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      <title>S3/Normas de convivencia en Centros Educativos by Emersson Pablo Antonio</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-08-20 03:56:19 UTC</pubDate>
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         <title>TITULO I  /                                                                        La Comunidad Educativa /                           CAPITULO ÚNICO /                                Disposiciones Generales                     </title>
         <author>eajxupg</author>
         <link>https://padlet.com/eajxupg/knjlw2bg1a15dgkp/wish/2266008121</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>A1 - Comunidad Educativa:&nbsp; </strong>Integrada por educandos, padres de familia y personal que labora para los centros educativos, tales como los directores, educadores y el<br>personal administrativo y operativo.<br><br><strong>A2 - Objetivo:</strong> Sensibilizar a la comunidad educativa del proceso educativo, promover la relación armoniosa y pacífica entre sus miembros.<br><br><strong>A3 - Convivencia Pacifíca:</strong> Equilibrio de conductas<br>armónicas e idóneas entre los miembros que integran la comunidad educativa.<br><br><strong>A4 -&nbsp; Disciplina:</strong> Cumplimiento de las normas que regulan la convivencia pacífica y propician el ambiente adecuado para la práctica educativa.<br><br><strong>A5 - Centro Educativo: </strong>Establecimientos que administra y financia el Estado o la iniciativa privada, para ofrecer sin discriminación el servicio educacional monolingüe o bilingüe<br>a los habitantes del país.<br><br><strong>A6 - Derechos y Obligaciones:</strong> Determinación de los derechos y obligaciones de los miembros de la comunidad educativa, se debe consultar la Ley de Educación Nacional y su reglamento, el Estatuto Provisional de los Trabajadores del Estado Capítulo de Dignificación y Catalogación del Magisterio Nacional, Ley de Servicio Civil y su reglamento.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-20 04:06:29 UTC</pubDate>
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         <title>TÍTULO II /                                                               Medidas preventivas y de Seguridad en los Centros Educativos /                                        CAPÍTULO I / Medidas Preventivas                       </title>
         <author>eajxupg</author>
         <link>https://padlet.com/eajxupg/knjlw2bg1a15dgkp/wish/2266023351</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>A7 - Carné de Identificación:</strong> Educandos y personal que labora en los centros educativos, deberán portar visiblemente un carné que los identifique con sus datos generales, grado al que pertenece o puesto laboral que ocupa.<br><br><strong>A3 - Ingreso de visitantes</strong>: Las personas ajenas al centro educativo que permanezcan dentro del mismo, por algún motivo o razón, deben portar el carné de identificación<br>correspondiente de visitante o estar plenamente identificadas.<br><br><strong>A9 - Asistencia y puntualidad</strong>: Al momento de la inscripción de los educandos, las autoridades del centro educativo darán a conocer el horario de ingreso y egreso, así como los<br>horarios de recreo, para la jornada de estudio.<br><br><strong>A10 - Ingreso y egreso de los educandos:</strong> Corresponde a los directores de los centros educativos, organizar la forma correcta y ordenada del ingreso y egreso de los educandos.<br><br><strong>Importante</strong>: Para los educandos está prohibido permanecer fuera de las instalaciones en el horario establecido para el ingreso y egreso.<br><br><strong>A11 - Aviso por Ausencia: </strong>Los padres de familia deberán avisar con dos días de anticipación o a más tardar al día siguiente sobre la ausencia a clases de un educando y el motivo de la misma; en caso contrario, el director del centro educativo deberá citar a los padres de familia para establecer y justificar el motivo de la ausencia.<br><br><strong>A12 - Uso de objetos ajenos a la actividad escolar: <br></strong>Los educandos no deben portar objetos ajenos a la actividad escalar dentro del centro educativo. El uso de teléfonos celulares es eminentemente para casos de emergencia, los cuales deberán permanecer guardados por el estudiante de modo que no estén visibles, ni afecten su atención en los períodos de clases.<br><br><strong>A13 - Pertenencias</strong>: Los educandos son responsables del cuidado y control de sus pertenencias.<br><br><strong>A14 - Arreglo y presentación personal:</strong> El personal laboral y educandos del centro educativo deben presentarse con vestuario adecuado, cuidando de su apariencia personal y al<br>contexto cultural y étnico que debe prevalecer en un centro educativo, respetando las normas establecidas por la dirección.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-20 04:52:27 UTC</pubDate>
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         <title>CAPÍTULO II / Seguridad de la Comunidad Educativa</title>
         <author>eajxupg</author>
         <link>https://padlet.com/eajxupg/knjlw2bg1a15dgkp/wish/2266034848</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>A15 - Restricción de Armas:</strong> Está prohibido el ingreso a los centros educativos de cualquier artefacto u objeto creado para atacar, causar daño físico y psicológico o dañar el<br>mobiliario y las instalaciones.<br><strong><br>A16 - Materiales y sustancias prohibidas</strong>: Está prohibido el ingreso a los centros educativos de cualquier tipo de droga, estupefaciente, sustancia tóxica, bebida alcohólica, cigarros o pornografía, así como la ingesta, comercialización y uso de los mismos.<br><strong><br>A17 - Uso de medicamentos:</strong> Los padres de familia deberán presentar carta firmada con copia de la receta médica correspondiente, al director del centro educativo para informar que su hija tiene que tomar alguna medicina por prescripción médica.<br><strong><br>A18 -Puestos de venta:</strong> Las autoridades del centro educativo deben velar porque no existan ventas informales en el interior a exterior de las instalaciones.<br><br><strong>A19 - Infraestructura eficiente y segura:</strong> La dirección de cada centro educativo, debe realizar un informe sobre las deficiencias que presentan las instalaciones que vulneren la<br>seguridad de la comunidad educativa, debiéndolas presentar a la Dirección Departamental de Educación correspondiente.<br><br><strong>A20 - Calendarización de Actividades:</strong> Las Direcciones Departamentales de Educación deberán velar porque en cada jornada de cada centro educativo, a través de las autoridades de éstos últimos, se presente dentro de los primeros cinco días de iniciado el ciclo escolar, por<br>intermedio de la Supervisión Educativa respectiva.<br><br><strong>A21 - Apoyo de las Instituciones de Seguridad:</strong> Las Direcciones Departamentales de Educación del Ministerio de Educación serán responsables de solicitar a las instituciones del Estado de carácter local en materia de seguridad.<br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-20 05:51:51 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>TITULO III / Uso de Instalaciones, Equipo y Materiales / CAPITULO I / Del comportamiento dentro de las Instalaciones</title>
         <author>eajxupg</author>
         <link>https://padlet.com/eajxupg/knjlw2bg1a15dgkp/wish/2266037237</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>A22 - Generalidades:</strong> La Comunidad Educativa debe conducirse en las instalaciones del centro educativo de la siguiente manera:<br><br>a. Los educandos deben permanecer en los salones de clase asignados, durante los períodos establecidos con el acompañamiento de los educadores.<br><br>b. La comunidad educativa debe velar por la conservación de las condiciones óptimas de la infraestructura, mobiliario y equipo del centro educativo.<br><br>c. Únicamente con autorización de las autoridades del centro educativo pueden ingresar los educandos al salón destinado para los educadores, así como de cualquier otra área restringida a los mismos.<br><br>d. La permanencia de los educandos en los servicios sanitarios y/o vestidores debe ser por causa justificada o dentro de los horarios autorizados para el electo.<br><br>e. Debe prevalecer el respeto y deferencia entre los miembros de la comunidad educativa.<br><br>f. No se permite ningún tipo de manifestación de noviazgo entre los educandos o de éstos últimos con cualquier persona que pertenezca al personal laboral, así como, cualquier otro tipo de relación que atente contra los principios jurídicos tutelados por otras disposiciones legales en contra de los miembros de la Comunidad educativa.<br><br>g. No es permitido el ingreso de alimentos ni bebidas a los salones escolares que tienen esa<br>restricción.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-20 06:03:42 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>TITULO IV / Régimen Sancionador / CAPITULO I / Comisión de Disciplina</title>
         <author>eajxupg</author>
         <link>https://padlet.com/eajxupg/knjlw2bg1a15dgkp/wish/2266038572</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>A24 - Comisión de Disciplina:</strong> La Comisión de Disciplina de cada centro educativo es el ente superior en materia del régimen disciplinario y de sanción a los educandos, debiendo garantizar la justicia, la equidad el debido proceso, el derecho de defensa, respetando la integridad y dignidad de los educandos.<br><br><strong>A25 - Integración de la Comisión de Disciplina:</strong> La Comisión de Disciplina del centro educativo se integra por el director y tres educadores electos democráticamente por el claustro y<br>un padre de familia que sea propuesto por la comunidad educativa.<br><br><strong>A26 - Transgresión del orden legal:</strong> Cuando se trate de un hecho cometido por un miembro de la comunidad educativa que pueda ser constitutivo de delito o falta, establecidas por<br>normas de mayor jerarquía a la presente, las autoridades del centro educativo deberán denunciar inmediatamente a las instituciones de seguridad correspondientes para que éstas, en el ejercicio de sus funciones, se encarguen de encausar al miembro de la comunidad educativa ante los órganos jurisdiccionales creados para el efecto, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que este Acuerdo Ministerial establece.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-20 06:11:16 UTC</pubDate>
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         <title>CAPÍTULO II / Faltas y Sanciones</title>
         <author>eajxupg</author>
         <link>https://padlet.com/eajxupg/knjlw2bg1a15dgkp/wish/2266039894</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>A27 - De las faltas:</strong> Comete una falta el educando que transgreda cualquiera de los preceptos vertidos en el presente Acuerdo Ministerial.<br><br><strong>A28 - De las sanciones:</strong> Son medidas disciplinarias que se aplican al educando que comete una falta.<br><br><strong>A29 - De las faltas leves:</strong> Las faltas leves se sancionarán con una llamada de atención verbal la cual deberá quedar registrada en el expediente del educando, con notificación por escrito a los padres o encargados del mismo o a éste último en caso fuera mayor de edad, debiendo firmar de enterados la notificación.<br><br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-20 06:18:57 UTC</pubDate>
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         <title>Se consideran faltas leves las siguientes:</title>
         <author>eajxupg</author>
         <link>https://padlet.com/eajxupg/knjlw2bg1a15dgkp/wish/2266040161</link>
         <description><![CDATA[<ol><li>No utilizar el carné de identificación en la forma indicada.</li><li>Ingresar y consumir alimentos en clase o lugares prohibidos para el efecto.</li><li>Interrumpir el desarrollo normal de la clase.</li><li>Utilizar lenguaje vulgar en las conversaciones.</li><li>Utilización de objetos ajenos a la actividad escolar.</li><li>No respetar el horario establecido para el ingreso y egreso al centro educativo o periodos<br>de clase.</li><li>Organizar actividades sin previa autorización dentro del establecimiento.</li><li>Realizar ventas personales dentro del centro educativo.</li><li>No devolver firmados los avisos enviados a sus padres o falsificarlos.</li><li>Recaudar dinero o bienes sin la autorización correspondiente de las autoridades<br>educativas.</li><li>Deteriorar el ornato del centro educativo.</li><li>Incumplimiento del arreglo y presentación personal.</li><li>Comportamiento inadecuado en el uso de instalaciones, equipo y materiales del centro educativo.</li><li>Discriminar la condición física, étnica, edad, género, economía, religión, estado de gravidez o discapacidad de algún miembro de la comunidad educativa.</li><li>Manifestaciones de noviazgo.</li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2022-08-20 06:20:29 UTC</pubDate>
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