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      <title>Recorriendo los mecanismos alternativos de solución de conflictos, en el posconflicto by SARA SOFIA CRESPO GUZMAN</title>
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      <description>bienvenidos a una pequeña recopilación de los acontecimientos mas importantes sobre los mecanismos alternativos de solución de conflictos, en el posconflicto, desliza para seguir viendo.</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2024-09-17 00:11:45 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2026-03-29 22:20:04 UTC</lastBuildDate>
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         <title>Resolución de conflictos</title>
         <author>screspog</author>
         <link>https://padlet.com/screspog/ipqeshypg2d4z4g2/wish/3122573267</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>La resolución de conflictos es el proceso mediante el cual dos o más personas manejan sus diferencias, desacuerdos o problemas, buscando soluciones que reduzcan la tensión y permitan una convivencia adecuada.</strong></p><p><strong>Este proceso puede involucrar el diálogo, la comprensión del otro (empatía), la cooperación y la búsqueda de acuerdos que beneficien a las partes involucradas.</strong></p><p><strong>(Garaigordobil &amp; Maganto, 2026)</strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-17 00:14:34 UTC</pubDate>
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         <title>1991- Constitución política de Colombia, que abre la puerta a la creación de la Justicia de Paz.</title>
         <author>screspog</author>
         <link>https://padlet.com/screspog/ipqeshypg2d4z4g2/wish/3122574944</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Artículo 247 de la Constitución Política de Colombia de 1991. Este artículo faculta a la ley para la creación de jueces de paz, encargados de resolver conflictos particulares en equidad. Su propósito es descentralizar la justicia, permitiendo que la propia comunidad participe en la resolución de problemas cotidianos de forma rápida y sin tantas formalidades legales.</strong></p><p><strong>(Constitución Política 1 de 1991 Asamblea Nacional Constituyente</strong></p><p><strong>Gestor Normativo, 2025)</strong></p><p><br/></p><p><strong>En la Constitución Política se implementó un nuevo tipo de justicia en el país, conocido como justicia comunitaria. A partir de esto, se crearon instrumentos que funcionan de manera alternativa y complementaria a la administración de justicia ordinaria (Illera, García &amp; Ramírez, 2012).</strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-17 00:16:18 UTC</pubDate>
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         <title>1995 - Ley 23 de 1995 (Estatuto arbitral) que regula la conciliación como mecanismo alternativo</title>
         <author>screspog</author>
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         <description><![CDATA[<p>La Ley 23 de 1995 establece la conciliación como un mecanismo alternativo para resolver conflictos, ayudando a reducir la carga de los juzgados y facilitando el acceso a la justicia.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-17 00:18:39 UTC</pubDate>
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         <title>1998 - Estatuto de los mecanismos alternativos de solución de conflictos</title>
         <author>screspog</author>
         <link>https://padlet.com/screspog/ipqeshypg2d4z4g2/wish/3122578444</link>
         <description><![CDATA[<p>El Decreto 1818 de 1998, denominado Estatuto de los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, establece en su artículo 86 que las autoridades competentes para designar a los conciliadores en equidad son los tribunales superiores del distrito judicial en las ciudades y los jueces de mayor jerarquía en los demás municipios del país (Illera, García &amp; Ramírez, 2012).</p><p>La Ley 446 de 1998 fortalece y promueve el uso de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos (MARC) en Colombia, como la conciliación, el arbitraje y la amigable composición.</p><p>Su objetivo principal es facilitar la solución de conflictos sin necesidad de acudir a un proceso judicial, haciendo la justicia más ágil, eficiente y accesible para los ciudadanos.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-17 00:19:42 UTC</pubDate>
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         <title>1999 - Ley 497 de 1999 (Ley de jueces de paz) que reglamenta la justicia de paz</title>
         <author>screspog</author>
         <link>https://padlet.com/screspog/ipqeshypg2d4z4g2/wish/3122581872</link>
         <description><![CDATA[<p>En Colombia definiende sus funciones, requisitos y procedimientos. Esta ley introduce la figura del juez de paz, entendido como un tercero imparcial elegido por voto popular, encargado de resolver conflictos comunitarios en equidad.</p><p>Su objetivo principal es fomentar el acceso a la justicia y promover la resolución pacífica de controversias menores dentro de la comunidad.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-17 00:22:47 UTC</pubDate>
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         <title>2000 - Implementación y desafíos de la justicia de la paz</title>
         <author>screspog</author>
         <link>https://padlet.com/screspog/ipqeshypg2d4z4g2/wish/3122583572</link>
         <description><![CDATA[<p><br/></p><p><strong>A partir del año 2000, la implementación de la justicia de paz ha enfrentado diversos desafíos. Según Higuita (2010), la investigación sociojurídica de enfoque cualitativo se vuelve fundamental para comprender aspectos como la “ilegitimidad”, el acceso a la justicia y la eficacia de los jueces de paz en contextos específicos, como el Oriente antioqueño.</strong></p><p><br/></p><p><strong>Desde una perspectiva teórica, Higuita (2010) plantea reflexiones metodológicas sobre cómo estudiar la interacción entre la ley y la realidad social, especialmente en el ámbito de la justicia comunitaria.</strong></p><p><br/></p><p><strong>2000 – Decreto 1477</strong></p><p><strong>Este decreto establece medidas relacionadas con la prevención y atención de la violencia intrafamiliar, definiendo acciones y responsabilidades para proteger a las víctimas. Además, promueve mecanismos de intervención rápida y el uso de alternativas para la resolución de conflictos dentro del entorno familiar.</strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-17 00:24:22 UTC</pubDate>
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         <title>2001 - primera casa de justicia</title>
         <author>screspog</author>
         <link>https://padlet.com/screspog/ipqeshypg2d4z4g2/wish/3122584795</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>En lo que respecta a las Casas de Justicia, su proceso de implementación inició con la creación de la primera Casa de Justicia en el barrio La Paz en el año 2001. Posteriormente, en 2003, se estableció la Casa de Justicia del barrio Simón Bolívar (Illera &amp; Ramírez, 2012).</strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-17 00:25:42 UTC</pubDate>
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         <title>2004 - Convocatoria de conciliación en equidad</title>
         <author>screspog</author>
         <link>https://padlet.com/screspog/ipqeshypg2d4z4g2/wish/3122586020</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>En el año 2004 se llevó a cabo en Barranquilla la primera convocatoria oficial para la selección de conciliadores en equidad, liderada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial. Este proceso representó un avance significativo en la consolidación de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos en Colombia, ya que permitió integrar de manera formal a miembros de la comunidad en la solución de disputas. Los conciliadores en equidad, aunque no son profesionales del derecho, reciben capacitación y reconocimiento legal para desempeñar esta función, actuando con base en principios de justicia, diálogo y convivencia pacífica.</strong></p><p><br/></p><p><strong>Este hecho fortaleció la justicia comunitaria al acercar la administración de justicia a la ciudadanía, especialmente en contextos donde el acceso a la justicia formal es limitado. Además, contribuyó a la descongestión del sistema judicial, al ofrecer una alternativa más ágil, económica y cercana para la resolución de conflictos cotidianos, promoviendo al mismo tiempo la participación ciudadana y la cultura de paz (Illera, García &amp; Ramírez, 2012).</strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-17 00:26:58 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>2005 - Acuerdo 2627 el tribunal superior del distrito judicial de barranquilla</title>
         <author>screspog</author>
         <link>https://padlet.com/screspog/ipqeshypg2d4z4g2/wish/3122587235</link>
         <description><![CDATA[<p>En Barranquilla formalizó la designación de cuarenta y siete conciliadores en equidad para la Casa de Justicia del suroccidente de la ciudad (Illera, García &amp; Ramírez, 2012). Este hecho representó un avance importante en la consolidación de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos, ya que no solo se promovía la formación de conciliadores, sino también su vinculación efectiva a espacios institucionales donde pudieran ejercer su labor.</p><p><br/></p><p>La elección de estos conciliadores permitió fortalecer el funcionamiento de las Casas de Justicia como escenarios de atención directa a la comunidad, facilitando la resolución pacífica de conflictos cotidianos sin necesidad de acudir a instancias judiciales formales. Asimismo, este proceso contribuyó a la descentralización de la justicia, acercándola a los sectores más vulnerables y promoviendo la participación activa de la ciudadanía en la construcción de soluciones basadas en el diálogo, la equidad y el reconocimiento de las dinámicas sociales propias de cada comunidad.</p><p><br/></p><p>De esta manera, el Acuerdo 2627 de 2005 no solo consolidó la figura del conciliador en equidad, sino que también fortaleció la justicia comunitaria y el acceso efectivo a la justicia en contextos locales, favoreciendo una cultura de convivencia y resolución pacífica de conflictos.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-17 00:28:17 UTC</pubDate>
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         <title>2008 - Acuerdo 2671 del tribunal superior del distrito judicial </title>
         <author>screspog</author>
         <link>https://padlet.com/screspog/ipqeshypg2d4z4g2/wish/3122588690</link>
         <description><![CDATA[<p>se eligieron como conciliadores en equidad a trece líderes comunitarios, reconociendo en ellos la capacidad de mediar y resolver conflictos dentro de sus comunidades (Hernández Piedrahita, 2012). Este hecho marcó un avance importante en la consolidación de la justicia comunitaria, ya que se fortaleció la participación directa de actores sociales que cuentan con legitimidad, conocimiento del contexto y cercanía con la población.</p><p><br></p><p>La inclusión de líderes comunitarios como conciliadores en equidad permitió que los procesos de resolución de conflictos fueran más accesibles, confiables y acordes con las realidades sociales de cada territorio. Además, favoreció el uso del diálogo, la concertación y la equidad como herramientas fundamentales para la convivencia pacífica. Este tipo de iniciativas también contribuyó a reducir la carga del sistema judicial formal, al ofrecer alternativas eficaces para la solución de conflictos cotidianos, especialmente en comunidades con limitaciones de acceso a la justicia.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-17 00:29:56 UTC</pubDate>
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         <title>2010 - Conciliación civil y familiar.</title>
         <author>screspog</author>
         <link>https://padlet.com/screspog/ipqeshypg2d4z4g2/wish/3122590652</link>
         <description><![CDATA[<p>Esta medida se fundamenta principalmente en lo establecido por la Ley 640 de 2001, la cual regula la conciliación en Colombia y ha sido fortalecida por desarrollos normativos y jurisprudenciales posteriores.</p><p>La implementación de este requisito busca promover soluciones más rápidas, económicas y pacíficas, evitando la judicialización innecesaria de conflictos que pueden resolverse mediante el diálogo. En el ámbito civil y familiar, esto resulta especialmente relevante, ya que muchos conflictos, como los relacionados con obligaciones, convivencia, custodia o alimentos, requieren acuerdos que favorezcan las relaciones entre las partes y garanticen el bienestar de los involucrados.</p><p><br/></p><p>Asimismo, la conciliación en equidad adquiere un papel importante al permitir que miembros de la comunidad, previamente capacitados, intervengan en la resolución de conflictos, teniendo en cuenta las particularidades sociales y culturales del contexto. De esta manera, se fortalece el acceso a la justicia, se descongestionan los despachos judiciales y se promueve una cultura de convivencia basada en el diálogo y la solución pacífica de controversias.</p><p><br/></p><p>Autores como Illera, García y Ramírez (2012) destacan que estos avances normativos han contribuido significativamente a la consolidación de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos en Colombia, posicionando la conciliación como una herramienta fundamental dentro del sistema de justicia.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-09-17 00:32:02 UTC</pubDate>
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