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      <title>Limites legítimos a la libertad de expresión relacionados al área de comunicaciones by Juan Diego Espinoza Miranda</title>
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      <description>Tarea Académica</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2019-09-02 01:21:19 UTC</pubDate>
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         <title>Delito de violación a la intimidad</title>
         <author>espinozamirandajuandiego</author>
         <link>https://padlet.com/espinozamirandajuandiego/k894frx8rw5h/wish/379025164</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>¿Por qué es un delito la difusión de este contenido?<br></strong>Al no contar con la autorización del protagonista o protagonistas del material, difundirlo implica una violación a la intimidad. El <strong>artículo 154</strong> del <strong>Código Penal </strong>sanciona el delito de violación a la intimidad y prevé tres supuestos<br><br><strong>* E</strong>l denominado "pack" es una término para determinado material usado muchas veces actualmente. Esto se ha llevado hasta una forma normal de comentar o hasta fuente de bromas. Sin embargo es importante rescatar que estamos ante un delito al divulgar este tipo de material y en el país está condenado por cárcel. <br><br><strong>* E</strong>l solo hecho de invadir la intimidad de otra persona ya esta previsto en el código penal, pero al divulgación de este, como el denominado "pack", conlleva un agravante que puede tener hasta 3 años de cárcel.<br><br><strong>* S</strong>in embargo, ¿es esto conocimiento de todos? Es un derecho que cualquier persona vulnerada pueda ir a denunciar el hecho y el involucrado se enfrente a lo previsto en el código penal. Si bien es cierto el uso de las redes conlleva mucha desinformación o ignorancia respecto a la privacidad en las mismas, la constitución debe velar por el correcto uso de estos como cualquier otro medio de comunicación. Como menciona la noticia: "Este artículo estuvo inicialmente pensado para televisión, radio o periódico, pero no comprendía medios digitales como Facebook, WhatsApp, Twitter u otras redes sociales. La legislación peruana no ha delimitado a qué se refiere con el término "medio de comunicación social"</div>]]></description>
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         <pubDate>2019-09-02 01:21:19 UTC</pubDate>
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         <title>Delito contra el derecho a la imagen y a la voz</title>
         <author>espinozamirandajuandiego</author>
         <link>https://padlet.com/espinozamirandajuandiego/k894frx8rw5h/wish/379025165</link>
         <description><![CDATA[<div>En abril de este mismo año, el famoso periódico "The New York Times" publicó, en su sección de caricaturas, una representación gráfica de Donald Trump y del actual primer ministro de Israel, Netanyahu. Debido a las críticas producidas por la representación de Netanyahu en forma de perro guía y de Trump como su dueño (además de la colocación de simbología religiosa judía), el diario no solo ha decidido retirar ese dibujo, sino también dejará de publicar caricaturas en su edición internacional.<br><br><strong>* R</strong>ecogiendo este caso y aterrizándolo en la constitución peruana,  se puede precisar que, a pesar de la complejidad y de lo subjetivo de las caricaturas, la representación gráfica de ambos personajes resulta un delito contra el derecho a la imagen y a la voz.<br><br><strong>* E</strong>l uso de la imagen y la voz de una persona, como se precisa en el artículo 15 del código civil, puede ocurrir sin el consentimiento de esta cuando la persona es de notoriedad social. En este caso, ambos personajes presentan cargos importantes que impliquen el interés público sobre ellos. Sin embargo, esto no puede ocurrir si se atenta contra el honor y la reputación de la persona. Por lo que la decisión del New York Times de retirar las imágenes fue debidamente procesada.<br><br><strong>* S</strong>in embargo, lo que también se desea hablar en este caso, es de la decisión del prestigioso diario por eliminar de su edición internacional las caricaturas. Hemos visto las polémicas causadas por este tipo de gráficas. Un ejemplo trágico sucedió en 2015 por el atentado contra Charlie Hedbo, debido a la intolerancia de su humor gráfico. Si bien las caricaturas pueden estar sujetas a polémicas, el poder de su imagen puede ser muy efectiva para transmitir una crítica y debe de seguir ejerciendo su papel periodístico que ha existido por muchos años.</div>]]></description>
         <enclosure url="https://elpais.com/sociedad/2019/06/11/actualidad/1560271902_318005.html" />
         <pubDate>2019-09-02 01:21:19 UTC</pubDate>
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         <title>Delito de apología</title>
         <author>espinozamirandajuandiego</author>
         <link>https://padlet.com/espinozamirandajuandiego/k894frx8rw5h/wish/379025167</link>
         <description><![CDATA[<div>En noviembre del año pasado, cerca de 90 personas fueron denunciadas por el delito de apología al terrorismo debido a sus publicaciones en internet y redes sociales ensalzando las acciones de Sendero Luminoso y sus líderes.<br><br></div><div><strong>* P</strong>odemos precisar un caso de apología al terrorismo, en el cual personas a través de las redes sociales exaltan y enaltecen un acto terrorista y a sus representantes condenados por sentencia. Por aquel mismo delito de apología al terrorismo, según informó el procurador Milko Ruiz, se encuentran procesados Alfredo Crespo, Oswaldo Esquivel y Alfredo Mego, editores del periódico marxista-leninista-maoista Amnistía General que considera a Abimael Guzmán como el más grande intelectual de la época. <br><br><strong>* A</strong>simismo el procurador, señalo que la mencionada ley ahora sanciona también la apología al terrorismo a través de medios electrónicos y digitales, como internet, con una pena de hasta 15 años.</div>]]></description>
         <enclosure url="https://gestion.pe/peru/politica/cerca-90-personas-denunciadas-apologia-terrorismo-redes-sociales-249005-noticia/" />
         <pubDate>2019-09-02 01:21:19 UTC</pubDate>
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         <title>Delito de pánico financiero</title>
         <author>espinozamirandajuandiego</author>
         <link>https://padlet.com/espinozamirandajuandiego/k894frx8rw5h/wish/379025168</link>
         <description><![CDATA[<div>En octubre del año 2014, el ex regidor provincial de Pisco, Erasmo Huamán Sante, fue acusado por haber propalado por una emisora radial que la Caja Municipal se encontraba en pérdida y, según sus representantes, esto había creado cierto desconcierto en los clientes de la entidad financiero, sin considerar que la información había sido obtenida de la Superintendencia de Banca y Seguros.<br><br><strong>* C</strong>omo podemos observar, este es un caso de delito de pánico financiero, puesto que se le acusaba al regidor de aquel entonces, de producir alarma en la población propalando noticias falsas sobre una empresa (en este caso la Caja Municipal de Pisco) que se encontraba en perdida.<br><br><strong>* F</strong>inalmente y luego de las investigaciones pertinentes, la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pisco, a cargo del Dr. Renzo Medina Chávez, decidió archivar definitivamente la denuncia por el delito contra el orden financiero, en la modalidad de pánico financiero.</div>]]></description>
         <enclosure url="https://diariocorreo.pe/peru/archivan-denuncia-por-panico-financiero-cont-10755/" />
         <pubDate>2019-09-02 01:21:19 UTC</pubDate>
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         <title>Delito contra los símbolos patrios</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/espinozamirandajuandiego/k894frx8rw5h/wish/385017923</link>
         <description><![CDATA[<div>El pasado 2 de agosto, el Ministerio Público anunció que la cadena de cines Cinemark incurrió en el delito de ultrajar al Escudo Nacional del Perú modificado en una de sus publicidades. Mediante la red social Twitter, la Fiscalía de la Nación informó que Cinemark habría aplicado este delito el pasado 28 de julio para hacer publicidad con los productos de consumo.<br><br><strong>* L</strong>a alteración que tuvo este símbolo patrio fue en los tres campos, sustituidos con figuras referentes a la cadena. Por un lado, la vicuña la remplazaron por un personaje de la película Toy Story, por otro lado, el árbol de la quina fue reemplazado por un personaje de la película Guardianes de la Galaxia, y por último la cornucopia fue cambiada por un envase de cancha regada.<br><br><strong>* D</strong>e esta forma, se esta atentando contra el uso correcto de los símbolos patrios, puesto que estos deben ser tratados con respeto. No se pueden emplear para propósitos equivocados ni deformados para fines extraños a los que fueron creados. </div>]]></description>
         <enclosure url="https://rpp.pe/lima/actualidad/cinemark-fiscalia-evalua-presunto-ultraje-al-escudo-nacional-del-peru-por-parte-de-cadena-de-cines-noticia-1212469" />
         <pubDate>2019-09-17 01:01:21 UTC</pubDate>
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