<?xml version="1.0"?>
<rss version="2.0">
   <channel>
      <title>LA C.P.E Y LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y CAMPESINOS by Anabella beishu</title>
      <link>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo</link>
      <description>EN BASE A LO ESTABLECIDO EN LA C.P.E.</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2024-11-29 17:41:25 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2024-12-14 11:16:36 UTC</lastBuildDate>
      <webMaster>hello@padlet.com</webMaster>
      <image>
         <url>https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/3107465180/35664a1f0893696c7e6e7440f7aa0d05/DERECHOS_DE_LOS__PUEBLOS_INDIGENAS_Y_CAMPESINOS.jpg</url>
      </image>
      <item>
         <title>ÁMBITO ECONÓMICO</title>
         <author>anabelleon776</author>
         <link>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240204085</link>
         <description><![CDATA[<p>Los pueblos indigenas originarios y campesinos de Bolivia, cuentan con una economía propia, la cual es fortalecida a travez de intercambio de productos, tambien conocido como los famosos "trueques", este intercambio de productos representan para sus comunidades, el fortalecimiento de la unidad, la cooperacion, la reciprocidad, lo cual a su vez es la base fundamental para la economía de los pueblos indigenas y campesinos. </p><p><strong>La Constitución Política del Estado (CPE)</strong> de Bolivia establece que los pueblos indígenas originarios campesinos tienen derecho a la libre determinación, lo que incluye la posibilidad de perseguir su desarrollo económico.&nbsp;</p><p>Este enfoque economico, activa la cultura y la pluralidad de los pueblos y naciones indígenas y le otorga derechos específicos sobre sus territorios, recursos naturales y económicos, Además, la <strong>CPE</strong> establece que toda persona tiene derecho a dedicarse a cualquier actividad económica lícita, siempre que no perjudique al bien colectivo.</p>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/3107465180/9408baf679487c623510a6f131b8cf6f/images__1_.jpeg" />
         <pubDate>2024-11-29 17:42:35 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240204085</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Los derechos fundamentales de los pueblos Indigenas y Campesinos</title>
         <author>joelvila027</author>
         <link>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240342975</link>
         <description><![CDATA[<p>Los derechos fundamentales de los pueblos indigenas y campesinos, son aquellos derechos esensiales que protegen su identidad, cultura, tierra, territorios y formas de vida reconociendo su rol como actores fundamentales en la diversidad cultural, social, economica y politica de los paises. Estos derechos han sido reconocido a nivel internacional por diversas convenciones y tratados como la declaracion de las NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS (2007) y las NORMAS SOBRE LOS DERCHOS DE LOS CAMPESINOS adoptados por la ONU en (2018).</p><p><br/></p><p><strong>Derecho a la tierra y territorio.</strong></p><ul><li><p><strong>Derecho a la propiedad colectiva:</strong> Los pueblos indígenas y campesinos tienen derechos a sus tierras tradicionales a gestionarlas y a decidir sobre su uso sin ser desplazado ni despojados de ellas.</p></li><li><p><strong>Autonomía territorial:</strong> los pueblos indígenas tienen derecho a la autonomía sobre sus territorios lo que incluye el control de los recursos naturales que insiste en su territorio.</p></li><li><p><strong>Protección de los recursos naturales:</strong> deben poder gestionar sus recursos de acuerdo con sus formas de vida tradicionales y con el respecto por el medio ambiente.</p></li></ul>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/3107988651/82c0349ef118e2bc128a6e94b816b344/image.png" />
         <pubDate>2024-11-29 23:20:03 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240342975</guid>
      </item>
      <item>
         <title>SEGÚN LA C.P.E </title>
         <author>anabelleon776</author>
         <link>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240391221</link>
         <description><![CDATA[<p>Desde la promulgacion de la C.P.E. del 2009 se reconoce y se promueve la economía de los pueblos indígenas y campesinos, como una parte fundamental del desarrollo del país. </p><p>A continuacion mencionaré algunos <strong>ART. DE LA C.P.E.,</strong> que respaldan el derecho de estos pueblos:</p><ul><li><p><strong>Art° 30 Numeral 17.-</strong> A la gestión territorial indígena autónoma, y al uso y aprovechamiento exclusivo de los recursos naturales renovables existentes en su territorio sin perjuicio de los derechos legítimamente adquiridos por terceros. Es decir el uso de la tierra, la agricultura, la minería y otros recursos económicos.</p></li><li><p><strong>Art. 305.-</strong> reconoce las formas de organización económica del Estado, donde la economía indígena y campesina, contribuyen al desarrollo del país."</p></li><li><p><strong>Art° 314</strong>.- establece que el Estado promoverá la economía comunitaria como un sistema de organización económica basado en los principios de la reciprocidad, la solidaridad y la complementariedad. Esto se refiere a una forma de economía en la que se prioriza el bienestar colectivo y el trabajo en comunidad.</p></li><li><p><strong>Art° 403</strong> .– reconocen el derecho a la autonomía, de estos pueblos, lo que implica la libre determinación en la organización de sus territorios y el ejercicio de sus derechos económicos.</p></li><li><p><strong>Art° 407.- </strong>El Estado garantiza la soberanía alimentaria, que implica la capacidad de los pueblos y comunidades para producir sus alimentos de manera sostenible y respetuosa con el medio ambiente, incentivando al consumo local.</p></li></ul><p><br></p><p><br></p>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/3107465180/1a1c32688328937a5f49b6c64ea5381a/images__2_.jpeg" />
         <pubDate>2024-11-30 01:46:14 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240391221</guid>
      </item>
      <item>
         <title>AUTONOMIA INDIGENA</title>
         <author>gonzo31velascocopa</author>
         <link>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240421375</link>
         <description><![CDATA[<p>La <strong>autonomía indígena originaria campesina</strong> (AIOC) en Bolivia, según la Constitución Política del Estado (CPE), se define como un derecho fundamental que permite a las naciones y pueblos indígena originarios y campesinos ejercer el <strong>autogobierno</strong> y la <strong>libre determinación</strong> sobre sus territorios y asuntos internos. Este concepto se encuentra consagrado en varios artículos de la CPE, que establece que la autonomía indígena es una expresión del derecho al autogobierno, reflejando la autodeterminación de estos pueblos, quienes comparten un territorio, cultura, historia, lenguas y sistemas organizativos propios.</p><p><br></p><ul><li><p><strong>Artículo 289</strong>: Define la autonomía indígena originaria campesina como el ejercicio del autogobierno y la autodeterminación de las naciones y pueblos indígenas.</p></li><li><p><strong>Artículo 290</strong>: Establece que la conformación de entidades territoriales indígenas autónomas debe basarse en la voluntad de la población y en sus territorios ancestrales.</p></li><li><p><strong>Artículo 291</strong>: Describe las entidades territoriales indígenas originarias campesinas autónomas, incluyendo territorios y municipios.</p></li><li><p><strong>Artículo 292</strong>: Indica que cada entidad territorial indígena debe elaborar su propio estatuto conforme a sus normas.</p></li><li><p><strong>Artículo 30</strong>: Reconoce los derechos de las naciones y pueblos indígenas, incluyendo el derecho a existir libremente, a su identidad cultural, y a la titulación colectiva de tierras.</p></li></ul>]]></description>
         <enclosure url="https://live.staticflickr.com/3946/15377461877_eb2a2ea301_b.jpg" />
         <pubDate>2024-11-30 02:53:21 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240421375</guid>
      </item>
      <item>
         <title>ACTIVIDADES ECONOMICAS, DE LOS PUEBLOS INDIGENAS Y CAMPESINOS</title>
         <author>anabelleon776</author>
         <link>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240423900</link>
         <description><![CDATA[<p>Las principales actividades que activan la economia de estos pueblos son las siguientes:</p><ul><li><p><strong>La Agricultura.- </strong></p><p>Los pueblos indígenas cultivan sus tierras de manera tradicional, en pequeños establecimientos rurales, y con una relación de armonía con la naturaleza.&nbsp;</p></li><li><p><strong>La Pesca.-</strong></p><p>En algunos casos, la pesca es la principal actividad económica de los pueblos indígenas.&nbsp;</p></li><li><p><strong>La Ganadería.-</strong></p><p>La ganadería es una actividad secundaria en los pueblos indígenas, que se practica a nivel de traspatio.&nbsp;</p></li><li><p><strong>La Artesanía.-</strong></p><p>La elaboración de artesanías es una práctica ancestral en los pueblos indígenas, que plasman su visión de la naturaleza y su vida cotidiana.&nbsp;</p></li></ul>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/3107465180/900b05c6969763959f05915071888cb6/Grupos_indigenas_11_320.webp" />
         <pubDate>2024-11-30 02:59:13 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240423900</guid>
      </item>
      <item>
         <title>PLURALISMO LINGUISTICO</title>
         <author>gonzo31velascocopa</author>
         <link>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240426649</link>
         <description><![CDATA[<p>El<strong> pluralismo lingüístico </strong>se refiere al reconocimiento y la promoción de la diversidad de idiomas que coexisten en el país, así como su estatus como idiomas oficiales. Este principio es fundamental para garantizar los derechos lingüísticos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, así como para fomentar una sociedad inclusiva y equitativa.</p><ul><li><p><strong>Artículo 5 de la C.P.E</strong>: Establece que el castellano y todos los idiomas de las naciones y pueblos indígenas son oficiales en el Estado Plurinacional, promoviendo así el pluralismo lingüístico.</p></li><li><p><strong>Artículo 30 de la C.P.E</strong>: También menciona el derecho a la identidad cultural, que incluye el uso de lenguas indígenas.</p></li></ul><p><strong>Conceptos Clave del Pluralismo Lingüístico</strong></p><ul><li><p><strong>Reconocimiento de Idiomas</strong>: La Constitución establece que el castellano y todos los idiomas de las naciones indígenas son oficiales, permitiendo su uso en la administración pública y educación.</p></li><li><p><strong>Derechos Lingüísticos</strong>: Se garantiza la preservación, desarrollo y uso de las lenguas indígenas, promoviendo su enseñanza en el sistema educativo y en la vida cotidiana.</p></li><li><p><strong>Instituciones para el Desarrollo Lingüístico</strong>: Se han creado entidades como el Instituto Plurinacional de Estudio de Lenguas y Culturas (IPELC), encargadas de implementar políticas lingüísticas y promover la diversidad cultural.</p></li><li><p><strong>Educación Bilingüe e Intercultural</strong>: La Ley N° 70 de Educación "Avelino Siñani - Elizardo Pérez" de Educación promueve un enfoque que integra la enseñanza en lenguas indígenas, permitiendo a los estudiantes aprender en su idioma materno mientras adquieren conocimientos en castellano.</p><p><br></p></li></ul>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/3088159173/a6b7c3145c659c769b111e378f88300c/images.jpeg" />
         <pubDate>2024-11-30 03:06:56 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240426649</guid>
      </item>
      <item>
         <title>CAMPO JURIDICO</title>
         <author>anabelleon776</author>
         <link>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240431590</link>
         <description><![CDATA[<p>La C..PE., de Bolivia, en sus artículos 190, 191 y 297 menciona las formas de organizacion juridica que tienen los pueblos indígenas, campesinos.</p><p>En los municipios de Bolivia, donde hay pueblos indígenas y campesinos, su representantes son elegidos de forma directa.&nbsp;</p><ul><li><p><strong>el Art° 190</strong>, menciona que los pueblos indigenas y campesinos tienen la capacidad de ejercer su jurisdicción a través de sus propias autoridades, normas, procedimientos y valores culturales.&nbsp;</p></li></ul><ul><li><p><strong>El artículo 191.- </strong>I. Las naciones y pueblos indígena originario campesinos ejercerán sus funciones jurisdiccionales y de competencia a través de sus autoridades, y aplicarán sus principios, valores culturales, normas y procedimientos propios.</p></li><li><p><strong>El artículo 297.-</strong> establece que el gobierno de los territorios indígenas y campesinos se ejerce a través de sus propias normas y formas de organización.&nbsp;</p><p>La C.P.E establece que los pueblos indigena originario y campesinos puedan elegir a sus representantes de forma directa, reconociendolo como Jurisdicción Indígena Originaria Campesina (JIOC). La JIOC se ejerce en los siguientes ámbitos: Personal, Material, Territorial.&nbsp;</p></li></ul>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/3107465180/2fe5d9692a49e3e894b97ed40fcaed70/jjjjjj.jpg" />
         <pubDate>2024-11-30 03:20:40 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240431590</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Hidrocarburos</title>
         <author>josebalcazarj</author>
         <link>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240481317</link>
         <description><![CDATA[<p>Este principio ha sido utilizado como fundamento para nacionalizar sectores estratégicos como los hidrocarburos y para promover una mayor participación del Estado en la gestión de los recursos naturales. Sin embargo, la implementación de este principio ha enfrentado diversos desafíos</p>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/3108419001/03c0b8cada13d483181279022490035e/piclumen_1732944942881.png" />
         <pubDate>2024-11-30 05:36:14 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3240481317</guid>
      </item>
      <item>
         <title>NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PROPIOS DE LA JIOC.</title>
         <author>anabelleon776</author>
         <link>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3241028918</link>
         <description><![CDATA[<p>La JIOC se basa en normas y procedimientos propios de los pueblos indígenas, que pueden ser escritos u orales. Estas normas se plasman en estatutos, reglamentos, resoluciones o mandatos.&nbsp;</p><p>Disposiciones de la legislación nacional que reconozcan los sistemas de justicia indígena:</p><ul><li><p>Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia b. Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, ratificada por Bolivia a través de la Ley Nº 1257. c. Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, ratificada por Bolivia a través de la Ley 3760. d. Ley 073 de Deslinde Jurisdiccional de 29 de diciembre de 2010 e. Ley 450 de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originario en Situación de Alta Vulnerabilidad f. Ley Orgánica del Ministerio Público Ley N° 260 del ley de 11 de julio de 2012 g. Ley N° 025 del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 h. Ley N° 463 del Servicio Plurinacional de Defensa Pública “SEPDEP” i. Ley N° 269 General de Derechos y Políticas Lingüísticas.</p></li></ul>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/3107465180/50801e688bb99e5345fcffd413be9af2/descarga.jpeg" />
         <pubDate>2024-12-01 02:48:54 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3241028918</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Derecho a la tierra y territorio.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3243582597</link>
         <description><![CDATA[<p><strong><em>Artículo 30. </em> Numeral I.  de la C.P.E : Nos dice; Es nación y pueblo indígena originario campesino toda la colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, cuya existencia es anterior a la invasión colonial española y el Numeral II Paragrafo 4. A la libre determinación y territorialidad y Paragrafo 6. A la titulación colectiva de tierras y territorios.</strong></p><p><br/></p><p>El Derecho a la propiedad colectiva: Los pueblos indígenas y campesinos tienen derechos a sus tierras tradicionales a gestionarlas y a decidir sobre su uso sin ser desplazado ni despojados de ellas.</p><p><br/></p><p>Autonomía territorial: los upueblos indígenas tienen derecho a la autonomía sobre sus territorios lo que incluye el control de los recursos naturales que insiste en su territorio.</p>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/3108109934/0c6a6bb84ad47aeeadb7fdb027786122/IMG_0856.jpg" />
         <pubDate>2024-12-03 00:04:12 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3243582597</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>anabelleon776</author>
         <link>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3250621638</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/3107465180/59937852dc6cc7faedd1e5ee99d1d9c9/images.jpeg" />
         <pubDate>2024-12-07 13:45:52 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/anabelleon776/l1jkqta63gcep4vo/wish/3250621638</guid>
      </item>
   </channel>
</rss>
