa17</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319680</link>
         <description><![CDATA[<p>Justia Perú (s.f.)<em> Constitución Política del Perú de 1993.</em> <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://peru.justia.com/federales/constitucion-politica-del-peru-de-1993/">https://peru.justia.com/federales/constitucion-politica-del-peru-de-1993/</a></p><p>Congreso de la República. (s.f.).<em> Portal Institucional e Información sobre la Actividad Parlamentaria y Legislativa del Estado Peruano</em>. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.congreso.gob.pe/">https://www.congreso.gob.pe/</a></p><p>Grupo Casa Lima (2 de marzo de 2023). <em>El poder ejecutivo: ¿Cómo se define?</em><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://grupocasalima.com/blog/noticias/el-poder-ejecutivo-como-se-define/">https://grupocasalima.com/blog/noticias/el-poder-ejecutivo-como-se-define/</a></p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-04-25 23:41:43 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319680</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Bibliografía</title>
         <author>gonzalompa17</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319741</link>
         <description><![CDATA[<p>Justia Perú (s.f.). <em>Constitución Política Del Perú De 1993</em>. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://peru.justia.com/federales/constitucion-politica-del-peru-de-1993/titulo-ii/capitulo-i/">https://peru.justia.com/federales/constitucion-politica-del-peru-de-1993/titulo-ii/capitulo-i/</a></p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-04-25 23:41:49 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319741</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Bibliografía</title>
         <author>gonzalompa17</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319807</link>
         <description><![CDATA[<p>Justia Perú (s.f.). <em>Constitución Política Del Perú De 1993</em>. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://peru.justia.com/federales/constitucion-politica-del-peru-de-1993/titulo-ii/capitulo-i/">https://peru.justia.com/federales/constitucion-politica-del-peru-de-1993/titulo-ii/capitulo-i/</a></p><p>TVPerú. (27 de julio de 2018). <em>Sepa los trámites para obtener nacionalidad peruana </em>[Archivo de Vídeo]. Youtube. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://youtu.be/D6T8o_krYsk?si=xn7ZCm47dZBpWi_A">https://youtu.be/D6T8o_krYsk?si=xn7ZCm47dZBpWi_A</a></p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://images.app.goo.gl/GbnWtxGuZy82uCFj8">https://images.app.goo.gl/GbnWtxGuZy82uCFj8</a></p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-04-25 23:41:56 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319807</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Bibliografía</title>
         <author>gonzalompa17</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319877</link>
         <description><![CDATA[<p>Justia Perú (s.f.). <em>Constitución Política Del Perú De 1993</em>. https://peru.justia.com/federales/constitucion-politica-del-peru-de-1993/titulo-ii/capitulo-i/</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://images.app.goo.gl/cyZ2XFKD25QmvBXSA">https://images.app.goo.gl/cyZ2XFKD25QmvBXSA</a></p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-04-25 23:42:02 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970319877</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>gonzalompa17</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970324313</link>
         <description><![CDATA[<p>Los artículos desde el N°43 hasta el N°51 de la Constitución Política del Perú abordan temas fundamentales relacionados con las funciones del Estado y las características del país como el idioma que se habla o la principal religión que se practica. Estos artículos son importantes porque establecen las bases para la formación de la sociedad peruana.</p><p>Los artículos son los siguientes:</p><ul><li><p>Articulo 43: Estado democrático de derecho. Forma de Gobierno La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.</p></li><li><p>Articulo 44: Deberes del Estado 14 La Constitución. Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación. Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior.</p></li><li><p>Articulo 45: Ejercicio del poder del Estado. El poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen. Ninguna persona, organización, Fuerza Armada, Policía Nacional o sector de la población puede arrogarse el ejercicio de ese poder. Hacerlo constituye rebelión o sedición.</p></li><li><p>Articulo 46: Gobierno usurpador. Derecho de insurgencia. Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador, ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución y de las leyes. La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional. Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas.</p></li><li><p>Articulo 47: Defensa Judicial del Estado. La defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme a ley. El Estado está exonerado del pago de gastos judiciales.</p></li><li><p>Articulo 48: Idiomas oficiales. Son idiomas oficiales el castellano y, en las zonas donde predominen, también lo son el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes, según la ley.</p></li><li><p>Articulo 49: Capital de la República del Perú y símbolos de la Patria. La capital de la República del Perú es la ciudad de Lima. Su capital histórica es la ciudad del Cusco. Son símbolos de la Patria la bandera de tres franjas verticales con los colores rojo, blanco y rojo, y el escudo y el himno nacional establecidos por ley.</p></li><li><p>Articulo 50: Estado, Iglesia católica y otras confesiones. Dentro de un régimen de independencia y autonomía, el Estado reconoce a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral del Perú, y le presta su colaboración. 15 La Constitución El Estado respeta otras confesiones y puede establecer formas de colaboración con ellas.</p></li><li><p>Articulo 51: Supremacía de la Constitución. La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y así sucesivamente. La publicidad es esencial para la vigencia de toda norma del Estado.</p></li></ul>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2388941130/7699f89a0ce01a271287b9c0f9d36d6e/imagen_2024_04_25_185329968.png" />
         <pubDate>2024-04-25 23:47:39 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970324313</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>gonzalompa17</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970333405</link>
         <description><![CDATA[<p>Los artículos N° 52 y 54 están ligados directamente con la nacionalidad peruana y las formas en la que cada uno puede adquirirla y la forma en la que se renuncia a la misma. La N °54 se encuentra ligada a la N°52, ya que menciona el alcance del territorio peruano. Por ende todo el espacio en donde uno puede nacer y adquirir la nacionalidad peruana, también habla de la soberanía, jurisdicción y el dominio del estado sobre todo el territorio.&nbsp; Su importancia radica en la especificación del requerimiento de la nacionalidad peruana y la forma de renunciar a esta. Además de especificar el alcance del “Lus Soli” (Derecho a suelo) ya que señala los límites del territorio peruano.</p><ul><li><p>Articulo 52: Nacionalidad. Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la República. También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, inscritos en el registro correspondiente durante su minoría de edad. Son asimismo peruanos los que adquieren la nacionalidad por naturalización o por opción, siempre que tengan residencia en el Perú.</p></li><li><p>Articulo 53: Adquisición y renuncia de la nacionalidad. La ley regula las formas en que se adquiere o recupera la nacionalidad. La nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana.</p></li><li><p>Articulo 54: Territorio, soberanía y jurisdicción. El territorio del Estado es inalienable e inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre. El dominio marítimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde las líneas de base que establece la ley. En su dominio marítimo, el Estado ejerce soberanía y jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo con la ley y con los tratados ratificados por el Estado. El Estado ejerce soberanía y jurisdicción sobre el espacio aéreo que cubre su territorio y el mar adyacente hasta el límite de las doscientas millas, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de conformidad con la ley y con los tratados ratificados por el Estado.</p></li></ul>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2388941130/64661bc9cef8dae9314423ba87f968fa/image.png" />
         <pubDate>2024-04-25 23:58:37 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970333405</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>gonzalompa17</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970335215</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
         <enclosure url="https://youtu.be/D6T8o_krYsk?si=RnSZxDDNu2mYo5c1" />
         <pubDate>2024-04-26 00:00:35 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2970335215</guid>
      </item>
      <item>
         <title> ¿Cuáles son las ideas principales de estos artículos? ¿Por qué son importantes? </title>
         <author>audreystendberghgoi</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2972740537</link>
         <description><![CDATA[<ol><li><p><strong>Artículo 90:</strong> Establece la composición del Congreso, el proceso electoral para elegir congresistas y los requisitos para ser candidato. Define la base del poder legislativo y el proceso democrático de representación popular.</p></li><li><p><strong>Artículo 92:</strong> Detalla las limitaciones y prohibiciones para los congresistas, incluyendo incompatibilidades con otros cargos y profesiones durante su mandato, así como restricciones sobre intereses empresariales.</p></li><li><p><strong>Artículo 93:</strong> Establece la inmunidad parlamentaria de los congresistas respecto a sus opiniones y votos, así como el proceso legal en caso de comisión de delitos durante su mandato. Protege la independencia y libertad de expresión de los representantes del pueblo.</p></li><li><p><strong>Artículos 94, 99, 100, 102:</strong> Define las competencias y funciones del Congreso, incluyendo la elaboración de leyes, fiscalización de otros poderes, acusación de funcionarios y aprobación del presupuesto. Garantiza el equilibrio de poderes y el buen funcionamiento democrático.</p></li><li><p><strong>Artículos 104, 108, 109:</strong> Establece el proceso legislativo, incluyendo la delegación de facultades legislativas al Ejecutivo, y las condiciones para la promulgación y entrada en vigor de las leyes. Asegura la legalidad, transparencia y eficacia del proceso legislativo.</p></li></ol>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-04-28 21:44:19 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2972740537</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Los artículos desde el N°194 hasta el N°199 de la Constitución Política del Perú están relacionados con el Poder Judicial. </title>
         <author>christiancas0405</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2972745428</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Artículo 194:</strong></p><p>El <strong>Artículo 194</strong> establece que el Poder Judicial es autónomo y tiene potestad para administrar justicia en nombre del pueblo. Esto significa que el Poder Judicial es independiente y no está sujeto a influencias externas, como el poder ejecutivo o legislativo. Esta autonomía es fundamental para garantizar la imparcialidad y la integridad del sistema judicial.</p><p><strong>Artículo 195:</strong></p><p>El <strong>Artículo 195</strong> menciona que el Poder Judicial está conformado por diversos órganos, como la Corte Suprema, las cortes superiores y otros órganos especializados. Estos órganos son esenciales para la distribución y administración de justicia a nivel nacional.</p><p><strong>Artículo 196:</strong></p><p>El <strong>Artículo 196</strong> establece que la Corte Suprema es el máximo órgano del Poder Judicial y está compuesta por diversos jueces supremos. La Corte Suprema tiene la responsabilidad de velar por la correcta administración de justicia en todo el país y resolver casos de relevancia constitucional.</p><p><strong>Artículo 197:</strong></p><p>El <strong>Artículo 197</strong> se refiere a las funciones de la Corte Suprema, que incluyen la superintendencia de la administración judicial y la potestad de dictar medidas disciplinarias respecto a los jueces y fiscales. Esta disposición es esencial para garantizar la calidad y la ética en el desempeño de los miembros del Poder Judicial.</p><p><strong>Artículo 198:</strong></p><p>El <strong>Artículo 198</strong> menciona la autonomía económica del Poder Judicial, lo que significa que tiene derecho a un presupuesto propio para garantizar su funcionamiento independiente y eficaz. Esta autonomía financiera es crucial para evitar interferencias externas que puedan comprometer la independencia judicial.</p><p><strong>Artículo 199:</strong></p><p>El <strong>Artículo 199</strong> establece que el Consejo Nacional de la Magistratura es el órgano encargado de la selección, nombramiento, ratificación y destitución de los jueces y fiscales. Este órgano es importante para garantizar la idoneidad y la transparencia en la selección de los miembros del Poder Judicial, contribuyendo así a fortalecer la confianza en el sistema judicial.</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-04-28 21:57:10 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2972745428</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Son importantes porque:</title>
         <author>christiancas0405</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2972745870</link>
         <description><![CDATA[<p>Estos artículos son fundamentales porque establecen las bases institucionales y normativas del Poder Judicial en el Perú, cuya importancia radica en varios aspectos clave. Primero, garantizan la Independencia Judicial al asegurar la autonomía del Poder Judicial, permitiendo que jueces y fiscales ejerzan sus funciones de manera imparcial, sin presiones externas. En segundo lugar, fortalecen el Estado de Derecho al sostener un Poder Judicial autónomo y eficaz, fundamental para el respeto y la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos y para la aplicación justa de las leyes. Por último, promueven la Transparencia y la Ética al abordar cuestiones relacionadas con el Consejo Nacional de la Magistratura y las funciones de la Corte Suprema, lo que contribuye a garantizar la integridad y la calidad del sistema judicial en el país.</p>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2394432273/738291e57aa6fd8fbf21d4e1128dfc61/image.png" />
         <pubDate>2024-04-28 21:58:34 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2972745870</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Los artículos desde el N°194 hasta el N°199 de la Constitución Política del Perú están relacionados con el Poder Judicial.</title>
         <author>christiancas0405</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2972746072</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Artículo 194:</strong></p><p>El <strong>Artículo 194</strong> establece que el Poder Judicial es autónomo y tiene potestad para administrar justicia en nombre del pueblo. Esto significa que el Poder Judicial es independiente y no está sujeto a influencias externas, como el poder ejecutivo o legislativo. Esta autonomía es fundamental para garantizar la imparcialidad y la integridad del sistema judicial.</p><p><strong>Artículo 195:</strong></p><p>El <strong>Artículo 195</strong> menciona que el Poder Judicial está conformado por diversos órganos, como la Corte Suprema, las cortes superiores y otros órganos especializados. Estos órganos son esenciales para la distribución y administración de justicia a nivel nacional.</p><p><strong>Artículo 196:</strong></p><p>El <strong>Artículo 196</strong> establece que la Corte Suprema es el máximo órgano del Poder Judicial y está compuesta por diversos jueces supremos. La Corte Suprema tiene la responsabilidad de velar por la correcta administración de justicia en todo el país y resolver casos de relevancia constitucional.</p><p><strong>Artículo 197:</strong></p><p>El <strong>Artículo 197</strong> se refiere a las funciones de la Corte Suprema, que incluyen la superintendencia de la administración judicial y la potestad de dictar medidas disciplinarias respecto a los jueces y fiscales. Esta disposición es esencial para garantizar la calidad y la ética en el desempeño de los miembros del Poder Judicial.</p><p><strong>Artículo 198:</strong></p><p>El <strong>Artículo 198</strong> menciona la autonomía económica del Poder Judicial, lo que significa que tiene derecho a un presupuesto propio para garantizar su funcionamiento independiente y eficaz. Esta autonomía financiera es crucial para evitar interferencias externas que puedan comprometer la independencia judicial.</p><p><strong>Artículo 199:</strong></p><p>El <strong>Artículo 199</strong> establece que el Consejo Nacional de la Magistratura es el órgano encargado de la selección, nombramiento, ratificación y destitución de los jueces y fiscales. Este órgano es importante para garantizar la idoneidad y la transparencia en la selección de los miembros del Poder Judicial, contribuyendo así a fortalecer la confianza en el sistema judicial.</p>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2394432273/b2651aeed1f717fd3950c23355ebf816/image.png" />
         <pubDate>2024-04-28 21:59:19 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2972746072</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>garcianavarroluisomar</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2972800862</link>
         <description><![CDATA[<p>Art.110: El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación. Se señalan también los requisitos para poder ser el máximo representante de esta nación.</p><p>Art.111:  El Presidente de la República se elige por sufragio directo. En caso no haya mayoría absoluta se procede a otra elección.</p><p>Art. 112: El mandato presidencial es de cinco años, no hay reelección inmediata. Si un ex presidente desea postular debe esperar el término del periodo constitucional.</p><p>Art.113: Casos de vacancia de la presidencia.</p><p>Art.114: Casos de suspensión temporal de la presidencia</p><p>Art.115: Por impedimento temporal o permanente del Presidente de la República, asume sus funciones el Primer Vicepresidente. En defecto de éste, el Segundo Vicepresidente. Por impedimento de ambos, el Presidente del Congreso. Si el impedimento es permanente, el Presidente del Congreso convoca de inmediato a elecciones.</p><p>Art.116:  El Presidente de la República presta juramento de ley y asume el cargo, ante el Congreso, el 28 de julio del año en que se realiza la elección.</p><p>Art.117: Delitos por los cuales El Presidente de la República sólo puede ser acusado, durante su período.</p><p>ART.118: Deberes y correspondencias del Presidente de la República. </p><p>Todo artículo tiene un porqué, estos artículos ayudan a denotar las responsabilidades del presidente y requisitos para serlo, señalar casos en que deba ser sacado del puesto y prevenir la perpetuidad en el poder del mismo.</p><p><br></p>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2404135310/f4be8c5e87534f52fd69d422095dcbd6/image.png" />
         <pubDate>2024-04-29 00:00:47 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2972800862</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>garcianavarroluisomar</author>
         <link>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2972805900</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2404135310/c2e3916edc937f592d097c08306734e8/image.png" />
         <pubDate>2024-04-29 00:07:04 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/gonzalompa17/qb3qa7k3zkozlesi/wish/2972805900</guid>
      </item>
   </channel>
</rss>
