<?xml version="1.0"?>
<rss version="2.0">
   <channel>
      <title>Teoría del Delito y principos constitucionales  by Paula Montefiori</title>
      <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx</link>
      <description>¿De qué manera impacta la perspectiva de género en la teoría del delito? ¿Es posible la aplicación retroactiva de la ley penal? ¿Y la democracia? ¿Qué otros principios constitucionales, además del de legalidad se aplican? Fundamente.</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-04-11 15:52:19 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2026-02-27 21:56:14 UTC</lastBuildDate>
      <webMaster>hello@padlet.com</webMaster>
      <image>
         <url>https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/1991190916/a75e3ae2e71347aa9ddffec1c3fffce4/alberdi.png</url>
      </image>
      <item>
         <title>Impacto de la perspectiva de género y aplicación retroactiva de la ley penal.- </title>
         <author>ceciliakloster</author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2554005428</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género impacta en la teoría del delito a la hora de analizar las causales de justificación en la antijuricidad, lo cual implicó un cambio de paradigma para las mujeres víctimas de violencia. Todo esto se debe a que la violencia de género nunca debe analizarse desde un punto de justificación y siempre va a ser considerada como una agresión ilegítima. Tener en cuenta el medio empleado y la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las mujeres víctimas de violencia de cualquier tipo, y en cualquiera de sus modalidades. Comenzar a deconstruir ciertos estereotipos y prejuicios.&nbsp;<br>En relación a la aplicación retroactiva de la ley penal, no es factible ya que atenta contra el principio de legalidad y es una de las prohibiciones del mismo, porque solo debe aplicarse la ley penal a los hechos que tengan lugar después de su entrada en vigencia, salvo en el caso de la ley penal más benigna, que sería la excepción a la regla. </div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-14 02:56:58 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2554005428</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>cperezrasmussen</author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2554414867</link>
         <description><![CDATA[<div>En la teoria del delito, y teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad que padecen las mujeres en casos de violencia de genero hay planteos que deben hacerse para evitar la criminalización de las mismas. Esto no debe aplicarse solo para analizar la pena o su modalidad, deberá utilizarse también para cuestionar la tipicidad, antijuricidad y la culpabilidad, porque en realidad lo fundamental no es pedir una aplicación mas benévola del derecho penal sino lograr la igualdad ante la ley. La utilización de una perspectiva de género para examinar los casos donde existió violencia por parte del hombre es una exigencia de los tratados de derechos humanos que deben incorporar quienes juzgan, ello no debe ser una alternativa que tiene el poder judicial, sino una obligación de todos los jueces. &nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-14 10:58:52 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2554414867</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2557194441</link>
         <description><![CDATA[<div>La inclusión de la perspectiva de genero es una herramienta que impacta en todo el sistema penal, siendo en muchos casos una exigencia derivada de instrumentos de derechos humanos que forman parte del bloque de constitucionalidad federal.&nbsp;<br>La aplicación de perspectiva de género en casos de violencia no es una alternativa, sino una obligación, y lo es para lograr hacer efectivo el derecho a la igualdad y no discriminación; es una obligación constitucional y convencional para garantizar el acceso a la justicia; construyendo de ese modo una dogmática penal sensible a esa mirada de igualdad y no discriminación.<br>Este enfoque recepta el impacto diferenciado que una norma o un instrumento jurídico puede tener en varones y mujeres, e impide que, con una aplicación automática y mecánica del derecho se generen situaciones asimétricas de poder o desigualdades basadas en el género o en el sexo.&nbsp;<br><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-17 15:46:47 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2557194441</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2558445318</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp;Partiendo de la base de que dentro de la teoría del delito la construcción sistemática debe concebirse de manera abierta y elástica, es decir como un orden que puede variar en cualquier momento, la inclusión de la perspectiva de genero dentro de la teoría del delito es una exigencia derivada de los instrumentos de derechos humanos que forman parte del bloque de constitucionalidad Federal e impactará como herramienta en todo el sistema del derecho penal.</div><div>Juzgar con perspectiva de genero al decir de Laura Julieta Casas “<em>...significa hacer efectivo el derecho a la igualdad y no discriminación, y es una obligación constitucional y convencional para garantiza el acceso a la justicia..”</em></div><div>Bajo estos parámetros el instituto de la legitima defensa puede y debe integrarse de otros contenidos, puede replantearse. De no ser así se arraigarían aun más las características históricas de desigualdad de poder entre varones y mujeres y las notas propias del ciclo de violencia en la que suelen permanecer las victimas de violencias devenidas en victimarias.</div><div><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-18 11:30:34 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2558445318</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Perspectiva de Género en la Teoría del delito</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2558704128</link>
         <description><![CDATA[<div><br>La perspectiva de género impacta necesariamente en la Teoría del delito al momento de analizar las causales de justificación en la Antijuridicidad, toda vez que ésta debe ser tenida en cuenta para hacer efectivo el derecho a la igualdad y no discriminación, detectando la presencia de sesgos de género .<br>&nbsp;Es decir, tal como lo menciona Jakobs, las causas de justificación son motivos bien fundados para ejecutar un comportamiento en sí prohibido por lo que -en mi opinión- es ahi donde debe analizarse la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran inmersas las mujeres víctimas de violencia (en cualquiera de sus modalidades), para asi ofrecer una respuesta más justa y evitar una aplicación automática o acrítica de la Ley.<br>Ahora bien, no resulta factible la aplicación retroactiva de la Ley Penal, toda vez que en nuestro sistema rige como rector el Principio de Legalidad, siendo únicamente la aplicación de la Ley más beninga como excepción a la regla.<br>M. Celeste Benz</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-18 14:29:45 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2558704128</guid>
      </item>
      <item>
         <title>M. Laura Benitez Bosc</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2558795184</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género impacta, o debería impactar, conforme Tratados internacionales de DDHH y demás normativas, en todo el sistema jurídico (en líneas generales), de los cuales por supuesto, no debe estar exento el sistema penal.&nbsp;<br>La teoría del delito necesita para consumarse básicamente de acción, tipo, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad. Si a tales estratos, se los analiza desde una perspectiva de género, se estarán realmente garantizando DDHH de minorías, de mujeres en situación de vulnarabilidad, de personas de comunidades disidentes, etcétera. Analizar un caso en el que existió violencia del hombre contra una mujer o contra una femeneidad, por su condición de tal, es juzgarlo con perspectiva de género, lo que es obligación de todos los magistrados.<br>Con respecto a la aplicación retroactiva de la ley penal, tal no es posible ya que atenta contra el principio constitucional de legalidad, salvo para los casos en que se busque aplicar la ley penal más benigna, la cual constituye la excepción a esta regla.</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-18 15:27:26 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2558795184</guid>
      </item>
      <item>
         <title>IMPACTO DE LA PERSPECTIVA DE GENERO EN LA TEORÍA DEL DELITO (Betiana G. Malerba)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2558823826</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género impacta en la teoría del delito particularmente en el análisis de la antijuridicidad, ya que en aquéllos casos en los que las mujeres sufren violencia de género, y cometen un delito contra su agresor, la mirada de los jueces al momento de juzgar su conducta debe centrarse en toda la violencia sufrida por ellas (física, psíquica, económica, etc.), de manera integral, analizando siempre el contexto en su conjunto, y no la conducta aislada. Esta nueva perspectiva de la legítima defensa, en casos de violencia de género, es una obligación constitucional y convencional que tienen todos los jueces, con la finalidad de garantizar el acceso a la justicia en base a la igualdad entre el hombre y la mujer, para evitar la discriminación sufrida históricamente por cuestiones de género.-<br>En cuanto a la retroactividad de la ley penal entiendo que no es posible porque atenta contra el principio de legalidad, es decir, solo es posible castigar una infracción penal con una pena que haya sido establecida mediante una ley previamente a dicha infracción. (nulla poena sine lege previa).-</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-18 15:47:06 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2558823826</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559009400</link>
         <description><![CDATA[<div>Considero que adoptar la perspectiva de género nos reclama necesariamente modernizar las categorías del delito, sobre todo en lo que tiene que ver en las causas de justificación y a adecuar los requisitos de las eximientes.&nbsp;<br>Por otro lado, como derivación del principio de legalidad, está prohibida la aplicación retroactiva de la ley penal. </div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-18 18:03:12 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559009400</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559170750</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de Género ha generado un cambio de paradigma en todos los campos en la que se utiliza, en especial en el Derecho Penal.&nbsp;<br>En la teoría del delito ha tenido un gran impacto a la hora de analizar la antijuricidad mediante las causas de justificación, específicamente en los casos en que las mujeres cometen un delito habiendo estado inmersas en ciclos de violencia de género, los estándares del presupuesto se ven flexibilizados.&nbsp;<br>Por otro lado, también destaco que la inclusión de la temática de género forma parte de un compromiso de orden legal derivada de numerosos instrumentos que forman parte del bloque con constitucionalidad.<br>Debemos reconocer que la perspectiva de género nos ha permitido evolucionar en la en la aplicación del derecho y consecuentemente en la Teoría del delito.&nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-18 20:34:56 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559170750</guid>
      </item>
      <item>
         <title>La judicatura debe interpretar y juzgar de acuerdo a perspectiva de género. En este sentido debe adecuarse las eximentes de las causas de justificación a estos parámetros para lograr llegar a una Sentencia justa y, que no se manifieste como arbitraria e inconstitucional ya que en lo que hace a la cuestión de perspectiva de género la misma ya forma parte del bloque constitucional federal elevando este tipo de violencia a la categoría de derechos humanos. En cuanto a la retroactividad de la ley penal considero que no corresponde atento el principio de legalidad salvo la excepción a la regla de la aplicación de la ley mas benigna.-</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559213848</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-18 21:34:31 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559213848</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Teoría del Delito y principios constitucionales</title>
         <author>ignacioriosg</author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559230334</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género es un enfoque crítico que permite analizar el papel que desempeña el género en todas las esferas de la vida, incluyendo la delincuencia y el sistema de justicia penal. Desde esta perspectiva, se reconoce que las diferencias de género y las relaciones de poder entre hombres y mujeres influyen en la comisión del delito, así como en la forma en que se juzga y se sanciona.<br><br>En la teoría del delito, la perspectiva de género puede utilizarse para analizar cómo las normas culturales y sociales relacionadas con el género influyen en la comisión de delitos por parte de hombres y mujeres. Por ejemplo, se puede analizar cómo las expectativas de género pueden llevar a los hombres a cometer ciertos tipos de delitos, como la violencia doméstica, y cómo las mujeres pueden ser objeto de discriminación en la investigación y el enjuiciamiento de estos delitos.<br><br>La perspectiva de género también puede utilizarse para analizar la forma en que se juzgan y se sancionan los delitos. Por ejemplo, se puede analizar cómo las actitudes y estereotipos de género influyen en la forma en que se juzga a las víctimas y a los perpetradores de delitos sexuales. Además, se puede analizar cómo las políticas y prácticas de justicia penal pueden perpetuar las desigualdades de género.<br><br>Respecto a la aplicación retroactiva de la ley penal, en general, se considera que la aplicación retroactiva de la ley penal es contraria a los principios de seguridad jurídica y no debe aplicarse a menos que existan razones muy fuertes y justificadas&nbsp;para&nbsp;hacerlo.</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-18 22:05:35 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559230334</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Por Guillermo Denoni</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559262878</link>
         <description><![CDATA[<div>La reforma constitucional de 1994 introdujo en nuestro sistema normativo sólidos mecanismos de protección en torno a los derechos humanos. La incorporación del Art. 75 inc. 22 de la CN sentó las bases del ingreso de nuestro país al nuevo paradigma universal en materia de DD.HH. Los TT. II., convenciones y pactos dotados de jerarquía constitucional introdujeron significativos cambios dentro del derecho interno, sobre todo en materia de derecho penal. Todo persona debe gozar de la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario. Toda ley penal que resulte favorable a los derechos del individuo deben ser aplicadas en su favor incluso de forma retroactiva. No resulta suficiente, como función del Estado, la promoción de derechos y garantías; surge ineludible la responsabilidad de garantizar materialmente su protección a través de un acceso a la justicia igualitario y efectivo.&nbsp;<br>La protección integral de los derechos de las víctimas de violencia de género exigen un quiebre en la mirada y la forma de juzgar. La transversalización de la perspectiva de género exige recorrer y reformular cada rincón del sistema jurídico argentino, sobre todo dentro de la rama del derecho penal. Hoy día la judicatura penal asume un doble desafío a saber: Por un lado, ejercitar un cambio de mirada a la hora de investigar los delitos relacionados con los distintos tipos de violencia ejercidos sobre la mujer, y por otro, erradicar la utilización de prejuicios y estereotipos que llevan necesariamente, a conclusiones erróneas e injustas a la hora de juzgar. Cada uno de nosotros, sea desde el lugar que sea debemos asumir el compromiso de capacitarnos en materia de perspectiva de genero, DD. HH. y ejercicio de la labor judicial, en pos de la evolución que todos esperamos hacia una realidad mejor y distinta a que nos toca vivir en estos tiempos.</div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2025397017/ab723675180676290a902807db79ce6a/JuzgarGenero.jpeg" />
         <pubDate>2023-04-18 23:08:24 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559262878</guid>
      </item>
      <item>
         <title>TEORIA DEL DELITO Y PERSPECTIVA DE GENERO</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559390893</link>
         <description><![CDATA[<div>Considero que la perspectiva de género impacta en la teoría del delito, en cuanto a la antijuridicidad. - A la hora en que los jueces deben juzgar, deben hacerlo haciendo efectivo efectivo el derecho a la igualdad y no discriminación con respecto a las mujeres, y siendo una manera de garantizarles el acceso a la justicia, debiendo sobre todo tener en cuenta las condiciones de vulnerabilidad en la que encuentra la mujer que es víctima de violencia de género. -</div><div>En cuanto a la retroactividad de la ley penal, no sería posible por ser contrario al principio de legalidad de la ley penal, ya que debe existir una ley en sentido formal y material previa al hecho, donde se describa el delito y la pena para el mismo, salvo el caso de la ley penal más benigna que prevé la posibilidad de que si con anterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, la persona imputada de un delito se beneficiará con ello. -&nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 01:16:13 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559390893</guid>
      </item>
      <item>
         <title> ¿De qué manera impacta la perspectiva de género en la teoría del delito? ¿Es posible la aplicación retroactiva de la ley penal? Fundamente.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559925282</link>
         <description><![CDATA[<div><br>La perspectiva de género impacta de manera transversal todas las ramas del derecho, capacitarse y aplicarla, es un deber constitucional/convencional, que compromete no solo a los jueces y juezas sino a todos los agentes estatales encargados de poner en práctica los diversos instrumentos normativos vigentes. Lógicamente, tiene sus consecuencias en la teoría del delito, resultando fundamental a la hora de analizar la categoría antijuridicidad, para juzgar con mayor rigor las conductas violentas -agresiones ilegítimas- motivadas en razón del género cuando la mujer aparece como víctima; y asimismo, para analizar si la acción típica no necesariamente conlleva la antijuridicidad por cuanto aparece una causa de justificación –legitima defensa- o incluso, existen argumentos para excluir la culpabilidad, cuando la mujer aparece como victimaria. Sólo puede haber juicio de reproche si hubo libertad para decidir. Por lo tanto, en ciertos casos, no obstante desde una primer mirada la mujer puede aparecer como presunta autora de un delito, bajo la lupa de la perspectiva de género se advierte que la misma ha sido previamente víctima por parte de todo el Sistema obligado a protegerla. Desde dicha óptica se visibilizan aquellas condenas que son el resultado de perpetuar privilegios y exclusiones; que niegan las consecuencias de las diferencias en las trayectorias de las personas por su especificidad de género. Por lo demás, revelan reproches hacia las mujeres, generalmente en el cumplimiento del rol de cuidado, partiendo del estereotipo de la “víctima ideal”, junto con el estereotipo de “buena madre”. Será un proceso que trasciende la teoría del delito deconstruir los rasgos patriarcales que aún perviven en nuestra sociedad.</div><div>En cuanto la aplicación retroactiva de la Ley Penal, encontrándose clara su aplicación cuando resulta más benigna al imputado; su procedencia en los demás supuestos amerita el debate acerca de la lucha contra la impunidad vs. la garantía constitucional derecho de defensa, ambas relacionadas con la “seguridad jurídica” en el estado de derecho. Conforme se menciona en texto del presente curso, el sistema de derechos exige reciprocidad en el sistema garantista, puesto que de poco o nada vale un buen sistema de derechos si no hay vías idóneas para protegerlo o reclamarlo ante la justicia. Ahora bien, hay un espacio formado por el conjunto de principios y reglas básicas que ningún poder político constituido puede violar, limitar o suprimir. Dentro de ese núcleo se encuentran los derechos fundamentales de las personas consagrados en tratados internacionales de derechos humanos. En conclusión, excepcionalmente y en virtud de delitos de lesa humanidad, podría aplicarse retroactivamente la ley penal.&nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 09:25:39 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559925282</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Ludmila Broggi</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559994901</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género tonifica la hermenéutica de toda la teoría del delito, pero la literatura y la jurisprudencia ha prestado más atención en evitar la mirada masculina y machista en el ámbito de las causas de justificación, y en los deberes positivos basados en roles o estereotipos definidos con arreglo a&nbsp; prejuicios de género.</div><div>En relación a la posibilidad de aplicación retroactiva de la ley, la misma está vedada en materia penal de fondo, a menos que beneficie al imputado.&nbsp;</div><div><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 10:42:00 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2559994901</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Teoría del delito y principios constitucionales</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560016166</link>
         <description><![CDATA[<div>En el marco de la Perspectiva de Género, podemos decir que impacta en la teoría del delito en la calificación del tipo penal, ya que el móvil en este caso esta relacionado directamente con dicha Perspectiva. Pero no a los fines de establecerlo como causa de justificación, sino totalmente al contrario. Es necesario que la Perspectiva de Género impacte de manera transversal y de esta manera &nbsp;concientizar a la sociedad de las penas en las que también se toma en consideración una infracción a la misma. <br>La retroactividad de la ley penal solo podría ser aplicable en los supuestos de ley penal más benigna, al ser uno de los principios fundamentales del Derecho Penal. </div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 11:02:24 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560016166</guid>
      </item>
      <item>
         <title>TEORIA DEL DELITO Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560036144</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género impacta en las categorías de tipicidad y antijuridicidad de la Teoría del delito, incorporando un agravante cuando los delitos se realizan con perspectiva y como causa de justificación, en&nbsp; particular legítima defensa.<br>En relación a la irretroactividad de la ley, no se puede aplicara por ser un principio constitucional, aunque si al momento de juzgar el hecho hay una ley mas benigna, debe aplicársela, por el principio in dubio pro reo.<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 11:24:01 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560036144</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Teoría del Delito y principios constitucionales</title>
         <author>dralucianamalatesta</author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560136655</link>
         <description><![CDATA[<div><br><br></div><div>La perspectiva de género impacta en la teoria del delito de manera trascendental. Acompañando a lo expuesto por mis compañerxs y para no ser redundante, me gustaría destacar la importancia del contexto social actual, en donde la ciudadanía y operadores jurídicos debemos revisar nuestras conductas y acciones desde la transversalización de la perspectiva de género.&nbsp;<br>Esta situación se volvió fundamental, no solo por la existencia de los Tratados Internacionales de DDHH que protegen los derechos de las mujeres y disidencias, sino también desde la aplicación de la Ley Micaela con su sanción en el 2018. Es menester destacar como esta nueva realidad atraviesa conyunturalmente a la justicia, a tal punto de declarar la nulidad de juicios, para realizarlos nuevamente desde la perspectiva de género, como en el caso emblema de Lucia Perez.</div><div>Comparto lo que dicen mis compañerxs respecto a la aplicación retroactiva de la ley penal. Esta situación no podría llevarse a cabo debido a que colisionaría y atentaria con el principio de legalidad. Su excepción, tal y como han expuesto, se llevaria a cabo en situación de aplicación de la ley penal más beninga.</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 12:54:59 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560136655</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Teoría del Delito y principios constitucionales</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560155837</link>
         <description><![CDATA[<div>La teoría del delito sirve como orientador de las decisiones de los operadores judiciales para resolver las causas a través de la interpretación de las leyes penales debiéndose tener en cuenta también las normas convencionales y constitucionales y además sumar al poder punitivo la perspectiva de género entendida de una manera igualitaria y de forma respetuosa con todos los tratados internacionales de DDHH como así también con las normas convencionales.<br>Por lo tanto considero que se debe reconstruir la dogmática o el saber jurídico penal incorporando los datos de la realidad y pensar en limitar el poder punitivo con una perspectiva igualitaria o de género para evitar una justicia que de alguna manera siga respondiendo a un paradigma patriarcal.<br>En relación&nbsp; a esto y al haber tomado conocimiento sobre la Guía para la aplicación sistemática e informática del “Modelo de incorporación de la perspectiva de género en las Sentencias”, desarrollado desde la Secretaría Técnica de la Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia de la Cumbre Judicial Iberoamericana encuentro una premisa básica: "el mandato de la igualdad requiere eventualmente de quienes imparten justicia, un ejercicio de deconstrucción de la forma en que se ha interpretado y aplicado el derecho." lo que implica la transformación de la desigualdad formal y estructural, combatiendo las relaciones asimétricas de poder.<br>Como operadores judiciales debemos aplicar la teoría del delito teniendo en cuenta el derecho a la igualdad y, por tanto, comprometernos a investigaciones, acusaciones, defensas y sentencias apegadas a la constitución, a los derechos humanos y a los tratados internacionales.<br>Para lograr cambios necesarios en la mirada judicial es necesario generar un nuevo orden social que permita alcanzar resultados óptimos para la administración de justicia, analizando las necesidades de hombres y mujeres en cada uno de sus procesos para brindar una respuesta oportuna, de calidad y acorde a su dignidad respetando los derechos que se consagran en los tratados internacionales, la constitución y leyes de cada país.<br><br>En cuanto a la aplicación retroactiva de la ley penal: El principio de legalidad penal demanda que la ley sea escrita –imposibilitando la aplicación de un derecho diferente al creado por el Poder Legislativo –, estricta y cierta –exigiendo precisión en la descripción de los tipos y prohibiendo la retroactividad de las leyes que castigan conductas que se tornaron delictivas.<br>En aras de la seguridad jurídica es indispensable que la norma punitiva exista y resulte conocida, o pueda serlo antes de que ocurra la acción o la omisión&nbsp; que se pretende sancionar. La calificación de un hecho como ilícito y la fijación de sus efectos jurídicos deben ser preexistentes a la conducta del sujeto al que se considera infractor, ya que antes de que una conducta sea tipificada como delito la misma no reviste aún el carácter de ilícita para efectos penales. <br>La actividad penal del Estado se encuentra supeditada a la existencia de una ley previa a los hechos que se pretenden castigar; no siendo la aplicación retroactiva de la ley penal, salvo que sea más benigna.<br>Por lo tanto, el principio de legalidad implica más que una mera exigencia de seguridad jurídica referida a la posibilidad de conocimiento previo de los delitos y las penas, ya que supone también una garantía política de que el ciudadano no podrá ser sometido por el Estado a penas que el pueblo no admita ni tolere. <strong><em>Marianela Guaita.</em></strong><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 13:08:46 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560155837</guid>
      </item>
      <item>
         <title>T. del delito. Perspectiva de Género. Democracia. Principios.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560177351</link>
         <description><![CDATA[<div>Concebida la Teoría del delito como un sistema de filtros, la inclusión de la perspectiva de género al momento de analizar el caracter específico de la antijuridicidad, en cuyo caso su aplicación y estudio se hace necesario y obligatorio, constitucional y convencionalmente. En tanto se deben readecuar los requisitos eximentes y analizar el contexto de manera integral, atento al cambio de visión para mujeres víctimas de violencia y su especial situación de vulnerabilidad. Incluso pueden existir argumentos para excluir la culpabilidad en cuanto a su requisito de exigibilidad.<br>Trabajar con perspectiva de género también tiene que ver con el servicio de justicia en general. Que se garantice que las mujeres víctimas de violencia puedan tener acceso a respuestas de calidad, que las mismas sean integrales, multidisciplinarias, coordinadas, sistemáticas y sostenidas.<br>Al respecto de la retroactividad de la Ley penal, sabemos que no es posible su aplicación retroactiva atento debe existir una ley en sentido formal y material previa al hecho que se investiga, pero jurisprudencialmente la CSJN se ha apartado de dicho principio en los casos en los que estaban en juego delitos de Lesa humanidad. Y como excepción en aquellos casos en los que la ley sea más benigna para el imputado (art. 2 C.P.)<br>El prof. Gargarella menciona que la práctica de nuestro país y también de otros países es muy resistente a estos puentes entre democracia y Derecho Penal, pero sostiene que hay razones para afirmar que es muy importante que las cuestiones que tienen que ver con el aparato coercitivo, muy especialmente en situaciones de desigualdad, sean sujetos a algún proceso de reflexión colectiva. También entendió que muchos autores dicen que la democracia no debe ingresar en cuestiones de la llamada “esfera de lo indecidible”, cuestiones vinculadas con derechos. “Decir esto implica dejar a la sociedad fuera de toda reflexión relevante sobre lo que más importa”. Por lo que debería comenzarse a trazar puentes entre derecho penal y democracia finalizando con la hostilidad y desconfianza entre ambos.<br>Carla Tonello.-</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 13:22:53 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560177351</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Luciana Kossmann</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560333214</link>
         <description><![CDATA[<div>La Perspectiva de género impacta en todo nuestro sistema normativo, y el sistema penal no es la excepción.- Ello se debe a que es una exigencia asumida por nuestro país al firmar los tratados y pactos de D.D.H.H., que forman parte del bloque de Constitucionalidad o de aquellos que sin pertenecer al mismo, están por sobre las leyes de fondo.-&nbsp;<br>La mirada con una perspectiva de género, ya no es una opción para los actores judiciales, sino que es una obligación, a fin de poder equilibrar la balanza de desigualdad sufrida por todas las mujeres, desde antaño.-&nbsp;<br>La perspectiva de género la podemos palpar, en la mayoría de los casos, al momento de analizarse la&nbsp;antijuricidad.-</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 15:07:41 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560333214</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560383269</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género, resulta hoy de aplicación obligatoria por la magistratura, ya que nuestro país ha suscrito tratados internacionales en tal sentido -CEDAW y la Convención Belem Do Pará- a mas de las leyes internas; y asimismo se encuentran sujetos al obligatorio control de convencionalidad en tal sentido. Así, la Teoría del delito debe analizarse también teniendo en cuenta este particular enfoque que traduce una evolución de los derechos humanos en pos de mitigar una situación de desigualdad estructural histórica, ya conocida por todos.&nbsp;<br>En cuanto a la aplicación retroactiva de la ley penal, la misma no está permitida a excepción que lo sea en beneficio del imputado.&nbsp;<br>Melisa Gonzalez  Frazzi. &nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 15:43:55 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560383269</guid>
      </item>
      <item>
         <title>¿De qué manera impacta la perspectiva de género en la teoría del delito? ¿Es posible la aplicación retroactiva de la ley penal?</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560395529</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género impacta, influye, orienta y guía la teoría del delito, y sobre todo la dogmática penal, en la medida en en que existe una obligación constitucional y convencional de juzgar en base a sus principios, esto es teniendo en cuenta un enfoque integral, interdisciplinario y especial sobre la mujer vulnerada. Esto implica que por ejemplos las causas de justificación -en la categoría de antijuridicidad- deben necesariamente ser analizadas desde la perspectiva de género, lo que genera un cambio de visión para las mujeres víctimas de violencia<br>En relación a la aplicación retroactiva de la ley penal surge del principio de legalidad la prohibición de aplicarla retroactivamente. La excepción a esto se da con la aplicación de la ley mas benigna en el caso de que beneficie a la persona imputada.<br>Luciana Lucero.<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 15:53:06 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560395529</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560446307</link>
         <description><![CDATA[<div>La exigencia de un análisis con perspectiva de género se presenta a la hora de analizar conductas, juzgarlas, sancionar leyes, e interpretar realidades de la vida cotidiana. Así, impacta también en la teoría del delito a fin de evitar decisiones injustas. Implica una interpretación adecuada a la justicia material, que pretende corregir sesgos androcéntricos y se basa en el principio de no discriminación. Por ello se erige en un ajuste que&nbsp; tiene en cuenta las personas a las cuales se dirige el derecho penal, es decir a hombres y mujeres (no sólo a hombres) con sus particularidades y contextos.&nbsp;<br>Implica en cierto modo, corregir e igualar una balanza cuyas bases ya vienen definidas en clave masculina.<br>Así, existen instrumentos internacionales que parten de este posicionamiento en desventaja, y desarrollan luego postulados que tienen como fin la eliminación del mismo. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW – ley 23179) determina pautas que&nbsp;<br>pretenden nivelar las oportunidades de las mujeres en los diferentes ámbitos (social, cultural, laboral, familiar, entre otros). Por otro lado, la Convención para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (BELÉM DO PARÁ – ley 24632), establece deberes que deben cumplimentar los Estados, entre los cuales se destaca la abolición de prácticas que toleren la violencia contra la mujer (art. 7 e), la actuación con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar tal violencia (art. 7 b), el derecho de la mujer a una educación libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas basadas en conceptos de inferioridad y subordinación (art. 6 b). La igualdad es lo que intenta restablecerse con la aplicación de la perspectiva específica. Pero esta igualdad, es aquella entendida, en palabras de SABA (“Taller sobre perspectiva de género”-compendio normativo-teórico, CSJN, pág.53, 2013) como igualdad estructural o igualdad como no sometimiento, que implica que el Estado lleve adelante políticas de acción afirmativa, con la finalidad de desmantelar las situaciones que provocan el sometimiento de este grupo.<br>Es tal posicionamiento desigual el que obliga al Estado a aplicar la perspectiva de género, a fin de lograr la igualdad.<br>La irretroactividad de la ley constituye una garantía constitucional que implica que las leyes no pueden aplicarse a conductas previas a la entrada en vigor de las mismas. La ultraactividad es la excepción y opera en caso de ley penal más benigna.<br>María Paula Remedi</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 16:33:30 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560446307</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560497718</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género impacta en la teoría del delito a la hora de analizar las causales de justificación en la antijuricidad, lo cual implicó un cambio de paradigma para las mujeres víctimas de violencia. Todo esto se debe a que la violencia de género nunca debe analizarse desde un punto de justificación y siempre va a ser considerada como una agresión ilegítima.&nbsp;<br>Respecto a la aplicación retroactiva de la ley penal, en general, se considera que la aplicación retroactiva de la ley penal es contraria a los principios de seguridad jurídica .</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 17:16:05 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560497718</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560643305</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género impacta en la teoría del delito dado que, a partir de la suscripción de tratados internacionales, se torna obligatorio para la magistratura juzgar teniendola en cuenta. Considero que en muchos casos los magistrados se atienen de manera estricta al hecho puntual que constituye el delito investigado y no se realiza un examen del contexto de violencia, por ello creo que se debe juzgar de manera integral, brindando a la mujer víctima un marco de protección adecuado y aplicando efectivamente políticas de prevención. &nbsp;<br><br></div><div>Respecto de la posibilidad de la aplicación retroactiva de la ley penal, no es factible excepto que la ley que se pretenda aplicar retroactivamente sea más benigna.<br>Ma. Paula Delaygue</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 19:24:43 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560643305</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Anónimo</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560663326</link>
         <description><![CDATA[<div>En la actualidad podemos afirmar que la inclusión de la perspectiva de género es un instrumento fundamental para todo el sistema judicial, y si hablamos de fuero penal, debemos considerarlo como una obligación para poder desarrollarlo en los diferentes ámbitos, para prevenir o extinguir las diferentes desigualdades que se producen consciente o inconscientemente en cuanto a derechos fundamentales, derechos humanos ,garantías constitucionales, etc., sin distinguir entre géneros.&nbsp;<br>Su aplicación directa en los casos prácticos es tan necesaria como indispensable para poder resolver las controversias con mayor eficacia y justicia.</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 19:45:13 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560663326</guid>
      </item>
      <item>
         <title>El impacto de la perspectiva de género en la Teoría del Delito</title>
         <author>apzuchuat</author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560682380</link>
         <description><![CDATA[<div>Entiendo que analizar el impacto de la perspectiva de genero en la teoría del delito implica analizar los filtros tradicionales de la acción, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad a la luz del bloque del BCF. En este sintiendo, entiendo que la perspectiva de genero implica cambiar la vision al momento de analizar la antijuricidad y las causas de justificacion en especial, pero no solo en este momento, sino también por ejemplo al momento de analizar la conducta, al momento en que se describe la acción, debiendo dejarse de lado estereotipos de genero y roles, por ejemplo como bien se analiza en el Fallo CRISTO.<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 20:08:03 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560682380</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Teoría del Delito y principios constitucionales</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560697932</link>
         <description><![CDATA[<div>La teoría del Delito colabora con los operadores jurídicos quienes teniendo en cuenta las normas&nbsp; constituciones, las convenciones&nbsp; y las leyes penales, tiene el afán de resolver toda causa que los convoca.&nbsp; A raíz de la suscripción de las convenciones de Belem do Para (Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer) como así también la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) ha generado que quienes promueven las acciones como quienes juzgan, si amerita, deban realizarlo con una perspectiva de género. Recientemente nuestro STJ teniendo en cuenta las normativas antes mencionadas, dictaminó&nbsp; en la causa Cristo, el sobreseimiento a&nbsp; Lescano, realizando un análisis detallado&nbsp;bajo esta perspectiva.<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 20:28:44 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560697932</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Teoría del Delito y principios CN</title>
         <author>vanesabloj</author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560698257</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>¿De qué manera impacta la perspectiva de género en la teoría del delito?</strong></div><div>De conformidad a la normativa internacional y nacional en la materia (me refiero tanto con ello a la Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; como a la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer ;a la Ley Nacional n° 26.485 y a la “Ley Micaela”), entiendo que la “perspectiva de género” es un lente que debemos utilizar a la hora de aplicar las normas jurídicas y analizar cada caso concreto que se nos presenta.<br><br></div><div>La Teoría del Delito es nuestra herramienta dogmática para resolver los casos –penales–&nbsp; concretos, procurando una uniformidad en la resolución de los mismos.<br><br></div><div>En esa línea –y, debo decir, que quizás sumamente en consonancia con los planteos de Roxin respecto a cómo debe la política criminal penetrar en todas y cada una de las categorías dogmáticas–, entiendo que la “perspectiva de género” es (o debe ser) un lente con el que analicemos todas y cada una de las categorías de la Teoría del Delito a la hora de resolver un caso penal en concreto que se someta a nuestro análisis como operadores jurídicos –y más aún como funcionarios estatales, por imperativo, como ya he dicho, convencional y constitucional-.-<br><br></div><div>Con esto quiero decir que la perspectiva de género no es solamente lo que ha llevado a que se agraven determinados tipos penales (como el homicidio, o las lesiones), sino que es un lente con el que debemos analizar los casos penales –y no sólo la tipicidad–.&nbsp; En este sentido, entiendo cobra suma relevancia a la hora de evaluar la posibilidad de existencia de una causa de justificación (en algún caso en que tengamos a una mujer como sujeto activo del hecho en análisis) o para evaluar la culpabilidad e incluso –y ya por fuera de la teoría del delito- las circunstancias agravantes y/o atenuantes de una pena (agravantes, en caso de varones; atenuantes, en caso de mujeres)<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div><div><strong>¿Es posible la aplicación retroactiva de la ley penal?&nbsp;</strong></div><div>No, salvo que se trate de una ley penal “más benigna” –de conformidad a lo preceptuado por el art. 18 CN y regulado más específicamente en el art. 2 del Código de fondo-.<br><br></div><div>Se trata de un principio basal del derecho penal moderno, íntimamente vinculado a los principios liberales y sumamente innegociable en el estadío actual de la materia.&nbsp;<br><br></div><div>Ahora bien, mención aparte creo que merece la cuestión respecto a la normativa procesal, dado que en materia de delitos contra la integridad sexual (íntimamente vinculados, en muchos casos, a la cuestión “de género”) existen leyes en lo tocante a la prescripción de los mismos.<br><br></div><div>En principio, por ser materia procesal, las mismas si pueden ser aplicadas en relación a hechos cometidos con anterioridad a su vigencia; no obstante, existen también discusiones en la doctrina –sobre todo a la luz de la actual tendencia a ver el Sistema Penal de manera integral- respecto a esto.<br><br></div><div>En esa última línea, lo que se argumentaría es que si están en juego derechos del imputado debería regir –como norma– la irretroactividad (sea “procesal” o “sustantiva” la reforma legislativa en cuestión)&nbsp; -argumentación que siguen por ejemplo Ragués Vallés e incluso Jakobs-.-<br><br></div><div><strong>¿Y la democracia?&nbsp;</strong></div><div>Entiendo que de conformidad a la normativa constitucional y al bloque constitucional, la democracia es también un pilar de nuestro Estado.<br><br></div><div>Por ende, creo también que debe ser un “lente” a la luz del que se analicen y apliquen las categorías dogmáticas (en esa idea que mencione respecto a la Política Criminal penetrando en ellas; y el necesario puente que debe trazarse entre la dogmática penal y la sociedad).<br><br></div><div><strong>¿Qué otros principios constitucionales, además del de legalidad se aplican? Fundamente.</strong></div><div>Algunos de los tros principios constitucionales –que creo que a modo de “común denominador” de todos podemos mencionar los arts. 18 y 19 de nuestra Carta Magna– son: de reserva, de lesividad, de exterioridad,&nbsp; de culpabilidad.<br><br>Vanesa Bloj<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 20:29:11 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560698257</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Teoría del Delito y principos constitucionales</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560699507</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género ha impactado en la teoría del delito, y además en el dictado de las sentencias, en sus revisiones por parte de órganos de segunda instancia, -casación, Sala Penal del STJER- y además en todo estamento, no solo en el ámbito que nos compete, penal, laboral.&nbsp;<br>La irrectroactividad de la ley penal es un principio constitucional, inquebrantable, el principio de legalidad -el que manda a decir que es delito todo lo cual dice el legislador que es delito, no puede aplicarse por analogía, exigiendo así en pos de seguridad jurídica que es delito, pero no puede si hoy se modifica una figura penal aplicarse a otros casos, de manera retroactiva, sino que es desde hoy hacia el futuro. Pero creo que hoy día jueces de toda la nación están aplicando perspectiva de género. </div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 20:30:46 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560699507</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>marianocampdesune</author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560706534</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género tiene como uno de sus fines contribuir a la construcción subjetiva y social de una nueva configuración a partir de la resignificación de la historia, la sociedad, la cultura y la política desde una perspectiva inclusiva de las mujeres, lo que cotidiana mencionamos como deconstruirse. Esta perspectiva reconoce, asimismo, la diversidad de géneros y la existencia de las mujeres y los hombres, como un principio esencial en la construcción de una humanidad diversa y democrática. El derecho y la administración de justicia no pueden ser ajenos a ello. Y en consecuencia, la perspectiva de género debe ser entendida como comprensiva también del derecho en general y del derecho penal en particular. Una posible definición del derecho es que es la expresión de las relaciones sociales -de poder- de la época legitimante de ese estado de cosas, y la perspectivas de género, entre otros, es un instrumento para alcanzar la expresión democrática de justificación del poder en defensa de la dignidad humana.<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 20:41:02 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560706534</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Impacto de la Perspectiva de Género en la Teoría del Delito - Aplicación retroactiva de la Ley Penal.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560710875</link>
         <description><![CDATA[<div>La Perspectiva de Género impacta de manera transversal en la Teoría del Delito, principalmente en la calificación de los tipos penales, en la antijuridicidad y permite a su vez distintas tipos de análisis dependiendo si la mujer es víctima de un delito -en cuanto que operará como factor agravante- o imputada -como atenuante-.&nbsp;</div><div>Es de vital importancia que la perspectiva de género sea aplicada por todas las partes de un proceso penal y finalmente por quien tiene la función de juzgar ese hecho, de manera que esa sentencia pueda lograr, en cada caso en particular, la deconstrucción de la desigualdad social existente entre el hombre y la mujer y finalmente colocarlos en una misma posición de poder.&nbsp;</div><div><br></div><div>En principio no es posible la aplicación retroactiva de la ley penal porque vulneraría el principio constitucional de legalidad, pero es dable mencionar que sí está prevista en el art. 2 del código penal al considerar la ultraactividad de la ley penal más benigna, en la CADH y en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos que prevé la posibilidad de que si con anterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, la persona imputada de un delito se beneficiará con ello.&nbsp;<br>María Eugenia Guerreiro.-</div><div><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 20:47:27 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560710875</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Anonimo</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560713568</link>
         <description><![CDATA[<div>La teoria del delito afecta en el contexto de perpesctiva de genero al momento de juzgar,  siendo necesario aplicar la ley con sensibilización de género. El CEVI sostiene que el requisito de provocación para configurar la legítima defensa en casos de violencia contra las mujeres, debería ser valorado desde la perspectiva de género, con el fin de evitar la aplicación de estereotipos de género dañinos para las mujeres y que perpetúan la subordinación de las mismas. La comprensión de la violencia de género como estructural y por la cual las mujeres no deben ser responsabilizadas bajo ninguna circunstancia, permite el juzgamiento con perspectiva de género en estos casos y por lo tanto, el acceso a la justicia para las mujeres.&nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 20:51:30 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560713568</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Perspectiva de género, retroactividad de la ley penal, democracia y principios constitucionales.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560715898</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género impacta de tres maneras: 1- implica un cambio de visión obligatorio (obligación constitucional y convencional) a la hora del análisis (importa analizar con un enfoque integral e interdisciplinario) para garantizar a las mujeres el derecho a una vida sin violencia; 2) influye en la calificación del tipo penal (debemos aplicar la ley 26485);<br>3) exige adecuar los requisitos de las eximentes cuando de causas de justificación se trata, así: a) frente al requisito de la agresión ilegítima, resulta que la violencia de género nunca es legítima y va en ascenso; b) frente al requisito de la ausencia de provocación, enfoque basado en principios de género exige flexibilizar este requisito y desterrar estereotipos que antes estaban en la ley; c) en cuanto a la inminencia, hay que analizarlo distinto porque si hay violencia de género estamos frente a un delito continuo y permanente; d) en relación a la racionalidad del medio empleado, es preciso tener en cuenta la situación de vulnerabilidad de la mujer víctima.<br>Con respecto a la aplicación retroactiva de la ley penal, la regla es que no es posible, salvo ley penal más benigna (sí es aplicable).<br>Mirar la teoría del delito desde la democracia es muy importante porque exige tener en cuenta por un lado, que los derechos humanos fundamentales entre los cuales tenemos las garantías penales son contenidos que quedan afuera de la discusión democrática y, por otro lado, que es preciso apartarse de lo que puede ser "la tiranía de las mayorías".<br>En cuanto a los principios, además del de legalidad, tenemos el derecho de defensa y el doble conforme. <br><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 20:54:48 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560715898</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>madanielabartolome</author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560720864</link>
         <description><![CDATA[<div>La teoría del delito se ve influenciada por la perspectiva de género debido a que las diferentes convenciones que buscan garantizar los derechos de las personas, entre ellos el derecho a una vida sin violencia, tienen jerarquía constitucional (formando parte del Bloque de Constitución Federal) y evalúan a la situación de violencia que las mujeres han vivido sistemáticamente, a lo largo de la historia, como un factor a tener en cuenta al momento de evaluar las acciones, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad que la teoría del delito postula. Respecto de la aplicación retroactiva de la ley penal, considero que debería ser evaluada en casos específicos, como por ejemplo ha sido evaluada en los casos de lesa humanidad, pudiendo existir la posibilidad de que existan nuevas excepciones como en el caso de las situaciones que atenten contra la integridad sexual de niños, niñas y adolescentes, por ejemplo. </div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 21:02:36 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560720864</guid>
      </item>
      <item>
         <title>La perspectiva de género en la teoría del delito ha tenido un impacto significativo en el desarrollo de la jurisprudencia y en la legislación penal. En 2018, se sancionó la Ley N° 27.499 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, que reconoce la violencia de género como una forma de discriminación y establece medidas para prevenirla, sancionarla y erradicarla. Esta ley también reconoce la importancia de la perspectiva de género en la investigación, el juzgamiento y la sanción de los delitos de violencia contra las mujeres. ha permitido una mayor sensibilización y conciencia sobre las desigualdades y discriminaciones de género en el ámbito del derecho penal, lo que ha llevado a una mayor protección de los derechos de las mujeres y otras personas de género diverso. Sin embargo, aún queda mucho por hacer para seguir avanzando en esta materia y asegurar una aplicación más justa e igualitaria de la ley penal.En cuanto a la aplicación retroactiva de la ley penal, la Constitución argentina establece en su artículo 18 que &quot;ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso&quot;. Esto significa que en Argentina está prohibida la aplicación retroactiva de la ley penal, lo que implica que una persona no puede ser juzgada y condenada por un delito que no estaba previsto en la ley en el momento en que lo cometió.En cuanto a la democracia, en Argentina, los principios constitucionales que se aplican en la teoría del delito incluyen la igualdad, la libertad, la dignidad humana, el estado de derecho y la separación de poderes. Estos principios se establecen en el preámbulo de la Constitución Nacional y se desarrollan en su texto.En particular, la igualdad se encuentra protegida en el artículo 16 de la Constitución, que establece que &quot;la igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas&quot;. La libertad se encuentra protegida en el artículo 14, que reconoce el derecho a la libertad personal y a un juicio justo. La dignidad humana, por su parte, se encuentra protegida en el artículo 33, que establece que las declaraciones, derechos y garantías de la Constitución no pueden ser alterados por las leyes que reglamentan su ejercicio.El estado de derecho se encuentra protegido en el artículo 16, que establece que &quot;la ley es obligatoria para todos, aún para aquellos que no la conocen&quot;, y en el artículo 18, que establece el derecho a un juicio justo. Por último, la separación de poderes se encuentra protegida en el artículo 109, que establece la división de poderes en el ámbito nacional y en las provincias.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560723670</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 21:07:27 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560723670</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560723949</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género tiene un impacto significativo en la teoría del delito ya que busca comprender como las diferencias de género influyen en la forma en que las personas experimentan el delito, tanto como víctimas como perpetradores.&nbsp;</div><ul><li>Cabe señalar que no es posible habida cuenta que atenta contra el principio de legalidad .  Este principio establece que no puede haber delito ni pena sin una ley que los establecidos previamente, por lo expuesto las conductas solo pueden ser consideradas delito si estàn tipificadas por la ley y que las penas solo pueden ser impuestas por una autoridad judicial&nbsp;</li></ul>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 21:07:55 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560723949</guid>
      </item>
      <item>
         <title>impacto de la perspectiva de genero y aplicacion retroactivo de la ley penal</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560726584</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de genero&nbsp; implica identificar las relaciones de poder que existen entre&nbsp; los generos , que en la mayoria de los casos resulta mas favorable para el varon y discriminatorio para la mujer.&nbsp; Por lo que esto permite transformar las practicas de aplicación e interpretacion del derecho penal y actuar de una manera mas critica y global sobre el conflicto.<br><br></div><div>Por otro lado la utilizacion de la perspectiva de genero en los casos de violencia, no es una alternativa que tiene el poder judicial, sino una obligacion que surge del Bloque de Constitucionalidad Federal .<br><br></div><div>La retroactividad de la ley penal solo se podria aplicar sobre supuestos de ley penal mas benigna posterior al hecho delictivo. Siendo este uno de los principios del derecho penal.<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 21:12:36 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560726584</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Ruth Pennachini - Paraná</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560803130</link>
         <description><![CDATA[<div>Creo que en cuanto a la irretroactividad de la ley penal es claro el asunto y no da mucho lugar la debate, porque vulneraría demasiados derechos que una ley nueva se aplique a un hecho anterior, así como generaría una situación de inseguridad jurídica y avasallamiento de garantías constitucionales. En cuanto a la perspectiva de género, se ha abierto todo un nuevo campo para debatir y repensar sentencias y nuevas situaciones en las que hay que tener en cuenta la situación previa de la mujer, ya sea que se ubique en el lugar de la víctima de un delito o acusada del mismo. En el caso Cristo/Lescano, sí me pregunto, la perspectiva de género implicaba eximirla totalmente de responsabilidad penal? Si el tribunal tuvo en cuenta la perspectiva de género y no la condenó a cadena perpetua, no estaría salvado el supuesto error del MPF? En este nuevo fallo del STJ, se tuvieron en cuenta plenamente los derechos de la menor que perdió la vida? Eximir de responsabilidad total a Lescano por una cuestión de género, no vulnera los derechos de N.C.?</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-19 23:33:45 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2560803130</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Perspectiva de género</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2566308811</link>
         <description><![CDATA[<div>Al analizar la teoría del delito aplicando la perspectiva de género, ésta impacta principalmente en la antijuridicidad, en particular al tratar la legítima defensa. Es necesario que se valoren los elementos de la legítima defensa con perspectiva de género, pues de lo contrario se llegaría&nbsp; a sentencias injustas, que afianzan estereotipos de género e incumplen con la normativa internacional. Al analizar la inminencia o actualidad de la agresión sufrida por la mujer, cabe tener presente que la violencia de género se caracteriza por su continuidad, que la inminencia de una agresión es permanente, que no existen hechos violentos aislados sino una continuidad cíclica.<br>Asimismo, en cuanto a la necesidad racional del medio empleado para repeler la agresión, no se requiere proporcionalidad entre la agresión y la respuesta defensiva y debe tenerse en cuenta el contexto de violencia y las pocas herramientas con que cuenta una mujer al valorar el medio empleado, ya que no se puede pretender que la mujer se defienda con el mismo medio, ello llevaría a juzgar un hecho en contexto de género con la misma vara con la cual se juzgan otros hechos, creando injusticias y perpetuando la impunidad de la violencia contra las mujeres.<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-24 21:54:25 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2566308811</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Perspectiva de género en la Teoría del Delito</title>
         <author>noeliaprincie</author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2567927993</link>
         <description><![CDATA[<div>Teniendo como base el bloque de constitucionalidad federal, y los diversos tratados internacionales en materia de derechos humanos, a los que Argentina ha adherido, la inclusión de la perspectiva de género es una exigencia derivada de los mismos, impactando en el sistema penal como una nueva herramienta, no sólo a la hora de defender, sino de investigar, juzgar y penar a una persona, conforme el debido proceso penal.<br>Con ello se tiende a evitar situaciones de desigualdades entre hombres,  mujeres y la diversidad de géneros, constituyendo una obligación y una garantía constitucional de un acceso a justicia equitativo.<br>Es obligación del Estado Argentino, proteger y bregar por los sectores más vulnerados, permitiendo de ésta manera, que éste sector de la sociedad, se acerque a los efectores de justicia y a los demás organismos estatales.</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-25 23:59:38 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2567927993</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2568193225</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género impacta en la teoría del delito, en la medida de que genera un cambio radical a la hora de juzgar, debiendo realizar un analisis de posibles situaciones de desigualdad, teniendo fundamental impacto en la antijuridicidad, en virtud de las causales de justificación como l legitima defensa, en miras a los diferentes estadios de la sociedad, influyendo en la correcta aplicación de la ley penal, evitando que sean vulnerados, los Tratados, Derechos y Garantias que conforman en Bloque de Constitucionalidad Federal - art 75 inc 22 C.N-, siendo esto de vital importancia para todo operador juridico. Juzgar con perspectiva de género es hacer efectivo el Derecho a la Igualdad y a la no discriminación, evitando generar situaciones de desventajas en base al género o sexo, como aquellos casos donde la mujer es victima de violencia, manifestada en cualquiera de sus formas, en función de determinar&nbsp; muchas veces una atenuante, situación que conlleva a un cambio radical en la aplicación de la pena.<br>Respecto a la retroactividad de la ley penal. en nuestro sistema rige el principio de legalidad, no permitiendo la retroactividad de la ley, siendo excepción la aplicación de ley penal más benigna al imputado.-</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-04-26 03:46:13 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2568193225</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Creo que uno de los puntos en donde más impacta la perspectiva de genero en la Teoría de delito, no siendo la única, pero si hoy una de las más relevantes es en las causas de justificación y antijuricidad, atento que con las nuevas pautas y bases establecidas en miras a la protección de mujeres en situacion de vulnerabildiad han cambiado el paradigma en imputaciones, e incluso hasta se ha visto reflejado en importantes fallos donde se enforca desde otra mirad a la muejr victima de violencia, que podría encontrarse en algunos casos hasta como victimaria. Ello nos lleva a reconstruir desde otra pespectiva más integral evalunado claramente los elementos de la teoría del delito pero desde una optima y no automatica o sistematizada, sin que ello afecte de ninguna manera el principio de legaliad, cuando en verdad se constaten la existencia de elementos que justifiquen en su caso la aplicación de alguna causal.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2573867309</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-05-01 15:32:52 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2573867309</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Entiendo que la perspectiva de genero nos trae un cambio de paradigma en la actual realidad, en la que a la estructura técnica que denominamos teoria del delito, deben por obligación constitucional y supranacional, re adecuarse cada una de dichas categorías y ampliarse a lo que esa perspectiva nos viene a mostrar e implica para los jueces una gran labor a la hora de valorar las pruebas y hacer sus razonamientos, la sana critica tambièn se abre para incoporar consideraciones que antes no se tenian en cuenta, hay mucho para cuestionar en cada razonamiento y lograr una sentencia que sea acorde a la situaciòn. Y por otro lado, si tomamos al derecho como un sistema de comunicaciòn, cada fallo emite un mensaje que traduce lo que ya no se tolera socialmente, o teniendose en cuenta el contexto en el que se dan las situaciones, nos hace saber que hoy hay situaciones que merecen un permiso del derecho y la no aplicaciòn de una pena. La sana critica se expande y la valoraciòn de la prueba se realiza con otros lentes que miran mas hacia la equidad que la legalidad puramente formal.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2574256990</link>
         <description><![CDATA[<div>La aplicación de la retroactividad de la ley penal esta prevista por excepción, solamente cuando es en beneficio del reo, entiendo que ello no ha cambiado, mas bien, tendrìamos que verlo en un caso particular.<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-05-01 22:13:45 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2574256990</guid>
      </item>
      <item>
         <title>La perspectiva de género... el nuevo paradigma. A. Gisela Boladeres.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2580904612</link>
         <description><![CDATA[<div>El impacto de la perspectiva de género en la Teoría del delito, como nuevo paradigma a la hora de plantear o resolver los delitos que surgen, viene a imponer un nuevo paradigma en los casos de mujeres víctimas de violencia de género.<br>Fundamentándose en los Tratados Internacionales que Argentina ha incorporado al respecto, y teniendo en cuenta que la violencia siempre debe tomarse como una agresión ilegítima y que la perspectiva de género debe tomarse en cuenta al momento de evaluar el tipo penal afectado.<br>En cuanto al impacto en la Teoría del delito en casos de violencia de género deben tenerse en cuenta, cuando deban analizarse los elementos que la componen (tipicidad, antijuricidad y la culpabilidad) y&nbsp; la aplicación de la pena.&nbsp;<br>La aplicación del Principio de retroactividad de la Ley Penal entra en pugna con el Principio de Legalidad, ya que debe aplicarse la ley penal a los hechos ocurridos despues de su entrada en vigencia, aunque al aplicarse el la ley Penal mas beninga, como excepción a la regla.<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-05-07 15:31:00 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2580904612</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Teoria del delito y principios constitucionales</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2638757659</link>
         <description><![CDATA[<div>La perspectiva de género impacta sobre la sociedad, las ramas del derecho, las instituciones y la teoría de la pena. Es un deber que impone el respeto a la Constitución nacional y los tratados internacionales y las leyes, lo cual debe tenerse en cuanta a la hora de juzgar. Considero que la retroactividad de la ley penal forma parte de una garantía que como estado de derecho no podemos vulnerar.</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-05 11:50:58 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/paulamontefiori/jzjm6h851a90sokx/wish/2638757659</guid>
      </item>
   </channel>
</rss>
