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      <title>Ley general de la educación by JAQUELINE ALEJANDRA MONTANEZ HERNADEZ</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-10-22 19:17:05 UTC</pubDate>
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         <title>4º. De la revalorización de las maestras y los maestros (2 cap)</title>
         <author>jaquelinemontanez19</author>
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         <description><![CDATA[<div>&nbsp;Nos recuerda el hecho de que las maestras y los maestros somos agente fundamental del proceso educativo y por ello se debe de reconocer en la trasformación social y así mismo priorizar su labor para el logro de metas y objetivos centrados en el aprendizaje, fortaleciendo su capacitación y actualización con cursos que brinde el estado.<br>&nbsp;</div><div>En el articulo 91 nos menciona "Las autoridades de los Estados, de la Ciudad de México y municipales podrán reconocer la labor docente, a través de ceremonias, homenajes y otros eventos públicos."<br>&nbsp;Por ejemplo;&nbsp; en la primaria donde realizo mi servicio de san a conocer las convocatoria para estos cursos.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-22 19:18:17 UTC</pubDate>
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         <title>5°. De los planteles educativos (2 cap.)</title>
         <author>jorgeescobedo19</author>
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         <description><![CDATA[<div>Nos menciona la importancia del espacio en el que trabajaran nuestro alumnos y&nbsp; maestras y maestros, donde se presta el servicio público por parte del estado.<br>Así mismos como se menciona en el artículo 100&nbsp; "Para la construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción o habilitación de inmuebles destinados a la prestación del servicio público de educación"<br>&nbsp;<br>Por ejemplo cuando se dio la sequía en monterrey muchos estados brindaron el servicio de tinacos. <br><br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-22 19:30:08 UTC</pubDate>
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         <title>6°. De la mejora continua de la educación (1 cap.)</title>
         <author>jorgeescobedo19</author>
         <link>https://padlet.com/jaquelinemontanez19/oshe2pjskas27ivy/wish/2351879762</link>
         <description><![CDATA[<div>Para realizar una mejora en la educación, se plantean estrategias, en los artículos 110 y 111. En el primero se menciona que se da un proceso de mejora continua, que implica un desarrollo permanente e ir incrementando el logro acádemico de los educandos, y tomando como eje central el aprendizaje de niños, niñas, adolecentes y jovenes en todos los tipos de niveles o modalidades educativas. En el segundo se busca que se tenga una base en las disposiciones aplicables en la ley de la materia, dicha ley establecerá el SMCE (Sistema de Mejora Continua de la Educación). En el artículo 112, se menciona que la ley determinará las funcines de la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación.<br><br>Se busca determinar los indicadores de resultados de la mejora continua de la educación.<br>Se establecen los criterios que deben cumplir las instancias evaluadoras para los procesos valorativos, cualitativos, continuos y formativos de la mejora continua de la educación.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-22 19:30:43 UTC</pubDate>
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         <title>7º. Del Federalismo educativo (1 cap)</title>
         <author>jorgeescobedo19</author>
         <link>https://padlet.com/jaquelinemontanez19/oshe2pjskas27ivy/wish/2351880584</link>
         <description><![CDATA[<div>Corresponde a las obligaciones de la federación de brindar a la educación los instrumentó como por ejemplo:<br>-calendario escolar&nbsp;<br>- los planes y programas&nbsp;<br>- los libros de textos de los alumnos&nbsp;<br>Así como vigilar y gestionar que la ley se aplique.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-22 19:32:09 UTC</pubDate>
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         <title>9°. De la corresponsabilidad social en el proceso educativo  (5 cap.)</title>
         <author>jorgeescobedo19</author>
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         <description><![CDATA[<div>Los medios de comunciación, contribuyen o deben de contribuir al logro de los fines de la educación previstos, a su vez la secretaría promueve, ante las autoridades competentes, las acciones necesarias para dar cumplimiento, con apego a las disposiciones legales aplicables.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-22 20:09:46 UTC</pubDate>
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         <title>10°. Del la validez de estudios y certificación de conocimientos (1 cap) </title>
         <author>jorgeescobedo19</author>
         <link>https://padlet.com/jaquelinemontanez19/oshe2pjskas27ivy/wish/2351902255</link>
         <description><![CDATA[<div>Las instituciones del Sistema Educativo Nacional expedirán certificados y otorgarán constancias, diplomas, títulos o grados académicos a las personas que hayan concluido estudios de conformidad con los requisitos establecidos en los planes y programas de estudio correspondientes. Dichos certificados, constancias, diplomas, títulos y grados deberán registrarse en el Sistema de Información y Gestión Educativa y tendrán validez en toda la República.&nbsp;<br>Por ejemplo: los cursos que tomamos actualmente muchos de nosotros que no todos son de la normal f. Martínez si no también de la normal de San Luis Potosí esta certificación será válida en toda la república.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-22 20:13:51 UTC</pubDate>
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         <title>11°. De la educación impartida por particulares (3° cap)</title>
         <author>jorgeescobedo19</author>
         <link>https://padlet.com/jaquelinemontanez19/oshe2pjskas27ivy/wish/2351904496</link>
         <description><![CDATA[<div>Artículo 180. Autorización y reconocimiento de la validez oficial de la investigación y trámites y trámites asociados con ellos, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las normas que de ella se deriven. Las personas afectadas podrán optar por presentar un recurso de revisión o acudir a una autoridad jurisdiccional corresponder.<br>Artículo 181. La tramitación y resolución de los recursos de revisión se realizará a nivel federal de conformidad con la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y a nivel local de conformidad con las normas aplicables en la materia.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-22 20:18:42 UTC</pubDate>
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         <title>8°. Del financiamiento a la educación</title>
         <author>jorgeescobedo19</author>
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         <description><![CDATA[<div>Se le asigna un presupuesto a cada nivel de educación, con dicho presupuesto se busca cubrir los requerimientos humanos, materiales y de infraestructura, teniendo como fin que la población escolar tenga acceso a la educación con excelencia.<br>&nbsp;El artículo 119. El monto anual que el estado destine al financiamiento<br>en educación pública, se destinara al desarrollo tecnológico y la innovación en<br>las instituciones públicas de educación superior.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-10-25 13:37:41 UTC</pubDate>
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