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      <title>Anuncios publicitarios by Belén Pérez</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2020-05-24 19:11:16 UTC</pubDate>
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         <title>La alcachofa milagrosa</title>
         <author>belenmaria23</author>
         <link>https://padlet.com/belenmaria23/lw2ilsnto6tr0096/wish/591778857</link>
         <description><![CDATA[<div><sub>En el presente anuncio no se cumple los principios de veracidad y de legalidad. En cuanto al principio de veracidad, en el anuncio se menciona que la persona que consuma estas pastillas bajará hasta 10 kilos en una semana y sin rebote, de tal manera que es algo completamente falso. Asimismo, en el anuncio no hay pruebas de ningún doctor o científico que acredite la veracidad del anuncio. Según el doctor Elmer Huerta, afirma que no existen estudios científicos serios que comprueben el real funcionamiento de este tipo de productos. Según la OMS, estos quemadores de grasa ha causado enfermedades severas y muertes en varios países en los últimos tres años.<br>Por otro lado, no se cumple el principio de legalidad debido a que el anuncio no cumple con las normas del sector salud en cuanto a la publicidad de productos farmacéuticos y productos naturales de uso en salud. La ley de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios dispone que: ”La información difundida con fines de promoción y publicidad de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios debe ser concordante con lo autorizado en el registro sanitario y sujetarse a los criterios éticos para la promoción de medicamentos establecidos por la Autoridad Nacional de Salud.<br><br>Fuentes:<br> </sub><a href="https://www.t13.cl/noticia/tendencias/dinitrofenol-peligrosa-pastilla-quemagrasas-vuelve-estar-moda-jovenes"><sub>https://www.t13.cl/noticia/tendencias/dinitrofenol-peligrosa-pastilla-quemagrasas-vuelve-estar-moda-jovenes</sub></a><sub><br></sub><a href="https://elcomercio.pe/tecnologia/ciencias/salud-realmente-funcionan-productos-bajar-peso-noticia-545106-noticia/?ref=ecr"><sub>https://elcomercio.pe/tecnologia/ciencias/salud-realmente-funcionan-productos-bajar-peso-noticia-545106-noticia/?ref=ecr</sub></a><sub><br></sub><a href="https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/disponen-la-publicacion-del-proyecto-de-norma-tecnica-de-sal-resolucion-ministerial-no-465-2017minsa-1533459-1/"><sub>https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/disponen-la-publicacion-del-proyecto-de-norma-tecnica-de-sal-resolucion-ministerial-no-465-2017minsa-1533459-1/</sub></a></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-05-24 19:22:47 UTC</pubDate>
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         <title>Audi es la marca de carros mas utilizada en la franquicia de MARVEL.</title>
         <author>u201711581</author>
         <link>https://padlet.com/belenmaria23/lw2ilsnto6tr0096/wish/591996846</link>
         <description><![CDATA[<div><sub>En la ultima película de Avengers (Endgame), la marca de autos de lujo de Audi hizo mas de una aparición en el momento exacto, promocionando sus nuevos modelos del año 2019. Los super héroes utilizan esta marca, reflejando que es la mejor en todas sus funciones y en su apariencia  lo que presenta una infracción el principio de autenticidad bajo la normativa peruana. En la mayoría de las películas de la franquicia se ha utilizado esta marca, pero no se llevaba a cabo una escena tan exagerada. Debido a que no mencionan la marca, ni sus funciones, solo muestran los carros con la finalidad de se vean atraídos los consumidores por el producto indirectamente.  En Perú a pesar del conocimiento de que seria una pelicula tan reconocida,  no se vio ninguna publicidad que explicara la aparición de la marca como en USA, con comerciales previos al estreno. Por lo que, no cumplen con el articulo 16 de la LRCD que establece como obligación que deberán advertir de manera clara su naturaleza publicitaria, por lo que los anunciantes deberán consignar de manera expresa y destacada que se trata de un publirreportaje o un anuncio contratado. Por lo que no podría considerarse product placement, por no cumplir con la totalidad del principio de autenticidad al demostrar de manera confusa e iliticta su aparición en la película.<br><br>Fuentes: </sub><a href="https://www.cnet.com/es/noticias/avengers-endgame-marcas-pixel-3-audi/"><sub>https://www.cnet.com/es/noticias/avengers-endgame-marcas-pixel-3-audi/</sub></a><sub><br></sub><a href="https://www.youtube.com/watch?v=FJbGxNt7i4E"><sub>https://www.youtube.com/watch?v=FJbGxNt7i4E</sub></a><sub><br><br><br></sub><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-05-24 22:42:07 UTC</pubDate>
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         <title>La sanción a Montecristo Editores</title>
         <author>rominadextre1</author>
         <link>https://padlet.com/belenmaria23/lw2ilsnto6tr0096/wish/592892988</link>
         <description><![CDATA[<div><sub>En el año 2010, Montecristo Editores S.A.C. fue acusado de infringir el principio de adecuación social y publicidad dirigida a menores. Sus diarios: "Todo Sport", "El Chino" y "El Men" son medios de prensa escrita que se encuentran dirigidos a público en general por lo que menores de edad pueden acceder a él fácilmente. Además de que las imágenes que se muestran indican el tipo de servicio que se ofrece. Tras realizar llamadas a los números que se encontraban publicitados en las páginas de sus diarios, se confirmó que estos correspondían a servicios de contenido erótico (en este caso, prestación de servicios sexuales). Pese a las alegaciones, la empresa fue imputada por la Secretaría Técnica, posteriormente fue sentenciada al pago de una multa de 10 unidades Impositivas Tributarias y la orden de cese de este tipo de publicidades. <br><br>Fuente: </sub><a href="https://www.indecopi.gob.pe/documents/20182/143803/081-2010.pdf"><sub>https://www.indecopi.gob.pe/documents/20182/143803/081-2010.pdf</sub></a><sub> </sub></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-05-25 12:53:21 UTC</pubDate>
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         <title>Ripley y a El Comercio fueron sancionados</title>
         <author>renattoluyo25</author>
         <link>https://padlet.com/belenmaria23/lw2ilsnto6tr0096/wish/593182393</link>
         <description><![CDATA[<div><sub>El 12 de Marzo de 2005, la revista Somos en la páginas 8 y 9 realizó una publicación con el titulo que decía “The Design Group a la captura de la moda”, la cual difundía una nueva propuesta de moda en ropa para jóvenes denominada “The Design Group Ripley.” Asimismo, en la página 9 se presentaba un  cuadro rojo y negro con la frase “The Design Group Ripley” y debajo de ella decía “Creando para ti.” Sin embargo, no es preciso señalar si se trataba de un anuncio publicitario, un anuncio contratado o un publirreportaje. Ante esto, la Comisión decidió abrir una investigación contra El Comercio y Ripley, ya que presuntamente cometieron una infracción al principio de autenticidad. Así como también, se le ordeno  retirar dicha publicación, porque podría ser un anuncio publicitario que no cumpliera con el principio de autenticidad establecido en el artículo 6 de las Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor. Finalmente, la comisión aplico una sanción de 3 unidades UIT a Ripley y al Comercio, puesto que el anunciante y el medio de comunicación no cumplieron con la obligación de difundir los anuncios publicitarios de modo que sean reconocibles.<br><br><br>Fuente: </sub><a href="https://www.indecopi.gob.pe/documents/20182/143803/124-2005.pdf"><sub>https://www.indecopi.gob.pe/documents/20182/143803/124-2005.pdf</sub></a><sub><br></sub><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-05-25 15:41:52 UTC</pubDate>
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         <title>Cencosud y el alcohol</title>
         <author>rominadextre1</author>
         <link>https://padlet.com/belenmaria23/lw2ilsnto6tr0096/wish/593936067</link>
         <description><![CDATA[<div><sub>En 2013, la Secretaría Técnica indicó que el supermercado de Cencosud: Metro ya que este, al promocionar bebidas alcohólicas, no incluyó la frase "TOMAR BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN EXCESO ES DAÑINO". En la promoción no se respetaron las normas imperativas, específicamente al artículo 8 de la Ley de Bebidas Alcohólicas. El supermercado admitió su error y asumió su multa de 5 Unidades Impositivas Tributarias.</sub> <br><br><sub>Fuente: </sub><a href="https://www.indecopi.gob.pe/documents/20182/143803/229-2013.pdf"><sub>https://www.indecopi.gob.pe/documents/20182/143803/229-2013.pdf</sub></a></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-05-26 03:09:20 UTC</pubDate>
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