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      <title>Empresa mercantil y sus elementos  by Laura Raudales</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-03-20 19:34:10 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2023-03-22 13:35:12 UTC</lastBuildDate>
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         <title>Sociedad Anónima ( S. A) </title>
         <author>Laura_Raudales</author>
         <link>https://padlet.com/Laura_Raudales/n3u8gkpuinpy0z7b/wish/2524213235</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>¿Que es una sociedad anónima?</strong></div><div>En cumplimiento del artículo 90 del código de comercio de Honduras, <strong>"Sociedad Anónima" </strong>es la entidad que existe bajo la denominación y tiene un capital fundacional dividido en acciones, cuyos socios limitan su responsabilidad a aquellas acciones que suscriban.</div><div>Se compone por lo menos de dos socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones, es decir los socios responderán de las obligaciones o deudas de la sociedad hasta por el monto de sus acciones.</div><div><br><strong>Características</strong></div><ul><li>Tiene personalidad jurídica propia.&nbsp;</li><li>Su carácter es mercantil cualquiera que sea la naturaleza de su objeto.</li><li>La constitución se formaliza a través de escritura pública y de su posterior inscripción en el Registro Mercantil.</li><li>Puede ser constituida por dos socios.&nbsp;</li><li>En el nombre de la sociedad debe figurar obligatoriamente la expresión <strong>“Sociedad Anónima”</strong> o su abreviatura <strong>“S.A.”</strong></li><li><strong>&nbsp;</strong>El capital debe estar íntegramente suscrito y desembolsado, al menos en un 25 % del valor nominal de las acciones.</li><li>Socios: 2 mínimo&nbsp;</li><li>Capital social mínimo: L. 25,000.00</li></ul><div><br></div><div><strong><br>Requisitos</strong></div><ul><li>Los datos de los socios: nombre, apellidos, edad, nacionalidad y dirección. Para personas jurídicas: denominación o razón social.</li><li>&nbsp;La voluntad de constituir una sociedad de capital.</li><li>Las aportaciones que cada socio realice o, en el caso de las anónimas, se haya obligado a realizar, y la numeración de las participaciones o de las acciones atribuidas a cambio.</li><li>La identidad de la persona o personas que se encarguen inicialmente de la administración y de la representación de la sociedad.</li><li>Los estatutos de la sociedad (normas de la sociedad).</li><li>Estos estatutos sociales tienen a su vez que incluir como mínimo y obligatoriamente:</li></ul><div><br>-Denominación social<br>-El objeto social<br>-Fecha de cierre del ejercicio social<br>-El domicilio social<br>-El capital social y las participaciones en que se divida, su valor nominal y su numeración correlativa<br>-La forma de organizar la administración de la sociedad y de adopción y deliberación de acuerdos.<br><br><strong>Forma de constitución&nbsp;</strong></div><div>Puede ser constituida por dos socios y es necesario que el capital social (cuyo mínimo es L. 25,000.00 y se divide en acciones) se halle íntegramente suscrito por los socios y, al menos el 25 % pagado. La responsabilidad de los socios estará limitada al capital que aportó a la sociedad.<br><br><strong>¿Como se conforma el nombre?<br></strong>La razón social es libre, debiendo figurar necesariamente la expresión <strong>"Sociedad Anónima" </strong>o su abreviatura "<strong>S.A.".</strong> No se podrá adoptar una denominación idéntica a la de una sociedad ya existente.<br><br><strong>Domicilio<br></strong>El domicilio social corresponderá con el lugar en donde se encuentre el centro de su administración y dirección efectivas o, por contra, en aquel lugar en donde radique el principal centro de explotación de dicha sociedad.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-03-20 20:05:42 UTC</pubDate>
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         <title>Sociedad de Responsabilidad Limitada (S de R. L.)</title>
         <author>Laura_Raudales</author>
         <link>https://padlet.com/Laura_Raudales/n3u8gkpuinpy0z7b/wish/2524751903</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>¿Que es una sociedad de responsabilidad limitada?<br></strong>Una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) o sociedad limitada (SL) es un tipo de sociedad mercantil en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no se responde con el patrimonio personal de los socios.<br>La responsabilidad es limitada, debido a que los socios responden hasta el capital social aportado, su denominación social deberá incluir las siglas S. de R.L. (Sociedad de Responsabilidad Limitada)<br><br><strong>Características </strong>&nbsp;&nbsp;</div><ul><li>La responsabilidad de los socios, como dijimos, es solidaria y se limita al capital aportado a la sociedad.</li><li>Ninguna sociedad de responsabilidad limitada tendrá más de veinticinco socios.</li><li>La constitución de las sociedades de responsabilidad limitada o el aumento de su capital social, no podrá llevarse a cabo mediante suscripción pública.</li><li>Socios: 2- 25 Maximo</li><li>Capital social mínimo L. 5,000.00</li></ul><div><strong>Requisitos&nbsp;</strong></div><ul><li>Ser mayor de 18 años y estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles.</li><li>Tener una razón social (nombre de los socios) y denominación social (nombre de la empresa). Estará conformado por el nombre o nombres de los socios más el de la actividad principal, seguidamente por las palabras "S. de R.L.", por ejemplo:&nbsp; "Inversiones López S. de R.L." , "López y Asociados S. de R.L."&nbsp;</li><li>Deberá tener un número máximo de 25 socios.</li><li>El capital mínimo de constitución es de L. 5,000.00 y tiene que ser exhibido ante el Notario Público.</li><li>Cada socio es el responsable de sus aportaciones las cuales serán solo mediante dinero y no por títulos valores (cheques, pagares, promesas de pago etc.).</li></ul><div><strong>Forma de constitución<br></strong>La sociedad de responsabilidad limitada sea civil o comercial es siempre solemne, debe constar en escritura pública, cuyo extracto debe inscribirse en el Registro de Comercio y publicarse en el Diario Oficial. Las modificaciones sociales son todos actos que deben cumplir las mismas formalidades de la constitución. En lo no previsto por la ley que trata las sociedades de responsabilidad limitada se rigen supletoriamente por las normas de la sociedad colectiva contempladas en el Código Civil y en el Código de Comercio.<br>El capital mínimo de constitución es de L. 5,000.00 y tiene que ser exhibido ante el Notario Público.<br>Deberá tener un número máximo de 25 socios.<br><br><strong>¿Como se conforma el nombre?<br></strong>La razón social en la sociedad de responsabilidad limitada podrá estar formada por el nombre de uno o más socios, e irá seguida inmediatamente por las palabras “Sociedad de Responsabilidad Limitada o de su abreviatura “S. de R.L.<br><strong><br>Domicilio<br></strong>Las sociedades limitadas tienen la obligación de fijar su domicilio dentro del territorio hondureño en el lugar en que esté el centro real de su dirección y administración, o en el que radique su principal establecimiento o explotación.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-03-21 05:03:10 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/Laura_Raudales/n3u8gkpuinpy0z7b/wish/2524751903</guid>
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         <title>Sociedad colectiva </title>
         <author>Laura_Raudales</author>
         <link>https://padlet.com/Laura_Raudales/n3u8gkpuinpy0z7b/wish/2525369364</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>¿Que es la sociedad colectiva? <br></strong>La sociedad colectiva es una forma de organización mercantil en la que todos sus socios se agrupan para realizar una actividad concreta de la que participan en igual medida en función de los mismos derechos y obligaciones: en efecto, todos los socios responden con su propio patrimonio por las obligaciones económicas de la sociedad.<br>Una sociedad colectiva es una sociedad mercantil personalista creada y dirigida por un mínimo de dos socios que responden a las deudas de forma personal, ilimitada, solidaria y subsidiaria. Se rige por el Código de Comercio.<br>El hecho de que sea una forma societaria personalista lleva aparejado un rasgo clave, ya nombrado: los socios no solo aportan capital, sino que participan de forma activa en la empresa, lo que les permite gozar directamente de los beneficios obtenidos, pero también de afrontar las obligaciones.<br>Capital social: No existe mínimo legal. Las aportaciones de los socios pueden ser económicas o pueden ser en forma de trabajo.<br><br><strong>Características</strong></div><ul><li>Funciona bajo un nombre colectivo o razón social.</li><li>Todos los socios participan en la sociedad en plano de igualdad.</li><li>La sociedad tiene autonomía patrimonial y responde de sus deudas con su propio patrimonio, aunque los socios también respondan de las deudas sociales subsidiaria, ilimitada y solidariamente.</li><li>Socios: 2 mínimo&nbsp;</li><li>Capital social mínimo: no lo establece.&nbsp;</li></ul><div>Al socio colectivo que aporta bienes a la sociedad se le denomina "socio capitalista", y al que solamente aporta "industria" (trabajo, servicios o actividad en general) "socio industrial".<br><br><strong>Requisitos&nbsp;</strong></div><ul><li>Pagar derechos de inscripción&nbsp;</li><li>Presentar documentos ante ventanilla</li><li>Otorgamiento del documento de constitución.</li><li>Inscripción en Registro CCIT</li><li>Obtención de RTN en la SAR</li><li>Obtención del permiso de operación en AMDC</li><li>Registro IHSS</li><li>Registro en Régimen de Aportaciones Privadas. (RAP)</li></ul><div><strong>Forma de constitución <br></strong>La sociedad colectiva debe constituirse con un mínimo de 2 socios sin que existe un límite superior, es decir, el número de socios de la sociedad colectiva no puede ser inferior a 2, sin un límite superior.<br><br>La sociedad colectiva puede estar conformada por otras sociedades comerciales, y por supuesto, por personas naturales.<br><br><strong>¿Como se conforma el nombre?&nbsp;</strong></div><div>Este nombre colectivo no podrá incluir el nombre de personas que no sean socios, y si se incluyera el nombre de alguien que no fuera socio, éste responderá solidariamente de las deudas de la sociedad. Al nombre le acompañarán las siglas S. C., o S.R.C., para la sociedad colectiva.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-03-21 13:20:09 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/Laura_Raudales/n3u8gkpuinpy0z7b/wish/2525369364</guid>
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         <title>Sociedad en comandita simple </title>
         <author>Laura_Raudales</author>
         <link>https://padlet.com/Laura_Raudales/n3u8gkpuinpy0z7b/wish/2525786079</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>¿Que es la sociedad en comandita simple?</strong><br>Sociedad en comandita simple es la que existe bajo una razón social y estará compuesta por uno o varios socios comanditados, que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones. La sociedad en comandita es muy similar a la sociedad colectiva. Los requisitos de constitución son los mismos en una y otra, con la diferencia de que, debido a la presencia de los socios comanditarios, deberá indicarse la identidad de estos y sus aportaciones. De esta forma, la sociedad comanditaria siempre tendrá un capital inicial (cosa que no ocurre en la colectiva).<br><br><strong>Características</strong></div><ul><li>Constituye una comunidad de trabajo en la que no participan los socios comanditarios y tiene plena autonomía patrimonial.</li><li>La preponderancia que en la sociedad tienen los socios colectivos permite considerarla como una sociedad de carácter personalista.</li><li>Son económicas y sencillas de crear, ya que solamente hay que realizar un acuerdo previo sobre la asociación para establecer la responsabilidad general, propiedad y distribución de los beneficios.</li><li>No se tienen accionistas.</li><li>La administración de la sociedad estará a cargo de uno o varios administradores, quienes podrán ser socios o personas extrañas a ella.</li><li>Mínimo de 5 socios.&nbsp;</li><li>Capital social mínimo: L. 25,000.00</li></ul><div><strong>Requisitos</strong></div><ul><li>La identidad de los socios.</li><li>La denominación social de la sociedad.</li><li>El domicilio social de la empresa, es decir, el lugar en que se llevan a cabo las actividades empresariales.</li><li>El tiempo de duración de la sociedad.</li><li>El objetivo perseguido por la sociedad.</li><li>Los pactos sociales.</li><li>Los acuerdos determinados en caso de incumplimiento de las obligaciones de los socios.</li><li>Las funciones y responsabilidad de cada uno de los socios.</li><li>El importe total del capital social.</li></ul><div><br>&nbsp;<strong>Forma de constitución<br></strong>Es aquella que se constituye bajo razón social, el cual se formará con el nombre de uno o más comanditados y cuando en ella no figuren los de todos éstos, se le añadirán las palabras “y compañía” u otras equivalentes.<br>La constitución de una sociedad en comandita simple o comanditaria simple puede ser muy ventajosa, porque esta forma de asociación atrae inversores al proyecto, que se convierten en socios comanditarios (socios capitalistas) de la sociedad, sin tener que cederles la gestión del negocio. Los socios comanditarios no disfrutan del derecho a voto o a participar en la toma de decisiones, a excepción de las que afecten a la sociedad y excedan la administración: por ejemplo, pueden convocar la asamblea de socios y forman parte del órgano de vigilancia. Los socios colectivos (también llamados gestores, industriales o comanditados) tienen, así, las manos libres para dedicarse a su negocio.<br>Existe bajo una razón social y está compuesta por uno o varios socios comanditados.<br><br><strong>¿Como se conforma el nombre?<br>&nbsp;</strong>Puede ser el nombre de todos los socios colectivos, de alguno de ellos o de uno sólo, debiendo añadirse en estos dos últimos casos las palabras <strong>"y Compañía"</strong>, y en todos<strong> "Sociedad en Comandita" </strong>o su abreviatura<strong> "S. en C." o "S.&nbsp;</strong></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-03-21 17:16:56 UTC</pubDate>
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         <title>Sociedad en comandita por acciones. </title>
         <author>Laura_Raudales</author>
         <link>https://padlet.com/Laura_Raudales/n3u8gkpuinpy0z7b/wish/2526683660</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>¿Que es la sociedad en comandita por acciones?<br></strong>La sociedad en comandita por acciones (S en C por A) es un tipo de sociedad mercantil formada de uno o varios socios comanditados y de uno o varios socios comanditarios. Los primeros responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones y deudas de la sociedad para con los terceros. Los segundos puede autorizar y vigilar la sociedad, pero no tienen la capacidad de desenvolverse como administradores, solamente están obligados al pago de sus acciones.<br>Habitualmente, la gestión y administración de la sociedad mercantil creada recaerá sobre uno de ellos, en la figura de socio colectivo. El resto de integrantes de la sociedad adquieren el papel de socios comanditarios sin responsabilidad directa en términos de administración.<br><strong><br>Características</strong></div><ul><li>Este tipo de sociedad es considerada de naturaleza mixta; es decir que es de persona en cuanto se refiere a los socios gestores, y al mismo tiempo es una sociedad de capital en lo que toca a los socios comanditarios. Sin embargo,no se puede negar que la influencia mayor esta en lo que respecta al capital, pues, en ella prima esa característica, por lo menos en lo que respecta a nuestro derecho nacional.</li><li>Constituye una comunidad de trabajo en la que no participan los socios comanditarios y tiene plena autonomía patrimonial.</li><li>La preponderancia que en la sociedad tienen los socios colectivos permite considerarla como una sociedad de carácter personalista.</li><li>Mínimo 2 socios.&nbsp;</li><li>Capital social mínimo: L. 25,000.00</li></ul><div><strong>Requisitos&nbsp;</strong></div><ul><li>La identidad de los socios.</li><li>La denominación social de la sociedad.</li><li>El domicilio social de la empresa, es decir, el lugar en que se llevan a cabo las actividades empresariales.</li><li>El tiempo de duración de la sociedad.</li><li>El objetivo perseguido por la sociedad.</li><li>Los pactos sociales.</li><li>Los acuerdos determinados en caso de incumplimiento de las obligaciones de los socios.</li><li>Las funciones y responsabilidad de cada uno de los socios.</li><li>El importe total del capital social.</li></ul><div><strong>Forma de constitución </strong><br>Se compone de uno o varios socios, existe bajo una razón social que se formará con los nombres de uno o más socios comanditados seguidos de las palabras «y compañía», se les agregarán las palabras «sociedad en comandita» o su abreviatura «S. en C.»<br>La constitución de sociedad en comandita por acciones se la realiza mediante una escritura pública que debe ser aprobada e inscrita en el registro mercantil del País donde se efectuara la actividad comercial. La sociedad en comandita por acciones deberá constituirse legalmente, presentando todos los estatutos que regirá la organización empresarial.<br><br><strong>¿Como se conforma el nombre? </strong><br>La denominación de la sociedad en comandita por acciones puede ser un nombre específico a la actividad empresarial u el objetivo principal que tiene la compañía. Es importante que seguidamente a la denominación se añada la palabra “Sociedad en Comandita por Acciones” o su abreviatura “S.C.A”.<br><br>La razón social de la sociedad comandita por acciones lleva el nombre o apellido de uno o varios socios. Cuando no se logra hacer mención a todos los socios es posible añadir la palabra “Compañía” o “Cia” para dar a entender que es una organización que cuenta con varios socios. Al igual que una denominación, es importante también al final de la razón social agregar el tipo de la empresa, es este caso, “Sociedad en Comandita por Acciones” o su abreviatura “S.C.A”.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-03-22 06:45:37 UTC</pubDate>
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