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      <title>Mi Reglamento-Aprendiz SENA by </title>
      <link>https://padlet.com/lilianamejiab/payfpfd1hp1whyp8</link>
      <description>Mapa conceptual-Grupal</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2020-09-24 02:56:56 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2020-10-01 19:45:11 UTC</lastBuildDate>
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         <title>CAPÍTULO II. DERECHOS, ESTÍMULOS DEL APRENDIZ SENA.</title>
         <author>lilianamejiab</author>
         <link>https://padlet.com/lilianamejiab/payfpfd1hp1whyp8/wish/774444063</link>
         <description><![CDATA[<div>Karen sanchez- Helen Urrea<br>1- Recibir en  el momento de la legalización su matriculado como el carnet.<br>2- Exigir alto nivel académico <br>3- Denunciar actos y propuestas indecentes e inmorales <br>4-Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas.<br>5- Expresar libremente su pensamiento e ideas.<br>6- Disfrutar los beneficios del bienestar del aprendiz Sena<br>7-Recibir los elementos de seguridad propios de su ocupación<br>8 Recibir estímulos por espíritu investigativo.<br>9 uso adecuado de los ambientes.<br>10  recibir inducción completa.<br><br><br> </div>]]></description>
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         <pubDate>2020-09-24 02:59:12 UTC</pubDate>
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         <title>CAPÍTULO III. DEBERES Y PROHIBICIONES DEL APRENDIZ SENA.</title>
         <author>lilianamejiab</author>
         <link>https://padlet.com/lilianamejiab/payfpfd1hp1whyp8/wish/774446714</link>
         <description><![CDATA[<div>PROHIBICIONES DEL APRENDIZ SENA: <br>*Plagiar materiales, trabajos y demás documentos<br>*Realizar fraude en el proceso de aprendizaje<br>*Aportar documentación o información que difiera con la real<br>*Alterar o falsificar calificaciones, evaluaciones o firmas<br>*Fumar, suministrar bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o ingresar armas al centro de formación<br>*Destruir o dañar las instalaciones y equipos<br>*Utilizar el nombre del SENA para actividades particulares o con ánimo de lucro<br>*Hurtar, estafar, amenazar, sobornar o agredir físicamente o verbal<br>*Transmitir información confidencial <br>*Usar el uniforme en lugares ajenos al proceso de aprendizaje<br><br>DEBERES DEL APRENDIZ SENA</div><div> </div><div>*Conocer y cumplir con el código de integralidad, el reglamento del aprendiz, los manuales, lineamientos, procedimientos y demás normas del SENA.</div><div> </div><div>*Cumplir con todas las actividades formativas propias de su proceso de aprendizaje </div><div> </div><div>*Participar en las actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el programa de formación.</div><div> </div><div>*Cumplir con la reglamentación y directrices que se emitan para su participación en actividades programadas por el SENA.</div><div> </div><div>*Participar en las reuniones que programe el Centro de Formación. </div><div> </div><div>*Realizar personalmente las evaluaciones, investigaciones, actividades y prácticas de formación.</div><div> </div><div>*Justificar debidamente inasistencias y/o incumplimientos a las actividades de la formación.</div><div> </div><div>*Cumplir con la reglamentación y directrices que se emitan por el SENA.</div><div> </div><div>*Asumir con compromiso las responsabilidades recibidas.</div><div> </div><div>*Hacer entrega oportuna de toda la documentación requerida para poder ingresar.</div><div><br><br><br></div>]]></description>
         <pubDate>2020-09-24 03:01:02 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>CAPÍTULO IV. TRÁMITES ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS</title>
         <author>lilianamejiab</author>
         <link>https://padlet.com/lilianamejiab/payfpfd1hp1whyp8/wish/774448092</link>
         <description><![CDATA[<div>SAMUEL SANCHEZ Y SANDRA DELGADO - Ficha 2066361<br><br><strong>Art. 10. Ingreso: </strong><br>La edad mínima de ingreso es 14 años<br><br><strong>Art. 13. Trámite de las novedades académicas y administrativas:</strong> <br>a. Registrar la novedad<br>b. Radicar la novedad <br>c. El Comité de Evaluación y Seguimiento analiza la novedad, con el fin de dar respuesta en el tiempo requerido.<br>d. El Centro elabora, el acto académico administrativo, resultado del estudio de la novedad.<br>e. Notifica al aprendiz en los términos definidos en la Ley.<br>f. El Centro de Formación registrará el reporte de novedades en la plataforma institucional.<br>g. El aprendiz puede interponer el recurso correspondiente ante la Subdirección del Centro en los tiempos que establezca el acto administrativo.<br><br><strong>Art. 14. Gestión de Novedades:</strong>  <br>a. <em>Por traslado:</em> Para que se le autorice continuar su proceso de formación en otro programa u otra sede.<br> b. <em>Por aplazamiento:</em>  Para que se le autorice el aplazamiento temporal del programa de formación, anexando evidencias para su autorización.<br> <br><strong>Art. 15. Certificación: </strong>Reconocimiento formal de los resultados y competencias aprobadas por el Aprendiz<br><br><strong>Art. 16. Expedición de documentos académicos: </strong><br>Estos son expedidos por el Centro de Formación sin ningún costo para el Aprendiz. Se podrán descargar digitalmente, por ejemplo: constancias de notas, títulos, certificaciones .<br><br><strong>Art.17. Verificación de documentos académicos SENA para trámites de apostilla: </strong><br>Validez de los documentos académicos que el aprendiz interesado radica en el SENA y lo adelantan los aprendices que viajan al exterior para que estos documentos tengan validez fuera de las fronteras colombianas. No tiene costo.<br><br><strong>Art. 18:  Solicitudes: </strong><br>El Centro de Formación será responsable de gestionar los trámites académicos y administrativos para atender: solicitud, petición, felicitación, queja o reclamo (PQRS). <br>Se hace a través de comunicación radicada ante el servicio al ciudadano de la pagina web del SENA. Indicar regional, Centro, programa de formación, número de ficha, tema que requiere atención y datos de contacto para envío de respuesta.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-09-24 03:01:57 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/lilianamejiab/payfpfd1hp1whyp8/wish/774448092</guid>
      </item>
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         <title>CAPÍTULO I. PRINCIPIOS GENERALES</title>
         <author>lilianamejiab</author>
         <link>https://padlet.com/lilianamejiab/payfpfd1hp1whyp8/wish/774449167</link>
         <description><![CDATA[<div>Helen Pamela Urrea, Karen Sánchez<br><br>1 Formación integral: Construye un proceso teórico, práctico de carácter integral.<br><br>2 Comunidad educativa SENA:  Proceso de formación profesional integral en el diseño, desarrollo y ejecución de la misma.<br><br>3 Aprendiz SENA: Toda persona matriculada en los programas de formación titulada o   complementaria ya sea presencial virtual o a distancia.<br><br><br>4 Cumplimiento de principios y valores:<br>Deberán respetar los principios y valores institucionales <br><br>6 Centros de convivencia: Disposiciones específicas inscritas en el ámbito. <br><br> 7 Alcance:<br>Este reglamento aplica para el aprendiz SENA en todas las sedes. <br><br><br><br> </div>]]></description>
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         <pubDate>2020-09-24 03:02:38 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>CAPÍTULO V. PROCESO DE FORMACIÓN, INCUMPLIMIENTO Y DESERCIÓN.</title>
         <author>lilianamejiab</author>
         <link>https://padlet.com/lilianamejiab/payfpfd1hp1whyp8/wish/774450539</link>
         <description><![CDATA[<div>Yeraldin Nieto, Zaira Cifuentes<br><br>Art 19. Participación y cumplimiento: participación activa por parte del aprendiz </div><div>Art 20. Incumplimiento: justificado y no justificado </div><div>Art 21. Justificado: por causas </div><div>Art 22. Incumplimiento justificado. No reportar </div><div>Art 23. Deserción: abandono de formación </div><div>Art 24. Procedimiento en caso de deserción. Inasistencia<br>* etapa lectiva <br>* etapa productiva <br> <br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-09-24 03:03:31 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>CAPÍTULO VI. FALTAS ACADÉMICAS Y DISCIPLINARIAS</title>
         <author>lilianamejiab</author>
         <link>https://padlet.com/lilianamejiab/payfpfd1hp1whyp8/wish/774463045</link>
         <description><![CDATA[<div>Alexandra Galindo - Michell Berrio<br> <br>Faltas: se les denomina faltas a todas aquellas acciones que alteran el desarrollo de la formación, la convivencia en la comunidad educativa y la cual requiere una medida sancionatoria<br> <br> Faltas académicas: las faltas académicas esta relacionadas cuando el aprendiz omite el cumplimiento de sus deberes académicos.<br> <br>Faltas Disciplinarias: están relacionadas directamentes con factores comportamentales del aprendiz<br><br>Calificación de las faltas : las faltas académicas  y disciplinarias deben calificarse como leves, Graves O Gravísimas<br>a) Reinciden en la Comisión de las faltas<br>B)  es cuando el aprendíz  comenten una falta Y ocultar la otra <br>c)  La  falta implica una conducta que recae sobre los bienes o recursos destinados a actividades de utilidad común<br>D) ejecuta la falta por motivo de una recompensa o promesa renumeratoria<br>E: La conducta contraria es aquella inspirada por la intolerancia y la discriminación<br> F: emplea en la ejecución de la falta medios cuyo uso puede ser resultar de peligroso.<br> G : comete la falta por medios medios de ocultamiento, se aprovecha de las situaciones y circunstancias.<br> I: Hace nocivas las consecuencias de la conducta contraria institucional.<br> J:realiza la falta con quebrantamiento en los deberes sociales.<br>•Criterios para calificar la falta:<br>1) Daños causados y efectos.<br>2) Grado de participación del aprendiz.<br>3) Antecedentes disciplinarios y académicos del aprendiz.<br>4) Rendimiento del aprendiz en la formación.<br>5)Confesión de las faltas<br>6) Procurar la iniciativa de compensar el daño causado.<br>7)Haber devuelto y reparado el bien afectado por mala conducta<br>8)Los párametros de calificación señalados en este reglamento<br><br></div>]]></description>
         <pubDate>2020-09-24 03:11:25 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>CAPÍTULO VII. MEDIDAS FORMATIVAS Y SANCIONES</title>
         <author>lilianamejiab</author>
         <link>https://padlet.com/lilianamejiab/payfpfd1hp1whyp8/wish/774463777</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>Laura Valentina Rangel Ortiz</li><li>Anyi Paola Tova Domínguez</li><li>Carlos Alberto Gómez Escobar</li></ul><div><br></div><div><strong>Plan de mejoramiento académico  </strong>                                  </div><div>Es una medida adoptada para definir acciones de formación, previo agotamiento de estrategias pedagógicas del instructor e iniciativas  del aprendiz.<br><br><strong>Plan de mejoramiento disciplinario:</strong><br>Es una medida adoptada para definir acciones de carácter, comportamental, actitudinal o social, para proporcionar en el Aprendiz cambios en su conducta.<br><strong>Llamado de atención verbal disciplinario: </strong><br> El aprendiz puede recibir hasta dos (2) llamados de atención verbal, el primer llamado no contiene implicaciones en actas disciplinarias mientras que cuando hay un segundo llamado de atención va acompañado de recomendaciones disciplinarias.<br><strong>Plan de mejoramiento disciplinario:<br></strong>Es una medida disciplinaria concertada con el aprendiz para lograr cambios de carácter comportamental, actitudinal o social que no fueron superados.<br><strong>Medidas Sancionatorias:<br></strong>Estas tipo sanciones deben ser registradas en el sistema de gestión de la formación y en caso de que el Aprendiz tenga contrato de aprendizaje, debe adicionalmente registrarse en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices. <br><strong>Llamado de atención escrito:<br></strong>Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por la Subdirección del Centro de Formación con copia a la hoja de vida del aprendiz.<br><strong>Condicionamiento de Matrícula</strong>:<br>Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria. El condicionamiento de matrícula cesa cuando el Aprendiz cumple el plan de mejoramiento concertado y/o compromisos escritos. <br><strong>Cancelación de matrícula :<br></strong>Sucede  cuando persisten en el Aprendiz las causales que originaron el condicionamiento de la matrícula.<br><strong>Instancias de evaluación y aplicación de las medidasformativas y sanciones: <br></strong>En el debido proceso, se tendrán dos instancias para que la subdirección del Centro quien es el órgano decisorio, adopte las medidas formativas o sanciones según el caso.<br><strong>Motivación de la decisión:<br>E</strong>l Subdirector de Centro debe  tener en cuenta cada una de las motivaciones y fundamentos  de la recomendación que el comité exprese.<br><strong>Equipo ejecutor del programa de formación:<br></strong>Este comité tiene como objetivo velar por el adecuado desarrollo de la formación y ser la primera instancia encargada de analizar y plantear rutas de manejo para casos académicos de los aprendices <br><strong>Criterios para aplicación de sanciones: </strong></div><ul><li>Publicidad</li><li> Contradicción </li><li> Presunción de inocencia </li><li> Valoración integral de las pruebas y descargos </li><li> Motivación de la decisión </li><li> Proporcionalidad</li><li> Impugnación </li><li> Oportunidad </li></ul><div><br></div><div><br></div>]]></description>
         <pubDate>2020-09-24 03:11:52 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>CAPÍTULO VIII. EVALUACIÓN</title>
         <author>lilianamejiab</author>
         <link>https://padlet.com/lilianamejiab/payfpfd1hp1whyp8/wish/774464591</link>
         <description><![CDATA[<div>Diana Moreno, Selene Valencia<br>artículo 47. evaluación del aprendizaje: la evaluación del aprendiz es la parte indispensable que debe desarrollar el aprendiz en su etapa lectiva, ya que es la forma en la que demuestra sus conocimientos y conceptos aprendidos.<br>Artículo 48: las evidencias de aprendizaje son el referente por el cual el aprendiz demuestra sus conocimientos y logros alcanzados en el proceso de formación. <br>Artículo 49: la transparencia de la evaluación de aprendizaje es un punto muy importante, ya que son los criterios y ética que desempeñan nuestros instructores para dar un juicio justo.<br>Artículo 50: el acompañamiento en el proceso de evaluación lo debe realizar  un instructor o quien sea el responsable de analizar el desempeño de los logros obtenidos en el desarrollo de la formación.<br> Paràgrafo: el Responsable del juicio de las evaluaciones realizadas por parte del aprendiz, es del instructor.<br><br>articulo 51: juicio de evaluación: Sena utiliza dos tipos juicio de evaluación:<br>aprobó: cuando el aprendiz alcanza los logros establecido<br>no aprobó: cuando el aprendiz no alcanza los logros<br> establecidos<br>articulo 52: seguimientos de los resultados: en caso que el aprendiz  no logre el resultado de aprendizaje propuesto, el instructor o co-formador realiza hasta dos  os cuales se deben registrar en el portafolio de evidencias del aprendiz <br> Artículo 53:Inconformidad con la evaluación:  El aprendiz que esté en desacuerdo con la evaluación aplicada por el Instructor, podrá solicitar la revisión de los resultados de la siguiente manera:<br>1 El aprendiz solicita por escrito al instructor, la revisión de la evaluación dentro de los dos  días hábiles siguientes a la publicación o entrega <br>2 el instructor de acuerdo a los días hábiles de la fecha  de presentación de la solicitud por parte del aprendiz <br> Artículo 54. Representatividad de los aprendices:</div>]]></description>
         <pubDate>2020-09-24 03:12:26 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/lilianamejiab/payfpfd1hp1whyp8/wish/774464591</guid>
      </item>
      <item>
         <title>CAPÍTULO IX. REPRESENTATIVIDAD DE LOS APRENDICES</title>
         <author>lilianamejiab</author>
         <link>https://padlet.com/lilianamejiab/payfpfd1hp1whyp8/wish/774465157</link>
         <description><![CDATA[<div>Laura Tatiana  Manzano Ramírez , Andrés Felipe Sánchez Mosquera <br><br><strong> Artículo 59</strong>. <br>Revocatoria de la designación de los voceros: los voceros de de los grupos pueden ser relevados por sus compañeros, si se presenta alguna falta o académica esto debe de ser documentado con un acta y firma de aprendices que estén en la ficha.<br> <strong>Artículo 60.</strong> <br>Suplencia de voceros cuando se requiera remover al vocero de ficha el cargo lo asumirá el vocero suplemente, con sus respectivas responsabilidades con su grupo.<br> <strong>Artículo 61. Representantes de Centro.<br></strong> son los aprendices que se encuentran matriculados de forma titulada en cualquiera de las tres modalidades de aprendizaje, el tiempo estipulado de aprendizaje está entre los 15 meses donde se destacan por desempeño académico y disciplinario.<br> <strong>Artículo 62. Número de Representantes por Centro de Formación.<br></strong> Los centros de formación deberán tener su representante oficial y suplente en las diferentes jornadas.<br><strong> Artículo 63. Periodo de Representación.<br></strong>El periodo de representación de los aprendices electos será de un  año de duración, contado a partir de suscrita la resolución de designación del o los representantes.<br><strong>Artículo 67. Dependencia responsable del proceso de Elección de Representantes de aprendices.<br> </strong>El proceso de elección de Representantes de aprendices en los Centros de Formación estará a cargo de las Subdirecciones, o en quien delegue.<br><strong>Artículo 68. Procedimiento para elegir Representante de los Aprendices por Centro.</strong> <br>La elección de Representantes de aprendices se realizará entre los meses de marzo y abril de cada vigencia.<br><strong>Artículo 69. Revocatoria a la designación representante de aprendiz sena.</strong></div><ol><li> Incumplimiento de sus responsabilidades.</li><li> Bajo rendimiento académico.</li><li> Faltas académicas </li></ol><div><strong>Artículo 70.Suplencia de Representante de aprendices.</strong><br>En caso de que el suplente presente alguna situación referida en las causales de revocatoria de la representación o por alguna otra circunstancia se presente la vacancia en la representación, la asumirá quien haya obtenido el tercer lugar en la elección.<br><strong>Artículo 71.<br></strong>La Dirección de Formación Profesional desarrollará un plan para divulgar el presente reglamento en la comunidad educativa<br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-09-24 03:12:50 UTC</pubDate>
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