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      <title>Taller Participación Juvenil by </title>
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      <description>Proyecto Hogar de Ancianos- Derechos de las Personas Mayores.</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-08-15 12:03:12 UTC</pubDate>
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         <title>Primeras Actividades:</title>
         <author>yosebel6</author>
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         <description><![CDATA[<div>15/08/23.<br>Se realiza comunicación con el encargado del Hogar de Ancianos de Río Branco.<br>Motivo: solicitar permiso para realizar visitas.<br>La respuesta obtenida es positiva.&nbsp;<br>El horario sería después de la hora 15:30.&nbsp;<br>En ese horario ya realizaron todas sus actividades los abuelitos. </div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-15 12:09:14 UTC</pubDate>
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         <title>Algo de Infromación:</title>
         <author>yosebel6</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>Derechos de las personas mayores residentes en Establecimientos de Larga Estadía<br></strong><br></div><div>El 15 de junio del año 2015 se aprobó en la Organización de Estados Americanos (OEA) la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Su aprobación ha significado un gran avance en el cambio de paradigma en torno al envejecimiento y la vejez, ubicando a las personas mayores como sujetos plenos de derecho. En este marco, en el Uruguay mediante el Decreto n.º 356/016 del 7 de noviembre de 2016 se reglamenta a los Establecimientos de Larga Estadía con el objetivo de velar por el pleno goce de los derechos de las personas mayores residentes.</div><div>El Instituto Nacional de las Personas Mayores pone a disposición información sobre los derechos protegidos, como contribución a la difusión y apropiación de la Convención por parte de la sociedad uruguaya.<br><br></div><div>• Ejercicio pleno de los derechos humanos y libertades fundamentales con respeto de su identidad, dignidad humana e intimidad.<br><br></div><div>• Derecho a un cuidado de calidad brindado por personal con formación de manera que garantice la integridad de las personas residentes.<br><br></div><div>• Derecho a ser respetadas en su religión, etnia y orientación sexual, sin discriminación de ningún tipo.<br><br></div><div>• Derecho a ser escuchadas, especialmente en sus necesidades y opiniones.<br><br></div><div>• Derecho a firmar por sí mismo o a través de su representante legal, un consentimiento informado de ingreso al establecimiento y un contrato de arrendamiento de servicios residenciales.<br><br></div><div>• Derecho a disponer de la documentación elaborada en el marco de su residencia en el establecimiento.<br><br></div><div>• Derecho a ser respetadas en su privacidad: durante el cuidado, en los tratamientos médicos y al comunicarse por teléfono, correspondencia, reuniones o visitas.<br><br></div><div>• Derecho a preservar la autonomía personal entendida como la capacidad de tomar decisiones, a la definición de su plan de vida, a desarrollar una vida conforme a sus tradiciones y creencias, en igualdad de condiciones.<br><br></div><div>• Derecho a tener libre circulación en los espacios comunes del establecimiento.<br><br></div><div>• Derecho a recibir buenos tratos y protección ante el abuso y el maltrato<br><br></div><div>• Derecho a tomar decisiones y manejar sus finanzas.<br><br></div><div>• Derecho a conservar y disponer de sus pertenencias personales tanto como el espacio adjudicado se lo permita.<br><br></div><div>• Derecho a la valoración de su dependencia y a contar con un programa individual de atención por escrito.<br><br></div><div>• Derecho a recibir la alimentación que su dieta necesite y a conocer semanalmente los menúes que se brindarán.<br><br></div><div>• Derecho a conocer la medicación que se le suministra y su razón clínica.<br><br></div><div>• Derecho a acceder a su Historia Clínica y conocer los resultados de sus evaluaciones de salud. • Derecho a elegir sus visitas, así como horarios y días para las mismas.<br><br></div><div>• Derecho a acceder y realizar actividades cívicas, culturales, deportivas y recreativas.<br><br></div><div>• Derecho a constituir una comisión de participación conjuntamente con familiares y trabajadores del establecimiento.<br><br></div><div>• Derecho a vivir en un entorno arquitectónico accesible, sin barreras físicas que limiten las actividades cotidianas.<br><br></div><div>• Derecho a poder entrar y salir libremente del establecimiento salvo las limitaciones debidamente justificadas por razones de salud y que estén debidamente consignadas por el Director Técnico médico.<br><br></div><div>• Derecho a no ser sometidos a medidas de contención física o farmacológica, excepto cuando haya indicación del Director Técnico médico registrada en la Historia Clínica correspondiente y esto tenga que ver con medidas de seguridad para la propia persona.<br><br></div><div>• Derecho a un plazo prudencial, mínimo de 20 (veinte) días para realojarse en caso que se le solicite abandonar el establecimiento.<br><br></div><div>• La institución debe comprender a la persona mayor como una persona sexuada, respetando y garantizando su intimidad y privacidad.<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div><div><strong>Información y consulta<br></strong><br></div><div>Ministerio de Desarrollo Social – Instituto Nacional de las Personas Mayores<br><br></div><div>Mercedes 1227, Montevideo, Uruguay Tel.: (+598) 2400 0302, int. 5605/5606<br><br></div><div>regulacioninmayores@mides.gub.uy&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; inmayores.mides.gub.uy / www.mides.gub.uy<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-15 12:10:52 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>yosebel6</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <title>Sofía Avila:</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>¿tienen un horario determinado por cumplir?&nbsp;<br>¿cuántas personas hay trabajando en el hogar de ancianos?<br>¿que actividades tienen esas personas que viven ahí?</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 15:09:23 UTC</pubDate>
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         <title>kimberlin buzó:</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>¿son obligatorias las actividades q realizan?<br>¿hace cuánto tiempo están en el hogar?<br>¿todos hacen sus actividades en el mismo horario?<br>¿están en el hogar por su propia voluntad?</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 15:10:22 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>Luana Trujillo:<br>¿Qué actividades hacen los ancianos de ahí?<br>¿Tienen algún horario específico para (bañarse,almorzar,sestear, etc)<br>¿Se alimentan saludable?<br>¿Les gusta estar ahí?¿ O están porque los pusieron en ese hogar?<br>¿ Se sienten cómodos estando ahí?</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 15:11:30 UTC</pubDate>
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         <title> [primera actividad] Lucía Araújo </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<pre><strong><em><sup>1. 
¿Cómo se dividen las actividades o responsabilidades de los funcionarios?

2.
¿Reciben algún tipo de ayuda del Estado? 

3.
¿Con qué frecuencia se realizan actividades de ocio? 

4.
¿Cómo es el proceso cuando una persona llega a la institución? </sup></em></strong></pre>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 15:13:21 UTC</pubDate>
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         <title>Melany Machado </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>¿ tienen alguna discapacidad que les dificulte realizar algunas actividades cotidianas ?<br>¿ sienten que el cuidado que se les brindan son los adecuados ? ¿ ustedes eligen que actividades realizar ?&nbsp;<br>¿ cambiarían alguna de las normas del hogar? Porqué? Y cual? &nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 15:18:03 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/yosebel6/lgr1f30d7ubtjrgg/wish/2668921302</link>
         <description><![CDATA[<div>Jimena Araujo:<br><br>1) ¿Pueden salir con sus familiares?<br>2) ¿Tienen algún día libre?<br>3) ¿Tienen horario para desayunar, almorzar, tomar el café de la tarde y para cenar?</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 15:18:14 UTC</pubDate>
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         <title>Primer actividad: Pámela Fonseca</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div><em>¿Hay algo que les gustaría cambiar de su rutina?<br><br>¿Hay alguna actividad la cual quisieran implementar más seguido?<br><br>&nbsp;¿Les gustaría hacer algo específico en nuestras visitas?<br><br>¿Con cuánta frecuencia reciben visitas de este tipo?<br><br>¿Qué no les gusta de este lugar?</em></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 15:57:48 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>medeiroszoppiryan</author>
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         <description><![CDATA[<div>1- ¿Cómo ha sido su día hoy? ¿Hay algo especial que le gustaría compartir?<br><br>2- ¿Cuál es su recuerdo favorito de su juventud o de su vida en general?<br><br>3- ¿Qué actividades o pasatiempos solía disfrutar cuando era más joven?<br><br>4- ¿Hay algún consejo o lección de vida que le gustaría compartir con las generaciones más jóvenes?<br><br>5- ¿Cuál es la historia más interesante o divertida que recuerda haber vivido?<br><br>6-¿Hay algún lugar que siempre haya querido visitar o algo que siempre haya querido hacer y aún no haya tenido la oportunidad?</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 16:06:28 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>medeiroszoppiryan</author>
         <link>https://padlet.com/yosebel6/lgr1f30d7ubtjrgg/wish/2685151470</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>La Ley N° 19.430 de 08/09/2016 en Uruguay aprueba la Convención Interamericana Sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Esta Convención garantiza varios derechos a las personas mayores, incluyendo:<br><br>1. Derecho a la vida y dignidad en la vejez: El Estado debe asegurar que las personas mayores vivan con dignidad y en igualdad de condiciones que otros ciudadanos, evitando su aislamiento y sufrimiento innecesario.<br><br>2. Derecho a la independencia y autonomía: Las personas mayores tienen derecho a tomar decisiones sobre sus vidas, vivir de manera independiente y contar con apoyo para ejercer sus derechos.<br><br>3. Derechos de las personas mayores que reciben servicios de cuidado a largo plazo: Esto incluye protección de la salud, seguridad alimentaria, respeto a la dignidad, vivienda adecuada y más.<br><br>La Convención también establece medidas para garantizar los derechos en los servicios de cuidado a largo plazo, como autorización de servicios por parte de la persona mayor, personal especializado, regulaciones adecuadas, acceso a información y protección de la privacidad.<br></strong><br><strong>En resumen, la Convención protege los derechos de las personas mayores en Uruguay, asegurando su dignidad, independencia y acceso a servicios de cuidado de calidad.</strong></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-09-05 15:55:57 UTC</pubDate>
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         <title>Derechos de los adultos mayores </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/yosebel6/lgr1f30d7ubtjrgg/wish/2710583813</link>
         <description><![CDATA[<div>Los adultos mayores tienen derechos específicos que deben ser protegidos y garantizados tanto en su vida diaria como en los centros de cuidado.<br><br>Uno de los derechos más importantes de los adultos mayores es el derecho a la dignidad y el respeto. Esto significa que deben ser tratados con consideración y no discriminados en ningún aspecto de sus vidas, incluyendo su estadía en centros de cuidado, al igual que en el centeo de ansainos, en el cual se cumple este derecho. Los adultos mayores merecen ser escuchados y sus necesidades deben ser atendidas de manera adecuada y respetuosa.<br><br>Además, los adultos mayores tienen derecho a la privacidad. Esto implica que se les debe permitir mantener su intimidad y autonomía, tanto en sus hogares como en los centros de cuidado. Los profesionales de la salud deben respetar su privacidad y confidencialidad, asegurando que sus datos personales y médicos sean tratados de manera confidencial y segura.<br><br>Otro derecho fundamental de los adultos mayores es el derecho a la seguridad. Los centros de cuidado deben proporcionar un entorno seguro y libre de abusos para sus residentes. Esto implica prevenir y abordar cualquier forma de maltrato físico, emocional o financiero. Los adultos mayores deben sentirse protegidos y confiados en que su bienestar está siendo cuidado adecuadamente, por lo tanto es esencial elegir adecuadamente el personal, lo que se cumple en el centro.<br><br>Además, los adultos mayores tienen derecho a recibir atención médica de calidad. En el centro de ancianos, se les brinda medicos especializados y específicos para su cuidado. Esto incluye acceso adecuado a servicios de salud, medicamentos y atención especializada cuando sea necesario. Los centros de cuidado deben asegurarse de que los residentes reciban la atención médica necesaria y sean tratados con respeto y compasión en todo momento.<br><br>Por último, los adultos mayores tienen derecho a mantener relaciones sociales y participar en actividades recreativas. Los centros de cuidado deben proporcionar oportunidades para que los residentes se conecten con otros, participen en actividades que les interesen y mantengan una vida social activa. Esto contribuye a su bienestar emocional y mental, esto último no se cumple del todo, si bien cuentan con actividades, por lo que hemos visto los adultos mayores con frecuencia suelen sentirse solos, y no suelen recibir tantas visitas o variedades de actividades.<br><br>En resumen, los adultos mayores tienen derechos específicos que deben ser protegidos y garantizados en los centros de cuidado. Estos derechos incluyen la dignidad, la privacidad, la seguridad, la atención médica de calidad y la participación social. Es responsabilidad de todos nosotros asegurarnos de que los adultos mayores sean tratados con el respeto y la consideración que merecen en todas las etapas de sus vidas.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-09-19 10:34:59 UTC</pubDate>
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         <title>Reflexión - Melany Machado </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>Desde mi perspectiva siento que hay ciertas normas que están mal redactadas, que no favorecen del todo a los ancianos que están en el hogar, pero si a las familias. Creo que para que un anciano sea ingresado al hogar se tendría que hacer una reunión entre el y el personal del hogar, así están totalmente seguros de que no lo están ingresando en contra de su voluntad o que el no sepa dónde se encuentra. El estado tendría que invertir más dinero y atención a estos centros, los ancianos así como los niños son seres muy vulnerables y necesitan cuidados especiales, y a mí parecer no hay tantos profesionales designados a los hogares.<br><br>El hogar de ancianos de Rio Branco ( al cual asistimos ) cumple con muchas normas de las establecidas, pero, a mí parecer, pueden mejorar un poco más, para que los residentes tengan una estadía cómoda y tranquila. </div>]]></description>
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         <pubDate>2023-09-19 14:55:46 UTC</pubDate>
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         <title>Actividad Reflexión. Lucia Araujo </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/yosebel6/lgr1f30d7ubtjrgg/wish/2721122676</link>
         <description><![CDATA[<div>En el pasado encuentro e interacción con el Hogar de Ancianos de Río Branco, donde participamos de una jornada en la que compartimos por primera vez con los funcionarios que mantienen la Institución, y con las Personas Mayores que allí residen.&nbsp;<br>El involucrarnos de forma tan directa nos hizo darnos cuenta de la realidad y también de la idealización que se tiene; y a partir de la Guía Normativa y de la Ley N°19.430 de la Convención Interamericana Sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, podemos concluir los siguientes puntos:<br>- La institución en la que se encuentran cuenta con los parámetros de limpieza, seguridad integral, sanidad y seguridad alimentaria; sin embargo, no cuentan con un agente nutricional por el momento.<br>- Se protege la integridad, privacidad e intimidad de la persona mayor, en especial en el acto de higiene personal.<br>También vemos un claro respeto a su autonomía en la toma de decisiones,&nbsp; y la independencia de los Adultos Mayores al actuar, los funcionarios reflejan empatía y respeto ante todas las personas que le rodean y se encargan de proteger sus derechos.<br>La institución cuenta con algunas actividades lúdicas y recursos de ocio.&nbsp;<br>Y por último, por destacar los aspectos generales, el acceso progresivo a servicios de asistencia domiciliaria, residencial y otros de apoyo de la comunidad, incluído un asistente personal si fuese necesario.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-09-26 12:31:35 UTC</pubDate>
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         <title>Míralo y coméntalo.</title>
         <author>yosebel6</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2023-10-03 02:57:40 UTC</pubDate>
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