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      <title>CURSO. MA-1-17-DEMOCRACIA. CIUDADANIA Y GLOBALIZACION by PABLO ADRIANO ALARCON SALVATIERRA</title>
      <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte</link>
      <description>De acuerdo a la Constitución de Montecristi 2008 ¿Cuál es la base legal de la organización política y administrativa del Ecuador?</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2025-04-04 01:31:25 UTC</pubDate>
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         <title>Según la Constitución de Montecristi de 2008, la base legal de la organización política y administrativa del Ecuador se encuentra en los siguientes artículos:</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396059888</link>
         <description><![CDATA[<p>Principios fundamentales:</p><p>1. *Artículo 1*: La Constitución establece que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, democrático, participativo, plurinacional, intercultural, laico y soberano.</p><p>2. *Artículo 3*: Se establecen los principios de la organización política y administrativa del Ecuador, entre los que se encuentran la democracia participativa, la descentralización y la desconcentración.</p><p><br/></p><p>Estructura del Estado:</p><p>1. *Artículo 147*: Se establece que el Estado se organiza en forma de república, con un gobierno unitario, descentralizado y desconcentrado.</p><p>2. *Artículo 148*: Se define la estructura del Estado, que comprende la Función Ejecutiva, la Función Legislativa, la Función Judicial y la Función de Transparencia y Control Social.</p><p><br/></p><p>Organización territorial:</p><p>1. *Artículo 242*: Se establece que el territorio del Ecuador se divide en provincias, cantones y parroquias.</p><p>2. *Artículo 243*: Se define la organización territorial del Estado, que comprende la creación de regiones autónomas, provincias, cantones y parroquias.</p><p><br/></p><p>Descentralización y desconcentración:</p><p>1. *Artículo 259*: Se establece que la descentralización y la desconcentración son principios fundamentales de la organización política y administrativa del Ecuador.</p><p>2. *Artículo 260*: Se define la descentralización como la transferencia de competencias y recursos desde el Estado central hacia los gobiernos autónomos descentralizados.</p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:15:01 UTC</pubDate>
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         <title>Jostin Ibrahin Tigrero Barragan </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396061776</link>
         <description><![CDATA[<p><br/></p><p>La <strong>política de </strong><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Ecuador"><strong>Ecuador</strong></a> está definida por la <a rel="noopener noreferrer nofollow" class="mw-redirect" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_de_Ecuador_de_2008">actual <em>constitución</em> vigente</a> del país. Oficialmente denominada como «<em>República del Ecuador</em>», se define como un <a rel="noopener noreferrer nofollow" class="mw-redirect" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_constitucional_de_Derecho">Estado constitucional de derechos y justicia</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_social">social</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Democracia">democrático</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_soberano">soberano</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Independencia">independiente</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_unitario">unitario</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Interculturalidad">intercultural</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Plurinacionalismo">plurinacional</a> y <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Laicismo">laico</a>. Su forma de gobierno corresponde al de <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Rep%C3%BAblica">república</a> <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Presidencialismo">presidencialista</a> y se administra de manera <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Descentralizaci%C3%B3n">descentralizada</a>.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:16:34 UTC</pubDate>
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         <title>ANDY STEVEN MORÁN LEÓN</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396063402</link>
         <description><![CDATA[<p>La <strong>Constitución de Montecristi de 2008</strong> establece en su <strong>Artículo 1</strong> que Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos y Justicia. Este es un Estado social, independiente, soberano, unitario, intercultural, plurinacional, indivisible, democrático, participativo y descentralizado, con tres niveles de gobierno: nacional, regional y local.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:17:49 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396064318</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>RONNY RICARDO QUINTO ALCIVAR         </strong>                             La base legal de la organización política y administrativa del Ecuador se encuentra en la <strong>Constitución de la República del Ecuador</strong>, aprobada en 2008. Algunos de los artículos clave que establecen esta organización son:</p><ol><li><p><strong>Artículo 1:</strong> Declara que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada.</p></li><li><p><strong>Artículo 226:</strong> Establece que las instituciones del sector público deben actuar en función de lo dispuesto en la Constitución y la ley, con principios de legalidad, eficiencia y transparencia.</p><p><br/></p></li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:18:23 UTC</pubDate>
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         <title>Fernando Ismael Carpio Flores </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396065668</link>
         <description><![CDATA[<p>La base legal de la organización política y administrativa del Ecuador se encuentra en la Constitución de la República del Ecuador de 2008, también conocida como la Constitución de Montecristi. Esta Constitución establece la estructura y organización del Estado ecuatoriano, incluyendo la división de poderes, la organización territorial y la distribución de competencias entre los diferentes niveles de gobierno.¹</p><p><br/></p><p>Además, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) es otra base legal importante que regula la organización territorial y la descentralización en Ecuador. Este código establece los principios y normas para la organización y funcionamiento de los gobiernos autónomos descentralizados y la distribución de competencias y recursos entre los diferentes niveles de gobierno.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:19:11 UTC</pubDate>
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         <title>Alumno: ANGEL SAUL ALVIA BALON</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396066288</link>
         <description><![CDATA[<p>La base legal de la organización política y administrativa del Ecuador, de acuerdo con la <strong>Constitución de Montecristi de 2008</strong>, se encuentra en el <strong>Título IV: Organización Territorial del Estado</strong>, específicamente en el <strong>artículo 238</strong>.</p><p>El <strong>artículo 238</strong> establece:</p><blockquote><p><strong>"El Ecuador es un Estado unitario. La organización territorial será desconcentrada y descentralizada."</strong></p></blockquote><p>Y continúa:</p><blockquote><p><strong>"Las circunscripciones territoriales se regirán por principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana."</strong></p></blockquote><p>Además, en este mismo título se define que la organización político-administrativa del Ecuador se estructura en <strong>regiones, provincias, cantones y parroquias rurales</strong>, cada una con autonomía política, administrativa y financiera, conforme al principio de descentralización.</p><p>En resumen:</p><p>La <strong>base legal de la organización política y administrativa del Ecuador</strong> se fundamenta principalmente en el <strong>artículo 238 de la Constitución de 2008</strong>, que define al país como un Estado unitario, con organización <strong>desconcentrada y descentralizada</strong>, y establece las circunscripciones territoriales y sus principios rectores.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:19:35 UTC</pubDate>
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         <title>Emily Noemi Morán Moscol</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396067139</link>
         <description><![CDATA[<p> <strong>Constitución de la República del Ecuador de 2008</strong> (conocida como la Constitución de Montecristi), la <strong>base legal de la organización política y administrativa del Ecuador</strong> se establece en varios artículos, pero principalmente en el <strong>Artículo 1</strong> y el <strong>Artículo 238</strong>.</p><p>Artículo 1:</p><blockquote><p>“Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico.<br>Se organiza en forma de <strong>República</strong> y se <strong>gobierna de manera descentralizada</strong>.”</p></blockquote><p><br/></p><p>Artículo 238:</p><blockquote><p>“Los <strong>gobiernos autónomos descentralizados</strong> gozarán de <strong>autonomía política, administrativa y financiera</strong>, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana.<br>Los niveles de gobierno autónomo descentralizado son:</p></blockquote><ul><li><p>El <strong>Gobierno Autónomo Descentralizado Regional</strong>,</p></li><li><p><strong>Provincial</strong>,</p></li><li><p><strong>Municipal</strong> y</p></li><li><p><strong>Parroquial rural</strong>;<br>además de los correspondientes a las <strong>circunscripciones territoriales indígenas, afroecuatorianas y montubias</strong>.”</p></li></ul><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:20:10 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>jorky013aveiga</author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396068397</link>
         <description><![CDATA[<p>Aveiga garcia jorky</p><p>La <strong>base legal de la organización política y administrativa del Ecuador</strong>, según la <strong>Constitución de Montecristi de 2008</strong>, se fundamenta en los siguientes principios y artículos clave:</p><ol><li><p><strong>Forma de Estado</strong> (Art. 1): Ecuador se define como un <strong>Estado unitario, descentralizado, intercultural y plurinacional</strong>, organizado en forma de república.</p></li><li><p><strong>Autonomía y descentralización</strong> (Art. 238): Se reconoce la autonomía política, administrativa y financiera de los <strong>gobiernos autónomos descentralizados</strong> (GAD).</p></li><li><p><strong>División territorial</strong> (Art. 242): El país se organiza en <strong>regiones, provincias, cantones y parroquias rurales</strong>, con la posibilidad de establecer regímenes especiales según sus características.</p></li><li><p><strong>Competencias y funciones</strong> (Arts. 260-267): Se establecen competencias exclusivas y concurrentes entre el gobierno central y los GAD, garantizando una distribución equitativa de recursos y responsabilidades.</p></li></ol><p><br/></p><p><strong><em>la organización del Ecuador se basa en un Estado unitario con descentralización administrativa y autonomía de los gobiernos locales, permitiendo una gestión territorial eficiente y participativa</em></strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:20:52 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Nombre: Walter Steven Lozano Macías </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396069424</link>
         <description><![CDATA[<p>La <strong>Constitución del Ecuador de 2008</strong>, denominada oficialmente como <strong>Constitución de la República del Ecuador</strong> es la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.m.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n">norma jurídica suprema</a> vigente del <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.m.wikipedia.org/wiki/Ecuador">Ecuador</a>. Remplazó a la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.m.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_de_Ecuador_de_1998">Constitución de 1998</a>. Fue redactada por la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.m.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Constituyente_de_Ecuador_de_2007_y_2008">Asamblea Nacional Constituyente</a> que sesionó entre 2007 y 2008; y luego, el texto normativo fue sometido a <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.m.wikipedia.org/wiki/Refer%C3%A9ndum_constitucional_de_Ecuador_de_2008">referéndum constitucional</a> siendo aprobado mediante sufragio universal obteniendo el 63.93&nbsp;% de los votos válidos. El texto aprobado fue enviado y publicado en el <a rel="noopener noreferrer nofollow" class="mw-redirect" href="https://es.m.wikipedia.org/wiki/Registro_Oficial_del_Ecuador">Registro Oficial</a> y rige como constitución nacional desde el 20 de octubre de 2008.</p><p>La Constitución de 2008 se establece como la norma jurídica de mayor jerarquía dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, primando inclusive sobre los convenios y tratados internacionales —salvo excepciones en casos de derechos humanos más beneficiosos—, leyes orgánicas y ordinarias, así como las demás normas expedidas por gobiernos autónomos descentralizados de entidades subnacionales y las redactadas por ministerios e instituciones públicas. Esta supremacía obliga a todas las nuevas normas infraconstitucionales a que sean redactadas en concordancia a los derechos y garantías establecidas en el texto constitucional, así como también reformó y derogó a las viejas normas que se contraponían a ella.</p><p><br/></p><p>Esta constitución es denominada como garantista dentro de la tendencia neoconstitucionalista, y cambia el modelo estatal de Estado social a Estado constitucional de derechos y justicia. La constitución ecuatoriana de 2008 está conformada en un preámbulo y nueve títulos, en los cuales están comprendidos los cuatrocientos cuarenta y cuatro artículos; sin embargo, según su estudio, está dividido en la parte dogmática en la cual se encuentra los catálogos de derechos fundamentales y las garantías jurisdiccionales, y la parte orgánica en la cual organiza la estructura del Estado. A diferencia de las anteriores constituciones, la Constitución de 2008 establece la separación de funciones en cinco, siendo las tres tradicionales (ejecutiva, legislativa y judicial) y dos nuevas: la electoral y la de transparencia y control social</p><p><br/></p><p>Desde su promulgación en el 2008, la constitución vigente ha sufrido tres modificaciones en su texto original a través de dos reformas y una enmienda en el 2011, 2014 y 2018. Los principales cambios han girado en torno a la reelección indefinida de autoridades, asuntos referentes a la administración de justicia, plazos en procesos penales, entre otros</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:21:42 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>ragualeon</author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396069468</link>
         <description><![CDATA[<p>Ronny Javier Agua Leon </p><p>La <strong>base legal de la organización política y administrativa del Ecuador</strong> está constituida principalmente por la <strong>Constitución de la República del Ecuador</strong> y otras normativas secundarias que regulan la descentralización, los gobiernos autónomos y las competencias del Estado.</p><p>La <strong>base legal de la organización política y administrativa del Ecuador</strong> está construida principalmente en torno a la <strong>Constitución de 2008</strong>, que establece principios fundamentales como la <strong>descentralización</strong> y la <strong>autonomía</strong> de los gobiernos locales, complementada por diversas leyes orgánicas como la <strong>Ley Orgánica de Gobiernos Autónomos Descentralizados</strong> y el <strong>COOTAD</strong>. Estas leyes regulan cómo se distribuyen las competencias y recursos entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados, asegurando un modelo de administración pública basado en la participación, la autonomía territorial y la gestión descentralizada.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:21:44 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Bryan Andrés Molina Murillo </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396069554</link>
         <description><![CDATA[<p>La política del ecuador esta definida por la actual constitución vigente del  <strong>país </strong>denominada como republica nacional del ecuador la constitución nos define como un estado constitucional democrático , intercultural , plurinacional , laico , independiente y unitario.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:21:49 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Cristhian Andrade  Según la Constitución de Montecristi de 2008, la base legal de la organización política y administrativa del Ecuador se encuentra en los siguientes artículos:</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396070568</link>
         <description><![CDATA[<p>Principios fundamentales:</p><p>1. *Artículo 1*: La Constitución establece que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, democrático, participativo, plurinacional, intercultural, laico y soberano.</p><p>2. *Artículo 3*: Se establecen los principios de la organización política y administrativa del Ecuador, entre los que se encuentran la democracia participativa, la descentralización y la desconcentración.</p><p><br/></p><p>Estructura del Estado:</p><p>1. *Artículo 147*: Se establece que el Estado se organiza en forma de república, con un gobierno unitario, descentralizado y desconcentrado.</p><p>2. *Artículo 148*: Se define la estructura del Estado, que comprende la Función Ejecutiva, la Función Legislativa, la Función Judicial y la Función de Transparencia y Control Social.</p><p><br/></p><p>Organización territorial:</p><p>1. *Artículo 242*: Se establece que el territorio del Ecuador se divide en provincias, cantones y parroquias.</p><p>2. *Artículo 243*: Se define la organización territorial del Estado, que comprende la creación de regiones autónomas, provincias, cantones y parroquias.</p><p><br/></p><p>Descentralización y desconcentración:</p><p>1. *Artículo 259*: Se establece que la descentralización y la desconcentración son principios fundamentales de la organización política y administrativa del Ecuador.</p><p>2. *Artículo 260*: Se define la descentralización como la transferencia de competencias y recursos desde el Estado central hacia los gobiernos autónomos descentralizados.</p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:22:31 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>ronald yagual</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396073073</link>
         <description><![CDATA[<p>La <strong>política de </strong><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Ecuador"><strong>Ecuador</strong></a> está definida por la <a rel="noopener noreferrer nofollow" class="mw-redirect" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_de_Ecuador_de_2008">actual <em>constitución</em> vigente</a> del país. Oficialmente denominada como «<em>República del Ecuador</em>», se define como un <a rel="noopener noreferrer nofollow" class="mw-redirect" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_constitucional_de_Derecho">Estado constitucional de derechos y justicia</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_social">social</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Democracia">democrático</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_soberano">soberano</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Independencia">independiente</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_unitario">unitario</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Interculturalidad">intercultural</a>, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Plurinacionalismo">plurinacional</a> y <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Laicismo">laico</a>. Su forma de gobierno corresponde al de <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Rep%C3%BAblica">república</a> <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Presidencialismo">presidencialista</a> y se administra de manera <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Descentralizaci%C3%B3n">descentralizada</a>.</p><p>El poder del Estado ecuatoriano —<em>id est</em> la estructura política de la república— se encuentra dividido en cinco funciones (<a rel="noopener noreferrer nofollow" class="mw-redirect" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Poderes_del_Estado">poderes</a>) entre los que se encuentran los tres tradicionales: la <a rel="noopener noreferrer nofollow" class="new" href="https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Funci%C3%B3n_Ejecutiva&amp;action=edit&amp;redlink=1">función ejecutiva</a>, la <a rel="noopener noreferrer nofollow" class="new" href="https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Funci%C3%B3n_Legislativa&amp;action=edit&amp;redlink=1">legislativa</a> y la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Funci%C3%B3n_Judicial">judicial</a>; y en adición: la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Funci%C3%B3n_Electoral">función electoral</a> y la de <a rel="noopener noreferrer nofollow" class="new" href="https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Funci%C3%B3n_de_Transparencia_y_Control_Social&amp;action=edit&amp;redlink=1">transparencia y control social</a>. Todos los órganos e instituciones del Estado se encuentran incorporadas a una de las funciones; sin embargo, el máximo órgano de control constitucional, la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Corte_Constitucional_del_Ecuador">Corte Constitucional</a>, no pertenece a ninguna función y se mantiene autónoma.</p><p>El <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Presidente_del_Ecuador">presidente de la República</a> es a su vez <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Jefe_de_Estado">jefe de Estado</a> y <a rel="noopener noreferrer nofollow" class="mw-redirect" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Jefe_de_gobierno">de gobierno</a>, ejerciendo la función ejecutiva en conjunto con los ministerios, secretarias, agencias y demás instituciones. La facultad de crear leyes (legislar) y fiscalizar a las demás funciones corresponde a la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Nacional_del_Ecuador">Asamblea Nacional</a>, en donde se reúnen los representantes (asambleístas) de los ciudadanos. La <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Jurisdicci%C3%B3n">jurisdicción</a> (facultad de juzgar y ejecutar lo juzgado) recae sobre los jueces de la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Corte_Nacional_de_Justicia">Corte Nacional de Justicia</a>, las cortes provinciales y demás juzgados de primera instancia. Las elecciones son organizadas por el <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Consejo_Nacional_Electoral_(Ecuador)">Consejo Nacional Electoral</a> y las distintas controversias surgidas por estos temas son resueltas por el <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal_Contencioso_Electoral">Tribunal Contencioso Electoral</a>. La transparencia y control social es asumida por el <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Consejo_de_Participaci%C3%B3n_Ciudadana_y_Control_Social">Consejo de Participación Ciudadana y Control Social</a>.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:24:15 UTC</pubDate>
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         <title>Christian Adrian Gonzaga Ruiz.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396073090</link>
         <description><![CDATA[<p>La Constitución de Montecristi de 2008, la base legal de la organización política y administrativa del Ecuador se encuentra principalmente en el Título V denominado "Organización Territorial del Estado".</p><p>Este título establece los principios generales y la estructura de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD), que son los pilares de la organización territorial del país.</p><p><strong>Los elementos clave de esta base legal son:</strong></p><p>• Artículo 1: Define al Ecuador como un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico, que se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada. Esta descentralización es un principio fundamental que impregna toda la organización territorial.</p><p>• Artículo 238: Reconoce que los gobiernos autónomos descentralizados gozan de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. Este artículo establece la base de la autonomía de los diferentes niveles de gobierno.</p><p>• Artículos subsiguientes (239-262): Detallan la conformación, las competencias y el funcionamiento de los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados:</p><p>o Juntas parroquiales rurales</p><p>o Concejos municipales</p><p>o Concejos metropolitanos</p><p>o Consejos provinciales</p><p>o Consejos regionales (en formación)</p><p>• Definición de las competencias exclusivas de cada nivel de gobierno, así como las competencias concurrentes y aquellas que pueden ser transferidas.</p><p>• Establecimiento de mecanismos de coordinación y cooperación entre los diferentes niveles de gobierno.</p><p>• Reconocimiento de la participación ciudadana en la planificación y gestión de los asuntos públicos a nivel territorial.</p><p>En resumen, el Título V de la Constitución de Montecristi de 2008 sienta las bases legales para un modelo de organización territorial descentralizado, basado en la autonomía de los gobiernos locales y la participación ciudadana, dentro del marco de un Estado unitario.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:24:16 UTC</pubDate>
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         <title>CARRILLO PARDO MARIA BELEN</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La base legal de la organización política y administrativa del Ecuador es la Constitución de la República y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD). </p><p>Constitución de la República del Ecuador </p><p>Establece los derechos y responsabilidades de los ecuatorianos</p><p>Garantiza el ejercicio efectivo de los derechos</p><p>Establece la organización básica de las instituciones del Estado</p><p>Regula los límites del ejercicio del poder</p><p>Define la división político-administrativa del país en regiones, provincias, cantones y parroquias</p><p>Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) </p><p>Define los regímenes de los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados</p><p>Define los regímenes especiales</p><p>Garantiza la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados</p><p>Fue promulgado en octubre de 2011 y fue reformado por última vez&nbsp;en&nbsp;mayo&nbsp;de&nbsp;2018.</p><p>Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 238, establece que: “Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación&nbsp;ciudadana.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:24:29 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>JORDY ALEJANDRO INTRIAGO MIRANDALa base legal de la organización política y administrativa del Ecuador, según la Constitución de Montecristi (2008), está en el Artículo 1, que establece que: El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia... Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada.&quot;Esto significa que el país se organiza políticamente como una república descentralizada.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396073817</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:24:44 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>CEDEÑO PALMA EDISON LEANDRO</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396074070</link>
         <description><![CDATA[<p>La base legal de la organización política y administrativa del Ecuador, según la Constitución de 2008, se fundamenta en los principios de autonomía, descentralización y participación ciudadana. El Estado ecuatoriano se organiza en diferentes niveles de gobierno, incluyendo el Estado central, gobiernos autónomos descentralizados, gobiernos regionales, provinciales, cantonales y parroquiales.</p><p>La Constitución establece que los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana (Art. 238).</p><p>Además, la Constitución establece que la planificación y la gestión de los servicios públicos se realizarán de manera descentralizada y participativa, con la involucración de los ciudadanos y las comunidades en la toma de decisiones (Art. 279).</p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:24:55 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Neyson Endara</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396076860</link>
         <description><![CDATA[<p>De acuerdo con la Constitución de Montecristi de 2008, la base legal de la organización política y administrativa del Ecuador se establece en su artículo 1, que define al Ecuador como un Estado constitucional de derechos y justicia, democrático, participativo, plurinacional, laico, unitario, intercultural, descentralizado y con autonomías. Además, en su artículo 238, se establece que la organización político-administrativa del Ecuador se divide en cuatro niveles de gobierno: el Estado central, las provincias, los cantones y las parroquias rurales, garantizando la autonomía y la descentralización.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:26:47 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396082311</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Jessenia Orellana Arias</strong></p><p>De acuerdo con la Constitución de la República del Ecuador de 2008 (Constitución de Montecristi), la base legal de la organización política y administrativa del Estado ecuatoriano se encuentra en el Título IV: Participación y Organización del Poder, específicamente en los artículos referentes a la organización territorial del Estado.</p><p>La base principal se encuentra en el Artículo 1, que establece:</p><p> "El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico.</p><p>Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada."</p><p>Y luego se desarrolla en el Título V: Organización Territorial del Estado, donde se establecen las entidades territoriales:</p><p>Regiones</p><p>Provincias</p><p>Cantones</p><p>Parroquias rurales</p><p>También se introduce la idea del régimen de autonomías y descentralización, con base en los principios de unidad, solidaridad, coordinación, subsidiariedad, equidad, integración y participación ciudadana.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:30:25 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Dalemberg Olmedo Diaz</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396090124</link>
         <description><![CDATA[<p>La base legal de la organización política y administrativa del Ecuador se encuentra en la Constitución vigente del país, específicamente en su Título V, que trata sobre la Organización Territorial del Estado.</p><p>Según la Constitución, el Ecuador se organiza territorialmente en regiones, provincias, cantones, parroquias urbanas y rurales.</p><p>Cada una de estas entidades tiene sus propias autoridades y funciones, como los consejos provinciales, los concejos cantonales y las juntas parroquiales.</p><p>Además, la Constitución establece la división de poderes en cinco funciones: la función ejecutiva, la legislativa, la judicial, la electoral y la de transparencia y control social. Cada una de estas funciones tiene sus propias atribuciones y responsabilidades.</p><p>En resumen, la Constitución del Ecuador es la base legal que rige la organización política y administrativa del país, estableciendo la estructura territorial y la división de poderes.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:36:13 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Scarlet López Silva </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396100950</link>
         <description><![CDATA[<p>La Constitución de la República del Ecuador de 2008 establece que el país es una república democrática, social, soberana, independiente, intercultural, plurinacional y laica. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico ecuatoriano.&nbsp;</p><p><strong>Organización política</strong></p><ul><li><p>El país se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada.&nbsp;</p></li><li><p>La soberanía radica en el pueblo, que ejerce su voluntad a través de los órganos del poder público.&nbsp;</p></li><li><p>La Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas regula la participación popular en los procesos electorales.&nbsp;</p></li></ul><p><strong>Organización territorial&nbsp;</strong></p><ul><li><p>El país se organiza territorialmente en regiones, provincias, cantones y parroquias rurales.</p></li><li><p>Por razones de conservación ambiental, étnico-culturales o de población podrán constituirse regímenes especiales.</p></li></ul><p><strong>Derechos y deberes</strong></p><ul><li><p>El Estado debe generar las condiciones para la protección integral de sus habitantes.&nbsp;</p></li><li><p>El Estado debe respetar y estimular la conservación y uso de los idiomas ancestrales.&nbsp;</p></li><li><p>El Estado debe garantizar los derechos y principios reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad en la diversidad y la no discriminación.&nbsp;</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:44:20 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Andreina Cedeño Palacios </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396103406</link>
         <description><![CDATA[<p>La base legal de la organización política y administrativa del Ecuador es la Constitución de la República del Ecuador de 2008. Esta Constitución establece la estructura y funcionamiento del Estado ecuatoriano, incluyendo la organización de los poderes del Estado, la división territorial, la administración pública y los derechos y garantías de los ciudadanos.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:46:09 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Michelle Aviles Duque</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396105675</link>
         <description><![CDATA[<p>La base legal de la organización política y administrativa de Ecuador es la Constitución de la República y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).&nbsp;</p><p><strong>Constitución de la República del Ecuador</strong></p><ul><li><p>Establece que el Estado se organiza territorialmente en regiones, provincias, cantones y parroquias&nbsp;</p></li><li><p>Define que los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) tienen autonomía política, administrativa y financiera&nbsp;</p></li><li><p>Establece que los GAD se rigen por principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana&nbsp;</p></li></ul><p>Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD)&nbsp;</p><ul><li><p>Define los regímenes de los diferentes niveles de GAD y los regímenes especiales</p></li><li><p>Garantiza la autonomía política, administrativa y financiera de los GAD</p></li><li><p>Establece el derecho fundamental a la buena administración pública</p></li><li><p>Establece el derecho de petición</p></li></ul><p>El COOTAD fue promulgado en octubre de 2011 y fue reformado por última vez en mayo de 2018.</p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-04 13:47:34 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Valerie Lindsey Villegas Sanchez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/pabloalarcons/mnqeccg4zphj0hte/wish/3396608161</link>
         <description><![CDATA[<p>La <strong>base legal de la organización política y administrativa del Ecuador</strong> está establecida en la <strong>Constitución de Montecristi de 2008</strong>, particularmente en los artículos que definen la estructura del Estado y la distribución de competencias. Los puntos clave en relación a la organización política y administrativa del país son:</p><p>1. <strong>El Estado Ecuatoriano</strong> (Artículo 1)</p><p>La Constitución establece que Ecuador es un <strong>Estado constitucional de derechos y justicia</strong>, democrático, social, independiente, soberano, unitario, intercultural, plurinacional y descentralizado. Esto implica que la organización política se basa en la <strong>descentralización</strong> y el reconocimiento de la <strong>pluralidad</strong> y <strong>diversidad</strong>.</p><p>2. <strong>La División del Estado</strong> (Artículo 3)</p><p>El Estado ecuatoriano se organiza en <strong>niveles de gobierno</strong>: el <strong>nacional</strong>, el <strong>provincial</strong>, el <strong>cantonal</strong> y el <strong>parroquial</strong>. Estos niveles son autónomos y tienen competencias específicas dentro de sus territorios.</p><p>3. <strong>Los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD)</strong> (Artículo 238)</p><p>La <strong>autonomía de los GAD</strong> es un principio fundamental, y estos se dividen en <strong>provinciales</strong>, <strong>cantonales</strong> y <strong>parroquiales</strong>. Los GAD tienen autonomía política, administrativa y financiera para el ejercicio de sus competencias y la toma de decisiones dentro de sus territorios. Su existencia y funcionamiento son fundamentales para la descentralización del poder y la toma de decisiones a nivel local.</p><p>4. <strong>El Principio de Descentralización</strong> (Artículo 257)</p><p>La Constitución establece que el <strong>Estado debe garantizar la descentralización</strong> de sus funciones, promoviendo la participación activa de la ciudadanía en la gestión pública y la autonomía de los gobiernos locales, como los GAD.</p><p>5. <strong>La Organización Política del Estado</strong> (Capítulo 2 de la Constitución)</p><p>Define que el <strong>Ecuador es un Estado unitario</strong> con un sistema democrático, pero se organiza de forma descentralizada en varios niveles, permitiendo una gestión más eficiente y cercana a las necesidades de las comunidades locales.</p><p>En resumen, la base legal de la organización política y administrativa del Ecuador se centra en los <strong>principios de descentralización, autonomía y participación</strong>. La <strong>Constitución de 2008</strong> establece un <strong>Estado unitario</strong>, pero con una estructura <strong>descentralizada</strong> que reconoce la <strong>autonomía de los gobiernos locales</strong> (GAD) para gestionar sus recursos y tomar decisiones.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-05 01:32:35 UTC</pubDate>
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