<?xml version="1.0"?>
<rss version="2.0">
   <channel>
      <title>Propiedad Intelectual by Laura Sofia BERNAL USECHE</title>
      <link>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3</link>
      <description>Hecho con serendipia</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2019-10-04 14:59:23 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2019-10-24 17:42:25 UTC</lastBuildDate>
      <webMaster>hello@padlet.com</webMaster>
      <image>
         <url></url>
      </image>
      <item>
         <title>Integrantes</title>
         <author>laura_bernal_u</author>
         <link>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3/wish/393612834</link>
         <description><![CDATA[<div>1. Alejandra Pineda<br>2. Laura Bernal</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2019-10-04 15:11:56 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3/wish/393612834</guid>
      </item>
      <item>
         <title>a.     ¿Qué características debe cumplir una obra para que sea considerada como tal?</title>
         <author>laura_bernal_u</author>
         <link>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3/wish/393616439</link>
         <description><![CDATA[<div><br></div><div>Se debe realizar el Registro Nacional de Derecho de Autor, en donde debe diligenciar un formulario con todas las especificaciones de su trabajo y presentar su respectiva obra.<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2019-10-04 15:17:49 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3/wish/393616439</guid>
      </item>
      <item>
         <title>d.	¿Qué derechos protegen las leyes de propiedad intelectual?</title>
         <author>laura_bernal_u</author>
         <link>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3/wish/393616851</link>
         <description><![CDATA[<div>1.     Derechos de propiedad industrial: derechos de marcas, derechos de patentes, derechos de dibujos y modelos industriales, disciplina de la competencia desleal. </div><div>2.     Derechos de los descubrimientos científicos </div><div>3.     Derechos de autor</div><div>4.     Derechos conexos o afines<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2019-10-04 15:18:21 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3/wish/393616851</guid>
      </item>
      <item>
         <title>c.	¿Cuál es la diferencia entre propiedad intelectual y derechos de autor?</title>
         <author>laura_bernal_u</author>
         <link>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3/wish/393617229</link>
         <description><![CDATA[<div>Los derechos de autor se encuentran inmersos en lo que abarca la propiedad intelectual, que es mucho más amplia y abarca dentro de ella otro tipo de leyes que protegen derechos de propiedad intelectual.  <br><br></div><div> </div><div> <br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2019-10-04 15:19:00 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3/wish/393617229</guid>
      </item>
      <item>
         <title>e. ¿Cuál es la diferencia entre derechos morales y patrimoniales, y en virtud de estos,qué decisiones puede tomar el autor?</title>
         <author>laura_bernal_u</author>
         <link>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3/wish/393617648</link>
         <description><![CDATA[<div>A diferencia de los derechos morales, los derechos patrimoniales son en esencia transferibles y sometidos a un término de duración de la protección que en Colombia, por regla general, es el de la vida del autor más ochenta años después de su muerte. Así mismo, los derechos patrimoniales pueden ser expropiados y están sujetos a licencias obligatorias y al régimen de las limitaciones o excepciones al derecho de autor consagradas por la Ley.</div><div><strong> <br></strong><br></div><div>Los derechos morales son derechos personalísimos, a través de los cuales se busca salvaguardar el vínculo que se genera entre el autor y su obra, en tanto ésta constituye la expresión de su personalidad. En tal carácter, los derechos morales son inalienables, inembargables, intransferibles e irrenunciables. En virtud de los derechos morales, el autor puede: Conservar la obra inédita o divulgarla, reivindicar la paternidad de la obra en cualquier momento, oponerse a toda deformación, mutilación o modificación que atente contra el mérito de la obra o la reputación del autor, modificar la obra, antes o después de su publicación, retirar la obra del mercado, o suspender cualquier forma de utilización, aunque ella hubiese sido previamente autorizada.</div><div>Por otro lado los Derechos Patrimoniales<strong> s</strong>on prerrogativas de naturaleza económico - patrimonial, con carácter exclusivo, que permiten a su titular controlar los distintos actos de explotación de que la obra puede ser objeto. Lo anterior implica que todo acto de explotación de la obra, amparado por un derecho patrimonial, deberá contar con la previa y expresa autorización del titular del derecho correspondiente, quien podrá señalar para tal efecto las condiciones onerosas o gratuitas que tenga a bien definir, en ejercicio de su autonomía privada. En virtud de los derechos patrimoniales, el autor o la persona natural o jurídica a quien se le transfieran estos derechos, puede realizar, autorizar o prohibir:La reproducción, la comunicación pública, la distribución pública de ejemplares, la traducción, adaptación, arreglo u otra transformación de la obra y la importación de ejemplares de su obra reproducidos sin su autorización.<br> <br> <br> </div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2019-10-04 15:19:37 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3/wish/393617648</guid>
      </item>
      <item>
         <title>b. ¿Qué condiciones debe cumplir una persona para ser considerado como un“Autor”?</title>
         <author>laura_bernal_u</author>
         <link>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3/wish/402188091</link>
         <description><![CDATA[<div>Un autor es la persona física (natural) que realiza la creación intelectual de carácter literario o artístico y solo un ser humano puede tener la condición de autor.<br> Para ser considerado autor o coautor de una obra, tal persona ha debido llevar a cabo, por sí mismo, el proceso mental que significa concebir y expresar una obra literaria o artística. Varias personas naturales tendrán la condición de coautores si respecto de cada una de ellas, se puede predicar el haber realizado la creación intelectual en los términos antes mencionados. El mero aporte de ideas que sirven de antecedente para la creación de la obra, o la contribución puramente física o mecánica, no creativa, a la plasmación de la obra, no atribuyen la condición de autor a quien las realiza. El autor es el titular originario de los derechos morales y patrimoniales reconocidos por la ley.</div><div><strong> <br></strong><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2019-10-24 17:39:02 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/laura_bernal_u/px4rarak5we3/wish/402188091</guid>
      </item>
   </channel>
</rss>
