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      <title>CREATIVE COMMONS by DIANA FORERO</title>
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      <description>HERRAMIENTAS LEGALES GRATUITAS</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2019-03-03 18:52:32 UTC</pubDate>
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         <author>dianaelizafb</author>
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         <description><![CDATA[<div>Creative Commons es una organización sin fines de lucro que permite el intercambio y uso de la creatividad y el conocimiento a través de herramientas legales gratuitos.</div><div>Las licencias Creative Commons son mecanismos legales que permiten a los autores de documentos, vídeos, imágenes, música, entre otros, compartir los contenidos que crean a través de la web, especificando de qué forma se puede usar su obra. Así, en lugar de tener “Todos los derechos reservados”, los contenidos pasan a tener “Algunos derechos reservados”, lo cual abre la posibilidad para que los usuarios usen el contenido acogiéndose a los términos especificados en la licencia, este proyecto internacional facilitan de cierto modo la distribución y uso de contenidos a través de la web. En éstas son los creadores quienes definen los términos de uso de sus obras, qué derechos desean entregar y en qué condiciones lo harán y la forma en que la obra quedará protegida por la Ley. Las obras licenciadas bajo CC están cobijadas por el Derecho de Autor, pero se acogen a esa protección de una forma diferente a la tradicional, pues cuando alguien tiene acceso a un recurso con una licencia CC sabe que la obra se puede, como mínimo, ‘reproducir’ sin necesidad de pedir autorización expresa del autor. Cuando utilizamos esta licencia en nuestras obras, incrementamos la gama de recursos que los usuarios de la red pueden usar, compartir y distribuir sin violar la ley de derechos de autor.</div><div><br><br></div><div>Definitivamente Creative Commons tiene mucha relación con las publicaciones seriadas ya que aún siendo publicaciones vía web estas no pierden su valor y siguen proporcionando información a los usuarios, tiene un impacto importante en las publicaciones ya que como todo cambio es complicado adaptarse a ello causando conflictos probablemente con los derechos de autor, pero no es así. De hecho, uno de los puntos mas importantes es que el investigador conserva su autoría bajo una licencia Creative Commons de la obra, es algo que los creadores deben tener en cuenta e ir adaptándose a las nuevas tecnologías.</div>]]></description>
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         <pubDate>2019-03-03 18:52:50 UTC</pubDate>
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         <author>dianaelizafb</author>
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         <author>dianaelizafb</author>
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         <pubDate>2019-03-03 18:55:07 UTC</pubDate>
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         <author>dianaelizafb</author>
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         <pubDate>2019-03-03 18:56:37 UTC</pubDate>
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         <author>dianaelizafb</author>
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         <pubDate>2019-03-03 18:57:33 UTC</pubDate>
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         <title>Hay quién piensa que lo que encuentra en Google es de dominio público, está libre de derechos y puede usarse libremente para lo que quiera. Por eso en la entrada de hoy de Emprende desde Cero, quiero compartir contigo lo que he aprendido durante estos años como emprendedora acerca de los derechos de autor en internet.

Hay profesiones más afectadas que otras por este pensamiento que circula por la red, asociado al de todo lo que hay en la red tiene que ser gratis, que también hace mucho daño a las nuevas marcas y proyectos que surgen cada día con la intención de crecer y encontrar su hueco online.

La mía, por ejemplo, es una de las más vulnerables. Me dedico al diseño gráfico y mis diseños, a pesar de compartirlos en las redes sociales con mi marca de agua, se han visto afectados por esta mala práctica que afecta a los derechos de autor en internet.

La mayoría de las veces por desconocimiento, pero otras no tanto.

¿Qué puedes hacer si una de tus ilustraciones aparecen como elemento decorativo en una de las prendas de la nueva colección de la marca de turno? Si no la has registrado, por la vía legal más bien poco. Solo intentar conversar con la marca en cuestión para llegar a un acuerdo.

Porque registrar tus ilustraciones cuesta dinero, pero es la única forma de mantenerlas a salvo de verdad y evitar que terceras personas puedan explotarlas sin tu consentimiento. Y quién habla de ilustraciones, habla también de escritos, programas informáticos, audiciones, fotografías…

Todo ese material que circula por la red y muchos utilizan sin molestarse en revisar la licencia o autoría del mismo.

Así que si tu profesión se encuentra dentro de una de las afectadas, hoy voy a contarte de forma muy sencilla cómo ahorrarte un disgusto y estar prevenida por lo que pueda pasar con tus derechos de autor en internet.</title>
         <author>dianaelizafb</author>
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         <pubDate>2019-03-03 19:00:21 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>dianaelizafb</author>
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         <description><![CDATA[<div>¿ES EL DERECHO DE AUTOR la única forma de estimular la creatividad?, se pregunta este texto, concebido en la era de la red, en la que todos pueden crear a la velocidad de un clic.<br><br></div><div>Érase una vez una joven princesa, llena de virtudes y muy bella, quien por algún motivo necesitaba ser salvada…, un caballero príncipe azul, corajudo y buen mozo, dispuesto a correr aventuras por estar con ella… El cuento describe la aventura, el romance y nos lleva al momento esperado en que los dos se casan y se pronuncia el “vivieron felices y comieron perdices”. FIN.<br><br></div><div>El vestido blanco, el vals, la fiesta, el “hasta que la muerte los separe” y la ilusión de vivir felices por siempre es el final ideal de los cuentos de hadas. Desde pequeños nos criamos esperando estos desenlaces felices, pero ¿cuántos encontramos al príncipe o la princesa del cuento? Y si lo encontramos, ¿cuántos nos casamos con él/ella? Y si nos casamos, ¿cuántos vivimos felices comiendo perdices? Sí: por rutas diversas a ésta, muchos encontramos una vida feliz y/o satisfactoria similar o equivalente.<br><br></div><div>El libreto de los cuentos de hadas es una plantilla para casi cualquier actividad humana y el derecho de autor no es la excepción. Los creadores de todo tipo sueñan con firmar ese contrato que en el modelo de la industria creativa les da fama y fortuna a unos cuantos, los mismos que sí pueden decir que comen perdices por cuenta del derecho de autor. Pero lo que sabemos es que muchos otros no lo logran o que ni siquiera les interesa y, sin embargo, vivimos en un mundo que nos repite constantemente que sin el derecho de autor no habrá creatividad, se acabarán muchos empleos, no habrá respeto por las creaciones: que el derecho de autor te garantiza un final feliz.<br><br></div><div>Lo cierto es que hay muchas formas de crear y muchas de ellas existen aún fuera del derecho de autor o en sus límites. Los niños son creativos por naturaleza y lo hacen sin pensar en él. Industrias como la moda y la culinaria son cada día más creativas e incluso productivas (recientes cifras muestran su crecimiento exponencial, que contrasta con el estado crítico que autoproclama la industria creativa que se apoya en derecho de autor, como la música). Comunidades hoy fuertes, como la del software libre o la que reivindica la idea de la cultura libre, se soportan en esquemas que modifican la lógica del derecho de autor, etc. En estos casos, como en otros tantos, hay un común denominador: la protección, que el derecho de autor privilegia, no se aplica por uno u otro motivo.<br><br></div><div>La verdad es que hay muchas actividades que dependen de las formas no “proteccionistas” del derecho de autor y sus actores también forman parte de la economía. Pensemos en las bibliotecas (todavía entre nosotros el préstamo de libros es una actividad libre y legal), en los noticieros de televisión (que pueden reproducir obras protegidas sin contraprestación económica y de hecho sus titulares son felices cuando esto sucede), en las pastelerías (que cada día ofrecen pasteles con la cara de Barbie o de Barney), en las escuelas (que soportan su actividad en mostrar y dejar que sus estudiantes jueguen con contenido protegido), etc.<br><br></div><div>Las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones implican un gran cambio en el libreto del cuento, puesto que facilitan y potencian otros escenarios de creatividad, producción, difusión, acceso y (¿por qué no?) éxito, distintos a los que ofrece el ideal de la industria creativa. Internet visibiliza y difunde eso que antes ocurría en entornos locales y privados, lo hace público y así evidencia éxito en otras formas creativas que no están presentes en ese trillado libreto del cuento de hadas.<br><br></div><div>Al final lo que ha demostrado internet es que creadores somos todos y que fuera del libreto se pueden comer perdices también. Apostar por un entorno pluricultural y multidiverso debería ser nuestra meta. No concentrarnos en una única forma de creatividad, sino estar dispuestos a aceptar un contrato social (legal) que les dé cabida a todas en forma creativa, debería ser la apuesta. Imaginen un entorno en el que se reconozcan las particularidades de la industria, de una cultura libre tecnológica, de comunidades ancestrales, de comunidades académicas, de colectivos urbanos, la tuya, la mía… ¡Vaya reto el que tienen nuestros legisladores!<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-03-03 19:04:01 UTC</pubDate>
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         <author>dianaelizafb</author>
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         <pubDate>2019-03-03 19:05:14 UTC</pubDate>
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         <author>dianaelizafb</author>
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         <description><![CDATA[<div>Con la aprobación de la Ley 201 de 2012, conocida como <a href="https://colombiadigital.net/entorno-tic/sociedad-del/cifras/item/1580-legislaci%C3%B3n-inform%C3%A1tica-en-colombia-ley-lleras-y-tlc.html">Ley Lleras 2.0</a>, uno de los temas que se empieza a modificar es el de propiedad intelectual y derechos de autor en el ámbito informático. <br><br></div><div>Para comprender su dimensión en este espacio presentaré algunos de los conceptos generales que se deben tener en cuenta al momento de registrar y sobre todo de aplicar las distintas legislaciones vigentes.<br><br></div><div>La fuente general de información es la <a href="http://www.derechodeautor.gov.co/htm/preguntas.asp">Dirección Nacional de Derechos de Autor</a> - DNDA donde es posible encontrar con mayor descripción cada uno de estos apartados.<br><br></div><div><strong>¿Qué es la propiedad intelectual?</strong><br>Es una disciplina normativa que se ocupa de proteger las creaciones intelectuales y encierra los derechos de autor, la propiedad industrial y las nuevas variedades vegetales.<br><br></div><div><br><strong>¿Qué es el derecho de autor?</strong><br>Es aquel por el cual el Estado protege al creador de las obras artísticas o literarias por un tiempo determinado.<br><br></div><div> <br><strong>¿Qué obras son protegidas por el derecho de autor?</strong><br>Todas las obras literarias y artísticas que puedan reproducirse o divulgarse por cualquier forma o medio conocido, incluidos los digitales.<br><br></div><div>Podemos entender que una idea por sí sola no está protegida por el derecho de autor. Es cierto que podemos ser los primeros en “pensar” en algo, pero si no lo llevamos por lo menos al papel y lo registramos como de nuestra autoría no es posible que la legislación vigente proteja nuestra propiedad sobre la misma, por ello es importante en materia digital no solo mantener copias del avance de un desarrollo sino también hacer los registros pertinentes ante la DNDA.<br><br></div><div><br><strong>¿Quién es considerado “autor”?</strong><br>De acuerdo con la reciente Ley 201/12, autor es la “persona física que realiza la creación intelectual”.<br><br></div><div>Se debe tener en cuenta que, primero, la autoría solo se reconoce sobre un ser humano y no sobre dispositivos de ningún tipo. Por otra parte, que la creación intelectual se entiende según la DNDA como el proceso mental que implica concebir y expresar la obra. Así, no se considera autor a quien simplemente ejecuta una creación bajo órdenes de otro, es decir, el técnico que se limita a programar un videojuego siguiendo las instrucciones de un desarrollador no puede atribuirse la autoría, simplemente goza de reconocimiento por su trabajo operativo.<br><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-03-03 19:07:53 UTC</pubDate>
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         <author>dianaelizafb</author>
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         <pubDate>2019-03-03 19:09:31 UTC</pubDate>
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         <title>En abril de 2016, uno de los investigadores del proyecto coKrea, una iniciativa de Karisma para promover la co-creación de recursos educativos abiertos con profesores de básica y media, se acercó con una inquietud: “¿las restricciones de lugar, tiempo y modo de uso no son incompatibles con las licencias CC?”

Su pregunta hacía referencia a ciertas condiciones que acompañaban la licencia Creative Commons con la que se ponían a disposición del público los recursos del portal “Contenidos para aprender”, liderado por la Oficina de Innovación Educativa con Uso de Nuevas Tecnologías del Ministerio de Educación Nacional.

La respuesta era sencilla: las licencias Creative Commons son licencias estándares y, en esa medida, no pueden estar sujetas a ninguna clase de condición extra. Por otro lado, dado que fueron pensadas para entornos digitales, imaginar que se van a poder restringir sus alcances geográficos y temporales no corresponde con la realidad que plantea internet.

En varias ocasiones, la Fundación Karisma ha sido invitada por el Ministerio de Educación Nacional a participar en encuentros y reuniones, así que esta vez decidimos acercarnos para contarles nuestra preocupación por el uso que le estaban dando a las licencias CC, explicarles por qué no era correcto agregarles nuevas condiciones y compartirles algunos materiales que el capítulo colombiano de Creative Commons ha desarrollado de cara a este tipo de situaciones, por ejemplo, “cómo marcar correctamente una obra con una licencia CC”.

Así fue como Iniciamos un diálogo con las personas encargadas de administrar este portal, para que se corrigiera la información que acompaña a las licencias, permitiendo que se entienda su significado, sus condiciones propias y su alcance.

Celebramos la disponibilidad del Ministerio Educación para escuchar nuestras sugerencias y de esta manera lograr un alcance efectivo de las licencias y aportar a la circulación de contenidos educativos libres en nuestro país. Estamos atentas a la realización de un taller sobre licenciamiento abierto para las personas de la entidad que tienen como tarea gestionar, producir y recopilar contenidos educativos, para luego compartirlos con toda la ciudadanía.</title>
         <author>dianaelizafb</author>
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         <author>dianaelizafb</author>
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         <author>dianaelizafb</author>
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         <pubDate>2019-03-03 19:17:37 UTC</pubDate>
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         <author>dianaelizafb</author>
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         <title></title>
         <author>dianaelizafb</author>
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