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      <title>Espacio Aéreo  by Miriam Elizabeth Cuma Garcia</title>
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      <description>Definición y Características. Convenio de parís, convenio de chicago y convenio de OACI</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-03-28 00:16:15 UTC</pubDate>
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         <title>El espacio aéreo es todo el espacio presente por encima de la tierra y el agua de un país; debido a su inmensidad, representa una parte importante del territorio de un país. A través de este pueden cometerse ataques aéreos en tiempo de conflicto, invasiones o rastreo de información. Los espacios aéreos se comprenden como toda la atmósfera que está encima de las tierras y mares soberanos. Al igual que en la tierra, los países ejercen soberanía en estos al controlarlos. Los países han establecido diversas reglas a través de organizaciones como la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).Este organismo establece las normas de seguridad dependiendo de las características que presente el espacio. Para el control del espacio aéreo se ha establecido su división en varias categorías: estas van de la A a la E, en el caso del espacio aéreo controlado. Su clasificación se hace según el tipo de vuelos que pueden recibir. </title>
         <author>cumagarcia11</author>
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         <pubDate>2022-03-28 00:25:41 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>cumagarcia11</author>
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         <pubDate>2022-03-28 00:26:55 UTC</pubDate>
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         <title>Es la regulación de la actividad aviatoria que impone previamente la regulación del espacio aéreo, por ser éste el ambiente donde aquélla se desarrolla. La regulación del espacio aéreo es inmediatamente anterior a la regulación de la aeronavegación, por ser aquélla el presupuesto jurídico indispensable para la existencia del &quot;imperium&quot; necesario para normar la actividad aeronáutica. El Derecho Aéreo se desarrolla en el marco de la aplicación del Convenio de Varsovia, que marcó el principio de una nueva parte de la historia del Derecho Internacional Privado. Después de la firma de este convenio, por los Estados involucrados (incluyendo Guatemala), se conforma un nuevo papel del Derecho Internacional Privado, que será más tarde aplicado al desenvolvimiento de la aviación civil. La aviación civil ha sido el agente principal para que dicho convenio (Convenio de Varsovia) y el Derecho Internacional, tengan la importancia que actualmente ocupan, pues de la misma aviación se derivan diferentes ramas del comercio internacional que se ven involucradas para el desarrollo de todo este espacio internacional.</title>
         <author>cumagarcia11</author>
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         <pubDate>2022-03-28 00:27:39 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>cumagarcia11</author>
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         <pubDate>2022-03-28 00:28:03 UTC</pubDate>
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         <title>*El espacio aéreo de una nación se caracteriza por no poseer una línea limítrofe tangible; es decir, las fronteras son calculadas y en los mapas se especifican con líneas imaginarias. *Un espacio aéreo es también un canal para el vuelo de aviones comerciales y de transporte de mercancías. Debido a esto, constituye un medio por el que la economía de un país se ve enriquecida. *Representa una forma en la que un país puede ejercer su soberanía y autonomía.	*Todos los espacios aéreos están clasificados según el nivel de control que pueda ejercerse sobre el mismo. Esto es porque suelen ser muy extensos, amplios y difíciles de controlar al cien por ciento. *También pueden ser peligrosos en cuanto al ámbito meteorológico. Las tormentas pueden poner en riesgo la normalidad de un país.	*Las condiciones de suministros son esencialmente oligopolísticas: solamente un pequeño número de compañías aéreas puede servir cada ruta.  *Las compañías aéreas establecidas no están protegidas contra las nuevas compañías que decidan entrar en el mercado, ni por economías de escala ni por una diferencia efectiva del producto. *La entrada de nuevas compañías es relativamente fácil, porque casi siempre se pude obtener financiamiento para activos de alta movilidad.</title>
         <author>cumagarcia11</author>
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         <pubDate>2022-03-28 00:29:27 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>cumagarcia11</author>
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         <pubDate>2022-03-28 00:31:49 UTC</pubDate>
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         <title>Convención para la Reglamentación de la Navegación aérea Internacional</title>
         <author>pirirsantay</author>
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         <pubDate>2022-03-30 05:33:01 UTC</pubDate>
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         <title>En 1954 se reunió en Estrasburgo una conferencia para la coordinación del transporte aéreo en Europa, que previo en sus recomendaciones la elaboración de un acuerdo multilateral entre Estados europeos.</title>
         <author>pirirsantay</author>
         <link>https://padlet.com/cumagarcia11/m2smv0wcrxobnohd/wish/2120805573</link>
         <description><![CDATA[<div>El Acuerdo quiso desarrollar el artículo 5 del Convenio de Chicago y delimitar en lo posible la facultad que dicho artículo concede a los Estados en cuanto a establecer reglamentaciones, condiciones o restricciones.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-30 05:33:24 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Establece que los Estados contratantes convienen en admitir libremente en sus territorios respectivos, para el embarque y desembarque de tráfico, a las aeronaves  sin imponer las «reglamentaciones, condiciones o restricciones. Acuerdo de París unifica y simplifica la materia referente a los vuelos no regulares internacionales en dos sentidos: a) Exonerando de previa autorización a determinados vuelos. b) Estableciendo que las autorizaciones que sean requeridas para los restantes se regulen por normas simplificadas y uniformes.</title>
         <author>pirirsantay</author>
         <link>https://padlet.com/cumagarcia11/m2smv0wcrxobnohd/wish/2120813814</link>
         <description><![CDATA[<div>Por lo que: e! Acuerdo de París es un instrumento muy valioso que, en definitiva, ha hecho posible el crecimiento de los vuelos no regulares dentro del continente europeo, y cuyas normas pueden servir de ejemplo para otras zonas geográficas.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-30 05:40:48 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>avendanogonzalez0896</author>
         <link>https://padlet.com/cumagarcia11/m2smv0wcrxobnohd/wish/2120836006</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>La convención establece unas cuantas reglas comunes que todos los Estados contratantes deben aplicar. Algunas de ellas son las siguientes.<br>Patentes<br>Las patentes concedidas en distintos estados contratantes para un mismo invento son independientes unas de otras; la concesión de una patente en un estado contratante no obliga a los demás Estados contratantes a otorgar una patente.<br>El inventor tiene derecho de ser reconocido como tal en la patente.<br>Marcas<br>La convención no regula las condiciones para la presentación y registro de marcas, por lo cual deberán determinarse según la ley nacional de cada estado contratante.<br>Cuando una marca haya sido debidamente registrada en el país de origen, deberá, previa solicitud, ser aceptada para registro y protegida en su forma original en los demás estados contratantes. Sin embargo, el registro puede ser negado en casos bien definidos.<br></strong><br></div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-30 06:00:06 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>COMPROMISO </title>
         <author>caaldionisio201700924</author>
         <link>https://padlet.com/cumagarcia11/m2smv0wcrxobnohd/wish/2122478080</link>
         <description><![CDATA[<div>La confrontación de ideas en relación con el espacio aéreo llego a la conclusión que en 1944 se firmara el Convenio Sobre Aviación Civil Internacional. </div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-31 00:20:16 UTC</pubDate>
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         <title>CONTENIDO Y OBJETO </title>
         <author>caaldionisio201700924</author>
         <link>https://padlet.com/cumagarcia11/m2smv0wcrxobnohd/wish/2122503123</link>
         <description><![CDATA[<div>Su contenido era aclarar el tema de soberanía aérea de los Estados con relación con sus territorios.&nbsp;<br><br>El objetivo, era regular y reafirmar la soberanía de los Estados con el espacio aéreo, estableciendo principios generales bajo los cuales se podría desarrollar la aviación civil y comercial; dejando a cada Estado el poder absoluto de establecer las bases que deberían observarse para hacer uso del comercio aéreo de su espacio por parte de otros Estados. Con este convenio nació la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), encargada de velar por la seguridad de la aviación civil comercial, y a este fin se le dotó de la Comisión de Aeronavegación, llamada a llevar a cabo estudios permanentes para mejorar la operación de la aviación civil comercial y garantizar al máximo su seguridad.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-31 00:37:34 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>CONTENIDO GENERAL </title>
         <author>caaldionisio201700924</author>
         <link>https://padlet.com/cumagarcia11/m2smv0wcrxobnohd/wish/2122511525</link>
         <description><![CDATA[<div>El Convenio regula los siguientes temas:<br>a. Aeronaves sin piloto&nbsp;<br>b. Cabotaje<br>c. Zonas prohibidas&nbsp;<br>d. Aduanas&nbsp;<br>e. Aeropuertos&nbsp;<br>f. Licencias al personal&nbsp;<br>g. Entre otros&nbsp;<br><br>Los temas que entraron en el Convenio firmado en 1944, se ha ido desarrollando por medios de anexos que son reglamentos con carácter de normas obligatorias y normas operativas.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-31 00:43:11 UTC</pubDate>
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         <title>EN LA ACTUALIDAD SON 18 ANEXOS AL CONVENIO </title>
         <author>caaldionisio201700924</author>
         <link>https://padlet.com/cumagarcia11/m2smv0wcrxobnohd/wish/2122529202</link>
         <description><![CDATA[<div>1. Licencias al personal (pilotos, copilotos, ingenieros...)<br>2. Reglamento al aire (altura de vuelo, maniobras aéreas...)<br>3. Meteorología (informes de vuelo, condiciones climáticas...)<br>4. Cartas aeronáuticas (planos, mapas, rutas...)<br>5. Unidades de medida (distancia, velocidades, dirección del viento...)<br>6. Operación de aeronaves (instrumentos, equipo...)<br>7. Marcas y matrículas (caracteres, símbolos, letras...)<br>8. Aeronavegabilidad (reconocimientos de certificados, mantenimiento...)<br>9. Facilitación (entrada y salidas de aeronaves, pasajeros...)<br>10. Telecomunicaciones (equipos y sistemas y radio...)<br>11. Servicios de tránsito aéreo (llegada y salida de vuelos, prevención...)<br>12. Búsqueda y salvamento (accidentes, búsqueda y salvación de pajeros...)<br>13. Encuestas e investigaciones de accidentes de aviación<br>14. Aeródromos (características, fabricación...)<br>15. Servicios de información<br>16. Ruido<br>17. Seguridad (cuestiones relativas al control de equipajes...)<br>18. Transporte sin riesgo de mercancías peligrosas. <br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-31 00:55:11 UTC</pubDate>
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         <title>Espacio aéreo en Guatemala</title>
         <author>mejiamarto22</author>
         <link>https://padlet.com/cumagarcia11/m2smv0wcrxobnohd/wish/2122651079</link>
         <description><![CDATA[<div>La Dirección General de Aeronáutica Civil -DGAC- es el organismo estatal de Guatemala encargado de regular la aviación civil en dicho país, entre sus principales funciones están: controlar el tráfico en el espacio aéreo nacional, administrar los Aeropuertos de Guatemala y regularizar el funcionamiento y adquisición de aeronaves en toda la república.<br><br>DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL<br>Acrónimo:	DGAC<br>Tipo	Organismo: Público dependiente del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda<br>Objetivos	Normar, Administrar, Fortalecer, Facilitar y Vigilar la prestación de los servicios aeroportuarios, de navegación y transporte aéreo, conforme a la legislación vigente y acuerdos internacionales ratificados por el Estado de Guatemala.<br><br>Fundación:	11 de septiembre de 1929<br><br>Fundador:	General Lazaron Chacón<br><br>Sede:	Aeropuerto Internacional La Aurora<br>Zona 13, Ciudad de Guatemala<br>Área de operación	Territorio Nacional<br>Administración	P.A. Francis Arguet<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-31 02:16:13 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title></title>
         <author>mejiamarto22</author>
         <link>https://padlet.com/cumagarcia11/m2smv0wcrxobnohd/wish/2122657858</link>
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         <pubDate>2022-03-31 02:20:40 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>lopez201802773</author>
         <link>https://padlet.com/cumagarcia11/m2smv0wcrxobnohd/wish/2122694962</link>
         <description><![CDATA[<div>Si un país incumple una norma internacional adoptada a través de la OACI, la función que corresponde a la Organización de acuerdo con su misión básica y sus capacidades diplomáticas es ayudar a los países a entablar las conversaciones que consideren apropiadas y disponer las sanciones que pudieran corresponder conforme al Convenio de Chicago y sus Anexos en el marco del derecho internacional.<br><br>Los objetivos&nbsp;<br>1.	Fomentar las artes para diseñar rutas aéreas, aeropuertos y apoyo para la navegación aérea en la aviación civil internacional.<br>2.	Satisfacer las necesidades de los pueblos del mundo en lo tocante a transportes aéreos seguros, regulares, eficientes y económicos.<br>3.	Evitar el despilfarro de recursos económicos por la competencia desleal.<br>4.	Garantizar la seguridad internacional.<br>5.	Evitar la parcialidad entre Estados contratantes.<br>6.	Fomentar la seguridad de los vuelos en la navegación aérea internacional.<br>7.	Fomentar el desarrollo.<br><br>El órgano supremo de la OACI es la Asamblea, y el órgano ejecutivo el Consejo (formado por treinta y seis estados); ambos tienen su sede mundial en Montreal (Canadá) y a nivel europeo en París. En la Asamblea están representados todos los Estados contratantes de la OACI. En sus reuniones se examina la labor realizada por la Organización en el ámbito técnico, jurídico, económico y de asistencia técnica, y se fijan las directrices de los trabajos futuros de los demás órganos de la OACI. Esta asamblea se celebrará al menos una vez cada tres años. El presidente es elegido por el Consejo pero no tiene que ser miembro de ese órgano. La OACI tiene su propia Secretaría, dirigida por un secretario general designado por el Consejo. También tiene varios Comités permanentes. La organización mantiene además delegaciones en diferentes países.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-31 02:45:30 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>samuccoche</author>
         <link>https://padlet.com/cumagarcia11/m2smv0wcrxobnohd/wish/2122695804</link>
         <description><![CDATA[<div>La Organización de Aviación Civil Internacional es una agencia de la Organización de las Naciones Unidas creada en 1944 por el Convenio sobre Aviación Civil Internacional para estudiar los problemas de la aviación civil internacional y promover los reglamentos y normas únicos en la aeronáutica mundial.</div><div>&nbsp;</div><div>La función central de la Organización es mantener una burocracia administrativa y especializada (la <a href="https://www.icao.int/secretariat/Pages/default.aspx">Secretaría de la OACI</a>) que facilita esas interacciones diplomáticas, e investigar nuevas políticas de transporte aéreo e innovaciones de normalización de acuerdo con el mandato que recibe de los gobiernos a través de la <a href="https://www.icao.int/about-icao/assembly/Pages/default.aspx">Asamblea de la OACI</a>, o del <a href="https://www.icao.int/about-icao/Council/Pages/council.aspx">Consejo de la OACI </a>que la asamblea elige.</div><div>&nbsp;</div><div>Las disposiciones que contienen las normas de la OACI no tienen prelación sobre los requisitos de los reglamentos nacionales. Los Estados soberanos aplican siempre sus propios reglamentos locales y nacionales, que deben ser cumplidos por los explotadores de servicios aéreos que utilizan sus espacios aéreos y aeropuertos.</div><div>&nbsp;</div><div>Contrariamente a los dramáticos retratos de los organismos de la ONU que se encuentran en medios de comunicación, estas organizaciones no tienen autoridad alguna sobre los gobiernos nacionales en sus respectivas áreas de actuación internacional. Las críticas a la ONU por lo común obedecen a la creencia en capacidades y autoridades fantásticas que los Estados soberanos nunca jamás cederían a un organismo multilateral.</div><div>&nbsp;</div><div>La OACI no es un ente regulador de la aviación internacional, de la misma manera que INTERPOL no es la policía del mundo. La OACI no puede cerrar o restringir el espacio aéreo de un país arbitrariamente, ni cerrar rutas u ordenar el cese de aeropuertos o líneas aéreas por no mantener las condiciones de seguridad o brindar mala atención al público.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-31 02:46:07 UTC</pubDate>
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