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      <title>MATRIZ DE ANÁLISIS DE TEORÍAS EDUCATIVAS by Jennifer Ramos</title>
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      <description>LOEI - LOES</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2021-04-22 03:07:22 UTC</pubDate>
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         <title>¿Cuál es el alcance o el nivel de aplicación de este cuerpo normativo?</title>
         <author>jennifer921624</author>
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         <description><![CDATA[<div>La Ley Orgánica de Educación Intercultural se aplica a todo el Sistema Educativo Nacional, con excepción de la educación superior, así pues, su alcance va desde el nivel inicial hasta el bachillerato. Cabe recalcar que dentro de la LOEI se incluye a todos los actores educativos, desde estudiantes hasta directivos, docentes, padres de familia, comunidad educativa, por mencionar algunos&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-08 04:42:48 UTC</pubDate>
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         <title>LOES ¿Cuál es el alcance o el nivel de aplicación de este cuerpo normativo?</title>
         <author>jennifer921624</author>
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         <description><![CDATA[<div>La Ley Orgánica de Educación Superior regula el sistema de educación superior, los organismos e instituciones que lo integran, y determina derechos, deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, estableciendo las respectivas sanciones por el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la Constitución y la presente Ley.&nbsp;<br>Tiene como objeto definir sus principios, garantizar el derecho a la educación superior de calidad que propenda a la excelencia, al acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-08 04:45:51 UTC</pubDate>
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         <title>¿Cómo se estructura la normativa?</title>
         <author>jennifer921624</author>
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         <description><![CDATA[<div>La LOEI está estructurada en diferentes títulos y capítulos, los cuáles abarcan: principios generales, derechos y obligaciones, el Sistema Nacional de Evaluación, la Educación Intercultural Bilingüe, la carrera educativa, la regulación, control, infracciones, sanciones, recursos administrativos y demás disposiciones, que permiten tener en claro la normativa que rige al sistema educativo nacional&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-08 04:50:42 UTC</pubDate>
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         <title>LOES  ¿Cómo se estructura la normativa?</title>
         <author>jennifer921624</author>
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         <description><![CDATA[<div>La LOES está estructurada por principios: Cogobierno, Autonomía, Calidad, Integridad, Pertinencia, Autodeterminación, Igualdad de oportunidades para la producción del pensamiento y conocimiento en el marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y producción científica. Contiene diferentes títulos y capítulos, los cuales contienen: artículos y disposiciones.&nbsp;<br>Título I: Ámbito, Objeto, Fines Y Principios Del Sistema De Educación Superior.&nbsp;<br>Título II: Autonomía Responsabilidades De Las Universidades Y Escuelas Politécnicas&nbsp;<br>Título III: El Gobierno&nbsp;<br>Título IV: Igualdad De Oportunidades&nbsp;<br>Título V: Calidad De La Educación Superior&nbsp;<br>Título VI: Pertinencia Título&nbsp;<br>VII: Integridad&nbsp;<br>Título VIII: Autodeterminación Para La Producción De Pensamiento Y Conocimiento&nbsp;<br>Título IX: Instituciones Y Organismos Del Sistema De Educación Superior Título X: De Los Procesos De Extinción A Las Universidades Y Escuelas Politécnicas&nbsp;<br>Título XI: De las sanciones&nbsp;<br>Disposiciones Transitorias, Disposiciones Derogatorias, Disposición Final Única</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-08 04:54:56 UTC</pubDate>
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         <title>¿Cuáles son las instituciones involucradas? ¿Cuáles son sus roles y atribuciones?</title>
         <author>jennifer921624</author>
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         <description><![CDATA[<div><em>a) En la Constitución de la República</em> De acuerdo la Constitución de la República del Ecuador, en el título VII, correspondiente al régimen del buen vivir, en la sección primera – educación, en su artículo 344 señala que el Estado ejercerá la rectoría del sistema de educación a través de la Autoridad Educativa Nacional representada en el Ministerio de Educación, quien a su vez formulará la política nacional de educación; asimismo regulará, controlará y velará por el funcionamiento de las entidades del sistema. Mientras que en el artículo 346 define que deberá existir una institución pública, con autonomía que permita llevar adelante procesos de evaluación integral interna y externa, esta será la encargada de promover la calidad de la educación. La Autoridad Educativa Nacional es el organismo encargado de vigilar los concursos de mérito y oposición para la selección de docentes al sistema educativo público. Como las principales funciones del Estado frente a la educación, este deberá garantizar la libertad de enseñanza y el derecho de las personas para aprender en su propia lengua y ámbito cultural, esto de acuerdo al artículo 29 del régimen del buen vivir de la constitución. Además, en el artículo 347 se detalla las responsabilidades del Estado frente a la educación, estás las podemos dividir de la siguiente manera: <em>·Inclusión:</em> el Estado velará por la coeducación a través de una educación para la ciudadanía, sexualidad y ambiente; también se velará para que los establecimientos educativos sean espacios democráticos. Erradicar cualquier forma de violencia y discriminación a través de una educación intercultural y bilingüe, adicional se asegurará que se incluya en los currículos de manera progresiva la enseñanza de al menos una lengua ancestral. Finalmente se garantizará que todas las personas tengan acceso a la educación pública. <em>·Técnico e infraestructura:</em> el Estado garantizará la mejorará permanente de la infraestructura física de establecimientos educativos y su equipamiento necesario, entre ellos incorporar las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) al proceso educativo. <em>·Cognitivo:</em> erradicar el analfabetismo puro, funcional y digital, a la par que ayuda a los procesos de post-alfabetización y educación permanente para personas adultas. <em>·Personal docentes:</em> velará por una remuneración justa del personal docente, capacitación constante, estabilidad laboral. También, en el artículo 348 se detalla que el Estado será el encargado de financiar económicamente de manera oportuna, regular y suficiente la educación. <em>B) Desde las Naciones Unidas</em> Los derechos humanos en su artículo 2, literal b, insta a los Estados a crear entidades que validen tanto los conocimientos formales como no formales, esto permitirá ser utilizado en el sistema de educación y en el mercado laboral. Y entre las principales funciones de este organismo, está la de exhorta a los Estados a que apliquen la Agenda 2030, que se refiere a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en especial el objetivo número cuatro que hace referencia a garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, la misma que promueva oportunidades de aprendizaje permanente para toda la población. Finalmente, de acuerdo al Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), define que todo estará regido por el Sistema Nacional de Educación, como lo determina la Constitución de Ecuador. Dentro de este Sistema Nacional de Educación se darán sesiones del Concejo Nacional de Educación, en el mismo habrá una silla vacía que será ocupada por representantes de la comunidad educativa. La LOEI también determina que existirá un Concejo Académico, este será el encargado de proponer acciones educativas que fortalezcan el sistema de educación; mientras que la Autoridad Educativa Nacional será la encargada de emitir los currículos nacionales de educación. Adicional, tenemos un Instituto Nacional de Evaluación Educativa, que es la unidad encarga de la evaluación integral, interna y externa del Sistema Nacional de Educación, y que a su vez cumple las disposiciones emitidas por Autoridad Educativa Nacional. Las funciones que desempeña el Instituto Nacional de Evaluación Educativa se basa en la construcción y aplicación de indicadores de calidad de la educación e instrumentos para su posterior evaluación; además, deberá aplicar protocolos de seguridad en el diseño de toma de pruebas y otros instrumentos que permitan garantizar la fiabilidad de los resultados de las evaluaciones del Sistema Nacional de Evaluación y, diseñar y administrar un sistema de información que permita ingresar todos los resultados obtenidos. Por otra parte, tenemos un Nivel Zonal, que, en base a un informe técnico emitido por la Dirección Distrital y previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional, será quien autorice la creación y funcionamiento de las instituciones educativas fiscales, particulares y fiscomisionales. También existe un Instituto de Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestrales es una entidad de derecho público, está adscrita al Ministerio de Educación y es parte integral del Sistema de Educación Intercultural Bilingüe, este instituto se encarga de fortalecer las políticas educativas, así como promover el uso y desarrollo de saberes, ciencias e idiomas ancestrales de los pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador, su finalidad es desarrollar la interculturalidad y plurinacionalidad. Entre las principales funciones de este instituto están las de registrar los diferentes saberes ancestrales para obtener patentes. También debe crear un banco de datos y archivos de saberes de las nacionalidades indígenas de la República del Ecuador</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-08 04:57:00 UTC</pubDate>
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         <title>LOES ¿Cuáles son las instituciones involucradas? ¿Cuáles son sus roles y atribuciones?</title>
         <author>jennifer921624</author>
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         <description><![CDATA[<div>&nbsp;| <em>a) El Consejo de Educación Superior (CES),</em> rige el sistema, tiene como misión la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior del Ecuador, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana.&nbsp; <em>b) El Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES),</em> es el organismo público técnico, con personería jurídica y patrimonio propio, con independencia administrativa, financiera y operativa que tiene a su cargo la regulación, planificación y coordinación, además de ejercer las actividades del proceso de evaluación, acreditación, clasificación académica y aseguramiento de la calidad de la educación superior. <em>&nbsp;c) El órgano rector de la política pública de educación superior SENESCYT (Secretaría Nacional de Educación superior, Ciencia y Tecnología e Innovación)</em> Incrementar y promover la investigación, la ciencia, la innovación y la transferencia tecnológica y su vinculación con el sector académico y productivo. &nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-08 04:59:03 UTC</pubDate>
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         <title>¿Cuáles son las limitaciones que podría tener esta normativa?</title>
         <author>jennifer921624</author>
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         <description><![CDATA[<div>Si nos remitimos a la coyuntura, podemos darnos cuenta que no todos los artículos son fáciles de cumplir, por un lado, está el artículo 349 de la Constitución de la República, en el que se detalla una remuneración justa a los docentes, pero esta no existe. Otro ejemplo que podemos señalar tiene que ver con las obligaciones del Estado frente a los centros educativos, espacios que deberán contar con una infraestructura adecuada y equipamiento tecnológico para un desarrollo óptimo de administrativos, docentes y estudiantes. Por otra parte, las Naciones Unidas exhorta a los Estados a que sigan haciendo todo lo posible por reforzar la protección de los centros de enseñanza preescolar, las escuelas y las universidades contra ataques, y alienta las medidas orientadas a ofrecer entornos de aprendizaje seguros, inclusivos y propicios y una educación de calidad para todos, dentro de un plazo razonable, incluida la educación superior en emergencias humanitarias y situaciones de conflicto; hecho que no ha ocurrido en el caso ecuatoriano, ya que se puede evidenciar la brecha cognitiva que atraviesan los estudiantes en este regreso a la presencialidad de clases luego de la pandemia.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-08 05:02:35 UTC</pubDate>
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         <title>LOES  ¿Cuáles son las limitaciones que podría tener esta normativa?</title>
         <author>jennifer921624</author>
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         <description><![CDATA[<div>Las limitaciones que podría tener esta ley son:&nbsp; El presupuesto asignado a la educación superior. Política de becas y la reinserción de becarios al sistema educativo en el país. Las universidades no tienen representantes dentro del CES. El costo elevado a carreras de posgrado para la preparación de los docentes universitarios, hace que la mayoría recurra a universidades extranjeras para mejorar su perfil profesional. La división de universidades de docencia, educación continua y docencia e investigación. No se puede considerar como una universidad a una entidad que no realice investigaciones. Creación de carreras acorde a la realidad del país. &nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-08 05:03:40 UTC</pubDate>
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         <title>LOEI ¿Cuál es el alcance o el nivel de aplicación de este cuerpo normativo?</title>
         <author>jennifer921624</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <title>LOEI ¿Cómo se estructura la normativa?</title>
         <author>jennifer921624</author>
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         <title>LOEI  ¿Cuáles son las instituciones involucradas? ¿Cuáles son sus roles y atribuciones?</title>
         <author>jennifer921624</author>
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         <pubDate>2022-05-08 05:11:02 UTC</pubDate>
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         <title>LOEI ¿Cuáles son las limitaciones que podría tener esta normativa?</title>
         <author>jennifer921624</author>
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