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      <title>A un clic del peligro by </title>
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      <description>Análisis de la situación actual de la problemática de países de américa. Elaborado por los estudiantes de 1er año ProA - Cruz del Eje. </description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2020-11-08 14:04:30 UTC</pubDate>
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         <title>Paraguay</title>
         <author>brendy_guz</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2020-11-08 14:07:23 UTC</pubDate>
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         <title>Mexico</title>
         <author>brendy_guz</author>
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         <description><![CDATA[<div><br><br><br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-11-08 14:10:42 UTC</pubDate>
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         <title>Chile</title>
         <author>brendy_guz</author>
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         <pubDate>2020-11-08 14:12:29 UTC</pubDate>
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         <title>Bolivia</title>
         <author>brendy_guz</author>
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         <description><![CDATA[<div>Se trata de un problema cada vez más acuciante y que ya ha puesto en guardia tanto a la policía como a distintas asociaciones. Las principales dificultades para atajarlo y terminar con él son el anonimato de los delincuentes, la inocencia de los menores y la fácil accesibilidad de Internet. Y es que, a diferencia del ciberacoso, en el «grooming» «el acosador es un adulto y existe una intención sexual»<br><br></div><div>En  Bolivia, como resultado de la aprobación de la Ley de protección legal de niñas, niños y adolescentes, del 8 de noviembre de 2010, se modificó el artículo 3128 del Código Penal, en la forma siguiente:<br><br></div><div>El que mediante actos libidinosos o por cualquier otro medio, corrompiera o contribuya a corromper a una persona menor de dieciocho años, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a ocho años.<br><br></div><div>Los niños, adolescentes, padres y tutores deben estar informados sobre los peligros y riesgos asociados a la navegación en internet.<br><br> </div><div><strong>Víctimas</strong> </div><div>Un diagnóstico de Voces Vitales, de 2012, realizado a 1.117 alumnos de 10 unidades educativas fiscales de La Paz, revela que 8 de cada 10 estudiantes acceden a internet en su colegio y 3 de 10 lo hacen en centros de su barrio. <br><br></div><div><strong>Estudio</strong> </div><div>Según el mismo diagnóstico, el 23% de alumnos consultados aseguró ser víctima de ciberacoso. Siete de 10 estudiantes indicaron que sus maestros no se involucran en sus problemas personales. <br> </div><div><strong>Cuidados</strong><br>Los niños y adolescentes deben estar informados sobre los peligros y delitos a los que se someten, cuando empiezan a navegar en internet. Los padres deben tener control sobre ello, indicó el psicólogo. La persona que se siente víctima de grooming debe contar la situación primero a los padres, luego recurrir a las defensorías de la niñez o a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC). “No denunciar el hecho es convertirse en cómplice”. <br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-11-08 14:24:31 UTC</pubDate>
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         <title>Ecuador</title>
         <author>brendy_guz</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>Desde 2014 se han denunciado 798 casos de ‘child grooming’ en Ecuador<br></strong><br></div><div><strong>Con la entrada en vigor del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en 2014, se tipificó el ‘grooming’ en Ecuador y a Fiscalía empezó a receptar denuncias sobre este delito e investigarlo.<br></strong><br></div><div>Desde entonces, la Fiscalía ha receptado 798 denuncias de ‘child grooming’, siendo el año con más denuncias 2018, con 203 denuncias, mientras que en 2015 solo se receptaron 80 y en lo que va de 2020, se han recibido 61 denuncias. <br><br><strong>El delito en cifras </strong></div><div>Aunque las cifras de denuncias entre agosto de 2014 y junio de 2020 muestran una aparente baja, Beatriz Rodríguez, directora de Estudios Penales de la Fiscalía General del Estado y docente de la Escuela de Derecho de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE), dice que “ahora más que nunca debemos estar alertas a los perpetradores”. <br><br></div><div>Su argumento se basa en que “los menores debido a que los niños se encuentran más tiempo en Internet debido a la pandemia” y eso los deja más expuestos a este tipo de delincuentes.<br><br><strong>Leyes para impedir un abuso <br></strong><br></div><div>El artículo 173 del COIP dice que “la persona que a través de un medio electrónico proponga concertar un encuentro con una persona menor de 18 años, mediante engaños y con un fin sexual” tendrá una pena de uno a tres años de cárcel. <br><br></div><div>Según Rodríguez, este artículo está un paso adelante del abusador. “Con el 173 lo que buscamos es que no se llegue a concretar el abuso sexual, la violación.” <br><br></div><div>“Nosotros actuamos desde el momento en el que existe una primera insinuación al menor” Beatriz Rodríguez <br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-11-08 14:28:44 UTC</pubDate>
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         <title>Perú</title>
         <author>brendy_guz</author>
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         <description><![CDATA[<div> Según la División de Investigación de Alta Tecnología (Divindat) de la Dirincri (Dirección de Investigación Criminal) del <strong>Perú</strong>, el grooming es el segundo ciberdelito que se denuncia en el país: "A la semana se recibe entre 10 y 12 casos, lo que representa el 20%. Las víctimas, en su mayoría, son menores de edad que son blanco de acoso sexual en Internet. Se trata del delito conocido como grooming".98 En el 2013 la ley N°30096 de Delitos Informáticos fue modificada para sancionar las proposiciones a menores con fines sexuales para obtener material pornográfico o tener relaciones sexuales, vía el Internet, con penas de hasta ocho años, si es menor de 14 años; y de hasta seis años si tiene entre 14 y menos de 18 años.<br><br></div><div> La modificación fue especialmente criticada por la sociedad civil. Miguel Morachimo, director de la ONG Hiperderecho, expresó que resultaba necesario que el delito exija por parte del agente algún hecho concreto como la realización efectiva de una proposición u ofrecimiento al menor: “Sin embargo, se ha mantenido la redacción de este delito “psíquico” al condenar a cualquiera que “contacte para” proponer u ofrecer. Por el contrario, se ha incluido un nuevo artículo en el Código Penal para penalizar este tipo de “contactos” cuando se realicen fuera de Internet. Aquel va a ser un reto mayor porque los fiscales y jueces tendrán que analizar si un contacto con un menor se realizó o no “con la intención” de solicitar u obtener de él material pornográfico. Nuevamente, la única manera de hacer funcionar estos artículos es haciendo del comportamiento delictivo el “contacto y solicitud” o el “contacto y proposición”. De lo contrario, seguirá siendo un delito muy difícil de probar hasta que se descubra la tecnología de lectura mental”.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-11-08 14:35:48 UTC</pubDate>
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         <title>Argentina</title>
         <author>brendy_guz</author>
         <link>https://padlet.com/brendy_guz/l8m46qkpgdkztk5g/wish/901631661</link>
         <description><![CDATA[<div>Desde la organización <a href="https://groomingargentina.org/"><strong>Grooming Argentina</strong></a> consideran el actual contexto de pandemia como una “tormenta perfecta” para el incremento de los casos, producto de la hiperconectividad de niños, niñas y adolescentes.</div><div><strong>Esta actividad, advierten, recrudeció a raíz del aislamiento y la mayor exposición al uso de dispositivos tecnológicos.</strong><br> <br> “La pandemia de la pedofilia encontró en la tecnología un vehículo de contacto y de proximidad que le facilitó, como nunca, acceder a sus víctimas”, explicó <strong>Hernán Navarro, </strong>director de <strong>Grooming Argentina</strong>, una <strong>organización creada para trabajar en la prevención, concientización y erradicación del grooming.</strong></div><div>En cuanto a las r<strong>edes sociales</strong> su <strong>peligrosidad </strong>reside en que son el lugar donde se agrupan posibles víctimas. “Cuando analizamos el coto de caza vemos cómo van a buscar a los niños, niñas y adolescentes donde conviven y no me extraña que haya casos en TikTok porque se convirtió en la aplicación con mayor número de descargas en lo que va del 2020”, resaltó Navarro.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-11-08 14:37:38 UTC</pubDate>
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         <title>Estados Unidos</title>
         <author>brendy_guz</author>
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         <description><![CDATA[<div>Se prohíbe transmitir datos personales de un menor de 16 años con el fin de cometer un delito de carácter sexual. En el estado de Florida, en 2007, se aprobó la Ley de Ciber-crímenes contra Menores, la que sanciona a quienes se contacten con menores por Internet y luego sostengan encuentros con el fin de abusar sexualmente de ellos. La ley obliga a los delincuentes sexuales a registrar con la policía sus direcciones de correo electrónico y los nombres que utilizan en los servicios de mensajería instantánea.</div><div>La Convención sobre la Protección de los Niños contra la Explotación Sexual y el Abuso Sexual, 2007, es el <strong>primer documento internacional</strong> que señala como delitos penales las distintas formas de abuso sexual de menores, incluyendo el <strong>grooming </strong>y el turismo sexual.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-11-08 14:38:08 UTC</pubDate>
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         <title>Alemania</title>
         <author>brendy_guz</author>
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         <description><![CDATA[<div>En <strong>Alemania </strong>se sanciona al que ejerza influencia sobre el menor por medio de la exhibición de ilustraciones o representaciones pornográficas o por dispositivos sonoros de contenido pornográfico o por conversaciones en el mismo sentido con una pena privativa de libertad de tres meses hasta cinco años;</div><div>El <strong>ordenamiento australiano</strong> también sanciona el uso de servicios de transmisión de comunicaciones por medios electromagnéticos para procurar que una persona se involucre, tiente, aliente, induzca o reclute, en actividades sexuales a personas menores de 16 años de edad con una pena de 15 años de prisión.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-11-08 14:42:03 UTC</pubDate>
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         <title>Escocia, Reino Unido</title>
         <author>brendy_guz</author>
         <link>https://padlet.com/brendy_guz/l8m46qkpgdkztk5g/wish/901639059</link>
         <description><![CDATA[<div>En <strong>Escocia </strong>se contemplan normas sobre grooming, pero lo llaman “reunión con un menor de 16 años después de algunos contactos preliminares” a través del chat y contempla una pena máxima de 10 años de cárcel.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-11-08 14:43:10 UTC</pubDate>
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