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      <title>💬 Práctica Aplicada - Foro Netchat - Protección de datos y Estado by ADEN - Transformación</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-09-28 18:56:15 UTC</pubDate>
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         <title>YIRLANY MARÍA, GONZALEZ CALDERÓN</title>
         <author>transformacion</author>
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         <description><![CDATA[<p>Buenas tares, en Costa Rica existe la siguiente normativa:&nbsp;</p><ul><li><p>La Constitución Política, Articulo 24. --Son inviolables los documentos privados y las comunicaciones escritas u orales de los habitantes de la República.</p></li><li><p>Ley 8968 – Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales y su respectivo Reglamento No. 37554-JP</p></li><li><p>Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor - No 7472</p></li><li><p>Ley General de Telecomunicaciones No. 8642</p></li><li><p>Código Civil: derechos y usos de imagen personal</p></li><li><p>Código Penal: tutela el bien jurídico de datos personales a través de la sanción penal.</p></li><li><p>La Jurisprudencia</p></li></ul><p>Actualmente se está trabajando para la de Ciberseguridad, en virtud de los avances y ataques que han recibido diferentes empresas del estado.&nbsp;</p><p>Es obvio que la tecnología siempre va a la vanguardia y la creación de leyes y normativas solo se ajustan a estas realidades, son más reactivas que proactivas. Considero oportuno que se cumpla la normativa y aplicarla en toda su extensión.&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-24 19:30:48 UTC</pubDate>
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         <title>Francisco Javier, Vanegas Cáceres</title>
         <author>transformacion</author>
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         <description><![CDATA[<p>Saludos,&nbsp;</p><p>El perfilamiento de la información a través del uso de la tecnología y la toma de decisiones en función a estos datos, cada vez tomará proporciones más grandes.&nbsp; El único mecanismo que considero viable es establecer los límites que correspondan a nivel Constitucional y legal</p>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-24 19:31:00 UTC</pubDate>
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         <title>REMBERTO, ORTEGA GUIZADO</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/pt6qz5lua7xvn4ho/wish/2761639539</link>
         <description><![CDATA[<p>Con relación a la pregunta planteada es importante destacar que el tema de la protección de los datos está muy estrechamente a los derechos humanos.&nbsp; No obstante, y tal como pudimos revisar en esta asignatura, a pesar de que puedan existir lineamientos o marcos legales y convenios siempre hay un margen para la interpretación y aplicación de estos.&nbsp; Sin embargo, es fundamental que los ciudadanos tengamos claros cuales son los compromisos del Estado en materia de protección de datos y con base en ello poder lograr que se tomen las consideraciones necesarias en materia normativa y de manejo de estos.</p><p>En el caso del continente americano cabe destacar que, el Departamento de Derecho Internacional de la Secretaría de Asuntos Jurídicos de la Organización de los Estados Americanos (OEA) puso a disposición del público los Principios Actualizados sobre la Privacidad y la Protección de Datos Personales adoptados por el Comité Jurídico Interamericano (CJI) y aprobados por la Asamblea General de la OEA en 20211. Estos 13 Principios reflejan las distintas aproximaciones que prevalecen en los Estados miembros sobre los temas centrales de la protección de los datos personales, entre ellos el consentimiento, las finalidades y medios para la captación y tratamiento de estos datos, el flujo transfronterizo y la seguridad de los datos personales, la protección especial a los datos sensibles, y el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad.</p><p>Cabe agregar que, como una herramienta adicional, esta publicación incluye las anotaciones que explican, ejemplifican y profundizan en los conceptos que constituyen el contenido de cada uno de los Principios Actualizados.</p>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-24 19:31:14 UTC</pubDate>
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         <title>TEMISTOCLES, ROSAS</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/pt6qz5lua7xvn4ho/wish/2761639773</link>
         <description><![CDATA[<p>El control del Estado sobre la información de datos personales que maneja debe ser mitigado con legislaciones robustas que permitan que instituciones independientes, puedan fiscalizar la labor del Estado en esta materia. De igual forma, estas legislaciones deben indicar lo que puedo y no que no puede hacer el Estado con la información que posee. La base legal es la primera barrera de defensa ante la protección de datos personales, ya que permite acceder ante las autoridades judiciales, frente a abusos y prácticas incorrectas por parte de las autoridades de Gobierno.</p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-24 19:31:28 UTC</pubDate>
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         <title>Alejandro, Araya</title>
         <author>transformacion</author>
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         <description><![CDATA[<p>Buenas tardes.&nbsp;</p><p>La solución me parece que está precisamente en encontrar un equilibrio que al final logre los objetivos y que la intromicion en el ámbito privado de los datos de los administrados, cuente con un manejo adecuado y en resguardo de la confidencialidad, con estricto apego a las necesidades del interés perseguido. Por esto, la existencia de una normativa robusta, en cuanto a la protección de datos (independientemente que sea por el almacenamiento, procesamiento y uso por ente privado o público) resulta importante a los intereses de lograr ese equilibrio. Pero no está demás, que se extienda a normas de caracter internacionales (la protección) como aquellas que han germinado para regular las condiciones de personas de ciertas latitudes, pero también aquellas que se refieren a estandares de manejo de este tipo de información ultrasensible.</p>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-24 19:31:41 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/transformacion/pt6qz5lua7xvn4ho/wish/2761640015</guid>
      </item>
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         <title>Yaravi, Morales</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/pt6qz5lua7xvn4ho/wish/2761640418</link>
         <description><![CDATA[<p>Cuáles serían las posibles vías para neutralizar el control social que puede realizar el Estado ante el perfilamiento de la información.&nbsp;</p><p>Dentro de las posibles vías para poder neutralizar el control social que pueda realizar el Estado, serían:&nbsp;</p><p>a) Acción de inconstitucionalidad para oponerse a dicha leyes que crean de control social</p><p>b) Acción de Amparo&nbsp;</p><p>Considero que con ambas medidas pueden oponerse la población para neutralizar las medidas de control social.&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-24 19:32:00 UTC</pubDate>
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         <title>Italo G., Cassino P.</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/pt6qz5lua7xvn4ho/wish/2761640630</link>
         <description><![CDATA[<p>En primera instancia una ley que establezca los aspectos penales que esta sometida el mal uso de la información de datos personales.</p><p>Acto seguido, el consentimiento de la persona. Sin consentimiento no se puede hacer uso de la misma.</p><p>En este sentido el gobierno debe mirar (en especial en nuestros países Latino Americanos) con ojos a futuro y entender que la globalización y la tecnología ya están aquí y hay que actualizar nuestras legislaciones en pro, no solo del crecimiento económico sino también para hacer frente a pandemias como justamente paso con la COVID-19.</p>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-24 19:32:13 UTC</pubDate>
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         <title>ADRIANA PATRICIA, DELGADO FLOREZ</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/pt6qz5lua7xvn4ho/wish/2761641294</link>
         <description><![CDATA[<p>Buenos días,</p><p>En mi opinión, las posibles vías para neutralizar el control social que pueda realizar el Estado ante el perfilamiento de nuestra información son:</p><ol><li><p>Deliberación pública: esta es una vía directa que podría utilizarse para discutir los fines legítimos para la recolección, almacenamiento y procesamiento de datos sensibles relativos a los ciudadanos.</p></li><li><p>Acciones jurídicas: acciones consagradas jurídicamente que pueden ser activadas por instituciones judiciales aprovechando la legislación</p></li><li><p>Recursos administrativos: acciones y recursos que pueden ser activados por instituciones contraloras</p></li></ol><p>&nbsp;</p><p>En Costa Rica además de la normativa señalada por YIRLANY MARÍA, GONZALEZ CALDERÓN, existe un ente contralor, denominado Agencia de Protección de Datos de los Habitantes, PRODHAB, que entre sus funciones tiene</p><ul><li><p>Velar por el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos, tanto por parte de personas físicas o jurídicas privadas, como por entes y órganos públicos.</p></li><li><p>Imponer las sanciones establecidas en el artículo 28 de la Ley N.°8968, a las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que infrinjan las normas sobre protección de los datos personales y dar traslado al Ministerio Público de las que puedan configurar delito.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-24 19:32:46 UTC</pubDate>
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         <title>Jesús González</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/pt6qz5lua7xvn4ho/wish/2971751369</link>
         <description><![CDATA[<p>Desde mi perspectiva, siendo abogado, creo que es importante no perder de vista que la privacidad y la protección de datos personales son derechos humanos o derechos fundamentales. </p><p>En este sentido, en última instancia, más allá de cuestiones prácticas, como si se usa la nube o no, o si el estado requiere consentimiento para tratar datos o no, etc., en última instancia, estamos hablando de crear un sistema normativo coherente, racional y lógico en que prime el respeto a la privacidad, pero también se tomen en cuenta otros valores relevantes, como la seguridad nacional o la sanidad pública. </p><p>Por tanto, lo que se necesita para controlar al Estado en materia de privacidad es lo mismo que se necesita para controlarlo frente a la vulneración de otros derechos humanos, es decir, buenas leyes y reglamentos, autoridades encargadas de proteger y salvaguardar los derechos y, por último, mecanismos judiciales para plantear defensa o exigir reclamaciones. </p><p>Aunado a esto, es necesario concientizar a la ciudadanía para que asuman la protección, defensa y reclamo de su derecho a la privacidad, es decir, crear cultura de respeto y protección de los datos propios.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-27 02:02:58 UTC</pubDate>
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         <title>Delfina Solórzano</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>En relación a las posibles vías para neutralizar el control social del Estado en El Salvador respecto a la prtección de información personal, se pueden implementar varias estrategias:</p><p>-Crear una autoridad independiente para supervisar el cumplimiento de estas leyes.</p><p>-Exigir transparencia y rendición de cuentas por parte del Estado y otras entidades.</p><p>-Promover la educación pública sobre la importancia de la privacidad de los datos.</p><p>-Fomentar el desarrollo y la adopción de tecnologías de privacidad.</p><p>-Incentivar la participación ciudadana en el debate y la defensa de la privacidad.</p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-05-21 22:54:38 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/pt6qz5lua7xvn4ho/wish/3015538378</link>
         <description><![CDATA[<p>Considero que para mitigar el control que tiene el Estado de nuestra información, es necesario legislación robusta que proteja estos derechos fundamentales, así como un ente que regule el actual del estado  a efecto de proteger al ciudadano. </p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-02 18:25:39 UTC</pubDate>
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