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      <title>Examen final Filosofía Grupo 46 by Juan Pablo Barquer Vega</title>
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      <description>Naturaleza del estado</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2021-11-23 03:18:27 UTC</pubDate>
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         <title>Cuadro comparativo </title>
         <author>pablobarquerovega</author>
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         <description><![CDATA[<div>Cuadro comparativo<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-11-25 10:23:35 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>brandonure2020</author>
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         <description><![CDATA[<div>Respuestas Brandon Ureña Porras</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-11-25 20:07:45 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>villaltaaleka</author>
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         <description><![CDATA[<div>2.1 Según el contractualismo y el estado de la naturaleza explicado como la forma anticipada en los seres humanos se desarrollaron, se menciona el inicio del contrato social y como con este cedíamos cosas a favor de obtener otras. Para Hobbes la vida de los seres humanos es brutal, insegura y breve y este mismo menciona que sin el estado de naturaleza se viviría en una situación de caos, violencia y lucha por sobrevivir, sin embargo, todas las personas tienen su parte buena y mala por lo que no es posible asegurar que sin el “contrato” se viviría de forma insegura o violenta pues cada persona posee características diferentes, Para la ciencia no solo los seres humanos tenemos empatía si no también animales la llegan a desarrollar y esto permite comprender los sentimientos del otro, por lo que el cuestionamiento desde un ámbito científico sobre la empatía de los seres humanos resulta como una crítica directa al contractualismo y sus ideas de que los seres humanos necesitan un contrato para asegurar su propia vivencia dentro de la misma sociedad.<br>Por otra parte La crítica de Hegel al contractualismo en El derecho abstracto, este define el derecho abstracto como el primer despliegue de libertad, para este las únicas relaciones y dimensiones considerables son las que pueden ser pensadas en termino de derecho privado, y la capacidad jurídica. Para Hegel una persona es una voluntad libre, pero esto solo se vuelve verdadero cuando se hace subjetivo de esta forma el derecho jurídico es explicado como la posesión de las cosas, sin embargo, no se justifica para que se satisfagan las necesidades básicas si no la necesidad de superar la mera subjetividad de la voluntad propia. Hegel habla de cómo la voluntad individual genera relación con la propiedad privada y posesión dentro de la sociedad y cada ser humano por lo que es muy diferente a los mencionaban Hobbes o Locke acerca de la pertenencia del estado natural y su peso en las acciones de cada ser humano. <a href="https://es.scribd.com/doc/129305403/La-cri-tica-de-Hegel-al-contractualismo-en-El-derecho-abstracto-damiani">https://es.scribd.com/doc/129305403/La-cri-tica-de-Hegel-al-contractualismo-en-El-derecho-abstracto-damiani.</a> <br>Souza Santos dice que el contrato social encierra una tensión dialéctica entre regulación social y emancipación social, tensión que se mantiene merced a la constante polarización entre voluntad individual y voluntad general, entre interés particular y bien común (Souza Santos, 2006: 7) el contrato social lo utiliza como metáfora referente a la modernidad y vigente a la tensión entre el estado moderno y el mercado capitalista. En la crítica de Santos menciona que Hobbes construyo su explicación con criterios no teológicos y que hoy en día presenta problemas con la modernidad por lo que necesita plantearse en sus propios términos modernos. Desde la posición del mercado se habla de que este es a lo que Hobbes se refiere cuando dice “lucha de todos contra todos” porque en este es donde se enfrentan individuos libres en condiciones asimétricas. También se menciona sobre lo natural y como justifica la segmentación social y desigual de comportamientos de los seres humanos dentro de la sociedad por lo que Hobbes y los demás contractualitas deshistorializan.<br><a href="https://www.ucasal.edu.ar/htm/cuadernos-universitarios/archivos/pdf/08-Ligarribay.pdf">https://www.ucasal.edu.ar/htm/cuadernos-universitarios/archivos/pdf/08-Ligarribay.pdf<br></a><br><br></div><div><a href="https://es.scribd.com/doc/129305403/La-cri-tica-de-Hegel-al-contractualismo-en-El-derecho-abstracto-damiani"><br></a>2.3 Personalmente considero más adecuada la perspectiva dada por Rawls aunque esta refiere más a la idea neocontractualista, este analiza el estudio de la justicia, analizándolo desde una sociedad justa, este mismo menciona que el contrato debe ser firmarse en igualdad de condiciones como ya anteriormente lo había mencionado Rousseau, sin importar las condiciones de cada ser humano el contrato debe brindar una estabilidad de condiciones para cada uno pero que genero las mismas condiciones y no tenga que favorecer a nadie en ninguna circunstancia específica, en el video La justicia según John Rawls nos habla de cómo las personas tienes derechos propios que no son parte del contrato pero ,sin embargo, se ven influenciados por las demás personas, por ello se habla de la libertad individual y la social. Los dos principios que propone Rawls siempre en la línea de obtener justicia e igualdad de condiciones las considero como la forma más apropiada de manejar situaciones sociales siempre en búsqueda de que todos contemos con las mismas oportunidades que los demás. Como se explica en el siguiente video y como la propia teoría se llama. Rawls analiza la igualdad en el video se lograr expresar en varios ejemplos<br>https://www.youtube.com/watch?v=z-0a01A1uVw<br>2.Como se menciona en el articulo El contrato social en el liberalismo político de Rawls, las ideas de este autor reflejan el contrato social desde aspectos mas modernos y en consideración además de conocer los posibles usos del contrato social en la legitimación política de la actualidad. <br>https://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pid=S0718-09502004000100001<br><br><br>Aporte: Katherinne Villalta Céspedes C18560<br><a href="https://es.scribd.com/doc/129305403/La-cri-tica-de-Hegel-al-contractualismo-en-El-derecho-abstracto-damiani"><br></a><br><br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-11-25 23:04:43 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>pablobarquerovega</author>
         <link>https://padlet.com/pablobarquerovega/pmlaehz0fn4m8fzm/wish/1915272776</link>
         <description><![CDATA[<div><br><strong>Aportes pregunta 2.1</strong><br><br></div><div><br><strong>1. </strong>&nbsp; &nbsp; &nbsp;https://youtu.be/ovp_VyiTaiM<br><br>Como se menciona en el aporte si en la teoría naturaleza del estado todos perteneciéramos a un organismo y no fuéramos nadie sin el estado el cual está ahí desde el momento en el que nacemos no debería existir un clasismo tan marcado ya que se supone que todos pertenecemos al mismo estado y tenemos una función en el y deberíamos vivir en un organismo más estable y organizado en el cual en verdad todos y cada uno de nosotros tuviera una función. Esto puede reflejado desde la edad media donde los pueblos trabajaban para el rey total mente suprimidos a sus funciones donde el reinado el cual sería el estado le daba la espalda a la mayoría esto separándolos del estado dándoles la espalda y dejándolos desolados.<br><br><br><strong>2.</strong> https://www.abc.es/sociedad/20140705/abci-ciudad-anarquia-lugar-mas-poblado-tierra-13-rue-kowloon-hormiguero-humano-201407041545.html?ref=https%3A%2F%2Fwww.abc.es%2Fsociedad%2F20140705%2Fabci-ciudad-anarquia-lugar-mas-poblado-tierra-13-rue-kowloon-hormiguero-humano-201407041545.html<br><br>En esta noticia se hace referencia a que pasa cuando el ser humano se separa totalmente de un estado y vive por si mismo en comunidad y esto se asemeja&nbsp; demasiado a lo dicho por Thomas Hobbes (1588-1679) donde platea una hipótesis que las personas viviendo sin un estado vivirían en un estado de anarquía total donde todos estos vivirían en una comunidad surreal en comparación con un estado común en otra parte donde hasta incluso en la noticia como en las lecturas dadas hace referencia a que parecería como Mad Max lo cual ya nos da una clara idea de el tipo de convivencia en la cual viven estos individuos donde aquí se ve como se responden de una manera las hipótesis de Hobbes las cuales obtienen respuesta hostiles.<br><br></div><div><br><strong>&nbsp;3.</strong> https://www.infobae.com/america/mundo/2021/11/25/el-regimen-de-corea-del-norte-condeno-a-muerte-a-una-persona-que-comercializo-la-serie-el-juego-del-calamar-en-el-pais/<br><br>También estoy de acuerdo con los argumentos de Locke (1632-1704) el derecho a la propiedad privada en el cual menciona varios valores primordiales que debe de tener el individuo y el cual el estado no debería violarlos coa que no ocurre en el ejemplo anterior donde un gobiernos comunista dictatorial y soberano como el de corea del norte despoja al individuo totalmente de todos sus derechos como individuo convirtiéndolo en estado y condenando en este caso a muerte despojado de su derecho hasta como persona poniendo por encima la supremacía del estado sobre cualquier otra cosa<br><br></div><div><br><strong>Aportes pregunta 2.3</strong><br><br></div><div><br><strong>1.</strong> https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-59298132<br><br></div><div>La perspectiva humana con la que estoy más de acuerdo es con contractualismo ya que como vemos en el ejemplo que en este caso es de nuestro país vemos un ejemplo de que el estado está repleto de corrupción en sus entrañas y esto siempre siembra la decepción y el enojo del colectivo ósea el pueblo y el individuo y como con estos ejemplos mas que nunca debemos exigir y debería ser que el estado este a servicio y función de los individuos los cuales no pueden tolerar vivir trabajando para que el estado les de la espalda con esto rompiendo con el organismo que ejemplifica la teoría Naturalista<br><br></div><div><br><strong>2</strong>. <a href="https://youtu.be/ilz9nDpla3Q">https://youtu.be/ilz9nDpla3Q<br></a><br></div><div>Como menciona Locke el poder del Estado tiene claramente unos límites, lo cual en particular alimento a la filosofía del liberalismo político lo cual en mi caso es la forma mas justa de vivir en un estado ya que este es limitado por el pueblo y los parlamentos dándonos las votaciones y el valor del derecho del individuo es la verdadera forma en la que un estado debería funcionar en el cual el pueblo sea alguien y no una herramienta o títere del estado si no que este tenga distintos medios para hacer valer su derecho de que el estado le sirva.&nbsp;<br><br></div><div><br>&nbsp;<br>(Estos aportes fueron realizados por Juan Pablo Barquero Vega c18880)<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-11-27 09:31:40 UTC</pubDate>
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         <author>yjosesd21</author>
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         <description><![CDATA[<div>Respuestas hechas por Yerlin José Sequeira Diaz , C17460</div>]]></description>
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         <author>ismaelarias09</author>
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         <description><![CDATA[<div>Ismael Arias-C10677</div>]]></description>
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