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      <title>Mi padlet armonioso by manoel esteban adrianzen carrion</title>
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      <pubDate>2022-12-13 01:53:11 UTC</pubDate>
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         <title> Los deberes, derechos, prohibiciones o sanciones de profesión. </title>
         <author>manoelestebanadrianzencarrion</author>
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         <pubDate>2022-12-13 01:53:59 UTC</pubDate>
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         <title>DEBERES DEL INGENIERO CON LA SOCIEDAD : En todos los aspectos de su trabajo, el ingeniero debe respetar sus obligaciones hacia el hombre y tener presente las consecuencias de la ejecución de sus trabajos sobre el entorno y sobre la vida, la salud y la propiedad de toda persona.. El Ingeniero Industrial debe: Apoyar toda medida susceptible de mejorar la cualidad y la disponibilidad de sus servicios profesionales. Siempre que el considere que los trabajos son peligrosos para la seguridad pública, comunicar a la junta directiva o a los responsables de tales trabajos. Expresar su opinión en materias referentes a la ingeniería, solamente si tal opinión está fundada en conocimientos suficientes y honestas convicciones. Favorecer las medidas de educación e información en el terreno que él practica. Tener pleno conocimiento de lo que se hace. Respetar los derechos individuales. Aplicar su enfoque basado en términos humanitarios. Tener amplios conocimientos del estudio de la conducta humana. Saber escuchar las ideas y opiniones de los demás. Ser creativo y poseer inventiva. Ser sincero y honrado. Tener buen comportamiento. Aprender a delegar funciones y responsabilidades en personas capacitadas. Crear un ambiente de trabajo positivo y saludable desde el punto de vista ético, donde se trabaje de manera productiva y prevalezcan los verdaderos valores morales.</title>
         <author>manoelestebanadrianzencarrion</author>
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         <pubDate>2022-12-13 01:58:31 UTC</pubDate>
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         <title>Obligaciones:                                                                    El Ingeniero  aportará su experiencia y conocimientos en todo cuanto pueda mejorar y corregir la normativa técnica vigente. Será correcto y veraz en su relación con las Administraciones, procediendo con eficacia y diligencia en sus gestiones y con honestidad en sus planteamientos. Deberá  denunciar  ante  la  Administración  aquellas  situaciones  o  hechos  que puedan afectar al cumplimiento de la legislación y a la ética de la profesión dentro de su competencia profesional. </title>
         <author>manoelestebanadrianzencarrion</author>
         <link>https://padlet.com/manoelestebanadrianzencarrion/kb6psb1ooiurjb0v/wish/2418589294</link>
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         <pubDate>2022-12-13 02:01:00 UTC</pubDate>
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         <title>De las relaciones con la Empresa: El Ingeniero deberá comportarse con lealtad en la empresa donde se haya incorporado, defendiendo los intereses legítimos y colaborando en su desarrollo. Deberá guardar confidencialidad sobre los asuntos profesionales de los que tenga conocimiento, ya sea directa o indirectamente, y contribuirá a promover el ordenamiento jurídico en materia de seguridad e higiene en el trabajo y también con relación a la normativa medioambiental.</title>
         <author>manoelestebanadrianzencarrion</author>
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         <pubDate>2022-12-13 02:02:18 UTC</pubDate>
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         <title>De las relaciones con proveedores y suministradores: Sin menoscabo de la discreción requerida, el Ingeniero Industrial tendrá, con los suministradores y proveedores, una relación de leal colaboración, que contribuya a aumentar la calidad del trabajo y la mejora del servicio. No aprovechará esta relación para sustituir contenidos o servicios que el cliente le haya otorgado a él directamente.</title>
         <author>manoelestebanadrianzencarrion</author>
         <link>https://padlet.com/manoelestebanadrianzencarrion/kb6psb1ooiurjb0v/wish/2418591714</link>
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         <pubDate>2022-12-13 02:04:05 UTC</pubDate>
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         <title>El secreto profesional: El Ingeniero tiene el deber y el derecho de guardar secreto profesional sobre cuantos datos e informaciones, de carácter reservado, le hayan sido confiados o haya obtenido en virtud del ejercicio de su profesión. El Ingeniero Industrial quedará liberado de dicha obligación y podrá actuar según su  propia  conciencia,  cuando  su  silencio  pueda  causar  daños  graves  e irreparables a la ciudadanía o al conjunto de la Sociedad. En todo caso podrá solicitar el amparo colegial a través de su Decano.</title>
         <author>manoelestebanadrianzencarrion</author>
         <link>https://padlet.com/manoelestebanadrianzencarrion/kb6psb1ooiurjb0v/wish/2418592710</link>
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         <pubDate>2022-12-13 02:04:44 UTC</pubDate>
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         <title>De las relaciones entre profesionales :El Ingeniero deberá contribuir lealmente, con su experiencia y conocimientos, y con las reservas que justificadamente fueren pertinentes al intercambio de información con otros profesionales, para conseguir la máxima eficiencia en el trabajo conjunto. En el ejercicio de su actividad profesional, asumirá la plena responsabilidad de los trabajos parciales y/o servicios de los diferentes miembros de su equipo, salvo las que otros profesionales asuman fehacientemente. Actuará  en  el  ámbito  de  su  competencia  profesional  e  informará  de  las situaciones, que en esta materia, pudieran ir en detrimento de la profesión y/o de la Sociedad. Mantendrá relaciones con otros profesionales desde el derecho y el deber de un respeto recíproco y tratará con objetividad las opiniones, preocupaciones o quejas de éstos. Los conflictos profesionales entre Ingenieros Industriales deberán resolverse, preferentemente, dentro del ámbito de los Colegios Oficiales de la profesión por el cauce de la mediación o el arbitraje.</title>
         <author>manoelestebanadrianzencarrion</author>
         <link>https://padlet.com/manoelestebanadrianzencarrion/kb6psb1ooiurjb0v/wish/2418595017</link>
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         <pubDate>2022-12-13 02:07:29 UTC</pubDate>
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         <title>De la propiedad intelectual e industrial: Considerando que la innovación es fundamental para el desarrollo de la profesión, es obligación de todo    Ingeniero Industrial    respetar y hacer respetar, escrupulosamente,  los  derechos  de  propiedad  industrial, y de conformidad con el derecho de obligaciones.</title>
         <author>manoelestebanadrianzencarrion</author>
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         <pubDate>2022-12-13 02:08:39 UTC</pubDate>
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         <title>Del tipo de infracciones y régimen de sanciones: En cuanto a la tipificación de las faltas, tramitación del expediente disciplinario y régimen  de  sanciones  habrá  de  estarse  a  lo  dispuesto  por  los  Estatutos particulares del Colegio Profesional, y con carácter subsidiario con lo dispuesto en los Estatutos Generales y, en todo caso a las disposiciones de la ley 30/1992, de26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el RD 1398/1993, de 4 de agosto de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.</title>
         <author>manoelestebanadrianzencarrion</author>
         <link>https://padlet.com/manoelestebanadrianzencarrion/kb6psb1ooiurjb0v/wish/2418597174</link>
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         <pubDate>2022-12-13 02:09:52 UTC</pubDate>
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