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      <title>LEGISLACIÓN AMBIENTAL DE GUATEMALA by FERNANDO ESTEBAN TOLEDO LOPEZ</title>
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      <pubDate>2022-08-02 04:09:53 UTC</pubDate>
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         <title>Prueba</title>
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         <pubDate>2022-08-02 04:33:03 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>schaconm3</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253260461</link>
         <description><![CDATA[<div>“REGLAMENTO DE LAS DESCARGAS Y REUSO DE AGUAS RESIDUALES Y DE LA DISPOSICIÓN DE LODOS”<br><br></div><div>El Reglamento de descargas y reúso de aguas residuales entró en vigor el 12 de mayo del año 2006 con la finalidad de establecer los criterios, límites permisibles y requisitos que deben cumplirse para la descarga y reúso de aguas residuales, así como para la disposición de lodos. Lo anterior con el propósito de prevenir el impacto adverso del ambiente, mantener el equilibrio ecológico y propiciar el mejoramiento progresivo de la calidad de las aguas y así contribuir a la sostenibilidad del recurso hídrico.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-02 06:14:49 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>OBJETO. El objeto del presente Reglamento es establecer los criterios y requisitos que deben cumplirse para la descarga y reuso de aguas residuales, así como para la disposición de lodos.APLICACIÓN. El presente Reglamento debe aplicarse a: a) Los entes generadores de aguas residuales; b) Las personas que descarguen sus aguas residuales de tipo especial al alcantarillado público; c) Las personas que produzcan aguas residuales para reuso; d) Las personas que reúsen parcial o totalmente aguas residuales; y e) Las personas responsables del manejo, tratamiento y disposición final de lodos.COMPETENCIA. Compete la aplicación del presente Reglamento al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. Las Municipalidades y demás instituciones de gobierno.</title>
         <author>schaconm3</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253260889</link>
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         <pubDate>2022-08-02 06:15:53 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>PARÁMETROS PARA LODOSLODOS: Son sólidos con un contenido variable de humedad provenientes del tratamiento de aguas residuales.</title>
         <author>schaconm3</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253261502</link>
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         <pubDate>2022-08-02 06:17:29 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>OBLIGATORIEDAD. Todos los lodos producidos como consecuencia del tratamiento de aguas residuales que representen un riesgo para el ambiente y la salud y seguridad humana deben cumplir los límites máximos permisiblesAPLICACIÓN. Los lodos que se regulan en el presente Reglamento son aquéllos generados por el tratamiento de aguas residuales de tipo ordinario o especial.AGUA RESIDUAL DE TIPO ORDINARIO: Agua residual generada por las actividades domesticas del ser humano (uso de inodoros duchas, lavatorios, fregaderos lavados de ropa etc.</title>
         <author>schaconm3</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253261985</link>
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         <pubDate>2022-08-02 06:18:29 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>AGUA RESIDUAL DE TIPO ORDINARIO DE TIPO ESPECIAL: Agua residual de tipo diferente al ordinario alcantarillado pluvial, red pública de tuberías que se utilizar para recolectar y transportar las aguas de lluvia hasta su punto de vertido.</title>
         <author>schaconm3</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253262406</link>
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         <pubDate>2022-08-02 06:19:21 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Generalmente las aguas residuales contienen materia orgánica, residuos vegetales, animales, grasas entre otros elementos, también tienen materia inorgánica que puede ser solidos pequeños o grandes como telas, plásticos, químicos, arena entre otros compuestos. COMERCIALIZACIÓN. La comercialización de los lodos producidos es libre, siempre que los mismos se caractericen y se cumpla con los tratados y convenios internacionales que rijan en la materia ratificados por Guatemala.</title>
         <author>schaconm3</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253262898</link>
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         <pubDate>2022-08-02 06:20:25 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>AGUA RESIDUAL DE TIPO ORDINARIO DE TIPO ESPECIAL: Agua residual de tipo diferente al ordinario alcantarillado pluvial, red pública de tuberías que se utilizar para recolectar y transportar las aguas de lluvia hasta su punto de vertido.</title>
         <author>roxcontrerasrc</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253609992</link>
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         <pubDate>2022-08-02 18:45:55 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>El acuerdo Gubernativo 281-2015</title>
         <author>roxcontrerasrc</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253612891</link>
         <description><![CDATA[<div>Las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico.<br>&nbsp;<br>El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, le corresponde formular y ejecutar las políticas relativas en su ramo, que cumplan con la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales del país.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-02 18:53:44 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>roxcontrerasrc</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253616178</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Artículo 1.</strong> Aprobar la Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos.<br><br><strong>Artículo 2.</strong> Aprobar la Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos, será la aplicación general en todo el territorio nacional y de obligación para todas las instituciones públicas, que establezcan funciones con el tema de residuos y desechos sólidos y se puedan cumplir.<br><br><strong>Artículo 3. </strong>El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, en el ejercicio de la rectoría sectorial corresponde a ser el responsable de difundir la política nacional para promover su efectiva implementación.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-02 19:02:10 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>ACUERDO GUBERNATIVO 137-2016</title>
         <author>aramirezc42</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253710387</link>
         <description><![CDATA[<div>Apoyar: El presente reglamento contiene los lineamientos estructurados y procedimientos necesarios para apoyar el desarrollo sostenible del pais en el tema ambiental estableciendo relas para el uso de instrumentos y guias que faciliten la evaluacion control y seguimiento ambiental de los proyectos, obras industrias o actividades.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-02 23:30:29 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>PRINCIPIOS DE LA EVALUACION AMBIENTAL</title>
         <author>aramirezc42</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253714888</link>
         <description><![CDATA[<div>1.Es la mejor aproximación de la evaluación de impacto basado en lo que sabemos del ecosistema<br><br></div><div>Todas las evaluaciones de impacto tienen una complejidad, carácter estadístico y se maneja con rangos de incertidumbre.&nbsp;<br><br></div><div>2. Se debe monitorear sólo aquello que sirva para medir impacto<br><br></div><div>Cada dato que se monitorea en campo tiene un costo y una huella ambiental.<br><br></div><div>3. La evaluación de impactos debe ser cuantitativa con métodos por tipo de actividad aprobados por el regulador oficial<br><br></div><div>Los métodos de evaluación de impacto ambiental deben estar listados por el regulador oficial por tipo de actividad y sub-actividad.&nbsp;<br>&nbsp;</div><div>4. El regulador oficial es el principal responsable de la calidad de un Estudio de Impacto Ambiental<br><br></div><div>En caso un proyecto tenga un impacto no previsto en el medio ambiente, este impacto tiene responsabilidad compartida por parte del regulador oficial.&nbsp;<br><br></div><div>5. Los Estudios de Impacto Ambiental son dinámicos y de mejora continua<br><br></div><div>Antes de empezar un proyecto, los datos son escasos y la calidad de las evaluaciones son limitadas.<br><br></div><div>6. Reducir el impacto ambiental de hacer un Estudio de Impacto Ambiental<br><br></div><div>No se puede preservar la naturaleza generando un impacto ambiental mayor.&nbsp;<br><br></div><div>7. Los EIA no deben ser obstáculos para la inversión<br><br></div><div>Todo lo que hacemos genera impacto al medio ambiente, hasta bañarnos.&nbsp;<br><br></div><div>8. El personal ambiental de una empresa debe estar encargado de la gestión y planificación ambiental.<br><br></div><div>Las personas del área ambiental de empresas no deben estar limitadas a cumplir reglamentos, pedir permisos y asegurarse de no tener problemas con el regulador oficial.&nbsp;<br><br></div><div>9. La multidisciplinariedad es un mito y está en contra de la eficiencia de los EIA<br><br></div><div>Esto parte de una versión humanista del medio ambiente plasmado en documentos y en textos de una utopía ambiental.&nbsp;<br><br></div><div>10. La gestión ambiental debe nacer de cada área de una actividad<br><br></div><div>Los conceptos y datos para la evaluación de impactos al medio ambiente deben provenir de cada área en coordinación con el área medio ambiental. </div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-02 23:37:22 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>CORRESPONDE</title>
         <author>aramirezc42</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253716416</link>
         <description><![CDATA[<div>Al estado las municipalidades y los habitantes del territorio nacional propiciar el desarrollo social, economico cientifico y tecnologias que prevenga la contaminacion del medio ambiente y mantenga el equilibrio ecologico.<br><br><br>CONSIDERANDO<br><br>En la actualidad no se ajusta a la realidad nacional ni a los niveles  criticos de deterioro de los recursos naturales y del medio ambiente en general ni es suficiente obligaciones internacionales contraidas por el estado de Guatemala por lo que se hace necesario dictar las disposiciones legales correspondientes.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-02 23:40:49 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>CUERDO MINISTERIAL NÚMERO 402-2021</title>
         <author>helmutgaitan</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253754099</link>
         <description><![CDATA[<div>Es este acuerdo ministerial solo se hace la actualización del articulo 1 del&nbsp; Acuerdo Ministerial número 204-2019 de fecha seis (6) de agosto del año dos&nbsp; mil diecinueve (2019), del Ministro de Ambiente en el cual se actualiza Listado Taxativo de&nbsp; Proyectos, Obras, Industrias&nbsp; o&nbsp; Actividades, con la&nbsp; finalidad de crear&nbsp; la base técnico-descriptiva&nbsp; para&nbsp; categorizar&nbsp; los&nbsp; instrumentos&nbsp; ambientales&nbsp; predictivos&nbsp; y/o&nbsp; correctivos</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-03 00:44:44 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title> ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 402-2021</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253762755</link>
         <description><![CDATA[<div>En este acuerdo se reforma el Se reforma el Artículo 1., del Acuerdo Ministerial número 204-2019 de fecha seis (6) de agosto del año dos mil diecinueve (2019), dándose reformas al Listado Taxativo de Proyectos, Obras, Industrias o Actividades para Guatemala.<br>&nbsp;<br>&nbsp;En este se establece la nueva tabla en la cual se encuentran los valores y características que se debe de tener en cuenta para el tipo actividad<br>a la que se dedica la empresa.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-03 00:58:52 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 204-2019 y ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 402-2021</title>
         <author>helmutgaitan</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253764913</link>
         <description><![CDATA[<div>En este acuerdo se reforma el Artículo 1., del Acuerdo Ministerial número 204-2019 de fecha seis (6) de agosto del año dos mil diecinueve (2019), dándose reformas al Listado Taxativo de Proyectos, Obras, Industrias o Actividades para Guatemala.<br>&nbsp;<br>&nbsp;En este se establece la nueva tabla en la cual se encuentran los valores y características que se debe de tener en cuenta para el tipo actividad a la que se dedica la empresa.<br><br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-03 01:02:34 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Decreto Numero 68-86</title>
         <author>ftoledol</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253781694</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp;La protección y mejoramiento del medio ambiente y los recursos naturales y culturales es fundamental para el logro de un desarrollo social y económico del país.<br><br>Guatemala aceptó la declaratoria de principios de las resoluciones de la histórica conferencia de las Naciones Unidas, celebrada en Estocolmo, Suecia, en el año de 1972, y en tal virtud, debe integrarse a los programas mundiales para la protección y mejoramiento del medio ambiente y la calidad de vida.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-03 01:28:59 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>PRINCIPIOS FUNDAMENTALES</title>
         <author>ftoledol</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253784848</link>
         <description><![CDATA[<div>El Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional, propiciarán el desarrollo social, económico, científico y tecnológico que prevenga la contaminación del medio ambiente y mantenga el equilibrio ecológico.&nbsp;<br><br>&nbsp;La aplicación de esta ley y sus reglamentos compete al Organismo Ejecutivo por medio de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, cuya creación, organización, funciones y atribuciones, establece la presente ley.&nbsp;<br><br>&nbsp;Se prohibe la introducción al país, por cualquier vía, de excrementos humanos o animales, basuras domiciliarias o municipales y sus derivados, cienos o lodos cloacales, tratados o no, así como desechos tóxicos provenientes de procesos industriales, que contengan sustancias que puedan infectar, contaminar y/o degradar al medio ambiente y poner en peligro la vida y la salud de los habitantes.<br><br>La Comisión Nacional de Protección del Medio Ambiente está facultada para requerir de las personas individuales o jurídicas, toda información que conduzca a la verificación del cumplimiento de las normas prescritas por esta ley y sus reglamentos.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-03 01:33:27 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>EL MARN</title>
         <author>helmutgaitan</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253787144</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>El MARN</strong> es la entidad del sector público guatemalteco especializada en materia ambiental y de bienes y servicios naturales del Sector Público, y entre sus funciones esta en proteger los sistemas naturales que desarrollen y dan sustento a la vida ecosistemas, buscando fomentar una cultura de respeto y armonía con la naturaleza y protegiendo, preservando y racionalizando cuando sea necesario los recursos naturales.<br><br><br></div><div><br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-03 01:37:01 UTC</pubDate>
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         <title>Otros Datos importantes del MARN</title>
         <author>helmutgaitan</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253806613</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Misión</strong></div><div>Somos la institución rectora que regula la gestión ambiental y los recursos naturales con pertinencia cultural y de genero promoviendo de forma participativa el desarrollo sostenible en Guatemala.</div><div><br><strong>Visión</strong></div><div>Ser la institución que garantice la conservación, protección, mejoramiento del ambiente y fomento del desarrollo sostenible del país, bajo un enfoque de participación ciudadana.<br><br><strong>VALORES DEL MARN</strong></div><div><strong>1. TRABAJO EN EQUIPO</strong></div><div><strong>2. TRANSPARENCIA</strong></div><div><strong>3. ECO EFICIENCIA</strong></div><div><strong>4. INTEGRIDAD</strong></div><div><strong>5. MEJORAMIENTO CONTINUO:</strong></div><div><strong>6. RESPONSABILIDAD:<br></strong><br></div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-03 02:05:54 UTC</pubDate>
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         <title>OBJETIVOS</title>
         <author>ftoledol</author>
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         <description><![CDATA[<div>&nbsp;a) La protección, conservación y mejoramiento de los recursos naturales del país .<br>&nbsp;b) La prevención, regulación y control de cualesquiera de las causas o actividades que origine deterioro del medio ambiente y contaminación de los sistemas ecológicos.<br>&nbsp;c) Orientar los sistemas educativos, ambientales y culturales, hacia la formación de recursos humanos calificados en ciencias ambientales y la educación a todos los niveles para formar una conciencia ecológica en toda la población.<br>&nbsp;d) El diseño de la política ambiental y coadyuvar en la correcta ocupación del espacio.<br>&nbsp;e) La creación de toda clase de incentivos y estímulos para fomentar programas e iniciativas que se encaminen a la protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente.<br>&nbsp;f) El uso integral y manejo racional de las cuencas y sistemas hídricos.<br>&nbsp;g) La promoción de tecnología apropiada y aprovechamiento de fuentes limpias para la obtención de energía.<br>&nbsp;h) Salvar y restaurar aquellos cuerpos, de agua, que estén amenazados o en grave peligro de extinción.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-03 02:21:51 UTC</pubDate>
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         <title>OBJETIVOS</title>
         <author>ftoledol</author>
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         <description><![CDATA[<div>&nbsp;a) La protección, conservación y mejoramiento de los recursos naturales del país .<br>&nbsp;b) La prevención, regulación y control de cualesquiera de las causas o actividades que origine deterioro del medio ambiente y contaminación de los sistemas ecológicos.<br>&nbsp;c) Orientar los sistemas educativos, ambientales y culturales, hacia la formación de recursos humanos calificados en ciencias ambientales y la educación a todos los niveles para formar una conciencia ecológica en toda la población.<br>&nbsp;d) El diseño de la política ambiental y coadyuvar en la correcta ocupación del espacio.<br>&nbsp;e) La creación de toda clase de incentivos y estímulos para fomentar programas e iniciativas que se encaminen a la protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente.<br>&nbsp;f) El uso integral y manejo racional de las cuencas y sistemas hídricos.<br>&nbsp;g) La promoción de tecnología apropiada y aprovechamiento de fuentes limpias para la obtención de energía.<br>&nbsp;h) Salvar y restaurar aquellos cuerpos, de agua, que estén amenazados o en grave peligro de extinción.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-03 02:21:52 UTC</pubDate>
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         <title>OBJETIVOS</title>
         <author>ftoledol</author>
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         <description><![CDATA[<div>&nbsp;a) La protección, conservación y mejoramiento de los recursos naturales del país .<br>&nbsp;b) La prevención, regulación y control de cualesquiera de las causas o actividades que origine deterioro del medio ambiente y contaminación de los sistemas ecológicos.<br>&nbsp;c) Orientar los sistemas educativos, ambientales y culturales, hacia la formación de recursos humanos calificados en ciencias ambientales y la educación a todos los niveles para formar una conciencia ecológica en toda la población.<br>&nbsp;d) El diseño de la política ambiental y coadyuvar en la correcta ocupación del espacio.<br>&nbsp;e) La creación de toda clase de incentivos y estímulos para fomentar programas e iniciativas que se encaminen a la protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente.<br>&nbsp;f) El uso integral y manejo racional de las cuencas y sistemas hídricos.<br>&nbsp;g) La promoción de tecnología apropiada y aprovechamiento de fuentes limpias para la obtención de energía.<br>&nbsp;h) Salvar y restaurar aquellos cuerpos, de agua, que estén amenazados o en grave peligro de extinción.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-03 02:21:57 UTC</pubDate>
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         <title>OBJETIVOS</title>
         <author>ftoledol</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253824905</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp;a) La protección, conservación y mejoramiento de los recursos naturales del país .<br>&nbsp;b) La prevención, regulación y control de cualesquiera de las causas o actividades que origine deterioro del medio ambiente y contaminación de los sistemas ecológicos.<br>&nbsp;c) Orientar los sistemas educativos, ambientales y culturales, hacia la formación de recursos humanos calificados en ciencias ambientales y la educación a todos los niveles para formar una conciencia ecológica en toda la población.<br>&nbsp;d) El diseño de la política ambiental y coadyuvar en la correcta ocupación del espacio.<br>&nbsp;e) La creación de toda clase de incentivos y estímulos para fomentar programas e iniciativas que se encaminen a la protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente.<br>&nbsp;f) El uso integral y manejo racional de las cuencas y sistemas hídricos.<br>&nbsp;g) La promoción de tecnología apropiada y aprovechamiento de fuentes limpias para la obtención de energía.<br>&nbsp;h) Salvar y restaurar aquellos cuerpos, de agua, que estén amenazados o en grave peligro de extinción.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-03 02:21:58 UTC</pubDate>
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         <title>SISTEMAS Y ELEMENTOS AMBIENTALES</title>
         <author>ftoledol</author>
         <link>https://padlet.com/ftoledol/kt7t4855mepnjuuf/wish/2253835054</link>
         <description><![CDATA[<div>SISTEMA ATMOSFÉRICO<br>Para prevenir la contaminación atmosférica y mantener la calidad del aire, el Gobierno, por medio de la presente ley, emitirá los reglamentos correspondientes.<br><br>&nbsp;a) Promover el empleo de métodos adecuados para reducir las emisiones contaminantes.<br>b) Promover en el ámbito nacional e internacional las acciones necesarias para proteger la calidad de la atmósfera.<br>c) Regular las substancias contaminantes que provoquen alteraciones inconvenientes de la atmósfera&nbsp;<br><br>SISTEMA HIDRICO<br>El Gobierno velará por el mantenimiento de la cantidad del agua para el uso humano y otras actividades cuyo empleo sea indispensable&nbsp;<br><br>&nbsp;a) Evaluar la calidad de las aguas y sus posibilidades de aprovechamiento, mediante análisis periódicos sobre sus características físicas, químicas y biológicas.<br>b) Ejercer control para que el aprovechamiento y uso de las aguas no cause deterioro ambiental.<br>c) Revisar permanentemente los sistemas de disposición de agua servidas o contaminadas para que cumplan con las normas de higiene y saneamiento ambiental y fijar los requisitos.&nbsp;<br><br>SISTEMA LITICO Y EDAFICO<br>a) Los procesos capaces de producir deterioro en los sistemas lítico (o de las rocas y minerales), y edáfico (o de los suelos), que provengan de actividades industriales, mineras, petroleras, agropecuarias, pesqueras u otras.<br>b) La descarga de cualquier tipo de substancias que puedan alterar la calidad física, química o mineralógica del suelo o del subsuelo que le sean nocivas a la salud o a la vida humana, la flora, fauna y a los recursos o bienes.<br>c) La adecuada protección y explotación de los recursos minerales y combustibles fósiles, y la adopción de normas de evaluación del impacto de estas explotaciones sobre el medio ambiente.<br>d) La conservación, salinización, laterización, desertificación y aridificación del paisaje<br>&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-03 02:31:23 UTC</pubDate>
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