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      <title>Sistema General de Seguridad Social en Salud by JUAN CAMILO ARBELAEZ GALLEGO</title>
      <link>https://padlet.com/juanarbelaez11/mq1z15lh0m16rt69</link>
      <description>Fue instaurado en el año 1993 a partir de la Ley 100.</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2021-08-03 22:34:17 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2023-07-13 20:31:25 UTC</lastBuildDate>
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      <item>
         <title>Declaración de Alma Ata 1978</title>
         <author>juanarbelaez11</author>
         <link>https://padlet.com/juanarbelaez11/mq1z15lh0m16rt69/wish/1668228509</link>
         <description><![CDATA[<div>Considerando la necesidad de una acción urgente por parte de todos los gobiernos, de todo el personal de salud y de desarrollo y de la comunidad mundial para proteger y promover la salud de todos los pueblos del mundo, hace la siguiente Declaración:&nbsp;</div><ul><li>La Conferencia reitera firmemente que la salud, estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, es un derecho humano fundamental y que el logro del grado más alto posible de salud es un objetivo social sumamente importante en todo el mundo, cuya realización exige la intervención de muchos otros sectores sociales y económicos, además del de la salud.&nbsp;</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-03 22:53:19 UTC</pubDate>
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         <title>Declaración de los derechos humanos</title>
         <author>juanarbelaez11</author>
         <link>https://padlet.com/juanarbelaez11/mq1z15lh0m16rt69/wish/1668242943</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>La Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) es un documento que sirve de plan de acción global para la libertad y la igualdad protegiendo los derechos de todas las personas en todos los lugares. Fue la primera vez que los países acordaron las libertades y derechos que merecen protección universal para que todas las personas vivan su vida en libertad, igualdad y dignidad.</li><li>Los 30 derechos y libertades contenidos en la DUDH incluyen el derecho a no ser sometido a tortura, el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la educación y el derecho a buscar asilo. La Declaración Incluye derechos civiles y políticos, como los derechos a la vida, a la libertad y a la vida privada. También incluye derechos económicos, sociales y culturales, como los derechos a la seguridad social, la salud y a una vivienda adecuada.</li></ul><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-03 23:20:52 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title> Ley 9 de 1979 “Determinantes sociales”</title>
         <author>juanarbelaez11</author>
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         <description><![CDATA[<ul><li>Las normas generales que servirán de base a las disposiciones y reglamentaciones necesarias para preservar, restaurar u mejorar las condiciones necesarias en lo que se relaciona a la salud humana</li><li>Los procedimientos y las medidas que se deben adoptar para la regulación, legalización y control de los descargos de residuos y materiales que afectan o pueden afectar las condiciones sanitarias del Ambiente.</li><li>Para los efectos de aplicación de esta Ley se entenderán por condiciones sanitarias del ambiente las necesarias para asegurar el bienestar y la salud humana.</li></ul><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-03 23:31:48 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Constitución de 1991, art. 49</title>
         <author>juanarbelaez11</author>
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         <description><![CDATA[<div>&nbsp;La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley. Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad. La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria. Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-03 23:36:56 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title> Ley 715 de 2001</title>
         <author>juanarbelaez11</author>
         <link>https://padlet.com/juanarbelaez11/mq1z15lh0m16rt69/wish/1668254819</link>
         <description><![CDATA[<div>Ley 715, modificada por la Ley 863 de 2003 reglamenta una parte de los ingresos de los municipios de nuestro país, a saber, las TRANSFERENCIA a Salud, educación, de propósito general. Fue diseñada como un nuevo instrumento de las finanzas intergubernamentales en nuestro país. En razón de su cumplimiento, los municipios y departamentos vieron un cambio en sus responsabilidades frente al manejo de la educación y la salud pública y el sistema hospitalario. Se trata de una ley de carácter orgánico, porque sus normas poseen un nivel jerárquico superior a la Ley 100 de 1993, y deroga y sustituye a la ley 60 de 1993 y modifica el sistema de competencias y recursos generado por la ley 10 de 1990.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-03 23:41:51 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Ley 1122/2007</title>
         <author>juanarbelaez11</author>
         <link>https://padlet.com/juanarbelaez11/mq1z15lh0m16rt69/wish/1668257276</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp;La presente ley tiene como objeto realizar ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios. Con este fin se hacen reformas en los aspectos de dirección, universalización, financiación, equilibrio entre los actores del sistema, racionalización, y mejoramiento en la prestación de servicios de salud, fortalecimiento en los programas de salud pública y de las funciones de inspección, vigilancia y control y la organización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-03 23:45:52 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Sentencia T-760 de 2008</title>
         <author>juanarbelaez11</author>
         <link>https://padlet.com/juanarbelaez11/mq1z15lh0m16rt69/wish/1668262355</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>La sentencia T-760 es la compilación de sentencias de tutela en las cuales la Corte Constitucional observó, como el derecho a la salud fue vulnerado, en algunos casos con la negación de un procedimiento médico, en otros con la de un medicamento o la libertad de elección de la entidad encargada de garantizarle el acceso a la prestación de servicio, entre otros.&nbsp;</li><li>&nbsp;En el 2008 la corte constitucional a través de la sentencia T-760 ordenó a las entidades responsables de la salud en Colombia corregir las fallas que presentaba el sistema de salud pública. La corte acumuló 22 acciones de tutela, al fallarlas, determinó que esos casos representaban violaciones recurrentes provocadas por problemas estructurales. La sentencia marcó un punto de partida para nuevas transformaciones en el sistema de salud pública.</li><li>&nbsp;De estas 22 tutelas, 20 fueron interpuestas por los ciudadanos a quienes se le vulneró el derecho a la salud y 2 por la EPS Sanitas en contra del Consejo Superior de la Judicatura y del Ministerio de la Protección Social&nbsp;<br><br></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-03 23:54:20 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title> Ley 1753 de 2015 (PND), artículo 65.</title>
         <author>juanarbelaez11</author>
         <link>https://padlet.com/juanarbelaez11/mq1z15lh0m16rt69/wish/1668265269</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp;</div><div>En artículo 65 de la ley 1753 de 2015 Plan Nacional de Desarrollo 2014- 2018, establece la implementación de la Política de Atención Integral en Salud, dentro del marco legal de la ley 1751 de 2015, Estatutaria en Salud y las leyes vigentes, que será de obligatorio cumplimiento para todos los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS, como de las demás entidades que presten el servicio de salud.<br><br></div><div>La política Integral en salud se basará en cuatro enfoques fundamentales:<br><br></div><ul><li>Atención Primaria en Salud (APS)&nbsp;</li><li>Salud familiar y comunitaria</li><li>Articulación de las acciones individuales y colectivas</li><li>Enfoque poblacional y diferencial.<br><br></li></ul><div>El Ministerio de Salud y Protección Social será quien haga la adaptación de esta política en los ámbitos territoriales con población dispersa, rural y urbana, diferenciando los municipios y distritos que tengan más de un millón de habitantes.&nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-03 23:58:57 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Resolución 1841 de 2013</title>
         <author>juanarbelaez11</author>
         <link>https://padlet.com/juanarbelaez11/mq1z15lh0m16rt69/wish/1668268802</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp;</div><div>El Plan Decenal de Salud Publica 2012-2021 -Resolución No 1841 del 28 de mayo de 2013- del Minsalud, reconoce la necesidad de establecer Modelos espaciales de atención para los afectados con Enfermedades Raras.<br><br></div><div>Dice la Resolución que se debe lograr el: “Desarrollo e implementación de modelos especiales de cuidado integral a las víctimas de las diferentes formas de violencia social y a personas con enfermedades huérfanas y cáncer, para ser implementados en los prestadores de servicios de salud que atiendan estas poblaciones”. Así mismo “La Atención a la discapacidad y enfermedades huérfanas ” fue definida como acción prioritaria en la Dimensión de “Vida Saludable y Condiciones no transmisibles”<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-04 00:04:42 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Resolución 1536 de 2015</title>
         <author>juanarbelaez11</author>
         <link>https://padlet.com/juanarbelaez11/mq1z15lh0m16rt69/wish/1668276830</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp;La Resolución 1536 de 2015 establece las disposiciones para el proceso de Planeación Integral para la Salud a cargo de las entidades territoriales del nivel departamental, distrital y municipal como de las instituciones del Gobierno Nacional. Por otro lado, incluye las obligaciones que tienen las EPS, las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios – EAPB y las Administradoras de Riesgos Laborales – ARL para cumplir con el proceso de planeación acogiendo e integrando en los insumos que permitan su ejecución.&nbsp;<br><br></div><div>La Planeación Integral para la Salud se refiere a un conjunto de procesos que le permite a las entidades territoriales definir las acciones de formulación, implementación, monitoreo, evaluación y rendición de cuentas del Plan Territorial de Salud – PTS. Este plan solo aplica para los departamentos y distritos.<br><br></div><div>Las autoridades responsables del plan integral para la salud son:&nbsp;<br><br></div><ul><li>Alcalde o Gobernador</li><li>Asamblea departamental, Concejos municipales o distritales</li><li>Secretaría, departamento administrativo u oficina de planeación</li><li>Entidad Territorial de salud</li><li>Consejo Territorial de Planeación</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2021-08-04 00:15:56 UTC</pubDate>
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