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      <title>RN-SEM6-2BE-CISNEROS_HIDALGO_CALERO_BARRIOS_GARCIA-LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA by Mia Cisneros</title>
      <link>https://padlet.com/cisnerosmia602/ovohxw6jh6ni9pch</link>
      <description>Un muro con secciones</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2024-10-06 20:27:22 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2024-10-06 21:08:29 UTC</lastBuildDate>
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         <title></title>
         <author>cisnerosmia602</author>
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         <description><![CDATA[<p>Requisitos para ser presidente de la República:</p><ol><li><p><strong>Artículo 110</strong>:</p><ul><li><p>"El presidente de la República es el jefe del Estado y personifica a la Nación. Para ser elegido presidente de la República se requiere ser peruano de nacimiento, tener más de treinta y cinco años de edad al momento de la postulación y gozar del derecho de sufragio."</p></li></ul></li></ol><p>Los requisitos son:</p><ol><li><p><strong>Ser peruano de nacimiento</strong>.</p></li><li><p><strong>Tener más de 35 años de edad</strong> al momento de la postulación.</p></li><li><p><strong>Gozar del derecho de sufragio</strong> (esto implica que no debe estar privado de este derecho por ninguna sanción o inhabilitación legal).</p><ol start="2"><li><p><strong>Artículo 111</strong>:</p><p>El presidente es elegido mediante sufragio directo por los ciudadanos. Si ningún candidato obtiene más de la mitad de los votos válidos en la primera vuelta, se procede a una segunda vuelta entre los dos candidatos con mayor votación.</p></li><li><p><strong>Artículo 112</strong>:</p><ul><li><p>El mandato presidencial es de <strong>cinco años</strong>, y no hay reelección inmediata.</p></li></ul></li></ol><p>Estos artículos establecen claramente los requisitos y el procedimiento para la elección del presidente de la República, quien es la cabeza del Poder Ejecutivo en Perú.</p><p><strong>Referencias:</strong></p><ul><li><p><strong>Constitución Política del Perú de 1993</strong>. Consultada en el portal oficial del Congreso de la República del Perú:</p></li><li><p>Constitución Política del Perú.</p></li></ul><p>Causales de vacancia presidencial:</p><p><strong>Artículo 113</strong>:<br>"La Presidencia de la República vaca por:</p><ol><li><p>Muerte del presidente de la República.</p></li><li><p>Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso.</p></li><li><p>Aceptación de su renuncia por el Congreso.</p></li><li><p>Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado.</p></li><li><p>Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117 de la Constitución."</p></li></ol></li></ol><p><strong>Análisis de las causales:</strong></p><ul><li><p><strong>Muerte del presidente de la República</strong>: Cuando el presidente fallece en el ejercicio de su mandato, se produce la vacancia.</p></li><li><p><strong>Incapacidad moral o física permanente</strong>: Esta causal es declarada por el Congreso, y ha generado debates sobre su interpretación, especialmente en lo que respecta a la "incapacidad moral", que ha sido invocada en varios procesos de vacancia recientes.</p></li><li><p><strong>Aceptación de renuncia</strong>: El presidente puede presentar su renuncia, la cual debe ser aceptada por el Congreso para hacer efectiva la vacancia.</p></li><li><p><strong>Salida no autorizada del territorio nacional</strong>: Si el presidente sale del país sin el permiso del Congreso o no regresa dentro del plazo autorizado, se declara la vacancia.</p></li><li><p><strong>Destitución por infracciones</strong>: El <strong>artículo 117</strong> establece que el presidente sólo puede ser acusado durante su mandato por:</p><ul><li><p>Traición a la patria.</p></li><li><p>Impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales.</p></li><li><p>Disolver el Congreso fuera de los casos previstos en el <strong>artículo 134</strong>.</p></li><li><p>Impedir el funcionamiento del <strong>Jurado Nacional de Elecciones</strong> u otros organismos del sistema electoral.</p><p><strong>Análisis de las elecciones generales de 2021 en Perú:</strong></p><p>Las elecciones generales de 2021, que resultaron en la elección de Pedro Castillo como presidente de la República, fueron llevadas a cabo bajo las disposiciones de la <strong>Constitución Política del Perú de 1993</strong>. A continuación, se examina si se respetaron los artículos pertinentes que rigen tanto los requisitos para postular a la presidencia como el proceso de elección, basándonos en la Constitución.</p><p><strong>1. Requisitos de candidatura</strong></p><p>Los <strong>artículos 110 y 111</strong> de la Constitución establecen los requisitos para ser presidente de la República.</p><ul><li><p><strong>Artículo 110</strong>: Requiere que el presidente sea peruano de nacimiento, mayor de 35 años y que goce del derecho de sufragio.</p><ul><li><p><strong>Cumplimiento</strong>: Pedro Castillo, nacido en Tacabamba, Perú, el 19 de octubre de 1969, cumplía con el requisito de ser <strong>peruano de nacimiento</strong>. Además, tenía más de <strong>35 años de edad</strong> al momento de su postulación (51 años) y gozaba de <strong>derechos políticos y de sufragio</strong> plenos.</p></li></ul></li><li><p><strong>Artículo 111</strong>: Establece que el presidente debe ser elegido por sufragio directo. Si ningún candidato obtiene más de la mitad de los votos válidos, se realiza una segunda vuelta entre los dos más votados.</p><p><strong>Cumplimiento</strong>: En la primera vuelta electoral, celebrada el 11 de abril de 2021, ningún candidato alcanzó la mayoría absoluta, por lo que se llevó a cabo una <strong>segunda vuelta electoral</strong> el 6 de junio de 2021, entre Pedro Castillo y Keiko Fujimori. Castillo ganó con el 50.13% de los votos válidos, conforme a lo estipulado en la Constitución.</p></li></ul><p><strong>2. Proceso electoral supervisado</strong></p><p>El proceso fue supervisado por los organismos encargados de garantizar la transparencia de las elecciones:</p><ul><li><p><strong>Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)</strong>: Encargada de la organización y desarrollo de las elecciones.</p></li><li><p><strong>Jurado Nacional de Elecciones (JNE)</strong>: Supervisó y garantizó el correcto conteo de votos y la proclamación del presidente electo.</p></li></ul><p>A pesar de las acusaciones de fraude electoral presentadas por la oposición, las investigaciones y auditorías realizadas por las instituciones electorales, así como por observadores internacionales (incluidos la OEA y la UE), concluyeron que el proceso fue transparente y no se presentaron irregularidades significativas que pudieran alterar los resultados finales. El <strong>JNE</strong> proclamó oficialmente a Pedro Castillo como presidente el 19 de julio de 2021.</p><p><strong>Vacancia presidencial y causales</strong></p><p>Durante el mandato de Pedro Castillo, se presentaron varias mociones de vacancia por <strong>"incapacidad moral permanente"</strong>, según el <strong>artículo 113</strong> (inciso 2). Este concepto ha sido objeto de múltiples interpretaciones en la política peruana. Finalmente, en diciembre de 2022, Castillo fue vacado tras intentar disolver el Congreso fuera de los casos permitidos en la Constitución, lo que condujo a su destitución y detención.</p><ul><li><p><strong>Artículo 113</strong> (inciso 4) y <strong>artículo 117</strong>: Castillo fue acusado de intentar disolver el Congreso inconstitucionalmente, lo cual es una causal de destitución según el <strong>artículo 117</strong>, al impedir el funcionamiento de los órganos constitucionales, incluyendo el Congreso.</p></li></ul><p><strong>Conclusión</strong></p><p>El proceso electoral de 2021, incluyendo la elección de Pedro Castillo, se realizó conforme a los artículos constitucionales citados, en especial los relacionados con los <strong>requisitos de postulación (art. 110 y 111)</strong> y el <strong>proceso de elección presidencial (art. 111)</strong>. No se encontraron violaciones constitucionales en el desarrollo del proceso electoral, y los organismos pertinentes certificaron la transparencia y legalidad del mismo.</p></li></ul></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-06 20:53:20 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>cisnerosmia602</author>
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         <description><![CDATA[<p>En Perú, los requisitos constitucionales para integrar el Poder Legislativo están establecidos en la Constitución Política del Perú de 1993, en su artículo 90. Según este artículo, para ser elegido como congresista se requiere:</p><p>Ser peruano de nacimiento. </p><p>                                                   </p><p>Tener al menos 25 años de edad al momento de la elección.</p><p>Estar inscrito en el Registro de Electores.</p><p>No haber sido condenado por delito doloso con pena privativa de libertad mayor a dos años, salvo que se haya rehabilitado.</p><p>Respecto a las causales de vacancia, el artículo 89 de la misma Constitución menciona:</p><ul><li><p>Por muerte.</p></li><li><p>Por renuncia.</p></li><li><p>Por incapacidad física o moral.</p></li><li><p>Por haber sido condenado por delito doloso con pena privativa de libertad mayor a dos años, salvo que se haya rehabilitado.</p></li></ul><p>Análisis de las Elecciones Generales</p><p>En las últimas elecciones generales de Perú, que se llevaron a cabo en 2021, se buscó cumplir con los artículos mencionados. En términos generales, los procesos electorales se desarrollaron bajo la supervisión de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), lo que garantiza que los candidatos cumplan con los requisitos constitucionales.</p><p>Sin embargo, ha habido críticas y controversias relacionadas con la interpretación de ciertos requisitos, como la validez de candidaturas de personas con antecedentes penales. La discusión sobre si se respetaron completamente los artículos constitucionales citados puede variar dependiendo de la perspectiva política y legal de cada analista.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-06 20:55:28 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>cisnerosmia602</author>
         <link>https://padlet.com/cisnerosmia602/ovohxw6jh6ni9pch/wish/3155726366</link>
         <description><![CDATA[<p>Los requisitos para ser elegido como presidente regional o alcalde están establecidos en la Ley</p><p>Orgánica de Elecciones y son:</p><p>1. Ser peruano de nacimiento.</p><p>2. Tener al menos 25 años de edad para los alcaldes y 30 para los presidentes regionales.</p><p>3. Estar en pleno goce de derechos civiles.</p><p>Las causales de vacancia para los presidentes regionales y alcaldes están estipuladas en el</p><p>artículo 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades y pueden incluir:</p><p>● Falta de asistencia injustificada a sesiones.</p><p>Delito doloso que implique condena.</p><p>● Incapacidad física o mental que impida el ejercicio de funciones.</p><p>● Aceptación de cargos incompatibles.</p><p>Artículos Pertinentes</p><p>Artículo 194 de la Constitución: Establece requisitos y vacancia para los presidentes regionales.</p><p>Artículo 199 de la Constitución: Requisitos para los alcaldes.</p><p>Explicación:</p><p>En las últimas elecciones regionales y locales, se observó un proceso electoral supervisado, lo que</p><p>sugiere un respeto a los artículos constitucionales mencionados. No se registraron grandes</p><p>irregularidades que comprometieran la legalidad del proceso y los candidatos cumplieron con los</p><p>requisitos establecidos. Sin embargo, después de las elecciones, han surgido controversias sobre</p><p>la legalidad de algunos actos administrativos.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-06 20:57:28 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>cisnerosmia602</author>
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         <description><![CDATA[<p>Un asunto público se refiere a un hecho, acción o situación que impacta la convivencia democrática y los derechos de las personas en diversos contextos, como el barrio, la escuela o la comunidad. Por esta razón, es fundamental fomentar la participación activa de los estudiantes, asegurando espacios y acciones que les permitan ser reconocidos como titulares de derechos y agentes de cambio en favor del bienestar común.</p><p>&nbsp;</p><p>La participación ciudadana es fundamental para fomentar la responsabilidad en la política, tanto de los representantes electos, quienes deben actuar en función de la voluntad del pueblo, como de los ciudadanos, que expresan sus decisiones a través de votaciones en consultas, referendos o elecciones.</p><p>Los gobiernos que experimentan una baja o nula participación ciudadana tienden a operar sin restricciones, lo que puede dar lugar a la corrupción y a políticas desconectadas de las verdaderas necesidades del pueblo, resultando en administraciones ineficaces que no logran mejorar el bienestar de la población.</p><p>Por lo tanto, la organización y participación de los ciudadanos son esenciales para fortalecer la relación entre ellos y sus gobernantes, legitimar sus acciones y fortalecer la democracia, lo que contribuye a reducir la corrupción y la impunidad, además de asegurar el respeto por los Derechos Humanos.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-06 20:59:27 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>cisnerosmia602</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué es una constitución política?</strong></p><p>Una constitución política es una compilación de leyes fundamentales que establecen la organización y operación de un estado. Define las normas básicas de las operaciones de las instituciones, los derechos y responsabilidades de los ciudadanos y también proporciona la aplicación de la estructura del sistema de gobierno. La constitución es la ley más alta de cualquier territorio y todas las leyes son subordinadas a ella.</p><p><strong>¿Por qué es importante para el orden democrático?</strong></p><p>Es crucial porque:</p><ul><li><p>Garantiza los derechos y libertades de los ciudadanos, protegiendo la participación igualitaria en la política.</p></li><li><p>Establece la separación de poderes, previniendo la concentración y abuso de poder.</p></li><li><p>Proporciona un marco legal que permite resolver conflictos.</p></li><li><p>Asegura estabilidad y legitimidad en las instituciones.</p><p><strong>¿Qué es un "momento constituyente"?</strong></p><p>Un "momento constituyente" es un periodo donde se decide crear o modificar la constitución. Suele ocurrir durante crisis políticas o sociales importantes, cuando el sistema existente se considera insuficiente para enfrentar las nuevas realidades.</p><p><strong>¿Qué es el "poder constituido"?</strong></p><p>Por otro lado, el poder constituido es el poder de las instituciones y órganos del Estado que son creadas por la constitución y que existe o actúa. El ejecutivo, el legislativo, el judicial están subordinados por la constitución y actúan en un marco jurídico definido por ella. Asimismo, el poder constituido actúa bajo las reglas que ha establecido el poder constituyente; ya que el poder constituyente es el que tiene la capacidad de reforma la constitución.</p><p><strong>¿En qué consiste la pirámide de Kelsen?</strong></p><p>La pirámide de Kelsen es una teoría desarrollada por el jurista Hans Kelsen que nutre la jerarquía de las normas dentro de un sistema jurídico. La cumbre de la pirámide es la constitución, o sea, la norma suprema. Debajo de ella se encuentran las leyes ordinarias, los reglamentos y demás normas inferiores. Por si sigue esta teoría, una norma inferior debe ser conforme con la norma superior.</p><p><strong>¿Cómo está organizada la constitución vigente (libros, títulos, artículos)?</strong></p><p>La organización de las constituciones varía según el país. Generalmente, una constitución se divide en:</p><ul><li><p><strong>Preámbulo</strong>: Explica los principios y valores fundamentales que inspiran la constitución.</p></li><li><p><strong>Parte dogmática</strong>: Define los derechos y libertades de los ciudadanos.</p></li><li><p><strong>Parte orgánica</strong>: Establece la organización del Estado y la distribución de los poderes.</p></li></ul><p><strong>Disposiciones transitorias</strong>: Normas específicas para la implementación de cambios constitucionales.</p><p><strong>¿Qué reformas se han hecho a la constitución el 2024?</strong></p><p>En 2024, Perú implementó importantes reformas constitucionales que abordaban los siguientes factores: la restauración de la bicameralidad, la reelección de parlamentarios, la eliminación del voto de confianza obligatorio y cambios en las acusaciones constitucionales. Desde las elecciones generales del próximo año, el Parlamento peruano volverá a estar compuesto por dos cámaras: una Cámara de Diputados de 130 miembros y el Senado, que consistirá en 60 miembros. Estos cambios rigen el sistema bicameral que existía hasta 1993. La bicameralidad tiene por objeto mejorar la calidad del debate legislativo y establecer un filtro adicional en el proceso de formulación y adopción de leyes. Del mismo modo, se derogó la prohibición de reelección inmediata de los congresistas, lo que permite que los parlamentarios puedan presentarse nuevamente a un cargo sin necesidad de separarse del cargo durante al menos un período. Asimismo, la nueva regulación eliminó la necesidad de que el nuevo gabinete, el presidente del Consejo de ministros, pida al parlamento un voto de confianza. Estos cambios residen en reducir la posibilidad de inestabilidad política y eliminar la base estratégica del voto de confianza como instrumento para generar crisis entre el ejecutivo y el legislativo. La última novedad implica al Fiscal de la Nación en la evaluación de las acusaciones constitucionales contra altos funcionarios, evitando que se conviertan automáticamente en causas penales sin ninguna revisión previa.</p><p><strong>¿Qué reformas constitucionales crees que serían convenientes (explica al menos con dos ejemplos)?</strong></p><ul><li><p>Reforma para garantizar la equidad de género: Incluir cuotas obligatorias para asegurar la representación equitativa de mujeres en cargos públicos.</p></li><li><p>Reforma para la protección del medio ambiente: Incorporar derechos ambientales y deberes estatales para enfrentar la crisis climática.</p></li></ul></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-06 21:04:37 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>cisnerosmia602</author>
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         <description><![CDATA[<p>Durante el periodo republicano, las constituciones políticas han evolucionado adaptándose a los cambios sociales, políticos y económicos. Al principio, reflejaban la lucha por la independencia, inspiradas en modelos europeos y estadounidenses. En el siglo XIX, la inestabilidad política generó cambios frecuentes en las constituciones, marcadas por conflictos entre liberales y conservadores. En el siglo XX, las constituciones incluyeron derechos sociales y económicos, como en México (1917), mientras que, tras las dictaduras, se enfocaron en derechos humanos y democracia, como en Colombia (1991). En el siglo XXI, destacan por abordar temas contemporáneos como la inclusión y el medio ambiente.</p><p>En resumen, las constituciones del periodo republicano han evolucionado reflejando los desafíos políticos, económicos y sociales de cada época, adaptándose a las circunstancias y a las necesidades de sus ciudadanos, con una tendencia clara hacia la ampliación de los derechos humanos y la participación democrática en los últimos tiempos.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-06 21:08:29 UTC</pubDate>
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