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      <title>💬 Práctica Aplicada - Foro Netchat - Convenios para evitar la doble imposición by ADEN - Transformación</title>
      <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3</link>
      <description></description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-02-16 18:07:35 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2026-04-18 21:43:02 UTC</lastBuildDate>
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         <title>Nadia, Torres</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2490448558</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Hola.<br><br></div><div><br>Una persona puede ser considerada como <strong><em>residente fiscal en dos países</em></strong> cuando las leyes de los estados determinan que deben gravar su actividad. Dicho conflicto podría tener resolución cuando existe <strong>entre los países convenio de doble tributación. </strong>Según el Modelo de la OCDE existe criterio que se denominan <strong>reglas de desempate</strong> para poder analizar cómo aplicar los criterios para gravar dicha renta y definir cuál es la residencia.&nbsp;<br><br></div><div><br>Las reglas de desempate son las siguientes, según el modelo OCDE:<br><br></div><ol><li>Se la considerará residente exclusivamente del Estado donde tenga una vivienda a su disposición.</li><li>Si tuviera una vivienda permanente a su disposición en ambos estados, se la considerara residente exclusivamente del Estado con el que mantenga relaciones personales y económicas más estrechas.</li><li>Si no pudiera determinarse el Estado en el que dicha persona tiene el centro de sus intereses vitales o si no tuviera una vivienda permanente a su disposición en ninguno de los estados, se la considerara residente exclusivamente del Estado donde viva habitualmente.</li><li>Si viviera habitualmente en los dos Estados o no lo hiciera en ninguno de ellos, se la considerara residente exclusivamente del Estado del que sea nacional.</li><li>Si fuera nacional de ambos estados o no lo fuera de ninguno de ellos, las autoridades competentes de los estados contratantes resolverán el caso mediante acuerdo amistoso. Los países de mutuo acuerdo indican o determinaran la residencia aplicable.</li></ol><div><br>Por ejemplo, un nacional/sujeto fiscal del Estado 1 que es trasladado a cumplir labores ejecutivas y gravadas en el Estado 2 por cierto tiempo que supera el limite para ser considerado sujeto fiscal en el Estado 2, en este caso podría ser considerado residente fiscal de ambos países.<br><br></div><div><br>Saludos.<br><br></div><div><br>Nadia&nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-22 00:59:13 UTC</pubDate>
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         <title>Jeronimo Shantal, Morsucci</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2490448882</link>
         <description><![CDATA[<div><br>La doble residencia fiscal se puede dar cuando una persona humana o jurídica reside en dos países limítrofes que, por su cercanía, lo pude hacer la misma cantidad de tiempo en uno y otro país (Ej. Mendoza, Arg y Santiago de Chile)<br><br></div><div><br>Los conceptos de residencia se establecen en las legislaciones tributarias de cada país.&nbsp; Se pueden establecer reglas de desempate para determinar el país que debe recibir el impuesto a la renta en casos de conflicto de residencia fiscal.&nbsp; El modelo de Convenio de la OCDE establece los criterios de desempate en su art. 4 que sirven de guía a los fines de determinar cuál es el País que debería percibir el tributo.&nbsp; En otros casos estos criterios pueden estar establecidos en los convenios específicos entre países.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-22 00:59:38 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Maria Patricia, Vergara Arias</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2490449179</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Hola a todos:<br><br></div><div><br>Adjunto mi respuesta.<br><br></div><div><br>Los casos de doble residencia se producen cuando existe un sujeto pasivo, que bajo la legislación de un país contratante, considerando como residente fiscal en el mismo y a la vez, es residente fiscal en otro país contratante. Entonces, la doble residencia puede darse en el país de residencia y en el país fuente, o entre dos países de residencia.<br><br></div><div><br>Para evitar la doble imposición a causa de la doble residencia, el convenio de la OCDE establece que puede cuando el país fuente ha gravado las rentas de un sujeto pasivo, el estado de residencia debe evitar la doble imposición, utilizando los siguientes métodos:<br><br></div><div><br>Método de exención: las rentas o el patrimonio gravables en el Estado de la fuente están exentos en el Estado de residencia, pero pueden tomarse en cuenta para determinar los impuestos a las demás rentas o patrimonio del sujeto pasivo.<br><br></div><div><br>"Método de imputación o de crédito: las rentas o el patrimonio gravables en el Estado de la fuente o de situación también están sujetas a imposición en el Estado de residencia, pero el impuesto soportado en el Estado de la fuente o de situación se deducirá del impuesto aplicado por el Estado de residencia respecto de tales rentas o patrimonio."</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-22 01:00:05 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Alejandro, Araya</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2490449588</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Buenos dias.&nbsp;<br><br></div><div><br>Respecto a la doble residencia, primero debemos señalar que se trata de uno de los pilares de la fiscalidad internacional y cuando se habla de los convedios de Doble Imposición (DI), resulta que nos remitimos a los modelos del Convenio ONU y Convenio OCDE.&nbsp; Realmente lo que debemos de guardar conceptualmente de interés, es precisamente respecto a: a) Ambito de Aplicación; b) Para la resolución de casos en donde se produzca una DI como consecuencia de una doble residencia y por último c) para resolver casos de DI, donde resulta del gravamen del Estado de residencia y/o frente al del Estado de la Fuente o de situación.&nbsp; Tal y como hemos visto, se presenta cuando hay conflicto entre una misma renta y dos residencias, o entre la controversia entre la residencia y la fuente o de situacion, siendo que en ambos casos los dos Estados tienen interés en reclamar la residencia de una misma persona o empresa a efectos de poder gravar la renta.&nbsp; Como ejemplo el caso del socio miembro de una empresa que reside en un país o Estado contratante respecto a rendimientos objetivos por la empresa que tiene residencia en el otro Estado contratante.<br><br></div><div><br>El MC OCDE cuenta con un articulado robusto que finalmente se ha desarrollado con la finalidad de convertirse en un recurso para que las personas físicas y empresas en su condición de personas jurídicas, no vean sus rentas obligadas al pago de una doble tributación.&nbsp; Es porque se han desarrollado clausulas de no discriminación, que no exponga a uno u otro estado contratante. También las clausulas (LOB) o cláusulas antiabuso, respecto a ventajas según convenio a entidades por sus ciertas características, cuando lo que se pretende es que finalmente es que exista una verdadera correlación entre la empresa y el Estado de residencia, para el sometimiento fiscal. Además el modelo propone un método de excensión o un método de crédito fiscal, donde la aplicación de uno u otro depende del convenio o negociación entre países.&nbsp;<br><br></div><div><br>En cuanto a las reglas de desempate, sirven para determinar cual de dos paises debe gravar a un individuo, esto en caso de que dos países consideran que deben gravar a una misma persona.&nbsp;<br><br></div><div><br>Se habla de reglas de desempate utilizando conceptos de:<br><br></div><div><br>-concepto de residencia depende de las normas de cada país. En caso de conflicto entre dos países se aplica el convenio con reglas como:<br><br></div><div><br>&nbsp; &nbsp;-nacionalidad<br><br></div><div><br>&nbsp; &nbsp;-vivienda (permanente)<br><br></div><div><br>&nbsp; &nbsp;-familia<br><br></div><div><br>&nbsp; &nbsp;-actividad patrimonial&nbsp;<br><br></div><div><br>&nbsp; &nbsp;-domicilio de la PJ<br><br></div><div><br>&nbsp; &nbsp;-EP</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-22 01:00:33 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>MARIA CLARA, GONZALEZ</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2490449989</link>
         <description><![CDATA[<div><br>La consideración de una persona como&nbsp; residente (en términos fiscales), depende exclusivamente de las legislaciones internas de los estados, lo que provoca que una persona pueda ser considerada residente en dos estados al mismo tiempo y por lo tanto se vea sometida a una doble tributación (Ejemplo una persona que reside en un estado y realiza actividades de trabajo en otro, puede ser considerada residente en ambos estados)&nbsp; También en virtud de la consideración de cada estado respecto del año fiscal puede producirse esta doble residencia y por lo tanto doble imposición. (por ejemplo una persona que se encuentra en un estado del 1 de enero al 31 de marzo, período fiscal en la legislación interna de un estado X y luego pasa a otro estado&nbsp; en el que permanece por el término de 183 dias, plazo por el cual también este estado la considera residente)<br><br></div><div><br>De allí, es que los CDI, son tratados o acuerdos firmados entre ambos estados&nbsp; que vienen a sanear esta situación, para aminorar o eliminar esa doble imposición, facilitando que la persona pueda recibir rentas en cualquier estado y no deba preocuparse por pagar doble.<br><br></div><div><br>Las reglas de desempate, se incluyen en los tratados para determinar cómo debe ser la tributación en los casos de empate, es decir, en que ambos estados contratantes consideren residente a la persona. Así, de acuerdo con a las reglas de desempate, el Estado de residencia gravará la inducción sobre la renta mundial (al tiempo permitiendo el crédito fiscal), y el Estado de la fuente gravará solo por las rentas provenientes de ese estado; para evitar la doble imposición. Para funcionar, estas reglas tendrán presentes ciertos criterios para determinar la residencia:<br><br></div><ul><li>Se considerará&nbsp; en donde se encuentre la vivienda permanente, y de tenerla en ambos, se evalúa el&nbsp; centro de interés vital;</li><li>Si no tuviera vivienda permanente ni centro de interés vital, se considerará residente&nbsp; del Estado en donde viviera habitualmente</li><li>Si no viviera habitualmente en ninguno de los estados o lo hiciera en ambos, se considerará nacionalidad</li><li>y si fuera nacional de ambos, o de ninguno, entonces deberán llegar los estados a un acuerdo por procedimiento amistoso.</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-22 01:01:04 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>MARIA CLARA, GONZALEZ</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2490451724</link>
         <description><![CDATA[<div><br>La consideración de una persona como&nbsp; residente (en términos fiscales), depende exclusivamente de las legislaciones internas de los estados, lo que provoca que una persona pueda ser considerada residente en dos estados al mismo tiempo y por lo tanto se vea sometida a una doble tributación (Ejemplo una persona que reside en un estado y realiza actividades de trabajo en otro, puede ser considerada residente en ambos estados)&nbsp; También en virtud de la consideración de cada estado respecto del año fiscal puede producirse esta doble residencia y por lo tanto doble imposición. (por ejemplo una persona que se encuentra en un estado del 1 de enero al 31 de marzo, período fiscal en la legislación interna de un estado X y luego pasa a otro estado&nbsp; en el que permanece por el término de 183 dias, plazo por el cual también este estado la considera residente)<br><br></div><div><br>De allí, es que los CDI, son tratados o acuerdos firmados entre ambos estados&nbsp; que vienen a sanear esta situación, para aminorar o eliminar esa doble imposición, facilitando que la persona pueda recibir rentas en cualquier estado y no deba preocuparse por pagar doble.<br><br></div><div><br>Las reglas de desempate, se incluyen en los tratados para determinar cómo debe ser la tributación en los casos de empate, es decir, en que ambos estados contratantes consideren residente a la persona. Así, de acuerdo con a las reglas de desempate, el Estado de residencia gravará la inducción sobre la renta mundial (al tiempo permitiendo el crédito fiscal), y el Estado de la fuente gravará solo por las rentas provenientes de ese estado; para evitar la doble imposición. Para funcionar, estas reglas tendrán presentes ciertos criterios para determinar la residencia:<br><br></div><ul><li>Se considerará&nbsp; en donde se encuentre la vivienda permanente, y de tenerla en ambos, se evalúa el&nbsp; centro de interés vital;</li><li>Si no tuviera vivienda permanente ni centro de interés vital, se considerará residente&nbsp; del Estado en donde viviera habitualmente</li><li>Si no viviera habitualmente en ninguno de los estados o lo hiciera en ambos, se considerará nacionalidad</li><li>y si fuera nacional de ambos, o de ninguno, entonces deberán llegar los estados a un acuerdo por procedimiento amistoso.</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-22 01:03:02 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2490451724</guid>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2610903331</link>
         <description><![CDATA[<div>La doble residencia puede darse cuando una persona reside en un estado y trabaja en otro, permaneciendo cierta cantidad de días en su país de trabajo. Las reglas de desempate permiten determinar en qué país puede ser gravado y podría ser en donde se encuentre su núcleo permanente.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-05-31 19:22:35 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Adriana Delgado Flórez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2612279649</link>
         <description><![CDATA[<div>Algunos ejemplos habituales en los que existe una doble residencia fiscal son:<br>- Residencia fiscal según la legislación nacional: Si una persona cumple con los requisitos de residencia fiscal en dos o más países de acuerdo con su legislación nacional, puede ser considerada residente fiscal en esos países.&nbsp;<br>- Criterios de residencia según los tratados fiscales: Los tratados suelen utilizar criterios como el lugar de residencia habitual, el centro de intereses vitales o la nacionalidad para resolver la cuestión de la doble residencia; dependiendo de las disposiciones del tratado y las circunstancias individuales, una persona puede ser considerada residente fiscal en ambos países según el tratado fiscal aplicable.&nbsp;<br>- Cambios en la residencia durante el año fiscal: Es posible que una persona cambie de residencia durante el transcurso de un año fiscal.&nbsp;<br>- Interpretaciones divergentes de las autoridades fiscales: Existen situaciones en las que una persona sea considerada residente fiscal en un país según una autoridad fiscal, pero no en otro país según la autoridad fiscal correspondiente.&nbsp;<br><br>Es posible evitar la doble imposición mediante la aplicación del modelo de convenio OCDE por cinco elementos:</div><ol><li>Asignación de derechos de imposición: El modelo de convenio OCDE establece reglas claras para la asignación de derechos de imposición entre los países involucrados. Se basa en el principio de que los países tienen el derecho de gravar los ingresos y las ganancias generados dentro de su territorio. Al especificar cómo se asignan estos derechos, el modelo de convenio evita que un contribuyente sea gravado por el mismo ingreso en ambos países.</li><li>Métodos para evitar la doble imposición: El modelo de convenio OCDE también proporciona métodos específicos para evitar la doble imposición. Estos métodos incluyen la exención, el crédito fiscal y la deducción. La exención implica que un país renuncie a gravar ciertos tipos de ingresos o ganancias que ya han sido gravados en el otro país. El crédito fiscal permite que el país de residencia del contribuyente le otorgue un crédito por los impuestos pagados en el extranjero. La deducción permite que el país de residencia permita la deducción de los impuestos pagados en el extranjero para calcular el impuesto final.</li><li>Cláusulas de no discriminación: El modelo de convenio OCDE también incluye cláusulas de no discriminación que garantizan que los contribuyentes extranjeros sean tratados de manera justa y equitativa en comparación con los contribuyentes nacionales. Estas cláusulas prohíben la discriminación basada en la nacionalidad o el origen del contribuyente, lo que ayuda a garantizar un trato igualitario y a evitar la doble imposición injusta.</li><li>Procedimientos de resolución de disputas: El modelo de convenio OCDE también aborda los procedimientos de resolución de disputas entre los países firmantes. Estos procedimientos proporcionan mecanismos para resolver las diferencias en la interpretación o aplicación del convenio, evitando así la doble imposición y promoviendo la cooperación entre las autoridades fiscales de los países involucrados.</li><li>Intercambio de información: El modelo de convenio OCDE promueve el intercambio de información entre las autoridades fiscales de los países firmantes. Esto ayuda a combatir la evasión fiscal y permite una mayor transparencia en materia fiscal. El intercambio de información efectivo facilita la detección de casos de evasión fiscal y contribuye a la aplicación adecuada de los convenios para evitar la doble imposición.</li></ol><div><br>Las reglas de desempate de residencia fiscal se aplican cuando el individuo califica como residente (para fines fiscales) según las leyes nacionales de ambos países contratantes del tratado fiscal, con el propósito de establecer cuál país tiene el derecho de gravar al individuo como país de residencia.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-06-01 23:45:57 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Natalia, Luque</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2613018841</link>
         <description><![CDATA[<div><br>En las últimas décadas, tanto la internacionalización de la economía como la movilidad geográfica de las personas han ido en aumento. Estos desplazamientos pueden hacer que dos países consideren a la misma persona física residente fiscal en su territorio en base a su normativa interna, generando entonces un conflicto de doble residencia fiscal. <br>Por ello, los estados miembros de la OCDE, han ido desarrollando un modelo de convenio (CDI) común para todos sus países miembros, qen el que se contempla unas reglas de desempate o <em>tie-breaker</em> <em>rules</em>, con el fin de establecer métodos para aliviar o neutralizar la doble imposición. Estos criterios, que se encuentran en el artículo 4 de dicho convenio, acaban dando preferencia a un país determinado en función del vínculo que se mantiene con el mismo.<br><br></div><div>Cuando una persona física sea residente de ambos estados contratantes, su situación se resolverá de la siguiente manera:<br><br></div><ul><li>Se la considerará residente exclusivamente del estado donde tenga una vivienda permanente a su disposición. Si tuviera residencia permanente en ambos estados, se lo considera residente exclusivamente del Estado con el que mantenga relaciones personales y económicas mas estrechas.</li><li>Si no pudiera determinarse la situación anterior, se la considera residente exclusivamente del estado donde viva habitualmente</li><li>Si viviera habitualmente en ambos estados o en ninguno, se la considerará residente del estado en el que sea Nacional</li><li>Si fuera Nacional de ambos estados o de ninguno de ellos, las autoridades competentes resolverán el caso mediante un acuerdo amistoso.</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2023-06-02 14:34:50 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>FERNANDO JAVIER, MEJIA HERRERA</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2613019345</link>
         <description><![CDATA[<div><br>La residencia de una persona se determina conforme a la legislación interna de cada país, por lo que es posible que una misma persona, física o jurídica, pueda calificar como Residente, en más de un país a la vez, por ejemplo: la residencia fiscal en los Países Bajos depende de los hechos y circunstancias particulares de la persona, como la disponibilidad de un hogar permanente, donde reside su familia y otras conexiones personales y económicas.&nbsp;<br><br></div><div>Por otro lado, muchos otros países, como España, por ejemplo, determinan la residencia fiscal en función de la cantidad de días que una persona está físicamente presente allí en el año natural en cuestión. Tampoco es raro que los países utilicen más de un concepto de residencia fiscal para la residencia del impuesto sobre la renta. Un buen ejemplo es Estados Unidos, que continúa imponiendo impuestos a sus ciudadanos, incluso si se han mudado al extranjero y ya no están o apenas están presentes en los Estados Unidos.<br><br></div><div>Es importante tener en cuenta que las reglas de desempate no se aplican automáticamente en todas las situaciones de doble residencia. Estas reglas se<br>encuentran en los tratados fiscales. Por lo tanto, para poder hacer uso de estas reglas, debe aplicarse un tratado fiscal al individuo o a la entidad. Esto significa que debe haber un tratado fiscal entre los dos países en cuestión y que el individuo o la entidad debe calificar como residente (a efectos fiscales) según las leyes nacionales de ambos países.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-06-02 14:35:27 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>ALEX ROBERTO, STEFANY TRUJILLO</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2613019635</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Un ejemplo de esto es el siguiente:<br><br></div><div>Un norteamericano, es empleado de una empresa que tiene una filial en la Republica Dominicana y es enviado a trabajar allá. Aunque la persona es norteamericana, desempeña sus funciones completamente en la Rep. Dom.<br>Por medio del convenio FATCA, esta persona solo debe declarar en su formulario W9 que es residente contribuyente de impuestos en la Rep. Dom.,&nbsp; y por lo tanto EE.UU no debe gravarle impuestos, ya que los paga en donde opera actualmente que es en la Rep. Dom.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-06-02 14:35:49 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2613019635</guid>
      </item>
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         <title>Yaravi, Morales</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2613020050</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Un ejemplo puede ser una persona que vive parte de su tiempo en un país y parte de su tiempo en otro país. En este caso, el Convenio ayuda a determinar qué país tiene el derecho de gravar a un individuo como país de residencia en caso que esta persona califique como residente (para fines fiscales) según las leyes de cada país, como residente.<br>Las reglas de desempate serían las siguientes, según el artículo 4 del Convenio OCDE:<br><br></div><ol><li>Se le considera residente exclusivamente del Estado donde tenga una vivienda permanente a su disposición, si tuviera en ambos, se le considerará residente del Estado con el que tenga sus relaciones personales y económicas más estrechas.</li><li>Si no puede determinarse el Estado en el que dicha persona tiene el centro de sus intereses vitales o si no tuviera vivienda permanente, se le considerará residente del Estado donde viva habitualmente.</li><li>Si vive habitualmente en ambos estados, se considerará residente del Estado del que sea nacional.</li><li>Si fuera nacional de ambos estados, las autoridades competentes de los Estados contratantes lo resolverán mediante acuerdo amistoso.</li></ol><div><br>Estas serían las reglas que le habría que aplicar a la persona para determinar el lugar de tributación fiscal.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-06-02 14:36:22 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2613020050</guid>
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         <title>Yirlany, González Calderón</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2613020379</link>
         <description><![CDATA[<div><strong><br></strong>La doble residencia fiscal se produce cuando dos países consideran a una misma persona residente en su territorio y, en consecuencia, queda sujeta a la tributación por rentas mundiales en los dos países.<br>Los convenios de doble imposición combaten con eficacia la doble residencia fiscal, una situación legal poco usual y lesiva para los intereses de las personas, empresas y de los propios estados.<br>En situaciones en las que vivir en dos países da lugar a una doble imposición, la mayoría de los tratados de doble imposición ofrecen una salida. Estos documentos suelen contener varias disposiciones para determinar la prioridad de un determinado país de residencia. Por lo general, este estado se asigna en función del cumplimiento de una de las siguientes condiciones (en orden de prioridad):<br><br></div><ul><li>La presencia de vivienda disponible para residencia permanente (no para alquiler) en uno de los países.</li><li>Si un individuo tiene bienes inmuebles habitables en ambos países, se da prioridad a la jurisdicción donde los lazos personales/económicos son más pronunciados (este concepto se conoce como un “centro de intereses vitales”).</li><li>Si no es posible determinar dónde está el centro de los intereses vitales, o si la persona no tiene bienes inmuebles para residencia permanente, prevalece el país en el que la persona tiene un lugar de residencia habitual (morada habitual).</li><li>Si no es posible determinar el domicilio habitual, tiene prioridad el país del cual el individuo es ciudadano.</li><li>Si un individuo es ciudadano de ambos países (o de ninguno), entonces los respectivos países deben resolver el problema de mutuo acuerdo.</li></ul><div><br>Por ejemplo, si un ciudadano de España realizara trabajos de forma temporal o eventual en India, el convenio de doble imposición entre ambos países juzgaría dónde debería tributar esos trabajos. Esto con el fin de evitar una situación de doble residencia fiscal en la que ambos países le exigieran el pago de impuestos por las actividades realizadas.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-06-02 14:36:47 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2613020379</guid>
      </item>
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         <title>DIANA ALEXANDRA, SALAS GUEVARA</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2613020778</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Una persona puede considerarse residente fiscal en dos países distintos bajo los requisitos que defina cada uno de ellos, para dar solución a esta particularidad el modelo de convenio OCDE contiene las llamadas reglas de desempate que consisten en acuerdos fiscales para determinar que país tiene el derecho de gravar a un individuo como residente para fines fiscales y así gravar la inducción sobre sus ingresos totales y la otra jurisdicción grava al individuo sobre sus ingresos provenientes de ese país.<br><br></div><div>Estas reglas no se aplican siempre, tiene que existir un acuerdo firmado por los países.<br><br></div><div>Las reglas de desempate incluyen:<br><br></div><div>1. Acceso a un hogar permanente. Si el individuo tiene un hogar permanente solo en los dos países, ese país sería considerado como el país de residencia.<br>2. Si el individuo tiene un hogar permanente en ambos países se determinar en cuál de los dos países se encuentra su “centro de interés vital” considerando factores como el trabajo y la familia.<br>3. Si el país de residencia no puede determinarse en función de estos factores materiales, el siguiente paso es analizar en cuál de los dos países reside habitualmente.<br>4. Si se puede decir que el individuo reside habitualmente en ambos países la residencia fiscal se determinará de acuerdo con su / su nacionalidad<br>5. Sin embargo, si no se puede resolver mediante las reglas de desempate, corresponde a las autoridades fiscales de ambos países decidir mutuamente&nbsp; cuál de los dos países debería poder gravar al individuo como país de residencia.<br><br></div><div><br>Saludos.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-06-02 14:37:16 UTC</pubDate>
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         <title>Lilliana, Rodríguez</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2613021169</link>
         <description><![CDATA[<div><br>La situación de que una persona física o jurídica pueda ser considerada como residente fiscal en dos o más países obedece a estos sujetos pueden residir en dos o más países o bien residen en uno y generan ingresos / trabajan en otro lo que abre el debate sobre dónde debe este sujeto tributar.<br>Pienso que el perjuicio de esto es la creación de un conflicto dado que los territorios involucrados pueden tener diferentes definiciones para la aplicación de residencia de sus ciudadanos y querrán usar estas definiciones para defender la tributación en favor de sus territorios haciendo que el sujeto deba tributar en todos los territorios dónde sea considerado como residente.<br>Los convenios o tratados fiscales establecen las “reglas de desempate” para casos de potencial residencia múltiple. Estas reglas de desempate contienen el paso a paso a seguir para determinar cuál de los países debe cobrar el impuesto al sujeto.<br>Según el modelo OCDE, las reglas de desempate siguen un orden establecido para buscar la definición de la residencia a través de alguno de los criterios. Estos se refieren a:<br><br></div><ol><li>Lugar dónde exista la propiedad vivienda permanente</li><li>Mayores vínculos personales y económicos (intereses vitales)</li><li>Estado dónde viva habitualmente</li><li>Nacionalidad</li><li>Mutuo acuerdo o proceso amistoso entre los estados involucrados</li></ol><div><br>Un ejemplo de este caso dónde se deben aplicar las reglas de desempate para definir la residencia tributaria de un sujeto es cuando dos territorios entre los que un sujeto reside y produce aplican criterios diferentes de tributación para gravar la misma renta, es decir, un territorio se atribuye la potestad de hacer el cobro sobre la renta de lo que produce el sujeto porque ese sujeto es residente en ese territorio, y otro territorio también se atribuye la potestad tributaria sobre esa misma renta porque considera que la fuente de la misma está en su país. A partir de este conflicto, si existe un convenio fiscal entre estos dos territorios, se requiere iniciar un proceso de análisis usando criterios como los de la OCDE para acordar cuál de los territorios se quedará con el gravamen ya sea a través de la aplicación de una exención o a través de un crédito fiscal para descontar lo tributado en el otro estado o territorio.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-06-02 14:37:43 UTC</pubDate>
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         <title>JESIKA PAOLA, ROJAS VEGA</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2613021649</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Buenos dias,&nbsp;<br>Algunos ejemplos de la situaciones de residencia fiscal y cómo se puede evitar la doble imposición mediante la aplicación del Modelo de la OCDE y las reglas de desempate de residencia fiscal:<br><br></div><ol><li>Persona física con doble residencia: Supongamos que una persona física tiene residencia en el país A según las leyes fiscales de ese país debido a su ciudadanía, y también tiene una residencia en el país B debido a su residencia física prolongada allí. Ambos países consideran a la persona como residente fiscal según sus respectivas normativas. En este caso, se aplicarían las reglas de desempate del Modelo de la OCDE para determinar la residencia fiscal de la persona. Esto implica evaluar criterios como el tiempo de presencia física, los vínculos personales y económicos más estrechos, y la ubicación del hogar habitual. Una vez determinada la residencia fiscal según las reglas de desempate, se puede evitar la doble imposición utilizando los mecanismos proporcionados por el Modelo de la OCDE, como la exención o el crédito por impuestos pagados en el país de residencia.</li><li>Empresa con establecimiento permanente en dos países: Imagina una empresa que tiene un establecimiento permanente en el país A según las normas del Modelo de la OCDE y también tiene otro establecimiento permanente en el país B. Ambos países pueden considerar a la empresa como residente fiscal y gravar los ingresos generados por los establecimientos permanentes. En este caso, se aplicarían las reglas de desempate del Modelo de la OCDE para determinar la residencia fiscal de la empresa. Las reglas podrían considerar factores como la dirección efectiva de la empresa, la sede de dirección y la constitución o registro. Una vez determinada la residencia fiscal según las reglas de desempate, se pueden aplicar los mecanismos de eliminación de la doble imposición proporcionados por los convenios de la OCDE, como la exención o el crédito por impuestos pagados en el país de residencia.</li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2023-06-02 14:38:17 UTC</pubDate>
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         <title>DAYANA MILAGROS, JUAREZ LOPEZ</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2613021847</link>
         <description><![CDATA[<div>Un ejemplo de doble residencia fiscal es cuando una persona reside en el país A, sin embargo, por trabajo reside parte del año en el país B.<br>Para evitar la doble imposición, mediante el modelo de convenio OCDE, se utilizan las reglas de desempate:<br>1.Lugar de hogar permanente<br>2.Centro de interés vital (trabajo, familia)<br>3.Residencia habitual<br>4.Nacionalidad<br>Las reglas de desempate se aplican cuando existe un tratado fiscal entre ambos países.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-06-02 14:38:31 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>CDIs</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2646590069</link>
         <description><![CDATA[<div>Para evitar la doble imposición y resolver estas cuestiones, los Convenios para evitar la doble imposición incluyen reglas de desempate que determinan la residencia fiscal exclusiva de la persona o entidad en uno de los países. Estas reglas proporcionan criterios específicos para determinar en cuál país será considerado residente fiscal.<br><br>Un ejemplo de cómo se aplican las reglas de desempate según el Modelo de Convenio de la OCDE es el siguiente:<br><br>Supongamos que una persona física pasa tiempo considerable en dos países (A y B) y cumple con los criterios para ser residente fiscal en ambos. Según el Convenio de la OCDE, se aplicaría el siguiente orden de desempate:<br><br>1. Se considerará residente fiscal en el país donde tenga una vivienda permanente disponible para su uso personal. Si tiene viviendas permanentes en ambos países, se pasa al siguiente criterio.<br><br>2. Si la persona tiene una vivienda permanente en ambos países, se considerará residente fiscal en el país donde tenga relaciones personales y económicas más estrechas (centro de intereses vitales). Por ejemplo, donde resida su familia, donde tenga sus actividades profesionales más importantes, etc.<br><br>3. Si aún no se puede determinar la residencia fiscal, o si la persona no tiene vivienda permanente en ninguno de los países, se considerará residente fiscal en el país donde resida de forma habitual (mayor tiempo de estancia).<br><br>Siguiendo estos criterios, la persona será considerada residente fiscal en uno de los países, y los ingresos y activos serán gravados solo en ese país, evitando así la doble imposición.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-07-17 20:54:15 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Jesús González</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2666045285</link>
         <description><![CDATA[<div>Una doble residencia fiscal puede ocurrir, en un caso sencillo, cuando una persona ha estado viviendo y trabajando durante un mismo año o ciclo fiscal, en 2 o 3 países. En dicho sentido, naturalmente seria  residente en su país de origen, es decir, del que es nacional, pero dado que estuvo trabajando por ciertos meses en otro u otros países, se habrían actualizado las reglas de residencia que ellos tengan establecidas (la obtención de ingresos y/o la obtención de un empleo durante cierta temporalidad). En tal supuesto, tanto su país de nacionalidad como aquellos en que adquirió residencia por empleo querrían captar impuestos por la renta obtenida en ese ciclo fiscal.<br><br>Para evitar la doble imposición, los Convenios generalmente usan el método de exención, según el cual el Estado de residencia y que ejerce jurisdicción sobre la renta mundial, decide exentar los ingresos que se obtuvieron en otro país, siempre que se acredite haber pagado ahí el impuesto, y que se trate de contribuciones semejantes. O bien, se le permite al contribuyente deducir el pago realizado en el otro país, lo que incluso podría generarle un crédito fiscal, si el monto pagado allá es mayor al que pagaría en su país de origen.<br><br>Las reglas de desempate de residencia se aplican cuando precisamente aplicando las normas legales de cada Estado, se advierte que el sujeto sí es en efecto residente en ambos países. En este momento, se procede a aplicar las normas establecidas en el Tratado, para definir quién asumirá jurisdicción fiscal, normas que tienden a decidir en beneficio del Estado que tenga un vínculo más sólido o permanente con la persona en cuestión (lugar de su hogar, trabajo, familia, domicilio habitual, nacionalidad).</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-18 18:34:54 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2666045285</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Juan Nadal, Práctica Aplicada - Foro Netchat - Convenios para evitar la doble imposición</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2666516614</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp;<br><br></div><div>La doble residencia fiscal se refiere a la situación en la que una persona o entidad es considerada residente fiscal en dos países al mismo tiempo según las leyes internas de ambos estados. Estas situaciones pueden surgir por diversas razones, por ejemplo:<br>&nbsp;</div><ul><li>Una persona física vive medio año en un país y medio año en otro, cumpliendo con los criterios de residencia en ambos.</li></ul><div><br></div><ul><li>Una empresa se constituye en un país pero tiene su dirección efectiva y control en otro.</li><li>Una persona es considerada residente fiscal en un país debido a la adquisición de una vivienda pero trabaja y tiene vínculos económicos en otro.</li></ul><div><br></div><div>Para evitar la doble imposición y resolver problemas de doble residencia, muchos países han adoptado el Modelo de Convenio de la OCDE sobre la Renta y el Patrimonio. Según el modelo de la OCDE, en caso de doble residencia, se aplican las siguientes reglas de desempate:<br><br></div><div>&nbsp;</div><div>Personas físicas:<br><br></div><div>&nbsp;Se considera residente del Estado donde tenga una vivienda permanente a su disposición; si tiene vivienda en ambos Estados, se considera residente donde tenga el centro de sus intereses vitales (relaciones personales y económicas más estrechas).<br><br></div><div>Si no puede determinarse el centro de intereses vitales, o no tiene vivienda permanente a su disposición en ninguno de los Estados, se considera residente del Estado donde viva habitualmente.<br><br></div><div>Si vive habitualmente en ambos Estados o en ninguno de ellos, será considerado residente del Estado con el que mantenga relaciones personales y económicas más estrechas.<br><br></div><div>Empresas:<br><br></div><div>Si una empresa es considerada residente en ambos Estados, se considerará residente del Estado en el que tenga su lugar de dirección efectiva.<br><br></div><div>Si, tras aplicar estas reglas, sigue sin quedar claro el Estado de residencia, los Estados interesados pueden llegar a un acuerdo mutuo para determinar la residencia de la persona o entidad.<br><br></div><div>&nbsp;Una vez determinada la residencia según estas reglas de desempate, la persona o entidad se considerará residente fiscal exclusivamente de uno de los Estados para los propósitos del tratado, evitando así la doble imposición. Sin embargo, es importante tener en cuenta que las normas de desempate sólo determinan la residencia a efectos del tratado y no necesariamente modifican la residencia según las leyes internas de cada país. Por tanto, es fundamental consultar tanto el tratado relevante como las leyes nacionales al evaluar cuestiones de residencia.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-20 00:16:20 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Jose Fallas Sibaja</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2680371107</link>
         <description><![CDATA[<div>Doble residencia fiscal existe cuando una persona física o jurídica se considera residente fiscal en dos o más países como por ejemplo: las personas que trabajan de manera remota y pueden viajar por todo el mundo realizando sus ingresos grabables, una persona que cambie su país de residencia en medio de un periodo tributario y empresas con inversiones en varios países que requieren establecimiento de oficinas o sucursales.&nbsp;<br><br></div><div>Para estos ejemplos y otros casos la doble imposición es posible de evitar mediante la aplicación del modelo de convenio OCDE y de acuerdo con su capitulo V mediante los métodos:&nbsp;<br><br></div><div>Exención:&nbsp;</div><div>Residente que percibe rentas o patrimonio que puedan someterse a imposición en el otro Estado o estén exentos de imposición en ese Estado, dicho Estado podrá no obstante tener en cuenta, a efectos de calcular el importe del impuesto sobre el resto de las rentas o el patrimonio de dicho residente.</div><div>&nbsp;</div><div>Método de imputación o de crédito fiscal&nbsp;</div><div>&nbsp;</div><div>Cuando un residente de un Estado contratante obtenga rentas o sea propietario de patrimonio que puedan someterse a imposición en el otro Estado contratante, el Estado mencionado en primer lugar permitirá:</div><div>a) la deducción en el impuesto sobre la renta de ese residente de un importe igual al</div><div>impuesto sobre la renta pagado en ese otro Estado;</div><div>b) la deducción en el impuesto sobre el patrimonio de ese residente de un importe</div><div>igual al impuesto sobre el patrimonio pagado en ese otro Estado.</div><div>&nbsp;</div><div>Cuando las rentas obtenidas por un residente de un Estado contratante, o el patrimonio del que sea propietario, estén exentos de imposición en ese Estado, dicho Estado podrá no obstante tener en cuenta, a efectos de calcular el importe del impuesto sobre el resto de las rentas o el patrimonio de dicho residente, las rentas o el patrimonio exentos.</div><div>&nbsp;</div><div>Las reglas de desempate de residencia fiscal o tie-braker rules se ejecutan mediante la aplicación de los tratados fiscales para ayudar a determinar qué país tiene el derecho de gravar a un individuo como país de residencia en caso de que el individuo califique como residente según las leyes nacionales de ambos países.&nbsp;<br><br></div><div>Se basan en hechos y circunstancias: acceso a un hogar permanente, centro de interés vital considerando factores como el trabajo y la familia, o sino en cuál de los dos países reside habitualmente.&nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-31 22:34:01 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>NELCY YURANI, RAMOS LOPEZ</title>
         <author>transformacion</author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2721488849</link>
         <description><![CDATA[<div><br>CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN</div><ul><li>Ejemplo donde exista la doble residencia fiscal.</li></ul><div>Un ejemplo de doble residencia fiscal podría ser una persona que tiene residencia en dos países diferentes y cumple con los criterios de residencia fiscal en ambos países según sus leyes fiscales.<br><br></div><div>Otro ejemplo de doble residencia fiscal podría ser una persona que pasa la mitad del año en un país y la otra mitad en otro país, cumpliendo con los requisitos de residencia fiscal en ambos lugares.<br><br></div><div>Y un ejemplo final podría ser una persona que tiene una residencia fiscal en un país debido a su nacionalidad y otra residencia fiscal en otro país debido a su residencia permanente o actividad económica.</div><ul><li>Como es posible evitar la doble imposición mediante la aplicación del modelo de convenio OCDE.</li></ul><div><br>El modelo de convenio de la OCDE establece mecanismos para evitar la doble imposición, como la aplicación de créditos fiscales, exenciones y métodos para determinar la residencia fiscal. Los países pueden utilizar este modelo como base para negociar acuerdos bilaterales que eviten la doble imposición.<br><br></div><div>Además del modelo de convenio de la OCDE, otra forma de evitar la doble imposición es a través de la adopción de tratados fiscales bilaterales entre países, los cuales establecen reglas claras sobre cómo deben gravarse los ingresos y patrimonios de los contribuyentes que tienen doble residencia fiscal. Estos tratados suelen incluir cláusulas de intercambio de información para prevenir la evasión fiscal.</div><ul><li>Cuando se aplican las reglas de desempate de residencia fiscal</li></ul><div><br>Las reglas de desempate de residencia fiscal se aplican cuando una persona cumple con los criterios de residencia fiscal en más de un país según las leyes fiscales de cada uno. Estas reglas ayudan a determinar en qué país se considerará residente fiscal, generalmente basándose en factores como el tiempo de permanencia, el centro de intereses vitales o la nacionalidad.</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-09-26 15:31:25 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Kattia Sánchez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2727190135</link>
         <description><![CDATA[<div>Primero, es necesario conocer el significado del término residente de un Estado para resolver los casos de doble residencia. El modelo de OCDE expone algunas consideraciones de conflicto entre residencias y entre la residencia y la fuente o situación.&nbsp;<br><br>Los convenios para evitar la doble imposición no se ocupan de las normas internas de los Estados contratantes que tienen por objeto definir los requisitos para que una persona tenga la consideración fiscal de “residente” .&nbsp;<br><br>El modelo de OCDE pone por ejemplo, el caso de “una persona física tiene su vivienda permanente en el Estado A, donde viven su mujer y sus hijos. Ha permanecido más de seis meses en el Estado B y, conforme al derecho interno de este último Estado, se somete a imposición como residente del mismo por razón de la duración de su estancia. De esa forma, ambos Estados reclaman su derecho a someter a imposición plena a esta persona. El Convenio debe resolver el conflicto.” Por ello, es necesario optar por el derecho de un Estado o de otro.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-01 00:55:34 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Convenios de Doble Imposición</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2793354134</link>
         <description><![CDATA[<p>Los convenios de Doble Imposición son los acuerdos que firman los países para que se paguen doble impuesto sobre una misma renta. Estos convenios tienen el objetivo de mejorar las relaciones comerciales entre los países y disminuir el doble pago de impuestos, propiciando la inversión extranjera modelos reconocen a los estados suscriptores el derecho de gravar tanto en el país donde se ubica la fuente generadora de la renta como en el país donde se encuentre la residencia del sujeto que la obtuvo. La tributación internacional se basa en dos principios: el principio de residencia y el principio de fuente. Estos deben negociarse en los convenios de doble imposición para atraer la inversión extranjera. El país de residencia generalmente es la nación donde las personas naturales radican o donde las empresas se han constituido. Por otro lado, el país de fuente es aquel conformado por los Estados en vías de desarrollo, que son importadores de capital. El criterio de vinculación utilizado por los convenios es el de residencia, es decir, se aplica a los residentes de uno o de ambos estados contratantes. En todo caso, los convenios remiten a la legislación interna de cada estado los criterios para determinar la residencia. El modelo OCDE pone mayor énfasis al criterio de Residencia. Así como que los países se comprometen recíprocamente a no gravar a residentes del otro país que no ejerzan un nivel mínimo de actividad dentro de sus fronteras. El modelo de la ONU pone más énfasis en los derechos de los países de donde proviene la renta, restringe más las circunstancias en las que empresas de otro país pueden operar sin pagar impuestos en el país de donde proviene la renta, y deja abierta la posibilidad de tener tasas de retención más altas sobre intereses, dividendos y regalías. El Modelo OCDE y sus comentarios no tienen validez jurídica y sirven como una guía, su papel es servir de referencia interpretativa. &nbsp;Este convenio está integrado por una serie de notas interpretativas</p>]]></description>
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         <pubDate>2023-11-17 02:34:04 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2793354134</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2819133253</link>
         <description><![CDATA[<p>Un ejemplo de doble imposición puede ser el siguiente: Ana, que tiene nacionalidad Guatemalteca, pero pasa la mitad del año (183 días) trabajando en El Salvador, donde también tiene una casa y gana ingresos. Además, Ana tiene activos financieros que generan intereses en ambos países: Guatemala y El Salvador.</p><p>Doble residencia fiscal:</p><p>Según las leyes fiscales de Guatemala y El Salvador, Ana podría ser considerada residente fiscal en ambos países debido a su presencia física significativa en El Salvador y su nacionalidad guatemalteca. Esto puede dar lugar a la posibilidad de que tanto El Salvador como Guatemala reclamen derechos de gravamen sobre sus ingresos.</p><p>&nbsp;</p><p>Evitar la doble imposición con el Convenio de la OCDE y reglas de desempate:</p><p>Convenio basado en el modelo de la OCDE:</p><p>&nbsp;</p><p>Este convenio podría establecer que los salarios obtenidos por Ana en El Salvador se gravarán en El Salvador, según las reglas de residencia establecidas en el convenio.</p><p>Los intereses generados en El Salvador podrían gravarse en El Salvador, mientras que los intereses generados en Guatemala podrían gravarse en Guatemala.</p><p>Sin embargo, para evitar la doble imposición, el convenio podría permitir a Guatemala otorgar un crédito por los impuestos pagados en El Salvador sobre los intereses generados allí.</p><p>Reglas de desempate:</p><p>Si Ana es considerada residente fiscal en ambos países según sus leyes internas, se aplicarán las reglas de desempate para determinar su residencia fiscal principal.</p><p>El convenio podría establecer que Ana es residente fiscal de El Salvador debido a su presencia física más prolongada y su actividad económica principal en ese país.</p><p>Por lo tanto, bajo las reglas de desempate, El Salvador tendría prioridad para gravar la mayor parte de sus ingresos, mientras que se podrían aplicar disposiciones del convenio para evitar la doble imposición en aquellos ingresos que Guatemala también podría gravar.</p><p>En resumen, un convenio basado en el modelo de la OCDE y las reglas de desempate ayudarían a determinar la residencia fiscal principal de Ana y la asignación de derechos impositivos entre Guatemala y El Salvador para evitar la doble imposición sobre sus ingresos.</p>]]></description>
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         <pubDate>2023-12-08 20:54:13 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Imaginemos que una persona es considerada residente fiscal tanto en el país A como en el país B. Ambos países han establecido un CDI basado en el Modelo de Convenio OCDE. Según las reglas de desempate de la OCDE, la residencia fiscal se determinaría siguiendo ciertos criterios en un orden específico. Por ejemplo:</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2835353069</link>
         <description><![CDATA[<p>Residencia Habitual:</p><p>Se consideraría residente en el país donde tiene su residencia habitual si tiene una en ambos países.</p><p>Centro de Intereses Vitales:</p><p>Si no se puede determinar la residencia habitual, se consideraría residente en el país donde tiene sus intereses vitales más estrechos.</p><p>Nacionalidad:</p><p>Si aún persiste la residencia dual, se utilizaría la nacionalidad como último criterio.</p><p>Estas reglas de desempate proporcionan un marco claro para determinar la residencia fiscal en caso de conflicto y ayudan a prevenir la doble imposición. Es importante señalar que los detalles específicos pueden variar según los términos de cada CDI.</p>]]></description>
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         <pubDate>2023-12-29 05:42:07 UTC</pubDate>
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         <title>Roberto Mella Cohn</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Un ejemplo de doble imposición es una empresa, llamémosla "Empresa R", está ubicada en Rep. Dom. y tiene una filial en Panamá. La empresa Dominicana genera beneficios en Panamá a través de su filial y paga impuestos sobre esos beneficios en el país Y, de acuerdo con las leyes fiscales locales.</p><p>Luego, la empresa Dominicana decide distribuir parte de sus beneficios a sus accionistas, que son residentes fiscales en ese país. Cuando los accionistas en el país Dominicanos reciben los dividendos, ese país también intenta gravar esos ingresos en manos de los accionistas.</p><p>En este caso, los dividendos están sujetos a impuestos tanto en Panamá (donde se generaron los beneficios) como en Rep. Dom. (donde residen los accionistas). Como resultado, los accionistas pueden terminar pagando impuestos sobre los mismos ingresos dos veces.</p><p><br/></p><p>Para evitar la doble imposición en este escenario, los países pueden usar tratados de doble imposición o acuerdos internacionales para establecer reglas sobre cómo se deben gravar los dividendos y proporcionar mecanismos para evitar que los accionistas sean gravados dos veces sobre los mismos ingresos. Estos tratados pueden incluir disposiciones como créditos fiscales por impuestos pagados en el extranjero o exenciones fiscales para evitar la doble imposición económica.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-01 11:31:58 UTC</pubDate>
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         <title>DSolórzano</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/2973819465</link>
         <description><![CDATA[<p>Una persona física o jurídica puede ser considerada residente fiscal de dos o más países cuando cada país tiene sus propias reglas para determinar la residencia fiscal y estas reglas entran en conflicto. Por ejemplo, un individuo puede ser considerado residente fiscal en un país según sus leyes porque pasa la mayor parte del tiempo allí, pero también puede ser considerado residente fiscal en otro país porque tiene una empresa o propiedad significativa allí.</p><p><br/></p><p>El perjuicio de ser residente fiscal de múltiples países radica principalmente en el riesgo de la doble imposición. Esto significa que la persona o entidad podría estar sujeta a impuestos sobre la misma renta o activos en más de un país</p><p><br/></p><p>se recurre a disposiciones específicas del CDI que establecen reglas de desempate. Estas reglas pueden basarse en factores adicionales, como la nacionalidad, la ubicación del centro de intereses vitales o la consulta entre las autoridades fiscales de los países involucrados.</p><p><br/></p><p>Las reglas de desempate fiscal pueden variar según los acuerdos fiscales bilaterales entre países, pero generalmente incluyen criterios como:</p><ul><li><p>Residencia permanente: Algunos países pueden otorgar prioridad a la residencia permanente, considerando como residente fiscal a la persona que tenga una residencia permanente en ese país.</p></li><li><p>Centro de intereses vitales: Otros países pueden aplicar un criterio basado en los intereses vitales o económicos más significativos de la persona, considerando como residente fiscal al país donde tenga lazos familiares más fuertes, donde desarrolle la mayor parte de su actividad económica, donde resida su pareja o donde estén ubicados sus activos más importantes.</p></li><li><p>Nacionalidad: En algunos casos, la nacionalidad de la persona puede ser un factor determinante en las reglas de desempate fiscal, especialmente si el país tiene reglas de impuestos globales que gravan a sus ciudadanos independientemente de su lugar de residencia.</p></li><li><p>Días de presencia física: Algunos países pueden utilizar el criterio de días de presencia física en su territorio para determinar la residencia fiscal en caso de empate</p></li></ul><p>Una vez aplicadas las reglas de desempate, se determina la residencia fiscal en uno de los países involucrados. Esto permite evitar situaciones de doble residencia fiscal y facilita la aplicación de las disposiciones del CDI para evitar la doble imposición.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-29 14:11:10 UTC</pubDate>
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         <title>Maria Lucia De Lucia</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3049141782</link>
         <description><![CDATA[<p>Por ejemplo, puede darse que la residencia fiscal venga definida por el vínculo de la residencia domiciliaria que el contribuyente tenga, y si este tiene </p><p>residencia domiciliaria en dos o más estados donde el impuesto se grave al </p><p>residente, tendrá que pagar dicho impuesto en cada estado.</p><p>También puede ocurrir que sea residente en un solo estado, pero permanece </p><p>un tiempo considerable de manera ininterrumpida en otro estado y para este </p><p>último, el concepto de residencia esté vinculado a una permanencia </p><p>ininterrumpida determinada que coincida con el tiempo que el contribuyente </p><p>pasa en dicho estado, en tal sentido, deberá pagar el impuesto tanto en su </p><p>país donde está establecida su residencia, así como también en el país donde </p><p>pasada un determinado tiempo.</p><p>Otra forma de que se genere esta doble imposición por concepto de residencia </p><p>es que el país exija el pago de impuestos a sus ciudadanos, aunque vivan o </p><p>tengan su residencia establecida en otro país, como es el caso de los Estados </p><p>Unidos, cuyos ciudadanos que han migrado deben pagar el tributo tanto en </p><p>los Estados Unidos como en el país donde han establecido su domicilio.</p><p><br></p><p> los convenios establecen las siguientes reglas a seguir: (tomado </p><p>del modelo OCDE)</p><p>a) Se la considerará residente exclusivamente del país donde tenga una </p><p>vivienda permanente a su disposición; si tuviera una vivienda permanente a </p><p>su disposición en ambos países, se la considerará residente exclusivamente </p><p>del país con el que mantenga relaciones personales y económicas más </p><p>estrechas que son vitales para el contribuyente.</p><p>b) Si no pudiera determinarse el Estado en el que dicha persona tiene el centro </p><p>de sus intereses vitales o si no tuviera una vivienda permanente a su </p><p>disposición en ninguno de los países, se la considerará residente </p><p>exclusivamente del país donde viva habitualmente.</p><p>c) Si viviera habitualmente en ambos países, o no lo hiciera en ninguno de </p><p>ellos, se la considerará residente exclusivamente del país del que sea nacional.</p><p>d) Si fuera nacional de ambos países, o no lo fuera de ninguno de ellos, las </p><p>autoridades competentes de los países contratantes resolverán el caso </p><p>mediante un acuerdo amistoso.</p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-07-09 18:15:35 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Melissa Arteta</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3064706825</link>
         <description><![CDATA[<p>La doble residencia fiscal ocurre cuando una persona cumple con varios criterios de residencia establecidos en la normatividad de dos o mas países, lo que implica que sea sujeto de gravámenes por un mismo hecho y el mismo periodo.</p><p>Puede ocurrir por ejemplo que una persona con dos nacionalidades, la colombiana y la española, que cuente con vivienda en los dos países y con intereses vitales similares, tenga ya doble residencia, en ese caso deben aplicarse las reglas de desempate para determinar por ejemplo donde existen las estancias más prolongadas y donde tiene intereses similares y económicos más significativos. &nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-07-31 15:34:35 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Ejemplos donde existe una doble residencia fiscal</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3068334088</link>
         <description><![CDATA[<p>Ejemplos donde existe una doble residencia fiscal&nbsp;</p><p>Ø&nbsp; Trabajador expatriado: Una persona que trabaja en un país extranjero durante parte del año, pero mantiene vínculos significativos (como familia o propiedades) en su país de origen.</p><p>Ø&nbsp; Estudiante internacional: Un estudiante que estudia en el extranjero durante un período prolongado, pero mantiene su domicilio y lazos familiares en su país natal.</p><p>Ø&nbsp; Jubilado con residencias en dos países: Una persona jubilada que pasa parte del año en un país cálido y el resto en su país de origen.</p><p>Ø&nbsp; Empresario con negocios en múltiples países: Un empresario que dirige negocios y pasa tiempo significativo en dos o más países.</p><p>Ø&nbsp; Deportista profesional: Un atleta que compite internacionalmente y pasa largos períodos en diferentes países durante la temporada.</p><p>&nbsp;</p><p>El Convenio OCDE establece una serie de mecanismos para evitar que una misma renta o un mismo patrimonio sean gravados en dos o más países. Los más importantes son:</p><ol><li><p><strong>Cláusula de residencia:</strong> Determina cuál es el país de residencia fiscal de una persona o entidad, lo cual es crucial para determinar el derecho de cada Estado a imponer impuestos.</p></li><li><p><strong>Cláusula del establecimiento permanente:</strong> Define cuándo una empresa extranjera tiene una presencia física suficiente en otro país para ser considerada como si tuviera allí un negocio independiente. Los beneficios obtenidos por este establecimiento permanente generalmente se gravan en el país donde se encuentra.</p></li><li><p><strong>Distribución de la capacidad tributaria:</strong> Establece reglas claras sobre qué tipo de rentas (dividendos, intereses, regalías, beneficios, etc.) pueden ser gravadas en cada país, teniendo en cuenta el país de origen de la renta y el país de residencia del beneficiario.</p></li></ol><p><strong>&nbsp; ¿Cuándo se aplican las reglas de desempate de residencia fiscal?</strong></p><p>&nbsp; Las <strong>reglas de desempate de residencia fiscal</strong> entran en juego cuando una persona física o jurídica es considerada <strong>residente fiscal</strong> en <strong>dos o más países</strong> al mismo tiempo. Esto puede ocurrir debido a diversas razones, como pasar una cantidad significativa de tiempo en cada país, tener propiedades en ambos o desarrollar actividades económicas de manera sustancial en cada uno.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-08-06 03:34:18 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Doble residencia fiscal y Regla de desempate</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3105381280</link>
         <description><![CDATA[<p>Ejemplo de <strong>doble residencia fiscal</strong>: Una persona permanece en el Estado “A” desde el 1 de enero al 31 de marzo, siendo considerada residente fiscal por todo el periodo impositivo conforme a su legislación interna por poseer el centro de intereses económicos en dicho estado. Posteriormente, se traslada a un Estado “B” en el que reside más de 183 días durante el año fiscal. En este Estado también es considerada residente fiscal por todo el período impositivo conforme a la legislación tributaria interna por criterio de días. En consecuencia, ambos Estados consideran a esta persona física residente fiscal durante un mismo periodo.</p><p>&nbsp;</p><p><strong>Las reglas de desempate</strong> entran en juego para determinar qué país tiene el derecho de gravar a un individuo como país de residencia; esto en base a los criterios: hogar permanente, centro de interés vital, residencia habitual, nacionalidad.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-06 02:41:22 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Javier Solórzano</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3110999760</link>
         <description><![CDATA[<p>Un ejemplo de la aplicación de estas reglas podría darse de la siguiente manera: Una persona multimillonaria, dueña de una multinacional presente en Ecuador, Colombia y Chile, sin embargo, esta empresa solamente tiene un Establecimiento Permanente en Ecuador y su matriz en Colombia, en los últimos años ha existido bastante controversia en cuanto a la cantidad de impuestos que paga esta persona, tanto por su empresa como por su porción accionaria en la misma, la empresa ha contratado a la firma más grande de abogados de América Latina para proponer acciones en ambos países. Tanto el Estado de Ecuador como el de Colombia han suscrito convenios de doble imposición entre ellos, sin embargo, es indispensable que utilicen las reglas de desempate para determinar quién debería gravar a la persona multimillonaria; de ese modo, lo primero que harán es revisar si la persona tiene un hogar permanente en alguno de los países, pero lo tiene en ambos; después, habrá que revisar el centro de interés vital, y aquí se podrá ir dividiendo los tributos, ya que la persona tiene a su familia en Ecuador y la matriz de su empresa está en Colombia, por lo tanto, para los impuestos a sus dividendos por la empresa podrá gravársele en Colombia, mientras que sus otros ingresos, que obtiene de créditos de él a la empresa y demás se podrán gravar en Ecuador. A partir de ese punto se podrá seguir realizando el análisis en cuanto a la residencia habitual de la persona, su nacionalidad, y en el último de los casos se deberá negociar directamente entre ellos la utilización de otro mecanismo, como puede ser el método de exención o el de crédito fiscal.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-10 02:34:37 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Ejemplos Doble residencia fiscal y evitar doble imposición - Jose R Gomez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3131840023</link>
         <description><![CDATA[<p>Ej: Un ciudadano argentino trabaja en España durante 7 meses del año y regresa a Argentina el resto del año. Cumple con los requisitos de residencia en ambos países porque:</p><ul><li><p>En España, pasa más de 183 días (requisito para ser considerado residente fiscal según la ley española).</p></li><li><p>En Argentina, tiene una vivienda permanente y su familia reside allí, lo que también lo califica como residente según las leyes argentinas.</p></li></ul><p>Basado en el Modelo OCDE incluirá reglas de desempate para determinar cuál de los dos países tiene prioridad para considerarlo residente fiscal. Se siguen estos pasos:</p><ol><li><p>Residencia permanente: Si la persona tiene una vivienda disponible en ambos países, se pasa al siguiente criterio.</p></li><li><p>Centro de intereses vitales: Se evalúa dónde tiene su vida personal y económica más significativa. En este caso, si su familia está en Argentina y mantiene una vida económica activa allí, Argentina sería considerada su país de residencia.</p></li><li><p>Habitualidad: Si sigue siendo difícil decidir, se analiza en cuál de los dos países pasa más tiempo al año. Dado que pasa 7 meses en España y 5 en Argentina, España podría ser considerado su país de residencia.</p></li><li><p>Nacionalidad: Si no es concluyente, se revisa la nacionalidad. Si el contribuyente es ciudadano argentino, esto podría inclinar la balanza hacia Argentina.</p></li><li><p>Acuerdo entre autoridades fiscales: Si los criterios anteriores no resuelven el conflicto, las autoridades fiscales de ambos países deben llegar a un acuerdo amistoso para definir su residencia fiscal.</p></li></ol><p>Los CDI, basados en el Modelo de Convenio OCDE, resuelven los casos de doble residencia mediante las reglas de desempate. Esto asegura que la persona o empresa solo sea considerada residente fiscal en uno de los países involucrados, evitando la doble imposición. Además, permiten que solo un país grave los ingresos mundiales y que el otro solo grave los ingresos generados dentro de su territorio</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-22 18:50:44 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3131840023</guid>
      </item>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3141529633</link>
         <description><![CDATA[<p>La doble residencia fiscal ocurre cuando una persona física o jurídica es considerada residente fiscal en más de un país al mismo tiempo, lo que puede dar lugar a una tributación simultánea sobre los mismos ingresos. Esto es especialmente común en el caso de personas que pasan tiempo significativo en más de un país o empresas que operan en varias jurisdicciones.</p><p><strong>Ejemplos de Doble Residencia Fiscal:</strong></p><ol><li><p><strong>Persona Física</strong>: Un individuo que vive seis meses en un país A y seis meses en un país B. Ambos países consideran a la persona como residente fiscal debido a su tiempo de permanencia.</p></li><li><p><strong>Empresa</strong>: Una empresa constituida en el país A, pero que tiene su sede de dirección efectiva en el país B. Ambos países pueden reclamar derechos fiscales sobre las ganancias de la empresa.</p></li><li><p><strong>&nbsp; Directores:&nbsp; </strong>Las rentas percibidas &nbsp;por su condición de miembro de un consejo de administración de una sociedad residente del otro Estado contratante.</p></li><li><p><strong>&nbsp;Artistas y Deportistas</strong>:&nbsp; Los honorarios y regalías &nbsp;que percibe en el país donde ejerce su actividad y&nbsp; la tributación &nbsp;en su país de residencia.</p></li></ol><p><strong>&nbsp;</strong></p><p><strong>Como Evitar la Doble Imposición:</strong></p><p>Para evitar la doble imposición, muchos países han firmado convenios de doble imposición (CDI) basados en el modelo de la OCDE. Estos convenios establecen normas para determinar cuál de los países tiene derecho a gravar determinados ingresos. Los mecanismos incluyen:</p><ol><li><p><strong>Exención</strong>: Un país renuncia a su derecho a gravar ciertos ingresos si el otro país ya lo hace.</p></li><li><p><strong>Crédito Fiscal</strong>: Un país permite a su residente deducir el impuesto pagado en el otro país de su propia carga fiscal.</p></li><li><p><strong>Reglas de Distribución</strong>: Se determinan las tasas impositivas aplicables a diferentes tipos de ingresos, como dividendos, intereses y regalías.</p></li></ol><p><strong>Reglas de Desempate Fiscal:</strong></p><p>Cuando ambos países reclaman derechos de residencia, las reglas de desempate fiscal del CDI entran en juego. Generalmente, se aplican en el siguiente orden:</p><ol><li><p><strong>Residencia Permanente</strong>: Se otorga preferencia al país donde la persona tiene un establecimiento permanente o un hogar permanente.</p></li><li><p><strong>Centro de Intereses Vitales</strong>: Se evalúa dónde la persona tiene sus vínculos económicos y personales más estrechos.</p></li><li><p><strong>Tiempo de Residencia</strong>: Se considera el tiempo que la persona ha pasado en cada país.</p></li><li><p><strong>Nacionalidad</strong>: Si persiste la duda, la nacionalidad de la persona puede ser el último criterio de desempate.</p></li><li><p><strong>Procedimiento de Acuerdo Mutuo</strong>: Si no se puede resolver el conflicto, se puede recurrir a un procedimiento de acuerdo mutuo entre las administraciones fiscales de los dos países.</p></li></ol><p>La aplicación de estos principios permite a los países gestionar mejor la tributación de individuos y empresas que operan a nivel internacional, evitando la doble imposición y fomentando el comercio y la inversión.</p><p>&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-27 02:16:00 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3141535859</link>
         <description><![CDATA[<p>La doble residencia fiscal ocurre cuando una persona física o jurídica es considerada residente fiscal en más de un país al mismo tiempo, lo que puede dar lugar a una tributación simultánea sobre los mismos ingresos. Esto es especialmente común en el caso de personas que pasan tiempo significativo en más de un país o empresas que operan en varias jurisdicciones.</p><p><strong>Ejemplos de Doble Residencia Fiscal:</strong></p><ol><li><p><strong>Persona Física</strong>: Un individuo que vive seis meses en un país A y seis meses en un país B. Ambos países consideran a la persona como residente fiscal debido a su tiempo de permanencia.</p></li><li><p><strong>Empresa</strong>: Una empresa constituida en el país A, pero que tiene su sede de dirección efectiva en el país B. Ambos países pueden reclamar derechos fiscales sobre las ganancias de la empresa.</p></li><li><p><strong>&nbsp; Directores:&nbsp; </strong>Las rentas percibidas &nbsp;por su condición de miembro de un consejo de administración de una sociedad residente del otro Estado contratante.</p></li><li><p><strong>&nbsp;Artistas y Deportistas</strong>:&nbsp; Los honorarios y regalías &nbsp;que percibe en el país donde ejerce su actividad y&nbsp; la tributación &nbsp;en su país de residencia.</p></li></ol><p><strong>&nbsp;</strong></p><p><strong>Como Evitar la Doble Imposición:</strong></p><p>Para evitar la doble imposición, muchos países han firmado convenios de doble imposición (CDI) basados en el modelo de la OCDE. Estos convenios establecen normas para determinar cuál de los países tiene derecho a gravar determinados ingresos. Los mecanismos incluyen:</p><ol><li><p><strong>Exención</strong>: Un país renuncia a su derecho a gravar ciertos ingresos si el otro país ya lo hace.</p></li><li><p><strong>Crédito Fiscal</strong>: Un país permite a su residente deducir el impuesto pagado en el otro país de su propia carga fiscal.</p></li><li><p><strong>Reglas de Distribución</strong>: Se determinan las tasas impositivas aplicables a diferentes tipos de ingresos, como dividendos, intereses y regalías.</p></li></ol><p><strong>Reglas de Desempate Fiscal:</strong></p><p>Cuando ambos países reclaman derechos de residencia, las reglas de desempate fiscal del CDI entran en juego. Generalmente, se aplican en el siguiente orden:</p><ol><li><p><strong>Residencia Permanente</strong>: Se otorga preferencia al país donde la persona tiene un establecimiento permanente o un hogar permanente.</p></li><li><p><strong>Centro de Intereses Vitales</strong>: Se evalúa dónde la persona tiene sus vínculos económicos y personales más estrechos.</p></li><li><p><strong>Tiempo de Residencia</strong>: Se considera el tiempo que la persona ha pasado en cada país.</p></li><li><p><strong>Nacionalidad</strong>: Si persiste la duda, la nacionalidad de la persona puede ser el último criterio de desempate.</p></li><li><p><strong>Procedimiento de Acuerdo Mutuo</strong>: Si no se puede resolver el conflicto, se puede recurrir a un procedimiento de acuerdo mutuo entre las administraciones fiscales de los dos países.</p></li></ol><p>La aplicación de estos principios permite a los países gestionar mejor la tributación de individuos y empresas que operan a nivel internacional, evitando la doble imposición y fomentando el comercio y la inversión.</p><p>&nbsp;</p><p>María Delgado.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-27 02:16:42 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2024-09-30 15:19:16 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Doble residencia fiscal</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Imaginemos a María, una profesional que trabaja en el sector tecnológico. María es considerada residente fiscal en dos países: Panamá y España.</p><p>&nbsp;</p><p>En Panamá: María pasa más de 183 días al año trabajando en una empresa local, lo que la convierte en residente fiscal según las leyes panameñas.</p><p>En España: María tiene su hogar habitual y su familia reside allí, por lo que también se la considera residente fiscal según las leyes españolas.</p><p>&nbsp;</p><p>Para resolver este conflicto de residencia y evitar la doble imposición, se aplican las reglas establecidas en el Modelo de Convenio Tributario de la OCDE:</p><ol><li><p>Residencia Habitual: Se determina cuál de los dos países tiene el hogar permanente de María. Si tiene una vivienda en ambos países, se pasa al siguiente criterio.</p></li><li><p>Centro de Intereses Vitales: Se evalúa dónde tiene María la mayor parte de sus lazos económicos y personales. Supongamos que su familia y su principal fuente de ingresos están en España. En este caso, se la consideraría residente de España.</p></li><li><p>Tiempo de Permanencia: Si aún persiste la duda después de los dos primeros criterios, se observa en cuál de los países ha pasado más tiempo. Supongamos que María pasó 200 días en Panamá y 165 días en España. Este criterio se aplicaría solo si los otros criterios no resuelven la situación.</p></li><li><p>Nacionalidad: Si después de aplicar todos los criterios anteriores todavía no se llega a una conclusión, se evaluaría la nacionalidad de María. Si, por ejemplo, es ciudadana de Panamá, se le consideraría residente de ese país.</p></li></ol><p>&nbsp;</p><p>Las reglas de desempate se aplican cuando no hay certeza de la residencia fiscal de la persona y donde le corresponde tributar. Si María tiene viviendas permanentes en ambos países y sus lazos personales y económicos están distribuidos de manera similar entre Panamá y España, se necesitarían los criterios de tiempo de permanencia y nacionalidad para decidir su residencia fiscal. Al aplicar estos criterios, si se determina que María es residente de España, podrá beneficiarse del convenio para evitar la doble imposición y no pagar impuestos sobre los mismos ingresos en ambos países. Si, por otro lado, se concluye que es residente de Panamá, se le aplicarían las leyes fiscales panameñas, y podría tener que pagar impuestos allí, pero también podría solicitar alivios según el convenio con España. Así, las reglas de desempate aseguran que, incluso en situaciones complejas de doble residencia, haya un proceso claro y estructurado para resolver la situación fiscal del contribuyente.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-03 03:37:52 UTC</pubDate>
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         <title>Doble Residencia Fiscal/Convenio OCDE/Reglas de desempate</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2024-10-27 21:02:39 UTC</pubDate>
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         <title>Ejemplos Doble residencia fiscal y evitar doble imposición mediante la aplicación del modelo OCDE</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3241034935</link>
         <description><![CDATA[<p>Ejemplo 1: Residencia habitual y vivienda permanente</p><p>Un ciudadano chileno tiene una vivienda permanente en Chile y otra en Brasil, donde pasa más de 183 días al año por trabajo. Ambos países lo consideran residente fiscal: Chile, por su nacionalidad y vivienda, y Brasil, por su tiempo de permanencia.</p><p>¿Cómo se aplica la regla de desempate?<br>Primero se analiza dónde tiene su vivienda permanente disponible. Si tiene vivienda en ambos países, se considera su centro de intereses vitales (es decir, dónde están su familia o vínculos personales). Si esto no es concluyente, se evalúa la residencia habitual (dónde pasa más tiempo). Finalmente, si aún hay empate, la nacionalidad define la residencia fiscal. En este caso, si su familia está en Chile, ese país sería su residencia fiscal.</p><p>Ejemplo 2: Centro de intereses vitales y residencia habitual</p><p>Un ciudadano español trabaja 8 meses al año en Portugal, pero su familia y propiedades están en España. Ambos países lo reclaman como residente fiscal.</p><p>¿Cómo se resuelve?<br>El primer criterio bajo el Modelo OCDE es el centro de intereses vitales. Dado que su familia y bienes están en España, este país tiene prioridad como residencia fiscal. Portugal solo podrá gravar los ingresos generados en su territorio.</p><p>Ejemplo 3: Nacionalidad como criterio final</p><p>Un empresario con doble nacionalidad (alemana y suiza) tiene viviendas permanentes en ambos países y pasa aproximadamente el mismo tiempo en cada uno. Sus actividades económicas están divididas entre ambos territorios.</p><p>¿Qué sucede aquí?<br>Si ni el centro de intereses vitales ni la residencia habitual son concluyentes, se aplica la nacionalidad como desempate. Si el empresario se identifica más con Alemania, este será su país de residencia fiscal. Si el conflicto persiste, las autoridades fiscales de ambos países deben llegar a un acuerdo mutuo.</p><p>Ejemplo 4: Estudiante internacional y vivienda temporal</p><p>Una estudiante mexicana se traslada a Canadá para un máster de dos años. Vive en un departamento alquilado y trabaja medio tiempo en Canadá, pero mantiene vínculos económicos y familiares en México. Ambos países la consideran residente fiscal.</p><p>¿Cómo se aplica el desempate?<br>Primero se revisa su vivienda permanente disponible. Si la vivienda en Canadá es temporal y su hogar principal sigue en México, este será su país de residencia fiscal. Canadá solo gravará los ingresos que ella genere en su territorio.</p><p>Ejemplo 5: Residencia habitual y doble nacionalidad</p><p>Un ciudadano con doble nacionalidad (argentina e italiana) divide su tiempo casi en partes iguales entre ambos países. Posee viviendas en ambos territorios, pero su familia está en Italia.</p><p>¿Cómo se decide?<br>Primero se evalúa el centro de intereses vitales, que en este caso apunta a Italia por la conexión familiar. Si no es suficiente, se analiza la residencia habitual. Si el empate persiste, la nacionalidad será el criterio definitivo, favoreciendo a Italia.</p><p>En resumen:<br>La regla de desempate del Modelo OCDE utiliza un enfoque escalonado: vivienda permanente, centro de intereses vitales, residencia habitual y finalmente nacionalidad. Estas reglas aseguran que una persona no sea considerada residente fiscal en dos países simultáneamente, evitando así la doble imposición.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-12-01 03:08:24 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Las reglas de Desempate para evitar la Doble Imposición Fiscal</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-01-27 01:31:09 UTC</pubDate>
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         <title>Lisbeth Thomas </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3320587053</link>
         <description><![CDATA[<p>Las reglas de desempate de residencia fiscal se aplican cuando una persona o entidad puede ser considerada residente fiscal en más de una jurisdicción. EN este aspecto es importante la planificación fiscal internacional. Como ejemplo veamos el caso hipotético de Angela quien es profesional que trabaja en el ámbito de la tecnología y tiene vínculos tanto con Brasil como España. Hogar permanente: Sao Paulo, Brasil donde tiene sus lazos familiares, trabajando para una empresa brasileña con un contrato de tiempo completo; además reside en España, durante el último año Angela paso 6 meses en Madrid, donde se mudó temporalmente por un proyecto de la empresa, alquila un apartamento en Madrid durante su estadia, participa en la vida social, círculos profesionales en ese país.  Conclusión: En este caso es probable que, según las reglas de desempate, Angela sea considerada residente fiscal de Brasil, ya que su residencia permanente, los principales lazos afectivos y su fuente de ingreso están en Brasil; sin embargo, si existiera un tratado de doble imposición entre Brasil y España, podría ayudar a clarificar aún más su situación fiscal y evitar doble imposición en caso de que se generen ingresos en ambos países. Es importante que Angela consulte con un asesor fiscal calificado. </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-08 02:25:51 UTC</pubDate>
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         <title>Nelson Medina-Doble Residencia Fiscal</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3321465884</link>
         <description><![CDATA[<p>Una persona física o jurídica puede ser considerada residente fiscal de 2 o más países porque, de acuerdo a la legislación interna de cada Estado, cada uno reclama la residencia de la persona ya sea porque es nacional o porque ahi pasa la mayor parte de su tiempo o cualquier otra circunstancia que en su normativa interna lo determinen y la persona lo cumpla. El perjuicio que puede causar, en particular a la persona, sea esta natural o jurídica, es que en ambos o los múltiples países donde radique le impondrán una renta sobre sus ingresos, lo cual le irá mermando cada vez más la disponibilidad que tendrá para reinvertir en los distintos países y su vida misma.</p><p><br/></p><p>Para resolver este tipo de conflictos, los Convenios de Doble Imposición hacen uso de las Cláusulas de Resolución de Doble Residencia, o más conocidas como tie-braker rules o reglas de desempate, y ayudan a determinar cual de los países tiene el derecho de gravar al sujeto como país de residencia. Las reglas de desempate se aplican por medio de descarte hasta determinar en cuál de los países, la persona, genera su actividad, vive su vida, tiene su hogar, y si lo anterior no pudiera ser determinado se acudirá a la nacionalidad, si tuviere doble nacionalidad entonces serán las autoridades fiscales quienes determinarán al país de residencia fiscal para efectos impositivos.</p><p><br/></p><p>Ejemplo:</p><p>Pablo tiene doble residencia fiscal en España y México. Según las leyes locales de ambos países:</p><p>España lo considera residente porque tiene su vivienda habitual allí.</p><p>México lo considera residente porque pasa más de 183 días en su territorio durante el año fiscal.</p><p>Ambos reclaman el derecho a gravar los ingresos mundiales de Pedro.</p><p>Siguiendo las reglas establecidas para estos conflictos:</p><p>Si Pablo tiene vivienda permanente en España, se considera residente ahí.</p><p>Si tiene viviendas permanentes en ambos países, se debe determinar su centro de intereses vitales, es decir donde tiene sus relaciones económicas y personales.</p><p>Si en ambos lugares tiene intereses personales y económicos, se evaluará el país donde pase más días del año.</p><p>Si pasa igualdad de días en ambos países y los criterios anteriores tampoco pueden determinar un país, se hará uso del criterio de nacionalidad.</p><p>Si estas reglas no resuelven el conflicto entonces las autoridades fiscales de cada país negociarán para determinar la residencia fiscal.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-09 16:35:45 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Doble imposicion </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3326624256</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Ejemplos de Doble Residencia Fiscal</strong></p><ol><li><p><strong>Ejemplo de Persona Física</strong></p><ul><li><p>Juan es español y trabaja en Alemania.</p></li><li><p>España lo considera residente fiscal porque tiene su vivienda permanente allí y su familia vive en España.</p></li><li><p>Alemania también lo considera residente fiscal porque ha pasado más de 183 días en el país y tiene un empleo allí.</p></li><li><p>Resultado: Ambos países pueden exigir impuestos sobre sus ingresos globales.</p></li></ul><p><strong>¿Cuándo se aplican las reglas de desempate fiscal?</strong></p><ol><li><p><strong>Cuando una persona cumple los requisitos de residencia fiscal en dos países</strong></p><ul><li><p>Esto ocurre cuando ambos países consideran a la persona como residente fiscal debido a criterios como el domicilio, el tiempo de estancia (ej. más de 183 días), la nacionalidad o la fuente de ingresos.</p></li></ul></li><li><p><strong>Cuando una empresa tiene criterios de residencia en dos jurisdicciones</strong></p><ul><li><p>Ejemplo: Una empresa está registrada en un país, pero su gestión y dirección efectiva están en otro.</p></li></ul></li><li><p><strong>Cuando los países tienen un convenio para evitar la doble imposición basado en el modelo de la OCDE</strong></p><ul><li><p>Si no hay un CDI, cada país aplica su legislación sin resolver el conflicto, lo que puede generar doble imposición efectiva.</p></li></ul></li></ol></li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-13 01:29:35 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3329355795</link>
         <description><![CDATA[<p>Los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI) son acuerdos bilaterales o multilaterales firmados entre dos o más países con el objetivo de eliminar o reducir la doble tributación sobre la renta y el patrimonio. La doble imposición ocurre cuando un mismo ingreso o patrimonio es gravado en dos jurisdicciones fiscales diferentes, lo que puede generar una carga impositiva excesiva y desincentivar la inversión y el comercio internacional.</p><p><strong>Beneficios de los CDI:</strong></p><ul><li><p>Evitan la doble tributación sobre la renta y el patrimonio.</p></li><li><p>Promueven la cooperación fiscal entre los países firmantes.</p></li><li><p>Proporcionan seguridad jurídica a los contribuyentes internacionales.</p></li><li><p>Fomentan la inversión extranjera y el comercio.</p></li><li><p>Establecen mecanismos de resolución de disputas fiscales.</p></li></ul><p>Los protocolos de los CDI tienen la misma validez que el convenio principal, ya que forman parte del tratado y se utilizan para modificar o aclarar aspectos específicos de su aplicación. La validez de estos protocolos está sujeta a la ratificación por parte de los estados firmantes y su incorporación en las legislaciones nacionales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-14 21:48:28 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Luis R. Rosales</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3353161461</link>
         <description><![CDATA[<p>Doble residencia fiscal, evitar doble imposición OCDE, reglas de desmpate </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-03-05 22:58:39 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Juan Carlos Candanedo</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3355022926</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Ejemplos de Doble Residencia Fiscal y Aplicación del Modelo de Convenio OCDE</strong></p><p>&nbsp;</p><p>La doble residencia fiscal ocurre cuando una persona o empresa cumple con los criterios de residencia fiscal en dos países diferentes. Esto puede generar problemas de doble imposición si ambos países intentan gravar los mismos ingresos.</p><p>&nbsp;</p><p><strong>Ejemplo 1: Persona Física con Doble Residencia</strong></p><p>Caso:</p><p>María es una ejecutiva argentina que trabaja para una empresa multinacional.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; •&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Pasa 190 días al año en Argentina y 175 días en España.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; •&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Tiene vivienda en ambos países.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; •&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Su familia (esposo e hijos) vive en España.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; •&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Su centro de negocios y empleo está en Argentina.</p><p>&nbsp;</p><p><strong>Posible Conflicto:</strong></p><p>Ambos países pueden considerarla residente fiscal:</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; •&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Argentina: Porque vive allí más de 183 días al año.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; •&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; España: Porque tiene una vivienda permanente y su familia reside allí.</p><p>&nbsp;</p><p>Solución con el Modelo de Convenio OCDE (Reglas de Desempate):</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; 1.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Domicilio Permanente: Como tiene vivienda en ambos países, no resuelve el conflicto.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; 2.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Centro de Intereses Vitales: Su familia vive en España, lo que indicaría que es residente allí.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; 3.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Lugar de Estancia Habitual: Como pasa más días en Argentina, este criterio favorecería a Argentina.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; 4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Nacionalidad: María es argentina, lo que podría resolver el conflicto a favor de Argentina.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; 5.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Negociación entre Autoridades Fiscales: Si sigue el conflicto, los países deben negociar su residencia fiscal.</p><p>&nbsp;</p><p>Resultado: Según el CDI entre Argentina y España, Argentina podría considerarla residente fiscal por estancia habitual y nacionalidad. Para evitar la doble imposición, España podría aplicar el método de exención o crédito fiscal.</p><p>&nbsp;</p><p><strong>Ejemplo 2: Empresa con Doble Residencia</strong></p><p>&nbsp;</p><p>Caso:</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; •&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Una empresa con sede en México también tiene oficinas y operaciones en Colombia.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; •&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Está registrada en México, pero la administración y control efectivo de la empresa se lleva a cabo en Colombia.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; •&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Tanto México como Colombia pueden considerarla residente fiscal.</p><p>&nbsp;</p><p>Solución con el Modelo OCDE:</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; 1.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Sede de Dirección Efectiva: Se considera residente del país donde se toman las decisiones de administración y control (en este caso, Colombia).</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; 2.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Negociación entre Autoridades Competentes: Si el conflicto persiste, los países involucrados pueden llegar a un acuerdo para evitar la doble imposición.</p><p>&nbsp;</p><p>Resultado: La empresa será residente fiscal en Colombia. México podría aplicar un crédito fiscal para los impuestos pagados en Colombia, evitando la doble imposición.</p><p>&nbsp;</p><p><strong>Cuándo Se Aplican las Reglas de Desempate de Residencia Fiscal</strong></p><p>&nbsp;</p><p>Las reglas de desempate se aplican cuando una persona o empresa es considerada residente fiscal en dos países según sus leyes internas.</p><p>&nbsp;</p><p>Se activan en los siguientes casos:</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; •&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Cuando una persona física vive en dos países distintos durante el año.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; •&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Cuando una empresa tiene su domicilio legal en un país, pero su administración efectiva en otro.</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; •&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Cuando una persona tiene vivienda en dos países y pasa tiempo significativo en ambos.</p><p>&nbsp;</p><p>Los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI) basados en el Modelo OCDE ayudan a resolver estos conflictos y garantizan que los contribuyentes no paguen impuestos dos veces por la misma renta.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-03-07 00:12:49 UTC</pubDate>
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         <title>Doble Imposición</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3395092227</link>
         <description><![CDATA[<p>Un ejemplo claro es en el caso en el que el sujeto pasivo labora en el país A, pero reside en el país B, allí tiene una casa, familia, carro, actividades los fines de semana, compra el mercado, sus hijos van al colegio en ese país. Entonces, para efectos de tener una doble imposición, se supone que el sujeto pasivo pagará el impuesto en su país de residencia B.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-03 22:27:46 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Ejemplo práctico de doble imposición</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3416165950</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>TG S.A.</strong> tiene su sede en Argentina (residente fiscal en Argentina), pero presta servicios de consultoría tecnológica para una empresa ubicada en España.</p><p>La empresa española le paga a TG S.A. por esos servicios.</p><p>¿Qué ocurre?</p><ul><li><p>Argentina, como país de residencia de TG S.A., quiere gravar la renta mundial que obtiene la empresa, incluyendo los ingresos generados en España.</p></li><li><p>España, como país donde se generó la renta (fuente), también quiere gravar esa misma renta, ya que fue obtenida dentro de su territorio.</p></li></ul><p>Análisis: la misma renta está sujeta a impuestos en ambos países, lo que genera doble imposición.</p><p>¿Cómo se soluciona con un Convenio para Evitar la Doble Imposición?</p><p>Si existe un CDI entre Argentina y España, este establecerá reglas para evitar que la renta sea gravada dos veces.</p><ul><li><p>El convenio puede limitar el derecho de España a gravar esa renta, o permitirlo parcialmente (por ejemplo, con una retención reducida).</p></li><li><p>Y puede establecer que Argentina otorgue un crédito fiscal por el impuesto pagado en España, de forma que no se pague dos veces por la misma renta.</p></li></ul><p>Resultado final con el CDI aplicado:</p><ul><li><p>España retiene un impuesto (por ejemplo, 10%) sobre el pago.</p></li><li><p>Argentina reconoce ese impuesto ya pagado en el extranjero y permite restarlo del impuesto argentino, eliminando así la doble carga fiscal.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-20 00:02:35 UTC</pubDate>
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         <title>FUNES, Constanza</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3418540750</link>
         <description><![CDATA[<p>Saludos desde mi Argentina!</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-04-22 02:09:47 UTC</pubDate>
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         <title>Ejemplos de doble residencia fiscal y aplicación del modelo de la OCDE</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3474698949</link>
         <description><![CDATA[<p>Andres &nbsp;</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Nacionalidad: Argentina</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Vive 7 meses al año en Colombia y 5 meses en Argentina.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Tiene casa en ambos países.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Su familia (esposa e hijos) vive en Argentina.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Su trabajo principal está en Argentina.</p><p>Aplicación:</p><p>1.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Tiene vivienda permanente en ambos países → no decide.</p><p>2.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Centro de intereses vitales está en Argentina → aquí se determina su residencia a efectos del convenio.</p><p>3.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; No es necesario pasar a criterios posteriores.</p><p>➡ Resultado: Andrés será considerado residente de Argentina a efectos del CDI Argentina–Colombia. Colombia puede gravar solo rentas de fuente colombiana.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-05-31 20:52:58 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Ejemplo residencia fiscal y doble imposición, resolución OCDE</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3491006024</link>
         <description><![CDATA[<p>Juan, ciudadano español, vivió 200 días en Francia y 165 en España en 2024, por lo que ambos países lo consideran residente fiscal. Para evitar la doble imposición, se aplica el convenio entre España y Francia basado en el modelo OCDE, que usa criterios como el centro de intereses vitales, la residencia habitual y la nacionalidad. Aunque estuvo más días en Francia, su familia, propiedades y lazos personales están en España, por lo que se le considera residente fiscal en España. Francia puede gravar los ingresos obtenidos en su territorio, pero España le concede un crédito fiscal por los impuestos pagados allí, evitando así la doble tributación.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-16 01:30:55 UTC</pubDate>
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         <title>Maria Pia Baccega</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La doble residencia fiscal ocurre cuando una persona física o jurídica es considerada residente en dos países diferentes según las leyes fiscales de cada uno. Esto puede generar conflictos sobre qué país tiene el derecho de gravar sus ingresos o patrimonio.</p><p>La doble residencia fiscal se aplica cuando, según las leyes de dos países, una misma persona cumple con los requisitos para ser considerada residente en ambos. Por ejemplo: <em>Tener vivienda habitual en ambos países. </em>Tener intereses económicos en ambos países (como empleo, negocios, familia, etc.). *Cumplir con los criterios de residencia fiscal en cada país según su normativa.</p><p>Las reglas de desempate solo pueden aplicarse si entre los países existen Convenios para evitar la doble imposición (CDI).-</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-16 13:44:31 UTC</pubDate>
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         <title>Juan Jordan</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Un ejemplo de doble residencia fiscal sería cuando una persona vive parte del año en México y parte en España, y ambos países la consideran residente por sus propias leyes (por ejemplo, uno por días de permanencia y el otro por tener vivienda y familia ahí). También puede pasar con empresas, si están registradas legalmente en un país pero su dirección real y operativa está en otro.</p><p>Para evitar pagar impuestos dos veces, se aplican las reglas de desempate del Modelo de la OCDE. En personas físicas, se revisa primero dónde tiene su hogar permanente, luego su centro de intereses vitales (familia, trabajo, etc.), después en qué país vive más tiempo, y si sigue sin resolverse, se va por la nacionalidad o un acuerdo entre los países. Con eso se define un solo país de residencia fiscal para efectos del tratado, y el otro solo puede gravar ciertos ingresos limitados. Así se evita la doble imposición.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-17 01:27:19 UTC</pubDate>
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         <title>Dario Quisaguano</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Ejemplo 1: Persona física con residencia en dos países</strong></p><p><strong>Caso</strong>: Mario es ciudadano Argentina pero vive y trabaja en España más de 183 días al año. Argentina la considera residente por nacionalidad y vínculos personales, mientras que España la considera residente por permanencia, esto genera el problema de Doble residencia fiscal.</p><p><strong>Reglas de desempate OCDE</strong>:</p><ol><li><p><strong>Vivienda permanente disponible</strong>.- Si solo tiene vivienda en España, se considera residente allí.</p></li><li><p><strong>Centro de intereses vitales</strong>.- Si su familia y trabajo están en España, se refuerza la residencia española.</p></li><li><p><strong>Lugar de residencia habitual</strong>.- España.</p></li><li><p><strong>Nacionalidad</strong>.- Argentina (solo se aplica si los anteriores no resuelven).</p></li><li><p><strong>Acuerdo entre autoridades competentes</strong>.</p></li></ol><p><strong>Método para evitar doble imposición</strong>: España grava como país de residencia. Argentina puede aplicar el método de crédito fiscal: permite deducir el impuesto pagado en España del impuesto argentino.</p><p>&nbsp;</p><p><strong>Ejemplo 2: Empresa con sede en dos países</strong></p><p>Una empresa multinacional tiene sede legal en Países Bajos, pero su sede de dirección efectiva está en Colombia. Lo que genera el problema<strong> </strong>de que<strong> </strong>ambos países la consideran residente fiscal.</p><p><strong>Reglas de desempate OCDE para personas jurídicas: </strong>Se aplica el criterio de la sede de dirección efectiva. Si no es concluyente, se resuelve por mutuo acuerdo entre autoridades fiscales.</p><p><strong>Método para evitar doble imposición</strong>: El país que no resulte ser el de residencia puede gravar solo en casos limitados (por ejemplo, si hay establecimiento permanente). El país de residencia aplica exención o crédito fiscal.</p><p>&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-29 02:34:28 UTC</pubDate>
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         <title>Doble Imposición</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3516697806</link>
         <description><![CDATA[<p>Unos clientes tienen mitad de su vida en México (así como parte de sus negocios) y mitad de su vida en España (así como otra parte de sus negocios); por el hecho de que en ambos país residen prácticamente la mitad y la mitad del año, no será el factor decisivo, asimismo, en ambos país cuentan con residencias propias, así como un ingreso proveniente de sus negocios. De tal suerte que el criterio de desempate, de primera instancia, pudiera ser la nacionalidad, y en caso de contarse con ambas, el lugar donde habitan sus familiares. Sin embargo, se deberá revisar el convenio entre los país, para saber el criterio a adoptarse conforme al ejemplo, y de ahí determinar el lugar donde deberá efectuarse el pago del tributo correspondiente.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-07-11 03:32:20 UTC</pubDate>
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         <title>Alexander Varon - Ejemplo de doble residencia fiscal y cuando se aplican las reglas de doble residencia fiscal: </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3524113073</link>
         <description><![CDATA[<p>Una persona física de nacionalidad colombiana vive 5 meses en México, esta persona es consultor en proyectos de ingeniería, así mismo los otros 7 meses del año vive en Colombia.</p><p><br/></p><p>Posee un apartamento propio en Colombia donde vive su esposa e hijo, y de manera temporal alquila un apartamento en México por los 5 meses, mientras se termina el proyecto de ingeniería.</p><p>Relacionado con los ingresos son obtenidos en ambos países como parte de los servicios de consultoría.</p><p><br/></p><p>Su familia en Colombia tiene las siguientes actividades, el hijo estudia su primaria en un colegio en Bogotá, y su esposa tiene un trabajo en una importante firma de auditoría.</p><p><br/></p><p>Los dos países Colombia y México consideran esta persona como residente fiscal, Colombia por todo lo relacionado a vivienda y familia, y México por el tiempo de estadía en este país.</p><p><br/></p><p>Como resultado de este caso se considera que esta persona es residente fiscal en Colombia, por lo siguiente: En Colombia tiene su centro de interés vital, su hijo, su esposa y en general la visa personal, durante ese periodo de tiempo vivió mas meses en Colombia que en México, la residencia es colombiana lo que refuerza el resultado. En este sentido será Colombia quien puede gravar la renta mundial incluido los ingresos obtenidos por 5 meses en México, mientras que México tendrá que aplicar excepciones de acuerdo con el convenio, considerando lo anterior se evita la doble imposición.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-07-20 04:38:55 UTC</pubDate>
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         <title>Doble Residencia Fiscal, Reglas de Desempate para evitar Doble Imposicion</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3540561727</link>
         <description><![CDATA[<p>Ejemplo práctico de doble residencia</p><p>Imaginemos a Ana, una persona que durante el año vive seis meses en España y seis meses en Francia. En España, es considerada residente fiscal si permanece más de 183 días en el país o si su núcleo principal de intereses económicos está allí. Francia puede aplicar un criterio similar, pero también puede considerar la residencia si Ana tiene familia o vivienda allí. Si ambos países consideran a Ana residente fiscal en el mismo año, se produce la doble residencia.</p><p>Cómo evitar la doble imposición mediante la OCDE</p><p>La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) promueve la utilización de convenios bilaterales de doble imposición (CDI), que contienen mecanismos para evitar que una persona pague dos veces por los mismos ingresos.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>Convenio de doble imposición (CDI)</strong>: Los países firman acuerdos para evitar o reducir la doble imposición. Generalmente, estos convenios siguen el Modelo de Convenio de la OCDE.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>Exención:</strong> Uno de los países renuncia a gravar ciertos ingresos.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>Crédito fiscal:</strong> El país de residencia reconoce el impuesto pagado en el otro país, permitiendo deducirlo de la carga fiscal local.</p><p>Las reglas de desempate de la OCDE</p><p>Cuando los criterios nacionales de ambos países califican a una persona como residente, los convenios recurren a las “reglas de desempate” para determinar en cuál país se debe considerar residente a efectos tributarios:</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>Vivienda permanente:</strong> Se considera residente en el país donde la persona tiene una vivienda permanente disponible.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>Centro de intereses vitales</strong>: Si tiene vivienda en ambos países, se evalúa dónde se encuentran sus relaciones personales y económicas más estrechas (familia, trabajo, negocios, etc.).</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>Estancia habitual:</strong> Si el centro de intereses vitales no es determinable, se considera residente en el país donde suele permanecer más tiempo.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>Nacionalidad:</strong> Si sigue sin resolverse, se toma la nacionalidad como último criterio.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>Acuerdo entre autoridades:</strong> Si aún no hay resolución, las autoridades competentes de ambos países deben llegar a un acuerdo.</p><p>Aplicación práctica de las reglas de desempate</p><p>Siguiendo el ejemplo de Ana:</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Si tiene vivienda permanente en Francia y no en España, será residente francesa.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Si tiene vivienda en ambos países, se determina dónde están sus intereses vitales: por ejemplo, si su familia y trabajo principal están en España, España será el país de residencia.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Si esto tampoco aclara la situación, se estudia dónde pasa más tiempo. Si pasa más días en España, se considerará residente española.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Si sigue sin resolverse, se analiza la nacionalidad. Si Ana es española, España podría prevalecer.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Como último recurso, los fiscos de ambos países negocian.</p><p>Conclusiones</p><p>La doble residencia fiscal puede llevar a la doble imposición, pero los mecanismos de la OCDE y los convenios bilaterales ofrecen soluciones claras, incluyendo reglas de desempate detalladas para determinar la residencia fiscal principal. Así, se protege a las personas de la doble carga tributaria y se fomenta la seguridad jurídica en un mundo cada vez más globalizado.</p><p><br/></p><p>Carla LOPEZ</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-11 15:57:55 UTC</pubDate>
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         <title>KAREN RIVAS</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3546543195</link>
         <description><![CDATA[<p>ejemplos de la doble residencia fiscal: una persona que es ciudadano que trabaja 6 meses en España y 6 meses en Alemania donde tiene un contrato labora, en España lo consideran residente porque es ciudadano español y pasa mas de 183 dias en su pais, Alemania lo considera residente fiscal porque genera ingresos en ese pais, por lo que ambos paises le reclaman los impuestos, por lo que una persona es considerada residente en ambos paises las reglas de desempate se aplican en orden hasta llegar a resolver dicho conflicto, por lo que se debe de tomar en cuenta la vivienda permanente, el centro de intereses vitales, nacionalidad, entre otros.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-18 17:21:51 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Convenios para evitar la doble imposición</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3548395899</link>
         <description><![CDATA[<p>Cuando una misma persona es considerada residente fiscal por dos países al mismo tiempo, que tiene su casa en uno y pasa más de 183 días en otro.&nbsp; Y es donde se genera un conflicto de doble residencia fiscal.</p><p>Provocando que ambos países quieran cobrar impuestos sobre toda su renta mundial, lo que provoca doble imposición.</p><p>Por lo que, existen los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI) basados en el Modelo OCDE. Estos convenios indican: qué país tiene prioridad para cobrar el impuesto, y obligan al otro país a eximir o reconocer un crédito por el impuesto ya pagado, evitando que la persona pague dos veces por el mismo ingreso. Si por el contrario, ambos países insisten en que la persona es residente, se activan las llamadas reglas de desempate, que sirven para determinar en cuál país se le considerará residente a efectos del convenio, basándose en criterios como:</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Vivienda permanente</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Vínculos personales/económicos</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Días de permanencia</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Nacionalidad</p><p>De este modo, se asigna una única residencia fiscal, y se evita la doble tributacion.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-20 02:45:54 UTC</pubDate>
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         <title>Lady Pinzón.Ejemplos encontrados en la web</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3561254737</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Ejemplos de doble residencia fiscal</strong></p><p>La <strong>doble residencia</strong> ocurre cuando una persona física o jurídica cumple simultáneamente con los requisitos de residencia de dos países distintos.</p><p><strong>👤 Personas físicas</strong></p><ol><li><p><strong>Ejemplo 1 – Trabajador expatriado</strong></p><ul><li><p>Un colombiano trabaja 200 días en España (donde adquiere residencia fiscal por permanencia &gt;183 días).</p></li><li><p>A la vez, mantiene su familia y vivienda permanente en Colombia, donde también es considerado residente fiscal.<br>👉 Resultado: doble residencia Colombia–España.</p></li></ul></li><li><p><strong>Ejemplo 2 – Nacionalidad y permanencia</strong></p><ul><li><p>Un argentino que vive en Argentina 6 meses al año, pero pasa otros 6 meses en Chile donde tiene casa propia y negocios.<br>👉 Puede ser residente fiscal de ambos países.</p></li></ul></li></ol><p><strong>🏢 Personas jurídicas</strong></p><ol start="3"><li><p><strong>Ejemplo 3 – Sede vs. constitución</strong></p><ul><li><p>Una sociedad está <strong>constituida en Panamá</strong>, pero su <strong>dirección efectiva</strong> (decisiones de negocio, junta directiva) está en Colombia.<br>👉 Ambos países pueden reclamar que la sociedad es residente fiscal.</p></li></ul></li><li><p><strong>Ejemplo 4 – Grupo multinacional</strong></p><ul><li><p>Una empresa está constituida en México, pero tiene la <strong>gestión administrativa y control</strong> en EE. UU.<br>👉 México y EE. UU. pueden reclamarla como residente.</p></li></ul></li></ol><p>Las <strong>reglas de desempate fiscal</strong> (<em>tie-breaker rules</em>) se aplican cuando una persona física o jurídica es considerada <strong>residente fiscal en dos países al mismo tiempo</strong> según las legislaciones internas. Los <strong>Convenios de Doble Imposición (CDI)</strong>, siguiendo el artículo 4 del <strong>Modelo de Convenio OCDE</strong>, establecen una serie de criterios sucesivos para resolver esa situación</p><p>&nbsp;</p><p>Ejemplo como residente fiscal en dos paises:</p><p>En el curso de un año natural, una persona permanece en el Estado A desde el 1 de enero al 31 de marzo, siendo considerada residente fiscal por todo el periodo impositivo conforme a su legislación interna por poseer el centro de intereses económicos en dicho estado. Posteriormente, se traslada a un Estado B en el que reside más de 183 días durante el año fiscal. En este Estado también es considerada residente fiscal por todo el período impositivo conforme a la legislación tributaria interna por criterio de días. En consecuencia, ambos Estados consideran a esta persona física residente fiscal durante un mismo periodo.</p><p>En tal caso, cuando una persona es considerada residente fiscal en dos países distintos, hay que acudir a las reglas de desempate que señale el correspondiente&nbsp;<strong>convenio de doble imposición entre ambos países</strong>. Estas reglas determinan el lugar de residencia y, por tanto, el país en el que se deberá tributar por la renta mundial obtenida.</p><p>Estas reglas especiales darán preferencia al vínculo con un Estado frente al vínculo con el otro.</p><p>&nbsp;</p><p>l Modelo de Convenio de la OCDE establece los siguientes criterios de desempate (artículo 4), los cuales se van aplicando sucesivamente si no se puede aplicar el anterior:</p><p><strong>Primera regla de desempate: vivienda permanente</strong></p><p>El primer criterio de desempate para determinar la residencia habitual es el lugar donde el contribuyente disponga de una vivienda permanente a su disposición. ¿Qué se considera vivienda permanente? Una casa, un piso, un apartamento propio o alquilado e incluso una simple habitación amueblada.</p><p>Es importante señalar que no se considera permanente una vivienda de la que se dispone en ocasiones para efectuar una estancia limitada de una corta duración (viajes de negocios, de estudios, de ocio…). Es decir, la&nbsp;<strong>permanencia de manera continuada</strong>&nbsp;en una vivienda es esencial para aplicar este criterio (esto se demuestra, por ejemplo, teniendo la vivienda amueblada y reservada para su uso permanente).</p><p>Este sería el caso de una persona física que tiene una vivienda permanente en el Estado A y solo contabiliza una estancia de cierto tiempo en el Estado B al cual viaja.</p><p>Por tanto, esta primera regla da preferencia al país en el que la persona física disponga de una vivienda permanente. Normalmente, este criterio basta para resolver el conflicto de doble residencia. No obstante, puede ocurrir que la persona física disponga de una vivienda permanente en cada estado. En tal caso aplicaríamos la segunda regla de desempate: intereses vitales.</p><p><strong>Segunda regla de desempate: según intereses vitales</strong></p><p>Si la persona física tiene una vivienda permanente en ambos Estados contratantes, se da preferencia al Estado con el que mantenga relaciones personales y económicas más estrechas, entendiéndose que es el centro de sus intereses vitales. Es decir, esta segunda regla de desempate para determinar la residencia fiscal trata de fijar&nbsp;<strong>en cuál de los dos países concurren mayores vínculos personales y económicos</strong>. Para ello, se toman en consideración las relaciones familiares y sociales, las ocupaciones, las actividades políticas y/o culturales, la localización de actividades empresariales, la sede de administración de patrimonio, etc</p><p>Estas circunstancias deben analizarse y estudiarse en su conjunto, aunque también es cierto que&nbsp;<strong>determinados comportamientos personales deben recibir especial atención</strong>. Por ejemplo, si una persona que tiene una casa en un país establece una segunda casa en otro país al tiempo que mantiene la primera, el hecho de la conservación de la primera vivienda en el entorno donde ha vivido siempre, donde ha trabajado y donde están su familia y sus bienes puede, junto con otros elementos, contribuir a&nbsp;<strong>demostrar que ha conservado el centro de sus intereses vitales en el primer país.</strong></p><p><strong>Tercera regla de desempate: donde viva habitualmente</strong></p><p>En caso de no poder esclarecer en qué estado tiene la persona física su centro de intereses vitales, se considerará residente del&nbsp;<strong>Estado en el que viva habitualmente.</strong></p><p><strong>Cuarta regla de desempate: de donde sea nacional</strong></p><p>En caso de que la persona resida habitualmente en los dos estados o no lo hiciera en ninguno de ellos,&nbsp;<strong>se considerará residente fiscal del Estado del que sea nacional</strong>. Pero, ¿qué ocurre si la persona no es nacional de ninguno de los dos estados? ¿O si es nacional de ambos?</p><p><strong>Quinta Regla de desempate: mutuo acuerdo</strong></p><p>Si una persona física es nacional de ambos Estados o de ninguno de ellos, el conflicto deberá resolverse de común acuerdo entre los Estados de acuerdo a un procedimiento especial denominado “procedimiento amistoso”</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-08-30 01:37:49 UTC</pubDate>
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         <title>Angie Murillo</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3627063893</link>
         <description><![CDATA[<p>Saludos, si un sujeto pasivo tiene una casa en el país A, pero alquila un departamento en el país B, se va a considerar como residente fiscal en el país A. Sin embargo, si este sujeto tiene una casa tanto en el país A como en el B, pero en el país A pasa el mayor tiempo con su familia y ahí realiza sus actividades comerciales o está localizado su empleo, al igual que, en ese país mantiene una vida social más activa es considerado como residente fiscal en el país A. Ahora bien, si aun así su centro de interés vital no se puede definir se considera el país donde el sujeto pasivo reside regularmente, es decir, donde pasa la mayor parte de su tiempo. Por último, en el caso de que el centro vital y la residencial habitual del individuo sea similar en los dos países se va a considerar la nacionalidad, es decir, que si el sujeto tiene nacionalidad del país A entonces se lo definiría como residente fiscal del país A.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-10 18:03:41 UTC</pubDate>
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         <title>Residente Fiscal de dos países.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3674069367</link>
         <description><![CDATA[<p>Una persona física o jurídica puede ser residente fiscal de 2 o más países, cuando residen en más de un país o cuando residen en un país y trabajan en otro.</p><p>&nbsp;Una empresa llamada "Rio de Oro S.A." está constituida en Panamá.</p><p>Rios de Oro S.A. es propietaria de una filial en Colombia, llamada "Rio de Oro Col Ltda.".</p><p>Rio de Oro Col Ltda., genera ganancias en Colombia y paga el impuesto sobre la renta colombiano por esas utilidades.</p><p>Colombia grava las utilidades generadas por Rio de Oro Col Ltda. dentro de su territorio (por el principio de territorialidad de la fuente).</p><ul><li><p>Supongamos que paga 30% de impuesto sobre la renta en Colombia.</p></li></ul><p>Segunda imposición:</p><ul><li><p>Cuando Rio de Oro Col Ltda. distribuye dividendos a su matriz, Rio de Oro S.A. (en Panamá), esos dividendos podrían estar sujetos nuevamente a impuesto en Panamá si Panamá considerara esa renta como parte de sus ingresos globales.</p></li><li><p>Aunque Panamá aplica el principio de renta territorial (solo grava la renta generada dentro del país), si por alguna razón la renta fuera considerada de fuente panameña o el país receptor aplicara una norma especial, se produciría doble imposición internacional.</p></li></ul><p>Los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI) basados en el Modelo OCDE buscan que una misma renta no sea gravada dos veces por distintos países</p><p>El CDI aplica mecanismos específicos, según los artículos 23A o 23B del Modelo OCDE, que establecen dos métodos principales:</p><p>Método de Exención según el cual Panamá exime de impuestos los dividendos o ganancias que ya fueron gravadas en Colombia. Es decir, solo se paga impuesto en el país donde se generó la renta (fuente).</p><p>Método de Crédito Fiscal donde Panamá sí grava los dividendos, pero permite descontar el impuesto ya pagado en Colombia. De esta forma, no se paga doble.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-11-09 22:54:35 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Antonella Gaitán</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3675788169</link>
         <description><![CDATA[<p><br/></p><p><strong>Ejemplo de persona física con doble residencia fiscal</strong></p><p><strong>Situación</strong></p><ul><li><p><strong>Nombre:</strong> Juan Pérez</p></li><li><p><strong>Nacionalidad:</strong> Española</p></li><li><p><strong>Actividad:</strong> Consultor internacional</p></li><li><p><strong>Residencia:</strong></p><ul><li><p>Vive <strong>7 meses al año en México</strong> por trabajo.</p></li><li><p>Tiene su <strong>familia y vivienda en España</strong>.</p></li></ul></li><li><p>Ambos países lo consideran <strong>residente fiscal</strong> según sus leyes internas:</p><ul><li><p>México: por pasar más de 183 días en el país.</p></li><li><p>España: por tener residencia habitual y familia allí.</p></li></ul></li></ul><p><strong>Problema:</strong> Juan es considerado residente fiscal <strong>de ambos países</strong>.</p><p><br/></p><p><br/></p><p><strong>Aplicación práctica de doble imposición</strong></p><ul><li><p>Juan trabaja en México y cobra salario allí.</p></li><li><p>México grava el salario local.</p></li><li><p>España también grava la renta mundial, pero mediante el <strong>método de crédito fiscal (artículo 23 del Modelo OCDE)</strong>:</p><ul><li><p>Se descuenta el impuesto pagado en México del impuesto español.</p></li></ul></li></ul><p><strong>Resultado:</strong> Juan paga impuestos en ambos países, pero <strong>solo tributa efectivamente una vez</strong>, evitando la doble imposición.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-11-10 17:53:08 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Jaaziel Ruíz</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3764258326</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Convenios de Doble Imposición de Panamá</strong></p><p>Panamá ha firmado tratados para evitar la doble imposición fiscal con varios países, lo que significa que una misma renta no se grava dos veces en Panamá y en el país de origen. Estos acuerdos también ayudan a prevenir la evasión y facilitan la inversión extranjera.</p><p><strong>Países con convenios vigentes incluyen:</strong></p><ul><li><p><strong>Europa:</strong> España, Francia, Italia, Países Bajos, Irlanda, Portugal, República Checa</p></li><li><p><strong>América:</strong> México, Barbados</p></li><li><p><strong>Asia y Medio Oriente:</strong> Corea del Sur, Singapur, Israel, Qatar, Emiratos Árabes Unidos</p></li></ul><p><strong>Beneficios principales:</strong></p><ul><li><p>Reducción de impuestos sobre dividendos, intereses y regalías.</p></li><li><p>Claridad sobre la residencia fiscal de personas y empresas.</p></li><li><p>Mayor seguridad jurídica para inversionistas internacionales.</p></li></ul><p><strong>Ejemplo práctico:</strong>   Si una empresa española paga dividendos a un socio residente en Panamá, gracias al convenio entre ambos países la retención en España puede reducirse (por ejemplo, de un 21% a un 5% o 10%, según el porcentaje de participación). Así, el inversionista evita pagar dos veces por la misma renta y se beneficia de una carga fiscal más baja.</p><p>En resumen, estos convenios son una herramienta clave para que Panamá se mantenga competitivo y atractivo en el comercio y las finanzas globales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2026-01-26 08:38:24 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Oliver Cáceres</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3765440007</link>
         <description><![CDATA[<p>Un ejemplo de doble residencia fiscal puede darse cuando una persona vive más de 183 días en México, lo que la convierte en residente según la normativa local, pero al mismo tiempo mantiene su vivienda permanente y centro de intereses económicos en España, siendo considerada residente allí también; en el caso de empresas, puede ocurrir que una sociedad constituida en Panamá tenga su sede de dirección efectiva en México, generando doble residencia. Esta situación provoca que el mismo contribuyente deba tributar en dos países por los mismos ingresos, lo cual se evita mediante los Convenios de Doble Imposición (CDIs), que establecen reglas de desempate como la vivienda permanente, el centro de intereses vitales, la residencia habitual o la nacionalidad, y en última instancia, el procedimiento de mutuo acuerdo entre autoridades fiscales, garantizando que el contribuyente tribute en un solo país y se elimine la doble carga.</p>]]></description>
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         <pubDate>2026-01-27 02:41:48 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Marco / CRC</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3780496040</link>
         <description><![CDATA[<p>Ejemplo</p><p>Luis Pérez es un ejecutivo internacional que, conforme a las legislaciones internas, es considerado residente fiscal tanto en el Estado A como en el Estado B:</p><ul><li><p>Estado A: lo considera residente por permanencia física superior a 183 días.</p></li><li><p>Estado B: lo considera residente por tener allí su domicilio permanente y vínculos económicos relevantes.</p></li></ul><p>Dado que ambos Estados aplican el principio de renta mundial, Luis queda expuesto a doble imposición jurídica internacional.</p><p>Para resolver este conflicto, se aplica el artículo 4 del Modelo de Convenio OCDE, siguiendo las reglas de desempate en orden jerárquico.</p><p>&nbsp;</p><p>Este ejemplo muestra que las reglas de desempate se aplican de forma jerárquica y excluyente, siempre buscando reflejar la realidad económica y personal del contribuyente:</p><p>Paso 1: Vivienda permanente a disposición. Luis:</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Posee una vivienda propia en el Estado A.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Alquila un apartamento de largo plazo en el Estado B.</p><p>Resultado: Luis tiene vivienda permanente en ambos Estados, por lo que no se resuelve la residencia en este primer criterio y se pasa al siguiente.</p><p>Paso 2: Centro de intereses vitales. Se analiza dónde Luis mantiene sus relaciones personales y económicas más estrechas:</p><ul><li><p>Su familia (cónyuge e hijos) reside de forma permanente en el Estado B.</p></li><li><p>Sus principales inversiones financieras están en el Estado B.</p></li><li><p>Aunque trabaja parte del año en el Estado A, su contrato laboral principal y su empleador están en el Estado B.</p></li></ul><p>Resultado: El centro de intereses vitales se encuentra en el Estado B.</p><p>Conclusión provisional: Luis es considerado residente del Estado B a efectos del convenio, sin necesidad de continuar aplicando los criterios restantes.</p><p>(Escenario alternativo si el centro de intereses vitales no fuera concluyente)</p><p>Para ilustrar plenamente el mecanismo, supongamos que:</p><ul><li><p>La familia reside en un tercer país.</p></li><li><p>Luis mantiene inversiones y actividades económicas relevantes en ambos Estados.</p></li></ul><p>En ese caso, se continúa con los criterios siguientes:</p><p>Paso 3: Residencia habitual. Se analiza dónde permanece físicamente con mayor frecuencia:</p><ul><li><p>Estado A: 210 días al año.</p></li><li><p>Estado B: 120 días al año.</p></li></ul><p>Resultado: Luis reside habitualmente en el Estado A, por lo que sería considerado residente de ese Estado a efectos del Convenio.</p><p>Paso 4: Nacionalidad. Si Luis permaneciera un tiempo similar en ambos Estados, se aplicaría el criterio de nacionalidad.</p><ul><li><p>Luis es nacional únicamente del Estado B.</p></li></ul><p>Resultado: Residencia atribuida al Estado B.</p><p>Paso 5: Procedimiento de acuerdo mutuo</p><p>Si incluso la nacionalidad no resolviera el conflicto (por ejemplo, doble nacionalidad), el Modelo OCDE prevé que las autoridades competentes de ambos Estados resuelvan el caso mediante un procedimiento de acuerdo mutuo, considerando todos los hechos y circunstancias relevantes.</p><p>Una vez determinada la residencia fiscal a efectos del Convenio:</p><ul><li><p>Solo el Estado de residencia asignado podrá gravar la renta mundial.</p></li><li><p>El otro Estado deberá limitar su potestad tributaria a las rentas de fuente local, conforme al CDI.</p></li><li><p>Se elimina o mitiga la doble imposición jurídica.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2026-02-06 17:24:36 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>JORGE VARGAS	</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3834767728</link>
         <description><![CDATA[<p>La doble residencia fiscal ocurre cuando una persona es considerada residente tributaria en dos países simultáneamente (ej. Panamá y España). Para evitar la doble imposición, se aplica el Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI) basado en el Modelo de Convenio de la OCDE.</p><p><br/></p><p>El CDI resuelve el conflicto mediante una secuencia de reglas de desempate (tie-breaker rules), establecidas en el Artículo 4, para determinar una única residencia fiscal:</p><p>1. Vivienda Permanente</p><p>2. Centro de Intereses Vitales (lazos personales y económicos más estrechos)</p><p>3. Residencia Habitual (donde vive más tiempo)</p><p>4. Nacionalidad</p><p>5. Acuerdo Mutuo</p><p>Para entidades jurídicas, la regla principal es la Sede de Dirección Efectiva.</p><p><br/></p><p>Caso Práctico en Panamá: Un caso que ilustra la aplicación y disputa de estos criterios es la Resolución de Fondo n.° TAT-RF-027 de 17 de abril de 2023 (Expediente: 129-2022).</p><p><br/></p><p>: La Dirección General de Ingresos (DGI) de Panamá y el Tribunal Administrativo Tributario (TAT) han negado certificados de residencia fiscal a solicitantes que cumplían el criterio de presencia física (más de 183 días) pero no demostraban un vínculo real y sustancial con el país. Esto incluye no acreditar la disponibilidad permanente de una vivienda (si está alquilada a un tercero) o no probar que Panamá es su centro de intereses económicos principal. La conclusión es que Panamá evalúa rigurosamente estos vínculos para prevenir la elusión fiscal, alineándose con el espíritu de los convenios de la OCDE.</p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2026-03-22 16:49:18 UTC</pubDate>
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         <title>Francisco Medrano / CR</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3862669906</link>
         <description><![CDATA[<p>La doble residencia ocurre cuando dos Estados reclaman a un sujeto bajo leyes internas; por ejemplo, poseer vivienda permanente en Costa Rica pero trabajar más de 183 días en España. Esto genera tributación duplicada sobre la renta mundial. El Modelo OCDE lo evita mediante reglas de desempate (Art. 4.2), priorizando jerárquicamente: vivienda permanente, centro de intereses vitales, morada habitual y nacionalidad. Para entidades jurídicas, se resuelve por acuerdo amistoso analizando su sede de dirección efectiva y lugar de constitución.</p>]]></description>
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         <pubDate>2026-04-12 00:46:14 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Licett Pereira Herrera</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/transformacion/jy0sfqxb1crdmsh3/wish/3873555360</link>
         <description><![CDATA[<p>Un establecimiento permanente  se define generalmente como un lugar fijo de negocios mediante el cual una empresa realiza toda o parte de su actividad.             De acuerdo con el Artículo 5 del Modelo de la OCDE, los ejemplos específicos que comprenden un EP son las sedes de dirección, las sucursales, las oficinas, las fábricas y los talleres. También se incluyen en esta categoría las minas, los pozos de petróleo o de gas, las canteras o cualquier otro lugar de extracción de recursos naturales. Asimismo, una obra o un proyecto de construcción, instalación o montaje constituye un establecimiento permanente si su duración excede de los doce meses.</p><p>Existen otros supuestos donde puede configurarse un Establecimiento Permanente, como en el caso de los agentes dependientes que, actuando por cuenta de una empresa, concluyen habitualmente contratos o desempeñan el papel principal para su celebración rutinaria. Además, la explotación de equipos automáticos (como máquinas expendedoras) por cuenta propia o la disposición de un servidor informático fijo a través del cual se ejerzan funciones empresariales pueden constituir un Establecimiento Permanente en determinadas circunstancias.</p><p>Por otro lado, las cláusulas de beneficios desempeñan un papel crucial como mecanismos antiabuso destinados a combatir el <em>treaty shopping</em> o la utilización abusiva de los convenios por parte de terceros. Su función principal es restringir el acceso a las ventajas fiscales del convenio únicamente a aquellas entidades que califican como "personas aptas", asegurando así la existencia de un nexo suficiente (presencia fiscalmente imponible) entre la entidad y su Estado de residencia. Estas cláusulas, como la de Limitación de Beneficios , verifican condiciones relativas a la personalidad jurídica, la titularidad y la naturaleza de las actividades generales de la entidad.</p><p>Complementariamente, el Test del Propósito Principal (PPT) permite a las administraciones denegar los beneficios convencionales cuando sea razonable concluir que obtener dicho beneficio fue uno de los propósitos principales de un instrumento u operación concreta. En resumen, el rol de estas cláusulas es garantizar que los convenios se empleen para su fin original de eliminar la doble imposición y no para facilitar la evasión o elusión fiscales.</p><p>&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2026-04-18 21:43:01 UTC</pubDate>
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