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      <title>Nuestras dudas! by Natalia Monti</title>
      <link>https://padlet.com/nmonti/p6hzjk9zadpk</link>
      <description>Notificaciones y Presentaciones electrónicas </description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2018-01-25 17:49:40 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2018-04-11 14:30:27 UTC</lastBuildDate>
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         <title>Invitamos a todos que agreguen sus dudas y comentarios sobre el tema del curso, pueden hacerlo tocando el símbolo (+). De esta forma quedará un resumen para conversar en nuestro encuentro de cierre.</title>
         <author>nmonti</author>
         <link>https://padlet.com/nmonti/p6hzjk9zadpk/wish/224782258</link>
         <description><![CDATA[<div>Abrazos!!</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-01-25 17:53:02 UTC</pubDate>
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         <title>EXCELENTE HERRAMIENTA!!!</title>
         <author>chaffermatias</author>
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         <description><![CDATA[<div>Hola!! Muy buena herramienta! Es algo novedoso y útil para que entre todos podamos compartir nuestras inquietudes!</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-01-25 21:07:50 UTC</pubDate>
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         <title>Buenas tardes a todos, tutoras, colegas, como pasa el tiempo, rapidísimo, increíble, ante todo muchas gracias a el CAM por esta posibilidad de capacitarse, estuvo muy bueno el curso, por ultimo quería saber si existe un listado o similar de los organismos públicos que están adheridos al sistema de notificaciones electrónicas , por ejemplo para solicitar informe de domicilio de un demandado la Cámara Nacional Electoral (CNE )si posee y es muy practico responden en 72 horas, pero Policía por ejemplo que también son instituciones publicas no lo poseen , esa es mi duda. Muchas gracias!!!! </title>
         <author>marcelotorrespalacios</author>
         <link>https://padlet.com/nmonti/p6hzjk9zadpk/wish/225120485</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2018-01-26 16:17:28 UTC</pubDate>
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         <title>Buenos días, mi duda es con respecto a las notificaciones que se envían electronicamente a la otra parte, de las cuales se corre traslado con vencimiento. El plazo empieza a contar a partir de que a mi me aparece en el sistema de notificaciones la leyenda DILIGENCIADA de la otra parte?? Se que parece una pregunta sencilla pero me paso, de subir una cedula con intimacion bajo apercimiento de embargo y me aparecia recibida el dia 13 (un dia y medio despues de que la subi) y diligenciada recien 16 dias despues! y si ese dia justo cae martes, por ej. recien se veria notificada el prox dia de nota,,, es decir, el viernes, con lo cual, desde que reciben el escrito pasan 19 dias! Estoy en lo correcto? Porque de ser asi, el sistema pasa a ser muy poco eficiente, resultando incluso mas conveniente dejarla en papel...</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/nmonti/p6hzjk9zadpk/wish/225569343</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2018-01-29 11:47:54 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Buenas tardes!! se me hace un poco dificil estos nuevos sistemas, pero vamos aprendiendo. Mi pregunta es en cuanto a la autorización de nuestros clientes a que nosotros realicemos las presentaciones electronicas, en algunos casos, no pueden acercarse al Juzgado por problemas de trabajo, de que forma se podria evitar o invocar algun articulo para poder salvar este inconveniente. </title>
         <author>lidiasferr</author>
         <link>https://padlet.com/nmonti/p6hzjk9zadpk/wish/225701993</link>
         <description><![CDATA[<div>Muchas Gracias. </div>]]></description>
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         <pubDate>2018-01-29 16:10:18 UTC</pubDate>
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         <title>Buenas noches a todos/as!</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/nmonti/p6hzjk9zadpk/wish/225909067</link>
         <description><![CDATA[<div>En primer lugar quería agradecer a todos los docentes por el excelente curso que nos brindaron.<br>En segundo lugar, quería consultarles lo siguiente:<br>¿Las presentaciones electrónicas solo sirven para las causas en las que tenemos poder general o especial? ¿O también se puede utilizar en aquellas causas en las que solo tenemos el patrocinio letrado?<br>Desde ya muchas gracias.<br>Saludos!</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-01-30 01:17:03 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Buenas Noches Colegas!Gracias por ayudarnos a descubrir nuevas experiencias!</title>
         <author>cmvieytes7</author>
         <link>https://padlet.com/nmonti/p6hzjk9zadpk/wish/226383459</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2018-01-31 00:36:33 UTC</pubDate>
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         <title>RESPUESTA a &quot;En primer lugar quería agradecer a todos los docentes por el excelente curso que nos brindaron....&quot;</title>
         <author>chaffermatias</author>
         <link>https://padlet.com/nmonti/p6hzjk9zadpk/wish/227264295</link>
         <description><![CDATA[<div>Hola! El sistema de presentaciones funciona tanto para abogados patrocinante como abogados apoderados. Se encuentra vigente la ac. 3842/17 que permite a los abogados patrocinantes realizar presentaciones electrónicas , siendo que que esta acordada establece que todas las presentaciones judiciales son de mero trámite, son determinadas excepciones. Esto hace que el letrado pueda enviar por el sistema cualquier escrito que no sea los exceptuados. Para enviar estos es necesario tener un acta labrada ante el actuario del juzgado donde el cliente autoriza al letrado patrocinante al uso del sistema.<br><br>Espero que te haya servido  la respuesta. Saludos!</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-02-01 20:13:33 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/nmonti/p6hzjk9zadpk/wish/227264295</guid>
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         <title>RESPUESTA a &quot;Buenas tardes!! se me hace un poco dificil estos nuevos sistemas, pero vamos aprendiendo...&quot;</title>
         <author>chaffermatias</author>
         <link>https://padlet.com/nmonti/p6hzjk9zadpk/wish/227267098</link>
         <description><![CDATA[<div>Hola! El tema del acta depende del criterio del juzgado. Algunos con un simple escrito firmado por la parte autorizando al uso del sistema ya basta. El requisito del acta está en el art. 4 de la Res. 1827/12.<br>Aún así, la acordada 3842/17 establece que todos los escritos son de mero trámite salvo determinadas excepciones, por lo cual con esto podrías enviar presentaciones electrónicas sin tener el acta.<br><br>Espero que te haya servido la respuesta. Saludos!</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-02-01 20:18:56 UTC</pubDate>
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         <title>RESPUESTA a &quot;Buenos días, mi duda es con respecto a las notificaciones que se envían...&quot;</title>
         <author>chaffermatias</author>
         <link>https://padlet.com/nmonti/p6hzjk9zadpk/wish/227270244</link>
         <description><![CDATA[<div>Hola! El plazo de notificación de las cédulas varia según sean cédulas a domicilio electrónicos o a domicilios denunciados.<br>Si es a domicilios electrónicas,  desde la fecha en que a vos te aparece como DILIGENCIADA la cédulas, la misma queda notificada el día Martes o Viernes posterior a su recepción (al día en que a vos te figura como diligenciada). Al día hábil siguiente comienza a correr el plazo.<br>Si es una cédula a domicilio denunciado (sin copias), cuando a vos te aparece DILIGENCIADO es que está disponible en el servidor de la oficia de notificaciones que corresponda. Ellos la van a a imprimir y practicar la notificación de la forma tradicional. Ahí los plazos se computan en forma normal.<br>Las cédulas a domicilios denunciados CON copias van siempre en soporte papel.<br><br>Espero que te hay servido la respuesta. Saludos!</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-02-01 20:24:10 UTC</pubDate>
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         <title>RESPUESTA a &quot;Buenas tardes a todos, tutoras, colegas, como pasa el tiempo, rapidísimo, increíble...&quot;</title>
         <author>chaffermatias</author>
         <link>https://padlet.com/nmonti/p6hzjk9zadpk/wish/227275977</link>
         <description><![CDATA[<div>Hola! Algunos organismos de la Provincia están adheridos al sistema, por ejemplo el Colegio de Escribanos, el COLPROBA, Registro de Juicios Universales, RPI, entre otros.<br>De a poco se van sumando diferentes organismos al sistema.<br><br>Espero que te haya servido la respuesta. Saludos!</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-02-01 20:38:14 UTC</pubDate>
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