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      <title>Constituciones de Mexico en las transformaciones sociales by </title>
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      <pubDate>2022-01-07 05:46:58 UTC</pubDate>
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         <title>Grupo: 564    Integrantes: </title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>Coria Mercado Aiko Mariana<br>Correa Arroyo Axel Ivan <br>Cruz Robles Jorge<br>García Araujo Diego<br>Mendoza Garcés Michelle<br>Noyola Luna Luis Eduardo<br>Robles Uribe América Paola</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 06:00:08 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>Promulgada el 4 de octubre de 1824 por el Congreso General Constituyente, de ideología federalista y con aspectos coloniales, españoles y estadounidenses consto de 171 artículos repartidos en 7 títulos. Algunos de los artículos más significativos son los primeros seis, declaran a los Estados Unidos Mexicanos como país libre e independiente, establecen los alcances del territorio, proclaman una sola religión, definen los estados de la República y anuncian la división del Supremo Poder de la federación, para su ejercicio, en legislativo, ejecutivo y judicial.Durante este tiempo los diputados del congreso se dividieron en dos tendencias:centralismo y federalismo. La primera apoyó una República con un poder central que resolviera los conflictos de los departamentos o provincias. La segunda defendía la soberanía de los estados y su unidad a través de la Constitución.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 06:01:15 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>&nbsp;Tambien conocidas como las Siete Leyes, fueron una serie de instrumentos constitucionales que alteraron la estructura del sistema de gobierno del país, pasando de un sistema federal a un sistema centralista.Estas medidas de corte centralista ocasionaron la declaración de independencia de Texas, la de Tamaulipas y la de Yucatán.<br><br></div><div>Con base en las Siete Leyes, se estableció un cuarto poder: el Supremo Poder Conservador, el cual fue integrado por cinco ciudadanos.Este cuarto poder tenía la facultad de regular las acciones de los otros poderes, bajo el argumento de que sus integrantes tenían la capacidad de interpretar la voluntad de la nación.<br>Estas leyes eran:&nbsp;<br><br>1. Los quince artículos de la primera ley, otorgaban la ciudadanía a aquellos que supieran leer y tuvieran un ingreso anual mínimo de 100 pesos, excepto para los trabajadores domésticos, quienes no tenían derecho a voto.<br><br></div><div>2. La segunda ley permitía al presidente el cierre del congreso y la supresión de la Suprema Corte, prohibiendo a los militares tomar este último cargo.<br><br></div><div>3. Los 58 artículos de la tercera ley establecían un Congreso bicameral (senadores y diputados), electos por órganos gubernamentales. Los diputados ocupaban el cargo por cuatro años, y los senadores por seis.<br><br></div><div>4. Los 34 artículos de la cuarta ley especificaban el mecanismo de elección presidencial, donde la Suprema Corte, el Senado y la Junta de Ministros nominarían a tres candidatos cada uno, y la cámara baja (diputados) elegiría de entre los nueve candidatos, al presidente y al vicepresidente. El poder ejecutivo se depositaría en un presidente que duraría en el cargo 8 años con opción a reelegirse y con el cargo irrenunciable.<br><br></div><div>5. La quinta ley especificaba el mecanismo de elección de los once miembros de la Suprema Corte de Justicia, de la misma forma que el mecanismo de elección presidencial.<br><br></div><div>6. Los 31 artículos de la sexta ley sustituían a los estados federados, por departamentos cuyos gobernadores y legisladores eran seleccionados por el presidente.<br><br></div><div>7. La séptima ley prohibía volver al sistema legal anterior por seis años. Otorga al congreso la facultad de resolver todas las controversias constitucionales, así como sus reformas. Pero estas no podrán llevarse a cabo en el término de seis años contados a partir de la promulgación de la Constitución.</div><div><br></div><div><strong>&nbsp;<br></strong><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 06:01:24 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>La Junta Nacional Legislativa publica una nueva Constitución que sustituye a las Siete Leyes de 1836. El nuevo ordenamiento fue elaborado por una comisión presidida por el general Valencia, y por Sebastián Camacho, Cayetano Ibarra, Manuel Baranda, Manuel de la Peña y Peña, Simón de la Garza y el arzobispo de México.<br><br></div><div>La Constitución de 1843 está dividida en once títulos, subdivididos por rubros que contienen artículos.&nbsp;<br><br></div><div>El título I está dedicado a precisar la forma de gobierno de la nación mexicana, que sería: república, representativa, popular; el territorio y la religión de la misma. Como en casi todos los textos de la época, la religión católica era la del Estado.&nbsp;<br><br></div><div>El título II se ocupaba de los habitantes, el a. 9º' de ese título fijaba los derechos de los habitantes de la República: libertad de todos los que se encontraran en el territorio mexicano, libertad de imprenta, garantías del proceso, conservación de los fueros militar y eclesiástico, garantía de inviolabilidad de la propiedad privada tanto de particulares como de corporaciones y libertad de circulación.<br>En el título III se fijaban los derechos y obligaciones de los mexicanos y de los ciudadanos mexicanos. La diferencia entre una y otra calidad dependía de que tuvieran o no tuvieran ingresos anuales determinados, procedentes de capital físico, industrial o trabajo personal honesto.<br><br></div><div>El título IV estaba consagrado al poder' legislativo dividido en dos cámaras: diputados, elegidos por las asambleas departamentales, el presidente de la República y la Suprema Corte de Justicia en un: complejo proceso que describe este título. Tanto los candidatos a diputado como los candidatos a senador debían tener un ingreso anual determinado, para poder ser susceptibles de elección.<br><br></div><div>El título V se dedicaba a señalar los requisitos, funciones y prohibiciones del encargado del Poder Ejecutivo. El presidente duraría en funciones cinco años, y estaría asistido en el desempeño de éstas por cuatro ministros. Se preveía la existencia de un órgano colegiado, llamado consejo de gobierno, constituido por diecisiete vocales, que realizaría funciones de consulta y asesoramiento del ejecutivo, así como la proposición de reglamentos y medidas útiles para la administración.<br>Suprema Corte de Justicia y los tribunales superiores y jueces inferiores que fijaran las leyes. Subsistían los tribunales de hacienda, comercio y minería, mientras no se dispusiera otra cosa. Finalmente, se establecía un tribunal para juzgar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia.<br><br></div><div>El gobierno de los Departamentos es el contenido del título VII. Al frente de estos estarían las asambleas departamentales y el gobernador, asimismo tendrían tribunales superiores de justicia y jueces inferiores.</div><div><br></div><div>Dado que no estaba previsto el sufragio universal y directo, se constituyó un poder electoral, cuya regulación se contenía en el título VIII. A través de un complicado proceso de representación indirecta, este cuerpo elegía: diputados, vocales de las respectivas asambleas departamentales, presidentes de la República, y un tercio del Senado.<br><br></div><div>En el título IX se establecían las disposiciones generales sobre la administración de justicia, las cuales complementaban -respecto a esta materia- el catálogo de los derechos de los habitantes de la República, establecido en el título.<br><br></div><div>El título X se refería a la Hacienda Pública, que sería: general y departamental y finalmente, el título XI fijaba las reglas para la observancia y reforma de las Bases Orgánicas”.<br><br></div><div><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 06:10:55 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>Fueron un conjunto de normas promulgadas después de la Revolución de Ayutla con el fin de separar a la Iglesia del Estado. Se promulgaron principalmente por Benito Juárez.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 06:11:08 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>Jurada el 5 de febrero de 1857, es de orden liberal. Gracias a las leyes que se promulgan en ella se causo un gran descontento a nivel nacional por parte de los conservadores que perdían sus privilegios y dicho descontento desencadeno la Guerra de Reforma también conocida como Guerra de los Tres Años</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 06:11:27 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>Promulgada el 5 de febrero de 1917, es la constitución que actualmente rige a nuestro país (aunque ha sufrido cambios). Se da después de la Revolución Mexicana en el periodo de gobierno del presidente Venustiano Carranza.<br>Es la primera en la que se incluyen los derechos sociales.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 06:11:35 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>Andrews, C. (2019, 16 septiembre). El legado de las Siete Leyes: una reevaluación de las aportaciones del constitucionalismo centralista a la historia constitucional mexicana. Dialnet. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=6978350<br><br>Cienfuegos D.. (2008). Ciclo de Conferencias Las Constituciones Mexicanas de 1857 y 1917: aspectos político-electorales.. enero 6, 2022, de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Sitio web: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/13/6085/4.pdf<br><br>Dávila, D. C. (2021, 23 junio). Memoria Política de México. Memoriapoliticademexico. http://www.memoriapoliticademexico.org/Efemerides/6/14061843.html<br><br>De Cervantes, B. V. M. (2020, 25 agosto). Leyes Constitucionales de 1836. Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes. http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/leyes-constitucionales-de-1836/html/d396303c-ac34-4be3-baa0-06164c882def_2.html<br><br>María Del Carmen Vázquez Mantecón. (2018, 19 marzo). Bases Orgánicas de la República Mexicana, 1843. vLex. https://vlex.com.mx/vid/bases-mexicana-300706454<br><br>México desconocido. Leyes de Reforma, ¿qué fueron y cuál fue su propósito?. enero 04, 2022, de México desconocido Sitio web: https://bit.ly/3G643Un<br><br>Patricia Galeana. (2018). El congreso constituyente de 1856. Ciudad de México: Secretaría de Cultura, Estampas Republicanas.<br><br>Promulgación de la primera Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos | Comisión Nacional de los Derechos Humanos - México. (s. f.). CNDH Mexico. Recuperado 4 de enero de 2022, de https://www.cndh.org.mx/noticia/promulgacion-de-la-primera-constitucion-federal-de-los-estados-unidos-mexicanos#_ftn_6<br><br>Unión Puebla. (2020). Hacia una República: Constitución de 1824. Aprende en Casa II. enero 04, 2022, de Unión Puebla Sitio web: https://bit.ly/32LiSNP<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 19:12:23 UTC</pubDate>
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         <title>En el ambito social:</title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>Esta carta magna no contiene el termino de "ciudadano", en cambio se refiere a "nación" y se señala que para pertenecer a la nación mexicana se debe haber nacido en Nueva España o en Mexico y profesar la religión católica.<br>El  ultimo articulo, el 171, dicta que el articulo referente a la libertad y autonomía del país, su forma de gobierno, así como el de la religión católica obligatoria son irreformables.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 19:45:33 UTC</pubDate>
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         <title>Links de las Constituciones </title>
         <author>michellegmendoza5</author>
         <link>https://padlet.com/michellegmendoza5/p8y63vn5e9ky0n84/wish/1981128054</link>
         <description><![CDATA[<div>http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/1824B.pdf<br><br><br>http://www.diputados.gob.mx/biblioteca/bibdig/const_mex/const_1836.pdf<br><br>http://www.diputados.gob.mx/biblioteca/bibdig/const_mex/bases-1843.pdf<br><br>https://www.gob.mx/cultura/prensa/las-leyes-de-reforma-y-la-constitucion-de-1857-motivaron-la-modernizacion-del-pais-maria-del-refugio-gonzalez-dominguez<br><br>http://www.diputados.gob.mx/biblioteca/bibdig/const_mex/const_1857.pdf<br><br>http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/1917.pdf<br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 20:02:50 UTC</pubDate>
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         <title>En el ambito social:</title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>En esta Constitución se hace diferencia entre la nacionalidad y la ciudadania, siendo que para la segunda ademas&nbsp; de tener la nacionalidad se requiere de una renta anual mínima de 100 pesos.&nbsp;<br>A diferencia de la anterior en esta ya se encuentran plasmados los derechos y obligaciones de los ciudadanos mexicanos tales como la libertad de expresión, de migración, pero no la de religión y no se menciona nada acerca de la educación. </div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 20:27:37 UTC</pubDate>
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         <title>Ambito social:</title>
         <author>michellegmendoza5</author>
         <link>https://padlet.com/michellegmendoza5/p8y63vn5e9ky0n84/wish/1981176224</link>
         <description><![CDATA[<div>En este documento se vuelve a reiterar que la religión del estado era la religión católica, de nuevo contamos con un titulo para los derechos y obligaciones de los mexicanos y de los ciudadanos mexicanos, sin embargo, cambian los requerimientos para ser uno y el otro.<br>En caso de ser mexicano se añade que si un extranjero se casa con un mexicano este adquirirá la nacionalidad sin mayor problema. En caso de la ciudadania, la podrá adquirir&nbsp; aquel mayor de 18 años que este casado, de no ser así se le reservara el derecho hasta los 21 años cumplidos.Para ello se debe tener una renta anual de 200 pesos, además de que se suspende la ciudadania a aquellos que cumplan funciones de sirviente domestico y se estipula que a partir del año 1850 el saber leer y escribir será un requisito obligatorio mas&nbsp;para la ciudadania.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 20:50:25 UTC</pubDate>
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         <title>Leyes de Reforma</title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>Ante el descontento con&nbsp; la dictadura centralista impuesta por Santa Ana, los partidarios federalistas lograron&nbsp; derrocarlo con el Plan de Ayutla, que ademas&nbsp; convocaba a la realización de una nueva&nbsp; carta magna.&nbsp;<br>Al llegar los federalistas puros al poder comenzaron a proclamarse las leyes de reforma:&nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 22:11:15 UTC</pubDate>
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         <title>Ley Juárez (23 de noviembre de 1855): Se eliminan tribunales militares y eclesiásticos. Comienza a separarse la Iglesia y Estado.  </title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 23:03:21 UTC</pubDate>
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         <title>Ley Lafragua (28 de diciembre de 1855): Libertad de imprenta.  </title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <pubDate>2022-01-07 23:09:52 UTC</pubDate>
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         <title>Ley Lerdo (25 de junio de 1856): Desamortización de bienes eclesiásticos.</title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <pubDate>2022-01-07 23:10:23 UTC</pubDate>
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         <title>Ley Ocampo (27 de enero de 1857): Creación del registro civil. </title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <pubDate>2022-01-07 23:10:50 UTC</pubDate>
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         <title>Ley Iglesias (11 de abril de 1857): Prohibió el cobro de derechos parroquiales y diezmo.</title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 23:11:13 UTC</pubDate>
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         <title>Congreso Constituyente</title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>Tal como lo marcaba el Plan de Ayutla y pese a los conflictos, Ignacio Comonfort logro convocar el Congreso Constituyente de 1856, que daría paso a la constitución del siguiente año.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 23:16:29 UTC</pubDate>
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         <title>DERECHOS DEL HOMBRE EN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DE 1857:</title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div><br></div><div><strong>Artículo 1: </strong>Todas las leyes y todas las autoridades del país, deben respetar y sostener las garantías que otorga la presente Constitución.<br><strong>Artículo 2: </strong>Garantía de libertad.<br><strong>Artículo 3: </strong>Educación.</div><div><strong>Artículo 4 y 5: </strong>Libertad de trabajo.<br><strong>Artículo 6: </strong>Libertad de expresión.<br><strong>Artículo 7: </strong>Libertad de imprenta.<br><strong>Artículo 8: </strong>Derecho de petición y de respuesta. <br><strong>Artículo 9: </strong>Derecho de asociación y reunión. <br><strong>Artículo 10: </strong>Posesión y portación de armas. <br><strong>Artículo 11: </strong>Libertad de tránsito.</div><div><strong>Artículo 12 y 13: </strong>Principio de igualdad.<br><strong>Artículo 14, 15 y 16: </strong>Irretroactividad de la ley y principio de legalidad.<br><strong>Artículo 17: </strong>Derecho a la tutela judicial efectiva o a la administración de justicia. <br><strong>Artículo 18, 19, 20, 21 y 24: </strong>Derechos del procesado en materia penal.<br><strong>Artículo 22: </strong>Prohibición de penas inusitadas o trascendentales.<br><strong>Artículo 23: </strong>Abolición de la pena de muerte.<br><strong>Artículo 25: </strong>Protección de la correspondencia.<br><strong>Artículo 26: </strong>En tiempo de paz ningún militar puede exigir alojamiento, bagaje ni otro servicio real o personal, sin el consentimiento del propietario.<br><strong>Artículo 27: </strong>Derecho de propiedad.<br><strong>Artículo 28: </strong>Prohibición de monopolios y estancos.<br><strong>Artículo 29: </strong>Suspensión de garantías.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-07 23:33:04 UTC</pubDate>
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         <title>Ambito Social:</title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>Esta constitución al ser por parte del bando liberal causó gran descontento para quienes gozaban del fuero como los terratenientes y los eclesiásticos.&nbsp;<br>Fue un gran paso hacia la modernidad puesto que por primera vez se le daba a los mexicanos la libertad de elegir al culto que quisieran pertenecer además de qué por primera vez se menciona la educación en  nuestra constitución. Fue años mas tarde que se modifico para que esta fuese completamente laica. </div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-08 01:15:06 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Ambito Social </title>
         <author>michellegmendoza5</author>
         <link>https://padlet.com/michellegmendoza5/p8y63vn5e9ky0n84/wish/1981336159</link>
         <description><![CDATA[<div>Establece que&nbsp;todos debemos de gozar de los mismos derechos y en ella se plasman las leyes que rigen nuestra actualidad como la ley del trabajo, de la educación y de las tierras comunales (ideales por los que se lucho en la Revolución). </div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-08 01:31:23 UTC</pubDate>
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         <title>Las Muertas de Coppel </title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2022-01-08 04:36:11 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>Art. 5.—<strong>Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, </strong>salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial, el cual se ajustará a lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 123.</div><div>En cuanto a los servicios públicos, sólo podrán ser obligatorios, en los términos que establezcan las leyes respectivas, el de las armas, los de jurados, los cargos concejiles y los cargos de elección popular, directa o indirecta, y obligatorias y gratuitas, las funciones electorales.</div><div>El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad del hombre, ya sea por causa de trabajo, de educación o de voto religioso. La ley, en consecuencia, no permite el establecimiento de órdenes monásticas, cualquiera que sea la denominación u objeto con que pretendan erigirse.</div><div>Tampoco puede admitirse convenio en que el hombre pacte su proscripción o destierro, o en que renuncie temporal o permanentemente a ejercer determinada profesión, industria o comercio.</div><div><strong>El contrato de trabajo sólo obligará a prestar el servicio convenido por el tiempo que fije la ley, </strong>sin poder exceder de un año en perjuicio del trabajador, y no podrá extenderse, en ningún caso, a la renuncia, pérdida o menoscabo de cualquiera de los demás derechos políticos o civiles.</div><div>La falta de cumplimiento de dicho contrato, por lo que respecta al trabajador, sólo obligará a éste a la correspondiente responsabilidad civil, sin que en ningún caso, pueda hacerse coacción sobre su persona.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-08 04:44:25 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>En este triste caso la sociedad mexicana fue testigo de una tragedia ocasionada por  no apegarse ni a ley ni a los reglamentos estipulados para lugares de trabajo seguros. A estas personas se les obligaba a realizar largas jornadas laborales para no ser despedidas y ademas de ello por "seguridad" se les dejaba encerradas en la sucursal sin tener en cuenta lo que pudiese pasar. </div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-08 04:47:53 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>michellegmendoza5</author>
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         <description><![CDATA[<div>La carta magna de un país se debe moldear a las necesidades y aspiraciones de su sociedad, al revisar cada una de las constituciones que nos han regido podemos darnos cuenta de los valores que van definiendo a cada época.<br>Las leyes nunca dejaran de evolucionar al igual que las personas, como ejemplo tenemos a la Ley Olimpia, hace 20 años ¿quién hubiera imaginado su existencia?&nbsp;<br>Las leyes son como senderos que nos van dirigiendo pero depende de nosotros seguir el  camino. </div>]]></description>
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         <pubDate>2022-01-08 05:04:49 UTC</pubDate>
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