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      <title>Derecho Administrativo I  Der#1-21 by Jose Ibarguen</title>
      <link>https://padlet.com/joseibarguen047/p0ndof9f6h0nnq8u</link>
      <description>José Alexander  Ibarguen Ramos.
8-777-1651</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-02-14 00:56:42 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>joseibarguen047</author>
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         <description><![CDATA[<div>Es el acuerdo de voluntades, generador de obligaciones, celebrado entre un órgano del Estado, en ejercicio de las funciones administrativas que le competen, con otro órgano administrativo o con un particular o administrado, para satisfacer finalidades públicas.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-22 23:44:35 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>joseibarguen047</author>
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         <description><![CDATA[<div>La contratación administrativa es una herramienta proporcionada al Estado para cumplir con sus fines, decimos que es una herramienta porque es por medio de ella, que se logra acordar con un particular la prestación de un servicio o la realización de una obra que el Estado no puede realizar puesto que no tiene la capacidad para hacerlas.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-22 23:48:37 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>joseibarguen047</author>
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         <description><![CDATA[<div>Pero dicha contratación no llega hasta ahí, podemos afirmar que es vital para el funcionamiento del Estado, que sin ella caeríamos en un estancamiento imposible de revertir. Tan sencillo como se escucha, el Estado necesita combustible para sus vehículos, papelería para abastecer las oficinas de las carteras del Estado y demás entidades que funcionen con fondos públicos, esas entre otras necesidades. Para poder obtener dichas prestaciones el Estado recurre a un particular para que le brinde lo que necesita para subsistir, y lo hace por medio de una figura.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-22 23:57:30 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>joseibarguen047</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>Tipos de contratos en la Ley de Contratos del Sector Público</strong></div><ul><li><strong>Contrato</strong> de concesión de servicios.&nbsp;</li><li><strong>Contrato</strong> de suministro.&nbsp;</li><li><strong>Contrato</strong> de obras <strong>públicas</strong>.&nbsp;</li><li><strong>Contrato</strong> de concesión de obras <strong>públicas</strong>.&nbsp;</li><li><strong>Contrato</strong> de servicios.</li><li><strong>Contrato</strong> mixto.</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-23 00:15:55 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>joseibarguen047</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>&nbsp;Jurídico bilateral en el cual dos o más partes expresan su consentimiento en la forma permitida por la ley, para crear, regular, modificar o extinguir obligaciones</strong>. Las partes pueden acordar cualquier cláusula que no sea contraria a la ley, a la moral o al orden público.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-23 00:20:47 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>joseibarguen047</author>
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         <description><![CDATA[<div>Si los actos separables del contrato administrativo (en este caso las resoluciones que hicieron posible la contratación directa por supuesta urgencia notoria) infringen la ley por desviación de poder debe entenderse que el contrato administrativo ipso facto es también nulo. La Sala mantiene esta tesis pues ella tiene claro sustento normativo en lo dispuesto en los artículos 64 y 75 del Código Fiscal. Así lo ha entendido también la doctrina y el Consejo de Estado de Francia en sentencia de 1º de marzo de 1946 (Cfr. Dominique Pouyaud, op. cit. pág. 331). La desviación de poder en este caso se concreta como una desviación del procedimiento para seleccionar al contratista, de una licitación pública y de un concurso de precios, hacia la contratación directa con una finalidad distinta a la del interés general, que es la única que deben perseguir las autoridades administrativas al autorizar y celebrar contratos como los que nos ocupan.” (Sentencia de 17 de agosto de 1992).</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-23 00:27:04 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>joseibarguen047</author>
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         <description><![CDATA[<div>Las concesiones implican suscribir un Contrato Administrativo con el Estado panameño, con el objeto de otorgar a una persona la prestación, operación, explotación, organización o gestión sea total o parcial de un servicio público o la construcción de una obra destinada al uso público, así como todas las actividades que sean necesarias para la adecuada prestación y/o funcionamiento de la obra o servicio, es intuito-personae- por cuenta y riesgo del concesionario-, pero bajo la vigilancia de la entidad concedente. La mayoría de este tipo de contratos de concesiones tienen una vigencia de 10 a 20 años máximo, que pueden ser prorrogables, pero ello dependerá de la magnitud del proyecto y la necesitad que tenga el país&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-23 00:34:52 UTC</pubDate>
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         <author>joseibarguen047</author>
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         <description><![CDATA[<div>Autoridad de Turismo de Panamá (ATP) Aeropuerto Internacional de Tocumen Autoridad Nacional de los servicios públicos (ASEP) Dirección de Recursos Minerales (MICI) Unidad de Bienes Revertidos (MEF) Instituto de Mercado Agropecuario (IMA) Instituto de Acueductos y Alcantarillados (IDAAN) Ministerio de Obras Públicas (MOP) Ministerio de Vivienda y Desarrollo Social (MIVI) Cualquier otra entidad del Estado&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-23 00:38:42 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>joseibarguen047</author>
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         <description><![CDATA[<div>Según la Ley 22 de 2006, en su artículo 126 como causales de resolución administrativa del contrato, además de las que se tengan por convenientes pactar en el contrato, deberán figurar las siguientes: 1. El incumplimiento de las cláusulas pactadas. 2. La muerte del contratista, en los casos en que deba producir la extinción del contrato conforme a las reglas del Código Civil, si no se ha previsto que puede continuar con los sucesores del contratista, cuando sea una persona natural. 3. La declaratoria judicial de liquidación del contratista. 4. La incapacidad física permanente del contratista, certificada por médico idóneo, que le imposibilite la realización de la obra, si fuera persona natural. 5. La disolución del contratista, cuando se trate de persona jurídica, o de alguna de las sociedades que integran un consorcio o asociación accidental, salvo que los demás miembros del consorcio o asociación puedan cumplir el contrato.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-23 00:41:40 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>joseibarguen047</author>
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         <description><![CDATA[<div>La Contratación Pública al igual que las Concesiones Administrativas en Panamá están amparadas por el Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 61 de 27 de septiembre de 2017, modificado recientemente por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, que establece las normas, reglas y principios básicos de obligatoria observancia que regirán los procedimientos de selección de contratista y contratos públicos en todo lo referente a contratación pública que lleve a cabo el Gobierno Central, entidades autónomas y semiautónomas, municipios, juntas comunales, intermediarios financieros y sociedades anónimas en las que el Estado sea parte. Para el tema de las concesiones existen leyes especiales que dependiendo de la entidad deberán aplicarse a la concesión, como ejemplo mencionamos a la Autoridad de Turismo, la Autoridad del Canal de Panamá, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos. Los vacíos legales que se presenten en el procedimiento de selección de contratista, así como en el desarrollo del contrato hasta la liquidación, se llenarán con la aplicación de las normas de procedimiento administrativo general y, en su defecto, con los principios y las normas del procedimiento civil y comercial.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-23 00:45:27 UTC</pubDate>
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