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      <title>Tarea académica 3 - Anuncios Publicitarios by Elias Aquino N.</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2021-06-03 17:24:30 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2025-04-12 13:11:54 UTC</lastBuildDate>
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         <title>Caso Campaña Entel &quot;La Yapa&quot; - Publicidad engañosa</title>
         <author>eliasaquinon</author>
         <link>https://padlet.com/eliasaquinon/l2suhxvdbbq25l2t/wish/1583215695</link>
         <description><![CDATA[<div>Lo ocurrido con la campaña de Entel "La Yapa" fue que en sus publicaciones de medios impresos, TV, redes sociales, etc, ellos aluden que tienen "el internet móvil más rápido del Perú". Se considera que es un mensaje objetivo porque de cierta manera ellos afirman que tienen el internet móvil más rápido y también es lo primero que piensan los consumidores al ver contenido de esta campaña. En este caso INDECOPI encontró culpable y multo a la empresa con 100 UITs (S/. 450,000 en el 2018) por incurrir al engaño en sus piezas (publicidad engañosa). Por ello, como grupo estamos de acuerdo con la decisión de INDECOPI porque el mensaje "Tú que harías con el internet móvil más rápido del Perú" es inexacto. Según Ookla, una empresa mundial especializada en análisis de pruebas de redes móviles, el operador con mayor rapidez móvil del Perú en el 2018, fue Claro. Además, Entel no logró demostrar pruebas que respalde lo que dice su mensaje. Por ello, se considera ilegal a estos anuncios por comunicar información falsa y por no tener pruebas que afirmen lo que mencionan, siendo así que estarían engañando a los consumidores. Finalmente, el responsable del anuncio y el cual INDECOPI debería sancionar es la empresa ENTEL PERÚ S.A. <br><br>Fuente:&nbsp; Perú21. (2018). Perú21.<em> Indecopi multa a Entel con más de S/660,000 por publicidad engañosa.</em> https://peru21.pe/economia/entel-indecopi-multa-empresa-s-660-000-publicidad-enganosa-429359-noticia/<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-03 17:29:52 UTC</pubDate>
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         <title>Caso Issac Kola - Publicidad Adhesiva</title>
         <author>abrildlp90</author>
         <link>https://padlet.com/eliasaquinon/l2suhxvdbbq25l2t/wish/1583487012</link>
         <description><![CDATA[<div>En el año 2010, la empresa de gaseosa Issac Kola, fundada por Jorge Panizo, difundió en la televisión un anuncio publicitario de tipo adhesiva: comunica de manera indirecta que tiene el mismo sabor que la gaseosa Inka Kola, aprovechando el posicionamiento, reputación e imagen de la marca. Esto se evidencia en el diálogo entre los dos protagonistas.<br><strong>Tío:</strong> ¿Y me trajiste el encargo?<br><strong>Carlitos: </strong>¡Claro tío! Prueba<br><strong>Tío:</strong> ¡Qué rica, cómo lo extrañaba!&nbsp; Oye, le han cambiado de nombre<br><strong>Carlitos</strong>: Hay muchas cosas que en el Perú han cambiado.<br>Durante el spot publicitario los planos audiovisuales enfocan el color amarillo, distintivo de Inka Kola. Con ello, se da entender que Issac Kola tiene el mismo sabor de Inka Kola. Como resultado, INDECOPI le impuso una multa de 35 UIT a&nbsp; Embotelladora Don Jorge S.A.C, argumentando que pese a no mencionarse de manera explicita a Inka Kola, los consumidores entendían que se efectuaba una referencia a dicha gaseosa, sobre la base de un elemento subjetivo y no comprobable, como es el sabor. <br><br><strong>Fuente:</strong> Sala Especializada en Defensa de la Competencia. (2010). <em>Expediente | 031-2010/CCD.</em> Recuperado de: <a href="https://vlex.com.pe/vid/-446524434">https://vlex.com.pe/vid/-446524434&nbsp;</a></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-03 19:09:46 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/eliasaquinon/l2suhxvdbbq25l2t/wish/1583487012</guid>
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         <title>Caso Movistar y Claro - Competencia desleal </title>
         <author>renatolml15</author>
         <link>https://padlet.com/eliasaquinon/l2suhxvdbbq25l2t/wish/1583621305</link>
         <description><![CDATA[<div>A mediados del 2015 la empresa telefónica Claro, lanzó la publicidad "habla gratis para toda la vida a 2 Claro móviles" a través de diferentes medios impresos y en sus medios digitales. El mensaje que daban a entender, era que se podía hablar con el otro usuario el tiempo que ellos deseen, sí solo sí, los dos pertenecían a la misma compañía telefónica. Pero lo que expresaban en la publicidad no era del todo cierto, ya que una vez estando en la llamada, después de pasar los 3 minutos, la misma tenía un costo de S/. 0.35 por minuto, dejando en evidencia que el mensaje que transmitió Claro, no fue cierto. Por otro lado, en el caso de Movistar, difundieron una publicidad en donde ofrecían el iPhone 6s plus a aquellos usuarios que entregaran su iPhone 5S, pero en esta, no se dejó claro los requerimientos para que los usuarios puedan acceder a dicha "promoción".<br><br>En este caso, ambas empresas infringieron los artículos 8, 14 y 17 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal.&nbsp; Por este motivo, fue que a ambas compañías se les multó, a Claro se le sancionó con 149.9 UIT, mientras que a Movistar, con 10 UIT.<br><br><strong>Fuente</strong>: E. (2017, 26 enero). <em>Indecopi sancionó a Telefónica y Claro por publicidad ilegal</em>. El Comercio Perú. https://elcomercio.pe/economia/peru/indecopi-sanciono-telefonica-claro-publicidad-ilegal-233163-noticia/?ref=ecr<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-03 20:16:00 UTC</pubDate>
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         <title>McDonald&#39;s Publicidad: comparativa ilícita y denigratoria</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/eliasaquinon/l2suhxvdbbq25l2t/wish/1583667367</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Un anuncio creado por McDonald’s en el que hace un alusión explícita a&nbsp; Burger King, es decir, a su competencia más directa.&nbsp;<br>Se puede observar a un niño en un parque que todos los días lleva una bolsa de McDonald’s en el que lleva patatas y una hamburguesa. Lo que ocurre diariamente es que al abrir la bolsa unos niños se la quitan. Al final, el niño piensa una opción para que los otros niños no se coman su comida, así que les engaña poniendo una bolsa de Burger King, escondiendo la de Mc Donald´s.&nbsp; Esto funciona contra los niños, ya que parece que no les gustan los productos del Burger King.<br>Por ello, este caso es una publicidad comparativa no permitida. Esto se debe a que&nbsp; las características que se comparan deben no son comprobables, por lo tanto, no es objetiva. Asimismo, no es pertinente en la forma, ya que hace burla directamente a la marca, es decir, McDonald's denigra el prestigio comercial de Burger King, ya que hace ver que los niños detestan Burger King,&nbsp; sin que ello sea pertinente en modo alguno.</div><div><br>En conclusión, se puede considerar está publicidad&nbsp; comparativa ilícita y también publicidad denigradora. Por ello, Indecopi debería sancionar a McDonald's como responsable de la publicidad.</div><div><strong>Fuente:</strong> https://youtu.be/7nagr1gQeAs</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-03 20:42:17 UTC</pubDate>
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         <title>Publicidad - contra el principio de Adecuación social</title>
         <author>ale14rl</author>
         <link>https://padlet.com/eliasaquinon/l2suhxvdbbq25l2t/wish/1584526648</link>
         <description><![CDATA[<div>Durante la primera semana de enero de 2018, H&amp;M lanzó una sudadera para niños. Fue presentado en su tienda web que muestra una serie de niños pequeños con la nueva gama de sudaderas con capucha. Un chico estaba usando una polera verde con el texto "EL MONO MÁS COOL DE LA SELVA" y el color de piel de ese niño específico era negro. Mientras que los jóvenes de piel blanca llevaban poleras con textos como “MANGROVE JUNGLE EXPERTO EN SUPERVIVENCIA ”.<br>Esta publicidad fue capaz de generar en los consumidores la percepción que los niños afrodescendientes son consideradas "monos", mientras que los niños de raza blanca son considerados "expertos en supervivencia". Esta se encuentra asociada a los estereotipos negativos que históricamente se pueden haber atribuido a dicho grupo étnico como la del niño de tez oscura. Por ello, INDECOPI puede sancionar a H&amp;M por haber incitado a la realización de actos de discriminación por motivos de raza. Dicha empresa es la responsable, así como también el medio de comunicación que utilizó, en este caso: su página web para realizar compras.<br>Cabe resaltar que en nuestra constitución no se especifica los "estereotipos", sin embargo, se considera pertinente para estas instituciones sancionarlos contra este principio. Expertos en el tema, han mencionado sobre la implementación de una reforma del texto normativo en relación a todos los tipos de estereotipos, con el fin que la sanción sea más clara y precisa.<br><br><strong>Fuente:</strong> Thomas, L. (2018). CNBC. <em>H&amp;M slammed as racist for ‘monkey in the jungle’ hoodie</em>. https://www.cnbc.com/2018/01/08/hm-slammed-for-racist-monkey-in-the-jungle-hoodie.html</div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-04 05:03:49 UTC</pubDate>
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