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      <title>Regulación de la publicidad en Perú by Raff Grados</title>
      <link>https://padlet.com/rafaellagradosmusic/pu1cv56tda3jsvcp</link>
      <description>Hecho con estilo molón</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2021-06-06 01:22:24 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2026-02-19 12:43:52 UTC</lastBuildDate>
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         <title>PUBLICIDAD ENGAÑOSA: CASO &quot;ANGEL MEL&quot;</title>
         <author>rafaellagradosmusic</author>
         <link>https://padlet.com/rafaellagradosmusic/pu1cv56tda3jsvcp/wish/1587415627</link>
         <description><![CDATA[<div>En el empaque del producto “Ángel Mel” de 170 gramos daba a entender que la miel era un ingrediente importante en la composición y que este era nutritivo. Dichos mensajes eran transmitidos a través de imágenes de una abeja derramando miel en el cereal y la frase “verdadero aliado de nutrición”.<br><br></div><div>Sin embargo, se comprobó que el producto contiene únicamente 0,5% de miel de abeja. Por lo que, la empresa Global Alimentos SAC violo el principio de veracidad, pues la información transmitida no fue real ni objetiva e indujo a error al consumidor por exageración al poner de protagonista al ingrediente de la miel, cuando solo contenía una mínima cantidad de este. Indecopi impuso una multa a la empresa por 20 UIT por publicidad engañosa y les ordeno que cesen la difusión de la publicidad de dicho empaque.<br><br>La empresa&nbsp; Global Alimentos&nbsp; SAC (propiedad de Alicorp) ya cambió su etiquetado y hasta su marca y la formulación del producto, precisamente por el carácter engañoso de la misma.&nbsp;</div><div>1.- Ahora se llama Ángel Meli</div><div>2.- Ha retirado la imagen de la abeja</div><div>3.- Ya no dice con “miel de abeja”, sino con “Sabor a Miel”&nbsp;</div><div>4.- Ha retirado la frase “Verdadero Aliado en Nutrición”</div><div>5.- Ha reducido la cantidad de azúcar de 40% a 21%.</div><div><br>Bibliografía:<br>https://gestion.pe/economia/empresas/indecopi-multa-cereal-angel-mel-s-84-000-primera-instancia-presunto-empaque-enganoso-272373-noticia/<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-06 01:23:21 UTC</pubDate>
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         <title>PUBLICIDAD  COMPARATIVA : CASO &quot;MC DONALD´S&quot; VS BURGER KING</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/rafaellagradosmusic/pu1cv56tda3jsvcp/wish/1587430326</link>
         <description><![CDATA[<div><br>En el anuncio se puede observar a un niño en un parque que todos los días lleva una bolsa de McDonald’s en el que lleva su cajita con papitas y una hamburguesa. Lo que se ve diariamente es que al abrir la bolsa unos niños se la quitan y él no tiene la capacidad de negarse. Al final, el niño piensa una opción para que los otros niños no se coman su comida, así que les engaña poniendo una bolsa de Burger King, que recordemos que es la competencia más directa de McDonald’s, escondiendo la de Mc Donald´s. Y llega a funcionar ya que a los niños parece que no les gusta ni llama la atención los productos del Burger King.<br><br></div><div>En mi opinión, estamos ante un caso de publicidad comparativa no permitida me parece de muy mal gusto utilizar la violencia o el famoso bullying para promocionar un producto. Hay que ser creativos no destructivos de nuestra sociedad<br><br></div><div>En ningún momento se hace una comparación objetiva de alguna característica esencial de los productos. Y, en segundo lugar, la alusión que Mc Donald´s hace de Burger King realiza un desprestigio comercial de esta, ya que hace ver que los niños detestan Burger King.<br> Bibliografía :<br>Link de la publicidad : https://www.youtube.com/watch?v=7nagr1gQeAs<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://www.youtube.com/watch?v=7nagr1gQeAs" />
         <pubDate>2021-06-06 01:55:02 UTC</pubDate>
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         <title>PUBLICIDAD QUE INFRINGE EL PRINCIPIO DE ADECUACIÒN SEXUAL- CASO &quot;LADRILLOS LARK&quot;</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/rafaellagradosmusic/pu1cv56tda3jsvcp/wish/1587498656</link>
         <description><![CDATA[<div>La marca de Ladrillos “Lark”, difundió información acerca de su producto, en este caso los ladrillos, mediante anuncios en la vía pública que fueron replicados en Redes Sociales y llegaron a tener una mala recepción por parte de la comunidad.&nbsp;</div><div>&nbsp;</div><div>Esta forma de comunicación por la que optó esta empresa, fue rechazada debido a que se percibió como un trato denigratorio y sexista hacia la imagen de la mujer, como también siendo utilizada como un objeto en la publicidad. Según el Ministerio de la mujer y Poblaciones Vulnerables, esta campaña fue totalmente rechazada ya que la modelo, Vania Bludau, aparecia dentro de la imagen con frases como “Estás fuerte” “Estás dura”, Así sentirás tu casa si la construyes con Lark, faltando el respeto hacia la dignidad de la modelo como también un acto de ofensa sexual.</div><div>&nbsp;</div><div>Es por ello, que estamos frente a una falta contra el Principio de Adecuación Social. Donde específicamente, se muestra un acto de ofensa por motivo de acto sexual hacia la imagen de la mujer. Podemos observar también, que este anuncio va en contra de los parámetros que este principio regula. Por ejemplo, esta campaña se muestra grosera y truculenta. Ya que se puede observar la morbosidad en la misma como también una manifestación de mal gusto en cuanto a la imagen de la mujer.</div><div>&nbsp;</div><div>Finalmente, en este caso, podemos decir que el CONAR puede implantarle una multa a la empresa Lark ya que esta se encarga de defender cualquier acto que vaya en contra de la ética Publicitaria, y como se menciona en el Código de Ética de 2007, este sanciona toda publicidad que realice un uso indebido y discriminatorio de la figura de la mujer, sobre todo cuando su imagen es utilizada como objeto de impacto.&nbsp;<br><br>Bibliografía:<br>- https://ius360.com/conar-y-la-publicidad-sexista/<br>- https://peru21.pe/lima/vania-bludau-ministerio-mujer-rechazo-publicidad-ladrillos-lark-161260-noticia/?ref=p21r<br>- https://elcomercio.pe/lima/publicidad-ladrillos-lark-sexista-mimp-322694-noticia/?ref=ecr</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-06 04:10:09 UTC</pubDate>
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         <title>PUBLICIDAD DENIGRATORIA: EL COMERCIAL DE PEPSI CONTRA COCA COLA   </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/rafaellagradosmusic/pu1cv56tda3jsvcp/wish/1588127454</link>
         <description><![CDATA[<div>En la publicidad de Pepsi podemos ver a un niño frente a una maquina de gaseosas. El pequeño va introduciendo monedas para comprar dos latas de gaseosa que pone sobre el suelo para después usarlo de soporte. Se para sobre ellas con la finalidad de alcanzar el botón que esta más arriba. El niño quería presionar el botón de Pepsi, pero como esta muy alto no llega. Cuando lo logra, presiona el botón y recibe su gaseosa, se va dejando las dos latas.&nbsp;<br><br>En el video vemos como alude directamente a la marca, ya que se ve el nombre de Coca Cola en las latas. Dañando así el prestigió y la reputación de la gaseosa al aludir que solo las usa como método para alcanzar a Pepsi. También podemos observar que&nbsp; Pepsi esta ubicado más arriba haciendo referencia a que es superior a su adversario. Además, de que el niño pisotea las latas cómo si no tuvieran importancia haciendo ver que Pepsi puede pisotear a Coca Cola.&nbsp;<br><br>En mi opinión, podemos observar como la marca Pepsi se burla y daña la reputación de Coca Cola al presentar ese tipo de publicidad. Ya que esto se puede tomar como ejemplo para que otros niños imiten eso. </div>]]></description>
         <enclosure url="https://www.youtube.com/watch?v=1k__dRmEtVI" />
         <pubDate>2021-06-06 16:51:11 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>PUBLICIDAD QUE INFRINGE EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD: CASO CLARO</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/rafaellagradosmusic/pu1cv56tda3jsvcp/wish/1588166632</link>
         <description><![CDATA[<div>La publicidad de Claro tiene un objetivo comercial que es brindar promociones a los clientes con la finalidad de que compren un celular post pago<br>Asimismo, el mensaje publicitario "Habla ilimitadamente para toda la vida con 2 claro móviles" es subjetivo, ya que desde el enfoque del consumidor, asume que comprando un celular post pago se podrá adquirir la promoción de hablar ilimitadamente.&nbsp; En la cual podrán hablar sin costo alguno durante el tiempo que deseen mientras que el usuario del celular lo mantenga afiliado a la línea telefónica. Por lo tanto, la publicidad de Claro infringe el principio de legalidad debido a que la promoción que brinda omite información exigida por la ley. Además, en la parte inferior se indicaba que esa promoción gratis solo se aplicaba a los tres primeros minutos de la llamada realizada, luego de ello, se cobraría un monto de S/0.35 por minuto, lo cual resultaba contradictorio con el mensaje principal del anuncio publicitario de Claro<br><br>Bibliografía:<br>-https://elcomercio.pe/economia/peru/indecopi-sanciono-telefonica-claro-publicidad-ilegal-233163-noticia/?ref=ecr<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-06 17:37:51 UTC</pubDate>
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