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      <title>Objetivos de Desarrollo sostenible by Alvaro_Vinueza</title>
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      <description>Hecho con dedicación y mucho esfuerzo</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2021-03-04 01:33:21 UTC</pubDate>
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         <title>Objetivos de Desarrollo Humano</title>
         <author>Alvaro_Vinueza</author>
         <link>https://padlet.com/Alvaro_Vinueza/kesh4znez1vzbpzv/wish/1268590469</link>
         <description><![CDATA[<div>Álvaro Steeven Vinueza Ibadango.<br><br><strong>Objetivo 1: Fin de la pobreza<br></strong><br></div><div>Erradicar la pobreza en todas sus formas en todo el mundo.<br><br></div><div><strong>Constitución: Derechos-Sección sexta- Hábitat y vivienda. Art. 30<br></strong><br></div><div>Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda digna y adecuada.<br><br></div><div> <br><br></div><div><strong>Objetivo 2: Hambre cero<br></strong><br></div><div>Obtener seguridad alimentaria y mejorar la nutrición.<br><br></div><div><strong>Constitución: Derechos- Sección primera- Agua y Alimentación. Art. 13<br></strong><br></div><div>Las personas y comunidades tienen derecho a acceso seguro y permanente a alimentos sanos y nutritivos.<br><br></div><div> <br><br></div><div><strong>Objetivo 3: Salud y Bienestar<br></strong><br></div><div>Garantizar la cobertura universal de salud.<br><br></div><div><strong>Constitución: Derechos- Sección séptima- Salud. Art. 32<br></strong><br></div><div>La salud es un derecho que deberá ser garantizado por el Estado cuya realización se vincula con otros derechos que sustentan el buen vivir.<br><br></div><div><strong> <br></strong><br></div><div><strong>Objetivo 4: Educación de calidad<br></strong><br></div><div>lograr una educación inclusiva y de calidad para todos.<br><br></div><div><strong>Constitución: Régimen del buen vivir- Sección primera- Educación. Art. 343<br></strong><br></div><div><strong><br></strong>El sistema nacional de educación integrará una visión intercultural acorde con la diversidad geográfica, cultural y lingüística del país, y el respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades.<br><br></div><div> <br><br></div><div><strong>Objetivo 5: Igualdad de genero<br></strong><br></div><div>Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas.<br><br></div><div><strong>Constitución: Derechos de libertad- Sección primera- Libertad. Art. 70<br></strong><br></div><div> El Estado formulará y ejecutará políticas para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres, a través del mecanismo especializado de acuerdo con la ley, e incorporará el enfoque de género en planes y programas, y brindará asistencia técnica para su obligatoria aplicación en el sector público.<br><br></div><div> <br><br></div><div><strong>Objetivo 6: Agua limpia y saneamiento<br></strong><br></div><div>Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos.<br><br></div><div><strong>Constitución: Derechos del buen vivir- Sección primera- Agua y alimentación. Art. 12<br></strong><br></div><div>El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.<br><br></div><div> <br><br></div><div><strong>Objetivo 7: Energía asequible y no contaminante<br></strong><br></div><div>Garantizar el acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna para todos.<br><br></div><div><strong>Constitución: Biodiversidad y recursos naturales -Sección séptima- Biosfera, ecología urbana y energías alternativas. Art. 413<br></strong><br></div><div>El Estado promoverá la eficiencia energética, el desarrollo y uso de prácticas y tecnologías ambientalmente limpias y sanas, así como de energías renovables, diversificadas, de bajo impacto y que no pongan en riesgo la soberanía alimentaria, el equilibrio ecológico de los ecosistemas ni el derecho al agua.<br><br></div><div> <br><br></div><div><strong>Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico<br></strong><br></div><div>Promover el crecimiento económico y sostenido y el empleo digno para todos.<br><br></div><div><strong>Constitución:  Trabajo y producción- Sección tercera- Formas de trabajo y su retribución. Art. 325<br></strong><br></div><div>El Estado garantizará el derecho al trabajo. Se reconocen todas las modalidades de trabajo, en relación de dependencia o autónomas, con inclusión de labores de auto sustento y cuidado humano; y como actores sociales productivos, a todas las trabajadoras y trabajadores.<br><br></div><div><strong>Objetivo 9: Industria, innovación e infraestructura<br></strong><br></div><div>Construir infraestructuras resilientes, promover la industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación.<br><br></div><div><strong>Constitución: Régimen de desarrollo- Capítulo primero- Principios generales. Art. 277<br></strong><br></div><div>Plantea que el Estado tiene como deberes generales para garantizar la correcta práctica del Buen Vivir, entre otros: producir bienes, crear y sostener infraestructuras y proveer servicios públicos; promover el desarrollo de las actividades y fomentar su cumplimiento a través de la implementación adecuada de las políticas públicas<br><br></div><div> <br><br></div><div><strong>Objetivo 10: Reducción de las desigualdades<br></strong><br></div><div>Reducir las desigualdades en y entre los países.<br><br></div><div><strong>Constitución: Derechos- Capítulo primero- Principios de aplicación de los derechos. Art. 11<br></strong><br></div><div>El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad.<br><br></div><div><strong>Objetivo 11: Ciudades y comunidades sostenibles<br></strong><br></div><div>Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilentes y sostenibles.<br><br></div><div><strong>Constitución:  Régimen del Buen Vivir- Sección cuarta- Hábitat y vivienda. Art. 375<br></strong><br></div><div>Elaborará, implementará y evaluará políticas, planes y programas de hábitat y de acceso universal a la vivienda, a partir de los principios de universalidad, equidad e interculturalidad, con enfoque en la gestión de riesgos.<br><br></div><div> <br><br></div><div><strong>Objetivo 12: Producción y consumo responsable<br></strong><br></div><div>Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles<br><br></div><div><strong>Constitución: Biodiversidad y recursos naturales- Sección cuarta- Recursos naturales. Art. 408<br></strong><br></div><div>El Estado garantizará que los mecanismos de producción, consumo y uso de los recursos naturales y la energía preserven y recuperen los ciclos naturales y permitan condiciones de vida con dignidad.<br><br></div><div> <br><br></div><div><strong>Objetivo 13: Acción por el clima<br></strong><br></div><div>Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos.<br><br></div><div><strong>Constitución: Derechos del buen vivir- Sección segunda- Ambiente sano Art. 14.<br></strong><br></div><div>Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.<br><br></div><div> <br><br></div><div><strong>Objetivo 14: Vida submarina<br></strong><br></div><div>Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible.<br><br></div><div><strong>Constitución: Biodiversidad y recursos naturales- Sección tercera- Patrimonio natural y ecosistemas. Art. 406<br></strong><br></div><div>El Estado regulará la conservación, manejo y uso sustentable, recuperación, y limitaciones de dominio de los ecosistemas frágiles y amenazados; entre otros, los páramos, humedales, bosques nublados, bosques tropicales secos y húmedos y manglares, ecosistemas marinos y marinos-costeros.<br><br></div><div> <br><br></div><div><strong>Objetivo 15: Vida de ecosistemas terrestres<br></strong><br></div><div>Gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de tierras y detener la perdida de biodiversidad. <br><br></div><div><strong>Constitución: Biodiversidad y recursos naturales- Sección tercera- Patrimonio natural y ecosistemas. Art. 404<br></strong><br></div><div>El patrimonio natural del Ecuador único e invaluable comprende, entre otras, las formaciones físicas, biológicas y geológicas cuyo valor comprende para muchos campos. Su gestión se sujetará a los principios y garantías consagrados en la Constitución y se llevará a cabo de acuerdo con el ordenamiento territorial y una zonificación ecológica, de acuerdo con la ley.<br><br></div><div> <br><br></div><div><strong>Objetivo 16: Paz, justicia e Instituciones solidas<br></strong><br></div><div>Promover sociedades justas pacíficas e inclusivas<br><br></div><div><strong>Constitución: Elementos Constitutivos del Estado- Capítulo primero- Principios fundamentales. Art. 3<br></strong><br></div><div>Garantizar a sus habitantes el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una sociedad democrática y libre de corrupción.<br><br></div><div><strong> <br></strong><br></div><div><strong>Objetivo 17: Alianzas para lograr los objetivos<br></strong><br></div><div>Revitalizar la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible<br><br></div><div><strong>Constitución: Relaciones Internacionales- Capítulo primero- Principios de las relaciones internacionales. Art. 416; 423<br></strong><br></div><div> Ahondar y mantener el proceso de integracional con América Latina, el Caribe y países vecinos, como espacio de acuerdos políticos y apoyo económico, logístico, social, ambiental, turístico, cultural y de apoyo mutuo; fortaleciendo la capacidad para negociar de la región y promoviendo el desarrollo de las zonas fronterizas y la libre movilidad de las personas.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-03-04 12:28:48 UTC</pubDate>
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