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      <title>Mi padlet sublime by Roberto Quintero</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2024-02-16 19:15:11 UTC</pubDate>
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         <title>OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES  DEL 1 AL 6 </title>
         <author>vasquezrita123</author>
         <link>https://padlet.com/vasquezrita123/oncob6qwxqohpjvp/wish/2886342418</link>
         <description><![CDATA[<p>Artículo 126. Son obligaciones de los trabajadores: </p><p>1. Realizar personalmente el trabajo convenido con la intensidad, cuidado y eficiencia, que sean compatibles con sus fuerzas, aptitudes, preparación y destreza, en el tiempo y lugar estipulado. 2. Acatar las órdenes e instrucciones del empleador, o de su representante, de acuerdo con las estipulaciones del contrato. </p><p>3. Abstenerse de revelar a terceros, salvo autorización expresa, los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, o de los cuales tengan conocimiento por razón del trabajo que desempeñan, así como los de los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicio a la empresa. </p><p>4. Presentarse al trabajo siempre en aceptables condiciones mentales y físicas para ejecutar las labores propias de su contrato de trabajo.</p><p> 5. Observar buenas costumbres durante la presentación del servicio.</p><p> 6. Conservar en buen estado los instrumentos y útiles que se les hubieren entregado para trabajar, no siendo responsables por el deterioro de estos objetos originado por el uso, desgaste natural, caso fortuito, fuerza mayor, mala calidad o defectuosa construcción.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-16 19:17:40 UTC</pubDate>
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         <title>OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES DEL 7 AL 12</title>
         <author>vasquezrita123</author>
         <link>https://padlet.com/vasquezrita123/oncob6qwxqohpjvp/wish/2886343520</link>
         <description><![CDATA[<p>7. Prestar los servicios requeridos cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas, sus compañeros de trabajo, o el establecimiento donde preste el servicio. </p><p>8. Observar las disposiciones del reglamento interno de trabajo, así como las medidas preventivas e higiénicas adoptadas por las autoridades competentes y las que indique el empleador, conforme a la ley, el reglamento interno y la convención colectiva, para la seguridad y protección personal de los trabajadores.</p><p> 9. Someterse, al solicitar su ingreso en el trabajo o durante éste, si lo ordena así el empleador o las autoridades competentes, a un reconocimiento médico para comprobar que no padece enfermedad transmisible contagiosa, que no consume drogas prohibidas por la ley, ni sufre trastorno psíquico que pudieran poner en peligro la seguridad de sus compañeros o los equipos e instalaciones del empleador. 10. Dar aviso inmediato al empleador o a sus representantes, de cualquier hecho o circunstancia que puede causar daño o perjuicio a la seguridad de sus compañeros o a los equipos e instalaciones del empleador. </p><p>11. Desocupar totalmente las casas o habitaciones que les haya proporcionado el empleador con motivo de la relación de trabajo, a más tardar treinta días después de terminada ésta, salvo lo que se disponga para el caso de riesgos profesionales. Tratándose de trabajadores contratados por tiempo indefinido, con más de dos años de servicio, la autoridad administrativa de trabajo podrá extender este plazo hasta por seis meses, teniendo en cuenta la antigüedad, las condiciones familiares y las necesidades de las partes. 12. Acudir a los centros de rehabilitación que, de común acuerdo, les indiquen el empleador y el sindicato para ser atendidos por enfermedades transmisibles o contagiosas, o por las adicciones comprendidas en el numeral 9.o anterior. Cuando no existiere la organización sindical, se procurará tratar los problemas de la enfermedad de contagio o la adicción, con el pariente más cercano del trabajador.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-16 19:19:16 UTC</pubDate>
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         <title>OBLIGACIONES</title>
         <author>vasquezrita123</author>
         <link>https://padlet.com/vasquezrita123/oncob6qwxqohpjvp/wish/2886344636</link>
         <description><![CDATA[<p>En el ámbito del derecho, una obligación se refiere a un vínculo jurídico mediante el cual una parte, llamada deudor, está obligada a realizar una determinada acción o a abstenerse de hacer algo en beneficio de otra parte, llamada acreedor. Las obligaciones pueden surgir de diversas fuentes, como contratos, actos ilícitos, disposiciones legales, entre otros.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-16 19:20:53 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>vasquezrita123</author>
         <link>https://padlet.com/vasquezrita123/oncob6qwxqohpjvp/wish/2886345135</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2024-02-16 19:21:36 UTC</pubDate>
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         <title>PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES</title>
         <author>vasquezrita123</author>
         <link>https://padlet.com/vasquezrita123/oncob6qwxqohpjvp/wish/2886348016</link>
         <description><![CDATA[<p>Artículo 127. Se prohíbe a los trabajadores: 1. Ejecutar actos que pongan en peligro la seguridad propia, la de sus compañeros de trabajo, o de terceras personas, así como la de los establecimientos, locales, talleres, o lugares donde trabajen. </p><p>2. Faltar al trabajo sin justa causa o sin permiso del empleador. </p><p>3. Tomar de los talleres, fábricas o de sus dependencias, materiales, artículos de programación informática, útiles de trabajo, materias primas o elaboradas, equipos u otras propiedades del empleador, sin la autorización de éste o sus representantes. 4. Presentarse al trabajo en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas prohibidas por la ley. </p><p>5. Presentarse al lugar de trabajo sin informarle al empleador sobre el uso de medicamentos, recetados por un facultativo, con la advertencia de que puedan producir somnolencia o afectar su coordinación motora. </p><p>6. Emplear el equipo que se le hubiere encomendado en usos que no sean del servicio de la empresa u objeto distinto de aquel a que están destinados. 7. Portar armas durante las horas de trabajo. Se exceptúan las punzantes o punzocortantes que formen parte de las herramientas o útiles autorizados por el empleador y las que porten los trabajadores encargados de la seguridad, para quienes sus respectivos empleadores hayan obtenido permiso especial de las autoridades competentes. </p><p>8. Efectuar colectas no autorizadas por el empleador y promover o vender boletos de rifas y loterías dentro del establecimiento, local o lugar de trabajo y en horas laborables. </p><p>9. Suspender sus labores sin causa justificada o sin permiso del empleador, aun cuando permanezca en su puesto, siempre que tal suspensión no se deba a huelga. </p><p>10. Alterar, trastocar o dañar, en cualesquiera forma, los datos artículos de programación informática, los archivos de soporte, los ordenadores o accesorios de informática.</p><p> 11. Laborar para otro empleador durante las vacaciones, períodos de incapacidad, o cualquier licencia remunerada. </p><p>12. Realizar actos de acoso sexual.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-16 19:25:23 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES</title>
         <author>vasquezrita123</author>
         <link>https://padlet.com/vasquezrita123/oncob6qwxqohpjvp/wish/2886349623</link>
         <description><![CDATA[<p>Artículo 128. Son obligaciones de los empleadores, además de las que surjan especialmente del contrato, las siguientes: 1. Darle ocupación efectiva al trabajador conforme a las condiciones convenidas. </p><p>2. Pagar a los trabajadores los salarios, prestaciones e indemnizaciones correspondientes, de conformidad con las normas de este Código. </p><p>3. Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para ejecutar el trabajo convenido, los cuales serán de buena calidad e idóneos para el trabajo y los repondrá tan pronto como dejen de ser eficientes. </p><p>4. Proporcionar local seguro para guardar los objetos del trabajador que deban necesariamente permanecer en el lugar donde preste el servicio. </p><p>5. Permitir y facilitar la inspección y vigilancia de las autoridades administrativas y judiciales del trabajo, que se deban practicar en la empresa, establecimiento o negocio.</p><p> 6. Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose de maltratarlos de palabra o de obra y de cometer en su contra actos que pudieran afectar su dignidad.</p><p> 7. Adoptar las medidas higiénicas y de seguridad y cualesquiera otras que prescriban las autoridades competentes en la instalación y operación de las fábricas, talleres, oficinas y demás lugares donde deban ejecutarse los trabajos.</p><p> 8. Tomar las medidas indispensables y las prescritas por las autoridades para prevenir accidentes en el uso de maquinarias, instrumentos o materiales de trabajo y enfermedades profesionales y mantener una provisión de medicinas útiles indispensables para la atención inmediata de los accidentes que ocurran. </p><p>9. Proveer el número suficiente de sillas o similares para los trabajadores, de acuerdo con la naturaleza del trabajo. </p><p>10. Fijar en lugar visible del establecimiento, empresa, taller, negocio, u oficina, el horario de trabajo, la división de la jornada, los turnos y los días de descanso semanal y los nombres de los trabajadores en uso de vacaciones. </p><p>11. Llevar un registro en que consten: el nombre, la edad, el sexo, la nacionalidad, el salario, las horas de trabajo, especificándose las horas extraordinarias trabajadas y las fechas de los períodos de vacaciones y la remuneración percibida, de cada trabajador. Este registro estará sujeto a la inspección, en cualquier tiempo, de las autoridades del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social. </p><p>12. Suministrar al trabajador habitación higiénica y alimentación sana y suficiente en el caso de que se haya obligado a hospedarle y alimentarle.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-16 19:27:24 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>PROHIBICIONES DE LOS EMPLEAODRES</title>
         <author>vasquezrita123</author>
         <link>https://padlet.com/vasquezrita123/oncob6qwxqohpjvp/wish/2886352247</link>
         <description><![CDATA[<p>Artículo 138. Queda prohibido a los empleadores: 1. Despedir a sus trabajadores o tomar cualquier otra represalia contra ellos, con el propósito de impedirles o como consecuencia de demandar el auxilio de las autoridades encargadas de velar por el cumplimiento y aplicación de las leyes laborales. </p><p>2. Inducir o exigir a sus trabajadores la adquisición de artículos y la utilización de servicios determinados, establecimientos o personas. </p><p>3. Exigir o aceptar dinero, especie o víveres de los trabajadores, como gratificación para que se les admita en el trabajo o por cualquier otra concesión o privilegio que se relacione con las condiciones de trabajo en general.</p><p> 4. Obligar a los trabajadores, ya sea por coacción o por cualquier otro medio, o constreñirlos, para que se afilien o no a un determinado sindicato o influir en sus decisiones políticas o convicciones religiosas. </p><p>5. Obligar a los trabajadores, por cualquier medio, a retirarse del sindicato u organización social a que pertenezcan o a que voten por determinada candidatura en las elecciones de directivos sindicales. </p><p>6. Retener, por su sola voluntad, las herramientas u objetos del trabajador, ya sea como indemnización, garantía o a cualquier otro título. </p><p>7. Hacer colectas o suscripciones entre los trabajadores. </p><p>8. Portar armas en los lugares de trabajo, excepto en los casos en que estén facultados para portarlas por la autoridad competente.</p><p> 9. Dirigir los trabajos en estado de embriaguez o bajo influencia de drogas prohibidas por la ley. 10. Ejecutar cualquier acto que restrinja los derechos del trabajador. </p><p>11. Imponer a los trabajadores sanciones que no estén previstas en la ley o los reglamentos internos de trabajo vigentes. </p><p>12. Establecer listas negras, índices o prácticas que puedan restringir las posibilidades de colocación a los trabajadores o afectar su reputación. </p><p>13. Exigir la realización de trabajos que pongan en peligro la salud o la vida de los trabajadores. </p><p>14. Deducir del salario de sus trabajadores alguna parte para beneficio propio o para cubrir el pago de vacaciones o cualquier otra prestación o efectuar cualquier otra deducción no autorizada. </p><p>15. Realizar actos de acoso sexual.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-16 19:30:32 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>PROHIBICIONES</title>
         <author>vasquezrita123</author>
         <link>https://padlet.com/vasquezrita123/oncob6qwxqohpjvp/wish/2886353697</link>
         <description><![CDATA[<p>En el derecho, las prohibiciones se refieren a restricciones o limitaciones impuestas por la ley o por autoridades competentes que prohíben ciertas acciones, comportamientos o actividades. Estas prohibiciones pueden tener diferentes propósitos, como proteger el orden público, preservar la seguridad, garantizar los derechos y libertades de las personas, promover el bienestar social, entre otros.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-16 19:32:32 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>VIDEO SOBRE LAS OBLIGACIONES Y PROHBICIONES DE LOS TRABAJADORES Y EMPLEADORES </title>
         <author>vasquezrita123</author>
         <link>https://padlet.com/vasquezrita123/oncob6qwxqohpjvp/wish/2886360917</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2024-02-16 19:43:31 UTC</pubDate>
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         <title>MAPA COMPARATIVO</title>
         <author>vasquezrita123</author>
         <link>https://padlet.com/vasquezrita123/oncob6qwxqohpjvp/wish/2886365832</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2024-02-16 19:51:20 UTC</pubDate>
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         <title>CODIGO DE TRABAJO </title>
         <author>vasquezrita123</author>
         <link>https://padlet.com/vasquezrita123/oncob6qwxqohpjvp/wish/2886367802</link>
         <description><![CDATA[<p>ARTICULOS DEL 126 AL 138 QUE HABLA DE LOS ARTICULOS </p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-16 19:54:19 UTC</pubDate>
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