<?xml version="1.0"?>
<rss version="2.0">
   <channel>
      <title>Mi padlet lujoso by </title>
      <link>https://padlet.com/isabellacotav/ot8bjd6aesd8isvw</link>
      <description></description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2025-02-20 19:40:58 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2025-02-21 02:35:07 UTC</lastBuildDate>
      <webMaster>hello@padlet.com</webMaster>
      <image>
         <url></url>
      </image>
      <item>
         <title></title>
         <author>isabellacotav</author>
         <link>https://padlet.com/isabellacotav/ot8bjd6aesd8isvw/wish/3337046461</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p><strong>#DD.HH con el que se relaciona: </strong><em>Artículo 23 de DD. HH</em></p></li><li><p><strong>Semejanzas</strong>: <em>Ambos artículos garantizan que toda persona tiene el derecho de elegir libremente su trabajo y profesional sin ser obligados a desempeñar una actividad en contra de su voluntad. Los dos rechazan cualquier forma de esclavitud o explotación laboral. Prohíben trabajos que atenten contra la dignidad humana. Ambos buscan garantizar la libertad, dignidad y equidad en el ámbito laboral, Promoviendo el bienestar de los trabajadores y la eliminación de prácticas de explotación.</em></p></li><li><p><strong>Diferencias</strong>: <em> Artículo 5° (Constitucionalismo de México ) permite que el estado impongan ciertas restricciones al ejercer una profesión u oficio. También contempla la obligación de realizar ciertos trabajos sin consentimientos en casos específicos, como el servicio militar y trabajo comunitario como una sanción penal. Artículo 23°(DUDH) No impone restricciones y enfatiza el derecho absoluto a elegir el trabajo que se desee, sin alguna intervención del estado. también señala que el acceso al trabajo deber ser equitativo, sin discriminación ni condiciones impuestas.</em></p></li><li><p><strong>En México este derecho: </strong><em>Establece la libertad de trabajo, es decir, que ninguna persona puede ser obligada a desempeñar un trabajo sin su consentimiento.</em></p></li><li><p><strong>Un ejemplo reciente en mi comunidad: </strong><em>En 2024 se presento la exposición "Nuevo León: El futuro no esta escrito" , el cual fue inaugurada en agosto de ese mismo año en el Museo de Arte Contemporáneo de Monterrey (MARCO). esta muestra incluyó obras del Colectivo Estética Unisex, el cual denuncia las condiciones laborales de los jóvenes empleados en grandes franquicias de la región.</em></p></li></ul>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-02-21 02:24:59 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/isabellacotav/ot8bjd6aesd8isvw/wish/3337046461</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>isabellacotav</author>
         <link>https://padlet.com/isabellacotav/ot8bjd6aesd8isvw/wish/3337059754</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>El artículo constitucional no encuentra relación con algún DD.HH. <em>si el enfoque de la norma constitucional es más restrictivo o especifico en comparación con la visón universal y amplia de los derechos humanos.</em></p></li><li><p><strong><em>El impacto de la audiencia</em></strong><em> es negativo porque deja vacíos legales que pueden ser aprovechados para explotar laboralmente a los trabajadores o negarles derechos básicos.</em></p></li><li><p><br/></p></li></ul>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-02-21 02:35:06 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/isabellacotav/ot8bjd6aesd8isvw/wish/3337059754</guid>
      </item>
   </channel>
</rss>
