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      <title>REGULACIÓN DE PUBLICIDAD EN EL PERÚ by Christian Díaz G.</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2020-10-23 00:11:21 UTC</pubDate>
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         <title>D’Onofrio (Nestlé): Campaña2009: Gracias Perú - helados todo S/.1, Fue multado por S/.1,4 millones</title>
         <author>christiancdba</author>
         <link>https://padlet.com/christiancdba/ns82t1cp2unlna4j/wish/854561058</link>
         <description><![CDATA[<div>Publicidad engañosa, debido a que pusieron a la venta solo helados seleccionados, siendo estos los más baratos. Asimismo, sin mencionar que la promoción estaba sujeta a stock. Posteriormente, los responsables de esta campaña tiende a ser la agencia de publicidad por no especificar el contenido del anuncio publicitario, por lo tanto INDECOPI puede sancionar.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-10-23 00:11:55 UTC</pubDate>
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         <title>Jabón Ace (Procter &amp; Gamble): Campaña: Lavasa cremosa ¿Qué jabón dura más?</title>
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         <link>https://padlet.com/christiancdba/ns82t1cp2unlna4j/wish/854953901</link>
         <description><![CDATA[<div>La reconocida marca de jabón realizó un video comercial donde hace una comparación con el jabón de la competencia, donde se puede ver que está no fue objetiva,  ya que solo menciona y muestra hacer la comparación sobre qué jabón resiste más tiempo en el agua, y no sobre el rendimiento y eficacia, que es un dato que más le importaría saber al público objetivo que ambos comparten; por lo tanto, aquí se estaría haciendo publicidad denigratoria, ya que se está comunicando que las otras marcas son de mala calidad e ineficientes. Pese a que Ace no hizo mención a una marca en específico, Jabón Marsella (Alicorp) decidió contestar con objetivad y hacer mención al tema del rendimiento. Por consiguiente, INDECOPI puede sancionar a Procter &amp; Gamble por autorizar la creación y difusión de este comercial, y hacer competencia desleal.  <br><br>Usuario C300. (2011). La Guerra de los Jabones (Youtube) De http://y2u.be/2iVp28NGhXg </div>]]></description>
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         <pubDate>2020-10-23 03:59:46 UTC</pubDate>
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         <title>Backus VS Brahma (Amveb): Campaña 4 cervezas a 9.50 soles. </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/christiancdba/ns82t1cp2unlna4j/wish/855587773</link>
         <description><![CDATA[<div>La marca de cerveza Brahma (Amveb) lanzó un spot publicitario en la década de los 2000 publicitando su oferta de 4 cervezas Brahma por 9.50 soles, pero además afirmando que era más innovador en variados aspectos que su competidor Backus (haciendo alusión a Cristal). Este caso fue denunciado por Backus ante INDECOPI y Amveb fue sancionado con 25 UIT. <br><br>Este es un caso de publicidad comparativa desleal, ya que Brahma no solo afirma ser más innovador sino que, también, sugiere que Backus copió varias de sus estrategias de publicidad. <br><br>Link: https://www.youtube.com/watch?v=dIoW36P9Iig<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-10-23 12:51:50 UTC</pubDate>
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         <title>Perú Cola Original</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/christiancdba/ns82t1cp2unlna4j/wish/856211466</link>
         <description><![CDATA[<div>En el año 2002, la empresa Embotelladora San Jorge S.A.C difundió un anuncio publicitario de la gaseosa Perú Cola. <br><br>En este anunció se recurrió al uso del nombre de la gaseosa Coca - Cola, una marca posicionada en el mercado y con varios años de trayectora, para atribuirle las mismas características a Perú Cola, especialmente con la frase. “todos ellos pensaban que el sabor de Coca Cola era inigualable hasta que conocieron el Perú… la nueva Perú Cola” . <br><br>De esta forma, el anuncio es un claro ejemplo de publicidad adhesiva, debido a que,  no cumple con el principio de veracidad porque induce a los consumidores a asociar el sabor de Perú Cola con Coca - Cola. Finalmente, la empresa Embotelladora San Jorge S.A.C recibió una denuncia por parte de Coca - Cola. <br><br>Enlace: <a href="https://youtu.be/xsaRCxIvPT8">https://youtu.be/xsaRCxIvPT8</a><br><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://youtu.be/xsaRCxIvPT8" />
         <pubDate>2020-10-23 15:31:07 UTC</pubDate>
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         <title>Ladrillos Lark: &quot;está maciza&quot;</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/christiancdba/ns82t1cp2unlna4j/wish/856614861</link>
         <description><![CDATA[<div>Este es un caso de publicidad de índole erótico. Durante la campaña de verano del 2015, la marca Ladrillos Lark recurrió a diversas frases como "Está maciza" "Está dura" o "Está fuerte" para asociar la calidad de los ladrillos con la figura de la modelo, quien lucía un traje de baño. <br><br>El anuncio buscaba generar un impacto, utilizando las frases o "piropos" y especialmente a una modelo conocida en el medio para atraer visualmente a posibles compradores. Por lo tanto, atenta con la dignidad de la mujer al comparar su imagen  (cosificación) con la de un objeto (ladrillo). <br><br>Y en este caso, quien pudo recibir una sanción serían los anunciantes y la agencia de publicidad encargada de elaborar el anuncio. </div>]]></description>
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         <pubDate>2020-10-23 17:07:29 UTC</pubDate>
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